OBLIGACIONES DEL AGENTE Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DEL AGENTE a) proporcionar al empresario cuando este se lo solicite, informes completos sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en ejecución del objeto de este contrato. En todo caso se presentaran informes cada mes en los ________ primeros días del mes siguiente a aquel sobre el cual verse dicho informe; b) las oficinas o locales que el AGENTE utilice para la promoción y ventas de los productos objeto del presente contrato estarán ubicadas en __________________, dispuestos adecuadamente y el personal que los atiende será competente y suficiente. El personal vinculado no tendrá vinculación laboral alguna con el empresario: c) cumplir oportuna y fielmente las instrucciones del empresario; d) los sistemas de ventas de de los productos objeto del presente contrato, mediante crédito solo podrán establecerse previa aprobación escrita y convenio especial que firmen las partes del contrato presente; e) EL AGENTE no hará descuentos por concepto de la venta en relación con los precios fijados por el EMPRESARIO; f) Mantener buenas relaciones comerciales con el empresario y el publico en general para las promociones y ventas de que trata este contrato; g) Comunicar inmediatamente al EMPRESARIO cualquier reclamo relativo a la calidad de las mercancías (o los servicios) junto con la información que sea pertinente allegar ;h) Dentro de los _______________ días calendarios siguientes al de la terminación del _____(Trimestre, semestre, etc), el AGENTE rendirá cuentas de las ventas realizadas durante ese periodo. y simultáneamente entregara el valor de las ventas efectuadas durante el periodo, junto con los soportes, menos las deducciones que adelante se autorizan .El EMPRESARIO indicara la forma de rendir las cuentas y podrá modificar los periodos establecidos comunicándolos por escrito y oportunamente al AGENTE, las modificaciones serán parte de este contrato; i) Las sumas de dinero que el AGENTE reciba de las ventas que realice de acuerdo con el contrato que aquí se determina, así como las mercancías que reciba del EMPRESARIO, los tendrá y conservara a titulo de deposito; j) colaborar y facilitar las visitas de inspección, que en cualquier tiempo, tendrá derecho a efectuar el EMPRESARIO, o sus comisionados, para constatar el cumplimiento del contrato; K) tomar en una compañía de seguros aceptable a juicio del EMPRESARIO, una póliza que garantice el pago total de los salarios como prestaciones sociales, indemnizaciones y demás del personal que tenga a su servici...
OBLIGACIONES DEL AGENTE. 1. En el ejercicio de su actividad profesional, el agente deberá actuar lealmente y de buena fe, velando por los intereses del empresario o empresarios por cuya cuenta actúe. 2. En particular, el agente deberá: a) Ocuparse con la diligencia de un ordenado comerciante de la promoción y, en su caso, de la conclusión de los actos u operaciones que se le hubieren encomendado. b) Comunicar al empresario toda la información de que disponga, cuando sea necesaria para la buena gestión de los actos u operaciones cuya promoción y, en su caso, conclusión, se le hubiere encomendado, así como, en particular, la relativa a la solvencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecución. c) Desarrollar su actividad con arreglo a las instrucciones razonables recibidas del empresario, siempre que no afecten a su independencia. d) Recibir en nombre del empresario cualquier clase de reclamaciones de terceros sobre defectos o vicios de calidad o cantidad de los bienes vendidos y de los servicios prestados como consecuencia de las operaciones promovidas, aunque no las hubiera concluido. e) Llevar una contabilidad independiente de los actos u operaciones relativos a cada empresario por cuya cuenta actúe.
OBLIGACIONES DEL AGENTE. En la calidad de administrador del Fondo de inversión, el Agente asume las siguientes obligaciones con el Inversionista: a. Ejecutar el mandato que le ha sido conferido de manera diligente, a través de una eficiente administración de recursos cuya finalidad primordial será́ el provecho del Inversionista, procurando el equilibrio entre seguridad, rentabilidad, diversificación, compatibilidad de plazos y liquidez. b. Seleccionar de manera diligente los valores que formaran parte de la cartera del Fondo de Inversión siguiendo la política de inversión y la política de diversificación. c. Aplicar las políticas de inversión y diversificación establecidas por el Comité de Inversión y Vigilancia. d. Realizar las labores de administración de la cartera del Fondo de Inversión, entre las cuales están cobrar intereses, dividendos, comprar o vender valores, contratar auditores externos, determinar el precio diario de las participaciones, tramitar retiros y pagar los impuestos que genere el Fondo de Inversión. e. Velar por el exacto cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y contractuales aplicables a los actos y negocios jurídicos que han de realizarse para dar cumplimiento al objeto de este contrato. f. Presentar estados de cuenta a cada Inversionista, con la periodicidad que adelante se dispone en el g. Rendir informes escritos a cada Inversionista en cuanto a la situación de la cartera administrada y demás aspectos legales, administrativos y operativos de esta, a requerimiento escrito de éste con una anticipación no menor a 10 días calendario; y, h. Responder ante todos los Inversionistas por el exacto y diligente cumplimiento del contrato.
OBLIGACIONES DEL AGENTE. El Agente tendrá las siguientes obligaciones: 1) Recibir la mercancía como lo identifica el documento de transporte acorde a las instrucciones del proveedor; 2) Verificar que la mercancía esté debidamente embalada para el transporte, según la información que sobre su naturaleza y cuidados especiales suministre el Cliente, información cuya exactitud o veracidad el Agente no está obligado a determinar, ni a verificar; 3) Contratar el transporte de las mercancías según las instrucciones dadas por el Cliente, en cuanto a la ruta y modo de transporte a utilizar, y a falta de instrucciones, de acuerdo con su propio criterio, sin prejuicio de lo establecido en los artículos 1266 y 1267 del código de comercio; 4) Velar por la conservación de la mercancía cuando ella se encuentre bajo su custodia física, caso en el cual responderá como depositario, sin perjuicio del límite indemnizatorio estipulado más adelante; 5) Contratar los servicios conexos al transporte de la mercancía, tales como almacenamiento, cargue y descargue, operaciones portuarias, agenciamiento aduanero y demás servicios necesarios para que la mercancía llegue a su destino, de acuerdo con su propio criterio, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 1266 y 1267 del código de comercio. Parágrafo.- El Agente no está obligado a verificar la naturaleza, valor, cantidad, peso, numero, calidad, documentación, ni ninguna información relativa a la mercancía que resulte necesaria para contratar su transporte conforme a los artículos 1010, 1011 y 1015 del código de comercio, ni para contratar cualquier otro de los servicios conexos al transporte o propios de la actividad de agenciamiento de carga, para todo lo cual el Agente actuará exclusivamente con base en la información que le suministre por escrito el Cliente. Cualquier daño a la mercancía o cualquier perjuicio que sufra el Agente, un transportador o cualquier otro tercero por la falta o la inexactitud de esta información serán de la exclusiva responsabilidad del Cliente.
OBLIGACIONES DEL AGENTE. 1. Exigencias para el agente – – – – – – – – – – – – – – 87
OBLIGACIONES DEL AGENTE. 1. El agente ha de actuar lealmente y de buena fe, velando por los intereses del empresario por cuya cuenta realiza su actividad. 2. El agente debe emplear la diligencia debida en la promoción y, en su caso, en la conclusión, de los negocios, contratos y operaciones objeto del contrato de agencia. 3. El agente debe realizar su actividad de conformidad con las indicaciones y criterios razonables formulados por el empresario, sin menoscabo de su independencia jurídica y económica. 4. El agente debe mantener informado al empresario durante la vigencia del contrato de agencia a) De los negocios, contratos y operaciones promovidas o concluidas por cuenta o en nombre del empresario. b) De la evolución de las condiciones xxx xxxxxxx en el que realiza su actividad en cuanto pueda afectar a las futuras operaciones del empresario. c) De la solvencia y otras características comercial y jurídicamente relevantes de las contrapartes en los contratos promovidos o perfeccionados por el agente por cuenta del empresario y pendientes de perfección o de ejecución. 5. El agente debe mantener adecuadamente su contabilidad a fin de que el empresario pueda conocer de manera exacta los contratos y operaciones promovidos o perfeccionados por él. 6. El agente debe estar dispuesto a recibir en nombre del empresario las reclamaciones de terceros sobre faltas de conformidad en los contratos sobre bienes o servicios como consecuencia de los contratos y operaciones promovidos o perfeccionados, aunque no los hubiera concluido. 7. El agente no asume, salvo pacto en contrario, el riesgo y xxxxxxx de los contratos y operaciones promovidos o perfeccionados por cuenta del empresario. El pacto xx xxxxxxxx por el agente del riesgo y xxxxxxx de uno, de varios o de la totalidad de los contratos y operaciones promovidos y perfeccionados por cuenta del empresario no le vincula si no consta por escrito y con expresión específica de la comisión que está legitimado a percibir como contraprestación por la xxxxxxxx del riesgo y xxxxxxx.
OBLIGACIONES DEL AGENTE. —El agente tendrá las siguientes obligaciones: 1. Presentar al empresario informes mensuales completos sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en desarrollo de este contrato. 2. Cumplir oportuna y fielmente las instrucciones impartidas por el empresario para la ejecución del encargo. 3. Acatar las reglas que el empresario le haya fijado sobre precios, plazos y modalidades de pago en los contratos con los clientes, y solicitar autorización escrita para proceder, en circunstancias excepcionales, por fuera de dichas reglas. 4. Conservar a título de depósito provisional las sumas de dinero que el agente reciba por concepto de las ventas que realice de acuerdo con este contrato, o cualquier otra suma que reciba por cuenta del empresario. 5. Prestar a los adquirentes de las mercancías un adecuado servicio postventa, de acuerdo con las políticas fijadas por el empresario, e informarle inmediatamente sobre los casos que estén pendientes o no pueda resolver.
OBLIGACIONES DEL AGENTE. 2.‐ HACERSE CARGO DE TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL NEGOCIO (GIRO) 3.‐ DEBE CONTINUAR GESTION HASTA QUE INTERESADO LA ENCOMIENDE A OTRO
OBLIGACIONES DEL AGENTE. 1. El agente ha de actuar lealmente y de buena fe, velando por los intereses del empresario por cuya cuenta realiza su actividad. 2. El agente debe emplear la diligencia debida en la promoción y, en su caso, en la conclusión, de los negocios, contratos y operaciones objeto del contrato de agencia. 3. El agente debe realizar su actividad de conformidad con las indicaciones y criterios razonables formulados por el empresario, siempre sin menoscabo de su independencia jurídica y económica. 4. El agente debe mantener informado al empresario durante la vigencia del contrato de agencia a) De los negocios, contratos y operaciones promovidas o concluidas por cuenta o en nombre del empresario. b) De la evolución de las condiciones xxx xxxxxxx en el que realiza su actividad en cuanto pueda afectar a las futuras operaciones del empresario. c) De la solvencia y otras características comercial y jurídicamente relevantes de las contrapartes en los contratos promovidos o concluidos por el agente por cuenta del empresario y pendientes de conclusión o ejecución.
OBLIGACIONES DEL AGENTE. EL AGENTE se obliga a promover la obra del AUTOR/A realizando la gestión de todo tipo de actos con editores, productores y otras personas interesadas en la explotación de la obra del AUTOR/A y a cerrar los contratos necesarios para obtener esta finalidad, de la manera establecida en el pacto primero. El AGENTE se compromete a velar por los intereses del AUTOR/A y por el cumplimiento de los contratos derivados del presente acuerdo, a poner en conocimiento de éste toda la información de la que dispone y a desarrollar su actividad de acuerdo con sus instrucciones, sin perjuicio del derecho que asiste al AGENTE a la independencia en la forma de realizar sus funciones. Asimismo, el AGENTE se compromete a respetar los derechos xxxxxxx y patrimoniales del AUTOR/A y a poner en conocimiento de éste cualquier infracción de estos derechos que pudiera ser realizada por terceros. El AGENTE entregará al AUTOR/A los ejemplares gratuitos de la edición o transformación de sus obras que le correspondan y se obliga a presentarle un certificado en el que consten las liquidaciones de las ventas de ejemplares de las obras, emitido por el editor, productor o cualquier otro cesionario, en caso de que le sean tramitados al AUTOR/A a través del AGENTE.