CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PROYECTO Cláusulas de Ejemplo

CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. El control exterior es el ejercido por la Oficina de Supervisión, dependiente de la Dirección General de Carreteras. Tiene como misión fundamental: - Comprobación del funcionamiento correcto del P.A.C. establecido por la empresa adjudicataria del contrato para la redacción del proyecto. - Control técnico de los trabajos, en contacto con el Director, realizando el control y seguimiento por fases establecidas en el contrato. Para el ejercicio de este control exterior cuenta con la colaboración de una Asistencia Técnica, independiente del Consultor adjudicatario de la redacción del proyecto.
CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. El seguimiento de la prestación de los servicios quedará bajo la supervisión de la Oficina Técnica, de la Dirección Técnica e Innovación (o aquella que asuma las funciones en cada momento). Para la consecución de sus objetivos, Ecoembes considera fundamental la prestación de los servicios con la máxima calidad. Por ello, ejercerá las funciones de inspección y vigilancia y llevará a cabo un seguimiento de la actividad de las empresas adjudicatarias. - Periódicamente se celebrarán reuniones con cada empresa en las que se analizará la prestación del servicio. - Se realizará el seguimiento de los compromisos y requisitos establecidos para la aceptación de la oferta. - Las empresas deben establecer un Plan de formación y Plan de Aseguramiento de la Calidad del proyecto para todo el personal que realice los servicios. Se establecen unos requisitos mínimos para los mismos: ✓ El sistema de control de calidad debe contener el Autodiagnóstico de su gestión en todos los ámbitos objeto de este Pliego: gestión de los servicios y cumplimiento de los requerimientos de Ecoembes. Debe aportarse una propuesta de indicadores de la evolución y el cumplimiento general del proyecto. Estos indicadores deben estar incluidos en las evidencias documentales aportadas de forma bimestral a Ecoembes. ✓ El sistema de control debe incluir supervisión de los trabajos de campo y gabinete. En el caso de los trabajos de campo contendrá la realización de visitas de supervisión in situ de los equipos: se debe establecer número y frecuencia de realización. Se aportarán a Ecoembes los resultados de las inspecciones internas realizadas, así como cualquier medida derivada de las mismas. ✓ El sistema de control debe incluir un Plan de Actuación en caso de que se detecten incidencias en la realización de los trabajos en campo, ya sea por parte de la propia empresa caracterizadora, por parte de Ecoembes o sean evidenciados por la misma instalación. Dicho Plan de Actuación debe contener las medidas a implantar por la empresa en varios sentidos: acciones para corregir las incidencias detectadas, acciones para reforzar las medidas de control del personal en campo y acciones para la generación de confianza por parte de Ecoembes y planta/administración implicada. ✓ El plan de formación debe establecer medidas para la evaluación continua de los trabajos en campo y de gabinete. ✓ Los formatos definitivos deben ser remitidos a Ecoembes en un plazo de 15 días naturales tras la formalización de la adjudicación...
CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. Para la consecución de los objetivos establecidos en el Proyecto, ECOEMBES considera fundamental la prestación de los servicios objeto de la presente convocatoria con la máxima calidad. Por ello, el seguimiento de la ejecución del Proyecto incluye un plan de control de los trabajos realizados. A tal efecto, ECOEMBES podrá proponer la celebración de reuniones con la empresa adjudicataria en las que se analizará el desarrollo de los trabajos y la implementación del sistema de control. Desde la adjudicación del contrato hasta la entrega del informe final, no se podrá exceder la fecha del 30 xx xxxxx de 2023. La entrega en plazo posterior a esta fecha por razones achacables directamente al adjudicatario llevará una penalización de un 20% del importe de la licitación salvo que la empresa justifique que el retraso no es imputable a ellos. Se deberán entregar un informe intermedio antes del 2 de xxxxx xx xxxx de 2023. En el caso de producirse eventualidades que afecten a la planificación del Proyecto o de su equipo, será la Dirección de Gestión Local y Autonómica de ECOEMBES quien autorice las soluciones más adecuadas como órgano a cargo del control y seguimiento de la ejecución del Proyecto.
CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. La empresa adjudicada, los coordinadores administrativos, los titulares de los Centros de Costos, así como la Subdirección de Recursos Materiales, se deberán ajustar invariablemente a los Lineamientos Generales para la operación y seguimiento del proyecto, así como a lo que se dispone en la normatividad federal y en las Políticas para la Administración xxx Xxxxxxx General y los bienes Muebles de Instituto Nacional de Psiquiatría Xxxxx de la Fuente Xxxxx, desde su inicio hasta su terminación, todas las situaciones que se presenten que no se hubieren previsto en dichos lineamientos, serán tratados y resueltos en las reuniones semanales de avance. Como inicio de los trabajos formales se realizará una reunión a más tardar dos días hábiles posteriores al Acto de Fallo, en la cual se expondrá el Programa General, las actividades a realizar por el Licitante adjudicado en cada Unidad Administrativa, los requerimientos de información y documentación para el levantamiento durante la visita a cada Unidad Administrativa, la importancia de la participación de los coordinadores administrativos y de los titulares de los Centros de Costos, indicando puntualmente las actividades en las que participarán. En dicha sesión se definirán los canales de comunicación y el calendario de reuniones. En las sesiones posteriores el objetivo principal de éstas será el de evaluar las actividades realizadas e implementar en su caso las medidas correctivas consecuentes. La conducción del proceso estará a cargo del Subdirector de Recursos Materiales, asimismo deberá estar presente en cada Sesión un representante de la Empresa Adjudicada.
CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. Se describirán los procedimientos a seguir para el control del proyecto, a fin de detectar posibles desviaciones y tomar las acciones correctivas adecuadas.

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  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • SEGUIMIENTO Y CONTROL El PRESTATARIO faculta al BANCO, para que a través del OPERADOR DEL FINANCIAMIENTO, se realice el seguimiento que creyere conveniente al proyecto financiado con el presente financiamiento. Cualquier incumplimiento u obstáculo a la aplicación de esta cláusula facultará al OPERADOR DEL FINANCIAMIENTO para suspender los desembolsos.

  • OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10% del presupuesto del contrato. 2.- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o por imponer las penalidades descritas en los párrafos anteriores.

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, estas se convertirán en Lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 29.1 de las IAO. 17.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; 17.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.

  • Contrato de Seguro Documento donde se establecen los términos y condiciones celebradas entre el Contratante y la Compañía, así como los derechos y obligaciones de las partes. Este documento está integrado por las condiciones generales, la carátula de la Póliza, la Solicitud de Seguro y Endosos que se agreguen, los cuales constituyen prueba del Contrato de Seguro. Este Contrato de Seguro está constituido por: a) Las declaraciones del Solicitante Titular proporcionadas por escrito en la solicitud del seguro. b) La Póliza. c) Las cláusulas adicionales o endosos, los cuales son documentos que modifican o condicionan en cualquier sentido los alcances del contrato. d) Las Condiciones Generales. e) Cualquier otro documento que hubiera sido materia para la celebración del mismo.

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.