RENDIMIENTOS. Por las sumas que mantenga en depósito, el Cliente podrá recibir intereses a la tasa bruta anual de interés que para cada depósito se indique en el Certificado o en la Constancia correspondiente de acuerdo con las siguientes reglas:
RENDIMIENTOS. El Banco pagará intereses a la tasa bruta anual de interés que para cada préstamo se convenga con el Cliente en el comprobante de operación correspondiente, dicha tasa permanecerá sin variación alguna durante el plazo xxx xxxxxxxx no procediendo revisión alguna de la misma. Los intereses se causarán a partir del día en que se reciba el préstamo y hasta el día anterior al del vencimiento del plazo. Los intereses se calcularán multiplicando el capital por el factor que resulte de dividir la tasa bruta anual convenida entre 360 (trescientos sesenta) y multiplicando el resultado así obtenido por el número de días efectivamente transcurridos durante el período en el cual se devenguen los rendimientos. Los cálculos se efectuarán cerrándose a centésimas. Los intereses serán pagaderos al vencimiento del plazo.
RENDIMIENTOS. El CLIENTE reconoce y acepta que el BANCO no asume obligación alguna de garantizar rendimientos ni será responsable por las pérdidas que el CLIENTE pueda sufrir. El CLIENTE acepta que por la naturaleza de las inversiones en el mercado de valores que son materia de este clausulado, incluso las que se hagan en acciones de fondos de inversión, no es posible asegurar directa o indirectamente rendimiento alguno ni garantizar tasas, por lo que reconoce que sus inversiones estarán sujetas a pérdidas o ganancias, debidas en lo general a las fluctuaciones xxx xxxxxxx, a la situación de los emisores respectivos y a otras circunstancias que no están dentro del control del BANCO.
RENDIMIENTOS. El Banco se ajustará a las Instrucciones del Cliente para el manejo de los rendimientos de los Valores depositados, incluyendo el pago de dividendos, así como para el manejo de los mismos que lleguen a su vencimiento. El Cliente manifiesta que conoce la naturaleza de las inversiones en el mercado de valores por lo que no es posible garantizar rendimientos, ni tasas distintas a las que se obligan los emisores; que la solvencia de dichos emisores tampoco puede ser garantizada por el Banco y que sus inversiones están sujetas a pérdidas o ganancias, debidas en general a las fluctuaciones xxx xxxxxxx.
RENDIMIENTOS. Los depósitos realizados por el Cliente generarán rendimientos, los cuales serán determinados conforme a la tasa de interés establecida por el. La tasa de interés se aplicará sobre el saldo promedio diario de la cuenta. El saldo promedio diario es la suma de los saldos diarios del periodo, dividido entre los días del periodo. El periodo base para la determinación del saldo promedio y para el cálculo de intereses será de un mes calendario. La base para el cálculo de intereses será el saldo promedio del periodo por la tasa anual entre 360, por el número de días del periodo. Para el cálculo mensual de intereses se tomarán en cuenta únicamente los días efectivamente transcurridos entre la fecha inicial y el último día del mes correspondiente.
RENDIMIENTOS. Dependiendo el tipo de Producto contratado, el saldo de dinero a favor del Cliente registrado en la Cuenta podrá generar rendimientos, los cuales serán brutos, se computarán mensualmente y se pagarán mediante abono a la Cuenta a más tardar el Día Hábil siguiente a la fecha xx xxxxx. Si el Producto contratado genera rendimientos, en la Carátula se señalará la tasa de interés anual aplicable y la GAT correspondiente. Los citados rendimientos se calcularán sobre el promedio de saldos diarios que el Cliente mantenga depositado en la Cuenta, dividiendo la tasa de interés anual determinada por Citibanamex entre 360 (trescientos sesenta) y multiplicando el resultado así obtenido por el número de días efectivamente transcurridos durante el período en el cual se devenguen los rendimientos a la tasa correspondiente. Los cálculos se efectuarán cerrándose a centésimas. Las fechas para el cálculo de intereses comenzarán a partir del día siguiente a la fecha xx xxxxx y terminará hasta la fecha xx xxxxx siguiente. Citibanamex se reserva el derecho de revisar y ajustar diariamente la tasa de interés señalada en los párrafos anteriores y el promedio de saldos diarios vigentes a los que se aplicará ésta. Asimismo, Citibanamex en cualquier momento podrá determinar los Productos que dejarán de generar rendimientos. El tratamiento fiscal de los rendimientos estará sujeto a las disposiciones legales aplicables.
RENDIMIENTOS. Las Partes acuerdan, por lo que respecta a los rendimientos del dinero depositado en la CUENTA PRINCIPAL, que éstos quedarán sujetos a las condiciones del contrato de depósito a la vista en virtud del cual hubieren quedado aperturadas, siendo dicho rendimiento expresado en términos anuales simples, incluyendo las tasas de interés ordinaria y moratoria. No obstante lo anterior, las Partes acuerdan que el dinero depositado en las NCRs’ no generará interés nominal alguno, es decir, se considerarán como cuentas sin intereses generados y no existirá una obligación de mantener saldos mínimos en cada una de ellas.
RENDIMIENTOS. Por las sumas que se mantengan en depósito, “El Cliente” recibirá intereses a la tasa anual que se de a conocer mediante avisos en el Estado de Cuenta. “El Banco” se reserva el derecho de revisar y en su caso, de ajustar diariamente la tasa de interés pactada.
RENDIMIENTOS. Por las sumas que se mantengan en depósito, “El Cliente” recibirá intereses a la tasa anual que se de a conocer mediante avisos en el Estado de Cuenta. “El Banco” se reserva el derecho de revisar y en su caso, de ajustar diariamente la tasa de interés pactada. Los intereses se causarán a partir del día en que se constituyan los depósitos y hasta el día anterior al de la fecha en que se efectúen los retiros y se calcularán dividiendo la tasa anual de interés aplicable entre 360 y multiplicando el resultado así obtenido por el saldo del día. Dichos intereses serán computados diariamente sobre el saldo diario del depósito y pasarán a formar parte del mismo. Los cálculos se efectuarán cerrándose a centésimas.
RENDIMIENTOS. “El Banco” se ajustará a las instrucciones de “El Cliente” para el manejo de los rendimientos de los títulos depositados, así como para el manejo de los mismos que lleguen a su vencimiento.