Comités Cláusulas de Ejemplo

Comités. El Consejo Directivo podrá establecer los comités para el Banco que se consideren convenientes.
Comités. Dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de este Tratado, la Comisión establecerá los siguientes comités: a) un comité en materia de competencia, integrado por representantes de cada Parte, el cual presentará informes y recomendaciones a la Comisión referentes a los trabajos ulteriores que procedan sobre las cuestiones relevantes acerca de la relación entre las leyes y políticas en materia de competencia y el comercio en la zona de libre comercio; b) un comité que, a efecto de detectar aquellas prácticas de empresas del Estado que pudieran resultar discriminatorias o contrarias a las disposiciones de este capítulo, elaborará informes y recomendaciones respecto de esas prácticas.
Comités. Existen varias estructuras de gobierno creadas dentro de la organización para la debida implementación de prácticas de buen gobierno corporativo, con miras a lograr la ejecución de las directrices y planes estratégicos, dentro de un marco conceptual con existencia de adecuados controles, transparencia en la administración, divulgación de información y protección a los accionistas minoritarios y a derechos de terceros. Entre ellos podemos señalar:  Comité EjecutivoComité de CréditoComité de Inversiones  Comité Directivo de Riesgo  Comité de Activos y Pasivos  Comité Directivo de Auditoría  Comité Directivo de Cumplimiento  Comité Ejecutivo de Aseguradora Global Comité Ejecutivo: Lo conforman el Presidente Ejecutivo y Gerente General, Vicepresidentes Ejecutivos del Emisor y los Vicepresidentes de áreas funcionales como Banca de Personas, Banca Privada e Inversión, Operaciones y Tecnología, Riesgo, Auditoría Interna, Recursos Humanos y Gerente General de Aseguradora Global. Tienen como funciones primordiales ejecutar los planes estratégicos y hacer cumplir las directrices señaladas por la Junta Directiva y darle fiel cumplimiento y monitorear la ejecución de los planes de negocios para lograr los objetivos de rentabilidad estipulados por la Junta Directiva, sin descuidar los riesgos inherentes al negocio y velando por la salud financiera de la empresa. Entre las funciones del Comité Ejecutivo están:  Implementar las estrategias y políticas aprobadas por la Junta Directiva.  Evaluar la eficacia de las prácticas de gobierno y la resolución de conflictos, haciendo los cambios que ameriten si existieran deficiencias.  Realizar observaciones y efectuar recomendaciones a la Gerencia Superior sobre las prácticas de buen gobierno.  Tomar decisiones en cuanto a la estructura y desarrollo del Recurso Humano de la Institución.  Revisar y autorizar políticas y acuerdos relacionados con la Gestión de Recursos Humanos.  Mantener una estructura de organización que asigne claramente responsabilidades, autoridad y las líneas jerárquicas.  Asegurar el funcionamiento y efectividad de un sistema de control interno efectivo.  Dotar a los distintos niveles de gestión y operación del Banco con los recursos necesarios para el adecuado desarrollo del sistema de control interno. 47  Asegurar el funcionamiento y efectividad de los procesos que permitan la identificación y administración de los riesgos que asume el Banco en el desarrollo de sus operaciones y activid...
Comités. Es preciso indicar que la Entidad dando cumplimiento a los artículos 115 y 116 de la Ley 489 de 1998, en los cuales se faculta a los representantes legales de las entidades públicas para crear y organizar Comités Internos de Trabajo con el fin de atender las necesidades de servicio y cumplir con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas y programas, la Secretaria Distrital de Movilidad en materia contractual ha implementado los siguientes comités:
Comités. A partir de la homologación del presente Convenio Colectivo de Trabajo, se constituirán dos (2) Comités conformados cada uno por seis (6) miembros titulares: tres (3) designados/as por el PEP y 3 (tres) por el total del sector sindical con personería gremial y ámbito de representación en el sector de la Administración Pública Provincial, sobre el que tiene aplicación el presente Convenio Colectivo de Trabajo conformada ésta última en proporción a la cantidad de afiliados/as cotizantes actualizada treinta (30) días antes de su conformación. Se designarán igual cantidad de suplentes que correspondan por cada parte. El PEP garantiza los recursos necesarios para el óptimo funcionamiento de los Comités.
Comités. Existencia y funcionamiento de un Comité de Auditoría. Dicho comité está integrado por 4 Directores – 2 independientes – y el tesorero. Adicionalmente, el Emisor está sujeto a la supervisión de la Dirección General de Empresas Financieras del Ministerio de Comercio e Industrias, que según la Ley, es la entidad encargada de supervisar a las personas dedicadas al negocio de empresas financieras de Panamá.
Comités. Capítulo Único Comités Título Cuarto
Comités. La Junta Directiva establecerá los comités de trabajo que estimen necesarios, permanentes o accidentales, integrados por sus miembros para fortalecer el desarrollo de su gestión. Los comités tendrán el encargo de realizar gestiones específicas, definidas en objetivos y tiempo. Los comités evaluarán en detalle las propuestas presentadas por la Administración y agilizarán su estudio en las reuniones plenarias de la Junta Directiva.
Comités. Existencia y funcionamiento de un Comité de Auditoría. Dicho comité está integrado por 4 Directores – 2 independientes – y el tesorero. Adicional al Comité de Auditoria funcionan los siguientes comités: Ejecutivo, Planificación y Estrategia, Crédito y Administración de Activos y Pasivos. En todos los comités forman parte diferentes miembros de la Junta Directiva y las reuniones son documentadas mediante las respectivas actas. El Emisor está sujeto a la supervisión de la Dirección General de Empresas Financieras del Ministerio de Comercio e Industrias, que según la Ley, es la entidad encargada de supervisar a las personas dedicadas al negocio de empresas financieras de Panamá.
Comités. Cada deporte estará a cargo de un Comité nombrado por la Junta Directiva, cuyo período será de un año, a partir de su nombramiento. Podrán ser miembros de los comités, los asociados activos o sus beneficiarios.