Salud laboral y prevención de riesgos laborales Cláusulas de Ejemplo

Salud laboral y prevención de riesgos laborales. 1. Será objetivo prioritario de la actuación municipal la promoción y conservación de la salud y la prevención de los accidentes laborales y enfermedades profesionales, a través de una gestión integral, con especial incidencia en la acción preventiva de los análisis de riesgo, la vigilancia de la salud y el desarrollo de acciones formativas e informativas de signo prevencionista, mejorando y modernizando las instalaciones municipales. Dichas acciones serán realizadas y organizadas por el Servicio de Prevención propio, en colaboración con el Comité de Seguridad y Salud.
Salud laboral y prevención de riesgos laborales. 43.1. Es compromiso de las partes, en cumplimiento de lo previsto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y demás normativa concordante, fomentar cuantas medidas sean necesarias para establecer un adecuado nivel de protección de la seguridad y salud de los actores y actrices frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo.
Salud laboral y prevención de riesgos laborales. Los Notarios y los trabajadores afectados por el ámbito de este Convenio, vienen obligados a observar y cumplir las disposiciones contenidas en la normativa que sobre seguridad y salud laboral se encuentren vigentes en cada momento, y de forma especial las de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales; el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; las demás disposiciones de desarrollo de la Ley; así como las especiales medidas de seguridad e higiene que pudieran ser de especial aplicación a la actividad específica xxx Xxxxxxx. El incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales por parte del trabajador tendrá la consideración de incumplimiento laboral y será sancionable en atención a las consecuencias y riesgos derivados de dicho incumplimiento. Se podrá constituir una Comisión que tendrá como misión esencial la de velar por el cumplimiento de la normativa legal y reglamentaria en materia de seguridad y salud laboral en el sector, así como la promoción de campañas de información y formación entre los notarios y los trabajadores.
Salud laboral y prevención de riesgos laborales.  CAPÍTULO IX.
Salud laboral y prevención de riesgos laborales. Como consideraciones de carácter general sobre salud y prevención de riesgos laborales se estipula que: En los términos establecidos en la normativa vigente y suscrito por las partes dentro del presente Convenio Colectivo se garantizará a todos los trabajadores y trabajadoras, la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo, vigilancia que sólo podrá́ llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. Así́ mismo, se prestará especial atención a los reconocimientos específicos de la mujer en caso de gestación, maternidad y lactancia. Como consideraciones de carácter general sobre salud y prevención de riesgos laborales se estipula que: Se desarrollarán las acciones y medidas que sean necesarias en materia de seguridad y salud laboral para lograr que las condiciones de trabajo si es que así́́ fuere, representen el menor riesgo y no afecten negativamente la salud del personal. En todo caso, los planteamientos, actuaciones y medidas que conjuntamente se pongan en ejecución, sin condicionar la actividad irán encaminadas a lograr una mejora en la calidad de vida de las personas afectadas. - De acuerdo con la legislación vigente, en la elaboración, desarrollo y aplicación de los planes de salud y seguridad en el trabajo así́́ como en los de prevención de riesgos laborales, participarán los representantes sindicales del personal. - Durante la vigencia del presente Convenio Colectivo, se elaborará un plan de evaluación general de riesgos para la seguridad y salud de su personal, teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad. Igualmente, cuando proceda, se efectuará una evaluación de los medios y lugares de trabajo y del acondicionamiento del centro o establecimiento. - La representación legal del personal en la empresa tendrá́ información permanente respecto a la puesta en marcha de nueva maquinaria. - Modificación de instalaciones, su ampliación y de las mediciones, análisis y reconocimientos que se efectúen en relación con las condiciones ambientales de los lugares de trabajo. Se proporcionará al personal afectado por este Convenio Colectivo las revisiones médicas anuales que correspondan, en virtud de lo previsto en el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Si se demostrare en supuestos de maternidad que el puesto de trabajo que ocupa representa riesgo apreciable para la trabajadora, la dirección propiciará, si ello estuviere a su alcance, un cambio de puesto de trabajo que elimine d...
Salud laboral y prevención de riesgos laborales. El trabajador afectado por este convenio tendrá en la prestación de sus servicios una adecuada protección en materia de seguridad e higiene. La empresa se compromete a reponer los botiquines y autorizar que el trabajador acuda a la residencia en caso necesario. Así mismo, habrá de observar en el trabajo todas las medidas legales y reglamentarias en esta materia. En la inspección y control de tales medidas, que sean de observancia obligada para la empresa, el trabajador tiene derecho a participar por medio de sus representantes en el centro de trabajo. La empresa de conformidad con lo establecido en la normativa laboral, formará al trabajador en materia de seguridad e higiene al incorporarse al puesto de trabajo, informándole de los riesgos, así como de las medidas de prevención. Cada año la empresa, en coordinación con el Delegado de Prevención, revisará la evaluación de riesgos, con el objeto de actualizarla.
Salud laboral y prevención de riesgos laborales. Es obligatoria la utilización del material de seguridad que se requiera en función del trabajo a desarrollar. Su usuario deberá mantenerlo en perfecto estado de conservación y operatividad, advirtiendo de inmediato de cualquier anomalía que pudiera detectar. El hecho de no utilizarlo podrá ser sancionado incluso con el despido. Tanto la empresa como los trabajadores de todas las categorías se someten expresamente a la normativa de Seguridad, Salud Laboral y prevención de riesgos laborales, así como a cualesquiera disposiciones legales o reglamentarias sobre las materias promulgadas o implementadas por los poderes legislativos del Estado en cualquier momento anterior o posterior a la firma del presente convenio. Ambas partes se comprometen a observar los deberes y obligaciones que de tales normas se deriven para cada una de ellas, y a respetar los derechos de la otra parte en el ámbito de su aplicación.
Salud laboral y prevención de riesgos laborales. Las empresas y trabajadores comprendidos en el ámbito funcional de este Convenio con el ánimo de reducir los riesgos derivados del sector, se comprometen a la observación y cumplimiento de la LPRL 31/1995 de 8 de noviembre y del Reglamento de Servicios de Prevención, B.O.E. no 27 de 31 de enero de 1997.
Salud laboral y prevención de riesgos laborales. Las partes irmantes de este Convenio colectivo consideran esencial desarrollar una política de seguridad y salud mediante la prevención de riesgos derivados del trabajo y cumplir la Ley de prevención y los reales decretos que desarrollan la Ley y afectan al sector del taxi. La salud, la mejora de las condiciones de trabajo y la eliminación o reducción de los accidentes son el objetivo prioritario de la política empresarial y sindical. Se ha de promover la constitución de servicios de prevención mancomunados a los cuales se puedan adherir todos los propietarios de licencia que tengan contratados algún trabajador. Las partes se comprometen a aplicar al sector lo que dispone la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. En la línea de poder garantizar la seguridad de los trabajadores de la empresa, de los pasajeros y del vehículo, la empresa puede impedir al trabajador que haga la prestación de su trabajo si sospecha que está bajo los efectos de drogas o estupefa- cientes y puede solicitar que se someta a un reconocimiento médico que lo acredite o desvirtúe. Este reconocimiento es obligatorio para eximir al trabajador de la in- fracción referente a toxicomanía y/o embriaguez ocasional, que prevé el artículo 37 de este Convenio. Si la prueba es negativa, la empresa ha de abonar el importe del día no trabajado según lo que dispone para el abono de días de permiso. Las partes irmantes del Convenio, la empresa y los sindicatos, se comprometen a estudiar la posibilidad de instalar GPS en todos los vehículos en el término de 1 año. Los trabajadores serán los responsables del cumplimiento de las medidas de prevención que los servicios de prevención les indiquen, sometiéndose a las san- ciones o al régimen sancionador previsto en el artículo 37 del Convenio en caso de inobservancia.
Salud laboral y prevención de riesgos laborales. Se aplicará en este tema, todo lo relativo a las Xxxxx xxxxx- tes en cada momento en esta materia en lo relativo a la industria de hostelería.