Condiciones de aptitud. 1. Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
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Samples: www5.poderjudicial.es, avap.es, www.gdrpontevedramorrazo.eu
Condiciones de aptitud. 1. Sólo Solo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran al contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, estos deberán ser acreditados por el licitador al concurrir en el mismo.
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Samples: economia.uca.es, europam.eu, institucional.us.es
Condiciones de aptitud. 1. Sólo podrán contratar con el sector público las personas perso- nas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición prohibi- ción de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera finan- ciera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
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Samples: www.firmaprofesional.com, www.laredo.es, www.santamartadetormes.es
Condiciones de aptitud. 1. Sólo Solo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
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Samples: ssm.cordoba.es, www.camaragrancanaria.org, www.juntadeandalucia.es
Condiciones de aptitud. 1. Sólo Solo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
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Condiciones de aptitud. 1. Sólo podrán contratar con el sector público las personas perso nas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición prohibi ción de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera finan ciera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
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Samples: www.feiragalicia.com, www.dominios.es
Condiciones de aptitud. 1. Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
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Samples: testingftp.square7.ch, www.obcp.es
Condiciones de aptitud. 1. Sólo Solo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, sus solvencias económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran al contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, éstos deberán ser acreditados por el licitador al concurrir en el mismo.
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Samples: www.congreso.es
Condiciones de aptitud. 1. Sólo Solo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
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