ASPECTOS SUBSANABLES. La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura Contratación o al proponente no necesarios para la comparación de propuestas y por ende objeto de ponderación, de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en los presentes Pliegos de condiciones, no darán lugar al rechazo de las Propuestas efectuadas. En tal caso, si la E.S.E. XXXXX XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX, CUNDINAMARCA estima necesaria esa documentación procederá a solicitarla en cualquier tiempo hasta antes de la adjudicación mediante comunicación escrita. De no ser respondida la solicitud dentro del plazo que la E.S.E. XXXXX XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX, CUNDINAMARCA señale para el efecto, o de resultar incompleta la respuesta, la E.S.E. XXXXX XXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX, CUNDINAMARCA podrá rechazar la Propuesta. Para estos efectos, se debe tener en cuenta que ningún requisito o documento que genere puntaje es subsanable. El hecho de subsanar una propuesta defectuosa no implica que la Propuesta inicial pueda ser modificada, caso en el cual la propuesta se entenderá no subsanada y por tanto será RECHAZADA. Los valores numéricos correspondientes a precios contenidos dentro de la Propuesta económica, no son subsanables.
ASPECTOS SUBSANABLES. Se considerará como aspecto subsanable los errores u omisiones en los requisitos establecidos en los numerales 12.2.1 y los documentos financieros del numeral 12.2.3, de estas Bases de Licitación. El MINSAL otorgará un plazo máximo de 3 DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente de la notificación para su presentación, el ofertante que no cumpla en su totalidad con la información solicitada será disminuida su ponderación con respecto al parámetro incumplido. Con relación a los documentos legales requeridos en el numeral 12.2.3, de estas bases de licitación podrán ser subsanados, para lo cual el MINSAL otorgará un plazo máximo de 3 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación para su presentación. En el caso de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, no podrá ser subsanada en el monto asegurado y la vigencia de la misma, (aclarándose que cuando el monto total asegurado tenga errores obvios en la escritura por letras mal colocadas u omisión de alguna de ellas, si podrán ser subsanadas); de no superar las observaciones efectuadas, la oferta presentada será denominada NO ELEGIBLE para recomendar la adjudicación. Xxx Xxxxxxxx, 09 de noviembre de 2011. mjj • ESPECIFICACIONES TECNICAS • DETALLE DE PREINSTALACIONES PARA UNIDADES DE SALUD • INDICE DE PLANOS 1 DESMONTAJE, UBICACION, CONTENIDO la Hachadura 2 ARQUITECTURA Y ACABADOS EXISTENTES U.S. la hachadura 3 DEMOLICIONES Y DESMONTAJES U.S. la hachadura 4 CONJUNTO ARQUITECTURA U.S. La Hachadura 5 PLANTA ARQ.ELEVACIONES Y SECCIONES U.S. La Hachadura 6 PLANTA ARQ. ELEV Y SECC IRA Y SANEAMIENTO U.S. La Hach 7 PLANTA DE ACABADOS U.S. la Hachadura 8 PLANTA DE MUEBLES FIJOS M-1 AL M-4 U.S. La Hachadura 9 PLANTA DE MUEBLES FIJOS M-5 AL M-10 U.S. La Hachadura 10 DETALLES GENERALES U.S. la Hachadura
ASPECTOS SUBSANABLES. De conformidad con lo estipulado en el parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, numeral
ASPECTOS SUBSANABLES. Cuando la propuesta contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el Informe de Habilitación o Evaluación según corresponda. Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción del contrato.
ASPECTOS SUBSANABLES. El Analista de contrataciones, en el ámbito de sus competencias podrá considerar como aspectos subsanables, los siguientes:
a) Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en la presente IC.
b) Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma y que no inciden en la validez y legalidad de la propuesta presentada.
c) Cuando el proponente oferte condiciones superiores a las requeridas en las especificaciones técnicas, siempre que estas condiciones no afecten el fin para el que fueron requeridas y/o se consideren beneficiosas para Chaco Energías S.A. Cuando la propuesta contenga aspectos subsanables éstos deberán estar señalados en el informe correspondiente. Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción del contrato u orden de servicio.
ASPECTOS SUBSANABLES. De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 5º parágrafo 1º de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 0° xx xx Xxx 0000 xx 0000, xx xxxxxxxx de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de propuestas, no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. La entidad solicitará a los oferentes todos aquellos requisitos, ausentes u omitidos, que no afecten la asignación de puntaje y estos deberán ser entregados por los proponentes hasta el término del traslado del informe de evaluación. Serán rechazadas las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información y la documentación solicitada por la entidad hasta el plazo antes indicado. Durante el término otorgado para Página | 26 subsanar las ofertas, los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
ASPECTOS SUBSANABLES. Solamente se podrán subsanar documentos que soportan requisitos verificables. La entidad solicitará los documentos que el proponente puede subsanar. Para tal efecto la entidad establecerá un plazo. En caso de que el proponente no xxxxxxx los documentos la propuesta se rechazara. La E.S.E HOSPITAL XXXXX XXXX XXXXXXX XXXX DE LA MESA CUNDINAMARCA, declarará desierta la INVITACION, únicamente por motivos o causas que impidan la selección objetiva de las propuestas y se declarará en acto administrativo, en el que señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión. La E.S.E HOSPITAL XXXXX XXXX XXXXXXX XXXX DE LA MESA CUNDINAMARCA, convoca a las veedurías ciudadanas establecidas de conformidad con la Ley, quienes podrán desarrollar su actividad durante la etapa pre-contractual, contractual y pos-contractual del proceso de contratación, haciendo sus recomendaciones escritas y oportunas ante la Entidad, con el fin de buscar la eficiencia institucional y la probidad en la actuación de los funcionarios públicos. En caso de requerir información adicional, el costo de las copias y la atención de las peticiones presentadas seguirán las reglas previstas en el Código Contencioso Administrativo.
ASPECTOS SUBSANABLES. Se considerará como aspecto subsanable los errores u omisiones en los requisitos establecidos en los numerales 5.2.1 y los documentos financieros del numeral 5.3 de estas bases de licitación. El MINISTERIO DE SALUD otorgará un plazo máximo de 5 DIAS HABILES a partir del día siguiente de la notificación para su presentación, el ofertante que no cumpla en su totalidad con la información solicitada será disminuido su ponderación con respecto al parámetro incumplido. Con relación a la documentación legal requerida en el numeral 5.3 de estas bases de licitación podrá ser subsanada, para lo cual el MINISTERIO DE SALUD otorgara un plazo máximo de 5 DIAS HABILES a partir del dìa siguiente de la notificciòn a partir del dìa siguiente de la notificación. En el caso de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, no podrá ser subsanada en el monto asegurado y la vigencia de la misma, (aclarándose que cuando el monto asegurado tenga errores obvios en la escritura por letras mal colocadas u omisiones de alguna de ellas, si podrán ser subsanadas); de no superar las observaciones efectuadas, la oferta presentada será denominada NO ELEGIBLE para recomendar la adjudicación. Xxx Xxxxxxxx, 26 xx Xxxxx de 2012 manm XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX MINISTRA === PROGRAMAS A PROMOVER MES DURACIÓN MEDIOS DE COMUNICACIÓN Promoción de medidas higiénicas para prevenir enfermedades Diarreicas (EDAS) y Respiratorias (IRAS), tales como lavado de manos, lactancia materna, vacunación de grupos vulnerables (niñez, tercera edad y enfermos crónicos) y otras. MAYO-JULIO TRES MESES - RADIO, TELEVISIÓN, PRENSA - IMPRESOS: VALLAS, BANNERS, MUPIS, XXXXX X XXXXXX, STEAKERS, VOLANTES, - ROTAFOLIOS,, PROMOCIONALES, OTROS - JINGLE, MEDIOS ELECTRÓNICOS Y ALTERNATIVOS
ASPECTOS SUBSANABLES. De conformidad con lo estipulado en el parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, numeral 4.2.2 del MANUAL DE CONTRATACIÓN, SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA a solicitud de EL CANAL CAPITAL, los proponentes podrán subsanar la ausencia de requisitos o la falta de documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes hasta la fecha y hora prevista en el cronograma del presente proceso para el traslado del informe de evaluación. Al respecto, se tendrá en cuenta la regla jurisprudencial en virtud de la cual, los requisitos habilitantes se deben acreditar al momento del cierre del proceso de selección, y por tanto, no se pueden completar o demostrar con hechos que ocurran con posterioridad a la radicación de las ofertas. En ejercicio de esta posibilidad, los proponentes no podrán subsanar asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni para acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad a la fecha establecida para la presentación de la propuesta inicial, ni completar, adicionar o modificar la oferta presentada. En ese sentido, lo que será subsanable será la prueba de tales condiciones, que, en todo caso, debieron ocurrir con anterioridad al momento de radicación de las ofertas y no hechos que ocurrieron con posterioridad a tal instante de acuerdo con el cronograma del proceso de selección. En virtud de lo anterior, los proponentes deberán contestar cualquier requerimiento del CANAL CAPITAL, en los términos y condiciones que para el efecto señale la entidad de manera expresa dentro del requerimiento. En NINGÚN caso, será objeto de subsanación ni la presentación ni la modificación del contenido de los documentos que acrediten factores de escogencia y comparación de propuestas, así como la falta de capacidad. requerimiento que le haga el Canal para subsanar.
ASPECTOS SUBSANABLES. Serán subsanables, todos aquellos aspectos que contempla el artículo 81 del RLCA.