Common use of GARANTÍA DEFINITIVA Clause in Contracts

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % del valor estimado del contrato, excluido el IVA. El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la misma. Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Regirá La Contratación De Los Servicios Profesionales De Asesoramiento Permanente E Integral De Carácter Legal en Relación a Las Licitaciones Vinculadas a Las Obras De Remodelación Del Estadio De Anoeta en Donostia/San Sebastián

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a favor del contrato, a fin órgano de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir contratación una garantía definitiva por importe del 5 5% del valor estimado importe de adjudicación del contrato, excluido el IVAimpuesto sobre el valor añadido. El plazo para la constitución Para determinar el importe de adjudicación del contrato se tendrá en cuenta el precio de la citada gestión del servicio durante el plazo total de ejecución del contrato. La garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la misma. Dicha garantía definitiva podrá constituirse por cualquiera de las formas previstas en los medios establecidos en el artículo 96 artículos 96. 1 TRLCSP y 55 y siguientes del TRLCSPRGLCAP. En el caso de presentarse en forma de que se utilice un aval, éste podrá utilizarse el modelo que se ajustará al modelo incorporado al presente adjunta a este Pliego como Anexo V. La devolución VII. En el caso de la garantía que se realizará utilice otra forma de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSPconstitución, una vez transcurrido el plazo deberán reflejarse las mismas condiciones de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualesque las expresadas en dicho modelo. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaadjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resoluciónresolución del contrato. Si, Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio importe de adjudicación del mismocontrato, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio importe modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo La garantía no previsto en será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el presente pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPcontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Gestión Del Servicio De Recogida De Residuos Domésticos en La Comarca Del Jiloca

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % del valor estimado del contrato, excluido el IVAIVA excluido. El plazo para la La constitución de la citada esta garantía será deberá ser acreditada por el adjudicatario en el plazo xx xxxx días XXXX DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquél aquel en que reciba hubiera recibido el requerimiento efectuado por AK para aportar que el órgano de contratación realizará al licitador que haya presentado la mismaoferta económicamente más ventajosa. Dicha En todo caso, la garantía podrá constituirse por cualquiera definitiva responderá de los medios establecidos conceptos a que se refiere el apartado 2 del artículo 100 del TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en el artículo 96 del TRLCSP. En caso TRLCSP y en cualquiera de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de las formas que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaestablecen en los artículos 55, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución56 y 57 del RGLCSP. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual. En lo no previsto el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el presente pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPresolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Limpieza De Edificios Municipales

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratolicitador que presente la oferta económicamente más ventajosa, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá estará obligado a constituir una garantía definitiva definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe del 5 % del valor estimado de adjudicación del contrato, excluido el IVAIVA excluido. El plazo para la La constitución de esta garantía deberá ser acreditada por el licitador que haya presentado la citada garantía será oferta económicamente más ventajosa en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que reciba se hubiese recibido el requerimiento efectuado por AK para aportar del órgano de contratación. En todo caso, la mismagarantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP. Dicha La garantía podrá constituirse por definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en el Capítulo I del Título IV del Libro I del TRLCSP y en cualquiera de los medios establecidos las formas que se establecen en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 96.1 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince 15 días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el nuevo precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo en caso contrario en causa de resolución contractual. En lo el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Aprobada la liquidación del contrato, si no previsto resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva y transcurrido, en su caso, el plazo de garantía establecido en el presente pliego, será se dictará acuerdo de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPdevolución de aquélla.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regula El Contrato Administrativo De Suministro Mediante Arrendamiento Financiero

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoprovisional está obligado, en el plazo máximo establecido en la cláusula anterior de este pliego, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una la garantía definitiva por importe que figura en el apartado 10 del 5 % del valor estimado del contratoCuadro-Resumen, excluido el IVA. El plazo para la constitución de conformidad con lo establecido en los artículos 135.4 de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la mismaLCSP y 55 y siguientes del RGLCAP. Dicha garantía podrá constituirse por en cualquiera de los medios establecidos las formas previstas en el artículo 96 84. 1 LCSP. Si así se prevé en el citado apartado del TRLCSPcuadro-resumen podrá constituirse mediante retención en el precio. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaadjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio del mismosu precio, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en La constitución de la garantía global a que se refiere el presente pliegoartículo 86 de la LCSP, será eximirá de aplicación lo establecido en los artículos 95 la constitución de la garantía definitiva, siempre que quede acreditada mediante certificación de la Tesorería de la Comarca de Sobrarbe, comprensiva de su existencia y siguientes del TRLCSPsuficiencia.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Cuadro Resumen

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva definitiva, en forma de aval bancario, ajustado al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo I, por importe del 5 5% del valor estimado del contrato, excluido el IVAestimado. El plazo para licitador que hubiere presentado la constitución de oferta económicamente más ventajosa deberá constituir la citada garantía será en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la mismaCICC. Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP90 de la LCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el la empresa contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al a la empresa contratista, éste ésta deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. SiCuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía definitiva, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario a la empresa contratista el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el la presente pliegoCláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 83 y siguientes del TRLCSPde la LCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Y De Prescripciones Técnicas Que Habrá De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Abierto, Para La Contratación De Servicios De Traducción De Documentos Y Publicaciones De Centro Internacional De Cultura Contemporánea, s.A.

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario La empresa adjudicataria del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado obligada a constituir una garantía definitiva por importe del 5 10% del valor estimado del contratopresupuesto máximo de licitación anual; esto es, excluido el IVAde 18.200 €. El plazo para licitador que hubiera presentado la constitución de oferta económicamente más ventajosa deberá constituir la citada garantía será en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél aquel en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la mismaCICC. Dicha garantía podrá Podrá constituirse por cualquiera cualquier de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. En el caso de presentarse prestarse en forma de aval, éste el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego Xxxxxx como Anexo V. ANEXO I. La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo los dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista la empresa Contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaa la empresa Contratista, éste esta deberá reponer o ampliar aquéllaaquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el la presente pliegoCláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.

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Samples: www.tabakalera.eu

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario licitador que presente la mejor oferta, deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía definitiva. Su cuantía, será igual al 5% del importe del precio final ofertado por el licitador, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. La constitución de esta garantía deberá ser acreditada en el plazo de siete días hábiles a contar desde el envío de la comunicación. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 110 LCSP 2017. Dentro de dichos conceptos se incluye el incumplimiento por parte del contratista de la obligación de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la incorrecta ejecución de las prestaciones objeto del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % del valor estimado del contrato, excluido el IVA. El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la misma. Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos prevista en el artículo 96 del TRLCSP196 LCSP 2017. En caso La garantía definitiva se constituirá en cualquiera de presentarse en forma de aval, éste las formas que se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto establecen en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales108.1 LCSP 2017. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que Cuando se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince 15 días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. SiCuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales 15 días, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. En lo A estos efectos no previsto en el presente pliego, será se considerarán las variaciones de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes precio que se produzcan como consecuencia de la aprobación de la revisión de precios del TRLCSPcontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % del valor estimado del contrato, excluido el IVAde 180 euros. El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél aquel en que reciba el requerimiento efectuado por AK la CTSS para aportar la misma. Dicha garantía Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. En el caso de presentarse prestarse en forma de aval, éste el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego Xxxxxx como Anexo V. I. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII La acreditación de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaadjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente pliegoPliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Y De Prescripciones Técnicas Que Ha De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Para La Contratación De Los Servicios De Mantenimiento De Los Equipos De Aire Acondicionado De Las Instalaciones De La Compañía Del Tranvía De San Sebastián, Sociedad Anónima Unipersonal

GARANTÍA DEFINITIVA. El propuesto adjudicatario deberá acreditar dentro del contrato, a fin plazo descrito en la disposición anterior la constitución de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una la garantía definitiva por importe del 5 % por 100 del valor estimado del contrato, excluido el IVAofertado (IGIC excluido). El plazo para No será precisa la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde reseñada en los párrafos anteriores cuando el siguiente a aquél adjudicatario hubiere constituido en que reciba el requerimiento efectuado mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por AK para aportar importe suficiente ante la mismaIFTSA en los términos previstos en el artículo 98 del TRLCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva. Dicha La garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de metálico, mediante aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución en valores públicos o en valores privados, por contrato de la garantía se realizará seguro de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 caución, o por retención de parte del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste deberá reponer o ampliar aquéllaprecio, en la cuantía que correspondaforma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositar su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Institución Ferial de Tenerife. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días naturales desde la ejecucióndías, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el acuerdo de modificaciónartículo 99 del TRLCSP. En lo no previsto el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el presente pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPresolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Suministro De Un Escenario

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoadjudicatario, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 5% del valor estimado del contratopedido realizado, excluido el IVAIVA no incluido, cada vez que se efectúe un pedido. El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél aquel en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar se notifique la mismarealización del pedido. Dicha garantía Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP108 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, sin que resulte necesaria su constitución en la Caja General de Depósitos. En el caso de presentarse prestarse en forma de aval, éste el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego Xxxxxx como Anexo V. I. La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP111 de la LCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación, una vez transcurrido el plazo de garantía de los autobuses de cada pedido y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaadjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, se experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente pliegoPliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 106 y siguientes del TRLCSPde la LCSP, que a estos efectos se establecen como de aplicación.

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Samples: www.contratacion.euskadi.eus

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa estará obligado a constituir una garantía definitiva definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe del 5 % del valor estimado de adjudicación del contrato, excluido el IVAIVA excluido. El plazo para la La constitución de la citada esta garantía será xx xxxx deberá ser acreditada por el citado licitador en el plazo de 10 días hábiles hábiles, contados desde el siguiente a aquél aquel en que reciba hubiera recibido el requerimiento efectuado formulado por AK para aportar el órgano de contratación. En todo caso, la mismagarantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP. Dicha La garantía podrá constituirse por definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en el Capítulo I del Título IV del Libro I del TRLCSP y en cualquiera de los medios establecidos las formas que se establecen en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 96.1 del TRLCSP, una vez transcurrido debiendo consignarse en la Tesorería Municipal. Si como consecuencia de la modificación del contrato, éste experimente variación en el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que precio, se hagan efectivas sobre reajustará la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince 15 días naturales desde la ejecuciónnaturales, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual. En lo el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. La garantía no previsto en será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el presente pliegovencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, será o hasta que se declare la resolución de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes éste sin culpa del TRLCSPcontratista.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva equivalente al 5 por 100 del importe del 5 % del valor estimado del contratode adjudicación, excluido el IVA. El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde el día siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar se publique la misma. Dicha garantía podrá adjudicación provisional en la página Web de BCC, pudiendo constituirse por cualquiera de los medios establecidos la misma en el artículo 96 del TRLCSPefectivo o mediante aval. En el caso de presentarse prestarse en forma de aval, éste el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego Xxxxxx como Anexo V. I. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía en relación con la totalidad de las prestaciones objeto del contrato, y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades penalizaciones o indemnizaciones exigibles al contratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente pliegoPliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 83 y siguientes del TRLCSPde la LCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Para La Contratación, Por Procedimiento Abierto, De La Gestión, Redacción Y Dirección De Proyecto Y Obra De Construcción De La Facultad De Ciencias Gastronómicas Y Centro De Investigación E Innovación en Ciencias

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 5% del valor estimado precio del contrato, excluido el IVAIVA no incluido. El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél aquel en que reciba el requerimiento efectuado por AK POLYMAT para aportar la misma. Dicha garantía Está podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. En el caso de presentarse prestarse en forma de aval, éste el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego Xxxxxx como Anexo V. I. La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaadjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente pliegoPliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Habrá De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Negociado Con Publicidad, Para La Contratación Del Suministro De Mobiliario De Laboratorio E Instalaciones Necesarias

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % por 100 del valor estimado del contratoimporte de adjudicación, excluido IVA excluido, en el IVA. El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que reciba hubiera recibido el requerimiento efectuado del órgano de contratación. (Artículos 87 y 135.2 de LCSP). De no cumplir este requisito por AK para aportar causas imputables al mismo, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y la misma. Dicha garantía podrá constituirse Administración no efectuará adjudicación a su favor, procediéndose en ese caso a recabar la documentación necesaria al licitador siguiente, por cualquiera de los medios establecidos el orden en el artículo 96 del TRLCSPque hayan quedado clasificadas las ofertas. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaadjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo incurriendo, en caso contrario contrario, en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. A estos efectos, no se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de una revisión de precios de conformidad con los artículos 77 y siguientes de la LCSP. En lo no previsto todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 88 de la LCSP. La garantía definitiva podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en el presente pliegoartículo 84.1 de la LCSP, será de aplicación y se ajustará a lo establecido dispuesto en los artículos 95 55, 56, 57 y siguientes 58 del TRLCSPRGLCAP.

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Samples: www.mdurango.org

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá estará obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 equivalente al 5% del valor estimado precio del contrato, excluido el IVA. El plazo para la La constitución de esta garantía deberá ser acreditada por el adjudicatario en el plazo de 15 días hábiles, contados desde que se notifique la citada adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será xx xxxx días hábiles desde definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el siguiente a aquél artículo 100 de la TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar Capítulo I del Título IV del Libro I de la misma. Dicha garantía podrá constituirse por LCSP y en cualquiera de los medios establecidos las formas que se establecen en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará TRLCSP, ajustándose, de acuerdo con lo dispuesto en la forma escogida, a los modelos que establece el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo reglamento general de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualesla Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el nuevo precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual. En lo el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. Aprobada la liquidación del contrato, y transcurrido el plazo de garantía, si no previsto en el presente pliegoresultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, será se dictará acuerdo de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPdevolución de aquélla.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto, Del Servicio De Limpieza De Las Instalaciones De Aparkabisa

GARANTÍA DEFINITIVA. El propuesto adjudicatario deberá acreditar dentro del contrato, a fin plazo descrito anteriormente la constitución de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una la garantía definitiva por importe del 5 % por 100 del valor estimado precio del contrato, excluido el IVAcontrato (IGIC excluido). El plazo para No será precisa la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde reseñada en los párrafos anteriores cuando el siguiente a aquél adjudicatario hubiere constituido en que reciba el requerimiento efectuado mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por AK para aportar la misma. Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera importe suficiente ante el órgano de contratación, en los medios establecidos términos previstos en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 98 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva. Cuando, a consecuencia de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que la modificación del contrato, experimente variación su precio, se hagan efectivas sobre reajustará la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecucióndías, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el acuerdo artículo 99 TRLCSP. Se procederá de modificaciónigual forma en los supuestos previstos en el artículo 100 TRLCSP. En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. En caso que la oferta del propuesto adjudicatario contenga valores anormales o desproporcionados conforme a los parámetros objetivos fijados en este pliego deberá constituir una garantía complementaria del 5 por ciento del importe de adjudicación del contrato, rigiendo lo no previsto anteriormente en el presente pliegocuanto a su constitución, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 actualización y siguientes del TRLCSPcancelación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Particulares Que Ha De Regir La Contratación De La Ejecución De Las Obras Del “Proyecto De Sustitucion Y Ampliación Del Sistema De Control Del Centro Internacional De Ferias Y Congresos

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % del valor estimado del contrato, excluido el IVA. El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK DIPC para aportar la misma. Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse por medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades penalizaciones o indemnizaciones exigibles al contratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Regirá La Contratación De Los Servicios Profesionales De Asesoramiento Permanente E Integral De Carácter Legal

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa estará obligado a constituir, a disposición del Pleno de la Corporación, una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % del valor estimado del contrato, excluido el IVAI.V.A. excluido. El plazo para la La constitución de la citada esta garantía será xx xxxx deberá efectuarse por el licitador en el plazo de 5 días hábiles hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar de la mismaAdministración. Dicha En todo caso, la garantía podrá constituirse por cualquiera definitiva responderá de los medios establecidos en conceptos a que se refiere el artículo 96 100 del TRLCSP. En caso de presentarse Esta garantía podrá prestarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución las mismas formas y con sujeción a los mismos requisitos señalados para la constitución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualesprovisional. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de amortización o sustitución de los valores que se hagan efectivas sobre integran la garantía, el adjudicatario viene obligado a reponer la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaen igual cuantía, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en siendo a su xxxxx el plazo otorgamiento de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resoluciónlos documentos necesarios a tal fin. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En lo no previsto el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el presente pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPresolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Gestión De Servicios Públicos De Hostelería Y Restauración Del Ayuntamiento De Zorita De Los Canes

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá estará obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 equivalente al 5% del valor estimado precio del contrato, excluido el IVA. El plazo para la La constitución de esta garantía deberá ser acreditada por el adjudicatario en el plazo de 15 días hábiles, contados desde que se notifique la citada adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será xx xxxx días hábiles desde definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el siguiente a aquél artículo 100 de la TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar Capítulo I del Título IV del Libro I de la misma. Dicha garantía podrá constituirse por LCSP y en cualquiera de los medios establecidos las formas que se establecen en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará TRLCSP, ajustándose, de acuerdo con lo dispuesto en la forma escogida, a los modelos que establece el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo Reglamento General de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualesla Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el nuevo precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual. En lo el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. Aprobada la liquidación del contrato, y transcurrido el plazo de garantía de SEIS MESES, si no previsto en el presente pliegoresultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, será se dictará acuerdo de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPdevolución de aquélla.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Han De Regir La Contratación Del Servicio De Conservación Y Mantenimiento De Las Zonas Verdes De Los Distritos Propiedad Del Ayuntamiento De Urduliz

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoLa empresa adjudicataria, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado obligada a constituir una garantía definitiva por importe del 5 5% del valor estimado precio de adjudicación total del contrato, excluido el IVA. El plazo para licitador que hubiere presentado la constitución de oferta económicamente más ventajosa deberá constituir la citada garantía será en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la mismaFFTMH a tal efecto. Dicha garantía podrá Podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. La acreditación de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. En el caso de presentarse en forma de aval, éste el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego pliego como Anexo V. Xxxxx XXXX. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista la empresa adjudicataria todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaa la empresa adjudicataria, éste ésta deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el la presente pliegoCláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Habrá De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Abierto, Para La Contratación Del Servicio De Limpieza Del Imh

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, a fin IVA excluido.( Comprende el importe total de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % del valor estimado la duración mínima del contrato, excluido el IVA. El plazo para la : tres años y sus tres prórrogas) La constitución de la citada esta garantía será deberá ser acreditada por el adjudicatario en el plazo xx xxxx días XXXX DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquél aquel en que reciba hubiera recibido el requerimiento efectuado por AK para aportar que el órgano de contratación realizará al licitador que haya presentado la mismaoferta económicamente más ventajosa. Dicha En todo caso, la garantía podrá constituirse por cualquiera definitiva responderá de los medios establecidos conceptos a que se refiere el apartado 2 del artículo 100 del TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en el artículo 96 del TRLCSP. En caso TRLCSP y en cualquiera de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de las formas que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaestablecen en los artículos 55, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución56 y 57 del RGLCSP. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución contractual. En lo no previsto el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el presente pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPresolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Limpieza De Edificios

GARANTÍA DEFINITIVA. El que resulte adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a contrato deberá constituir una garantía definitiva por importe del 5 3% del valor estimado del contratoimporte de adjudicación, excluido el IVAImpuesto sobre el Valor Añadido. El plazo para La garantía definitiva podrá prestarse en alguna o algunas de las formas previstas en el artículo 108 de la LCSP 2017. La acreditación de la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar definitiva podrá hacerse mediante medios electrónicos. La acreditación de la misma. Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución constitución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto definitiva por el licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar en el artículo 102 plazo conferido para la presentación de la documentación previa a la adjudicación. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del TRLCSP3% del presupuesto base de licitación, una vez transcurrido el plazo IVA excluido, en concepto de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualespenalidad. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que Cuando se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. SiCuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo A estos efectos no previsto en se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de la aprobación de la revisión de precios del contrato. La garantía definitiva responderá de los conceptos a los que se refiere el presente pliego, será artículo 110 de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPla LCSP 2017.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir El Contrato De Servicios De Organización Del Festival Internacional De Blues Cazorla Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Oferta Económicamente Más Ventajosa

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a favor del contrato, a fin órgano de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir contratación una garantía definitiva por importe del 5 5% del valor estimado importe de adjudicación del contrato, excluido el IVAimpuesto sobre el valor añadido. El plazo para la constitución Para determinar el importe de adjudicación del contrato se tendrá en cuenta el precio de la citada gestión del servicio durante el plazo total de ejecución del contrato. La garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la misma. Dicha garantía definitiva podrá constituirse por cualquiera de las formas previstas en los medios establecidos en el artículo 96 artículos 96. 1 TRLCSP y 55 y siguientes del TRLCSPRGLCAP. En el caso de presentarse en forma de que se utilice un aval, éste podrá utilizarse el modelo que se ajustará al modelo incorporado al presente adjunta a este Pliego como Anexo V. La devolución VII. En el caso de la garantía que se realizará utilice otra forma de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSPconstitución, una vez transcurrido el plazo deberán reflejarse las mismas condiciones de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualesque las expresadas en dicho modelo. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaadjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resoluciónresolución del contrato. Si, Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio importe de adjudicación del mismocontrato, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio importe modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato. Correrán por cuenta del adjudicatario el pago de los anuncios de licitación, formalización y cualesquiera otros que resulten necesarios por exigirlos disposiciones legales o reglamentarias a lo no previsto en el presente pliegolargo de la ejecución y liquidación del contrato, será de aplicación lo establecido que se publiquen en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPDiarios o Boletines Oficiales, con un importe máximo de 1.500 €.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Gestión Del Servicio De Recogida De Residuos Domésticos en La Comarca Del Jiloca

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a disposición del contrato, a fin órgano de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir contratación una garantía definitiva de un 5 por importe 100 del 5 % del valor estimado del contratoprecio final ofertado por aquéllos, excluido el IVAImpuesto sobre el Valor Añadido. El plazo para La garantía definitiva podrá prestarse en alguna o algunas de las formas previstas en el artículo 108 de la LCSP 2017. La acreditación de la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde definitiva por el siguiente a aquél en licitador que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar hubiera presentado la misma. Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución plazo conferido para la presentación de la garantía documentación previa a la adjudicación. De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, se realizará entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3% del presupuesto base de acuerdo con lo dispuesto licitación, IVA excluido, en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo concepto de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualespenalidad. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que Cuando se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. SiCuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo A estos efectos no previsto en se considerarán las variaciones de precio que se produzcan como consecuencia de la aprobación de la revisión de precios del contrato. La garantía definitiva responderá de los conceptos a los que se refiere el presente pliego, será artículo 110 de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPla LCSP 2017.

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Samples: www.nacimiento.es

GARANTÍA DEFINITIVA. El propuesto adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % del valor estimado del contrato, excluido el IVA. El plazo para deberá acreditar la constitución de la citada garantía definitiva según descripción contenida en el cuadro de características del contrato. No será xx xxxx días hábiles desde precisa la constitución de la garantía reseñada en el siguiente a aquél párrafo anterior cuando el adjudicatario hubiere constituido en que reciba el requerimiento efectuado mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por AK para aportar importe suficiente ante la mismaadministración en los términos previstos en el artículo 98 del TRLCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva. Dicha La garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de metálico, mediante aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución en valores públicos o en valores privados, por contrato de la garantía se realizará seguro de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 caución, o por retención de parte del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste deberá reponer o ampliar aquéllaprecio, en la cuantía que correspondaforma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositar su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería del Ayuntamiento. Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días naturales desde la ejecucióndías, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el acuerdo de modificaciónartículo 99 del TRLCSP. En lo no previsto el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el presente pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPresolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Contrato De Concesion De Obra Publica

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario La garantía definitiva que figura en el apartado K del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento cuadro resumen podrá constituirse en cualquiera de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe formas previstas en los artículos 96. 1 TRLCSP y 55 y siguientes del 5 % del valor estimado del contrato, excluido el IVA. El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la misma. Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSPRGLCAP. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaadjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio del mismosu precio, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo La constitución de la garantía global a que se refiere el artículo 98 TRLCSP, eximirá de la constitución de la garantía definitiva, siempre que quede acreditada mediante certificación de la Tesorería de la Comarca del Bajo xx Xxxxxx, comprensiva de su existencia y suficiencia. El órgano de contratación no previsto podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el presente pliego, será de aplicación lo establecido . La renuncia a la celebración del contrato o el desistimiento del procedimiento en los artículos 95 y siguientes términos del TRLCSPartículo 155 TRLCSP sólo podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la adjudicación, notificándolo a los licitadores.

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Samples: www.bajoaragon.es

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario 14.1 La garantía definitiva afianzará las responsabilidades que puedan derivarse de la eje- cución del contrato. La adjudicataria deberá acreditar, a fin dentro del plazo descrito en la cláusula anterior, la constitu- ción de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 % por 100 del valor estimado precio ofertado para la ejecución del contrato (IGIC excluido); de no cumplirse este requisito por causa imputable a la adjudicataria LA FUNDACIÓN podrá declarar resuelto el contrato, excluido el IVA. El plazo para No será precisa la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde reseñada cuando el siguiente a aquél adjudicatario hubiere constituido en que reciba el requerimiento efectuado mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por AK para aportar la misma. Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera importe suficiente ante el ór- gano de contratación, en los medios establecidos términos previstos en el artículo 96 del TRLCSP. En caso de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 104 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva. Cuando, a consecuencia de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que la modificación del contrato, experimente variación su precio se hagan efectivas sobre re- ajustará la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecuciónnaturales, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales contados desde la fecha en que se notifique notifi- que al empresario el acuerdo adjudicatario la resolución de modificaciónmodificación del contrato. En lo no previsto el plazo de quince días naturales contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el presente pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPresolución.

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Samples: Bases De La Convocatoria Para La Adjudicación Del Contrato De Obra Relativo a La Reforma De La Sala De Máquinas Y Planta Enfriadora De Agua Del Teatro Cuyas

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contratoLa empresa adjudicataria, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado obligada a constituir una garantía definitiva por importe del 5 10% del valor estimado del contratoanual, excluido el IVA; esto es, 3.750 €. El plazo para licitador que hubiera presentado la constitución de oferta económicamente más ventajosa deberá constituir la citada garantía será en el plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél aquel en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la mismaCICC. Dicha garantía podrá Podrá constituirse por cualquiera cualquier de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP. En el caso de presentarse prestarse en forma de aval, éste el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego Xxxxxx como Anexo V. ANEXO I. La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo los dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista la empresa Contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaa la empresa Contratista, éste esta deberá reponer o ampliar aquéllaaquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el la presente pliegoCláusula, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.

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GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin Resguardo acreditativo de garantizar el cumplimiento la constitución de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 5% del valor estimado del contratoimporte de adjudicación, excluido el IVAImpuesto sobre el Valor Añadido, a disposición del órgano de contratación. El plazo para la constitución de la citada Esta garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél se ha debido constituir en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la misma. Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP. Ayuntamiento podrá rehusar la admisión de avales y seguros de caución provenientes de entidades que se encuentren en situación xx xxxx frente a este Ayuntamiento como consecuencia de impago de obligaciones derivadas de la incautación de anteriores avales o seguros de caución, y que mantuvieron impagados los importes correspondientes a avales o seguros de caución ya ejecutados 30 días naturales después de haberse recibido en la entidad el primer requerimiento de pago. Igualmente, y de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del precitado artículo 96, las garantías podrán constituirse en forma de retención del precio, a cuyo efecto se descontará su importe de la primera factura que se emita para su cobro. En caso de presentarse que ascendiesen a una a una cuantía superior al importe facturado, se retendrá dicha factura en forma su totalidad y se seguirán efectuando descuentos sucesivamente de avallas siguientes facturas hasta que las retenciones efectuadas alcancen el importe al que asciendan las garantías. En todo caso, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se realizará de acuerdo con lo dispuesto en refiere el artículo 102 100 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales contados 15 días naturales, contado desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en , a efectos de que guarde la debida proporción con el presente pliego, será precio del contrato resultante de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPla modificación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Del “Servicio De Gestión De Redes Sociales

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a favor del contrato, a fin órgano de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir contratación una garantía definitiva por importe del 5 5% del valor estimado importe de adjudicación de cada contrato derivado del contratopresente Acuerdo Marco, excluido el IVAimpuesto sobre el valor añadido. El plazo para la constitución de la citada La garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la misma. Dicha garantía definitiva podrá constituirse por cualquiera de las formas previstas en los medios establecidos artículos 96. 1 TRLCSP y 55 y siguientes del RGLCAP, incluida la retención en el artículo 96 del TRLCSPprecio de cada uno de los contratos derivados que se formalicen. Este último será el medio a utilizar si el contratista no manifiesta su preferencia por otro medio. En el caso de presentarse en forma de que se utilice un aval, éste podrá utilizarse el modelo que se ajustará al modelo incorporado al presente adjunta a este Pliego como Anexo V. La devolución IV En el caso de la garantía que se realizará utilice otra forma de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSPconstitución, una vez transcurrido el plazo deberán reflejarse las mismas condiciones de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualesque las expresadas en dicho modelo. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaadjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, aquélla en la cuantía que corresponda, corresponda en el plazo de quince (15) días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resoluciónresolución del contrato. Si, Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase contrato experimente variación el precio importe de adjudicación del mismocontrato, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio importe modificado, en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo La garantía no previsto en será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el presente pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPcontrato.

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GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario propuesto estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, a fin IVA excluido, según lo previsto en el apartado 12 del anexo I. La constitución de garantizar esta garantía deberá efectuarse por el cumplimiento de las obligaciones contraídasadjudicatario en el plazo señalado en la cláusula 13.3 del presente pliego. En todo caso, vendrá obligado a constituir una la garantía definitiva por importe del 5 % del valor estimado del contrato, excluido el IVA. El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la misma. Dicha garantía podrá constituirse por cualquiera responderá de los medios establecidos en conceptos a que se refiere el artículo 96 100 del TRLCSP. En caso La garantía definitiva se constituirá de presentarse en forma de aval, éste se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego como Anexo V. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo conformidad con lo dispuesto preceptuado en los artículos 95 a 102 TRLCSP y 55, 56 y 57 del RCAP, en cuanto no se oponga a lo previsto en la LCSPdebiendo ser acreditada mediante el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractualescorrespondiente resguardo. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de amortización o sustitución de los valores que se hagan efectivas sobre integran la garantía, el adjudicatario viene obligado a reponer la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaen igual cuantía, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en siendo a su xxxxx el plazo otorgamiento de quince días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resoluciónlos documentos necesarios a tal fin. Si, Cuando como consecuencia de una la modificación del contrato, experimentase experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse se reajustará la garantía para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince naturales 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En lo no previsto el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el presente pliegoadjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, será incurriendo, en caso contrario, en causa de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSPresolución.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De Urbanizacion Parcial Manzana Delimitada

GARANTÍA DEFINITIVA. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, vendrá obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5 equivalente al 10% del valor estimado precio de adjudicación del contrato, excluido el IVA. El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento efectuado por AK para aportar la misma. Dicha garantía STTZ y podrá constituirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP, que a estos efectos se establece como de aplicación. En el caso de presentarse prestarse en forma de aval, éste el mismo se ajustará al modelo incorporado al presente Pliego Xxxxxx como Anexo V. Xxxxx XXX. La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez transcurrido el plazo de garantía y cumplidas por el contratista todas sus obligaciones contractuales. IFK/CIF X0000000X 8321n VIII En el caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratistaadjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince 15 días naturales desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Si, como consecuencia de una modificación del contrato, experimentase experimenta variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince 15 naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. En lo no previsto en el presente pliego, será de aplicación lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico‐administrativas Para La Contratación De La Sustitución De La Instalación Electrica De Alumbrado Y Fuerza en Las Galerías Y Salas De Control Del Embalse De Endara, Propiedad De Servicios De Txingudi