Pólizas de seguros Cláusulas de Ejemplo

Pólizas de seguros. (Cláusulas 27 y 35)
Pólizas de seguros. El contratista estará obligado a suscribir, a su xxxxx una póliza de cobertura de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, incendio o accidentes en las obras e instalaciones objeto del contrato, por una cuantía mínima igual al presupuesto de la licitación de la obra, debiendo acreditarse mediante copia de la póliza y justificante del pago de la prima antes de la firma del contrato. Durante el período de vigencia del contrato, el Ayuntamiento podrá exigir al adjudicatario que acredite la vigencia de la póliza y el pago de la prima correspondiente.
Pólizas de seguros. Notificada la adjudicación, el ADJUDICATARIO está obligado, con carácter previo a la formalización del contrato, acreditar la existencia de las pólizas de seguros que se indican a continuación por las cuantías, coberturas, duración y condiciones que se establece en el mismo:
Pólizas de seguros. El contratista se compromete a mantener durante el periodo de duración del contrato un seguro de responsabilidad civil, contratado con Aseguradora/s de primer nivel, que cubra cualesquiera riesgos derivados de la actividad propia del contrato. La póliza de dicho seguro se entregará con carácter previo a la adjudicación del contrato.
Pólizas de seguros. Pólizas de Seguros.- EL(LOS) CLIENTE(S) se obliga(n) a contratar y mantener en vigor durante toda la vigencia xxx Xxxxxxxx, las siguientes pólizas de seguros a lo largo de la vida xxx Xxxxxxxx (conjuntamente los “Seguros”): (i) un seguro para cubrir el(los) Inmueble(s) y mejoras otorgado(s) en Garantía xxx Xxxxxxxx contra los riesgos de incendio, terremoto, ciclón y líneas aliadas; y (ii) un seguro de vida. Ambas pólizas deberán ser contratadas con compañías de seguros aprobadas previamente por APAP. xxx.xxxx.xxx.xx
Pólizas de seguros. Procede: Sí.
Pólizas de seguros. Procede: SÍ El adjudicatario tendrá concertado con una compañía especializada un seguro de Responsabilidad Civil frente a terceros, que cubra los daños que pudieran producirse como consecuencia de la ejecución del contrato, por un importe mínimo de 300.000,00 euros. Momento de entrega de las pólizas: A requerimiento del ayuntamiento.
Pólizas de seguros. Procede: Sí. La empresa deberá contar con una póliza de responsabilidad civil por un importe de 600.000 € y estará destinada a cubrir la actividad objeto del contrato y mantenerse en vigor durante la vigencia del mismo. Momento de entrega de las pólizas: Con la formalización del contrato.
Pólizas de seguros. La Sociedad Contratista es responsable, de acuerdo con la normativa vigente, de los daños que se produzcan a las obras que se ejecuten o a la infraestructura en general, a las personas que trabajen en ellas y a terceros, como así también a bienes públicos o privados, sea que provengan dichos daños de las maniobras en sus instalaciones o en la infraestructura objeto del contrato, u otras razones que sean imputables a la misma, sus representantes, dependientes, subalternos y subcontratistas, durante el plazo de vigencia del contrato. A tales efectos la Sociedad Contratista deberá mantener vigentes durante toda la etapa de rehabilitación y construcción uno o más seguros contra todo riesgo. La amplitud de la cobertura incluirá, como mínimo, la del texto Münchener para América Latina, con los amparos A, B, C, D, E, F y G, incluyendo las coberturas de errores de diseño, gastos de aceleración, bienes existentes. La vigencia de la cobertura será por todo el período de obra hasta la Puesta en Servicio, incluyendo un período de mantenimiento amplio hasta doce (12) meses posteriores a la Puesta en Servicio. Asimismo la cobertura contemplará la convivencia de las pólizas Todo Riesgo de Construcción y la de Todo Riesgo Operativo durante el periodo de mantenimiento del primer año de operaciones. Dicha póliza debe contar con un capital de Responsabilidad Civil extracontractual (amparos E y F) por al menos USD 10.000.000 (dólares estadounidenses diez millones) por el periodo de obra y el mantenimiento incluyendo Responsabilidad Civil cruzada. En esta cobertura estarán incluidos como asegurados todas las figuras intervinientes en el contrato, incluyendo la Administración Contratante, la Sociedad Contratista y sus subcontratistas, con la correspondiente responsabilidad civil cruzada. La Sociedad Contratista deberá tener contratado, con anterioridad a la Puesta en Servicio de la infraestructura y durante todo el periodo de mantenimiento, uno o más seguros contra todo riesgo operación. La Sociedad Contratista deberá tener, además, con anterioridad a la Puesta en Servicio y durante todo el período de explotación, un seguro de responsabilidad civil que cubra daños a pasajeros, carga y terceros, extracontractual por daños materiales y personales por al menos USD 10.000.000 (dólares estadounidenses diez millones) o su equivalente en moneda nacional, durante toda la vigencia del contrato. Esta cobertura podrá ser anual renovable o por períodos mayores, y deberá ser renovada al men...