OBLIGACIONES DEL INSTITUTO. El Instituto se obliga a:
2.1. Impartir al Alumno el plan de estudios de la Carrera, de conformidad a la malla curricular, a los programas de estudio, a las condiciones y a los procedimientos de admisión, evaluación y promoción prescritos en el Reglamento Académico, Instructivos y demás normativa complementaria, publicada, y disponible en el sitio web del Instituto (xxx.xxxxxxxx.xx), y en el Portal del Alumno. El Alumno tiene el derecho y el deber de informarse del Reglamento Académico, Instructivos y demás normativa complementaria.
2.2. Otorgar al Alumno acceso a las instalaciones, equipamiento, biblioteca y otros recursos, tanto físicos como tecnológicos, de la sede en la que se imparta la Carrera.
2.3. Certificar la condición académica del Alumno y sus calificaciones, en conformidad al Reglamento Académico, y previo pago del arancel correspondiente al certificado solicitado.
OBLIGACIONES DEL INSTITUTO. 1) Orientar el trabajo del contratista para que corresponda a las políticas y programas de la entidad. 2). Realizar el pago correspondiente según clausula quinta. 3). Ejecutar en general las obligaciones que surjan de la naturaleza de este contrato. 4). Velar por el cumplimiento de todas las cláusulas contractuales. 5).Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y pago de las sanciones pecuniarias a que hubiera lugar. 6). Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato acorde a lo señalado en el contrato y en la oferta presentada.
OBLIGACIONES DEL INSTITUTO. 1. Designar supervisor para la vigilancia y control de la ejecución del objeto contratado. 2. Entregar los microchips de identificación al contratista para implantar en todos los animales a los que se les realice esterilización.
OBLIGACIONES DEL INSTITUTO. EL INSTITUTO se obliga a cumplir con las condiciones establecidas en los Documentos del Proceso de Contratación, así como, a fijar un cronograma con EL INTERVENTOR para la ejecución del factor de calidad ofrecido en la etapa de selección que permita su implementación oportuna durante el desarrollo del contrato y a pagar la remuneración por la ejecución de las actividades ejecutadas en los términos pactados en el presente contrato.
OBLIGACIONES DEL INSTITUTO. EL INSTITUTO se obliga a:
a- Impartir la enseñanza que corresponda al nivel, modalidad y año en el que quedará matriculado el ESTUDIANTE según los planes oficiales vigentes y/o especiales aprobados a los que se encuentra adscripto EL INSTITUTO, con las modalidades y contenidos propios de su ideario y proyecto educativo institucional, y demás proyectos pedagógicos, culturales, deportivos, y pastorales que se implementen en forma obligatoria.
b- La prestación del servicio educativo se acreditará con la presentación de las constancias que se encuentran en los registros y documentación oficial que la autoridad gubernamental establezca, y la propia del INSTITUTO.
OBLIGACIONES DEL INSTITUTO. Ejecutar todos los trabajos inherentes al cuidado de los animales en forma oportuna y adecuada. Ejecutar todas las disposiciones de carácter sanitario que dicten las autoridades competentes de sanidad animal. En caso de enfermedad en los animales asegurados, éstos deberán someterse a tratamiento de un médico veterinario. Hacer todo en cuanto esté a su alcance, de acuerdo a las circunstancias, para evitar o disminuir el daño en los animales asegurados. Contar con un programa de medicina preventiva adecuado a la zona y aplicarlo a los animales asegurados. Comunicar a la compañía cualquier circunstancia que agrave el riesgo de accidente y enfermedad. En el caso de los semovientes a cargo del INSTITUTO, comunicar a la ASEGURADORA la llegada de animales a la población asegurada y las medidas sanitarias que hubieren tomado al respecto. En el caso de los semovientes a cargo del INSTITUTO, informar de aquellos ejemplares que hayan sido trasladados temporalmente a otras instituciones.
OBLIGACIONES DEL INSTITUTO. El Instituto se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Actualizar el Plan de acción de actividades pendientes, tiempos, responsables y recursos.
b) Asesorar por medio de la Unidad de Urbanismo y la Unidad de Criterios Técnicos a la Municipalidad en todas las etapas que conllevan /a formulación para la modificación del Plan Regulador.
c) Presentar un Plan de Trabajo para las acciones pendientes y se define el epode adicional que deba cubrir la Municipalidad por concepto de costos para cubrir la asesoría, acompañamiento y aprobación de la modificación del Plan Regulador.
d) Nombrar un nuevo Coordinador, el cual tendrá bajo su responsabilidad el proceso de revisión v cumplimiento de los términos establecidos en el Convenio original y el presente adendum.
i) Utilizar como insumos de trabajo entre otros, el resultado del análisis de las matrices del proyecto PRUGAM, la agenda ciudadana Xxxxx 2030 suministrada por la Municipalidad, las leyes 7600,7554,7788,7779, en lo que resulten aplicables, así como los productos de /a etapa diagnostica elaborados por el INVU, los resultados de la Viabilidad Ambiental de SETENA y demás leyes y decretos atinentes.
OBLIGACIONES DEL INSTITUTO. El Instituto se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Preparar un plan de acción con su respectivo cronograma de actividades, tiempos, responsables y recursos.
b) Asesorar por medio de la Unidad de Planificación Territorial a la Municipalidad en todas las etapas que conllevan la formulación y modificación del Plan Regulador.
c) Presentar un Plan de Trabajo en el que se definirán etapas, recursos y el aporte que debe cubrir la Municipalidad por concepto de costos y gastos para brindar la asesoría requerida.
d) Nombrar un Coordinador el cual tendrá bajo su responsabilidad el proceso de elaboración del plan regulador del Xxxxxx xx Xxxxx, así como el cumplimiento de los términos establecidos dentro del presente Convenio.
OBLIGACIONES DEL INSTITUTO. El Instituto se obliga a:
1.- Impartir al Alumno el plan de estudios de la carrera antes individualizada, de conformidad a la malla curricular entregada conjuntamente con este contrato; a los programas aprobados por el Instituto y a las condiciones y procedimientos de evaluación y de promoción prescritos en el "Reglamento Académico" y demás normas vigentes del Instituto, en adelante también "los Reglamentos". Esta obligación se podrá cumplir en cualquiera de los campus, sedes o instalaciones del Instituto en la ciudad de Santiago, tanto en jornada diurna como vespertina, en días lunes a sábado. El Alumno reconoce y acepta la facultad del Instituto para incorporar modificaciones que afecten la organización del plan de estudios, la malla curricular y/o los nombres y contenidos de las asignaturas de la carrera, en razón de su actualización tecnológica u otros motivos de ordenamiento y de eficiencia de los procesos académicos que determine la Vicerrectoría Académica. El Instituto tendrá la facultad para no impartir la carrera antes señalada en el caso de no completarse un grupo-curso mínimo de quince (15) Alumnos matriculados, a la fecha de inicio de las clases, conforme lo dispuesto en el Calendario Académico. En este caso, el Alumno tendrá las siguientes facultades: (a) Requerir la devolución de todo lo pagado en razón de este contrato o (b) Requerir la imputación de los valores pagados a la matrícula y arancel de cualquier otra carrera de su elección que imparta el Instituto para el mismo período académico. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de la facultad de retracto establecida a favor del Alumno en la cláusula Quinta de este contrato.
2.- Otorgar al Alumno acceso a las instalaciones, equipamiento, biblioteca y otros recursos del Instituto, en conformidad a las normas y procedimientos internos.
3.- Certificar la condición académica del Alumno, sus calificaciones y el cumplimiento de los requisitos de promoción que correspondan, en conformidad con las disposiciones pertinentes del Reglamento Académico y previo pago del arancel correspondiente.
OBLIGACIONES DEL INSTITUTO. El “INSTITUTO” a través del titular de la (Precisar Subdirección o Jefatura Departamental será la responsable de dar cumplimiento a estas obligaciones) dará cumplimiento a las siguientes obligaciones: Emitir y contar con la “PROPUESTA DE TRABAJO” desarrollado en conjunto con la “EMPRESA”, el cual está plasmado en el “ANEXO C. Modalidad C.2” para cada “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”. Asegurar la participación responsable del “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”, de conformidad con la asignación de la “ESTADÍA” debidamente firmado por parte del “INSTITUTO” y acordado con la “EMPRESA”. Mantener permanente comunicación y disponibilidad de atención con la “EMPRESA”, con la finalidad de atender las incidencias que se presenten. Hacer de conocimiento al “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” que la información y documentación relacionada con la “EMPRESA” a la que tengan acceso con motivo del desempeño de las actividades de la “ESTADÍA” será considerada como confidencial o reservada en términos de la legislación en la materia, por lo que no podrá ser divulgada o publicada en forma alguna en cualquier tiempo sin consentimiento, previo y por escrito del representante legal de la “EMPRESA”.