Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 503,042.48 pesos (quinientos tres mil cuarenta y dos pesos 48/100 M.N.), toda vez que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México (FONDICT-UAEM) cobró a la Financiera Rural, actualmente Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, materiales utilizados en enero, abril, agosto y octubre de 2014, los cuales no cuentan con el soporte documental que los acredite correspondiente en las requisiciones de materiales y su aplicación. 14-4-99015-12-0208-12-013 Multa Se inició el Procedimiento de Imposición de Multa al representante legal de la empresa Roca Servicios Integrales y Comerciales de México, S.A. de C.V., por haberse negado a proporcionar en el plazo y términos solicitados, el total de la documentación e información requerida mediante los oficios números DGAF/1182/2015 del 26 xx xxxxxx de 2015 y DGAF/1411/2015 del 28 de septiembre de 2015.
11. El 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx XXXXXXX-XXXX suscribió con el Instituto Nacional de Pediatría (INP) el Contrato de prestación de servicios con instrumento número P/S/99/13/2014, por un importe máximo de 7,496.7 miles de pesos y una vigencia del 15 de noviembre al 31 de diciembre de 2014, y cuyo objeto consistió en proporcionar el servicio integral para el área de operación de la infraestructura crítica de procesamiento de información (AOICPI), en cuyo análisis se observó lo siguiente:
1. En el ejercicio 2014, el FONDICT-UAEM facturó al INP 7,496.7 miles de pesos, el cual se pagó en su totalidad; asimismo, se constató que el FONDICT-UAEM no contaba con la capacidad técnica, material y humana para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas, toda vez que contrató con terceros el 83.2% del monto total pagado por el INP, para lo cual el FONDICT-UAEM formalizó un Contrato de prestación de servicios con Soluciones Empresariales Comermexza, S.A. de C.V., a quien le pagó en total 4,165.9 miles de pesos, y un contrato de compra venta con Factoría de TI, S.A.P.I. de C.V., por 2,070.4 miles de pesos (las acciones se emitieron en el Resultado Núm. 1). Además, se comprobó que el FONDICT-UAEM el mismo día que suscribió el instrumento jurídico con el INP (14 de noviembre de 2014), formalizó la contratación con las referidas empresas, las cuales proporcionaron los servicios convenidos con el INP.
2. Con la información y documen...
Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 9,554,432.81 pesos (nueve millones quinientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y dos pesos 81/100 M.N.), toda vez que se determinó un sobrecosto que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México pagó a dos proveedores que subcontrató, y presumiblemente se lo repercutió al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos S.N.C., en la prestación de los servicios del contrato DAGA/045/2013; integrado por 8,479,612.19 pesos (ocho millones cuatrocientos setenta y nueve mil seiscientos doce pesos 19/100 M.N.), que se derivan del servicio denominado Mesa de Servicio, subcontratado con la empresa Intellego Servicios de Consultoría, S.A. de C.V., y 1,074,820.62 pesos (un millón setenta y cuatro mil ochocientos veinte pesos 62/100 M.N.), por concepto de servicios de administración de personal para el proyecto denominado: Control, Operación y Soporte, subcontratado con la empresa Estructura Empresarial JPC, S.A. de C.V.
8. El 15 de noviembre de 2013, el FONDICT-UAEM suscribió con BANOBRAS el Contrato abierto de Prestación de Servicios número DAGA/055/2013, cuyo objeto consistió en la prestación de Servicios Administrados de RED LAN, Red Inalámbrica y Telefonía IP para BANOBRAS, con un costo total por 54,008.7 miles de pesos, con vigencia del 15 de noviembre de 2013 al 31 xx xxxxx de 2018, en cuya revisión se observó lo siguiente:
1. Con fecha 15 de noviembre de 2013 se suscribió el contrato abierto de prestación de servicios entre el BANOBRAS y el FONDICT-UAEM, misma fecha en que el FONDICT- UAEM suscribió el contrato con la empresa Evolution Software S.A. de C.V., en cuya revisión se observó lo siguiente:
a) Se advirtió que para llevar a cabo los trabajos encomendados, subcontrató a las cuatro empresas siguientes: GRUPO INNOM, S.A. DE C.V. 4,522.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general SOLUCIONES Y SERVICIOS TECNOLOGICOS INTEGRADOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. 2,105.8 El contrato no fue proporcionado GRUPO TECNOLOGICO JXA, S.A. DE C.V. 3,831.2 El contrato no fue proporcionado PROMEX CONSULTORES, S.A. DE C.V. 2,234.9 Todo tipo de servicios profesionales, técnicos y de cualquier trabajo en general. Total Pagado 12,694.8 Como se observa en el cuadro que antecede, el costo total del servicio fue de 12,694.8 miles de pesos, respecto de los 48,607.8 miles ...
Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 19,916,943.98 pesos (diecinueve millones novecientos dieciséis mil novecientos cuarenta y tres pesos 98/100 M.N.), que no cuentan con evidencia documental que acredite su ejercicio; sin embargo, el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México los facturó en el rubro de personal y fueron pagados por el Registro Agrario Nacional.
Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal al patrimonio de Pemex Transformación Industrial por un monto de 26,562,574.06 pesos ( veintiséis millones quinientos sesenta y dos mil quinientos setenta y cuatro pesos 06/100 m.n. ), por concepto xx xxxx convencional a que se hizo acreedora la contratista en el concepto núm. 55.1, «Tablero "CCM-AT" de la subestación eléctrica # 6-A de la Planta Hidros 1 Metal-Clad Resistente al Arco 3000 amperes de 4.16kV. Tablero combinado con interruptores de potencia y arrancadores a tensión plena, mediante contactores en vacío, tipo Metal Clad, envolvente NEMA 1 de acuerdo a la norma C37.20.2 y ANSI C37.20.7», de la partida 55, toda vez que se comprobó que dicho concepto se pagó al 100.0%, sin que la entidad fiscalizada comprobará mediante el reporte de conformidad que los bienes fueron recibidos el 10 de enero y el 6 xx xxxxxx de 2018, ni acreditó la instalación y puesta en servicio del Tablero "CCM-AT" de la subestación eléctrica # 6-A de la Planta Hidros 1 Metal-Clad Resistente al Arco 3000 amperes de 4.16kV., de acuerdo con el procedimiento establecido en la solicitud de materiales con clave 00-00-000/2017 de fecha 11 xx xxxxx de 2017, que formó parte integrante como anexo B del contrato núm. 5200008271.
4. En la revisión del contrato núm. 5200008271 se determinó que la entidad fiscalizada, por conducto de su residencia de obra, autorizó a la contratista un pago indebido por 15,187.6 miles de pesos conforme lo siguiente: 996.0 miles de pesos en el concepto núm. 9.1, “Realización de trabajos relevantes para la rehabilitación de válvulas automáticas en taller de la compañía”, correspondiente a la partida núm. 9, “Rehabilitación de válvulas automáticas de la planta Hidrodesulfuradora de Naftas U-400-1...”; 13,012.5 miles de pesos en el concepto núm. 5.2 de la partida 5, “Rehabilitación general de compresor centrífugo modelo (25MB10) Tag: GB-401 y turbina de vapor modelo (SBHPG4-1) Tag: GB-401 y modernización de los sistemas de lubricación de vacío y gas de sellos del turbocompresor GB-401…” y 1,179.1 miles de pesos en el concepto núm. 11.1, “Suministro de piezas para la protección del compresor centrífugo”, de la partida núm. 11, “Rehabilitación del sistema de control de protecciones GE fanuc 90-70 del compresor centrífugo GB-401,…”; del que se comprobó que la residencia de obra pago el total contratado de dichos conceptos en la estimación núm. 1 con un periodo de ejecución de los trabajos...
Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 1,617,826.05 pesos (un millón seiscientos diecisiete mil ochocientos veintiséis pesos 05/100 M.N.), de los cuales 1,614,006.11 pesos (un millón seiscientos catorce mil seis pesos 11/100 M.N.), son por concepto de los intereses que se dejaron de percibir debido a que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México (FONDICT-UAEM) no administró los recursos federales que le transfirió el Registro Agrario Nacional para la ejecución del programa Fondo de Apoyo para Núcleos Agrarios sin Regularizar, con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas, ya que realizó el pago de los bienes y servicios que subcontrató sin que éstos, hayan sido entregados o devengados, y 3,819.94 pesos (tres mil ochocientos diecinueve pesos 94/100 M.N.), por intereses que se generaron en la cuenta bancaria en la que el FONDICT-UAEM manejó los recursos, y que no fueron devengados en el objeto del convenio, ni enterados a la Tesorería de la Federación al cierre del ejercicio.
Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio, o ambos, a la Hacienda Pública Federal por un monto de 19,955,758.53 pesos (diecinueve millones novecientos cincuenta y cinco mil setecientos cincuenta y ocho pesos 53/100 M.N.), por los pagos realizados, más los intereses generados desde la fecha de su pago hasta la de su recuperación, en las partidas núms. EXT-ACA-V01, EXT-ACA-V02, EXT-ACA-V01, EXT-ACA-V02 y EXT-ACA-V03 con cargo al contrato núm. 420904809 relativo a la Construcción, ampliación, reacondicionamiento de caminos, plataformas terrestres y lacustres para obras de perforación xx xxxxx y obras de localizaciones en la región sur (paquete BJI-1), en las estimaciones núms. 243, 247, 251, 255 y 256, con periodos de ejecución entre el 1 xx xxxxx al 25 xx xxxxx de 2020, pagadas en el ejercicio fiscal 2020, sin contar con la justificación para elevar los rendimientos en sus matrices, ya que no se proporcionaron los soportes y apoyos necesarios para su autorización, lo que generó un incremento en más del 100.0%, respecto de los precios originales pactados, en incumplimiento del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 66, fracciones I y III y del Estatuto Orgánico de Pemex Exploración y Producción, artículo 87, fracción V, y del contrato de obra núm. 420904809, capítulo 3, fracción 11.2, conceptos o volúmenes de trabajo no previstos en el contrato. Causa Raíz Probable de la Irregularidad Deficiente supervisión y control de los trabajos.
Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio, o ambos, a la Hacienda Pública Federal por un monto de $334,369.25 (trescientos treinta y cuatro mil trescientos sesenta y nueve pesos 25/100 M.N.), por la falta de entrega de la partida núm. 15 que forma parte del equipo de refacciones a bordo de la aeronave de transporte estratégico para uso presidencial y del Estado Mayor.
Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de $519,354.81 (quinientos diecinueve mil trescientos cincuenta y cuatro pesos 81/100 M.N.), por la falta de entrega de refacciones de la aeronave adquirida con la empresa estatal del gobierno de Canadá, así como por los costos inherentes a ello.
13. Para comprobar el uso del avión adquirido con la empresa estatal del gobierno de Canadá, se verificó la bitácora de vuelo en la cual se observó que en algunos casos no se
Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 2,258,704.55 pesos (dos millones doscientos cincuenta y ocho mil setecientos cuatro pesos 55/100 M.N.), toda vez que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México (FONDICT-UAEM) cobró a Financiera Rural, actualmente Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, servicios de limpieza de los meses de enero a octubre y diciembre de 2014, los cuales no cuentan con el soporte documental que los acredite (listas de asistencia).
Pliego de Observaciones. Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 342,443.25 pesos (trescientos cuarenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y tres pesos 25/100 M.N.), toda vez que el Fondo de Fomento y Desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad Autónoma del Estado de México (FONDICT-UAEM) cobró a DICONSA, S.A. de C.V. al amparo del Anexo de Ejecución número AE/2207/2013 del 27 de diciembre de 2013, servicios que no cuentan con el soporte documental que acredite que fueron ejecutados y devengados.