Requisitos de la contratación Cláusulas de Ejemplo

Requisitos de la contratación. 6.1. El Ayuntamiento xx Xxxxxx subvencionará la contratación de personas trabajadoras, con fecha de alta en la Seguridad Social a partir del día 1 de enero del ejercicio económico correspondiente a cada convocatoria, que cumplan los requisitos de la base 3 y el procedimiento de selección establecido en la base 5. 6.2. No podrá acogerse a la subvención la contratación de personas que hayan tenido una relación laboral con la misma empresa u otras vinculadas (socios comunes con un mínimo del 25% de participación en ambas empresas), durante el año anterior a la fecha de contratación , ni tampoco en caso de que la persona contratada sea o haya sido miembro de los órganos de administración de la empresa o tenga o haya tenido participación del capital de la empresa igual o superior al 10%, así como tampoco en el caso de que sea familiar de los titulares o de los miembros de los órganos de dirección o administración en relación con parentesco de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad o relación análoga. 6.3. Los contratos de trabajo, objeto de subvención, tendrán que representar un incremento de la plantilla, respecto a la media de los 12 meses previos a la primera contratación subvencionable, a excepción de los puestos de trabajo que hayan quedado vacantes por baja voluntaria de la persona trabajadora, jubilación, reducción de jornada laboral voluntaria, despido disciplinario procedente, u otros motivos que justifiquen debidamente la rotación de personal; circunstancias que deberá hacerse constar debidamente en el momento de la solicitud. 6.4. Se podrá utilizar cualquier modalidad de contrato permitido por la normativa laboral vigente, excepto los contratos de trabajo en prácticas y contratos fijos discontinuos. En cualquier caso, el contrato deberá especificar una duración mínima de 6 meses. 6.5. La contratación tendrá que responder a las condiciones explicitadas previamente a la oferta de trabajo, y éstas se tendrán que regir por la normativa laboral de aplicación, en base a la cual el Servicio Municipal de Empleo llevará a cabo la preselección de candidaturas. Este punto también será de aplicación en caso de que la empresa o entidad contratante lleve a cabo la selección por cuenta propia, que deberá publicar la oferta de trabajo mediante portales o bolsas de trabajo online, a través de la Oficina de Trabajo u otros canales de gestión de ofertas de trabajo. En ningún caso la contratación podrá ser en condiciones inferiores en lo que respecta a la cat...
Requisitos de la contratación. La suscripción de los contratos está sujeta a la determinación de la competencia de los funcionarios y a la comprobación de la capacidad, solvencia económica y financiera e idoneidad técnica y profesional del contratista particular; la decisión de contratar deberá tomarse observando lo previsto en el artículo 26 de la Ley y 37 y 38 de este Reglamento. ARTÍCULO 13.-POLÍTICAS
Requisitos de la contratación. Las contrataciones deberán cumplir los siguientes requisitos para ser subvencionables:
Requisitos de la contratación. El Ajuntament xx Xxxxxx subvencionará la contratación de personas trabajadoras, con fecha de alta en la Seguridad Social a partir del día 1 de enero del ejercicio económico correspondiente a cada convocatoria, que cumplan los requisitos de la base 3 y el procedimiento de selección establecido en la base 7.
Requisitos de la contratación. El cumplimiento de los siguientes requisitos se entenderá referido al momento de iniciar la relación laboral o en su caso, conversión de contrato temporal en indefinido o subrogación del trabajador/a por la empresa solicitante: 1. Trabajador o trabajadora: Encontrarse en situación de desempleo. Serán subvencionables los contratos formalizados con personas que se encuentren en situación de desempleo total o parcial, (excepción de las conversiones de contratos temporales en indefinidos y de las subrogaciones), estén o no percibiendo prestaciones por desempleo. 2. Trabajador o trabajadora: Empadronamiento en el municipio xx Xxxxx. Las personas a contratar/contratadas, deberán estar empadronadas en el municipio xx Xxxxx, en el momento de formalizar la contratación/conversión/subrogación por la que se solicita la subvención. 3. El trabajador o trabajadora deberá estar en alguna de las situaciones que dan lugar a subvención. PRESUPUESTO: El crédito máximo autorizado de la convocatoria es de 2.891.500€ para las tres anualidades, con arreglo al siguiente reparto y condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en cada anualidad: Primera línea de ayudas (empresas): 2.716.000 €, a razón de 679.000 € para el año 2019, 1.164.000 € para el año 2020 y 873.000 € para el año 2021. Segunda línea de ayudas (entidades): 175.500 €, a razón de 39.000 € para el año 2019, 78.000 € para el año 2020 y 58.500 € para el año 2021.
Requisitos de la contratación. 8. Capacidad para contratar.
Requisitos de la contratación. El/la Consultor/a seleccionada/o deberá cumplir con los siguientes requisitos: a. El/la profesional deberá estar inscripto en DGI,BPS o CJPPU (y estar al día con sus obligaciones tributarias). b. Al momento de firmar el contrato el consultor deberá estar inscripto en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX) en el estado "Activo". c. No ser funcionario/a público/a, con excepción de docentes y personal médico quienes podrán ser contratados siempre que no superen en conjunto las 60 horas semanales, ni haya superposición en los horarios. En caso de no ser funcionario/a público/a y poseer un vínculo con el Estado, podrá celebrar contratos de arrendamiento de servicios o de obra, financiados con organismos internacionales, siempre que no superen en conjunto las 60 horas semanales, ni haya superposición en los horarios. La persona contratada no podrá trabajar en el mismo Inciso del proyecto y su contratación no podrá generar conflicto de intereses. d. En ningún caso la persona seleccionada podrá poseer vínculos familiares con el coordinador del programa o con otra persona que tenga un contrato vigente dentro del mismo proyecto con una función superior o subordinada en la vía jerárquica a la del contrato a suscribir. Se entiende por tal, ser cónyuge, concubino o concubina o tener un vínculo de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad. e. Diversidad: bajo el compromiso con la diversidad e inclusión y la igualdad de oportunidades para todas las personas que postulen, se promueve la diversidad sobre la base de género, edad, educación, origen nacional, origen étnico, raza, discapacidad, orientación sexual, religión, y estatus de VIH/SIDA. Alentamos a aplicar a mujeres, afro descendientes y a personas de origen indígena.
Requisitos de la contratación. CVE-DOG: 5aebnal3-osn6-itw5-bbv4-gsvg2nginkr8 1. El contrato para la formación y el aprendizaje deberá celebrarse con trabajadores ma- yores de 16 y menores de 30 años, que carezcan de la cualificación profesional obtenida y reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas para el puesto de trabajo u ocupación objeto del contrato. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad ni con los colectivos en situacion de exclusión social previstos en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, en los casos en que sean contratados por parte de empresas de inserción que estén cualificadas y activas en el registro administrativo correspondiente. 2. La duración mínima del contrato será de un año y la máxima de tres. No obstante, mediante convenio colectivo podrán establecerse distintas duraciones del contrato, en fun- ción de las necesidades organizativas o productivas de las empresas, sin que la duración mínima pueda ser inferior a seis meses ni la máxima superior a tres años. 3. Las modalidades de desarrollo de la formación asociada a los contratos de forma- ción y aprendizaje serán las previstas en el artículo 3 del Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
Requisitos de la contratación. 5.1. El Ayuntamiento xx Xxxxxx subvencionará la contratación de trabajadores/as que cumplen los requisitos de la base 3 con cualquier modalidad de contrato permitido por la normativa laboral vigente. 5.2. La duración mínima de los contratos será de 6 meses, ya sea con jornada completa o con un mínimo de media jornada según el convenio colectivo de aplicación. 5.3. El máximo de contrataciones subvencionadas por empresa (o grupo empresarial) o entidad será xx xxxx trabajadores/as al año. 5.4. Durante el período subvencionable, no se podrán realizar disminuciones ni en la duración del contrato ni en la jornada laboral. En caso de incremento, ello no repercutirá en la cuantía inicialmente solicitada. 5.5. En caso de que la persona contratada fuera baja definitiva del puesto de trabajo por no superar el período de prueba o por baja voluntaria, la entidad contratante tiene la posibilidad de sustituirla incorporando otra persona trabajadora y según los criterios marcados en estas bases, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles. En este caso, los días entre la baja de la primera persona trabajadora y el alta de la persona sustituta no serán objetos de subvención y representaran una minoración de la cuantía total otorgada.

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  • requisitos De la empresa Son empresas promovidas principalmente por asociaciones de personas con discapacidad y/o sus familiares, sin perjuicio de que cualquier persona física o jurídica pueda constituir uno. El objetivo principal de estos centros es la integración laboral y por tanto social de personas con discapacidad. Para obtener la calificación de Centro Especial de Empleo, las empresas deben contar en su plantilla con un mínimo del 70% de trabajadores con discapacidad y solicitar la correspondiente calificación a la administración competente. Los Centros Especiales de Empleo son empresas cuyo objetivo principal es el de proporcionar a los trabajadores con discapacidad la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y que facilite la integración laboral de éstos en el mercado ordinario de trabajo. Pueden ser creados por las Administraciones Públicas, directamente o en colaboración con otros organismos. Por Entidades, por personas físicas, jurídicas o co- munidades de bienes, que tengan capacidad jurídica y de obrar para ser empresarios. Pueden tener carácter público o privado, con o sin ánimo de lucro. Es indispensable la calificación e inscripción en el Registro de Centros del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), o, en su caso, en el correspondiente de las Administraciones Autonómicas. La gestión está sujeta a las mismas normas que afectan a cualquier empresa. Podrán solicitar los beneficios que a continuación se indican los Centros Especiales de Empleo que contraten trabajadores con discapacidad por tiempo indefini- do a jornada completa o parcial. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la apli- cación de las bonificaciones correspondientes. Si durante el periodo de bonificación existe una falta de ingreso en plazo reglamentario de dichas obligaciones, se producirá la perdida automática de las bonificaciones reguladas en el presente Programa, respecto de las cuotas correspondientes a periodos no ingresados en dicho plazo, teniéndose en cuenta dicho periodo como consumido para el computo del tiempo máximo de bonificación. No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no pres- critas, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, Texto Refundido aprobado en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx. Los Centros Especiales de Empleo que hayan extinguido o extingan por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo contratos bonificados quedarán excluidas por un período de doce meses de las bonificaciones establecidas en este programa. Las empresas deberán solicitar los trabajadores con discapacidad de la correspondiente Oficina de Empleo.

  • REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES  Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absolu- ta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapaci- dad permanente para el servicio o inutilidad.  Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.  Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (según se establece en el artículo 6 del R. D. 290/2004, de 20 de febrero):

  • REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

  • OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN “EL COMITENTE” requiere de “EL

  • REQUISITOS DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Deberán ser redactadas en idioma nacional. b) El original deberá estar firmado, en todas y cada una de sus hojas, por el oferente o su representante legal. c) Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta. d) Los sobres, cajas o paquetes que las contengan se deberán presentar perfectamente cerrados y consignarán en su cubierta la identificación del procedimiento de selección a que corresponden, precisándose el lugar, día y hora límite para la presentación de las ofertas y el lugar, día y hora del acto de apertura. e) Deberán consignar el domicilio especial para el procedimiento de selección en el que se presenten, el que podrá constituirse en cualquier parte del territorio nacional o extranjero. En éste último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada. De no consignarse un domicilio especial en la respectiva oferta se tendrá por domicilio especial el declarado como tal en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO). f) La cotización de conformidad con lo estipulado en los artículos siguientes del presente pliego. g) Deberán indicar claramente, en los casos en que se efectúen ofertas alternativas y/o variantes, cual es la oferta base y cuales las alternativas o variantes. En todos los casos deberá existir una oferta base. h) Asimismo, deberán ser acompañadas por: 1.- La garantía de mantenimiento de la oferta o la constancia de haberla constituido, salvo los casos en que no correspondiere su presentación. En los casos en que correspondiera su presentación, la garantía de mantenimiento de oferta será del CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de la oferta. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto. En los casos de licitaciones y concursos de etapa múltiple, o cuando se previera que las cotizaciones a recibir pudieran contemplar la gratuidad de la prestación, o bien implicar un ingreso, la garantía de mantenimiento de la oferta será establecida en un monto fijo por la jurisdicción o entidad contratante, en el pliego de bases y condiciones particulares. 2.- Las muestras, si así lo requiriera el pliego de bases y condiciones particulares. 3.- Declaración jurada de oferta nacional, mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia, en los casos en que se oferten bienes de origen nacional. 4.- Declaración jurada en la cual se manifieste que de resultar adjudicatario se obliga a ocupar a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, en los procedimientos de selección que tengan por objeto la tercerización de servicios, a los fines de cumplir con la obligación establecida en el artículo 7° del Decreto N° 312 de fecha 2 xx xxxxx de 2010. 5.- Datos de la nota presentada ante la dependencia de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en la cual se encuentren inscriptos a los fines de solicitar el ‘Certificado Fiscal para Contratar’ o bien los datos del Certificado Fiscal para Contratar vigente. Es obligación del oferente comunicar al organismo contratante la denegatoria a la solicitud del certificado fiscal para contratar emitida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS dentro de los CINCO (5) días de haber tomado conocimiento de la misma. 6.- La restante información y documentación requeridas en los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares. i) Los oferentes extranjeros además de presentar la documentación que corresponda de la previamente señalada, deberán acompañar junto con la oferta la siguiente documentación: 1.- Las personas humanas: 1.1 Copia fiel del pasaporte o documento de identificación del país de origen en caso de no poseer pasaporte.

  • OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CONDICIONES GENERALES

  • FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que no deberá ser menor a cuatro (4) días hábiles, para contrataciones hasta Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), computables a partir del día siguiente hábil de su notificación y para contrataciones mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el plazo de entrega de documentos será computable a partir del día siguiente hábil al vencimiento del plazo para la interposición de Recursos Administrativos de Impugnación. Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del plazo otorgado, el proceso deberá continuar. En caso que el proponente adjudicado justifique oportunamente el retraso en la presentación de uno o más documentos, requeridos para la formalización de la contratación, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos. El proponente adjudicado deberá presentar, para la formalización de la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado XXXX. En caso de convenirse anticipo, el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado, dentro de los plazos previstos en el Contrato. Las Entidades Públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado XXXX presentado por el proponente adjudicado, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES. Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de formalizar la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, además, se ejecutará su Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta hubiese sido solicitada y se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 49 de las NB-SABS. El desistimiento expreso se efectivizará con la recepción de la carta de desistimiento remitida por el proponente adjudicado. El desistimiento tácito se efectivizará una vez concluido el plazo de presentación de documentos para la formalización de la contratación, sin que el proponente adjudicado haya justificado su retraso. Si la entidad notificara la adjudicación vencido el plazo de la validez de la propuesta, el proponente adjudicado podrá expresar su voluntad de continuar con el proceso de contratación; en caso de no pronunciarse o rechazar de manera expresa la adjudicación se efectivizará la descalificación de la propuesta por desistimiento, no correspondiendo su registro en el SICOES como impedido. Si producto de la revisión efectuada para la formalización de la contratación los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta hubiese sido solicitada En los casos que se necesite ampliar plazos, el RPA deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión del documento de adjudicación.

  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -

  • Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros X. Xxxxxxx Xxxxxx Serrano, Alcalde, que actuará como Presidente de la Mesa. — Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Vocal (Secretaria de la Corporación). — Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Vocal (Interventora de la Corporación). — X. Xxxxxx Xxxxxx Valle, Vocal. — Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, que actuará como Secretaria de la Mesa.

  • REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES Para ser admitido a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 4.1.- Podrán participar en las pruebas: Los españoles Ser nacional de alguno de los demás Estados miembro de la Unión Europea o nacional de algún estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores. También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Asimismo podrán participar quienes no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados. 4.2.- Tener capacidad para contratar la prestación de un trabajo, conforme a lo establecido en el art. 7º del Estatuto de los Trabajadores. 4.3.- Estar en posesión de un título de grado superior, Título de doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalentes. En el caso de titulaciones obtenidas en centros españoles no estatales o en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación, o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión regulada en aplicación de las directivas de reconocimiento mutuo de titulaciones (Directiva 89/48/CEE, Directiva 92/51/CEE). 4.4.- No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desarrollo de las tareas o funciones correspondientes. 4.5.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública 4.6.- Cumplir el resto de los requisitos y condiciones que se regulan en la presente convocatoria. Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la formalización del contrato.