Acuerdos Institucionales. 1. Sin limitarse a las disposiciones de la Sección 3.01 del presente Contrato, y con el fin de realizar el Proyecto, el Prestatario deberá, por medio del MdeH, poner los fondos xxx Xxxxxxxx a disposición de la Entidad Ejecutora del Proyecto en virtud de un acuerdo subsidiario (“Acuerdo Subsidiario”) entre el Prestatario, por medio del MdeH, y la Entidad Ejecutora del Proyecto, con los términos y condiciones aprobados por el Banco, el cual deberá incluir, inter alia, lo siguiente:
Acuerdos Institucionales. El consultor que se adjudique los trabajos deberá utilizar el equipo de protección personal adecuado a la actividad que desempeñe. Para ello se tomarán las recomendaciones publicadas por el MITRADEL, el MINSA, la CSS, o cualquiera otra referencia a nivel nacional. De no existir esta se considerarán las recomendaciones y buenas prácticas de OSHA y los gobiernos federales de los Estados Unidos de América, pertinentes y reconocidas por el Estado Panameño. De este equipo la UCP PNUD PS 92046 proporcionará casco, botas y chaleco reflectivo. El consultor o inspector que se adjudique los servicios podrá tener contacto por la situación de su trabajo con personal de la Dirección Nacional de Patrimonio Histórico del INAC (Instituto Nacional de Cultura de la República de Panamá), personal de la OIM (Oficina de Infraestructura y Mantenimiento del Ministerio de Gobierno de la República de Panamá), y autoridades locales competentes en el tipo de intervención que se realice. Es un deber del Consultor o persona idónea que se le adjudique la inspección de la obra el salvaguardar el avance de las actividades y garantizar su ejecución. El supervisor asignado por el PNUD, revisará los productos que presente el/la experto/a. El personal designado de la Unidad comunicará las observaciones que pudiesen existir en un plazo aproximado de 10 días hábiles después de la recepción de los productos. La incorporación o cambios deben efectuarse en el plazo que el PNUD requiera y acuerde por escrito con el/la experto/a. Los pagos a el/la experto/a están sujetos a la aprobación y aceptación por escrito de los productos y del informe final por parte de el/la supervisor/a inmediato/a utilizando el formulario denominado “Certificado de Pago” que debe presentar el/la experto/a.
Acuerdos Institucionales. Los informes serán entregados de acuerdo a las fechas establecidas y antes de su vencimiento señalada en este documento, y deben contener los productos descritos. Debe mantener comunicación continua y reportar las actividades mensualmente al Director del proyecto. El supervisor asignado por el PNUD, revisará los productos que presente el/la experto/a. El personal designado de la Unidad comunicará las observaciones que pudiesen existir en un plazo aproximado de 10 días hábiles después de la recepción de los productos. La incorporación o cambios deben efectuarse en el plazo que el PNUD requiera y acuerde por escrito con el/la experto/a. Los pagos a el/la experto/a están sujetos a la aprobación y aceptación por escrito de los productos y del informe final por parte de el/la supervisor/a inmediato/a utilizando el formulario denominado “Certificado de Pago” que debe presentar el/la experto/a.
Acuerdos Institucionales. 1. El Prestatario, a través del MGAP, operará y mantendrá, durante la ejecución del Proyecto, una unidad (la UGP) con estructura organizacional, personal, funciones y responsabilidades satisfactorias para el Banco, según se establece en el Manual de Operaciones, para la implementación, coordinación y supervisión del Proyecto, incluida, entre otras cosas, la responsabilidad de la UGP de implementar, monitorear y supervisar la ejecución del Proyecto (incluidos sus aspectos financieros, de adquisiciones y de salvaguardas).
2. Con el propósito de llevar a cabo el Proyecto, la UGP contará con la asistencia de equipos técnicos dentro de la DGRN, la DGS y la DGDR.
3. El Prestatario deberá operar ymantener, durante la implementación del Proyecto, un equipo de coordinación interministerial, liderado por el Secretario Nacional de Medio Ambiente, Agua y Cambio Climático del Prestatario, para definir el marco de políticas relacionadas con el cambio climático y la variabilidad climática dentro del cual se implementará el Proyecto.
Acuerdos Institucionales. 1. El Prestatario, por intermedio de MINEDUC, mantendrá en DIVESUP, en todo momento durante la ejecución del Proyecto, personal en un número suficiente y con experiencia y preparación satisfactorias para el Banco, con el objeto de asistir a DIVESUP en la coordinación general y ejecución del Proyecto, incluidas responsabilidades fiduciarias.
2. El Prestatario, por intermedio de MINEDUC, debe ejecutar, y disponer que las IES respectivas ejecuten, el Proyecto (incluidos Subproyectos) conforme al Manual Operacional, satisfactorio para el Banco, el cual incluirá las normas, métodos, lineamientos, documentos y procedimientos estándar para ejecutar las distintas partes del Proyecto, incluidas las siguientes: a) la descripción detallada de las actividades del Proyecto y los mecanismos institucionales del Proyecto; b) los criterios y métodos de selección de IES; c) los procedimientos administrativos, contables, de auditoría, elaboración de informes, y financieros (incluidos aspectos de flujo de caja relacionados), adquisición y desembolsos del Proyecto; d) los criterios, lineamientos y procedimientos de aprobación, ejecución y supervisión de los Subproyectos de Desempeño, incluidas especificaciones sobre Gastos Elegibles que han de financiarse conforme a los Subproyectos de Desempeño, metas para medir el avance hacia el logro de los objetivos de cada Subproyecto de Desempeño, junto con las medidas que se aplicarán como consecuencia del incumplimiento de tales metas; e) los términos y condiciones de las Subvenciones; f) los indicadores de monitoreo del Proyecto y
Acuerdos Institucionales. 1. El contrato será suscrito entre el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el contratista individual adjudicado en el proceso. El contratista individual deberá presentar sus informes a la Coordinación de la UGP, quien se encargará de la revisión y aprobación respectiva. Posteriormente la UGP obtendrá la revisión y aprobación final de la Oficial del Programa del PNUD.
2. Los productos deberán contar con el aval de la Unidad de Cambio Climático xxx XXXX, dicho aval será provisto luego de que los productos cuenten en su totalidad con las enmiendas solicitadas.
3. Insumos a ser provistos por el contratante: La Unidad de Gestión del Proyecto -UGP- “Manejo Sostenible de Bosques y Múltiples Beneficios Ambientales Globales” en coordinación con la Unidad de Cambio Climático xxx XXXX entregará a solicitud del contratista individual, un ejemplar en formato digital del Plan estratégico de Cambio Climático xxx XXXX 2012-2016.
4. El/la Contratista Individual deberá aprobar dos cursos virtuales de seguridad básica conforme la normativa PNUD y presentar los certificados correspondientes al momento de entregar el primer producto de consultoría.
Acuerdos Institucionales. 1. El prestatario debe:
(a) a más tardar a los seis meses de la Fecha Efectiva (i) velar porque se ejecute la implementación de los memorandos de entendimiento, a satisfacción del Banco, entre el MINAE, SINAC y FONAFIFO; y (ii) establecer el contrato, satisfactorio para el Banco, con cada una de las Entidades Proveedoras de Servicios seleccionadas de conformidad con el Proyecto (los Acuerdos de Servicios) donde se establezcan, inter alia, los términos de referencia, honorarios por servicios y toda otra obligación relativa a la prestación de servicios técnicos en relación con la implementación de partes específicas del Proyecto, incluyendo la adquisición de bienes en relación con esto, todo en la medida que se especifica en el MO.
(b) Ejercer sus derechos y llevar a cabo sus obligaciones de acuerdo con los MOUs y los Acuerdos de Servicios, respectivamente, de tal manera que se protejan los intereses del Prestatario y del Banco y cumplir con los propósitos xxx Xxxxxxxx y, salvo que el Banco lo acuerde de otra manera, el Prestatario, FONAFIFO y FBA no cederán, enmendarán, derogarán, rescindirán o dejarán en hacer cumplir los MOUs y Acuerdos de Servicio, o alguna previsión de los mismos.
2. El Prestatario garantizará que el monitoreo de la calidad y cantidad del agua que se derive de las actividades estipuladas en la Parte 1.A de este Proyecto deberá llevarla a cabo, principalmente, el departamento de aguas del MINAE, en colaboración con FONAFIFO y, según se requiera, con otras entidades que se especifiquen en el MO.
Acuerdos Institucionales. 1. Memorando de Entendimiento entre la Administración Nacional de la Energía de la Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio del Reino de España sobre el establecimiento de un Grupo de Trabajo Bilateral en el sector de la Energía.
2. Memorando de Entendimiento entre la Administración Nacional de la Energía de la Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio del Reino de España en el campo de las energías renovables.
3. Memorando de Entendimiento entre el Ministerio de Comercio de la República Popular de China y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio del Reino de España para el establecimiento de un Grupo de Trabajo Bilateral de Promoción de Inversiones, en el marco de la Comisión Mixta Económica y Comercial.
4. Memorando de Entendimiento entre el Instituto Español de Comercio Exterior y Beijing Internacional Brand Management Center, para colaborar en establecer un “Centro de Mercancías Españolas” en el distrito de Chaoyang de Beijing.
Acuerdos Institucionales. 1. Sin limitarse a las disposiciones de la Sección 3.01 del presente Contrato, y con el fin de realizar el Proyecto, el Prestatario deberá, por medio del MdeH, poner los fondos xxx Xxxxxxxx a disposición de la Entidad Ejecutora del Proyecto en virtud de un acuerdo subsidiario (“Acuerdo Subsidiario”) entre el Prestatario, por medio del MdeH, y la Entidad Ejecutora del Proyecto, con los términos y condiciones aprobados por el Banco, el cual deberá incluir, inter alia, lo siguiente:
(a) la obligación del Prestatario: (i) de desembolsar sin demora a la Entidad Ejecutora del Proyecto los fondos xxx Xxxxxxxx de una manera que resulte aceptable para el Banco; y (ii) el derecho del Prestatario, por medio del MdeH, a tomar medidas de reparación contra la Entidad Ejecutora del Proyecto en caso de que la Entidad Ejecutora del Proyecto no haya cumplido con alguna de sus obligaciones según el Acuerdo Subsidiario; y
Acuerdos Institucionales. El Director de Innovación Empresarial, será quien supervisará directamente al consultor y será directamente responsable para la presentación de informes. El consultor presentará mensualmente informes de avance al Director de Innovación Empresarial. La SENACYT proveerá una oficina para conveniencia de El Consultor, acceso mediante reservación a los salones de reuniones, y refrigerios para las reuniones programadas en la ejecución del trabajo. La Dirección de Innovación Empresarial de la SENACYT es la responsable de la supervisión y ejecución del contrato. En caso de requerirse la movilización del consultor fuera de la ciudad de Panamá, sea al interior de la República y al extranjero, los respectivos pasajes y viáticos serán cubiertos por la SENACYT. El Consultor se compromete a prestar los servicios con calidad, de acuerdo a las normas más elevadas de competencia e integridad ética y profesional. Todos los estudios, informes y conclusiones de la consultoría serán propiedad de la SENACYT.