Sobre 1 Documentación Administrativa Cláusulas de Ejemplo

Sobre 1 Documentación Administrativa. 21.1.1. Documentación justificativa de los requisitos del art. 146.1
Sobre 1 Documentación Administrativa. El SOBRE 1 contendrá la siguiente documentación:
Sobre 1 Documentación Administrativa. El citado sobre contendrá la siguiente documentación: Cuando el licitador sea empresario extranjero de Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Espacio Económico Europeo la acreditación de su capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones se realizará según lo establecido en letra g) del apartado 4 del artículo 159 de la LCSP. De conformidad con el artículo 71.1 e) de la LCSP, podría ser causa de prohibición para contratar con el Sector Público el haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a la capacidad o solvencia.
Sobre 1 Documentación Administrativa. En el Sobre 1 figurarán un INDICE, y HOJA RESUMEN DE DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACION -en la que conste la dirección completa del licitador a estos efectos, incluyendo número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico y persona de contacto-, y los siguientes documentos, originales o copia de los mismos que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente. Cuando dos o más empresarios presenten una oferta conjunta, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad en la forma descrita a continuación.
Sobre 1 Documentación Administrativa. A tenor de lo establecido en el artículo 146.4 y 5 del TRLCSP, sea cual sea el valor estimado del contrato, el sobre 1 de documentación administrativa contendrá los siguientes documentos:
Sobre 1 Documentación Administrativa. En este sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos:
Sobre 1 Documentación Administrativa. Se incluirán en el mismo los documentos que se indican a continuación para cada caso, y de cuya veracidad se hace responsable el interesado, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas Asimismo, en dicha declaración el interesado manifiesta su sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
Sobre 1 Documentación Administrativa. Para concurrir a la licitación: El licitador deberá acreditar su capacidad para contratar, lo que podrá llevar a cabo en el momento de la presentación de la oferta, de acuerdo con el artículo 146.4 del TRLCSP, mediante una DECLARACIÓN RESPONSABLE en la que se exprese que cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar, formulada estrictamente conforme al modelo que figura en el Anexo XV de este Pliego. La capacidad de obrar de los licitadores se acreditará mediante: - Empresario Individual: Fotocopia original del DNI. - Personas Jurídicas. Fotocopia original de la escritura o documento de constitución, los Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF). - Empresarios no españoles: La capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado en el que estén establecidos. Además, este tipo de empresarios deberá presentar traducción jurada en castellano de toda la documentación presentada. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también poder acreditativo de su representación declarado bastante por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Aranjuez, todo ello en original o copia compulsada. Igualmente deberán presentar fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. De acuerdo con lo establecido en la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, Texto Refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, así como la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la expedición de determinados documentos y distintivos del Ayuntamiento de Aranjuez, la solicitud de bastanteo se encuentra sujeta a tasa, debiendo autoliquidarse por el interesado en el momento de su formulación, requisito sin el cual no se iniciará la actuación administrativa. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también poder acreditativo de su representación todo ello en fotocopia. En el supuesto de delegación p...
Sobre 1 Documentación Administrativa. Contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la declaración responsable que figura como anexo I (para las personas jurídicas) o como anexo II (para las personas físicas). SOBRE 2 “DOCUMENTACIÓN CRITERIOS OBJETIVOS” En el Sobre 2 se incluirá la proposición económica que expresará el valor ofertado como precio de contrata para la realización del trabajo objeto de contrato. Se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo III al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En el supuesto de que exista discrepancia entre la cifra ofertada identificada en letra y número se dará prevalencia a la reflejada en letra. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, se incluirá en este sobre la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en la cláusula 22 del presente pliego. Para ello se incluirá la siguiente documentación:
Sobre 1 Documentación Administrativa