EFECTOS DE LA TERMINACIÓN Cláusulas de Ejemplo

EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. 1. Acaecida la terminación del presente Contrato, perderá vigencia el objeto y las instrucciones impartidas por el Encargante, en consecuencia, la gestión de la Fiduciaria deberá dirigirse única y exclusivamente a realizar actos directamente relacionados con la liquidación del presente Contrato, poniendo a disposición del Encargante y de los Inversionistas del Proyecto, según corresponda, los recursos que hubieren entregado junto con los rendimientos que se hubiesen generado como consecuencia de la administración de los mismos en el Fondo de Inversión Colectiva. Para el efecto, una vez la Fiduciaria haya tenido conocimiento del acaecimiento de la causal de terminación del presente Contrato, ésta deberá notificar de este hecho a los Inversionistas del Proyecto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes; posteriormente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de dicha notificación, el Encargante o los Inversionistas del Proyecto, según corresponda, deberán instruir, a la Fiduciaria el número de cuenta bancaria a la cual ésta deberá girar los recursos, el giro de los recursos deberá ser realizado mediante transferencia electrónica dentro los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir del recibo de la instrucción por parte de la Fiduciaria. 2. En caso que el Encargante o Inversionista del Proyecto, según corresponda, al momento de la terminación y liquidación del presente Contrato, no fuere posible ubicarlo en las direcciones señaladas en el presente Contrato, para efectos de la restitución de los bienes Fideicomitidos y para la firma del documento de terminación y liquidación, la Fiduciaria procederá de la siguiente manera: (a) Enviará una comunicación escrita por correo certificado a la dirección que aparezca señalada en el presente Contrato. En esa comunicación, la Fiduciaria remitirá la rendición final de cuentas y demás soportes necesarios, así como el documento de terminación y liquidación del Contrato, informando sobre la disponibilidad de los Rendimientos si los hay, para que se acerque a reclamarlos o de las instrucciones pertinentes.
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. En este evento las Empresas pondrán fin al suministro del servicio y retirarán las acometidas y medidores del inmueble. Para obtener nuevamente el servicio, deberá adelantar todos los trámites necesarios como si fuera un nuevo usuario.
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. Efectos de la Caducidad de la Concesión son, entre otros, los siguientes:
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. Sin perjuicio de los demás efectos que se deriven de la aplicación del presente Contrato, en caso de terminación del mismo las Partes procederán así: a) Bien sea por causas ordinarias o extraordinarias, cualquiera de las Partes podrá solicitar a ASIC el registro de la terminación del Contrato. Si alguna de las Partes solicita el registro de la terminación del Contrato sin causa para ello, la otra Parte podrá cobrar la cláusula penal del presente Contrato y reclamar los perjuicios adicionales que dicha solicitud le haya ocasionado.
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. La CAMARA se reserva el derecho de exigir la indemnización de los perjuicios causados por alguna de las causales de terminación indicadas en esta cláusula, salvo si el contrato termina por mutuo acuerdo en el que expresamente se pacte que no se pagará indemnización de perjuicios alguna o por el agotamiento de su objeto. PARÁGRAFO CUARTO: EL CONTRATISTA tendrá derecho a que se le liquiden y paguen los dineros correspondientes a los servicios ejecutados y recibidos a satisfacción de LA CÁMARA. En caso de terminación anticipada de este contrato por cualquier causa, EL CONTRATISTA se obliga a restituir inmediatamente y sin necesidad de previo requerimiento las sumas de dinero que deba cuando el desembolso en su favor exceda el valor de los servicios hasta entonces ejecutados y recibidos a satisfacción por LA CÁMARA.
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. A la terminación del Contrato, cualquiera que sea la causa, se seguirán las siguientes disposiciones. 10.5.1. No competencia postcontractual en el Local
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. 8.1. En el caso de que el Contrato hubiera sido resuelto a iniciativa del REGISTRO por el incumplimiento del AGENTE REGISTRADOR o a iniciativa de éste último sin causa justa, el AGENTE REGISTRADOR deberá indemnizar al REGISTRO, abonando a éste en todo caso la cantidad con la que el AGENTE REGISTRADOR garantiza el cumplimiento de sus obligaciones, prevista en el apartado 3.9 del presente contrato. Si esa cantidad no bastase para cubrir los daños y perjuicios se deriven de esta resolución, el REGISTRO podrá reclamar los daños y perjuicios adicionales que se hayan derivado de dicha resolución. 8.2. Si el Contrato termina por causa del incumplimiento del AGENTE REGISTRADOR, éste no podrá volver a celebrar con el REGISTRO un contrato de AGENTE REGISTRADOR de nombres de dominio bajo el “.es” en un plazo de hasta dos años. 8.3. Cualquiera que sea la causa de terminación del Contrato, el AGENTE REGISTRADOR deberá facilitar a los beneficiarios de nombres de dominio bajo el “.es” la posibilidad de hacerse cargo directamente de la gestión de los nombres de dominio o de solicitar un cambio de AGENTE REGISTRADOR. Para ello, el AGENTE REGISTRADOR cuyo contrato termine deberá comunicar esta circunstancia con antelación suficiente, en los términos establecidos en el presente Contrato, y deberá, en su caso, poner a disposición de sus clientes o de los Agentes Registradores que éstos designen la información o documentación que resulte necesaria para proceder a esos cambios.
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. (a) En general. Tras la Fecha de Terminación: (i) salvo lo dispuesto en la Sección 7.3(b), todos sus derechos bajo este Contrato se extinguen inmediatamente; (ii) usted seguirá siendo responsable de todos los cargos que hubiere incurrido hasta la Fecha de Terminación y será responsable de todos los cargos que incurra durante el periodo de post- terminación descrito en la Sección 7.3(b); (iii) usted devolverá inmediatamente o, por instrucción nuestra, destruirá todo el Contenido AWS que se encuentre en su poder, y (iv) Las Secciones 4.1, 5, 7.3, 8 (salvo la licencia otorgada a usted en la Sección 8.3), 9, 10, 11, 13, y 14 continuarán vigentes de conformidad con sus términos. (b) Post-Terminación. A no ser que demos por terminado su uso de los Servicios Ofrecidos de conformidad con la Sección 7.2 (b), durante los 30 días posteriores a la Fecha de Terminación: (i) no tomaremos acciones para remover Su Contenido de los sistemas AWS como resultado de la terminación; y (ii) le permitiremos recuperar Su Contenido de los Servicios únicamente si usted ha pagado la totalidad de los montos adeudados bajo este Contrato. Para cualquier uso de los Servicios con posterioridad a la Fecha de Terminación, se aplicarán los términos de este Contrato y usted deberá pagar los cargos aplicables a las tarifas establecidas en la Sección 5.
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. Una vez concluida la prestación de servicios, la EMPRESA CONTRATISTA y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal, deberán destruir o devolver los datos de carácter personal al CLIENTE, de acuerdo con sus instrucciones, así como cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. No procederá a la destrucción de los datos cuando exista una previsión legal que exija su conservación, en cuyo caso deberán ser necesariamente devueltos al CLIENTE. Los datos únicamente podrán ser conservados por la EMPRESA CONTRATISTA durante el periodo en que pudiera derivarse alguna responsabilidad de la relación establecida con el CLIENTE mediante el presente contrato. En ese caso los datos serán conservados por la EMPRESA CONTRATISTA debidamente bloqueados, para lo que informará al CLIENTE del sistema de bloqueo empleado. En los supuestos de resolución, denuncia o rescisión, con independencia de los motivos en los que tenga origen, la EMPRESA CONTRATISTA dejará de prestar los servicios objeto del presente contrato con carácter inmediato a la extinción del presente contrato, manteniéndose las obligaciones de confidencialidad establecidas en este contrato con carácter indefinido y en vigor, incluso con posterioridad a la finalización por cualquier causa de la relación mercantil entre las partes.
EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. Cuando se produzca la terminación de este contrato por cualquier causa, EL CLIENTE autoriza al BANCO para que proceda a deshabilitar el ingreso al sistema. EL CLIENTE no devolverá los Dispositivos de Autenticación Fuerte.