Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras. 2. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. 3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. 4. Podrán contratar con GHK las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstante, dichos empresarios, desde la presentación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismo. 5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 5 contracts
Samples: Contract for Urban Waste Transport Services, Financial Advisory Contract, Contract for Legal Advisory Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, BCC las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2profesional. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyen el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKBCC, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, estableciéndose expresamente a estos efectos como de aplicación lo previsto en el artículo 47 de LCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSPde la LCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. Las empresas no comunitarias deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil. Podrán contratar con GHK BCC las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo estableciéndose a estos efectos expresamente como de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP48 de la LCSP. No obstanteLos empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyen y la participación de cada uno, dichos empresarios, desde la presentación así como que asumen el compromiso de su oferta, constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Cada uno de los que componen la unión temporal de empresarios deberá acreditar su solvencia conforme a lo previsto en el presente Xxxxxx, sin que, en ningún caso, se admita la acumulación de la solvencia de cada uno de los empresarios a efectos de la determinación de la solvencia mínima requerida, exigiéndose la concurrencia de la total solvencia en todos y cada uno de ellos. - Haber realizado trabajos similares al contrato, debiendo acreditar la prestación a lo largo de los tres últimos años de, al menos, dos obras similares, en su naturaleza y su cuantía, a las que constituyen el objeto del contrato.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 2 contracts
Samples: Contract for the Execution of Works, Contract for Construction Works
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 16.3 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstante, dichos empresarios, desde la presentación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismo.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 2 contracts
Samples: Asistencia Técnica De Ingeniería, Contract for Urban Waste Transportation Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, ELIKA las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2profesional. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKELIKA, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK ELIKA las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteRequisitos mínimos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional: - Haber realizado, dichos empresariosen los tres últimos ejercicios y para cada uno de ellos (2009, desde 2010 y 2011), la presentación traducción xxx xxxxxxxxxx al euskera de, al menos, 15.000 hojas de documentos y publicaciones y, entre ellos, al menos 1.000 relativas al ámbito de la alimentación y ciencias de la salud. Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar el contrato, los licitadores que pretendan basarse en los medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo IV) escrito otorgado ante Notario, en el que la empresa implicada manifieste: que conoce en todo su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento alcance las condiciones de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación al que concurre el licitador; y manifieste su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contratocontrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, como representante debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o apoderado único con poderes bastantes modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por ELIKA, para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones el supuesto de que se deriven hasta la extinción del mismoel licitador en cuestión resulte adjudicatario.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 2 contracts
Samples: Contract for Translation Services, Contract for Translation Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, presentar ofertas en la licitación objeto del contrato (exclusivamente a través de la aplicación de licitación electrónica de gobierno xxxxx) y en la forma que se especifica más adelante: las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas. No podrán Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran al contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, estos deberán ser acreditados por el licitador al concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contratoel mismo. Los contratistas deberán contar, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios deberán contar asimismo asimismo, con la habilitación empresarial o profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyan el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo solo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las de contratos cuyas prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar Podrá contratarse con GHK, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favorfavor art. 69 LCSP. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, siendo xxx Xxxxxx de aplicación lo previsto Condiciones Técnicas , el presente pliego y de las Condiciones Generales de Contratación de EJIE y del resto de los documentos contractuales, en su totalidad y sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de los servicios. Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante, siempre que no se halle incursa en alguna de las causas que se enumeran en el art. 71 LCSP. Cuando en representación de alguna Sociedad, u otro tipo de entidad, concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Se tomarán las medidas contempladas en el art. 70 LCSP, para garantizar que no se falsee la competencia al concurrir a la licitación las empresas que hayan participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación. Se excluirá la participación si la misma pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras, esta medida alcanzará a las citadas empresas, y las empresas a ellas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 59 42 del TRLCSPCódigo de Comercio, puedan ser excluidas de dichas licitaciones, cuando no haya otro medio de garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato. No obstanteEn todo caso, dichos empresariosantes de proceder a la exclusión del candidato o licitador que participó en la preparación del contrato, desde deberá dársele audiencia para que justifique que su participación en la fase preparatoria no puede tener el efecto de falsear la competencia o de dispensarle un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Como medida de garantizar la igualdad de trato y transparencia, se difundirá la comunicación a los demás candidatos o licitadores de la información intercambiada en el marco de la participación en la preparación del procedimiento de contratación o como resultado de ella, y el establecimiento de plazos adecuados para la presentación de ofertas. Si el contrato tiene por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de cualesquiera contratos, así como la coordinación en materia de seguridad y salud, no se adjudicará a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos, ni a las empresas a estas vinculadas, en el sentido establecido en el presente apartado. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hayan sido sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, durante el período impuesto en la correspondiente sanción. No se aceptarán aquellas proposiciones que: Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que XXXX estime fundamental para considerar la oferta. Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. Excedan del presupuesto máximo de licitación. Aquellas en las que exista reconocimiento por parte de la licitadora de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. EJIE podrá solicitar, antes de formular su ofertapropuesta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento cuantos informes técnicos considere precisos en orden a la adjudicación de todas las obligaciones la contratación. Producida la adjudicación del contrato y, en su caso, transcurridos los plazos para recurrir sin que se deriven hayan interpuesto recursos, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de esta licitación los interesados. EJIE,S.A. podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y en el curso de la ejecución del contrato, como representante la veracidad del contenido de los documentos incluidos en la oferta al completo, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de exclusión del procedimiento o apoderado único de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con poderes bastantes pérdida de la garantía definitiva constituida, en su caso, y debiendo indemnizar, además, a EJIE, S.A. los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. Los recursos asignados a los servicios deberá pertenecer a la empresa adjudicataria, y en este caso el licitador deberá presentar la correspondiente acreditación (Informe de Trabajadores en Activo-ITA- o TC2, o equivalente) o, en el caso de que no pertenezcan a la empresa adjudicataria, el licitador deberá respetar las cláusulas establecidas en el presente pliego en relación a la subcontratación y acreditar la pertenencia a las empresas subcontratistas. Sobre los perfiles/recursos asignados (para ejercitar todos o para los derechos que se exija en PCT), deberán acreditar la pertenencia a la empresa adjudicataria (según lo descrito en el párrafo anterior). Además deberán presentar justificación de asignación de los mismos que ya estuvieron identificados en la propuesta (con nombres y cumplir apellidos) y estar asignados a la ejecución del contrato desde el inicio del mismo, y si no se presentara justificación de la asignación de los mismos en la adjudicación, o no cumplieran con cualquiera de los requisitos exigidos, supondrá la adjudicación al siguiente en calificaciones, y si se hubiera iniciado el contrato podrá conllevar la revocación del mismo. En el supuesto en que el equipo directamente asignado a la ejecución de los servicios haya sido objeto de valoración previa en fase de solvencia técnica y profesional, la discrepancia entre lo presentado en fase de solvencia con la descripción de perfiles, fases, etc. presentado en la oferta técnica conllevará la exclusión de la oferta por incongruencia. La adjudicataria/s deberán facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a los trabajadores. Así mismo, deberá a lo largo de toda la ejecución del contrato abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que, en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel. El adjudicatario entregará documentación justificativa del abono de los salarios en la aplicación dispuesta a efecto por EJIE. El incumplimiento de las obligaciones referidas a los incumplimientos o los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa, dará lugar a la imposición de las penalidades a que se deriven hasta refiere el artículo 192 LCSP. En todo caso XXXX rechazará las ofertas si comprueban que son anormalmente bajas porque vulneran la extinción normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes, en aplicación de lo establecido en el artículo 201 de la LCSP. La propuesta como adjudicataria deberá indicar el convenio colectivo que es de aplicación a los trabajadores que realicen actividad objeto de contratación, en caso de resultar adjudicatarios. El equipo humano a incorporar tras la formalización del mismo.
5contrato para la ejecución de los trabajos deberá estar formado por componentes relacionados en la oferta adjudicataria y consecuentemente valorados. Todas las empresas Si tras la adjudicación se observara que concurran el equipo de proyecto no se corresponde con el de la oferta (requerimientos de solvencia técnica y profesional y oferta técnica): Xxxx que el adjudicatario presente justificación escrita, detallada y suficiente, explicando el motivo que suscita el cambio, se procederá a: La presentación por el adjudicatario de sustitutos/s con un perfil de cualificación técnica igual o superior al de la persona que se pretende sustituir. Aceptación de sustituto/s por parte de la Dirección del Proyecto de E.J.I.E. Caso de que se demostrase que el cambio no se corresponde con causa justificada, de fuerza mayor y no imputable al adjudicatario, E.J.I.E. se reserva el derecho no solo a la licitación deberán presentar cumplimentado aprobación de la persona o personas sustitutas, sino incluso a la revisión de la adjudicación y en su caso la rescisión del contrato, si este hecho fuera elemento determinante en la mencionada adjudicación. Durante la ejecución de los trabajos objeto del contrato el Anexo I adjunto adjudicatario se compromete, en todo momento, a este Pliegofacilitar a las personas designadas por la Dirección del proyecto de Xxxx, a tales efectos, la información y documentación que ésta solicite para disponer de un pleno conocimiento de los trabajos desarrollados, así como de los eventuales problemas que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos, y herramientas utilizados para resolverlos EJIE se reserva la facultad de solicitar, en cualquier momento, antes, durante o después de la adjudicación y durante el curso de los trabajos, de cualquier otro tipo de documento complementario, en orden a la comprobación de cuantos datos hayan ofrecido las empresas, tanto respecto a las mismas, como a los recursos de que dispongan. La falsedad en el nivel o tipo de conocimientos técnicos y de las características de los perfiles y en el resto de documentación aportada por el adjudicatario conllevará la rescisión del contrato y adjudicación al siguiente en orden de puntuaciones. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Appears in 2 contracts
Samples: Contract for Services and Supplies, Contract for Services and Supplies
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, TXINZER las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2profesional. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contratode los contratos. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, TXINZER en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio suministro de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK TXINZER las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores, dichos empresarios, desde deberán acreditar estar en posesión de la presentación siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional: - Tener un volumen de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK negocios en el ámbito del suministro correspondiente al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución objeto del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar en cada uno de los derechos y cumplir las obligaciones tres últimos ejercicios, de al menos, 100.000 €. El licitador que se deriven hasta hubiere presentado la extinción del mismo.
5. Todas las empresas que concurran oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 16ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para contratar con TXINZER, y la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Tal acreditación se verificará en la forma establecida en la referida Cláusula 16ª. En todo caso, el Órgano de Contratación, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 16ª. 12 PUBLICIDAD La presente licitación deberán presentar cumplimentado se publicará en el Anexo I adjunto Boletín Oficial de Gipuzkoa y en el perfil de contratante de TXINZER. La adjudicación se publicará en el perfil de contratante de TXINZER. El acceso a este Pliegodicho perfil de contratante se efectuará a través de la página Web: xxx.xxxxxxx.xxx El importe del anuncio será de cuenta del licitador que resulte adjudicatario de la licitación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Supply of Equipment
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, tomar parte en la presente licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a contratar y dispongan de la licitación las empresas que hubieran participado solvencia económico y financiera y técnica o profesional definida en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2presente cláusula. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación suministro que constituya constituye el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas su objeto esté comprendido dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, STTZ en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación el suministro de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar realizar en él el servicio suministro de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK XXXX las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán acreditar su solvencia de la siguiente forma: A.‐ Solvencia económica y financiera: - Tener contratado un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe mínimo de 300.000.‐ euros, dichos empresarios, desde con las coberturas especificadas en la presentación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación cláusula 25 del presente pliego. Este aspecto deberá acreditarse en la forma prevista en la referida cláusula y en la cláusula 15 ambas del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismopresente pliego.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, TXINZER las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2profesional. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contratode los contratos. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, TXINZER en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto al respecto en el artículo 68 de la LCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio suministro de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSPde la LCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK TXINZER las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 69 de la LCSP. Los licitadores, deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia Tener un volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato (renting de vehículos) referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del TRLCSP. No obstante, dichos empresarios, desde la empresario y de presentación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación ofertas por importe equivalente a una vez y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución media el valor estimado del contrato, como representante es decir, 124.650.- euros. El volumen anual de negocios del licitador o apoderado único con poderes bastantes candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Asimismo, los licitadores deberán disponer de la s olvencia técnica necesaria para ejercitar la correcta realización del suministro objeto del contrato, mediante la aportación de una relación de los derechos principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los dos últimos años (2016 y cumplir las obligaciones 2017) en la que se deriven hasta indique el importe, la extinción fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, debiendo su importe anual acumulado ser igual al valor estimado del mismo.
5contrato (83.100.- euros). Todas las empresas Se entenderá que concurran hay correspondencia en los suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato cuando haya coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. El licitador que hubiere presentado la oferta con mejor relación calidad-precio, deberá acreditar ante TXINZER, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 16ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para contratar con TXINZER, y la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Tal acreditación se verificará en la forma establecida en la referida Cláusula 16ª. En todo caso TXINZER podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 16ª. La presente licitación deberán presentar cumplimentado será objeto de publicación en el Anexo I adjunto Perfil del Contratante de TXINZER ubicado en la Plataforma de la Contratación Pública en Euskadi (xxxxx://xxxx.xxxxxxx.xxx/x000000/xx/x00xXxx/xxxxxXXX/x00xXxxxxxXxxxxx.xx?xxx oma=es) La adjudicación se publicará en el perfil de contratante de TXINZER arriba indicado y será notificada a este Pliegolos licitadores de forma telemática en la dirección de correo electrónico facilitada por ellos mismos en sus ofertas según Xxxxx XX.
Appears in 1 contract
Samples: Suministro De Vehículos en Modalidad De Arrendamiento
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, presentar ofertas en la licitación objeto del contrato (exclusivamente a través de la aplicación de licitación electrónica de gobierno xxxxx) y en la forma que se especifica más adelante: las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas. No podrán Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran al contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, estos deberán ser acreditados por el licitador al concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contratoel mismo. Los contratistas deberán contar, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios deberán contar asimismo asimismo, con la habilitación empresarial o profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyan el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo solo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las de contratos cuyas prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar Podrá contratarse con GHK, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favorfavor art. 69 LCSP. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, siendo xxx Xxxxxx de aplicación lo previsto Condiciones Técnicas , el presente pliego y de las Condiciones Generales de Contratación de EJIE y del resto de los documentos contractuales, en su totalidad y sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de los servicios. Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante, siempre que no se halle incursa en alguna de las causas que se enumeran en el art. 71 LCSP. Cuando en representación de alguna Sociedad, u otro tipo de entidad, concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Se tomarán las medidas contempladas en el art. 70 LCSP, para garantizar que no se falsee la competencia al concurrir a la licitación las empresas que hayan participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación. Se excluirá la participación si la misma pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras, esta medida alcanzará a las citadas empresas, y las empresas a ellas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 59 42 del TRLCSPCódigo de Comercio, puedan ser excluidas de dichas licitaciones, cuando no haya otro medio de garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato. No obstanteEn todo caso, dichos empresariosantes de proceder a la exclusión del candidato o licitador que participó en la preparación del contrato, desde deberá dársele audiencia para que justifique que su participación en la fase preparatoria no puede tener el efecto de falsear la competencia o de dispensarle un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Como medida de garantizar la igualdad de trato y transparencia, se difundirá la comunicación a los demás candidatos o licitadores de la información intercambiada en el marco de la participación en la preparación del procedimiento de contratación o como resultado de ella, y el establecimiento de plazos adecuados para la presentación de ofertas. Si el contrato tiene por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de cualesquiera contratos, así como la coordinación en materia de seguridad y salud, no se adjudicará a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos, ni a las empresas a estas vinculadas, en el sentido establecido en el presente apartado. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hayan sido sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, durante el período impuesto en la correspondiente sanción. No se aceptarán aquellas proposiciones que: Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que EJIE estime fundamental para considerar la oferta. Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. Excedan del presupuesto máximo de licitación. Aquellas en las que exista reconocimiento por parte de la licitadora de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. EJIE podrá solicitar, antes de formular su ofertapropuesta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento cuantos informes técnicos considere precisos en orden a la adjudicación de todas las obligaciones la contratación. Producida la adjudicación del contrato y, en su caso, transcurridos los plazos para recurrir sin que se deriven hayan interpuesto recursos, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de esta licitación los interesados. EJIE,S.A. podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y en el curso de la ejecución del contrato, como representante la veracidad del contenido de los documentos incluidos en la oferta al completo, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de exclusión del procedimiento o apoderado único de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con poderes bastantes pérdida de la garantía definitiva constituida, en su caso, y debiendo indemnizar, además, a EJIE, S.A. los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. Los recursos asignados a los servicios deberá pertenecer a la empresa adjudicataria, y en este caso el licitador deberá presentar la correspondiente acreditación (Informe de Trabajadores en Activo-ITA- o TC2, o equivalente) o, en el caso de que no pertenezcan a la empresa adjudicataria, el licitador deberá respetar las cláusulas establecidas en el presente pliego en relación a la subcontratación y acreditar la pertenencia a las empresas subcontratistas. Sobre los perfiles/recursos asignados (para ejercitar todos o para los derechos que se exija en PCT), deberán acreditar la pertenencia a la empresa adjudicataria (según lo descrito en el párrafo anterior). Además deberán presentar justificación de asignación de los mismos que ya estuvieron identificados en la propuesta (con nombres y cumplir apellidos) y estar asignados a la ejecución del contrato desde el inicio del mismo, y si no se presentara justificación de la asignación de los mismos en la adjudicación, o no cumplieran con cualquiera de los requisitos exigidos, supondrá la adjudicación al siguiente en calificaciones, y si se hubiera iniciado el contrato podrá conllevar la revocación del mismo. En el supuesto en que el equipo directamente asignado a la ejecución de los servicios haya sido objeto de valoración previa en fase de solvencia técnica y profesional, la discrepancia entre lo presentado en fase de solvencia con la descripción de perfiles, fases etc presentado en la oferta técnica conllevará la exclusión de la oferta por incongruencia. La adjudicataria/s deberán facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a los trabajadores. Así mismo, deberá a lo largo de toda la ejecución del contrato abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que, en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel. El adjudicatario entregará documentación justificativa del abono de los salarios en la aplicación dispuesta a efecto por EJIE. El incumplimiento de las obligaciones referidas a los incumplimientos o los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa, dará lugar a la imposición de las penalidades a que se deriven hasta refiere el artículo 192 LCSP. En todo caso XXXX rechazará las ofertas si comprueban que son anormalmente bajas porque vulneran la extinción normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes, en aplicación de lo establecido en el artículo 201 de la LCSP. La propuesta como adjudicataria deberá indicar el convenio colectivo que es de aplicación a los trabajadores que realicen actividad objeto de contratación, en caso de resultar adjudicatarios. El equipo humano a incorporar tras la formalización del mismo.
5contrato para la ejecución de los trabajos deberá estar formado por componentes relacionados en la oferta adjudicataria y consecuentemente valorados. Todas las empresas Si tras la adjudicación se observara que concurran el equipo de proyecto no se corresponde con el de la oferta (requerimientos de solvencia técnica y profesional y oferta técnica): Xxxx que el adjudicatario presente justificación escrita, detallada y suficiente, explicando el motivo que suscita el cambio, se procederá a: La presentación por el adjudicatario de sustitutos/s con un perfil de cualificación técnica igual o superior al de la persona que se pretende sustituir. Aceptación de sustituto/s por parte de la Dirección del Proyecto de E.J.I.E. Caso de que se demostrase que el cambio no se corresponde con causa justificada, de fuerza mayor y no imputable al adjudicatario, E.J.I.E. se reserva el derecho no solo a la licitación deberán presentar cumplimentado aprobación de la persona o personas sustitutas, sino incluso a la revisión de la adjudicación y en su caso la rescisión del contrato, si este hecho fuera elemento determinante en la mencionada adjudicación. Durante la ejecución de los trabajos objeto del contrato el Anexo I adjunto adjudicatario se compromete, en todo momento, a este Pliegofacilitar a las personas designadas por la Dirección del proyecto de Xxxx, a tales efectos, la información y documentación que ésta solicite para disponer de un pleno conocimiento de los trabajos desarrollados, así como de los eventuales problemas que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos, y herramientas utilizados para resolverlos. EJIE se reserva la facultad de solicitar, en cualquier momento, antes, durante o después de la adjudicación y durante el curso de los trabajos, de cualquier otro tipo de documento complementario, en orden a la comprobación de cuantos datos hayan ofrecido las empresas, tanto respecto a las mismas, como a los recursos de que dispongan. La falsedad en el nivel o tipo de conocimientos técnicos y de las características de los perfiles y en el resto de documentación aportada por el adjudicatario conllevará la rescisión del contrato y adjudicación al siguiente en orden de puntuaciones. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Appears in 1 contract
Samples: Contratación De Suministro De Licenciamiento De Productos Microsoft Para Educación 2019
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar participar en la celebración del acuerdo marco, y en su caso, suscribir los correspondientes contratos basados en el mismo con GHK, individual o conjuntamentela Administración, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar. No podrán concurrir a , y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, o se encuentren debidamente clasificadas en los casos en que así lo permita la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2LCSP 9/17. Los empresarios licitadores deberán contar asimismo contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contratoacuerdo marco (apartado 6 del CRC). Las En el caso de las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las de contratos cuyas prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar En relación con GHK, en todo caso, las empresas no españolas comunitarias o de Estados miembros signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y empresas no comunitarias, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trateLCSP 9/17. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación Podrán igualmente contratar con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo pero sí que los empresarios integrados en ella indiquen sus nombres y circunstancias de aplicación lo previsto los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en el unión temporal, caso de resultar adjudicatario (artículo 59 69 de la LCSP 9/17 y 24 del TRLCSPRGLCAP). No obstanteAsí mismo, dichos empresarios, desde la presentación de su oferta, quedarán obligados deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación la Administración y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes ante la Administración para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Si durante la tramitación de estos procedimientos y antes de la formalización se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia en las condiciones exigidas en el PCAP para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
Condiciones de aptitud. 1. Podrán A los efectos del presente procedimiento, únicamente podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, CTSS las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2profesional. Los empresarios licitadores deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKCTSS, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen con dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK CTSS las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional: - Tener un volumen de negocios, dichos empresariosen el ámbito de la prestación de servicios de transporte de viajeros en taxi o de alquiler de vehículos con conductor de, desde la presentación al menos, 198.000 euros, en el conjunto de su ofertalos tres últimos ejercicios cerrados. Se requerirá, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento asimismo, el compromiso de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y adscribir a la ejecución del contrato, en caso de resultar adjudicatario del mismo, como representante mínimo, los medios humanos y materiales siguientes: - 10 vehículos de, al menos, 5 plazas (1 plaza para el conductor y 4 plazas para los usuarios), cuya antigüedad desde su fecha de matriculación no sea superior a 6 años. - 2 vehículos de, al menos, 8 plazas (1 plaza para el conductor y 7 plazas para los usuarios), cuya antigüedad desde su fecha de matriculación no sea superior a 6 años y adaptados al transporte de personas con movilidad reducida en silla. Adicionalmente, cinco vehículos de, al menos, 5 plazas (1 plaza para el conductor y 4 plazas para los usuarios), cuya antigüedad desde su fecha de matriculación no sea superior a 6 años y adaptados al transporte de personas con movilidad reducida, en aras a garantizar un servicio óptimo y ante la posibilidad de que alguno de los vehículos que esté prestando un concreto servicio sufra alguna incidencia o apoderado único avería o el número de reservas sea superior a la capacidad de los diez vehículos adscritos con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones carácter mínimo. La efectiva adscripción de dichos vehículos deberá producirse en el plazo máximo de 30 minutos desde que se deriven hasta produzca la extinción del mismo.
5situación de necesidad (incidencias, averías o mayor demanda). Todas las empresas - Diez conductores que concurran deberán contar, como mínimo, con una antigüedad de permiso de conducir de 3 años y una experiencia en la conducción de vehículos destinados a la licitación prestación de servicios de transporte de viajeros en automóviles turismo de 2 años. Adicionalmente, los conductores deberán presentar cumplimentado tener conocimiento de euskera y castellano (nivel intermedio), suficiente para dar cumplimiento a lo previsto en la Cláusula 10ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Adicionalmente, cinco conductores, con las mismas características mínimas descritas en el párrafo anterior, a fin de dar cobertura a las situaciones de necesidad (incidencias, averías o mayor demanda) previstas en el párrafo xxxxxxx xxx xxxxx anterior. Dicho compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de CTSS. Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar el contrato y/o el compromiso de adscripción de determinados medios humanos y materiales mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán declararlo así en la declaración a incluir en el Sobre 1, que se ajustará al modelo del Anexo II. Adicionalmente, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá aportar (en la forma prevista en la Cláusula 15ª y según modelo contenido en el Anexo I adjunto III) escrito otorgado ante Notario, en el que la empresa implicada manifieste: que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación al que concurre el licitador; que ostenta la referida xxxxxxxxx, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 15ª); y manifieste su voluntad irrevocable de poner a este Pliego.disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por la CTSS, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario. El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 15ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para contratar con CTSS, y la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Tal acreditación se verificará en la forma establecida en la referida Cláusula 15ª. En todo caso, el Órgano de Contratación podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 15ª.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Leasing or Assignment of Vehicles With Driver for Passenger Transport Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán A los efectos del presente procedimiento, únicamente podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, CICC las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar y se encuentren debidamente clasificadas o, acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, con arreglo a lo establecido en el presente Xxxxxx. No podrán concurrir a la licitación las Las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyen el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKCICC, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 47 de la LCSP. Cuando la legislación del Estado en el que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSPde la LCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK CICC las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 48 de la LCSP. Cada uno de los que componen la unión temporal de empresarios deberá acreditar su capacidad y solvencia conforme a lo previsto en el presente Xxxxxx, sin que, en ningún caso, se admita la acumulación de la solvencia de cada uno de los empresarios a efectos de la determinación de la solvencia mínima requerida, exigiéndose la concurrencia de la total solvencia en todos y cada uno de ellos. Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente clasificación: - Grupo T) Servicios de Contenido, subgrupo 5) Servicios de traductores e intérpretes, Categoría A. Alternativamente, podrán demostrar estar en posesión de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional mínima que a continuación se indica: - Haber prestado, en los tres últimos ejercicios y en cada uno de ellos, servicios de traducción de documentos y publicaciones en el idioma objeto del TRLCSPcontrato, es decir, xxx xxxxxxxxxx al euskera y del euskera al castellano, por un valor de 30.000 euros (IVA excluido). No obstante, dichos empresarios, desde Los licitadores deberán completar la presentación acreditación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento clasificación o solvencia mediante el compromiso de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y adscribir a la ejecución del contrato, como representante o apoderado único mínimo, los medios humanos siguientes: - 1 persona, con poderes bastantes para ejercitar un mínimo de 10 años de experiencia en el ámbito de los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta servicios de traducción en los idiomas objeto del contrato. - 3 personas, con un mínimo de 5 años de experiencia en el ámbito de los servicios de traducción en los idiomas objeto del contrato. Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 206.f) de la extinción LCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del mismocontrato, a voluntad de CICC.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Translation Services Agreement
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, la CTSS las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadores deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyen el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables Se exigirá a los enumerados en licitadores el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK las uniones compromiso de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato adscribir a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstante, dichos empresarios, desde la presentación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único mínimo, los medios humanos siguientes: - Un equipo técnico, de al menos 2 personas, que acrediten una experiencia mínima de 5 años en el mantenimiento de instalaciones de aire acondicionado y que tengan carnet emitido de Dpto. Industria de Manipulador de Sistemas Frigoríficos. Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223. f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de la CTSS. Para acreditar el compromiso de adscripción de determinados medios humanos mínimos, asimismo antedichos, los licitadores podrán basarse en los medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones ellas, deberán declararlo así en la declaración a incluir en el Sobre nº1, que se deriven hasta ajustará al modelo del Anexo III. Adicionalmente, el licitador que haya presentado la extinción del mismo.
5. Todas oferta económicamente más ventajosa deberá aportar (en la forma prevista en la Cláusula 13ª y según modelo contenido en el Anexo IV) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su alcance las empresas que concurran condiciones de la licitación a la licitación deberán presentar cumplimentado que concurre el Anexo I adjunto licitador; que ostentan la referida solvencia, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a este Pliego.disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la CTSS su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por la CTSS, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario. El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 13ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la CTSS, y la concurrencia de los requisitos de capacidad exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Tal acreditación se verificará en la forma establecida en la referida Cláusula 13ª. En todo caso, el Órgano de Contratación podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 13ª.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Maintenance Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, KURSAAL las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No podrán concurrir a la licitación las Las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKKURSAAL, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK KURSAAL las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional para cada Lote: - LOTE 1: 60.000 euros, dichos empresariosen el conjunto de los tres últimos años. - LOTE 2: 60.000 euros, desde en el conjunto de los tres últimos años. - LOTE 3: 100.000 euros, en el conjunto de los tres últimos años. Los licitadores deberán completar la presentación acreditación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento solvencia mediante el compromiso de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y adscribir a la ejecución del contrato de resultar adjudicatarios, como mínimo los medios siguientes, para cada uno de los lotes:
a) Un Ingeniero o Ingeniero Técnico con experiencia en instalaciones de similares características y dedicación parcial (10%), que actuará como Delegado del contratista.
b) Un Encargado, con dedicación total y con experiencia mínima de tres años en instalaciones similares. Si un licitador presenta oferta a más de un Lote podrá presentar un único Ingeniero y Encargado para los Lotes adjudicados. Dicho compromiso se acompañará de una identificación nominal de los medios humanos anteriormente señalados, con la acreditación suficiente de que reúnen la formación y experiencia requeridas. KURSAAL se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores. Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, como representante a voluntad de KURSAAL. Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar el contrato de cada Lote y /o el compromiso de adscripción de determinados medios mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia y/o apoderado único medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo VII) escrito otorgado ante Notario, en el que la empresa implicada manifieste: que conoce en todo su alcance las obligaciones que se deriven hasta condiciones de la extinción del mismo.
5. Todas las empresas que concurran licitación a la licitación deberán presentar cumplimentado que concurre el Anexo I adjunto licitador; que ostenta la referida solvencia, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a este Pliegodisposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por KURSAAL, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
Appears in 1 contract
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, DONOSTIA TURISMO las personas naturales físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contratoprofesional. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKDONOSTIA TURISMO, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. Podrán contratar con GHK DONOSTIA TURISMO las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional: − Tener un volumen de negocio, dichos empresariosen el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato, desde en los últimos tres años, de, al menos, 100.000 euros para cada año. − Haber ejecutado 2 servicios de gestión similares al del objeto del contrato, en los tres últimos años. Los licitadores deberán completar la presentación acreditación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento solvencia mediante el compromiso de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y adscribir a la ejecución del contrato, como representante mínimo, los medios humanos y materiales siguientes: − Un/a chófer, que cuente con carné de conducir necesario para este tipo de servicios, en vigor. − Un/a coordinadora del servicio. Esta persona deberá poder desarrollar tales funciones y comunicarse fluidamente, tanto verbalmente como por escrito, en los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma Vasca. − Un/a responsable del servicio. Esta persona deberá poder desarrollar tales funciones y comunicarse fluidamente, tanto verbalmente como por escrito, en los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma Vasca. Una misma persona podrá desempeñar las funciones de coordinador/a y responsable del servicio − Un autobús que cumpla con las características técnicas mínimas señaladas en la Cláusula 2.1.1. xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. − Un sistema de gestión de billetes automatizado (en un plazo máximo de 6 meses desde la firma del contrato), así como un punto de información. Toda la información recogida en dicho elemento irá, al menos, en 4 idiomas: euskera, castellano, inglés y francés. Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de DONOSTIA TURISMO. Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar el contrato o apoderado único el compromiso de adscripción de determinados medios humanos y materiales mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo III) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su alcance las obligaciones que se deriven hasta condiciones de la extinción del mismo.
5. Todas las empresas que concurran licitación a la licitación deberán presentar cumplimentado que concurre el Anexo I adjunto licitador; que ostentan la referida xxxxxxxxx, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a este Pliegodisposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por de DONOSTIA TURISMO, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
Appears in 1 contract
Condiciones de aptitud. 1. PARA CONTRATAR Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, el presente Acuerdo marco las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas , y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2profesional. Los empresarios deberán contar asimismo contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Acuerdo marco.
9.1 Capacidad (artículos 55, 57, 58 y 59 TRLCSP) Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las de contratos cuyas prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, en todo caso, las Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea queEuropea, tendrán capacidad para contratar si, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren encuentran habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio realizar la actividad de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho este requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea tendrán capacidad de obrar cuando figuren inscritas en el Registro correspondiente, o en su defecto, cuando actúen con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Asimismo, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK las Las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será podrán contratar sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato Acuerdo marco a su favor, siendo . Los empresarios interesados en licitar en unión temporal de aplicación lo previsto empresarios podrán darse de alta en el artículo 59 Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del TRLCSP. No obstanteEstado, dichos empresarios, desde la presentación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismoespecificando dicha circunstancia.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Acuerdo Marco Para La Contratación De Pólizas De Seguros
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, CICC las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No podrán concurrir a la licitación las Las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKCICC, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. Podrán contratar con GHK CICC las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional siguiente: Tener un volumen de negocio anual en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato, al menos xxx xxxxx del valor estimado anual del contrato en el mayor de los tres últimos ejercicios (considerando el último aquel para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales). Disponer de la siguiente clasificación, (i) Grupo M, Subgrupo 04, Categoría 1 (o en una categoría superior) constituirá acreditación bastante de la solvencia económica y financiera, técnica o profesional del empresario. No obstanteserá exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, dichos empresariosya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, desde la presentación sin perjuicio de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento obligación de todas las obligaciones que se deriven acreditar una solvencia económica y financiera y técnica o profesional equivalente a la necesaria para obtener la clasificación exigida en el presente Xxxxxx. Los licitadores deberán completar la acreditación de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y solvencia mediante el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato, como representante mínimo, los siguientes medios humanos, todos ellos con las disponibilidades necesarias para dar cumplimiento a las exigencias recogidas en la Cláusula Tercera del P.P.T.: Un (1) técnico de diseño gráfico. Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de CICC. Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar los contratos o apoderado único el compromiso de adscripción de determinados medios humanos y materiales mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con poderes bastantes ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el ANEXO II) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su alcance las condiciones de la licitación; que ostentan la referida solvencia, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para ejercitar la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los derechos y cumplir las obligaciones efectos de aceptación de dicho compromiso por CICC, para el supuesto de que se deriven hasta la extinción del mismoel licitador en cuestión resulte adjudicatario.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Graphic Design Services
Condiciones de aptitud. 1. PARA CONTRATAR Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, concurrir al presente Contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas , y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadorasprofesional.
2. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. 7.1 Capacidad Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las de contratos cuyas prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto social o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, en todo caso, las Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea queEuropea, tendrán capacidad para contratar si, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren encuentran habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea tendrán capacidad de obrar cuando figuren inscritas en el Registro correspondiente o, en su defecto, cuando actúen con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del Contrato. Asimismo, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSPde la LCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK las Las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será podrán contratar sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato Contrato a su favor, siendo . Los empresarios interesados en licitar en unión temporal de aplicación lo previsto empresarios podrán darse de alta en el artículo 59 Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del TRLCSP. No obstanteEstado, dichos empresarios, desde la presentación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismoespecificando dicha circunstancia.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Consulting Services Agreement
Condiciones de aptitud. 1PARA CONTRATAR De acuerdo con lo establecido en el art. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, 65 y ss. de la LCSP podrán concurrir al presente Contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas , y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadorasprofesional.
2. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. 7.1 Capacidad Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las de contratos cuyas prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto social o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, en todo caso, las Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea queEuropea, tendrán capacidad para contratar si, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren encuentran habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio realizar la actividad de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho este requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea tendrán capacidad de obrar cuando figuren inscritas en el Registro correspondiente o, en su defecto, cuando actúen con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del Contrato. Asimismo, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSPde la LCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK las Las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será efecto podrán contratar sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato Contrato a su favor, siendo . Los empresarios interesados en licitar en unión temporal de aplicación lo previsto empresarios podrán darse de alta en el artículo 59 Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del TRLCSP. No obstanteEstado, dichos empresarios, desde la presentación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismoespecificando dicha circunstancia.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, CICC las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y acrediten su solvencia técnica o profesional. No podrán concurrir a la licitación las Las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKCICC, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK CICC las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán acreditar estar en posesión de la solvencia técnica o profesional siguiente: - Experiencia en el ámbito del asesoramiento de carácter legal de, dichos empresariosal menos, desde seis sociedades participadas mayoritariamente por Administraciones Públicas o, en general, entidades del sector público, en el conjunto de los últimos tres años (2014, 2015 y 2016), de las cuales al menos tres desarrollen sus servicios en el ámbito de la presentación promoción y gestión de grandes equipamientos culturales, en el total de los últimos tres años. Los licitadores deberán completar la acreditación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento solvencia mediante el compromiso de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y adscribir a la ejecución del contrato, como representante mínimo, los medios humanos siguientes: - Cuatro personas, que ostenten la titulación de Licenciado en Derecho y/o apoderado único Licenciado en Administración y Dirección de Empresas o similares, con poderes bastantes para ejercitar los derechos experiencia en el ámbito del asesoramiento permanente e integral de carácter legal a entidades del sector público. Siendo necesario que:
i. Una de las referidas personas ostente la titulación de Licenciado en Derecho, cuente con una experiencia de más de ocho años en el ámbito del asesoramiento permanente e integral de carácter legal a entidades del sector público y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción esté especializada en contratación del mismosector público.
5ii. Todas Otra de las empresas referidas personas ostente la titulación de Licenciado en Derecho, cuente con una experiencia de más de ocho años en el ámbito del asesoramiento permanente e integral de carácter legal y esté especializada en derecho laboral.
iii. Otra de las referidas personas ostente la titulación de Licenciado en Derecho y/o Licenciado en Administración y Dirección de Empresas o similar, cuente con una experiencia de más de ocho años en el ámbito del asesoramiento permanente e integral de carácter legal a entidades del sector público y esté especializada en derecho fiscal. Una de las referidas personas habrá de ser designada como responsable del contrato por el licitador. Dicha persona deberá poder desarrollar tales funciones y comunicarse fluidamente, tanto verbalmente como por escrito, en los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma Vasca. Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223, f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de CICC. Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar el contrato y/o el compromiso de adscripción de determinados medios humanos mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que concurran pretendan basarse en la solvencia y/o medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el ANEXO II) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su alcance las condiciones de la licitación; que ostentan la referida solvencia, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la licitación deberán presentar cumplimentado ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el Anexo I adjunto a este Pliegoartículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por CICC, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Professional Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, CICC las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No podrán concurrir a la licitación las Las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKCICC, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK CICC las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán acreditar estar en posesión de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional siguiente: - Tener un volumen de negocio en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato, dichos empresariosen el conjunto de los tres últimos ejercicios como mínimo, desde de 600.000 euros (IVA excluido). Los licitadores deberán completar la presentación acreditación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento solvencia mediante el compromiso de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y adscribir a la ejecución del contrato, como representante o apoderado único mínimo, los siguientes medios humanos, todos ellos con poderes bastantes las disponibilidades necesarias para ejercitar los derechos dar cumplimiento a las exigencias recogidas en la Cláusula Tercera del P.P.T.: - Tres (3) técnicos especializados en catalogación de monografías, audiovisuales, publicaciones periódicas, sonidos, videojuegos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismo.
5demás tipos documentales. Todas las empresas que concurran - Un (1) técnico auxiliar centrado en tareas de apoyo a la licitación catalogación y documentación (tejuelado, sellado, digitalización de portadas, ordenación… y otras tareas que supongan la manipulación de los documentos). - Un (1) técnico especializado en selección y adquisición de colección para la selección de colección y adquisiciones. - Un (1) técnico especializado en labores documentales. Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de CICC. Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar los contratos y/o el compromiso de adscripción de determinados medios humanos mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia y/o medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán presentar cumplimentado aportar (según modelo contenido en el Anexo I adjunto ANEXO II) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su alcance las condiciones de la licitación; que ostentan la referida solvencia, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a este Pliegodisposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por CICC, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
Appears in 1 contract
Samples: Contract
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, TXINZER las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2licitadores. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, TXINZER en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK TXINZER las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores, dichos empresariosdeberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional: - Tener un volumen de negocios, desde en el ámbito de la presentación prestación de su ofertaservicios similares al objeto del contrato, quedarán obligados solidariamente ante GHK en cada uno de los tres últimos ejercicios (2009, 2010, 2011), de al cumplimiento menos, el equivalente al presupuesto máximo anual de todas las obligaciones que licitación. - Adicionalmente, se deriven exigirá a los licitadores el compromiso de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y adscribir a la ejecución del contrato, como representante mínimo, los medios humanos siguientes: Tres licenciados en materias relacionadas con el objeto del contrato, a saber, biología, química, ciencias del mar, oceanografía, o apoderado único similares y con poderes bastantes una experiencia de, al menos, 5 años, en cada una de las siguientes áreas del estudio: o Estudio de la columna de agua. o Estudio físico‐químico de los sedimentos. o Estudio de bioindicadores. o Estudio de las comunidades bentónicas. o Valoración global de los resultados obtenidos en todos los puntos anteriores para ejercitar calcular la situación ambiental. Se especificará el reparto de tareas entre los derechos referidos medios humanos, con indicación expresa de la persona que asumirá la labor de Director del trabajo. Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223. f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de TXINZER. Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar el contrato o el compromiso de adscripción de determinados medios humanos mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia y cumplir medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo V) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su alcance las obligaciones que se deriven hasta condiciones de la extinción del mismo.
5. Todas las empresas que concurran licitación a la licitación deberán presentar cumplimentado que concurre el Anexo I adjunto licitador; que ostentan la referida solvencia, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a este Pliegodisposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por TXINZER, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, FOMENTO las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2profesional. Los empresarios licitadores deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKFOMENTO, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK FOMENTO las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica y profesional: • Tener un volumen de negocio, dichos empresariosen el conjunto de los tres últimos ejercicios cerrados, desde en el ámbito de la presentación prestación objeto de su ofertala presente licitación de, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento menos, el doble del valor estimado del contrato. • Haber ejecutado, en el conjunto de todas las obligaciones que los últimos cinco ejercicio cerrados (2012, 2013, 2014, 2015 y 2016), al menos, 25 contratos en el ámbito de la prestación de servicios objeto de la presente licitación (25 auditorías de cuenta anuales), de la cuales, al menos, 10 se deriven hayan prestado a fundaciones o a entidades del sector público. Este compromiso tendrá el carácter de esta licitación y obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223. f) del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúeTRLCSP, durante siendo por tanto el incumplimiento de la licitación y la ejecución misma causa de resolución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones a voluntad de FOMENTO. El licitador que se deriven hasta hubiere presentado la extinción del mismo.
5. Todas las empresas que concurran oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la licitación deberán presentar cumplimentado adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 12ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para contratar con FOMENTO, y la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Tal acreditación se verificará en la forma establecida en la referida Cláusula 12ª. En todo caso, el Anexo I adjunto Órgano de Contratación, podrá recabar, en cualquier momento anterior a este Pliego.la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 12ª.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Audit Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, ZORROAGA las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No podrán concurrir a la licitación las Las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKZORROAGA, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. Podrán contratar con GHK XXXXXXXX las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional siguiente: - Haber suministrado y prestado servicios de distribución de comidas, equivalentes a un mínimo de 1.000 menús diarios, bien en la modalidad de servicios de gestión de cocinas o de catering, en centros gerontológicos o instituciones de carácter social o sanitario, por un periodo no inferior a tres años. - Estar en posesión del Certificado de Sistema de Calidad ISO 9.001 o similar. - Estar en posesión del Certificado de Sistema de Medio Ambiente ISO 14.001 o similar. - Estar en posesión del Certificado de Sistema de Prevención Laboral OHSAS18.001 o similar Disponer de la siguiente clasificación: Grupo M; Subgrupo 6; Categoría 4 (o en una categoría superior), constituirá acreditación bastante de la solvencia económica y financiera, técnica o profesional del empresario. No obstanteserá exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, dichos empresariosya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, desde la presentación sin perjuicio de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento obligación de todas las obligaciones que se deriven acreditar una solvencia económica y financiera y técnica o profesional equivalente a la necesaria para obtener la clasificación exigida en el presente Xxxxxx. Los licitadores deberán completar la acreditación de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y solvencia mediante el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato, de resultar adjudicatarios, como representante mínimo, los medios materiales siguientes: - Un centro de distribución de alimentos o apoderado único cocina central, a una distancia no superior a 60 minutos del municipio de Donostia-San Xxxxxxxxx. Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de ZORROAGA. Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar los contratos y/o el compromiso de adscripción de determinados medios materiales mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia y/o medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con poderes bastantes ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el ANEXO II) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su alcance las condiciones de la licitación; que ostentan la referida solvencia, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13.ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para ejercitar la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los derechos y cumplir las obligaciones efectos de aceptación de dicho compromiso por XXXXXXXX, para el supuesto de que se deriven hasta la extinción del mismoel licitador en cuestión resulte adjudicatario.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Supply and Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, FOMENTO las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado A estos efectos, de conformidad con lo dispuesto en la elaboración Disposición Adicional Quinta del TRLCSP, se reserva la participación en la presente licitación a aquellas empresas licitadoras que estén en posesión de las especificaciones técnicas o la calificación de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a Centros Especiales de Empleo y se hallen inscritas en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de Comunidad Autónoma correspondiente. Las empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKFOMENTO, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK FOMENTO las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional: - Tener un volumen de negocio en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato, dichos empresariosen los tres últimos años, desde y para cada uno de ellos, como mínimo, xxx xxxxx del valor estimado del contrato. Para acreditar la presentación solvencia antedicha necesaria para celebrar el contrato los licitadores que pretendan basarse en la solvencia de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo V) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su ofertaalcance las condiciones de la licitación; que ostentan la referida solvencia, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento aportando documento acreditativo de todas las obligaciones ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúeresulte adjudicatario, durante la licitación y los medios necesarios para la ejecución del contratocontrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, como representante debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o apoderado único con poderes bastantes modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por la FOMENTO, para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones el supuesto de que se deriven hasta la extinción del mismoel licitador en cuestión resulte adjudicatario.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
Condiciones de aptitud. 1. 1.- Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contratocontratar con el sector público y acrediten su solvencia económica, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación financiera, técnica y profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización empresarial. Habrán de la actividad o prestación acreditar que constituya el las prestaciones objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, que les sean propios.
3. Tendrán capacidad Asimismo habrán de contar con la habilitación profesional o empresarial para contratar con GHK, la realización de las prestaciones que constituyen el objeto del contrato que en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del su caso sea exigible en el Estado en el que estén establecidas, la empresa se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trateencuentre establecida. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial especial, la inscripción en algún registro o la pertenencia a una determinada alguna organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. En el caso de uniones de empresarios, dicho requisito será exigible para cada uno de ellos si así está establecido.
2.- Tendrán capacidad para contratar en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar las prestaciones objeto del contrato, siendo de aplicación lo previsto en el art. 47 LCSP.
3.- Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes distintos a la Unión Europea los señalados en el apartado 2 anterior, deberán justificar mediante informe acreditar su capacidad de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará obrar conforme a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas lo previsto en la contratación con la Administración y con los entescláusula 21.5.1.5, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.tercer apartado
4. 4.- Podrán contratar con GHK presentar ofertas las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será efecto sin que sea necesaria la su formalización de las uniones temporales de empresarios en escritura pública hasta que que, en su caso, se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo contrato. Será de aplicación a las uniones de empresarios lo previsto en el artículo 59 del TRLCSPart. No obstante, dichos empresarios, desde 48 LCSP y demás legislación aplicable a las mismas. Cada uno de los componentes de la presentación unión temporal de empresarios deberá acreditar su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento capacidad y solvencia conforme a lo previsto en el presente Pliego y en la legislación aplicable. La solvencia económico-financiera podrá acumularse. Ninguna entidad que licite en una UTE podrá licitar por separado o integrándose en otra UTE.
5.- Los licitadores acreditarán estar en posesión de todas las obligaciones que se deriven la siguiente solvencia económico-financiera: tener un volumen económico en el ámbito de esta licitación y los servicios objeto del contrato hasta su extinción de, al menos, 3.000.000 euros, tres millones de euros, en los últimos tres ejercicios y deberán nombrar una persona que actúepor cada uno de ellos.
6.- Asimismo se requerirá de los licitadores el compromiso, durante la licitación y como mínimo, de adscribir a la ejecución del contrato el siguiente personal de apoyo: - Un coordinador general o jefe de servicio que ejercerá la jefatura de todo el personal que se adscriba a la ejecución del contrato que se relacionará con la Sociedad a través de la persona responsable del contrato, como representante o apoderado único que designe el Director General y que le trasmitirá las instrucciones que procedan. - Un mínimo de 2 personas que ejercerán sus funciones en Donostia-San Xxxxxxxxx desde 10 días con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir anterioridad al inicio del Festival hasta la finalización de las obligaciones tareas. El equipo humano que se deriven hasta asigne a la extinción ejecución del mismocontrato habrá de disponer entre sus componentes de personas con capacidad suficiente, hablada y escrita, en euskera, castellano, inglés y francés, sin perjuicio del dominio de otras lenguas.
5. Todas las empresas 7.- Cada licitador sólo podrá presentar una oferta sin que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliegose admitan variantes.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, tomar parte en la presente licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a contratar y dispongan de la licitación las empresas que hubieran participado solvencia económico y financiera y técnica o profesional definida en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2presente cláusula. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, STTZ en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK XXXX las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán acreditar su solvencia económica y financiera, dichos empresarios, desde así como su solvencia técnica o profesional de la presentación siguiente forma: A.‐ Solvencia económica y financiera: ‐ Declaración responsable del volumen de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento negocio en el ámbito de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación la asistencia técnica y suministro objeto del contrato hasta su extinción que deberá alcanzar al menos la cantidad de 186.000.‐ euros, en cada uno de los últimos dos ejercicios inmediatamente anteriores (2015 y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismo2016).
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, KURSAAL las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2contratar y acrediten su clasificación. Los empresarios licitadores deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyen el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKKURSAAL, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio los servicios de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSPde la LCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. Podrán contratar con GHK KURSAAL las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán poseer la siguiente clasificación: - Grupo L, dichos empresariosSubgrupo 5, desde categoría B (Organización y promoción de congresos, ferias y exposiciones). - Grupo L, Subgrupo 6, categoría B (Servicios de portería, control de accesos e información al público). Para acreditar la presentación clasificación exigida, los licitadores que pretendan basarse en la clasificación de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo II) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento alcance las condiciones de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y a la que concurre el licitador, que ostentan la referida clasificación, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª), así como su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contratocontrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, como representante debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o apoderado único con poderes bastantes modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por KURSAAL, para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones el supuesto de que se deriven hasta la extinción del mismoel licitador en cuestión resulte adjudicatario.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, presentar ofertas en la licitación objeto del contrato (exclusivamente a través de la aplicación de licitación electrónica de gobierno xxxxx) y en la forma que se especifica más adelante: las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas. No podrán Cuando, por así determinarlo la normativa aplicable, se le requirieran al contratista determinados requisitos relativos a su organización, destino de sus beneficios, sistema de financiación u otros para poder participar en el correspondiente procedimiento de adjudicación, estos deberán ser acreditados por el licitador al concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contratoel mismo. Los contratistas deberán contar, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios deberán contar asimismo asimismo, con la habilitación empresarial o profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyan el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo solo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las de contratos cuyas prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar Podrá contratarse con GHK, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favorfavor art. 69 LCSP. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego, siendo xxx Xxxxxx de aplicación lo previsto Condiciones Técnicas , el presente pliego y de las Condiciones Generales de Contratación de EJIE y del resto de los documentos contractuales, en su totalidad y sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación de los servicios. Los que acudan a la licitación podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada mediante poder bastante, siempre que no se halle incursa en alguna de las causas que se enumeran en el art. 71 LCSP. Cuando en representación de alguna Sociedad, u otro tipo de entidad, concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Se tomarán las medidas contempladas en el art. 70 LCSP, para garantizar que no se falsee la competencia al concurrir a la licitación las empresas que hayan participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación. Se excluirá la participación si la misma pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras, esta medida alcanzará a las citadas empresas, y las empresas a ellas vinculadas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 59 42 del TRLCSPCódigo de Comercio, puedan ser excluidas de dichas licitaciones, cuando no haya otro medio de garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de trato. No obstanteEn todo caso, dichos empresariosantes de proceder a la exclusión del candidato o licitador que participó en la preparación del contrato, desde deberá dársele audiencia para que justifique que su participación en la fase preparatoria no puede tener el efecto de falsear la competencia o de dispensarle un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. Como medida de garantizar la igualdad de trato y transparencia, se difundirá la comunicación a los demás candidatos o licitadores de la información intercambiada en el marco de la participación en la preparación del procedimiento de contratación o como resultado de ella, y el establecimiento de plazos adecuados para la presentación de ofertas. Si el contrato tiene por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de cualesquiera contratos, así como la coordinación en materia de seguridad y salud, no se adjudicará a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos, ni a las empresas a estas vinculadas, en el sentido establecido en el presente apartado. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hayan sido sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, durante el período impuesto en la correspondiente sanción. No se aceptarán aquellas proposiciones que: Tengan contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que XXXX estime fundamental para considerar la oferta. Aquellas que carezcan de concordancia con la documentación examinada y admitida. Excedan del presupuesto máximo de licitación. Aquellas en las que exista reconocimiento por parte de la licitadora de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable. EJIE podrá solicitar, antes de formular su ofertapropuesta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento cuantos informes técnicos considere precisos en orden a la adjudicación de todas las obligaciones la contratación. Producida la adjudicación del contrato y, en su caso, transcurridos los plazos para recurrir sin que se deriven hayan interpuesto recursos, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de esta licitación los interesados. EJIE,S.A. podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y en el curso de la ejecución del contrato, como representante la veracidad del contenido de los documentos incluidos en la oferta al completo, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de exclusión del procedimiento o apoderado único de nulidad del contrato, en su caso, por incumplimiento imputable al contratista, con poderes bastantes pérdida de la garantía definitiva constituida, en su caso, y debiendo indemnizar, además, a EJIE, S.A. los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada. Los recursos asignados a los servicios deberá pertenecer a la empresa adjudicataria, y en este caso el licitador deberá presentar la correspondiente acreditación (Informe de Trabajadores en Activo-ITA- o TC2, o equivalente) o, en el caso de que no pertenezcan a la empresa adjudicataria, el licitador deberá respetar las cláusulas establecidas en el presente pliego en relación a la subcontratación y acreditar la pertenencia a las empresas subcontratistas. Sobre los perfiles/recursos asignados (para ejercitar todos o para los derechos que se exija en PCT), deberán acreditar la pertenencia a la empresa adjudicataria (según lo descrito en el párrafo anterior). Además deberán presentar justificación de asignación de los mismos que ya estuvieron identificados en la propuesta (con nombres y cumplir apellidos) y estar asignados a la ejecución del contrato desde el inicio del mismo, y si no se presentara justificación de la asignación de los mismos en la adjudicación, o no cumplieran con cualquiera de los requisitos exigidos, supondrá la adjudicación al siguiente en calificaciones, y si se hubiera iniciado el contrato podrá conllevar la revocación del mismo. En el supuesto en que el equipo directamente asignado a la ejecución de los servicios haya sido objeto de valoración previa en fase de solvencia técnica y profesional, la discrepancia entre lo presentado en fase de solvencia con la descripción de perfiles, fases, etc. presentado en la oferta técnica conllevará la exclusión de la oferta por incongruencia. La adjudicataria/s deberán facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a los trabajadores. Así mismo, deberá a lo largo de toda la ejecución del contrato abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que, en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel. El adjudicatario entregará documentación justificativa del abono de los salarios en la aplicación dispuesta a efecto por EJIE. El incumplimiento de las obligaciones referidas a los incumplimientos o los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa, dará lugar a la imposición de las penalidades a que se deriven hasta refiere el artículo 192 LCSP. En todo caso XXXX rechazará las ofertas si comprueban que son anormalmente bajas porque vulneran la extinción normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes, en aplicación de lo establecido en el artículo 201 de la LCSP. La propuesta como adjudicataria deberá indicar el convenio colectivo que es de aplicación a los trabajadores que realicen actividad objeto de contratación, en caso de resultar adjudicatarios. El equipo humano a incorporar tras la formalización del mismo.
5contrato para la ejecución de los trabajos deberá estar formado por componentes relacionados en la oferta adjudicataria y consecuentemente valorados. Todas las empresas Si tras la adjudicación se observara que concurran el equipo de proyecto no se corresponde con el de la oferta (requerimientos de solvencia técnica y profesional y oferta técnica): Xxxx que el adjudicatario presente justificación escrita, detallada y suficiente, explicando el motivo que suscita el cambio, se procederá a: La presentación por el adjudicatario de sustitutos/s con un perfil de cualificación técnica igual o superior al de la persona que se pretende sustituir. Aceptación de sustituto/s por parte de la Dirección del Proyecto de E.J.I.E. Caso de que se demostrase que el cambio no se corresponde con causa justificada, de fuerza mayor y no imputable al adjudicatario, E.J.I.E. se reserva el derecho no solo a la licitación deberán presentar cumplimentado aprobación de la persona o personas sustitutas, sino incluso a la revisión de la adjudicación y en su caso la rescisión del contrato, si este hecho fuera elemento determinante en la mencionada adjudicación. Durante la ejecución de los trabajos objeto del contrato el Anexo I adjunto adjudicatario se compromete, en todo momento, a este Pliegofacilitar a las personas designadas por la Dirección del proyecto de Xxxx, a tales efectos, la información y documentación que ésta solicite para disponer de un pleno conocimiento de los trabajos desarrollados, así como de los eventuales problemas que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos, y herramientas utilizados para resolverlos. EJIE se reserva la facultad de solicitar, en cualquier momento, antes, durante o después de la adjudicación y durante el curso de los trabajos, de cualquier otro tipo de documento complementario, en orden a la comprobación de cuantos datos hayan ofrecido las empresas, tanto respecto a las mismas, como a los recursos de que dispongan. La falsedad en el nivel o tipo de conocimientos técnicos y de las características de los perfiles y en el resto de documentación aportada por el adjudicatario conllevará la rescisión del contrato y adjudicación al siguiente en orden de puntuaciones. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
Appears in 1 contract
Samples: Servicios De Seguridad, Vigilancia Y Control De Accesos
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, FFTMH las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contratode los contratos, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contratode los contratos. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, FFTMH en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK FFTMH las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores, dichos empresariosdeberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional: - Tener un volumen de negocio en el ámbito del suministro de máquina- herramienta, desde la presentación en cada uno de su ofertalos tres últimos ejercicios de, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento menos, 10 veces el valor estimado del contrato. Adicionalmente, se exigirá a los licitadores el compromiso de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y adcribir a la ejecución del contrato, como representante mínimo, los medios humanos siguientes: - Un servicio de asistencia técnica compuesto por, al menos, 2 técnicos, con al menos 5 años de experiencia cada uno de ellos, en el ámbito de la reparación de la máquina-herramienta. Dichos técnicos deberán poder desarrollar sus funciones y comunicarse fluidamente, tanto verbalmente como por escrito, en los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx. - Una persona que deberá poseer la titulación de Ingeniero Industrial, con experiencia en la impartición de cursos de formación. Dicha persona deberá poder desarrollar sus funciones y comunicarse fluidamente, tanto verbalmente como por escrito, en los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx. Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223. f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de la CTSS. Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar el contrato o apoderado único el compromiso de adscripción de determinados medios humanos mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que pretendan basarse en medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo V) escrito otorgado ante Notario, en el que la/s empresa/s implicada/s manifieste/n: que conoce/n en todo su alcance las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismo.
5. Todas las empresas que concurran a condiciones de la licitación deberán presentar cumplimentado al que concurre el Anexo I adjunto licitador; y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a este Pliegodisposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por la FFTMH, para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario.
Appears in 1 contract
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, TXINZER las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir contratar y acrediten su clasificación, con arreglo a la licitación las empresas que hubieran participado lo establecido en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contratopresente pliego. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. A dichos efectos, las empresas de seguridad, tanto si se trata de personas físicas como jurídicas, deberán cumplir con los siguientes requisitos: • Contar con la oportuna autorización administrativa, obtenida conforme a lo dispuesto en los artículos 2 y siguientes del RSP. • Xxxxxxse debidamente inscritas en el Registro General de Empresas de Seguridad del Ministerio del Interior, de acuerdo con lo previsto en la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada (en lo sucesivo, LSP), y en el RSP o, en su caso, en el Registro de Empresas de Seguridad de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx, con arreglo al Decreto 309/1996, de 24 de diciembre (que regula el ejercicio de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma del País Xxxxx en materia de seguridad privada). Las empresas de seguridad deberán estar autorizadas para la vigilancia y protección de bienes. Las empresas de seguridad limitarán su actuación al ámbito geográfico, estatal o autonómico, para el que se hubieran inscrito en el correspondiente Registro. Tendrán capacidad para contratar con GHK, TXINZER en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK TXINZER las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores, dichos empresariosdeberán acreditar estar en posesión de la siguiente clasificación: ▪ Clasificación: Grupo M, desde servicios especializados; Subgrupo 2, Servicios de seguridad, custodia y protección; Categoría A. La presente licitación se publicará en un diario de la presentación provincia y en el perfil de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento contratante de todas las obligaciones TXINZER. La adjudicación se publicará en el perfil de contratante de TXINZER. El acceso a dicho perfil de contratante se efectuará a través de la página Web: xxx.xxxxxxx.xxx El importe del anuncio en prensa será de cuenta del licitador que se deriven resulte adjudicatario de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismolicitación.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, FFTMH las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar y se hallen debidamente clasificadas. No podrán concurrir a la licitación las Las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén se encuentren comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, FFTMH en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Se prescindirá del informe de reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. Podrán contratar con GHK FFTMH las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. Los licitadores, deberán acreditar estar en posesión de la siguiente clasificación: - Grupo U, Subgrupo 01, Categoría C. También deberán acreditar experiencia de al menos cinco años en la prestación de servicios de limpieza en centros de naturaleza similar. Asimismo, los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las certificaciones ISO 9001, ISO 14001 y OSHAS 18001 o similar. No obstanteserá exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, dichos empresariosya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, desde la presentación sin perjuicio de su ofertaobligación de acreditar una solvencia económica y financiera y técnica o profesional equivalente a la necesaria para obtener la clasificación exigida en el presente Xxxxxx. Para acreditar la clasificación necesaria para celebrar el contrato, quedarán obligados solidariamente los licitadores que pretendan basarse en la clasificación de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo VI) escrito otorgado ante GHK al cumplimiento Notario, en el que la empresa implicada manifieste: que conoce en todo su alcance las condiciones de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación a la que concurre el licitador; que ostenta la referida clasificación, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contratocontrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, como representante debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o apoderado único con poderes bastantes modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por FFTMH, para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones el supuesto de que se deriven hasta la extinción del mismoel licitador en cuestión resulte adjudicatario.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, TXINZER las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contratode los contratos, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contratode los contratos. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. A dichos efectos, las empresas licitadoras deberán estar inscritas en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos adscrito a la Agencia Española de Seguridad y Salud Alimentaria y Nutrición del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad de conformidad a lo previsto en el Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos. Tendrán capacidad para contratar con GHK, TXINZER en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK TXINZER las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores, dichos empresariosdeberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera: - Tener contratado un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe mínimo de 300.000.‐ euros, desde con las coberturas especificadas en la presentación cláusula 26 del presente pliego. Por otro lado, los licitadores deberán acreditar su solvencia técnica o profesional para la correcta realización del suministro objeto del contrato mediante: - Relación de los principales suministros de dióxido de carbono líquido efectuados durante los cinco últimos años, con indicación de su ofertaimporte, quedarán obligados solidariamente ante GHK fechas y destinatario público o privado de los mismos. La suma de los mismos deberá ser igual o superior al cumplimiento doble del suministro anual estimado para este contrato al menos en cuatro de todas las obligaciones los cinco últimos años. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. - Debido a que el producto objeto de suministro se empleará para el tratamiento de aguas de consumo, de acuerdo con la legislación vigente, se exige la siguiente solvencia técnica adicional: o Disponer de certificado de análisis de una/s muestra/s de la sustancia en el que se deriven certifique las características del producto, así como sus impurezas de esta licitación acuerdo con el anexo III de la Orden SSI/304/2013, de 19 de febrero. Este certificado deberá ser expedido por un laboratorio que tenga acreditado por la norma UNE EN ISO/IEC 17025 el método de análisis que describe la norma UNE‐EN 936 (o la norma equivalente, si es el caso), o al menos esté acreditado por algún otro método de análisis de agua y del contrato hasta su extinción que tenga validado los métodos y deberán nombrar una persona que actúeanálisis requeridos. o Disponer de certificado o autorización sanitaria conforme al Real Decreto 140/2003, durante la licitación de 7 de febrero, o Autorización Sanitaria de Funcionamiento de Establecimientos Alimentarios según Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismoAlimentos.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Supply Agreement
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, DIPC las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2contratar y acrediten su clasificación. Los empresarios licitadores deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKDIPC, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK DIPC las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente clasificación: − Grupo U) Servicios Generales, dichos empresariossubgrupo 4) Agencia de Viajes, desde la presentación Categoría A. Se requerirá, asimismo, el compromiso de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y adscribir a la ejecución del contrato, como representante o apoderado único mínimo, los medios humanos y materiales siguientes: - Un gestor de grandes cuentas, con poderes bastantes experiencia mínima de 4 años en el ámbito de la gestión de cuentas de viajes de empresas del entorno industrial-investigación, y que deberá desarrollar sus funciones y comunicarse, tanto verbalmente como por escrito en inglés, castellano y euskera. - Dos gestores de reservas, con experiencia mínima de 5 años en el manejo de los sistemas de reservas (Amadeus, Galileo, etc.), y que deberán poder desarrollar sus funciones y comunicarse fluidamente, tanto verbalmente como por escrito en inglés, castellano y euskera. - Una página web con acceso restringido para ejercitar la consulta de facturación e informes. - Una herramienta de autoreserva por Internet. Dicha herramienta deberá estar disponible en castellano y en inglés. - Un servicio telefónico de atención de 24 horas los derechos 365 días del año. Dicho compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de DIPC. Para acreditar el compromiso de adscripción de determinados medios humanos y cumplir las obligaciones materiales mínimos, los licitadores que pretendan basarse en los medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán declararlo así en la declaración a incluir en el Sobre 1 de la oferta, que se deriven hasta ajustará al modelo del Anexo III. Adicionalmente, el licitador que haya presentado la extinción oferta económicamente más ventajosa deberá aportar (en la forma prevista en la Cláusula 16ª y según modelo contenido en el Anexo II) declaración en la que la empresa implicada manifieste: su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del mismo.
5contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). Todas las empresas La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por DIPC, para el supuesto de que concurran el licitador en cuestión resulte adjudicatario. El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la licitación deberán presentar cumplimentado adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 16ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para contratar con DIPC, y la concurrencia de los requisitos de capacidad y clasificación exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Tal acreditación se verificará en la forma establecida en la referida Cláusula 16ª. En todo caso, el Anexo I adjunto Órgano de Contratación, podrá recabar, en cualquier momento anterior a este Pliego.la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 16ª.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, CICC las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKCICC, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 47 de la LCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que de España en el Estado de procedencia correspondiente o de la empresa extranjera admite a su vez Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4empresa. Podrán contratar con GHK CICC las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP48 de la LCSP. No obstanteEl licitador que concurriere en unión temporal con otras empresas no podrá suscribir oferta alguna en tal calidad si lo hubiera hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal, dichos empresarios, desde la presentación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de siendo rechazadas todas las obligaciones que se deriven ofertas por él suscritas en caso de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismocontravenir este principio.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Integrated Management and Construction
Condiciones de aptitud. 1. Podrán A los efectos del presente procedimiento, únicamente podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, ORQUESTA las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar, se encuentren debidamente clasificadas y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, con arreglo a lo establecido en el presente Pliego. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado A estos efectos, de conformidad con lo dispuesto en la elaboración Disposición Adicional Séptima de las especificaciones técnicas o la LCSP, se reserva la participación en la presente licitación a aquellas empresas licitadoras que estén en posesión de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto calificación de Centros Especiales de Empleo y se hallen inscritas en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente. Las empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyen el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKORQUESTA, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 47 de la LCSP. Cuando la legislación del Estado en el que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSPde la LCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK ORQUESTA las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 48 de la LCSP. Cada uno de los que componen la unión temporal de empresarios deberá acreditar su capacidad y solvencia conforme a lo previsto en el presente Xxxxxx, sin que, en ningún caso, se admita la acumulación de la solvencia de cada uno de los empresarios a efectos de la determinación de la solvencia mínima requerida, exigiéndose la concurrencia de la total solvencia en todos y cada uno de ellos. Los licitadores, que habrán de ser Centros Especiales de Empleo, deberán acreditar estar en posesión de la siguiente clasificación: - Grupo V) Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; Subgrupo 1. Servicios de captura de información por medios electrónicos, informáticos y telemáticos; Categoría C. Adicionalmente, deberán estar en posesión de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional mínima que a continuación se indica: - Haber prestado, en los tres últimos años, como mínimo, tres servicios similares, en cantidad e importes, al del TRLCSPobjeto del contrato. No obstante, dichos empresarios, desde Los licitadores deberán completar la presentación acreditación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento clasificación y solvencia económica y financiera y técnica o profesional mediante el compromiso de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y adscribir a la ejecución del contrato, como representante mínimo, los medios humanos siguientes: - Una persona que ejercerá las labores de Jefe de Proyecto, que deberá poseer la titulación de Licenciado en Documentación o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar Licenciado en Formación archivística y acreditar al menos 2 años de experiencia en gestión de archivos y gestión documental. - Una persona que ejercerá las labores de Auxiliar de Archivo, que deberá poseer la titulación de FP grado medio o equivalente y acreditar al menos 2 años de experiencia en tratamiento documental. - Una persona encargada de las labores de escáner, que deberá poseer la titulación de FP grado medio o equivalente y acreditar al menos 2 años de experiencia en el manejo de dicha máquina. Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta efectos previstos en el artículo 206.g) de la extinción LCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del mismocontrato, a voluntad de ORQUESTA.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, FOMENTO las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2profesional. Los empresarios licitadores deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKFOMENTO, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK FOMENTO las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica y profesional: • Tener un volumen de negocio, dichos empresariosen el conjunto de los tres últimos ejercicios cerrados, desde en el ámbito de la presentación prestación objeto de su ofertala presente licitación de, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento menos, el doble del valor estimado del contrato. • Haber ejecutado, en el conjunto de todas las obligaciones que los últimos cinco ejercicio cerrados (2012, 2013, 2014, 2015 y 2016), al menos, 5 contratos en el ámbito de la prestación de servicios objeto de la presente licitación. Adicionalmente, se deriven exigirá a los licitadores el compromiso de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y adscribir a la ejecución del contrato, como representante mínimo, los medios humanos y materiales siguientes: □ 1 persona con un nivel académico mínimo de Licenciatura o apoderado único equivalente relacionado con poderes bastantes la administración de empresas o administración pública, con un invel alto xx Xxxxxx equivalente a Advanced (CAE) y con experiencia como mínimo de 5 años en la Gestión de Proyectos Europeos vinculados a temáticas de innovación y talento. Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223. f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de FOMENTO. El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 13ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para ejercitar contratar con FOMENTO, y la concurrencia de los derechos requisitos de capacidad y cumplir solvencia exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las obligaciones proposiciones. Tal acreditación se verificará en la forma establecida en la referida Cláusula 13ª. En todo caso, el Órgano de Contratación, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 13ª. La presentación de proposiciones presupone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del presente Xxxxxx, sin salvedad alguna. El Pliego estará accesible desde la referida fecha y en el mismo plazo en el perfil de contratante de FOMENTO Para participar en la licitación, los licitadores deberán presentar, en las oficinas de FOMENTO sitas en Donostia-San Xxxxxxxxx (San Xxxxx, 120 - Etxezuri), de lunes a viernes de 9.00 horas a 14.00 horas, en el plazo de dieciséis días naturales desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el perfil de contratante, tres sobres cerrados, con la documentación que luego se indicará, indicando en los mismos la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico. Todo ello de forma legible. En el reverso de cada sobre figurará asimismo la inscripción: “Proposición para tomar parte en la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, para la contratación de los servicios de asistencia técnica para la generación de contenido técnico vinculados a los proyectos europeos INTERREG EUROPE ECORIS3 y URBAN M”, así como la enumeración correspondiente (sobre nº 1, sobre nº 2 o sobre nº 3, según proceda). El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en su interior en hoja independiente, deberá constar de los documentos que se deriven hasta la extinción del mismo.indican a continuación:
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.Sobre nº 1.- APTITUD PARA CONTRATAR"
Appears in 1 contract
Condiciones de aptitud. 1. Podrán A los efectos del presente procedimiento, únicamente podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, BTWC las personas naturales físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos establecidos en el presente Pliego. No podrán concurrir a la licitación las Las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyen el objeto del contrato. Las personas jurídicas La empresa licitadora sólo podrán podrá ser adjudicatarias adjudicataria del contrato cuando las prestaciones presta- ciones de éste éste, estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les le sean propios.
3. Tendrán capacidad para Sin perjuicio de los demás medios de prueba legalmente establecidos, los licitadores podrán probar que no están incursos en prohibiciones de contratar con GHK, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a mediante una declaración responsable otorgada ante BTWC. Cuando la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas empre- sas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas Los licitadores deberán estar en posesión de la solvencia económica y financiera y técnica o jurídicas profesional mínima que a continuación se indica: La solvencia económica o financiera se acreditará con el correspondiente certifi- cado de Estados no pertenecientes estar al día de todos los pagos ante Hacienda y Seguridad Social. En cuanto a la Unión Europea deberán justificar mediante informe solvencia profesional, se exigirá acreditar la titulación universitaria mínima para el ejercicio de la respectiva Misión Diplomática Permanente españolaabogacía, que es decir, se acompañará deberá acreditar la Licenciatura en Derecho de la persona o personas adscritas a la documentación prestación del servicio objeto del presente contrato. La solvencia profesional se entenderá acreditada si se dispone en plantilla de un responsable que se presente, que sea abogado/abogada con más de 10 años de experiencia en el Estado de procedencia ejercicio de la empresa extranjera admite profesión y con experiencia suficiente y contrastada en el asesora- miento jurídico a su vez la participación de empresas españolas Fundaciones y Asociaciones, y en la contratación con la Administración revisión y con los entesnegociación de todo tipo de acuerdos, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSPcontratos y convenios, en forma sustancialmente análogade colaboración internacional.
4. Podrán contratar con GHK las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstante, dichos empresarios, desde la presentación de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismo.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Legal Advisory Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, POLYMAT las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2profesional. Los empresarios licitadores deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación las prestaciones que constituya constituyen el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKPOLYMAT, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK POLYMAT las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteRequisitos mínimos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional: - Tener un volumen de negocio, dichos empresariosen el ámbito del suministro de mobiliario de laboratorios de, desde al menos, el doble del valor estimado del contrato, en el conjunto de los tres últimos ejercicios (2014, 2015 y 2016). Para acreditar la presentación solvencia antedicha necesaria para celebrar el contrato, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia de su otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán declararlo así en la declaración a incluir en el Sobre 1 de la oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven ajustará al modelo del Anexo IV. Adicionalmente, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá aportar (en la forma prevista en la Cláusula 15ª y según modelo contenido en el Anexo VI) escrito otorgado ante Notario, en el que la empresa implicada manifieste: que conoce en todo su alcance las condiciones de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación al que concurre el licitador; y manifieste su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por POLYMAT para el supuesto de que el licitador en cuestión resulte adjudicatario. El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la adjudicación del contrato, como representante o apoderado único la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 15ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para contratar con poderes bastantes para ejercitar POLYMAT, y la concurrencia de los derechos y cumplir requisitos de capacidad exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las obligaciones que proposiciones. Tal acreditación se deriven hasta verificará en la extinción del mismo.
5. Todas las empresas que concurran forma establecida en la referida Cláusula 15ª. En todo caso, el Órgano de Contratación, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 15ª.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Supply of Laboratory Furniture and Facilities
Condiciones de aptitud. 1. Podrán Solo podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas , y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2profesional. Los empresarios licitadores deberán contar asimismo contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contratocontrato (apartado 6 del CRC). Las En el caso de las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las de contratos cuyas prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar En relación con GHK, en todo caso, las empresas no españolas comunitarias o de Estados miembros signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y empresas no comunitarias, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trateLCSP 9/17. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación Podrán igualmente contratar con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo pero sí que los empresarios integrados en ella indiquen sus nombres y circunstancias de aplicación lo previsto los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en el unión temporal, caso de resultar adjudicatario. (artículo 59 69 de la LCSP 9/17 y 24 del TRLCSPRGLCAP). No obstanteAsí mismo, dichos empresarios, desde la presentación de su oferta, quedarán obligados deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante GHK al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación la Administración y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución del contrato, como un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes ante la Administración para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Si durante la tramitación de estos procedimientos y antes de la formalización se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia en las condiciones exigidas en el PCAP para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, BIDASOA ACTIVA las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No podrán concurrir a la licitación las Las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKBIDASOA ACTIVA, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. Podrán contratar con GHK BIDASOA ACTIVA las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteCada uno de los que componen la unión temporal de empresarios deberá acreditar su capacidad y solvencia conforme a lo previsto en el presente Pliego, dichos empresariossin que, desde en ningún caso, se admita la presentación acumulación de la solvencia de cada uno de los empresarios a efectos de la determinación de la solvencia mínima requerida, exigiéndose la concurrencia de la total solvencia en todos y cada uno de ellos. Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera: - Tener un volumen de negocio, en el ámbito de la prestación de servicios de limpieza, de, al menos, 40.000 euros, en los tres últimos ejercicios, para cada uno de ellos. Los licitadores deberán acreditar, en su ofertacaso, quedarán obligados solidariamente ante GHK que tienen en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al cumplimiento 2 por 100 del total de todas las obligaciones la plantilla. Los licitadores deberán acreditar, en su caso, que se deriven cumplen con los requisitos para tener la consideración de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona empresas de inserción reguladas por la Ley 44/2007, de 13 de diciembre (o normativa que actúela sustituya, durante la licitación y la ejecución del contrato, como representante modifique o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven hasta la extinción del mismocomplemente).
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.
Appears in 1 contract
Samples: Cleaning Services Agreement
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, KURSAAL las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar y se hallen debidamente clasificadas. No podrán concurrir a la licitación las Las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios licitadoras deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKKURSAAL, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Se prescindirá del informe de reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. Podrán contratar con GHK KURSAAL las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente clasificación: - Grupo U, Subgrupo 01, Categoría B Asimismo, los licitadores deberán acreditar estar en posesión de las siguientes certificaciones: - ISO 9001, ISO 14.001 y OSHAS 18.001 o similar. No obstanteserá exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, dichos empresariosya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, desde la presentación sin perjuicio de su ofertaobligación de acreditar una solvencia económica y financiera y técnica o profesional equivalente a la necesaria para obtener la clasificación exigida en el presente Xxxxxx. Para acreditar la clasificación necesaria para celebrar el contrato, quedarán obligados solidariamente los licitadores que pretendan basarse en la clasificación de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, deberán aportar (según modelo contenido en el Anexo VII) escrito otorgado ante GHK al cumplimiento Notario, en el que la empresa implicada manifieste: que conoce en todo su alcance las condiciones de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación a la que concurre el licitador; que ostenta la referida clasificación, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste/n su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del contratocontrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, como representante debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o apoderado único con poderes bastantes modificación). La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por KURSAAL, para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones el supuesto de que se deriven hasta la extinción del mismo.
5. Todas las empresas que concurran a la licitación deberán presentar cumplimentado el Anexo I adjunto a este Pliego.licitador en cuestión resulte adjudicatario
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Cleaning Services
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, TXINZER las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratarcontratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contratode los contratos, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contratode los contratos. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHK, TXINZER en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio suministro de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK TXINZER las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores, dichos empresarios, desde deberán acreditar estar en posesión de la presentación siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional: - Tener un volumen de su oferta, quedarán obligados solidariamente ante GHK negocios en el ámbito del suministro correspondiente al cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y la ejecución objeto del contrato, como representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar en cada uno de los derechos y cumplir las obligaciones tres últimos ejercicios, de al menos, 500.000 €. El licitador que se deriven hasta hubiere presentado la extinción del mismo.
5. Todas las empresas que concurran oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 16ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para contratar con TXINZER, y la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Tal acreditación se verificará en la forma establecida en la referida Cláusula 16ª. En todo caso, el Órgano de Contratación, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 16ª. 12 PUBLICIDAD La presente licitación deberán presentar cumplimentado se publicará en el Anexo I adjunto Boletín Oficial de Gipuzkoa y en el perfil de contratante de TXINZER. La adjudicación se publicará en el perfil de contratante de TXINZER. El acceso a este Pliegodicho perfil de contratante se efectuará a través de la página Web: xxx.xxxxxxx.xxx El importe del anuncio será de cuenta del licitador que resulte adjudicatario de la licitación.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Supply of Mechanical Thickener and Auxiliary Equipment
Condiciones de aptitud. 1. Podrán contratar con GHK, individual o conjuntamente, DIPC las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y que obrar, no estén incursas en prohibición de contratar. No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de empresas licitadoras.
2profesional. Los empresarios licitadores deberán contar asimismo con la habilitación profesional o empresarial que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya constituye el objeto del contrato, sin que sea admisible la habilitación profesional de las empresas de trabajo temporal. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuando las prestaciones de éste estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
3. Tendrán capacidad para contratar con GHKDIPC, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen dicho requisito. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a de España en el Estado correspondiente o de la documentación que se presente, Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Mediante dicho informe deberán justificar que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
4. Podrán contratar con GHK DIPC las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. Los miembros de la UTE deberán cumplir los requisitos de solvencia en los términos indicados en la cláusula 16 del presente Xxxxxx, siendo todos ellos responsables solidarios del cumplimiento del contrato durante toda la vida del mismo. No será sin que sea necesaria la formalización de las uniones temporales de empresarios mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP. No obstanteLos licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional: - Tener un volumen de negocio, dichos empresariosen el ámbito de la prestación de los servicios de asesoramiento a entidades sin ánimo de lucro, desde la presentación especialmente en el asesoramiento fiscal, contable y laboral de, al menos, dos veces el valor estimado del contrato, en el conjunto de su ofertalos tres últimos ejercicios (2012, quedarán obligados solidariamente ante GHK al cumplimiento 2013 y 2014). Se requerirá, asimismo, el compromiso de todas las obligaciones que se deriven de esta licitación y del contrato hasta su extinción y deberán nombrar una persona que actúe, durante la licitación y adscribir a la ejecución del contrato, como representante mínimo, los medios humanos siguientes: ▪ Una persona con titulación superior, que cuente con una experiencia de, al menos, 5 años en asesoramiento y tramitación laboral y social. ▪ Una persona con titulación superior, que cuente con una experiencia de, al menos, 5 años en asesoramiento fiscal orientada a entidades sin ánimo de lucro. ▪ Una persona con titulación superior, que cuente con una experiencia de, al menos, 5 años en asesoramiento contable orientada a entidades sin ánimo de lucro Una de las referidas personas habrá de ser designada como responsable del contrato por la empresa licitadora. La empresa adjudicataria tendrá acceso al sistema de gestión (ERP) de DIPC de forma que actúe directamente sobre dicho programa a los efectos de la ejecución de las prescripciones técnicas recogidas en el presente pliego. Para ello la empresa adjudicataria formará en el uso del ERP al responsable del contrato en un plazo máximo de 20 días a contar desde la formalización del contrato. Dicho compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del TRLCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de DIPC. Para acreditar la solvencia antedicha necesaria para celebrar el contrato y/o apoderado único el compromiso de adscripción de determinados medios humanos mínimos, asimismo antedichos, los licitadores que pretendan basarse en la solvencia y/o medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones ellas, deberán declararlo así en la declaración a incluir en el Sobre 1 de la oferta, que se deriven hasta ajustará al modelo del Anexo II. Adicionalmente, el licitador que haya presentado la extinción oferta económicamente más ventajosa deberá aportar (en la forma prevista en la Cláusula 16ª y según modelo contenido en el Anexo VI) escrito otorgado ante Notario, en el que la empresa implicada manifieste: que conoce en todo su alcance las condiciones de la licitación y el lote al que concurre el licitador; que ostentan la referida solvencia, aportando documento acreditativo de ello (en la forma prevista en la Cláusula 13ª); y manifieste su voluntad irrevocable de poner a disposición de dicho licitador, caso de que resulte adjudicatario, los medios necesarios para la ejecución del mismo.
5contrato (con aceptación expresa de lo dispuesto en el artículo 1257.2 del Código Civil, debiendo autorizarse expresamente por la Administración su sustitución o modificación). Todas las empresas La presentación de dicho escrito tendrá los efectos de aceptación de dicho compromiso por DIPC, para el supuesto de que concurran el licitador en cuestión resulte adjudicatario. El licitador que hubiere presentado la oferta económicamente más ventajosa, deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la licitación deberán presentar cumplimentado adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos en la Cláusula 16ª, que acrediten la concurrencia de las condiciones establecidas legalmente para contratar con DIPC, y la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos en la presente Cláusula, a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones. Tal acreditación se verificará en la forma establecida en la referida Cláusula 16ª. En todo caso, el Anexo I adjunto Órgano de Contratación, podrá recabar, en cualquier momento anterior a este Pliego.la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación señalada en la referida Cláusula 16ª.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Advisory Services