CONDICIONES DE LA OPERACIÓN Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES DE LA OPERACIÓN. La operación Troncal se efectuará mediante la realización de todas las actividades que derivan en la movilización de los Autobuses Articulados, con el objetivo de cumplir con el Programa de Servicios de Operación establecido para el CONCESIONARIO por EL CONCEDENTE. En todo caso, el CONCESIONARIO bajo su responsabilidad, deberá garantizar que los autobuses articulados del Sistema Integrado de Transporte mantengan vigente el certificado de operación el cual deberá solicitar a EL CONCEDENTE cada año, sin perjuicio que EL CONCEDENTE lo cancele o suspenda por incumplimiento a lo estipulado en el presente Contrato de Concesión. La operación desarrollada por el CONCESIONARIO deberá cumplir con los indicadores de desempeño por regularidad, puntualidad, operación, accidentalidad, penalidades, quejas de los usuarios, aseo y estado de la infraestructura a su cargo, aseo y estado de los autobuses, aseo y estado de los equipos a bordo, niveles de contaminación ambiental, manejo ambiental, fallas mecánicas, contravención a las normas de tránsito, y otros que EL CONCEDENTE definirá para el cumplimiento del presente Contrato de Concesión. Estos indicadores establecerán estándares mínimos respecto de la calidad del servicio prestado y permiten distribuir la cuenta correspondiente del Fondo de Niveles de Servicio. Los indicadores de desempeño se encontrarán detallados en los manuales que expida EL CONCEDENTE en coordinación con la Junta de Operadores; teniendo en consideración las normas aplicables, las bases de licitación y el presente Contrato.52
CONDICIONES DE LA OPERACIÓN. <Fuente original compilada: D. 3051/03 Art. 2o.> La junta directiva del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras- FOGAFÍN establecerá la forma como se debe instrumentar la operación xx xxxxxxxx en forma total o parcial de las obligaciones pecuniarias que surjan como consecuencia de contingencias pasivas o de pasivos ocultos al igual que su alcance y sus características especiales, tales como la fijación de plazos, condiciones de exigibilidad, límites y demás términos bajo los cuales se asumen las obligaciones pecuniarias, el origen de los recursos que se emplearán para cubrir las obligaciones, así como las contraprestaciones o costos que eventualmente se puedan cobrar o los activos que podría recibir Fogafín como contrapartida, entre otros.
CONDICIONES DE LA OPERACIÓN. La operación Troncal, Pretroncal, de alimentación y auxiliar se efectuara mediante la realización de todas las actividades que derivan en la movilización de los vehículos con el objetivo de cumplir con el Programa de Servicios de Operación establecido para el CONCESIONARIO por TRANSCARIBE S.A. En todo caso, el CONCESIONARIO bajo su responsabilidad deberá garantizar que los vehículos del Sistema Transcaribe, cumplan de manera permanente con los protocolos legal, técnico y tecnológico y deberá mantener vigente el certificado de operación, el cual deberá solicitar a TRANSCARIBE S.A. cada año, sin perjuicio que TRANSCARIBE S.A. lo cancele o suspenda por incumplimiento a lo estipulado en el presente contrato de concesión. TRANSCARIBE S.A. tendrá el derecho de llevar a cabo los controles necesarios para garantizar la prestación del servicio en las condiciones previstas en este contrato. El cumplimiento de lo establecido en esta cláusula debe ser verificada por parte del área de control de la operación, el área de recaudo y de mantenimiento del ente gestor y en cabeza del Director de operaciones.
CONDICIONES DE LA OPERACIÓN.  Letras de tesorería Valor Nominal (VN) = Bs 1.000  Tasa de descuento (d) = 18% anual  Plazo de la operación (t) = 91 días  Precio o valor actual (VA) = VN(1-(d*t/360) =1.000(1-(0.18*91/360) = 954.50  Tasa de prima BCB (v) = 0.6%  Valor actual que incluye la prima = VA/(1-v) = 954.5/ (1-0.006) = 960.26  Diferencia que al vencimiento el BCB pagará en bolivianos VN - VA = 1.000 - 954.5 = Bs 45.50 y en $US es de = VA / 5.13 =954.5/5.13 = $US 186.06 NOTA: Antes de su vencimiento se pueden vender los títulos si también se vende el swap, caso contrario estos sólo se podrán reportar REGISTRACIONES:
CONDICIONES DE LA OPERACIÓN. La operación se efectuará mediante la realización de todas las actividades que derivan en la movilización de los buses alimentadores y estructurantes con el objetivo de cumplir con el Programa de Servicios de Operación establecido para el CONCESIONARIO por EL CONCEDENTE. En todo caso, el CONCESIONARIO bajo su responsabilidad, deberá garantizar que los autobuses articulados del Sistema Integrado de Transporte mantengan vigente el certificado de operación el cual deberá solicitar a EL CONCEDENTE cada año, sin perjuicio que EL CONCEDENTE lo cancele o suspenda por incumplimiento a lo estipulado en el presente Contrato de Concesión.
CONDICIONES DE LA OPERACIÓN. Está previsto que la Operación esté sujeta, entre otras condiciones, a que (1) ninguna autoridad de México, los Estados Unidos, España o de cualquier otra jurisdicción pertinente
CONDICIONES DE LA OPERACIÓN. La operación de los servicios de salud, los prestará el contratista con su personal vinculado directamente por este y responderá por la negligencia, imprudencia e impericia en la prestación de ser servicio de salud. Así mismo, se compromete por su cuenta y riesgo, a entregar los elementos que se requieran para la prestación del servicio de salud, para su operación. DÉCIMA SEGUNDA:
CONDICIONES DE LA OPERACIÓN. 1. La contratación de dicha operación de arrendamiento financiero o leasing deberá cumplir las siguientes condiciones: Tipo operación Arrendamiento financiero o leasing Sistema de Amortización Amortizaciones iguales y constantes (método italiano- cuotas de amortización iguales) Fecha prevista de formalización 29 de septiembre de 2017 Importe de la operación 62.600 euros más 13.146 euros, lo que supone un total de 75.746 euros Plazo total de la operación en años 4 años Periodicidad de los pagos Liquidación mensual (47 cuotas y una última mensualidad que se corresponde con el valor residual (donde se podrá ejercer la opción de compra). Tipo de interés El tipo de interés de la operación será variable. pie_firma_corto_dipu_01 Teléfono 000 000 000 Fax 000 000 000 xxx.xxxxxxxxxxx.xx xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx A6CE3F60108C8873FAC4 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx Firmado por el Alcalde XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX el 27/7/2017 Tipo interés variable referenciado al euribor Euribor a 1 mes más el diferencial referenciado a puntos básicos. Comisiones Exenta, incluida la cancelación anticipada. La Corporación podrá cancelar anticipadamente total o parcialmente esta operación sin ningún coste adicional, tal y como queda establecido en el punto sexto apartado h de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General xxx Xxxxxx y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales. Por ello el coste total máximo atenderá a las siguiente condiciones, de acuerdo con lo recogido en el Informe de Intervención sobre el cumplimiento del principio de prudencia financiera: Teniendo en consideración que la vida media de la operación es de 24,5 meses, el coste máximo de la operación para que se cumpla el principio de prudencia financiera, atendiendo a la tabla del Anexo I de la Resolución de 4 de julio de 2017, y una vez aplicados los diferenciales máximos sobre el coste de financiación del Estado recogidos en el Anexo 3, deberá contratarse como máximo a un tipo de interés de euribor a 1 mes más 49 puntos básicos de diferencial. Si la operación proyectada supone un coste superior e incumple el principio de prudencia se necesita autorización de la Secretaría General xxx Xxxxxx y Política Financiera.
CONDICIONES DE LA OPERACIÓN. 6.1 Los únicos gastos que abonará la Diputación Provincial a la entidad prestamista serán los de los intereses, que serán calculados de la forma que se contempla en este Pliego. En ningún caso, durante toda la vida xxx xxxxxxxx el interés superará el 7% nominal anual.

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  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: