Llamamiento. Los trabajadores fijos discontinuos serán llamados al trabajo, según exija la actividad de la empresa por riguroso orden de antigüedad dentro de cada categoría y especia- lidad, y en caso de igualdad por la mayor edad cese se realizará de forma inversa al llamamiento. B.-EVENTUALES POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN Los que se contraten para atenciones de duración limitada y determinada en el tiempo, sin que la sucesiva prestación de servicios en diferentes épocas cíclicas pro- ductivas, implique su consideración como trabajador fijo discontinuo o a tiempo parcial indefinido. Y el que se con- trata para atender razones de circunstancias xx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos y, también el que de forma transitoria esta pendiente de alcanzar las condiciones para ser fijo discontinuo. De acuerdo con lo anteriormente indicado, las em- presas podrán contratar trabajadores con carácter even- tual, por períodos anuales, pero con una duración máxima de 12 meses de trabajo efectivo, dentro de un período de 18 meses y ello de acuerdo con la nueva redacción dada por el artículo 15.1.b) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el Real Decreto Ley 5/2001, de 2 xx Xxxxx, con las peculiaridades del párrafo último de este artículo. En caso de que se concierte por un tiempo inferior a los 12 meses, podrá ser prorrogado una sola vez mediante acuerdo entre las partes, sin que la duración total del con- trato pueda exceder de dicho límite. Si a la finalización de éste o su prórroga, se extin- guiese el mismo por voluntad del empresario, el trabajador tendrá derecho a una indemnización equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar 8 xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio.
Llamamiento. Las personas aspirantes serán convocadas a cada prueba en único llamamiento, siendo excluidas del proceso quienes no comparezcan al mismo, sea cual fuere la causa que al respecto pueda alegarse.
Llamamiento. El reingreso del trabajador fijo-discontinuo en la empresa será a través de un llamamiento por estricto orden de antigüedad, con una antelación mínima de 15 días.
Llamamiento. El personal fijo discontinuo será llamado en el orden y forma que se establece a continuación:
a) Los trabajadores fijos discontinuos deberán ser llamados cada vez que vaya a iniciarse la campaña anual de fabricación.
b) El llamamiento del personal se hará gradualmente en función de las necesidades que exija en cada momento el volumen de trabajo a desarrollar y deberá efectuarse dentro de cada especialidad por orden de categoría y antigüedad. Los trabajadores que, con carácter excepcional y por necesidades de la organización de la actividad productiva de la empresa, realicen trabajos de superior categoría, con independencia de percibir las remuneraciones correspondientes a dicha categoría superior, mantendrán su número de orden de antigüedad para su llamamiento en las listas de especialidad y categoría de origen. Si la situación de excepcionalidad, a la que se refiere el párrafo anterior, adquiriera la consideración de habitual y permanente será de aplicación lo previsto en el Convenio en cuanto a ascensos. Los trabajadores que de acuerdo con los procedimientos previstos en el Convenio y en el Estatuto de los Trabajadores asciendan a una categoría superior tendrán derecho de reserva de su número de orden de antigüedad para su llamamiento en la anterior especialidad y categoría, al objeto de no perjudicar la promoción de los fijos discontinuos en las empresas, percibiendo en cada caso el salario que corresponda al trabajo efectivamente realizado.
c) El llamamiento se hará por los medios y con el preaviso que resulten usuales en cada territorio y el trabajador que no respondiera afirmativamente a dicho llamamiento dentro de los ocho días siguientes de efectuado el mismo, perderá los derechos que hasta ese momento hubiese generado, aún cuando se incorporase con posterioridad a la empresa.
d) Xx exceptúa la aplicación del párrafo anterior a aquellos trabajadores que faltaran a la convocatoria por causas debidamente justificadas ante el empresario en tiempo oportuno: enfermedad común, maternidad o accidente.
e) La suspensión del contrato de los fijos discontinuos se producirá en cada centro de trabajo, de modo gradual o total, por orden inverso a la incorporación en el llamamiento y atendiendo a las necesidades de la menor producción.
f) Las empresas elaborarán un censo de trabajadores fijos discontinuos por especialidad, categoría y antigüedad, que se expondrá en el tablón de anuncios para facilitar su conocimiento a los trabajadores.
g) La actividad laboral d...
Llamamiento. La Empresa remitirá carta de llamamiento, con antelación suficiente, a todos los trabajadores de la Campaña anterior con la siguiente información:
a) Fecha del inicio de las actividades
Llamamiento. Sistema de aviso.
Llamamiento. Las personas trabajadoras fijas discontinuas serán llamados al trabajo, según exija la actividad de la empresa por riguroso orden de antigüedad dentro de cada categoría y especialidad, y en caso de igualdad por la mayor edad cese se realizará de forma inversa al llamamiento. El llamamiento podrá ser realizado por medios electrónicos (SMS, WhatsApp, mail…), el plazo de antelación será de 72 horas salvo en personas trabajadoras desplazadas en el extranjero que será de 7 días. Para el caso de no reincorporación pese al llamamiento en el período establecido se considerará baja voluntaria, siendo preciso para ello que se reitere el llamamiento y trascurra de nuevo el plazo señalado. La persona trabajadora se obliga a notificar el medio electrónico por el que desea recibir las comunicaciones, y los cambios que pueda realizar.
Llamamiento. El llamamiento se realizará por el orden de puntuación de los candidatos en las Bolsas, hasta agotar la misma. Una vez llegado al final de la Bolsa se comenzará de nuevo por el primer candidato de la misma, y así sucesivamente hasta nueva convocatoria. No obstante, en la Comisión de Empleo Central, se estudiarán fórmulas de gestión que eviten la rotación excesiva y la corta duración de las contrataciones.
Llamamiento. El llamamiento se efectuará, preferentemente, a través de mensajes sms a los teléfonos móviles o, en su defecto, por cualquier otro medio, siempre que quede constancia del mismo en el caso de las previsiones de contratación planificadas. En el supuesto de que se realice la contratación temporal sin planificación correspondiente por falta de tiempo podrá utilizarse cualquier medio de comunicación. De tales supuestos se informará a la Comisiones de Empleo Provinciales.
Llamamiento. Orden: Las personas trabajadoras fijas discontinuas serán llamadas cada vez que sea necesario y vayan a realizarse las actividades y funciones para las que fue contratado, dentro de la temporada o campaña definida en el anterior apartado. En función de las necesidades requeridas por el volumen de trabajo, el llamamiento se hará de forma gradual, entre todas las personas trabajadoras que ocupen un puesto en el mismo depar- tamento y por estricto orden de antigüedad. Para ello se realiza- rán listas de llamamiento, por departamento de Envasado, Fabri- cación, Laboratorio y Microcervecería. En el caso de que fuera la misma fecha de contratación como fijo discontinuo, la empresa determinará según su criterio el or- den de inclusión en la lista correspondiente.