Admisión de aspirantes Cláusulas de Ejemplo

Admisión de aspirantes. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará Resolución por la Delegada del Área de Hacienda, Gobierno Interior, Administración Pública, Seguridad y Movilidad en el plazo máximo de UN MES, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, indicando en este último caso la causa de exclusión y concediendo un plazo xx XXXX DÍAS HÁBILES para que puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión u omisión, contados desde la publicación de la misma en el Tablón de Anuncios de este Excmo. Ayuntamiento. Finalizado el plazo de reclamaciones y subsanaciones, y resueltas las mismas, por la Delegada del Área de Hacienda, Gobierno Interior, Administración Pública, Seguridad y Movilidad se dictará resolución elevando a defnitivas las listas de admitidos y excluidos, las cuales se harán públicas mediante su exposición en el Tablón de Anuncios de este Excmo. Ayuntamiento. Toda la información referente a este proceso se hará pública además de en el Tablón de Anuncios de este Excmo. Ayuntamiento, en la Página Web del Ayuntamiento de Écija. El Órgano de Selección, que en su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad, se constituirá al efecto mediante nombramiento de la Delegada del Área de Hacienda, Gobierno Interior, Administración Pública, Seguridad y Movilidad a través de la Resolución que se dicte disponiendo la publicación de las listas defnitivas de admitidos y excluidos, y estará integrado por un Presidente y cuatro Vocales, asistidos por un Secretario, que actuará con voz y sin voto. La designación de los miembros del Órgano de Selección incluirá la de los respectivos suplentes. El personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte del Órgano de Selección. La pertenencia al órgano de selección será siempre a titulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. En todo caso, la composición nominativa del Órgano de Selección, conforme a lo previsto en la presente Bases, se publicará en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento, a los efectos de lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El Órgano de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, del Secretario y de la mitad al menos de los Vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el tit...
Admisión de aspirantes. 4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Órgano convocante, a propuesta del Tribunal o de la unidad encargada de la revisión de las solicitudes del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, dictará resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede de cada Tribunal, en la dirección xxxx://xxx.xxxxxx.xx y en el Punto de Acceso General, a través de su página Web (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx), se señalará un plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente día hábil al de la fecha de publicación, para que los aspirantes subsanen el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de dichas listas. Código seguro de Verificación : GEN-9712-8009-66cc-0655-d767-efc8-c6ba-4fee | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxXxxxXxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxXXX.xxx Este plazo no podrá utilizarse, en ningún caso, para añadir, completar o modificar la documentación aportada con la solicitud inicial, a excepción de la documentación que se adjunte por el candidato en el plazo de subsanación para corregir, en su caso, los defectos subsanables.
Admisión de aspirantes. Expirado el plazo de presentación de instancias para la plaza ofertada, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de CINCO DIAS, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha resolución, que se publicará en el BOP, tablón de edictos, Sede Electrónica y página web del Ayuntamiento, se señalará un plazo de CINCO días hábiles para subsanación. Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, que se publicará en el BOP, Sede Electrónica, Tablón de Edictos y en la página web del Ayuntamiento. Los sucesivos anuncios se publicarán en el Tablón de anuncios de la sede del Tribunal de selección que será la página web del ayuntamiento, Sede Electrónica y en el Tablón de anuncios municipal. En la misma publicación se hará constar el día en que se celebre el ejercicio práctico. Posteriormente, se realizará la valoración de méritos y propuesta de los/as aspirantes seleccionados/as, así como la bolsa de empleo.
Admisión de aspirantes. 4.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución declarando aprobadas las listas de admisión y exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse al menos en la xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxx y en el Portal de Atención al ciudadano, a través de su página web (xxxx://xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/) en los ámbitos geográficos en que se convoquen puestos, se señalará un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de dichas listas.
Admisión de aspirantes. 4.1.- Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Órgano convocante, a propuesta del Tribunal o de la unidad encargada de la revisión de las solicitudes del Instituto de Xxxxx Xxxxxx XXX, dictará resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede de cada Tribunal, en la dirección xxxx://xxx.xxxxxx.xx y en el Punto de Acceso General, a través de su página Web (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx), se señalará un plazo xx xxxx días hábiles contados a partir del siguiente día hábil al de la fecha de publicación, para que los aspirantes subsanen el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de dichas listas, mediante los procedimientos descritos en la base 3. Este plazo no podrá utilizarse, en ningún caso, para añadir, completar o modificar la documentación aportada con la solicitud inicial, a excepción de la documentación que se adjunte por el candidato en el plazo de subsanación para corregir, en su caso, los defectos subsanables.
Admisión de aspirantes. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes y una vez revisadas, la Comisión de Seguimiento, mediante Resolución, aprobará las listas de personas admitidas y excluidas al proceso de selección con carácter provisional y las publicará en el Tablón de Anuncios y la página web de la empresa xxxx://xxx.xxxxx.xx/xxxx_xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx. • Con la publicación de la citada Resolución se considera efectuada la correspondiente notificación a los interesados con la advertencia, de que si no se subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se archivará su solicitud sin más trámite, y en su caso, no podrán participar en la selección. • Los y las candidatos/as excluidos/as dispondrán de un plazo de 5 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de la lista de admitidos o efectuar las reclamaciones que estimen oportunas. Dichas peticiones de subsanación se dirigirán a la Comisión de Seguimiento y se presentarán en el Registro General de COMUJESA. • Las reclamaciones que se formulen contra Resolución de lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, serán aceptadas o rechazadas por medio de la Resolución que apruebe la lista definitiva. Esta lista se publicará, de idéntica forma que la mencionada en el punto 1, dentro de los tres días hábiles posteriores a la finalización del plazo de reclamaciones. • Si la Comisión de Seguimiento tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos, previa audiencia del interesado, deberá publicar resolución excluyendo al candidato del proceso, comunicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión de pruebas. • Una vez finalizadas las valoraciones del proceso de selección, se recabará toda la documentación original acreditativa de los requisitos y puntuación del baremo. Si de la comprobación de la documentación resultara que la persona propuesta no reuniese alguno de los requisitos establecidos en estas bases o no acreditase alguna de las circunstancias que constituyen puntuación en el baremo, se resolverá el ajuste o exclusión del proceso selectivo, decayendo el/la interesado/a en los derechos e intereses legítimos a ser contratado/x.
Admisión de aspirantes. 5.1.- Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del Ayuntamiento dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo xx xxxx días hábiles para su subsanación.
Admisión de aspirantes. AYUNTAMIENTO DE LA XXXXXX XX XXXXXX (JAÉN)
Admisión de aspirantes. 5.1. Para ser admitido será necesario que los aspirantes manifiesten que reúnen todos los requisitos exigidos en la convocatoria y presenten la documentación requerida, conforme establecen las bases tercera y cuarta.
Admisión de aspirantes. Transcurrido el plazo de presentación de instancias, se dictará Resolución por parte de la Presidenta Xxxxxxxx, aprobando la Lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, cuya publicación será determinante para la interposición del recurso pertinente por los/as aspirantes excluidos/as. Aprobada la lista se señalará un plazo xx xxxx días hábiles para la subsanación a contar desde el día siguiente a la publicación en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. La lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx. Los sucesivos anuncios de actuaciones se publicarán en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.