AJUSTE PARAMÉTRICO. El precio será reajustado semestralmente (los primeros 6 meses no hay ajuste) mediante la aplicación de la siguiente fórmula paramétrica: P = valor actualizado Po = valor a precios de licitación J/Jo = índice de variación xxx Xxxxx (Grupo 19, subgrupo 07) *. V/Vo = índice del costo de vida Jo y Vo = son los que rigen el día 30 del mes anterior al de la fecha de presentación de propuesta. J y V = son los que rigen el último día del mes de realización de los trabajos en que corresponde el reajuste. Cuando a la fecha de apertura, no haya sido homologado el incremento del jornal en los Consejos de Salarios, y por tanto, puedan derivar aumentos en forma retroactiva y con vigencia al momento cero de la licitación; se considerará este último valor a los efectos de definir el Jo. * En caso que de no existir Laudo se regirá por la variación de la BPC.
AJUSTE PARAMÉTRICO. El precio será reajustado en forma semestral(los primeros 6 meses no hay ajuste) mediante la aplicación de la siguiente fórmula paramétrica: P = valor actualizado Po = valor a precios de licitación J/Jo = índice de variación xxx Xxxxx* (Grupo 19,Subgrupo 99). V/Vo = índice del costo de vida (Instituto Nacional de Estadística). Jo = jornal vigente 10 días antes de la fecha de la licitación. Vo = Indice del costo de vida vigente treinta días antes de la fecha de la licitación. J = jornal vigente el último día del mes de realización de los trabajos que se liquidan. V = vigente treinta días antes de la fecha en que se finalizó los trabajos que se liquidan. En caso de no existir Laudo se regirá por la variación de la BPC (Base de Prestaciones y Contribuciones). Cuando a la fecha de apertura, no haya sido homologado el incremento del jornal en los Consejos de Salarios, y por tanto, puedan derivar aumentos en forma retroactiva y con vigencia al momento cero de la licitación; se considerará este último valor a los efectos de definir el Jo.
AJUSTE PARAMÉTRICO. Fórmula paramétrica a utilizar para realizar el ajuste del monto base de la Componente C suministrado por la Contratante. Para el pago de las componentes A y B, los “precios unitarios base” suministrados por la Contratante (en unidades indexadas) no se actualizarán ya que su pago se realizará en unidades indexadas. Para el pago de la componente C, el monto base de la Componente C suministrado por la Contratante para el año t, se actualizará anualmente de acuerdo a la siguiente fórmula paramétrica. Siendo: ASF₀= precio unitario del cemento asfáltico en Unidades Indexadas por tonelada calculada a partir de la lista publicada por la DNV con una anticipación mínima de 10 días respecto a la fecha de licitación. ASFt = precio unitario del cemento asfáltico en Unidades Indexadas por tonelada calculada a partir de la lista publicada por la DNV correspondiente al mes anterior a la fecha de certificación previsto para cada período considerado. Gas Oíl₀=precio unitario del Gas Oíl en Unidades Indexadas por litro calculado a partir de la lista publicada por la DNV con una anticipación mínima de10 días respecto a la fecha de licitación. Gas Oílt =precio unitario del Gas Oíl en Unidades Indexadas por tonelada calculada a partir de la lista publicada por la DNV correspondiente al mes anterior a la fecha de certificación previsto para cada período considerado. Cada oferente elegirá los coeficientes q(i) cumpliendo las tres condiciones siguientes: y los expondrá en su oferta (Xxxxx XX), Cemento asfáltico q₂ Gas Oil q₃ Se considerará que el valor del índice tiene en cuenta todas las variaciones del precio debido a fluctuaciones en los precios de los componentes.
AJUSTE PARAMÉTRICO. El valor actualizado P de la obra realizada en un grupo de rubros “a” se define como: P=Po * Ka * (1+i) t (1+io) t Y las diferencias que corresponderá liquidar en primera instancia serán: Po * (Ka*(1+i) t – 1) (1+io) t En cuya fórmula: Ka = coeficiente de actualización de los rubros que integran Po; Po = liquidación a precios de licitación de la obra considerada; i = tasa de interés anual en moneda nacional, determinada como promedio aritmético de las tasas de interés promedio calculadas por el BCU, correspondiente al período que figura en el boletín de la DNV del Ministerio de Transporte y Obras Públicas aplicable al certificado del mes que se hayan ejecutado las obras que se liquidan; t = plazo de pago de la obra ejecutada; io = tasa de interés activa anual en moneda nacional, determinada como promedio aritmético de las tasas de interés promedio calculadas por el BCU, que figura en el boletín de la DNV del Ministerio de Transporte y Obras Públicas inmediato anterior al mes de apertura de la licitación; Siendo Ka = j*J/J0 + v*CV/CV0 + d*D’/D’0 + m*M/M0 donde: j = Porcentaje de incidencia en el costo, de la mano de obra J = Importe promedio diario de la suma de jornales de la cuadrilla tipo durante el período de ejecución de la obra que se liquida. El importe promedio se entiende ponderado respecto al tiempo de vigencia de los distintos valores de los jornales en el período, según las normas que fijan las retribuciones salariales aún cuando se homologuen o publiquen con fecha posterior. J0 = Importe diario de la suma de jornales de la cuadrilla tipo, vigente 10 (diez) días antes de la fecha de la licitación. A los efectos de la liquidación de los ajustes paramétricos, se tomará como jornal básico (J0) el que en definitiva corresponda a aplicar en ese momento, según las normas que fijan las retribuciones salariales, aún cuando se homologuen o publiquen con fecha posterior. v = Porcentaje de incidencia en el costo por concepto de gastos generales, financiación, impuestos, imprevistos, beneficios y demás gastos no considerados en los otros grupos. CV = Índice General de Precios al Consumo del Instituto Nacional de Estadística de dos meses anteriores al del período de ejecución de las obras que se liquidan. CV0 = Índice General de Precios al Consumo del Instituto Nacional de Estadística del penúltimo mes anterior al de apertura de la licitación. El cálculo de la variación del término CV para el caso de no contarse con el índice de precios al consumo del Instit...
AJUSTE PARAMÉTRICO. El componente de pago se ajustará mediante el “Procedimiento de Cálculo Global” por cada grupo de rubros. (Grupos del 1 al 4 establecidos en el Gráfico A.) P = Precio actualizado de los trabajos realizados en el mes. Po = Precio según Oferta, de los trabajos realizados en el mes. J = Jornal del Medio Oficial Albañil (MOA), según remuneración mayor laudo o convenio homologado, a dos meses antes a la ejecución de los trabajos. Jo = Idem, a dos meses antes a la fecha de apertura de la licitación. J/Jo = Índice de aumento del jornal xxx XXX correspondiente a dos meses antes a la ejecución de los trabajos con referencia al jornal a dos meses antes a la fecha de apertura de la licitación. IPC = Índice de precios al consumo según el Instituto Nacional de Estadística, correspondiente a dos meses antes a la ejecución de los trabajos. IPCo = Ídem, a dos meses antes a la fecha de apertura de la licitación. IPC/IPCo = Índice de aumento del Índice de Precios al Consumo del Instituto Nacional de Estadística (INE) correspondiente a dos meses antes a la ejecución de los trabajos con referencia a dos meses antes a la fecha de apertura de la licitación. M = Los precios de los materiales representativos de cada grupo de rubros, correspondiente a dos meses antes a la ejecución de los trabajos. Mo = Ídem, correspondiente a dos meses antes a la fecha de apertura de la licitación. M/Mo = Índice de aumento de los precios de los materiales representativos de cada grupo de rubros, correspondiente al último día de dos meses antes al de ejecución de los trabajos con referencia a sus precios al último día de dos meses antes de la fecha de apertura de la licitación. D= Cotización xxx xxxxx estadounidense interbancario tipo vendedor que fije la Mesa de Cambios del Banco Central del Uruguay correspondiente al promedio de dos meses antes al de ejecución de los trabajos. Do = Ídem, correspondiente al promedio de dos meses antes a la fecha de apertura de la licitación. D/Do = Índice de aumento de la cotización xxx xxxxx estadounidense interbancario tipo vendedor que fije la Mesa de Cambios del Banco Central del Uruguay correspondiente al promedio de dos meses antes al de ejecución de los trabajos con referencia al promedio de dos meses antes a la fecha de apertura de la licitación. a, b, c, d = Parámetros cuyos valores para cada grupo de rubros se fija en Cuadro A Si durante la ejecución de los trabajos, el Poder Ejecutivo, al autorizar los incrementos salariales en la Industria de la Const...
AJUSTE PARAMÉTRICO. Los precios se ajustarán en forma semestral (los seis (6) primeros meses no hay ajuste), de acuerdo a la variación del Índice General de Precios al Consumo (IPC), establecido por la Dirección de Estadísticas, entre el mes anterior a la fecha de la apertura de la licitación y el vigente al mes anterior al semestre que corresponde el reajuste.
AJUSTE PARAMÉTRICO. Los precios cotizados en moneda nacional se ajustarán en los meses de enero y julio de cada año, mediante la aplicación de la siguiente fórmula paramétrica: P = valor actualizado. Po = valor a precios de licitación. J/Jo = índice de variación xxx Xxxxx (Grupo 19, subgrupo 07) *. V/Vo = índice del costo de vida. Jo y Vo = son los que rigen el último día del mes anterior al de la fecha de presentación de propuesta. J y V = son los que rigen el último día del mes anterior al mes que corresponde el reajuste. * en caso de no existir laudo se regirá por la VARIACIÓN DE LA B.P.C. (Base de Prestaciones y Contribuciones). Cuando a la fecha de apertura, no haya sido homologado el incremento del jornal en los Consejos de Salarios, y por tanto, puedan derivar aumentos en forma retroactiva y con vigencia al momento cero de la licitación; se considerará este último valor a los efectos de definir el Jo.
AJUSTE PARAMÉTRICO. La totalidad de rubros cotizados se ajustarán semestralmente en base a un único índice: INDICE GENERAL DE LOS COSTOS DE CONSTRUCCIÓN, variación operada entre el vigente diez (10) días calendario antes de la fecha tope de recepción de ofertas de la compra y el vigente el mes anterior al que corresponde el ajuste.
AJUSTE PARAMÉTRICO. En cada certificación de avance se realizara un ajuste paramétrico en base al índice ICC que se publica en la pagina xxx.xxx.xxx.xx ; considerando el índice base al mes anterior al de la apertura de la licitación. La matriz de Oferta entregada tendrá la siguiente información:
AJUSTE PARAMÉTRICO. Los precios se reajustan el 1 de julio y el 1 de enero de cada año, en base a la siguiente fórmula paramétrica: Siendo: Pvhp: precio ajustado del mes de prestación del servicio. Pvho: Valor hora cotizado. IPC1 : Índice de Precios al Consumo vigente en el mes de la prestación del servicio IPCo: Índice de Precios al Consumo vigente en el mes anterior a la presente cotización.