Seguros aplicables Cláusulas de Ejemplo

Seguros aplicables. Indicar de ser procedente, el tipo de seguro que se exigirá al proveedor, el plazo, el monto de la cobertura y la fecha de su presentación (a la suscripción del contrato, al inicio de la prestación, entre otros), tales como el seguro de accidentes personales, seguro de deshonestidad, seguro de responsabilidad civil, seguro complementario de trabajo de riesgo, entre otros.
Seguros aplicables. EL CONTRATISTA responsable del servicio queda obligado a tomar todas las medidas de prevención y seguridad necesarias para evitar los peligros y riesgo contra la integridad psico-física, la salud y la vida de las personas, para lo cual deberá de considerar como prioridad básica que el personal de su representada deba contar con una póliza de seguro de vida y contra accidentes así como el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), seguro de deshonestidad, seguro de responsabilidad civil. El riesgo resultante de la inobservancia de esta obligación, será de estricta responsabilidad de EL CONTRATISTA, asumiendo todo tipo de penalidades y perjuicios que pudieran presentarse. ELECTRO ORIENTE S.A. no indemnizará a EL CONTRATISTA por posibles pérdidas o daños que surjan en sus materiales, equipos, herramientas y/o instrumentos. El servicio a contratar se desarrollará en el ámbito de la zona de concesión xx Xxxxxx de ELECTRO ORIENTE S.A. – sistema Eléctrico de Iquitos, comprendido por los distritos de Iquitos, Xxxxx, Punchana y San Xxxx Xxxxxxxx. El Plazo de contratación del presente servicio es de dos (02) Años, con valorizaciones parciales mensuales. A fin que el funcionario designado otorgue la conformidad de la prestación, EL CONTRATISTA deberá presentar mensualmente los siguientes documentos: Factura en original y copias correspondientes de acuerdo x xxx, indicando en número de contrato y el detalle del mes facturado. Informe del Contratista donde se describa las actividades efectuadas que comprenden el servicio y cumplimiento del Plan de Trabajo mensual elaborado en coordinación con el Administrador del Contrato, deberán ser presentados físicamente y en medio magnético (CD o USB). Copia de Contrato de Servicios. Conformidad de Servicio del área usuaria debidamente suscrita por la jefatura del área o el administrador del contrato formalmente designado, según corresponda.
Seguros aplicables. El contratista será el responsable por los accidentes y/o daños que pudieran sufrir el personal durante el período del servicio. Por tal motivo, éste deberá contratar obligatoriamente el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo para todos y cada uno de ellos. Esta póliza deberá ser presentada previo al inicio del servicio y deberá tener vigencia hasta la culminación de este, siendo su costo cubierto íntegramente por el Contratista
Seguros aplicables. EL POSTOR GANADOR deberá contratar y pagar pólizas de seguro antes de iniciar el servicio y mantenerlos vigentes durante el periodo de contrato. En caso de incrementar o tener cambios en el personal, deberá alcanzar la póliza del nuevo personal incorporado, antes del inicio de sus actividades. EL POSTOR GANADOR deberá presentar como requisito indispensable para suscribir el contrato, las siguientes pólizas: POLIZA DE SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRA TERCEROS, que cubra daños contra personas y bienes (coberturas E y F de la Póliza CAR) o al medio ambiente, por una suma equivalente al 10% del monto de contrato (expresado en dólares americanos). También se considerarán como terceros, sólo para este efecto, los bienes y personal de ELECTRO ORIENTE S.A. POLIZA DE SEGURO DE VIDA, SALUD E INVALIDEZ Y POLIZA DE SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO, que cubran los daños causados a sus empleados y obreros que trabajan directamente en la ejecución del servicio, originados por los trabajos, labores o acciones que se ejecuten en virtud o como consecuencia emergente del servicio contratado, aunque hayan ocurrido aquellos dentro o fuera del emplazamiento del trabajo. Los montos mínimos para dicha póliza serán: Muerte Accidental 5,000.00 Invalidez Temporal o Permanente 5,000.00 Gastos de Curación 2,000.00 Gastos de Sepelio 1,000.00 Las actividades previstas en los alcances del presente servicio se ejecutarán en un área reservada para el desarrollo de estas actividades que se encuentran dentro de las instalaciones de ELECTRO ORIENTE S.A. Se entenderá como jornada laboral de EL CONTRATISTA, la jornada laboral de 48 horas semanales las mismas que deberán ser fijadas entre el contratista y sus trabajadores/servidores, proponiéndose el horario de lunes a viernes de 07:45 a 12:30 y de 15:00 a 18:45 horas y los días sábados de 07:45 a 13:15 horas, incluyendo aquella jornada en que por necesidad del trabajo deba trasladar su horario a otro del establecido previamente, además de trabajar los días domingos o feriados previa comunicación de ELECTRO ORIENTE S.A. El personal de atención al Cliente (módulos) atenderá en horarios rotativos para brindar la atención al público en horario corrido, lo cual será coordinado con el Supervisor de Atención al Cliente. ELECTRO ORIENTE S.A. ha programado la ejecución del servicio por veinticuatro (24) meses consecutivos, que se contabilizarán a partir del día siguiente de la suscripción del contrato.
Seguros aplicables. Para efecto de ejecución contractual la empresa adjudicada deberá tener en cuenta que serán exigidas contractualmente y que deberá contratar y mantener vigentes las siguientes pólizas de seguros, expedidas por su Compañía de Seguros legalmente establecida en el Perú, que ampare los siguientes riesgos: a) Póliza de Responsabilidad Civil – Esta póliza deberá ser suscrita por el plazo del contrato o en su defecto será renovada hasta la fecha de fin del mismo y deberá tener una suma asegurada mínima de $50,000.00 (cincuenta mil dólares americanos). Esta póliza cubre responsabilidad civil por daños o lesiones a terceros:  Incendio, explosión, humo o daños por agua  Locales y Operaciones  Locatarios  Responsabilidad Civil de inmuebles  Contratistas independientes  Responsabilidad Civil de Carga  Responsabilidad Civil cruzada  Uso de ascensores, grúas, montacargas, escaleras mecánicas (incluyendo cuando por sus operaciones salgan fuera de los predios.
Seguros aplicables. Para el servicio de Transporte, Almacenamiento y Distribución a. Póliza de Seguro de transportes multimodal (*), vigente durante toda la prestación del servicio por una suma asegurada de S/.25´000,000.00. b. Póliza de responsabilidad civil para siniestros individuales hasta por S/.500,000 (Quinientos Mil Nuevos Soles) (*). (*) Las pólizas deben incluir como asegurado al PNAE QW o en su defecto el proveedor presentará un endoso que incluya al PNAE QW como beneficiario en caso de siniestro. Siendo el titular de las pólizas el proveedor, las pólizas deben extenderse para cubrir el daño de materiales de propiedad de terceros. En caso de siniestro, la indemnización será mediante la reposición del bien siniestrado, la reposición será con un bien de igual característica al siniestrado. La entidad será quien elija a la empresa proveedora.
Seguros aplicables. De corresponder, detallar la póliza o pólizas que se exigirá al proveedor indicando el plazo, el monto de la cobertura y la fecha de su presentación (a la suscripción del contrato, al inicio de la prestación, entre otros).
Seguros aplicables. Seguro contra riesgos en el trabajo, para el personal designado, el mismo que será presentado en copia antes de la ejecución de cada uno de los servicios. Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. Arequipa, (sede principal) en Xxxxxx X 000, Xxxxxxx, Xxxxxxxx. Xxxxxx, Xx. Xx Xxxxxx X° 000 – 000 x 000, Xxxxxx. Aplao, Xxxxx Xxxxxxxx x Xxxxxx x/x, Xxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxxxxx. Mollendo, Xxxxx Xxxxx 000, 000 y Xxxxx Xxxxxxxx X° 000, Xxxxx, Xxxxxxxx. 12 meses (01 año) a partir del 13 de noviembre del 2013. Informe de Ejecución de trabajos programados, por trimestre. Informe de actividades realizadas en los casos en los que se recurrió al mantenimiento correctivo.
Seguros aplicables. El profesional seleccionado para el presente servicio, tendrá la obligación de contratar un seguro contra todo riesgo (SCTR), por el periodo que realice su trabajo (45 días). El cual será presentado a la Entidad como requisito para la suscripción del contrato.

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  • LEYES APLICABLES Las Partes han negociado, redactado y suscrito el Contrato con arreglo a las Normas legales del Perú. Por tanto, expresan que el contenido, ejecución, conflictos y demás consecuencias que de él se originen, se regirán por la legislación interna del Perú, la misma que el CONCESIONARIO declara conocer.

  • DISPOSICIONES APLICABLES La institución de fianzas y el Proveedor se someten expresamente a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de [XXXXXXXXXXXX], por lo que la Institución de fianzas y el Proveedor renuncian a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles y dejan sin efectos cualquier otro pacto que sobre la materia aparezcan en el formato de esta Póliza de fianza. Carta de Crédito Irrevocable Standby Núm. __________ Fecha: ________________ Estimados Señores: Contrato: _______________________ [Insertar el número de contrato] El suscrito banco emisor (el “Banco Emisor”) establece por medio de la presente esta carta de crédito irrevocable Standby (la “Carta de Crédito”) por la cantidad de (ejem: Pesos Mexicanos) (M.N.$_________) (la “Suma Garantizada”) a favor de CFE GENERACIÓN III EPS, Departamento de Abastecimiento, (la “Comisión”), en garantía del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de la Compañía, asumidas en virtud del Contrato No (el “Contrato”) que tiene por objeto la adquisición de ___________________________________________ ___________, el cual se celebró entre la Comisión y la Compañía el , mismo que fue adjudicado de conformidad con el procedimiento de contratación _. Sujeto a las demás estipulaciones contenidas en esta Carta de Crédito, la Comisión podrá, en o antes de la Fecha de Vencimiento referida a continuación, en una o más ocasiones, requerir del Banco Emisor pagos parciales o el pago total de la Suma Garantizada, mediante la presentación de un requerimiento escrito en papel membretado de la Comisión y firmado por su representante legal (un “Requerimiento de Pago”), especificando el monto del pago requerido e indicando: (a) que la Comisión tiene derecho a recibir tal pago por parte de la Compañía de acuerdo con las disposiciones del Contrato, o

  • NORMAS APLICABLES Para la resolución del conflicto se ha tenido en cuenta el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, aprobado por Ley 28/1990, de 26 de diciembre, y sus sucesivas modificaciones (en adelante designado como Convenio Económico); el Reglamento de la Junta Arbitral prevista en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, aprobado por Real Decreto 353/2006, de 24 xx xxxxx (en adelante, Reglamento de la Junta Arbitral); así como las demás normas de general aplicación.

  • OTROS SEGUROS El Asegurado tiene la obligación de dar aviso por escrito a La Compañía, sobre todo Seguro que contrate o tenga contratado cubriendo los mismos bienes contra los mismos riesgos que se cubren en esta Póliza, indicando además el nombre de las Compañías Aseguradoras y las sumas aseguradas y La Compañía, hará la anotación correspondiente.

  • CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS (art. 196 LCSP). 23.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 8 del presente pliego. 23.2.- Si llegado el final del plazo establecido, el contratista hubiere incurrido en demora, por causa imputable al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. 23.3.- La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista. 23.4.- La constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración. 23.5.- Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Administración podrá a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga por un tiempo igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 197.2 de la LCSP.

  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.

  • RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES El PROVEEDOR acepta expresamente, que la ENTIDAD retendrá el siete por ciento (7%) de cada pago parcial, para constituir la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Estas retenciones serán reintegradas al PROVEEDOR una vez que sea aprobado el Informe Final de Conformidad.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Propiedad de los trabajos Todos los estudios y documentos elaborados, en su caso, en ejecución del contrato serán propiedad del Ayuntamiento de Granada quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos. El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, llevarán aparejada la cesión de éste al Ayuntamiento de Granada. En todo caso, y aún cuando se excluya la cesión de los derechos de propiedad intelectual, se podrá autorizar el uso del correspondiente producto a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público a que se refiere el artículo 3.1 del TRLCSP.

  • NORMATIVIDAD APLICABLE El presente Contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de México.