Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:
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Samples: Contrato De Servicios, Contract for Services, Contrato De Servicios
Contenido de las proposiciones. 14.1.- Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en la forma indicada en las cláusulas 12 y 13. La presentación documentación general y las proposiciones evaluables mediante la aplicación de proposiciones supone fórmulas o juicio de valor se presentarán en los términos que se establecen a continuación.
14.1.1.- Documentación general:
a) Para el procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y no armonizada , declaración responsable presentada conforme al modelo del Documento Europeo Único de Contratación establecido por parte el Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016 (Se ha de presentar obligatoriamente en el cas de que se trate de un procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y no armonizada, y voluntariamente, a elección del empresario licitador -en substitución de la aceptación incondicional declaración responsable del Anexo I-, en el caso de que se trate de un procedimiento abierto simplificado o simplificado abreviado). No obstante, se recomienda acompañar siempre el modelo de declaración responsable del Anexo I de este Pliego. El licitador debe presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), que consiste en una declaración formal por la que declara que no se encuentra en ninguna de las cláusulas situaciones en las que deba o pueda ser excluido de participar en el presente procedimiento de contratación, que cumple los criterios de selección establecidos en este Pliego y que se compromete a presentar la documentación pertinente. Esta declaración responsable debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En el caso de que reúne todas la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, deberá presentar, previamente a la adjudicación del contrato, los documentos exigidos en la cláusula 20.2 de este Pliego. La información que debe cumplimentarse en el DEUC es la que se indica en la letra Y del Cuadro de características del contrato. En la cumplimentación del DEUC es conveniente seguir las instrucciones que figuran en el Anexo I del Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 y las orientaciones contenidas en la Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública. Los licitadores pueden obtener el formulario DEUC en el lugar indicado en la letra Y del Cuadro de características del contrato. La dirección de correo electrónico indicada en el DEUC debe ser la dirección de correo electrónico habilitada en la que efectuar las notificaciones, tal como establece la cláusula 10.4 de este Pliego. Si el contrato está dividido en lotes y los criterios de selección varían de un lote a otro, el DEUC deberá cumplimentarse para cada una lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia. En el caso de que el licitador recurra a la solvencia y medios de otras empresas, deberá presentar su propio DEUC y tantos DEUC como entidades de que se trate. En el caso de unión temporal de empresarios, deberán presentarse tantos DEUC como empresas integrantes de la unión, firmados, cada uno, por los representantes respectivos. Esta declaración incluirá, en el caso de que el licitador desee recurrir a las condiciones exigidas capacidades de otras entidades para acreditar la solvencia, la manifestación sobre la existencia del compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento Administración conforme al artículo 71 de la licitación. Toda LCSP, con la documentación deberá presentarse redactada mención expresa de no hallarse incurso en castellano o lengua cooficial, si ninguno de los supuestos a los que se refieren la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001Ley 2/1996, de 12 19 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más noviembre, de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación Incompatibilidades de los sobres es Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la siguiente: — Sobre «A»: Documentación AdministrativaComunidad Autónoma de las Xxxxx Balears y su Reglamento, aprobado por Decreto 250/1999, de 3 de diciembre. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se Esta declaración incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, manifestación expresa de hallarse al corriente en el anexo III, cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no tiene deudas en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en período ejecutivo con el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precioConsell Insular d'Eivissa. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se Esta declaración incluirá la documentación relativa a los criterios manifestación de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible exigida para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con Esta declaración incluirá la manifestación relativa a si el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por licitador está inscrito o no en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del EstadoSector Público y, acompañada en caso afirmativo, de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado de inscripción en el mismo no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas variación. Esta declaración incluirá la manifestación expresa relativa a la pertenencia o no a un grupo empresarial definido de conformidad con el artículo 42 del Código de Comercio. En caso de pertenencia a un grupo empresarial, la declaración deberá identificar dicho grupo y, cuando varias empresas del grupo participen en el artículo 11 y siguientes procedimiento, deberá identificar también todas las que participen en el mismo. Esta declaración incluirá la manifestación relativa al cumplimiento del Decreto 39/2011requisito de que, cuando sea preceptivo, al menos el 2 % de los empleados sean trabajadores con discapacidad, de 22 conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de febrero29 de noviembre, por el que se establece la organización administrativa para la gestión aprueba el texto refundido de la contratación Ley General de la Administración derechos de la Junta las personas con discapacidad y de Andalucía y sus entidades instrumentales y su inclusión social, o de las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el régimen cumplimiento alternativo con carácter excepcional de bienes y servicios homologados), así como para la cuota de reserva en favor de los datos que no consten trabajadores con discapacidad. Esta declaración incluirá la manifestación relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el certificadoartículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la documentación igualdad de mujeres y hombres. Esta declaración incluirá la manifestación relativa a presentar será si el licitador cumple o no los requisitos para ser considerada una pequeña o mediana empresa (empresa que ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros). Esta declaración incluirá la siguiente:manifestación relativa a si el licitador es extranjero o no, y, en el caso de las empresas extranjeras, incluirá la manifestación de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. La dirección de correo electrónico indicada en la declaración responsable debe ser la dirección de correo electrónico habilitada en la que efectuar las notificaciones, tal como establece la cláusula 10.4 de este Pliego. La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En el caso de unión temporal de empresarios, deberán presentarse tantas declaraciones como empresas integrantes de la unión, firmadas, cada una, por los representantes respectivos.
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Samples: Contract for Services, Contracto De Servicios, Contracto De Servicios
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas1. La contravención proposición para tomar parte en el procedimiento constará de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, dos sobres cerrados y firmados por el mismo licitador o persona que le represente haciendo constar en represente. En cada uno de ellos su respectivo contenido se indicará la razón social y denominación del licitador, el título del procedimiento negociado sin publicidad y el nombre del licitadortítulo de cada sobre.
2. La denominación En cada uno de los sobres es se incluirá la siguientedocumentación que a continuación se indica: — Sobre «A»Título: “Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnicaadministrativa”. En este sobre deberá incluirse la siguiente documentación: - Hoja resumen de datos del licitador incluyendo dirección completa, número de teléfono, correo electrónico y persona de contacto. Todas las notificaciones relacionadas con el procedimiento se incluirá remitirán a la documentación técnica dirección de correo electrónico especificada por el licitador en este documento. - Declaración responsable del licitador indicando que se exijacumple las condiciones legalmente establecidas para contratar con la Administración en el artículo 146.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Anexo I del presente pliego). - Declaración del licitador relativa a la persona o personas que, en su casocaso de resultar la empresa adjudicataria del contrato, tendrán capacidad para presentar y retirar la garantía (Anexo II del presente pliego). - Los empresarios que concurran agrupados en el anexo IIIuniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, en orden a sin perjuicio de la aplicación existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Asimismo deberán indicar los nombres y circunstancias de los criterios objetivos que la constituyan y la participación de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo IIIcada uno, así como toda aquélla que, con carácter general, que asumen el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios compromiso de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen constituirse formalmente en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye unión temporal en el sobre B o C-2 no será objeto caso de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución resultar adjudicatarios del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional tener en cuenta que, en su caso, sea exigible para la realización tal y como dispone el artículo 146.5 del texto refundido de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador la fecha límite en la que se manifieste deben estar en posesión de los requisitos que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión presente procedimiento se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes exigen es la del Decreto 39/2011, fin del plazo de 22 presentación de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:proposiciones.
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Samples: Contrato De Suministro, Contract for Transcription Services
Contenido de las proposiciones. 14.1.- Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en la forma indicada en las cláusulas 12 y 13. La presentación documentación general y las proposiciones evaluables mediante la aplicación de proposiciones supone fórmulas o juicio de valor se presentaran en los términos que se establecen a continuación.
14.1.1.- Documentación general (Sobre n°1).
a) Para el procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y no armonizada, declaración responsable presentada conforme al modelo del Documento Europeo Único de Contratación establecido por parte el Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016 (Se ha de presentar obligatoriamente en el caso de que se trate de un procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y no armonizada, y voluntariamente, a elección del empresario licitador -en substitución de la aceptación incondicional declaración responsable del Anexo I-, en el caso de que se trate de un procedimiento abierto simplificado o simplificado abreviado). No obstante, se recomienda acompañar siempre el modelo de declaración responsable del Anexo I de este Pliego. El licitador debe presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), que consiste en una declaración formal por la que declara que no se encuentra en ninguna de las cláusulas situaciones en las que deba o pueda ser excluido de participar en el presente procedimiento de contratación, que cumple los criterios de selección establecidos en este Pliego y que se compromete a presentar la documentación pertinente. Esta declaración responsable debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En el caso de que reúne todas la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, deberá presentar, previamente a la adjudicación del contrato, los documentos exigidos en la cláusula 20.2 de este Pliego. La información que debe cumplimentarse en el DEUC es la que se indica en la letra Y del Cuadro de características del contrato. En la cumplimentación del DEUC es conveniente seguir las instrucciones que figuran en el Anexo I del Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 y las orientaciones contenidas en la Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública. Los licitadores pueden obtener el formulario DEUC en el lugar indicado en la letra Y del Cuadro de características del contrato. La dirección de correo electrónico indicada en el DEUC debe ser la dirección de correo electrónico habilitada en la que efectuar las notificaciones, tal como establece la cláusula 10.4 de este Pliego. Si el contrato está dividido en lotes y los criterios de selección varían de un lote a otro, el DEUC deberá cumplimentarse para cada una lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia. En el caso de que el licitador recurra a la solvencia y medios de otras empresas, deberá presentar su propio DEUC y tantos DEUC como entidades de que se trate. En el caso de unión temporal de empresarios, deberán presentarse tantos DEUC como empresas integrantes de la unión, firmados, cada uno, por los representantes respectivos. Esta declaración incluirá, en el caso de que el licitador desee recurrir a las condiciones exigidas capacidades de otras entidades para acreditar la solvencia, la manifestación sobre la existencia del compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento Administración conforme al artículo 71 de la licitación. Toda LCSP, con la documentación deberá presentarse redactada mención expresa de no hallarse incurso en castellano o lengua cooficial, si ninguno de los supuestos a los que se refieren la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001Ley 2/1996, de 12 19 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más noviembre, de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación Incompatibilidades de los sobres es Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la siguiente: — Sobre «A»: Documentación AdministrativaComunidad Autónoma de las Xxxxx Balears y su Reglamento, aprobado por Decreto 250/1999, de 3 de diciembre. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se Esta declaración incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, manifestación expresa de hallarse al orriente en el anexo III, cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no tiene deudas en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en período ejecutivo con el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precioConsell Insular d'Eivissa. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se Esta declaración incluirá la documentación relativa a los criterios manifestación de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible exigida para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con Esta declaración incluirá la manifestación relativa a si el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por licitador está inscrito o no en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del EstadoSector Público y, acompañada en caso afirmativo, de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado de inscripción en el mismo no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas variación. Esta declaración incluirá la manifestación expresa relativa a la pertenencia o no a un grupo empresarial definido de conformidad con el artículo 42 del Código de Comercio. En caso de pertenencia a un grupo empresarial, la declaración deberá identificar dicho grupo y, cuando varias empresas del grupo participen en el artículo 11 y siguientes procedimiento, deberá identificar también todas las que participen en el mismo. Esta declaración incluirá la manifestación relativa al cumplimiento del Decreto 39/2011requisito de que, cuando sea preceptivo, al menos el 2 % de los empleados sean trabajadores con discapacidad, de 22 conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de febrero29 de noviembre, por el que se establece la organización administrativa para la gestión aprueba el texto refundido de la contratación Ley General de la Administración derechos de la Junta las personas con discapacidad y de Andalucía y sus entidades instrumentales y su inclusión social, o de las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el régimen cumplimiento alternativo con carácter excepcional de bienes y servicios homologados), así como para la cuota de reserva en favor de los datos que no consten trabajadores con discapacidad. Esta declaración incluirá la manifestación relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el certificadoartículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres. Esta declaración incluirá la manifestación relativa a si el licitador cumple o no los requisitos para ser considerada una pequeña o mediana empresa (empresa que ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros). Esta declaración incluirá la manifestación relativa a si el licitador es extranjero o no, y, en el caso de las empresas extranjeras, incluirá la manifestación de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. La dirección de correo electrónico indicada en la declaración responsable debe ser la dirección de correo electrónico habilitada en la que efectuar las notificaciones, tal como establece la cláusula 10.4 de este Pliego. La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En el caso de unión temporal de empresarios, deberán presentarse tantas declaraciones como empresas integrantes de la unión, firmadas, cada una, por los representantes respectivos.
b) El compromiso de constitución de unión temporal de empresas, en su caso. En el caso de unión temporal de empresarios, se deberá presentar un compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Este documento debe ir firmado por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión. Los miembros de la unión deben indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la componen y la participación de cada uno de ellos, y deben designar un representante o apoderado único.
c) La acreditación de la garantía provisional, en su caso. Cuando se exija garantía provisional, debe presentarse el documento acreditativo de haberla constituido. En el caso de licitación por lotes, el resguardo de la garantía provisional debe ir acompañado de una relación detallada de los lotes a los que se licita.
d) La especificación de los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, y el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para llevarlo a cabo adecuadamente a que hace referencia la cláusula 5.2 de este Pliego en los casos en que se haya exigido en la letra F.4 del Cuadro de características del contrato para la concreción de las condiciones de solvencia.
e) La declaración sobre la intención de celebrar subcontratos a que se refiere el artículo 215.2.a) de la LCSP cuando así se haya exigido en la letra Q del Cuadro de características del contrato. El licitador debe indicar en la declaración la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. Esta declaración no debe contener información que permita conocer el importe de la oferta económica.
f) Una declaración sobre los documentos y datos de carácter confidencial, en su caso, de conformidad con la cláusula 13.6 de este Pliego.
g) La declaración expresa relativa al grupo empresarial al que pertenece la empresa y comprensiva de todas las sociedades pertenecientes a un mismo grupo, en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, cuando varias empresas del grupo participen en el procedimiento. En el supuesto de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido.
h) La declaración sobre el cumplimiento de los requisitos a que se refieren la cláusula 4.7 de este Pliego y el artículo 65.1, segundo párrafo, de la LCSP, en su caso.
i) La declaración sobre el cumplimiento de las obligaciones a que se refieren el artículo 129 de la LCSP y la cláusula 4.8 de este Pliego, en su caso.
j) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
k) Cualquier otro documento que según este Xxxxxx deba incluirse en este sobre.
14.1.2.- Proposición evaluable mediante la aplicación de fórmulas. El licitador debe presentar su oferta económica según el modelo del Anexo II y la documentación relativa a los criterios de adjudicación del contrato que sean evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas que se indican en la letra C del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato. La oferta económica debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello, y no debe contener errores, omisiones u obstáculos para una interpretación correcta de la misma. El importe debe expresarse claramente en números y letras. Se indicará el importe con el IVA excluido y, a continuación, como partida independiente, el importe del IVA que deba ser repercutido. También debe indicarse el tipo impositivo de IVA aplicable a la prestación y el importe total de la oferta. Esta misma información se hará constar, de forma desglosada, en el caso de que se trate de una licitación con precios unitarios. En el supuesto en que, de conformidad con la cláusula 26.5 de este Pliego y el artículo 302 de la LCSP, se permita que el abono de una parte del precio total de los bienes a suministrar se realice en especie, la proposición económica deberá consignar el importe que del precio total del suministro corresponda a los bienes entregados por la Administración. Se entiende que la oferta económica incluye todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato. En el caso de que exista una discrepancia entre el importe expresado en números y el importe expresado en letras, prevaldrá el expresado en letras.
14.1.3.- Proposición evaluable mediante juicio de valor. El licitador incluirá en este sobre toda la documentación relativa a los criterios de adjudicación del contrato que sean evaluables mediante juicio de valor que se indican en la letra C del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato.
14.1.4.- Si el licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios de adjudicación, que deberá estar firmada, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate.
14.2.- Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
14.3.- Toda la documentación a presentar será por los licitadores habrá de ser copia que tenga carácter de auténtica conforme a la siguiente:legislación vigente en la materia o copia simple o fotocopia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que, en el supuesto de licitación no electrónica, habrá de ser el original.
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Samples: Contrato De Suministro, Contrato De Suministro
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone supone, por parte del empresario empresario, la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administraciónadministración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y se presenten tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente individualmente, ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar lugar, en su caso, a la desestimación no admisión de todas las presentadas por el mismo (artículo 145 del TRLCSP129.3 de LCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo ellos mismos, o persona que le represente les represente, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — - Sobre «A»: Documentación Administrativa. — - Sobre «B»: Propuesta Económica. — - Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliegopliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 49 del TRLCSPLCSP. La finalidad El Sobre “A” contendrá original, copia legitimada, o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su casofotocopia compulsada, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguientedocumentos:
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Samples: Servicio De Limpieza, Contract for Supply of Equipment
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte Los LICITANTES deberán presentar los requisitos y documentos completamente legibles, señalados en los puntos 4.1, 4.2 y 4.3, según se describe a continuación: Documentación distinta a la oferta técnica y la oferta económica De conformidad con el segundo párrafo del empresario la aceptación incondicional artículo 41 del REGLAMENTO y el artículo 56 fracción III inciso g) de las cláusulas de este Pliego y POBALINES, la declaración responsable de documentación distinta a la proposición podrá entregarse, a elección del LICITANTE, dentro o fuera del sobre que reúne todas la contenga. De los LICITANTES y cada uno de los LICITANTES en participación conjunta de conformidad con lo establecido en la fracción VII del artículo 36 del REGLAMENTO y fracción VII del artículo 64 de las POBALINES, deberán presentar en original o copia, según corresponda los documentos que se listan en los incisos siguientes, mismos que no deberán tener tachaduras ni enmendaduras, en caso de participación conjunta los documentos deben ser firmados autógrafamente por los representantes legales de las empresas consorciadas que los suscriben, que intervienen en la formalización del convenio de participación conjunta. Manifestación por escrito del representante legal del LICITANTE, bajo protesta de decir verdad, donde señale la existencia legal y personalidad jurídica del LICITANTE y que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada para suscribir la propuesta que presenta para la presente licitación, en el campo correspondiente, se indicará el objeto social o actividad preponderante mediante el cual conste que desempeña las actividades relacionadas con la contratación materia del presente procedimiento, así como la información que, con fundamento en el artículo 64 fracción V de las POBALINES, se solicita en el Anexo 2. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en supuesto alguno de los establecidos en los artículos 59 y 78 del REGLAMENTO, Anexo 3 “A”. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales y en materia de seguridad social, Anexo 3 “B”. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, Anexo 3 “C”. Escrito del LICITANTE en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos del INSTITUTO induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. Anexo 4. En caso de pertenecer al Sector de MIPyMES, carta en la que manifieste bajo protesta de decir verdad el rango al que pertenece su empresa conforme a la estratificación determinada por la Secretaría de Economía Anexo 5. En su caso, el convenio de participación conjunta, identificando al representante común designado por las empresas, debiendo adjuntar copia de la identificación oficial VIGENTE de cada uno de los firmantes. Cada una de las condiciones exigidas para contratar con empresas que participan bajo la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego modalidad de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación participación conjunta deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados debidamente requisitados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de autógrafamente los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica formatos que se exijarelacionan en el presente numeral como incisos a), b), c), d), e), f) y en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2g). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B El Licitante (persona física o C-2 no será objeto de valoraciónmoral, participante) que presente la proposición deberá firmar la oferta técnica y la oferta económica, asimismo, presentar la proposición. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme antes mencionados, son indispensables para evaluar la documentación distinta a la legislación proposición técnica y económica y en vigorconsecuencia, su incumplimiento afecta su solvencia y motivaría su desechamiento. Dentro de cada sobre y con una relación previa Con excepción de los documentos que se aportan, deberán introducirse referidos en los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera incisos g) y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos h) ya que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:es obligatorio pertenecer al sector MIPyMES o participar de manera conjunta.
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Samples: Licitación Pública Internacional, Licitación Pública Internacional
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte Los LICITANTES deberán presentar los requisitos y documentos completamente legibles, señalados en los puntos 4.1, 4.2 y 4.3, según se describe a continuación: Documentación distinta a la oferta técnica y la oferta económica De conformidad con el segundo párrafo del empresario la aceptación incondicional artículo 41 del REGLAMENTO y el artículo 56 fracción III inciso g) de las cláusulas de este Pliego y POBALINES, la declaración responsable de documentación distinta a la proposición podrá entregarse, a elección del LICITANTE, dentro o fuera del sobre que reúne todas la contenga. De los LICITANTES y cada uno de los LICITANTES en participación conjunta de conformidad con lo establecido en la fracción VII del artículo 36 del REGLAMENTO y fracción VII del artículo 64 de las POBALINES, deberán presentar en original o copia, según corresponda los documentos que se listan en los incisos siguientes, mismos que no deberán tener tachaduras ni enmendaduras, en caso de participación conjunta los documentos deben ser firmados autógrafamente por los representantes legales de las empresas consorciadas que los suscriben, que intervienen en la formalización del convenio de participación conjunta. Manifestación por escrito del representante legal del LICITANTE, bajo protesta de decir verdad, donde señale la existencia legal y personalidad jurídica del LICITANTE y que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada para suscribir la propuesta que presenta para la presente licitación, en el campo correspondiente, se indicará el objeto social o actividad preponderante mediante el cual conste que desempeña actividades relacionadas con la contratación materia del presente procedimiento, así como la información que, con fundamento en el artículo 64 fracción V de las POBALINES, se solicita en el Anexo 2 de la presente convocatoria (en original). Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en supuesto alguno de los establecidos en los artículos 59 y 78 del REGLAMENTO, Anexo 3 “A” (en original). Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales y en materia de seguridad social, Anexo 3 “B” (en original). Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, Anexo 3 “C” (en original). Escrito del LICITANTE en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos del INSTITUTO induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. Anexo 4 (en original). Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana. Anexo 5. En caso de pertenecer al Sector de MIPYMES, carta en la que manifieste bajo protesta de decir verdad el rango al que pertenece su empresa conforme a la estratificación determinada por la Secretaría de Economía Anexo 6. (en original). En su caso, el convenio de participación conjunta, identificando al representante común designado por las empresas, debiendo adjuntar copia de la identificación oficial VIGENTE de cada uno de los firmantes. (en original). Cada una de las condiciones exigidas para contratar con empresas que participan bajo la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego modalidad de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación participación conjunta deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados debidamente requisitados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de autógrafamente los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica formatos que se exijarelacionan en el presente numeral como incisos a), b), c), d), e), f) y en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2g). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B El Licitante (persona física o C-2 no será objeto de valoraciónmoral, participante) que presente la proposición deberá firmar la oferta técnica y la oferta económica, asimismo, presentar la proposición. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme antes mencionados, son indispensables para evaluar la documentación distinta a la legislación proposición técnica y económica y, en vigorconsecuencia, su incumplimiento afecta su solvencia y motivaría su desechamiento. Dentro de cada sobre y con una relación previa Con excepción de los documentos que se aportan, deberán introducirse referidos en los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera incisos g) y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos h) ya que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:es obligatorio pertenecer al sector MIPyMES o participar de manera conjunta.
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Samples: Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Nacional
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte 6.1. Los licitantes deberán elaborar y entregar sus propuestas en los términos siguientes:
A. Ser entregada en carpetas, estas deberán estar numeradas indicando a que partida pertenece, el número del empresario la aceptación incondicional total de las cláusulas mismas (carpeta I de este Pliego XX). Cada una con un índice de su contenido.
B. Contener la información y la declaración responsable documentación legible.
C. Ser presentada por escrito y en archivo electrónico (PDF), en idioma español, sin tachaduras ni enmendaduras
D. Ser clara y no establecer condición alguna ni emplear abreviaturas innecesarias o sin identificación.
X. Xxx escritas en papelería original membretada del licitante.
F. Indicar el número de licitación en cada hoja que reúne todas integre su propuesta técnica.
X. Xxxxxx de manera consecutiva y sin excepción, cada una de sus hojas que componen todos los documentos contenidos en su propuesta técnica, Cada una de las condiciones exigidas hojas deberá rubricarse por la persona legalmente facultada para contratar ello, según lo manifestado en el formato de personalidad jurídica del licitante o del representante legal común de los licitantes en el supuesto del artículo 34 de la Ley, tercer párrafo.
X. Xxxxxxxxx documento con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo siguiente leyenda ”Manifiesto que establezca este Pliego los datos aquí asentados son ciertos y han sido debidamente verificados, además de Cláusulas Administrativas Particulares contar con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente Licitación Pública Presencial Nacional (número de esta licitación), a nombre y tendrán carácter secreto hasta el momento representación de (nombre de la licitaciónempresa)”. Toda Además de indicar la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador partida en la que se manifieste participa, el número de carpetas que las circunstancias reflejadas integran su propuesta técnica, manifestar que ha sido entregada por escrito y en archivo electrónico (PDF) y el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas folio de inicio y fin de su propuesta.
I. Los documentos referidos deberán ser presentados por los licitantes conforme al convenio establecido en el artículo 11 y siguientes 44 del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión Reglamento de la contratación Ley así mismo apegándose al contenido de esta convocatoria
6.2. Las propuestas deberán elaborarse conforme a lo señalado en los numerales 6.1, 6.4.1. y se entregará fuera del sobre o caja. El sobre o caja contendrá la propuesta técnica de acuerdo al punto 6.4.2 y la propuesta económica de acuerdo al punto 6.4.3 de esta convocatoria a la licitación, esto con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 34 de la Administración Ley.
6.3. Los licitantes que entreguen su proposición deberán incluir dentro del sobre cerrado o caja cerrada que contiene la proposición presencial, CD o memoria USB con los archivos que contienen la misma información que presentan en forma documental, identificando cada archivo de acuerdo al punto de referencia de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados)convocatoria en formato PDF, así como para los datos que no consten en el certificadoWord o Excel, la documentación a presentar será la siguiente:falta del archivo electrónico es motivo de desechamiento.
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Samples: Licitación Pública
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego constarán de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres dos sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar licitador. En cada uno de ellos se señalará: • La referencia al procedimiento: “EXPEDIENTE AMH/01/2023: ACUERDO MARCO DE HOMOLOGACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE DOCENTES PARA LAS ACTIVIDADES FORMATIVAS A DESARROLLAR EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS DEL PERÍODO 2014- 2020 COFINANCIADOS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO DURANTE EL EJERCICIO 2023: ESPAÑA EMPRENDE Y PROGRAMA +45” • El nombre del licitador. • Su dirección, teléfono y correo electrónico, a efectos de notificaciones y comunicaciones. Finalmente, en cada uno de ellos su respectivo los dos sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención: - En el SOBRE NÚMERO 1: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA” - En el SOBRE NÚMERO 2: “PROPOSICIÓN TÉCNICA” La Xxxxxx xx Xxxxxx se reserva el derecho a exigir a los licitadores que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en las proposiciones, o bien información adicional sobre el contenido de las mismas, siempre que sea meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada, estando el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnicalicitador obligado a ello. En este sobre se incluirá todo caso, la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación presentada será original o copia de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas auténtico conforme a la legislación en vigorvigente. Dentro de cada sobre y con una relación previa de El SOBRE N° 1 deberá contener los documentos siguientes documentos:
a) Documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a acrediten la realización personalidad del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguienteformador:
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Samples: Acuerdo Marco De Homologación
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone supone, por parte del empresario empresario, la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administraciónadministración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y se presenten tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición, sin perjuicio de la posibilidad de concurrir a la adjudicación de más de uno de los lotes que componen el objeto del contrato. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente individualmente, ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar lugar, en su caso, a la desestimación no admisión de todas las presentadas por el mismo (artículo 145 del TRLCSP129.3 de LCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo ellos mismos, o persona que le represente les represente, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — - Sobre «A»: Documentación Administrativa. — - Sobre «B»: Propuesta Económica. — - Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliegopliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 49 del TRLCSPLCSP. La finalidad El Sobre “A” contendrá original, copia legitimada, o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su casofotocopia compulsada, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguientedocumentos:
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Samples: Supply Contract
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres en el momento temporal oportuno, según lo establecido en el presente pliego, los sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o mediante copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados)variación, así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:
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Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán proposición respetará el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán tendrá carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubreoctubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición Las proposiciones para tomar parte en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar la licitación se presentarán en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobressobres cerrados, cerrados y firmados por el mismo o persona licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que le represente haciendo se hará constar en cada uno de ellos su respectivo contenido la denominación del sobre y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: leyenda — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Proposición Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre Dentro de cada sobre, se incluirá incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: De conformidad con lo establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, los licitadores deberán presentar una declaración responsable, que deberá ajustarse al modelo contenido en el ANEXO I, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, que sustituirá la documentación técnica administrativa contemplada en las letras a), b), c), d), e), f), g), h), e i) -en el caso de la letra h) siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna. No obstante, el licitador cuya proposición sea considerada y seleccionada como la económicamente más ventajosa para la Administración, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato y en el mismo plazo señalado en la cláusula decimoséptima, la posesión y validez de los documentos exigidos. Los documentos a los que sustituye la declaración responsable del ANEXO I son los contemplados en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h), siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna, son los siguientes:
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario y su - Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. - Cuando se trate de personas jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se exijaregula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el anexo IIIRegistro público que corresponda, en orden a según el tipo de persona jurídica de que se trate. - Cuando se trate de empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados Unión Europea: por su inscripción en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa registro procedente de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, acuerdo con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportandel Estado donde están establecidos, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a o mediante la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada presentación de una declaración responsable formulada por el licitador jurada o un certificado, en la los términos que se manifieste que establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las circunstancias reflejadas disposiciones comunitarias de aplicación. - Los demás empresarios extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión Estado correspondiente o de la contratación Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la Administración empresa. * Se acompañará copia del C.I.F. de la Junta empresa, en caso de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:ser sociedad mercantil.
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Contenido de las proposiciones. La presentación proposición para tomar parte en el procedimiento constará de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en . En cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es se incluirá la siguientedocumentación que a continuación se indica: — Sobre «A»Título: “Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnicaadministrativa”. En este sobre se incluirá deberá incluirse la documentación técnica que se exijasiguiente documentación: profesional exigidos. Las instrucciones para cumplimentar esta declaración figuran como Anexo I del presente pliego. En relación con este documento, los licitadores deberán tener en su casocuenta lo siguiente: Los licitadores deberán tener en cuenta que, en tal y como dispone el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobresartículo Título: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación “Documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa ponderación depende de un juicio de valor”. Dentro de este sobre el licitador deberá incluir, indicados la siguiente documentación:
1.- Perfiles técnicos que se proponga para la ejecución de los servicios previstos con los requisitos mínimos de titulación y experiencia que se contemplan en el anexo IIIepígrafe 2 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, así como toda aquélla que, con carácter general, los datos de identificación del técnico y otros datos relevantes. Se deberá cumplimentar un formulario por cada uno de los ocho técnicos que proponga el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a que reflejen los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmenteperfiles correspondientes, de conformidad con los modelos que se incluyen como anexos I, II y III xxx xxxxxx de prescripciones técnicas reflejando el detalle de las tareas desempeñadas y a los que deberán adjuntarse certificados académicos y declaraciones de empresas tal y como se indica en el apartado segundo 6 del artículo 54 citado pliego. altos de los propuestos. Caso de que el candidato propuesto no forme parte de la plantilla del TRLCSP los empresarios deberán contarlicitador en el momento de presentación de la oferta, asimismodeberá incluirse una declaración del técnico de que no ha autorizado a otra empresa a presentar su candidatura en esta licitación. En el supuesto de que un mismo técnico figure en más de una oferta, con será excluida aquella que no incluya la habilitación empresarial o profesional quemencionada declaración y, en su casocaso de que se incluya en más de una, sea exigible para serán excluidas todas ellas.
2.- Seguimiento y coordinación del servicio contemplado en el apartado 3 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, indicando entre otras cuestiones, la realización cualificación profesional de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:persona asignada al seguimiento.
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Contenido de las proposiciones. 14.1.- Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en la forma indicada en las cláusulas 12 y 13. La presentación documentación general y las proposiciones evaluables mediante la aplicación de proposiciones supone fórmulas o juicio de valor se presentaran en los términos que se establecen a continuación.
14.1.1.- Documentación general (Sobre n°1).
a) Para el procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y no armonizada, declaración responsable presentada conforme al modelo del Documento Europeo Único de Contratación establecido por parte el Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016 (Se ha de presentar obligatoriamente en el caso de que se trate de un procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y no armonizada, y voluntariamente, a elección del empresario licitador -en substitución de la aceptación incondicional declaración responsable del Anexo I-, en el caso de que se trate de un procedimiento abierto simplificado o simplificado abreviado). No obstante, se recomienda acompañar siempre el modelo de declaración responsable del Anexo I de este Pliego. El licitador debe presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), que consiste en una declaración formal por la que declara que no se encuentra en ninguna de las cláusulas situaciones en las que deba o pueda ser excluido de participar en el presente procedimiento de contratación, que cumple los criterios de selección establecidos en este Pliego y que se compromete a presentar la documentación pertinente. Esta declaración responsable debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En el caso de que reúne todas la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, deberá presentar, previamente a la adjudicación del contrato, los documentos exigidos en la cláusula 20.2 de este Pliego. La información que debe cumplimentarse en el DEUC es la que se indica en la letra Y del Cuadro de características del contrato. En la cumplimentación del DEUC es conveniente seguir las instrucciones que figuran en el Anexo I del Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 y las orientaciones contenidas en la Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública. Los licitadores pueden obtener el formulario DEUC en el lugar indicado en la letra Y del Cuadro de características del contrato. La dirección de correo electrónico indicada en el DEUC debe ser la dirección de correo electrónico habilitada en la que efectuar las notificaciones, tal como establece la cláusula 10.4 de este Pliego. Si el contrato está dividido en lotes y los criterios de selección varían de un lote a otro, el DEUC deberá cumplimentarse para cada una lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia. En el caso de que el licitador recurra a la solvencia y medios de otras empresas, deberá presentar su propio DEUC y tantos DEUC como entidades de que se trate. En el caso de unión temporal de empresarios, deberán presentarse tantos DEUC como empresas integrantes de la unión, firmados, cada uno, por los representantes respectivos. Esta declaración incluirá, en el caso de que el licitador desee recurrir a las condiciones exigidas capacidades de otras entidades para acreditar la solvencia, la manifestación sobre la existencia del compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento Administración conforme al artículo 71 de la licitación. Toda LCSP, con la documentación deberá presentarse redactada mención expresa de no hallarse incurso en castellano o lengua cooficial, si ninguno de los supuestos a los que se refieren la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001Ley 2/1996, de 12 19 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más noviembre, de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación Incompatibilidades de los sobres es Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la siguiente: — Sobre «A»: Documentación AdministrativaComunidad Autónoma de las Xxxxx Balears y su Reglamento, aprobado por Decreto 250/1999, de 3 de diciembre. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se Esta declaración incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, manifestación expresa de hallarse al orriente en el anexo III, cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no tiene deudas en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en período ejecutivo con el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precioConsell Insular d'Eivissa. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se Esta declaración incluirá la documentación relativa a los criterios manifestación de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible exigida para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con Esta declaración incluirá la manifestación relativa a si el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por licitador está inscrito o no en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del EstadoSector Público y, acompañada en caso afirmativo, de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado de inscripción en el mismo no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas variación. Esta declaración incluirá la manifestación expresa relativa a la pertenencia o no a un grupo empresarial definido de conformidad con el artículo 42 del Código de Comercio. En caso de pertenencia a un grupo empresarial, la declaración deberá identificar dicho grupo y, cuando varias empresas del grupo participen en el artículo 11 y siguientes procedimiento, deberá identificar también todas las que participen en el mismo. Esta declaración incluirá la manifestación relativa al cumplimiento del Decreto 39/2011requisito de que, cuando sea preceptivo, al menos el 2 % de los empleados sean trabajadores con discapacidad, de 22 conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de febrero29 de noviembre, por el que se establece la organización administrativa para la gestión aprueba el texto refundido de la contratación Ley General de la Administración derechos de la Junta las personas con discapacidad y de Andalucía y sus entidades instrumentales y su inclusión social, o de las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el régimen cumplimiento alternativo con carácter excepcional de bienes y servicios homologados), así como para la cuota de reserva en favor de los datos que no consten trabajadores con discapacidad. Esta declaración incluirá la manifestación relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el certificadoartículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la documentación igualdad de mujeres y hombres. Esta declaración incluirá la manifestación relativa a presentar será si el licitador cumple o no los requisitos para ser considerada una pequeña o mediana empresa (empresa que ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros). Esta declaración incluirá la siguiente:manifestación relativa a si el licitador es extranjero o no, y, en el caso de las empresas extranjeras, incluirá la manifestación de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. La dirección de correo electrónico indicada en la declaración responsable debe ser la dirección de correo electrónico habilitada en la que efectuar las notificaciones, tal como establece la cláusula 10.4 de este Pliego. La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En el caso de unión temporal de empresarios, deberán presentarse tantas declaraciones como empresas integrantes de la unión, firmadas, cada una, por los representantes respectivos.
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Samples: Contrato De Suministro
Contenido de las proposiciones. La presentación Las propuestas se presentarán en castellano y contendrán una declaración expresa de proposiciones supone por parte aceptación incondicionada y acatamiento del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y presente Xxxxxx sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de que reúne la exactitud de todos los documentos presentados y de cumplimiento de todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con tomar parte en este proceso de contratación. Los licitadores se comprometen a mantener su propuesta, encontrándose vinculados por la Administraciónmisma, durante un plazo mínimo de 3 meses desde su presentación hasta la resolución de adjudicación emitida por el órgano de contratación. Las proposiciones respetarán serán secretas, no pudiendo divulgar el modelo Órgano de Contratación la información facilitada por los licitadores que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre)hayan designado como confidencial. Cada licitador no podrá presentar suscribir más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición propuesta en Unión Temporal unión temporal o asociación de empresas con otras empresas otros, si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresasunión temporal o asociación. La contravención infracción de este principio esta norma dará lugar a la desestimación no admisión de todas ninguna de las presentadas (artículo 145 del TRLCSP)propuestas por él suscritas o que pertenezcan a uniones temporales o asociaciones de empresas en las que él participe. Los licitadores deberán presentar La proposición constará de tres sobres, separados e independientes, debidamente cerrados y firmados por el mismo licitador o persona que le represente haciendo constar lo represente, en los que se indicará: − Título: Proposición para tomar parte en el procedimiento abierto convocado para la contratación de SERVICIOS PARA LA CELEBRACIÓN DEL XI PLENO ORDINARIO DE LA FEMP. − Contenido del sobre: o N. º 1: Documentación de carácter general. o N. º 2: Oferta Técnica. o N. º 3: Oferta Económica. − Nombre de licitador, dirección, teléfono y fax. − Nombre y D.N.I del representante del licitador: Las ofertas deberán presentarse necesariamente tanto en soporte papel como en soporte digital (CD, USB, etc.). El contenido de cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador comprenderá:
A. Relación en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en indique el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes contenido del Decreto 39/2011sobre, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:enunciado numéricamente.
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Samples: Contract for Services
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de para tomar parte en la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada licitación se presentarán en castellano o lengua cooficialtres sobres cerrados, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona licitador, en los que le represente haciendo se hará constar en cada uno la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación del Servicio de ellos su respectivo contenido Bar Piscina Municipal y el nombre del licitadorQuiosco de la Plaza de España xx Xxxxxxxx». La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta EconómicaProposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa Ponderación Depende de un juicio Juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoraciónValor. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas autentificadas, conforme a la legislación Legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación previa numerada de los documentos mismos: SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX 00000 - (Xxxxxxx) XXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX, 0 . TELEFNS 924 510 111- Fax 000 000 000 – 06291 MONTEMOLIN xxxxxxxxxx@xxx-xxxxxxx.xx La declaración responsable se presentará conforme al modelo incluido en el Anexo del presente pliego. En caso de que la adscripción de medios exigida se aportancumpla con medios externos al licitador, deberán introducirse deberá presentarse una declaración responsable por el licitador y por cada uno de los siguientes: Podrán optar medios adscritos a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. IgualmenteSi varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contarlas que la componen deberá acreditar su personalidad, asimismocapacidad y solvencia, con presentando todas y cada una la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una correspondiente declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:responsable.
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Samples: Concesión De Servicios
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán respetaran el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre)castellano. Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente individualmente, ni figurar en más mas de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP80 de la LCAP). Los licitadores deberán presentar tres dos sobres, cerrados y firmados por el mismo los mismos o persona que le los represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativaadministrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoracióneconómica. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o mediante copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP20 de la LCAP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:
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Samples: Contract for Administrative Works
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de se entregarán, exclusivamente, mediante la licitación. Toda herramienta Sobre Digital mencionada, a la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001que, de 12 forma predeterminada figurarán el número de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar sobra digitales a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobrespresentar, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados indican en el apartado octavo 13,1 del cuadro resumende características. el apartado 13 del cuadro de características, sin que pueda figurar .la presentación de las ofertas se hará en un único sobre en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan supuesto de que el pliego prevea solo criterios cuya de adjudicación cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas; y en dos sobres en el supuesto de que el pliego establezca, conjuntamente, criterios de adjudicación la cuantificación de los cuales dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá cuantificables mediante la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por mera aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento Los sobres contendrán la siguiente documentación: OPCIÓN Nº 1) EN EL SUPUESTO DE QUE EL PLIEGO PREVEA SOLO CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUANTIFICABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS; En caso de haberse configurado la licitación con un único sobre –por haber establecido solo criterios de adjudicación cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas–, la herramienta Sobre Digital tiene la opción de licitación a aquellos licitadores con un único sobre, de forma que incorporen la plantilla de la declaración responsable habrá que incluirla en este, junto con los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme relativos a la legislación en vigoroferta. Dentro de cada El sobre y con una relación previa de los documentos que se aportanúnico contendrá:
a ) DECLARACIÓN RESPONSABLE Y , deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrarSI PROCEDE, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguienteOTRO DOCUMENTACIÓN:
1) Declaración responsable
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Samples: Service Agreement
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego constarán de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres dos sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar licitador. En cada uno de ellos se señalará: • La referencia al procedimiento: “EXPEDIENTE AMH/01/2022: ACUERDO MARCO DE HOMOLOGACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE DOCENTES PARA LAS ACTIVIDADES FORMATIVAS A DESARROLLAR EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS DEL PERÍODO 2014- 2020 COFINANCIADOS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO DURANTE EL EJERCICIO 2022: ESPAÑA EMPRENDE Y PROGRAMA +45” • El nombre del licitador. • Su dirección, teléfono y correo electrónico, a efectos de notificaciones y comunicaciones. Finalmente, en cada uno de ellos su respectivo los dos sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención: - En el SOBRE NÚMERO 1: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA” - En el SOBRE NÚMERO 2: “PROPOSICIÓN TÉCNICA” La Xxxxxx xx Xxxxxx se reserva el derecho a exigir a los licitadores que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en las proposiciones, o bien información adicional sobre el contenido de las mismas, siempre que sea meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada, estando el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnicalicitador obligado a ello. En este sobre se incluirá todo caso, la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación presentada será original o copia de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas auténtico conforme a la legislación en vigorvigente. Dentro de cada sobre y con una relación previa de El SOBRE N° 1 deberá contener los documentos siguientes documentos:
a) Aquellos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a acrediten la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización personalidad de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:persona física.
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Samples: Acuerdo Marco De Homologación
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán proposición respetará el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán tendrá carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubreoctubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición Las proposiciones para tomar parte en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar la licitación se presentarán en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobresdos sobres cerrados, cerrados y firmados por el mismo o persona licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que le represente haciendo se hará constar en cada uno de ellos su respectivo contenido la denominación del sobre y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: leyenda — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta EconómicaProposición Económica y documentación necesaria para la evaluación de los criterios mediante fórmulas matemáticas diferentes al precio. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre Dentro de cada sobre, se incluirá incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: De conformidad con lo establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, los licitadores deberán presentar una declaración responsable, que deberá ajustarse al modelo contenido en el ANEXO I, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, que sustituirá la documentación técnica administrativa contemplada en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h) -en el caso de la letra h) siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna. No obstante, el licitador cuya proposición sea considerada y seleccionada como la económicamente más ventajosa para la Administración, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato y en el mismo plazo señalado en la cláusula decimoséptima, la posesión y validez de los documentos exigidos. Los documentos a los que sustituye la declaración responsable del ANEXO I son los contemplados en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h), siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna, son los siguientes:
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario y su - Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. - Cuando se trate de personas jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se exijaregula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el anexo IIIRegistro público que corresponda, en orden a según el tipo de persona jurídica de que se trate. - Cuando se trate de empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados Unión Europea: por su inscripción en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa registro procedente de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, acuerdo con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportandel Estado donde están establecidos, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a o mediante la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada presentación de una declaración responsable formulada por el licitador jurada o un certificado, en la los términos que se manifieste que establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las circunstancias reflejadas disposiciones comunitarias de aplicación. - Los demás empresarios extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión Estado correspondiente o de la contratación Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la Administración empresa. * Se acompañará copia del C.I.F. de la Junta empresa, en caso de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:ser sociedad mercantil.
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Samples: Contrato De Servicios
Contenido de las proposiciones. 14.1.- Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en la forma indicada en las cláusulas 12 y 13. La presentación documentación general y las proposiciones evaluables mediante la aplicación de proposiciones supone fórmulas o juicio de valor se presentaran en los términos que se establecen a continuación.
14.1.1.- Documentación general (Sobre n°1).
a) Para el procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y no armonizada, declaración responsable presentada conforme al modelo del Documento Europeo Único de Contratación establecido por parte el Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016 (Se ha de presentar obligatoriamente en el caso de que se trate de un procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y no armonizada, y voluntariamente, a elección del empresario licitador -en substitución de la aceptación incondicional declaración responsable del Anexo I-, en el caso de que se trate de un procedimiento abierto simplificado o simplificado abreviado). No obstante, se recomienda acompañar siempre el modelo de declaración responsable del Anexo I de este Pliego. El licitador debe presentar el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), que consiste en una declaración formal por la que declara que no se encuentra en ninguna de las cláusulas situaciones en las que deba o pueda ser excluido de participar en el presente procedimiento de contratación, que cumple los criterios de selección establecidos en este Pliego y que se compromete a presentar la documentación pertinente. Esta declaración responsable debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En el caso de que reúne todas la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, deberá presentar, previamente a la adjudicación del contrato, los documentos exigidos en la cláusula 20.2 de este Pliego. La información que debe cumplimentarse en el DEUC es la que se indica en la letra Y del Cuadro de características del contrato. En la cumplimentación del DEUC es conveniente seguir las instrucciones que figuran en el Anexo I del Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 y las orientaciones contenidas en la Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública. Los licitadores pueden obtener el formulario DEUC en el lugar indicado en la letra Y del Cuadro de características del contrato. La dirección de correo electrónico indicada en el DEUC debe ser la dirección de correo electrónico habilitada en la que efectuar las notificaciones, tal como establece la cláusula 10.4 de este Pliego. Si el contrato está dividido en lotes y los criterios de selección varían de un lote a otro, el DEUC deberá cumplimentarse para cada una lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia. En el caso de que el licitador recurra a la solvencia y medios de otras empresas, deberá presentar su propio DEUC y tantos DEUC como entidades de que se trate. En el caso de unión temporal de empresarios, deberán presentarse tantos DEUC como empresas integrantes de la unión, firmados, cada uno, por los representantes respectivos. Esta declaración incluirá, en el caso de que el licitador desee recurrir a las condiciones exigidas capacidades de otras entidades para acreditar la solvencia, la manifestación sobre la existencia del compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento Administración conforme al artículo 71 de la licitación. Toda LCSP, con la documentación deberá presentarse redactada mención expresa de no hallarse incurso en castellano o lengua cooficial, si ninguno de los supuestos a los que se refieren la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001Ley 2/1996, de 12 19 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más noviembre, de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación Incompatibilidades de los sobres es Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la siguiente: — Sobre «A»: Documentación AdministrativaComunidad Autónoma de las Xxxxx Balears y su Reglamento, aprobado por Decreto 250/1999, de 3 de diciembre. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se Esta declaración incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, manifestación expresa de hallarse al orriente en el anexo III, cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y que no tiene deudas en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en período ejecutivo con el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precioConsell Insular d'Eivissa. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se Esta declaración incluirá la documentación relativa a los criterios manifestación de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible exigida para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con Esta declaración incluirá la manifestación relativa a si el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por licitador está inscrito o no en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del EstadoSector Público y, acompañada en caso afirmativo, de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado de inscripción en el mismo no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas variación. Esta declaración incluirá la manifestación expresa relativa a la pertenencia o no a un grupo empresarial definido de conformidad con el artículo 42 del Código de Comercio. En caso de pertenencia a un grupo empresarial, la declaración deberá identificar dicho grupo y, cuando varias empresas del grupo participen en el artículo 11 y siguientes procedimiento, deberá identificar también todas las que participen en el mismo. Esta declaración incluirá la manifestación relativa al cumplimiento del Decreto 39/2011requisito de que, cuando sea preceptivo, al menos el 2 % de los empleados sean trabajadores con discapacidad, de 22 conformidad con el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de febrero29 de noviembre, por el que se establece la organización administrativa para la gestión aprueba el texto refundido de la contratación Ley General de la Administración derechos de la Junta las personas con discapacidad y de Andalucía y sus entidades instrumentales y su inclusión social, o de las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el régimen cumplimiento alternativo con carácter excepcional de bienes y servicios homologados), así como para la cuota de reserva en favor de los datos que no consten trabajadores con discapacidad. Esta declaración incluirá la manifestación relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el certificadoartículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres. Esta declaración incluirá la manifestación relativa a si el licitador cumple o no los requisitos para ser considerada una pequeña o mediana empresa (empresa que ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros). Esta declaración incluirá la manifestación relativa a si el licitador es extranjero o no, y, en el caso de las empresas extranjeras, incluirá la manifestación de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. La dirección de correo electrónico indicada en la declaración responsable debe ser la dirección de correo electrónico habilitada en la que efectuar las notificaciones, tal como establece la cláusula 10.4 de este Pliego. En el caso de unión temporal de empresarios, deberán presentarse tantas declaraciones como empresas integrantes de la unión, firmadas, cada una, por los representantes respectivos.
b) El compromiso de constitución de unión temporal de empresas, en su caso. En el caso de unión temporal de empresarios, se deberá presentar un compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Este documento debe ir firmado por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión. Los miembros de la unión deben indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la componen y la participación de cada uno de ellos, y deben designar un representante o apoderado único.
c) La acreditación de la garantía provisional, en su caso. Cuando se exija garantía provisional, debe presentarse el documento acreditativo de haberla constituido. En el caso de licitación por lotes, el resguardo de la garantía provisional debe ir acompañado de una relación detallada de los lotes a los que se licita.
d) La especificación de los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, y el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para llevarlo a cabo adecuadamente a que hace referencia la cláusula 5.2 de este Pliego en los casos en que se haya exigido en la letra F.4 del Cuadro de características del contrato para la concreción de las condiciones de solvencia.
e) La declaración sobre la intención de celebrar subcontratos a que se refiere el artículo 215.2.a) de la LCSP cuando así se haya exigido en la letra Q del Cuadro de características del contrato. El licitador debe indicar en la declaración la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. Esta declaración no debe contener información que permita conocer el importe de la oferta económica.
f) Una declaración sobre los documentos y datos de carácter confidencial, en su caso, de conformidad con la cláusula 13.6 de este Pliego.
g) La declaración expresa relativa al grupo empresarial al que pertenece la empresa y comprensiva de todas las sociedades pertenecientes a un mismo grupo, en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, cuando varias empresas del grupo participen en el procedimiento. En el supuesto de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido.
h) La declaración sobre el cumplimiento de los requisitos a que se refieren la cláusula 4.7 de este Pliego y el artículo 65.1, segundo párrafo, de la LCSP, en su caso.
i) La declaración sobre el cumplimiento de las obligaciones a que se refieren el artículo 129 de la LCSP y la cláusula 4.8 de este Pliego, en su caso.
j) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
k) Cualquier otro documento que según este Xxxxxx deba incluirse en este sobre.
14.1.2.- Proposición evaluable mediante la aplicación de fórmulas. El licitador debe presentar su oferta económica según el modelo del Anexo II y la documentación relativa a los criterios de adjudicación del contrato que sean evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas que se indican en la letra C del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato. La oferta económica debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello, y no debe contener errores, omisiones u obstáculos para una interpretación correcta de la misma. El importe debe expresarse claramente en números y letras. Se indicará el importe con el IVA excluido y, a continuación, como partida independiente, el importe del IVA que deba ser repercutido. También debe indicarse el tipo impositivo de IVA aplicable a la prestación y el importe total de la oferta. Esta misma información se hará constar, de forma desglosada, en el caso de que se trate de una licitación con precios unitarios. En el supuesto en que, de conformidad con la cláusula 26.5 de este Pliego y el artículo 302 de la LCSP, se permita que el abono de una parte del precio total de los bienes a suministrar se realice en especie, la proposición económica deberá consignar el importe que del precio total del suministro corresponda a los bienes entregados por la Administración. Se entiende que la oferta económica incluye todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato. En el caso de que exista una discrepancia entre el importe expresado en números y el importe expresado en letras, prevaldrá el expresado en letras.
14.1.3.- Proposición evaluable mediante juicio de valor. El licitador incluirá en este sobre toda la documentación relativa a los criterios de adjudicación del contrato que sean evaluables mediante juicio de valor que se indican en la letra C del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato.
14.1.4.- Si el licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios de adjudicación, que deberá estar firmada, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate.
14.2.- Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
14.3.- Toda la documentación a presentar será por los licitadores habrá de ser copia que tenga carácter de auténtica conforme a la siguiente:legislación vigente en la materia o copia simple o fotocopia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que, en el supuesto de licitación no electrónica, habrá de ser el original.
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Samples: Suministro De Productos Químicos
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán proposición respetará el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán tendrá carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubreoctubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición Las proposiciones para tomar parte en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar la licitación se presentarán en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobressobres cerrados, cerrados y firmados por el mismo o persona licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que le represente haciendo se hará constar en cada uno de ellos su respectivo contenido la denominación del sobre y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: leyenda — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Proposición Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre Dentro de cada sobre, se incluirá incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: De conformidad con lo establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, los licitadores deberán presentar una declaración responsable, que deberá ajustarse al modelo contenido en el ANEXO I, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, que sustituirá la documentación técnica administrativa contemplada en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h) -en el caso de la letra h) siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna. No obstante, el licitador cuya proposición sea considerada y seleccionada como la económicamente más ventajosa para la Administración, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato y en el mismo plazo señalado en la cláusula decimoséptima, la posesión y validez de los documentos exigidos. Los documentos a los que sustituye la declaración responsable del ANEXO I son los contemplados en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h), siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna, son los siguientes:
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario y su - Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. - Cuando se trate de personas jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se exijaregula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el anexo IIIRegistro público que corresponda, en orden a según el tipo de persona jurídica de que se trate. - Cuando se trate de empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados Unión Europea: por su inscripción en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa registro procedente de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, acuerdo con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportandel Estado donde están establecidos, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a o mediante la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada presentación de una declaración responsable formulada por el licitador jurada o un certificado, en la los términos que se manifieste que establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las circunstancias reflejadas disposiciones comunitarias de aplicación. - Los demás empresarios extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión Estado correspondiente o de la contratación Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la Administración empresa. * Se acompañará copia del C.I.F. de la Junta empresa, en caso de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:ser sociedad mercantil.
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Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de Las empresas solicitantes que hayan sido invitadas a participar en este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones procedimiento deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna su proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados un sobre cerrado y firmados firmado por el mismo licitador o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido represente. En el exterior del sobre se indicará el título del sobre y la denominación del contrato al que se licita, el nombre y apellidos del licitador. La denominación licitador o razón social de los sobres es la siguienteempresa y su correspondiente NIF o CIF.: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre el licitador deberá incluir la documentación que se indica a continuación:
1. La oferta técnica, que incluirá la documentación relativa a la propuesta técnica que conforme con los requisitos xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. En esta propuesta se exijaincluirán, en su caso, las mejoras o prestaciones adicionales que se propongan, que en el anexo III, ningún caso supondrán coste adicional alguno. La oferta técnica deberá presentarse desglosada por los epígrafes descritos en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa que figuran en la cláusula 15ª. Serán objeto de un juicio exclusión las ofertas técnicas que no acrediten el cumplimiento de valor, indicados los requisitos mínimos que se establecen en el anexo IIIPliego de Prescripciones Técnicas. No se valorarán los datos que no se acrediten debidamente. La documentación correspondiente a la propuesta técnica deberá presentarse en papel y en soporte informático y en ella se deberá hacer constar, así como toda aquélla quede forma clara, con carácter general, aquella información que el licitador estime conveniente aportarconsidere confidencial a los efectos de lo dispuesto en la cláusula 32ª del presente pliego. En el sobre C-2 se incluirá caso de observarse discrepancias entre la documentación relativa a los criterios en papel y la electrónica, prevalecerá la contenida en papel.
2. La oferta económica, que estará firmada por el licitador o su representante y se redactará según el modelo que figura como anexo I del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que el órgano de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulascontratación estime fundamental para considerar la oferta. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen formulará en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior euros (sobres B número y sobre C-2letra). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B Los precios ofertados incluirán cualquier tipo de tributo, carga o C-2 no será objeto arbitrio fiscal de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, carácter europeo (en su caso), de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales excepción hecha del impuesto sobre el valor añadido (IVA), cuyo importe, tal y como figura en el modelo, se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contratoindicará como mención independiente. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, Si alguna proposición no guardase concordancia con la habilitación empresarial documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o profesional existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de Contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. Si en la oferta económica hubiera discrepancias entre el precio expresado en letra y el expresado en número, prevalecerá el importe expresado en letra. Las mejoras o prestaciones adicionales que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador contemplen en la que propuesta técnica se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes entenderán incluidas dentro del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:precio ofertado.
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Samples: Contract for Services
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre C se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:
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Samples: Contrato De Servicios
Contenido de las proposiciones. La presentación Las proposiciones deberán ajustarse a lo previsto en este pliego de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional cláusulas administrativas particulares y en el pliego de las cláusulas de este Pliego prescripciones técnicas y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administraciónen sus anexos. Las proposiciones respetarán de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento empresario del contenido de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano totalidad de sus cláusulas o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumencondiciones, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo IIIsalvedad o reserva alguna, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme autorización a la legislación mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del EstadoSector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. El órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los licitadores que hayan designado como confidencial de acuerdo con el artículo 133 de la LCSP. La confidencialidad no podrá extenderse a todo el contenido de la oferta. Únicamente podrá extenderse a documentos que tengan una difusión restringida, acompañada y en ningún caso a documentos que sean públicamente accesibles, ni a las partes esenciales de la oferta, respetándose en todo caso lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Las ofertas deberán efectuarse conforme a lo estipulado en el Art. 139 de la LCSP. Los licitadores podrán presentar ofertas a uno o varios lotes, pudiendo adjudicar a un mismo licitador varios lotes. Cada licitador no podrá suscribir más de una declaración responsable formulada proposición para un mismo lote. Tampoco podrá suscribir, para un mismo lote, ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal para licitar a un determinado lote. La infracción de esta norma dará lugar a la no admisión de todas las propuestas suscritas por dicho E Y D licitador (Art. 139.3 de la LCSP). A los efectos de lo dispuesto en el artículo 142 de la LCSP, no se autorizan variantes, mejoras o alternativas del objeto del acuerdo marco. En el caso de empresas extranjeras deberán presentar la documentación exigida traducida al castellano de forma oficial conforme al artículo 23 del RGLCAP. • UN ÚNICO SOBRE PARA TODOS LOS LOTES, DE DOCUMENTACIÓN GENERAL: Sobre Nº 1: Documentación de carácter general. • UN SOBRE PARA CADA UNO DE LOS LOTES A LOS QUE SE LICITE: Sobre Nº 2: Oferta relativa a criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas. Todos los sobres deberán ir firmados electrónicamente por el representante del licitador a través de “Herramientas de Preparación y Presentación de Ofertas”, de conformidad con el procedimiento establecido en la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas que podrán encontrar en el siguiente enlace: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxXxxxx • Presentación de un ÚNICO sobre Nº 1 “Documentación de carácter general”, para todos los lotes a los que se licita. • Presentación de un sobre Nº 2 “Oferta relativa a criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas”, PARA CADA UNO de los lotes a los que se licita. CSV: - CSV: 203001YzrIhOY9nN5doSEMjwKCOOhbJGU= - xxxx://xxxx.xxxxxxx.xxx.xx ⮚ CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1 “DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER GENERAL” El contenido de este sobre contendrá dos documentos electrónicos:
1. El primero contendrá exclusivamente el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) apartado A de la documentación a incluir en el sobre Nº 1, y deberá ser firmado a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público por representante con poder suficiente para vincular a la empresa, persona o unión temporal de empresas.
2. El segundo contendrá el resto de documentación descrita en el resto de los apartados, del B al J, de la documentación a incluir en el sobre Nº 1. Toda la documentación de los apartados incluidos en este documento atendiendo a las circunstancias particulares de cada licitador, deberá ser incluida en un único fichero en formato Adobe Acrobat (PDF), con un índice inicial indicando los documentos incluidos, y respetando las letras de cada apartado descrito. Este documento deberá ser firmado en la Plataforma de Contratación del Sector E Y D Público por persona representante con poder suficiente para vincular a la empresa, persona o unión temporal de empresas. ❖ La documentación a incluir en el SOBRE Nº 1 “DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER GENERAL” es:
A) Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) El DEUC deberá estar firmado electrónicamente por el licitador en o su apoderado con poder suficiente para obligar a la que se manifieste que las circunstancias reflejadas empresa en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:presente AM.
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Contenido de las proposiciones. La presentación Las personas licitantes deberán presentar en sobre cerrado por medio electrónico a través de CompraNet los documentos de sus proposiciones supone por parte legales, técnicas y económicas los cuales se deben elaborar en los términos siguientes:
a) Por escrito, en papelería original membretada de la persona licitante, en idioma español, legibles.
b) Ser claros y no establecer condición alguna ni emplear abreviaturas innecesarias o sin identificación.
c) Cada documento indicará la clave del empresario registro federal de contribuyentes o su equivalente para personas licitantes, el número de esta licitación, fecha y lugar de expedición, firmado electrónicamente con la aceptación incondicional e.firma (firma electrónica avanzada que emite el Servicio de las cláusulas Administración Tributaria para el cumplimiento de este Pliego y obligaciones fiscales) indicaran el nombre de la declaración responsable persona legalmente facultada para ello, según lo manifestado en el formato de que reúne personalidad jurídica de la persona licitante.
d) Foliada en todas y cada una de las condiciones exigidas hojas que la integren, para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego lo cual deberá enumerar de Cláusulas Administrativas Particulares manera individual las propuestas técnica y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo IIIeconómica, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa resto de los documentos que presenten. Las personas licitantes deberán concluir el envío de propuestas antes de la hora del acto de presentación y apertura de proposiciones, señalado en el numeral 3.2. Al ser una licitación electrónica, las personas licitantes aceptan que se aportantendrán como no presentadas sus proposiciones a través de CompraNet y la documentación requerida en esta convocatoria, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la realización Comisión, lo anterior, conforme al numeral 29 del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, “Acuerdo por el que se desarrolla parcialmente establecen las disposiciones que se deberán observar para la Ley 30/2007, utilización de CompraNet”. En cumplimiento al numeral 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida Acuerdo por el Registro Oficial que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización de Licitadores CompraNet en el supuesto de que durante el acto de presentación y Empresas Clasificadas del Estadoapertura de proposiciones por causas ajenas a CompraNet o a la Comisión no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, acompañada el mismo se podrá suspender de una declaración responsable formulada por el licitador manera fundada y motivada hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto se difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas iniciará o reanudará el acto. Para el supuesto referido en el certificado párrafo anterior, la Comisión podrá verificar en cualquier momento que durante el lapso de interrupción no han experimentado variación (igual previsión se contempla para haya suscitado alguna modificación a las certificaciones contempladas propuestas que obren en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el su poder. Las personas licitantes aceptarán que se establece la organización administrativa para la gestión tendrán por notificados de las actas que se levanten cuando éstas se encuentren a su disposición a través de CompraNet, el día en que se celebre cada evento, sin menoscabo de que puedan consultarlas en las oficinas de la contratación de Comisión.
5.1. Documentos que integran la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:proposición.
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Samples: Licitación Pública
Contenido de las proposiciones. A adjuntar en el SOBRE-ARCHIVO 1: La presentación documentación establecida en la cláusula 5.5 del PCAP. Cumplimentar las secciones de proposiciones supone A a D de la parte IV ”criterios de selección” del Anexo III (declaración responsable): SI □ NO □ En caso negativo, bastará con limitarse a cumplimentar la sección alfa (α) de la parte IV ”criterios de selección” del Anexo III (declaración responsable), omitiendo cualquier otra sección de esta parte. En caso positivo, indicar que secciones de A a D deben cumplimentarse: A □ B □ C □ D □ Otra documentación a incluir en el Sobre-Archivo 1: Si en el apartado 19.2 del CRC se establece la obligación de indicar por el licitador la parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la acuerdo marco que tenga previsto subcontratar, se debe aportar declaración responsable de en que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficialmanifieste su importe, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica subcontratistas a los que se exija, en vaya a encomendar su caso, realización. En caso de licitación por lotes del objeto del acuerdo marco: (indicar el número de Sobres- Archivos 1 que deben incluirse por cada lote o grupos de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia). A adjuntar en el anexo IIISOBRE-ARCHIVO 2: Los documentos no excluyentes que puede presentar el licitador para ser valorados conforme a lo establecido en la cláusula 5.5 del PCAP y, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados y documentos recogidos en el apartado octavo 8.1.2 de este CRC. En caso de licitación por lotes del cuadro resumen, sin objeto del acuerdo marco: (indicar el número de Sobres- Archivos 2 que pueda figurar deben incluirse por cada lote o grupos de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia). A adjuntar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulasSOBRE-ARCHIVO 3: Los documentos no excluyentes que puede presentar el licitador para ser valorados conforme a lo establecido en la cláusula 5.5 del PCAP y, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados y documentos recogidos en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, apartado 8.1.1 de este CRC. La proposición económica se presentará conforme al modelo establecido en el licitador estime conveniente aportarAnexo II. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento caso de licitación a aquellos licitadores por lotes del objeto del acuerdo marco: (indicar el número de Sobres- Archivos 3 que incorporen en los sobres A deben incluirse por cada lote o C-1, documentación que deba grupos de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos lotes al que se aportan, deberán introducirse apliquen los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad mismos requisitos de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologadossolvencia), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:.
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Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 20 Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre)castellano. Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP)presentadas. Los licitadores deberán presentar tres sobres, dos sobres cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — - Sobre «"A»": Documentación Administrativa. — - Sobre «"B»": Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor Económica y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato Documentos para valorar las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna condiciones de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 ofertas
8.2.1. Sobre A. Documentación administrativa Incluirá:
1.- ÍNDICE y HOJA RESUMEN DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE 2.-DECLARACIÓN RESPONSABLE (XXXXX X) del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada licitador suscrita por el licitador o su representante, reconociendo que cumple los requisitos establecidos para contratar con esta Administración, y en la particular, los de capacidad, representación y solvencia exigidos, comprometiéndose a acreditar tales extremos en caso de que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, a su favor recaiga propuesta de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:adjudicación.
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Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones ofertas supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la aportación inicial, de una declaración responsable de del licitador indicando que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las No se aceptarán aquellas proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la licitación. Toda Administración estime fundamental para la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre)oferta. Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal unión temporal con otras empresas otros empresarios si lo ha he hecho individualmente ni o figurar en más de una Unión Temporal de Empresasunión temporal. La contravención infracción de este principio estas normas dará lugar a la desestimación no admisión de todas las presentadas proposiciones por él suscritas. El expediente podrá ser examinado por los interesados a la convocatoria en este Ayuntamiento (artículo 145 del TRLCSPPlaza Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, 1), de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, durante el plazo de presentación de ofertas. Los licitadores deberán presentar tres sobresAsí como el plan de evacuación y emergencias y el contrato de seguridad en el que se subrogara el adjudicatario y referido a los días 24 y 31 de diciembre Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en DOS sobres cerrados, cerrados y firmados por el mismo o persona licitador, en los que le represente haciendo se hará constar la denominación del y la leyenda “Proposición para licitar la autorización de uso para la celebración de espectáculos en cada uno de ellos su respectivo contenido el auditorio y el nombre del licitadorla Barra en la navidad 2018”. La denominación de los sobres es la siguiente: — La denominación del sobre será la siguiente: Sobre «A»nº 1: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá , seguida de la documentación técnica que se exija, en su casoinscripción del título del procedimiento, en el anexo III, en orden a que se incluirá: - Modelo de Declaración responsable - Justificante de depósito de la aplicación garantía provisional por importe del 3% del tipo base de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumenlicitación, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:impuestos.
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Contenido de las proposiciones. La presentación proposición para tomar parte en el procedimiento constará de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, sobres cerrados y firmados por el mismo licitador o persona que le represente haciendo constar en represente. En cada uno de ellos su respectivo contenido se indicará la razón social y denominación del licitador, el título del procedimiento abierto y el nombre del licitadortítulo de cada sobre. La denominación En cada uno de los sobres es se incluirá la siguientedocumentación que a continuación se indica.
Sobre A Título: — Sobre «A»: “Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnicaadministrativa”. En este sobre deberá incluirse la siguiente documentación:
1. Hoja resumen de datos del licitador incluyendo dirección completa, número de teléfono, correo electrónico y persona de contacto. Todas las notificaciones relacionadas con el procedimiento se incluirá remitirán a la documentación técnica dirección de correo electrónico especificada por el licitador en este documento.
2. Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones legalmente establecidas para contratar con la Administración en el artículo 146.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Anexo I del presente pliego).
3. Documento en el que se exijaidentifique la persona o personas que, en su casocaso de resultar la empresa adjudicataria del contrato, tendrán capacidad para presentar y retirar la garantía (Anexo II del presente pliego).
4. Los empresarios que concurran agrupados en el anexo IIIuniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, en orden a sin perjuicio de la aplicación existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Asimismo deberán indicar los nombres y circunstancias de los criterios objetivos que la constituyan y la participación de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo IIIcada uno, así como toda aquélla que, con carácter general, que asumen el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios compromiso de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen constituirse formalmente en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye unión temporal en el sobre B o C-2 no será objeto caso de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución resultar adjudicatarios del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional tener en cuenta que, en su caso, sea exigible para la realización tal y como dispone el artículo 146.5 del texto refundido de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador la fecha límite en la que se manifieste deben estar en posesión de los requisitos que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión presente procedimiento se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes exigen es la del Decreto 39/2011, fin del plazo de 22 presentación de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:proposiciones.
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Samples: Contrato De Suministro
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubreoctubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP80 de TRLCAP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o mediante copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente PliegoPliego o, en su caso, con la correspondiente clasificación, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP20 TRLCAP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:
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Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP)8.1. Los licitadores deberán presentar presentaran tres sobresmensajes de correo electrónico indicando en el texto de cada uno de ellos el NOMBRE Y APELLIDOS DEL LICITADOR O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA y en el asunto el Número referencia del expediente y EL OBJETO DEL CONTRATO indicado en el APARTADO “A” DE LA CARÁTULA del presente Xxxxxx.
8.2. Los tres mensajes se enviarán a la siguiente dirección: E:Mail: xxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xx, cerrados y firmados por dentro del plazo indicado en el mismo APARTADO “E” DE LA CARÁTULA del presente Pliego, y/o persona que le represente haciendo constar en caso, en el anuncio de licitación. En la descripción del “Asunto” del correo electrónico se indicará, en cada uno de ellos su respectivo contenido ellos, lo siguiente: - Correo “A”: “Nº expediente licitación: Documentación general” - Correo “B”: “Nº expediente licitación: Proposición económica” - Correo “C”: “Nº expediente licitación: Propuesta técnica” La recepción de mensajes está limitada a 8 Mb, por tanto, en el caso de necesitar presentar mensajes de volumen superior se debe de fraccionar la información en tantos mensajes como se necesite.
8.3. El Correo “A” contendrá los documentos a que se detallan en el apartado 8.5, el Correo “B” la proposición económica y el nombre del licitadorCorreo “C” los aspectos técnicos de la proposición.
8.4. La denominación entrega de las proposiciones impone a los concursantes la obligación de aceptar la licitación si se les adjudica. Una vez presentada una proposición, no podrá ser retirada, salvo por razones justificadas, así apreciadas por BISCAYTIK.
8.5. Correo “A”: Documentación General. Capacidad y solvencia de los sobres es empresarios.
8.5.1 Esta documentación se presentará preferiblemente en formato electrónico, no obstante, si el empresario no dispone de ella en formato electrónico puede presentarse en el Registro de Entradas de BISCAYTIK en sobre cerrado indicando el Nº de expediente y la siguiente: — Sobre «descripción del objeto indicado en el APARTADO “A»: ” DE LA CARÁTULA de este Pliego, con la indicación “Documentación Administrativageneral”:
a) D.N.I., o documento fehaciente que haga sus veces, de quién presente la proposición y los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro acompañarán también poder bastante a tal efecto.
b) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se incluirá realizará mediante la documentación técnica escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constarán las normas por las que se exijaregula su actividad, inscritos, en su caso, en el anexo IIIcorrespondiente Registro Oficial.
c) Poder con facultades suficientes para contratar, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados conformidad con lo estipulado en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulasanterior, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme cuanto a la legislación en vigor. Dentro forma de cada sobre y con una relación previa acreditación de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar.
d) Declaración responsable suscrita por persona con facultades de no estar incurso el empresario en causa de prohibición, acrediten su incapacidad o incompatibilidad de las previstas en el artículo 60 de la TRLCSP. A tal fin, se aportará debidamente cumplimentado y firmado el ANEXO 2 de este Xxxxxx. En dicha declaración se hará constar expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse antes de la formalización del contrato con el empresario que haya sido seleccionado.
e) Por lo que se refiere a la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador, se deberá aportar la documentación necesaria para acreditarla o el certificado de clasificación como empresa de servicios expedido por el Gobierno Xxxxx o la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, según lo previsto en el APARTADO “N” DE LA CARÁTULA de este Pliego. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea y las demás empresas extranjeras, acreditarán la capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del siguiente modo: ▪ Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, mediante inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP. ▪ Las demás empresas extranjeras, - Informe de la respectiva Misión Diplomática. Permanente u Oficina Consular de España, en la forma que determina se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el presente PliegoRegistro Local profesional, y no se encuentren comprendidas comercial o análogo, o en alguna su defecto, que actúan con habituabilidad en el tráfico local en el ámbito de las prohibiciones para contratar actividades a las que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya extiende el objeto del contrato. Salvo - Además deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente en España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del acuerdo sobre Contratación Públicas de la Organización Mundial del Comercio. - Acreditación de que la empresa tenga abierta sucursal en España, con designación de conformidad apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil. - Conforme a lo establecido en los apartados de la cláusula 8.5.2. En todo caso, las empresas extranjeras no comunitarias, si es exigible para las empresas españolas, deberán acreditar estar clasificadas según se dispone en el APARTADO “N” DE LA CARÁTULA de este Pliego.
f) Si así se hubiera establecido en el APARTADO “G” DE LA CARÁTULA, deberá aportarse aval constituido en concepto de garantía provisional y por el importe indicado en ese apartado. La garantía provisional se cancelará y devolverá a los licitadores no seleccionados una vez que el empresario seleccionado formalice el contrato.
g) Cuando varias empresas acudan a la licitación constituyendo una agrupación temporal y salvo que en la carátula se disponga otra cosa o se haya exigido clasificación (en cuyo caso se estará al régimen de acumulación del TRLCSP), cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar y solvencia conforme establecen las cláusulas anteriores. Además, en estos casos, se indicarán:
(a) Los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban.
(b) La participación de cada uno de ellos en la unión.
(c) La persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la propiedad, quedando obligada solidariamente frente a la Entidad Contratante. Sólo en el caso de que la licitación sea adjudicada a la agrupación temporal de empresas deberán éstas acreditar la constitución en escritura pública de la misma ante la Entidad Contratante. La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
h) En el caso de tener un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 del total de la plantilla, y con el artículo 20 fin de acogerse a lo dispuesto en la Disposición Adicional cuarta de la TRLCSP y Orden de 17 de diciembre de 2001 del Real Ministerio de Sanidad y Consumo, se podrá acreditar dicha existencia mediante certificación expedida al efecto o documentación pertinente.
8.5.2 Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas, regulado por el Decreto 817/2009Xxxxx Nº 59/94, de 8 21 xx xxxxXxxxx, por sobre establecimiento y regulación del Registro de Contratistas del Territorio Histórico de Bizkaia, en el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, Registro de 30 de octubre, de Contratos Contratistas del Sector Público, se acompañe certificación expedida por Gobierno Xxxxx o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada podrá acreditar las circunstancias señaladas en los apartados (a) a (c) mediante una certificación del registro o mediante un certificado comunitario de clasificación, acompañando una declaración responsable formulada por el del licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas variación.
8.5.3 Cuando el valor estimado del contrato fijado en el APARTADO “C” DE LA CARÁTULA de este Pliego sea inferior a 1.000.000 de euros para los contratos de obras y de 90.000 para los contratos de suministros y servicios, los licitadores podrán sustituir la aportación de la documentación general señalada en los apartados (a) a (e) por una declaración responsable con sujeción al ANEXO 2.1 de este Pliego en la que se indique que cumple las condiciones establecidas en el presente pliego para contratar con la Entidad Contratante. En tal caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante BISCAYTIK, previamente a la adjudicación del contrato la posesión y validez de los documentos requeridos en los apartados (a) a (e).
8.6. Correo “B”: Proposición Económica.
8.6.1 Se presentará la documentación exigida en el APARTADO “P” DE LA CARÁTULA. La proposición económica se presentará escrita de forma mecanizada y firmada, no aceptándose aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con claridad el contenido de la oferta. En caso de existir una discrepancia entre la cuantía señalada en número y en letra, prevalecerá esta última.
8.6.2 De acuerdo con el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011145 de la TRLCP, cada licitador no podrá presentar más de 22 una proposición, pero ésta podrá contener cuantas soluciones variantes se considere oportuno, siempre que así se haya previsto en el APARTADO “M” DE LA CARÁTULA de febreroeste Pliego., conllevando la necesaria presentación por el licitador de las ofertas económicas relativas a las variantes que proponga.
8.7. Correo “C”: Proposición Técnica
8.7.1 Se presentará la documentación exigida en el APARTADO “O” DE LA CARÁTULA. En cualquier caso, deberán presentar toda aquella documentación que sea necesaria para la ponderación de los criterios de adjudicación recogidos en el APARTADO “Q” DE LA CARÁTULA de este Pliego La documentación se presentará en documento word, excel, pdf o formato similar.
8.7.2 La proposición técnica se pasará a los Servicios Técnicos del Departamento promotor del encargo, para que de forma previa a la apertura del Correo B se valoren las proposiciones presentadas. En el informe de los Servicios Técnicos se valorarán conjuntamente las proposiciones de los licitadores y se tendrán en cuenta los criterios de valoración fijados y la ponderación que se establece les haya atribuido..
8.8. La omisión de cualquiera de los documentos citados o la organización administrativa no observancia estricta del cumplimiento de lo previsto en los apartados anteriores, podría ser motivo para la gestión no admisión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:oferta.
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Contenido de las proposiciones. La presentación proposición para tomar parte en el procedimiento constará de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, sobres cerrados y firmados por el mismo licitador o persona que le represente haciendo constar en represente. En cada uno de ellos su respectivo contenido se indicará la razón social y denominación del licitador, el título del procedimiento abierto y el nombre del licitadortítulo de cada sobre. La denominación En cada uno de los sobres es se incluirá la siguientedocumentación que a continuación se indica.
Sobre A Título: — Sobre «A»: “Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnicaadministrativa”. En este sobre deberá incluirse la siguiente documentación:
1. Hoja resumen de datos del licitador incluyendo dirección completa, número de teléfono, correo electrónico y persona de contacto. Todas las notificaciones relacionadas con el procedimiento se incluirá remitirán a la documentación técnica dirección de correo electrónico especificada por el licitador en este documento.
2. Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones legalmente establecidas para contratar con la Administración en el artículo 146.1 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Anexo I del presente pliego).
3. Documento en el que se exijaidentifique la persona o personas que, en su casocaso de resultar la empresa adjudicataria del contrato, tendrán capacidad para presentar y retirar la garantía (Anexo II del presente pliego).
4. Los empresarios que concurran agrupados en el anexo IIIuniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, en orden a sin perjuicio de la aplicación existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Asimismo deberán indicar los nombres y circunstancias de los criterios objetivos que la constituyan y la participación de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo IIIcada uno, así como toda aquélla que, con carácter general, que asumen el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios compromiso de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen constituirse formalmente en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye unión temporal en el sobre B o C-2 no será objeto caso de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución resultar adjudicatarios del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional tener en cuenta que, en su caso, sea exigible para la realización tal y como dispone el artículo 146.5 del texto refundido de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador la fecha límite en la que se manifieste deben estar en posesión de los requisitos que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión presente procedimiento se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes exigen es la del Decreto 39/2011, fin del plazo de 22 presentación de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:proposiciones.
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Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP129 de la LCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP49 de la LCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP 43 de la LCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados)variación, así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:
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Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego Las proposiciones, conforme a lo establecido en el art. 130 y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento 144 de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficialLCSP y 80 del RGLCAP, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 constarán de tres sobres cerrados, numerados del Real Decreto 1098/20011 al 3, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados sellados y firmados por el mismo o persona proponente, que le represente haciendo hará constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación contenido, así como teléfono y/o fax de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exijacontacto para realizar, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación oportuno trámite de los criterios objetivos subsanación de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al preciodefectos. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa indique en el cuadro de un juicio características específicas que sólo se utilizará como criterio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre adjudicación el del precio más bajo o cuando se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a indique que todos los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa serán valorables mediante la aplicación de un juicio cifras y porcentajes, únicamente se presentarán los sobres nº1 y nº 2. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de valor, indicados la licitación pública. De conformidad con lo señalado en el anexo IIIart. 129.3 de la LCSP, así como toda aquélla quecada licitador no podrá presentar más que una proposición, sin perjuicio de la existencia de variantes o alternativas o en el caso de presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica, en el supuesto de cualquiera de esas posibilidades se hayan permitido en el cuadro de carácterísticas específicas. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta en unión temporal con carácter generalotros, el licitador estime conveniente aportarsi lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa caso de que el contrato esté dividido en lotes, los licitadores deberán especificar con claridad en sus ofertas los lotes a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulasque concurren. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de De conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización art. 129.1 de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que LCSP, la presentación de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxxproposiciones supone, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos parte del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificadoempresario, la aceptación incondicional del clausulado de este pliego y del de prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad o reserva alguna. La documentación a presentar será la siguiente:contenida en dichos sobres estará redactada en castellano.
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Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de Las empresas solicitantes que hayan sido invitadas a participar en este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones procedimiento deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna su proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados un sobre cerrado y firmados firmado por el mismo licitador o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido represente. En el exterior del sobre se indicará el título del sobre y la denominación del contrato al que se licita, el nombre y apellidos del licitador. La denominación licitador o razón social de los sobres es la siguienteempresa y su correspondiente NIF o CIF.: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre el licitador deberá incluir la documentación que se indica a continuación:
1. La oferta técnica, que estará firmada por el licitador o su representante, incluirá la documentación relativa a la propuesta técnica que conforme con los requisitos xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. En esta propuesta se exijaincluirán, en su caso, las mejoras o prestaciones adicionales que se propongan, que en el anexo III, ningún caso supondrán coste adicional alguno. La oferta técnica deberá presentarse desglosada por los epígrafes descritos en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa que figuran en la cláusula 15ª. Serán objeto de un juicio exclusión las ofertas técnicas que no acrediten el cumplimiento de valor, indicados los requisitos mínimos que se establecen en el anexo IIIpliego de prescripciones técnicas. No se valorarán los datos que no se acrediten debidamente. La documentación correspondiente a la propuesta técnica deberá presentarse en papel y en soporte informático y en ella se deberá hacer constar, así como toda aquélla quede forma clara, con carácter general, aquella información que el licitador estime conveniente aportarconsidere confidencial a los efectos de lo dispuesto en la cláusula 33ª del presente pliego. En el sobre C-2 se incluirá caso de observarse discrepancias entre la documentación relativa a los criterios en papel y la electrónica, prevalecerá la contenida en papel.
2. La oferta económica, que estará firmada por el licitador o su representante y se redactará según el modelo que figura como anexo I del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que el órgano de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulascontratación estime fundamental para considerar la oferta. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen formulará en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior euros (sobres B número y sobre C-2letra). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B Los precios ofertados incluirán cualquier tipo de tributo, carga o C-2 no será objeto arbitrio fiscal de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, carácter europeo (en su caso), excepción hecha del impuesto sobre el valor añadido (IVA), cuyo importe, tal y como figura en el modelo, se indicará como mención independiente. En la oferta económica se detallará por separado el coste de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer las distintas fases de producción de una organización con elementos personales obra: diseño, impresión, encuadernación, retractilado, distribución, entrega y materiales suficientes para la debida ejecución del contratoalmacenamiento. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, Si alguna proposición no guardase concordancia con la habilitación empresarial documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o profesional existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de Contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. Si en la oferta económica hubiera discrepancias entre el precio expresado en letra y el expresado en número, prevalecerá el importe expresado en letra. Las mejoras o prestaciones adicionales que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador contemplen en la que propuesta técnica se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes entenderán incluidas dentro del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:precio ofertado.
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Samples: Contract for Design, Printing, Binding, Packaging, Storage, and Distribution Services
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán proposición respetará el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán tendrá carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubreoctubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición Las proposiciones para tomar parte en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar la licitación se presentarán en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobressobres cerrados, cerrados y firmados por el mismo o persona licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que le represente haciendo se hará constar en cada uno de ellos su respectivo contenido la denominación del sobre y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: leyenda — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Proposición Económica. — Sobre «C»Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: Documentación TécnicaDe conformidad con lo establecido en el art. En este sobre se incluirá 146.4 del TRLCSP, los licitadores deberán presentar una declaración responsable, que deberá ajustarse al modelo contenido en el ANEXO I, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, que sustituirá la documentación técnica administrativa contemplada en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h) -en el caso de la letra h) siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna. No obstante, el licitador cuya proposición sea considerada y seleccionada como la económicamente más ventajosa para la Administración, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato y en el mismo plazo señalado en la cláusula decimoséptima, la posesión y validez de los documentos exigidos. Los documentos a los que sustituye la declaración responsable del ANEXO I son los contemplados en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h), siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna, son los siguientes:
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario y su - Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. - Cuando se trate de personas jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se exijaregula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el anexo IIIRegistro público que corresponda, en orden a según el tipo de persona jurídica de que se trate. - Cuando se trate de empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados Unión Europea: por su inscripción en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa registro procedente de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, acuerdo con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportandel Estado donde están establecidos, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a o mediante la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada presentación de una declaración responsable formulada por el licitador jurada o un certificado, en la los términos que se manifieste que establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las circunstancias reflejadas disposiciones comunitarias de aplicación. - Los demás empresarios extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión Estado correspondiente o de la contratación Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la Administración empresa. * Se acompañará copia del C.I.F. de la Junta empresa, en caso de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:ser sociedad mercantil.
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Samples: Contrato De Servicios
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego constarán de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres dos sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar licitador. En cada uno de ellos se señalará: • La referencia al procedimiento: “EXPEDIENTE AMH/02/2023: ACUERDO MARCO DE HOMOLOGACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE DOCENTES PARA LAS ACTIVIDADES FORMATIVAS A DESARROLLAR EN EL MARCO DEL PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO (PICE), COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO DURANTE EL EJERCICIO 2023: FORMACIÓN EN COMPETENCIAS Y FORMACIÓN ESPECÍFICA EN NECESIDADES EMPRESARIALES.” • El nombre del licitador. • Su dirección, teléfono y correo electrónico, a efectos de notificaciones y comunicaciones. Finalmente, en cada uno de ellos su respectivo los dos sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención: - En el SOBRE NÚMERO 1: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA” - En el SOBRE NÚMERO 2: “PROPOSICIÓN TÉCNICA” La Xxxxxx xx Xxxxxx se reserva el derecho a exigir a los licitadores que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en las proposiciones, o bien información adicional sobre el contenido de las mismas, siempre que sea meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada, estando el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnicalicitador obligado a ello. En este sobre se incluirá todo caso, la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación presentada será original o copia de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas auténtico conforme a la legislación en vigorvigente. Dentro de cada sobre y con una relación previa de El SOBRE N° 1 deberá contener los documentos siguientes documentos:
a) Documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a acrediten la realización personalidad del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguientelicitador:
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Samples: Acuerdo Marco De Homologación
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán tendrá carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubreoctubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición Las proposiciones para tomar parte en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar la licitación se presentarán en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobresdos sobres cerrados, cerrados y firmados por el mismo o persona licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que le represente haciendo se hará constar la denominación del sobre y la leyenda « Proposición para tomar parte en cada uno el procedimiento abierto para la Contratación del Suministro e Instalación de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitadorLuminarias de Alumbrado Público». La denominación de los sobres es la siguiente: — - Sobre «A»: Documentación Administrativa. — - Sobre «B»: Propuesta Proposición Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas autentificadas, conforme a la legislación Legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación previa numerada de los mismos: De conformidad con lo establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, los licitadores podrán presentar una declaración responsable, que deberá ajustarse al modelo contenido en el ANEXO I, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, que sustituirá la documentación administrativa contemplada en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h) -en el caso de la letra h) siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna. No obstante, el licitador cuya proposición sea considerada y seleccionada como la económicamente más ventajosa para la Administración, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato y en el mismo plazo señalado en la cláusula decimoséptima, la posesión y validez de los documentos exigidos. Los documentos a los que sustituye la declaración responsable del ANEXO I son los contemplados en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h), siempre y cuando se aportanrefiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, deberán introducirse puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna, son los siguientes: Podrán optar a :
a) Documentos que acrediten la realización personalidad jurídica del contrato las personas naturales empresario y su - Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o jurídicas que tengan plena capacidad administrativamente, del Documento Nacional de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulteIdentidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. - Cuando se trate de sus respectivos personas jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o reglas fundacionales y el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se acredite debidamenteregula su actividad, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional quedebidamente inscritos, en su caso, sea exigible para la realización en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. - C.I.F. de la actividad o prestación que constituya empresa, en caso de ser sociedad mercantil - Las empresas licitadoras deberán estar inscritas en el objeto Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Directos en Mercado (Ley 54/1997, de 27 de noviembre, modificada por la Ley 17/2007, de 4 de julio). Esta habilitación se debe acreditar presentando el certificado de inscripción correspondiente y se deberá mantener la citada inscripción durante la vigencia del contrato, debiendo presentar copia al inicio. Salvo - Cuando se trate de empresarios no españoles que sean nacionales de conformidad Estados miembros de la Unión Europea: por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con el artículo 20 la legislación del Real Decreto 817/2009Estado donde están establecidos, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente o mediante la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada presentación de una declaración responsable formulada por el licitador jurada o un certificado, en la los términos que se manifieste que establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las circunstancias reflejadas disposiciones comunitarias de aplicación. - Los demás empresarios extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión Estado correspondiente o de la contratación Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:empresa.
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Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán proposición respetará el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán tendrá carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubreoctubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna La proposición para tomar parte en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar la licitación se presentará en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobresdos sobres cerrados, cerrados y firmados por el mismo o persona licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que le represente haciendo se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para tomar parte en cada uno el procedimiento de ellos su respectivo contenido licitación del Contrato administrativo de servicios de mantenimiento preventivo y el nombre correctivo de aparatos elevadores del licitadorAyuntamiento xx Xxxx”. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Proposición Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas autentificadas, conforme a la legislación Legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación previa numerada de los mismos: De conformidad con lo establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, los licitadores deberán presentar una declaración responsable, que deberá ajustarse al modelo contenido en el ANEXO I, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, que sustituirá la documentación administrativa contemplada en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h), siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna. No obstante, el licitador cuya proposición sea considerada y seleccionada como la económicamente más ventajosa para la Administración, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato y en el mismo plazo señalado en la cláusula decimoséptima, la posesión y validez de los documentos exigidos. Los documentos a los que se aportansustituye la declaración responsable del ANEXO I son los contemplados en las letras a), deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrarb), acrediten su solvencia económicac), financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliegod), e), f), g), y no h), siempre y cuando se encuentren comprendidas refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en alguna caso contrario deberá aportar la documentación oportuna, siguientes:
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario y su - Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulteIdentidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. - Cuando se trate de sus respectivos personas jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o reglas fundacionales y el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se acredite debidamenteregula su actividad, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional quedebidamente inscritos, en su caso, sea exigible para la realización en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. - Cuando se trate de empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la actividad Unión Europea: por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente mediante la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada presentación de una declaración responsable formulada por el licitador jurada o un certificado, en la los términos que se manifieste que establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las circunstancias reflejadas disposiciones comunitarias de aplicación. - Los demás empresarios extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión Estado correspondiente o de la contratación Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la Administración empresa. * Se acompañará copia del C.I.F. de la Junta empresa, en caso de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:ser sociedad mercantil.
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Samples: Contrato De Servicios De Mantenimiento De Ascensores
Contenido de las proposiciones. La Las proposiciones que se presenten constarán, en principio, de tres sobres.
12.1 Sobre (A): Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos
(i) Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional proposición y de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar aquella.
(ii) Que cuenta con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exijacorrespondiente clasificación, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación o que cumple los requisitos de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos.
(iii) Que no está incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71.3 de la LCSP.
(iv) La designación de una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, que deberá ser «habilitada» de conformidad con lo dispuesto en la forma Disposición Adicional Decimoquinta de la LCSP. Se incluye como Anexo 0 el modelo al que determina deberá ajustarse la declaración responsable. En los casos en que el presente Pliego, empresario recurra a la solvencia y no se encuentren comprendidas en alguna medios de las prohibiciones para contratar que enumera otras empresas de conformidad con el artículo 60 75 de la LCSP, cada una de ellas también deberá presentar una declaración responsable en la que figure la información pertinente para estos casos con arreglo al formulario normalizado del TRLCSPdocumento europeo único de contratación. La finalidad presentación del compromiso a que se refiere el apartado 2 del artículo 75 de la LCSP se realizará de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 140 de la LCSP. De haberse exigido la constitución de garantía provisional en el punto 12 de la carátula, se aportará el documento acreditativo de haberla constituido. En todos los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará una declaración responsable por cada empresa participante en la que figurará la información requerida en estos casos en el formulario del documento europeo único de contratación. Adicionalmente a la declaración o actividad declaraciones a que se refiere el párrafo anterior, se aportará el compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de la misma de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del adjudicatario deberá tener relación directa con artículo 69 de la LCSP. Además de la declaración responsable, las empresas extranjeras, en los casos en que el objeto contrato vaya a ejecutarse en España, deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, según resultecon renuncia, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contratoal fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Igualmente, de conformidad con Cuando en el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización punto 8 de la actividad o prestación que constituya el carátula se prevea la división en lotes del objeto del contrato. Salvo que , si los requisitos de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009solvencia económica y financiera o técnica y profesional exigidos variaran de un lote a otro, se aportará una declaración responsable por cada lote o grupo de 8 xx xxxx, por el lotes al que se desarrolla parcialmente apliquen los mismos requisitos de solvencia. El órgano o la Ley 30/2007mesa de contratación (u órgano similar contemplado en este Pliego) podrán pedir a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de 30 la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de octubreadjudicar el contrato. No obstante lo anterior, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del EstadoSector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, acompañada como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares. Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato. Además, el licitador deberá aportar una declaración responsable formulada por el licitador indicando que cumple las condiciones establecidas en los pliegos que rigen la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados)presente contratación, así como para que asume los datos que no consten en el certificado, compromisos correspondientes derivados de la documentación a presentar será la siguiente:aceptación de los pliegos. Ello según ANEXO 2.
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Samples: Suministros/Servicios
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán proposición respetará el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán tendrá carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubreoctubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna La proposición para tomar parte en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar la licitación se presentará en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobresdos sobres cerrados, cerrados y firmados por el mismo o persona licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que le represente haciendo se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para tomar parte en cada uno el procedimiento abierto para la contratación del servicio de ellos su respectivo contenido impresión en la modalidad de alquiler del equipamiento multifunciones y el nombre del licitadorpago por copia». La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Proposición Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Técnica Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas autentificadas, conforme a la legislación Legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación previa numerada de los mismos: De conformidad con lo establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, los licitadores deberán presentar una declaración responsable, que deberá ajustarse al modelo contenido en el ANEXO I, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, que sustituirá la documentación administrativa contemplada en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h) -en el caso de la letra h) siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna. No obstante, el licitador cuya proposición sea considerada y seleccionada como la económicamente más ventajosa para la Administración, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato y en el mismo plazo señalado en la cláusula decimoséptima, la posesión y validez de los documentos exigidos. Los documentos a los que sustituye la declaración responsable del ANEXO I son los contemplados en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h), siempre y cuando se aportanrefiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, deberán introducirse puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna, son los siguientes: Podrán optar a :
a) Documentos que acrediten la realización personalidad jurídica del contrato las personas naturales empresario y su - Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o jurídicas que tengan plena capacidad administrativamente, del Documento Nacional de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulteIdentidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. - Cuando se trate de sus respectivos personas jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o reglas fundacionales y el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se acredite debidamenteregula su actividad, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional quedebidamente inscritos, en su caso, sea exigible para la realización en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. - Cuando se trate de empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la actividad Unión Europea: por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente mediante la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada presentación de una declaración responsable formulada por el licitador jurada o un certificado, en la los términos que se manifieste que establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las circunstancias reflejadas disposiciones comunitarias de aplicación. - Los demás empresarios extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión Estado correspondiente o de la contratación Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la Administración empresa. * Se acompañará copia del C.I.F. de la Junta empresa, en caso de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:ser sociedad mercantil.
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Contenido de las proposiciones. La presentación El sobre que contenga las proposiciones de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional los licitantes deberá contener:
6.2.1. Propuesta técnica, para cuya elaboración se utilizará el Formato 5.- Formato de las cláusulas de este Pliego propuesta técnica, el cual deberá cumplir con todos y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos los requerimientos detallados en el Anexo 1.- Anexo técnico.
6.2.2. Propuesta económica, en la que deberá considerarse el costo total del servicio ofertado, incluyendo todos sus componentes. Para su respectivo contenido elaboración deberá utilizarse el Formato 6.- Formato de propuesta económica.
6.2.3. Escrito de acreditación del licitante, utilizando para tal fin el Formato 1.- Acreditación del licitante y manifestación de interés, conforme a lo previsto en el nombre Numeral 3. Acreditación del licitadorlicitante de esta convocatoria; acompañándolo de copia por ambos lados de la identificación oficial de la persona que firme la proposición.
6.2.4. La denominación Escrito en el que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana, utilizando para tal fin el Formato 2.- Nacionalidad; de conformidad con lo establecido en el primer párrafo del artículo 35 del Reglamento, acompañándolo con copia de identificación oficial del licitante o de su acta constitutiva en el caso de personas xxxxxxx.
6.2.5. Escrito mediante el cual el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en alguno de los sobres es supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la siguiente: — Sobre «A»: Documentación AdministrativaLey; conforme a lo indicado en los artículos 29, fracción VIII, de la Ley, y 39, fracción VI, inciso e, del Reglamento. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá Para tal efecto, utilizarán el Formato 3.- Artículos 50 y 60 de la documentación técnica LAASSP que se exijaadjunta a esta convocatoria.
6.2.6. Declaración de Integridad en la que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de la convocante induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes; conforme a los artículos 29, fracción IX, de la Ley, y 39, fracción VI, inciso f, del Reglamento. Deberá formular este escrito utilizando el Formato 4.- Declaración de integridad ajunto a esta convocatoria.
6.2.7. Copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa, o bien, un escrito en el cual el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad que cuentan con ese carácter; de conformidad con el artículo
6.2.8. Escrito mediante el cual el licitante manifieste que al día de la presentación de su proposición, cuenta con la opinión positiva del cumplimiento de sus obligaciones en materia fiscal en la página del SAT. Para tal fin utilizarán el Formato 8.- Cumplimiento de obligaciones en materia de fiscal.
6.2.9. Escrito mediante el cual el licitante manifieste que al día de la presentación de su proposición, cuenta con la opinión positiva del cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social en la página del IMSS. Para tal fin utilizarán el Formato 9.- Cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social.
6.2.10. Aceptación expresa de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados requerida por la convocante cuando el archivo electrónico en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente contengan las proposiciones y/o demás información no puedan abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:convocante.
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Contenido de las proposiciones. La presentación oferta se presentará en un sobre cerrado y rubricado, con indicación del número de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán expediente indicado en el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento encabezamiento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficialCarátula, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación así como de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, demás datos indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportarAPARTADO “15” de la Carátula. En el sobre C-2 cerrado se incluirá incluirán dos sobres diferenciados: - En el sobre B, denominado como “proposición de criterios valorables por fórmula”, deberá figurar dicha proposición (ajustada al modelo que figura como XXXXX XX) debidamente firmada y fechada. Contendrá una sola proposición para cada oferta presentada, ya sea la documentación relativa a base o las variantes o alternativas que pudiera presentar el licitador, cuando así se prevea en el APARTADO “6” de la Carátula de este Pliego. En el precio ofertado se incluirán todos los conceptos incluyendo cualquier impuesto o gasto con que pueda verse gravado, excepto el Impuesto Sobre el Valor Añadido (I.V.A.) que figurará como partida independiente. En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá esta última. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que Bilbao Metropoli-30, estime fundamental para la oferta. Cuando entre los criterios evaluables mediante fórmula matemática recogidos en el APARTADO “18” de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá la Carátula se contemplen, además del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1precio, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 otros criterios, se incluye incluirán igualmente en el sobre B o C-2 en escrito específico fechado y firmado la proposición del licitador respecto a esos criterios. – En el sobre A, denominado como “declaración responsable y oferta de criterios no será objeto valorables por fórmula”, los licitadores presentarán una declaración responsable con las siguientes manifestaciones: (ajustada al modelo que figura como XXXXX X): ostentar la representación de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y entidad que presenta la oferta, contar con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su adecuada solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente; contar con las autorizaciones necesarias para ejercer la actividad; no estar incurso en prohibición de contratar en caso de licitadores extranjeros, ha de incluir el sometimiento al fuero español; Las uniones temporales de empresarios deben acompañar el compromiso de constitución de la unión (ajustado al modelo que figura como XXXXX XX). Cuando una empresa recurra a los medios o profesional capacidades de terceras empresas debe pronunciarse sobre el compromiso por escrito de todas ellas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75.2 LCSP (ajustado al modelo que figura como XXXXX XXX). En el sobre A deberá figurar también la forma proposición de criterios no cuantificables mediante fórmula debidamente firmada y fechada. Las entidades licitadoras deberán recoger en sus proposiciones técnicas toda la documentación que determina permita a Bilbao Metropoli-30, valorarlas de acuerdo con los criterios de valoración que se especifican en el presente Pliegopliego. La entidad licitadora especificará las partes de trabajo que serán objeto de subcontratación, indicando el porcentaje que representará la subcontratación en relación con el presupuesto total ofertado y no se encuentren comprendidas en alguna las características técnicas de las prohibiciones para contratar que enumera entidades subcontratistas Bilbao Metropoli-30, podrá comprobar, tanto antes como después de la adjudicación y en el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto curso del contrato, según resultela veracidad del contenido de los documentos incluidos en el sobre A , así como de los que, en su caso, se entiendan como criterios especiales de adjudicación, entendiéndose que la falsedad de los datos y circunstancias presentados por la empresa puede ser causa de exclusión del procedimiento o, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución nulidad del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismopor incumplimiento imputable al contratista, con pérdida de la habilitación empresarial o profesional quegarantía definitiva constituida o, en su caso, sea exigible para la realización indemnización por valor de aquella si no se ha constituido, debiendo indemnizar, además, a Bilbao Metropoli-30, los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:garantía incautada.
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Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contratocontrato de servicios de jardinería, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:
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Samples: Contrato De Servicios
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 80 del TRLCSPTRLCAP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o mediante copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente PliegoPliego o, en su caso, con la correspondiente clasificación, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 20 del TRLCSPTRLCAP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la La documentación a presentar será la siguiente:
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Samples: Servicios Agreement
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP129 de la LCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o mediante copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente PliegoPliego o, en su caso, con la correspondiente clasificación, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP49 de la LCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP 43 de la LCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la La documentación a presentar será la siguiente:
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Samples: Gestión De Servicio Público
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre C se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2C-2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:
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Contenido de las proposiciones. La presentación proposición para tomar parte en el procedimiento constará de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, dos sobres cerrados y firmados por el mismo licitador o persona que le represente haciendo constar en represente. En cada uno de ellos su respectivo contenido se indicará la razón social y denominación del licitador, el título del procedimiento negociado sin publicidad y el nombre del licitadortítulo de cada sobre. La denominación En cada uno de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que a continuación se indica.
Sobre A Título: “Documentación administrativa”.
1. Hoja resumen con los datos del licitador, incluyendo obligatoriamente, dirección postal, teléfono, correo electrónico y persona de contacto en la empresa. Las comunicaciones relacionadas con el procedimiento se remitirán a la dirección de correo electrónico especificada por el licitador en este documento.
2. Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones legalmente establecidas para contratar con la Administración en el artículo 146.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Anexo I).
3. Documento en el que se exijaidentifique la persona o personas que, en su casocaso de resultar la empresa adjudicataria del contrato, tendrán capacidad para presentar y retirar la garantía (Anexo II).
4. Los empresarios que concurran agrupados en el anexo IIIuniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, en orden a sin perjuicio de la aplicación existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Asimismo deberán indicar los nombres y circunstancias de los criterios objetivos que la constituyan y la participación de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo IIIcada uno, así como toda aquélla que, con carácter general, que asumen el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios compromiso de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen constituirse formalmente en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye unión temporal en el sobre B o C-2 no será objeto caso de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución resultar adjudicatarios del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional tener en cuenta que, en su caso, sea exigible para la realización tal y como dispone el artículo 146.5 del texto refundido de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador la fecha límite en la que se manifieste deben estar en posesión de los requisitos que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión presente procedimiento se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes exigen es la del Decreto 39/2011, fin del plazo de 22 presentación de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:proposiciones.
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Samples: Contract for Comprehensive Management Services of the Self Protection Plan of the Senate
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres en el momento temporal oportuno según lo establecido en el presente pliego, los sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o mediante copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:
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Samples: Servicios
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone supone, por parte del empresario empresario, la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administraciónadministración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y se presenten tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente individualmente, ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar lugar, en su caso, a la desestimación no admisión de todas las presentadas por el mismo (artículo 145 del TRLCSP129.3 de LCSP). Los licitadores deberán presentar tres dos sobres, cerrados y firmados por el mismo ellos mismos, o persona que le represente les represente, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — - Sobre «A»: Documentación Administrativa. — - Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliegopliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 49 del TRLCSPLCSP. La finalidad El Sobre “A” contendrá original, copia legitimada, o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su casofotocopia compulsada, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguientedocumentos:
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Samples: Suministro De Gasóleo
Contenido de las proposiciones. 15.1. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por parte del empresario la aceptación incondicional licitador de las cláusulas de este Pliego y de los restantes documentos contractuales y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán Los licitadores se comprometen a mantener las condiciones determinantes de su oferta por un periodo de seis meses desde la finalización del plazo para la presentación de las mismas. Si transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído adjudicación definitiva el modelo licitador no retirara la oferta, se entenderá de manera tacita que establezca este Pliego extiende su validez por el tiempo que vaya transcurriendo, por lo que estará obligado a su cumplimiento en sus estrictos términos, en caso de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta que se le notifique la adjudicación definitiva.
15.2. La presentación de ofertas supondrá, por parte de los licitadores, el momento estudio de la naturaleza de los trabajos que se deban realizar, de los medios personales y materiales que deberá emplear para la ejecución de los mismos, así como la adecuada ponderación de los riesgos, imprevistos y demás circunstancias que pudieran afectar a su oferta. Todos los gastos, honorarios y tributos que se devenguen como consecuencia de la participación en la licitación, serán de exclusiva cuenta y cargo de los licitadores.
15.3. Los licitadores no adquieren ningún derecho frente a la Administración por el hecho de participar en este procedimiento. La documentación presentada por los licitadores quedará en poder de la Administración, que podrá usar de ella y de los datos que contiene a los fines propios del examen y valoración de las distintas ofertas presentadas en este procedimiento para su adjudicación, así como a los de la resolución de cualquiera de los incidentes a los que el procedimiento dé lugar, debiendo garantizar en todo caso el derecho de los licitadores a la confidencialidad de los datos e informaciones incluidas en dicha documentación conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del RGLCAP.
15.4. Los datos e informaciones relevantes y necesarias para la ejecución del contrato que se contengan en la documentación aportada por el licitador o agrupación licitadora que resulte adjudicatario, se entenderá transmitida a tal fin a la Administración por efecto del acto de adjudicación.
15.5. Realizada la adjudicación, la Administración podrá acordar, en su caso, la retención o devolución total o parcial de la documentación presentada por los licitadores no adjudicatarios. En ese caso se les notificará esta posibilidad, concediéndoles un plazo para la retirada de su documentación, transcurrido el cual sin que se personen para su obtención, se procederá a su destrucción.
15.6. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubieracastellano. Las traducciones deberán hacerse en de forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, RGLCAP).
15.7. Las proposiciones constarán de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar los sobres que a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobrescontinuación se indican, cerrados y firmados por el mismo licitador o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnicalo representa. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su casocaso de presentación física, en el anexo IIIexterior de cada sobre deberá constar su respectivo contenido, en orden la licitación a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación que se concurre, la identificación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumenlicitador, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor razón social, teléfono y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportarfax. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro interior de cada sobre se hará constar en hoja o página independiente su contenido ordenado numéricamente.
15.8. En todo caso, la proposición será única y con una relación previa de todos los documentos que se aportan, la componen deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas guardar una coherencia interna de manera que tengan plena capacidad el Órgano de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina Contratación pueda conocer de manera cierta e indubitada todo el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización contenido de la actividad misma.
15.9. Se entregarán tres sobres o prestación que constituya el objeto del contratoarchivos electrónicos, denominados respectivamente: SOBRE UNO: documentación administrativa. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores SOBRE DOS: propuesta sujeta a evaluación previa. SOBRE TRES: oferta económica y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación propuesta sujeta a presentar será la siguiente:evaluación posterior.
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Samples: Concession Agreement
Contenido de las proposiciones. La presentación Las proposiciones constarán de proposiciones supone DOS (2) sobres, identificados con los números N.º 1 y N.º 2. Los licitadores presentarán los sobres correspondientes cerrados y firmados por parte el licitador o por la persona que lo represente. En el anverso de todos ellos figurará número del empresario sobre y su denominación, el nombre y apellidos o la aceptación incondicional razón social del licitador (o licitadores, en el caso de las cláusulas U.T.E.), dirección, teléfono, fax, correo electrónico y la siguiente inscripción:
12.2.1. Sobre Número Uno (1) En este sobre n.º 1 el interesado aportará inicialmente la siguiente documentación:
a) Índice de la documentación que se adjunta.
b) Hoja resumen de datos del licitador a efectos de notificación en la que conste nombre, NIF, dirección completa del licitador, incluyendo número de teléfono, fax y persona de contacto, con indicación de una dirección de correo electrónico.
c) Declaración responsable, conforme al modelo del Anexo N.º 2 de este Pliego y Pliego.
d) En el caso de conceder la declaración responsable autorización para recabar los datos de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, se cumplimentará el modelo del Anexo N.º 3. En el caso de que reúne todas y dos o más empresas acudan a una licitación constituyendo una unión temporal, este Anexo 3 deberá aportarlo cada una de las condiciones exigidas empresas que desee conceder esta autorización.
e) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para contratar todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con la Administraciónrenuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
f) Declaración de documentos o datos de carácter confidencial. Las proposiciones respetarán Tal y como prevé el modelo artículo 140 TRLCSP, las empresas licitadoras tendrán que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficialindicar, si es el caso, mediante una declaración complementaria qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados Todas estas declaraciones y compromisos habrán de ser expedidas dentro del plazo para la hubierapresentación de proposiciones, y deberán ser originales e ir firmadas.
12.2.2. Las traducciones deberán hacerse Sobre Número Dos (2) Los licitadores presentarán en la forma oficial especificada en la cláusula un sobre número DOS (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre2). En el citado sobre, se incluirá:
a) Documentación necesaria para valorar los criterios de adjudicación del contrato cuantificables de forma automática.
b) Modelo de proposición económica ajustado al que figura como Anexo 5 del presente pliego y en la que se indicará, en partidas independientes, el precio neto del contrato y la cuantía correspondiente al IVA. La Oferta Económica se presentará escrita de forma legible y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la empresa pública estima fundamental para considerar la oferta. En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letra y la expresada en número, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra. Cada licitador no podrá licitadora sólo puede presentar más de una sola proposiciónoferta. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición una propuesta en Unión Temporal unión temporal con otras empresas otras, si lo ha hecho individualmente ni individualmente, o figurar en más de una Unión Temporal de Empresasunión temporal. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación inadmisibilidad de todas las presentadas (proposiciones por él presentadas, de acuerdo con el artículo 145 del 145.3 TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobresEn el supuesto de presentarse en U.T.E. la proposición deberá ser firmada, cerrados en todas sus páginas, por todos y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos sus miembros. De conformidad con lo previsto en el art. 84 RGLCAP, si alguna oferta económica no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación o, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en su respectivo contenido y importe, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, la proposición será desechada. Por el nombre contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del licitadormodelo, con tal que lo uno o la otra no altere su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. La denominación A todos los efectos, se entenderá que las ofertas económicas de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica licitadores comprenden todos los gastos que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en adjudicatario deba realizar para el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna cumplimiento de las prohibiciones para contratar prestaciones contratadas, incluidos los tributos de cualquier índole que enumera graven los diversos conceptos en especial el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad Impuesto sobre el Valor Añadido (que figurará como partida independiente) o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la tributo que por realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxxpudiera corresponder sin que, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007tanto, de 30 de octubre, de Contratos puedan ser repercutidos como partida independiente del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:precio establecido.
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Samples: Contract for Supply
Contenido de las proposiciones. La presentación proposición para tomar parte en el procedimiento constará de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, sobres cerrados y firmados por el mismo licitador o persona que le represente haciendo constar en represente. En cada uno de ellos su respectivo contenido se indicará la razón social y denominación del licitador, el título del procedimiento abierto y el nombre del licitadortítulo de cada sobre. La denominación En cada uno de los sobres es se incluirá la siguientedocumentación que a continuación se indica.
Sobre A Título: — Sobre «A»: “Documentación Administrativaadministrativa”. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación TécnicaContenido. En este sobre se incluirá deberá incluirse la documentación técnica siguiente documentación, precedida de un índice del contenido enunciado numéricamente, según el orden que se exijaestablece a continuación:
1. Hoja resumen de datos del licitador, firmada por el licitador o por la persona que lo represente, donde, junto a los datos de identificación personal del firmante de la solicitud, figuren también, obligatoriamente, dirección postal, teléfono, correo electrónico y persona de contacto en su caso, la empresa.
2. Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones legalmente establecidas en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación artículo 146.4 del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización texto refundido de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores Público para contratar con la Administración (Anexo I).
3. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión deberán nombrar un representante o apoderado único de la contratación unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la Administración existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la Junta licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de Andalucía los que la constituyan y sus entidades instrumentales y se regula el régimen la participación de bienes y servicios homologados)cada uno, así como para los datos que no consten asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en el certificadocaso de resultar adjudicatarios del contrato.
4. Declaración responsable del licitador indicando la persona o personas que, en caso de resultar la documentación a empresa adjudicataria del contrato, tendrán capacidad para presentar será y retirar la siguiente:garantía (Anexo II).
5. Certificado acreditativo de haber realizado la visita contemplada en el apartado 5 de la cláusula 14ª del presente pliego.
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Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar 14.1.- De conformidad con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija159.4.d) LCSP, en su caso, los supuestos en que en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando procedimiento no se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los contemplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados la oferta se presentará en un único sobre (modalidad I), de conformidad con lo dispuesto en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportarapartado L “Forma de las proposiciones” del cuadro resumen. En el sobre C-2 supuesto que en el procedimiento se incluirá la documentación relativa a los contemplen criterios de adjudicación valorables cuya cuantificación dependa de forma automática por aplicación un juicio de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen valor, la oferta se presentará en los dos sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, modalidad II) de conformidad con el apartado segundo L “Forma de las proposiciones” del artículo 54 del TRLCSP cuadro resumen. El/los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que sobre/s se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores presentará/n cerrado/s y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada firmado/s por el licitador en la o persona que se manifieste que las circunstancias reflejadas lo represente, debiendo figurar en el certificado no han experimentado variación (igual previsión exterior el número de referencia y la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF. En su interior, se contempla hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. El órgano o la mesa de contratación podrán pedir a los licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para las certificaciones contempladas el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato.
14.2.- Las proposiciones constarán de los sobres indicados en el artículo 11 y siguientes apartado L “Forma de las proposiciones” del Decreto 39/2011cuadro resumen al presente pliego, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión en función de la contratación modalidad que proceda en cada caso. MODALIDAD I: En el supuesto de que en el procedimiento NO se contemplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. La oferta se presentará en un único sobre en cuyo exterior deberá figurar lo siguiente: OBRA………………………(según descripción apartado A cuadro resumen)… ” • Datos licitador: • Nombre y apellidos/razón social: • NIF: • Dirección: • Tfnos: • E-mail:
1.- Declaración responsable y oferta de criterios valorables en cifras o porcentajes. VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES” al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la Administración proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la Junta hagan inviable, será desechada por la Mesa de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el régimen rechazo el cambio u omisión de bienes y servicios homologados), así como para los datos que algunas palabras del modelo si ello no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:altera su sentido.
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Samples: Contract for Works
Contenido de las proposiciones. La presentación Las personas licitadoras deberán confeccionar y presentar tres sobres electrónicos, señalados con los números 1, 2 y 3, a través de proposiciones supone por parte SiREC-Portal de licitación electrónica. Previamente a su presentación, se procederá a la validación de su contenido mediante un proceso de firma electrónica que garantice su integridad y confidencialidad. Cuando en el Anexo I se indique que sólo se utilizará como criterio de adjudicación el del empresario precio más bajo, únicamente se presentarán los sobres electrónicos 1 y 3. Igualmente, cuando en el Anexo XI sólo se utilicen como criterios de adjudicación criterios evaluables de forma automática, únicamente se presentarán los sobres electrónicos 1 y 3. Cada sobre electrónico contendrá los documentos que se especifican a continuación. Toda la aceptación incondicional documentación de las cláusulas proposiciones presentadas deberá venir en castellano, salvo que se indique lo contrario en el presente pliego. Cuando no se admita lengua distinta, la documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano. Los documentos a incorporar en este Pliego sobre se aportarán ordenados tal y como se indica a continuación:
a) Los datos básicos de la persona licitadora conforme al modelo de Xxxxx XX A.
b) Se presentará una declaración responsable que se ajustará al formulario del Documento Único Europeo de Contratación (DEUC) al que reúne todas se accede siguiendo las instrucciones que se detallan en el Anexo II B. En el documento se indicará que se cumplen las condiciones establecidas legalmente para contratar con el sector público en cuanto a requisitos de capacidad (general y específica de esta licitación), representación y personalidad y que, asimismo, se cumplen las condiciones de solvencia exigidas en este pliego. Si la persona licitadora recurre a la solvencia y medios de otras empresas, deberá aportar su propio DEUC junto con otro DEUC separado donde figure la información por cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administraciónentidades de que se trate. Las proposiciones respetarán el modelo personas empresarias que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada deseen concurrir integradas en castellano o lengua cooficialUTE, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, un DEUC separado en el anexo III, que figure la información requerida en orden las partes II a IV por cada empresa participante. De la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación Parte IV del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá DEUC sólo es necesario completar la documentación Sección A relativa a “Indicación global relativa a todos los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa selección”. La dirección de un juicio de valor, indicados correo electrónico que figure en el anexo III, así como toda aquélla que, DEUC debe ser habilitada de conformidad con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá lo dispuesto en la documentación relativa a los criterios disposición adicional decimoquinta de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento la LCSP y deberá coincidir con la indicada en SiREC-Portal de licitación a aquellos licitadores que incorporen electrónica. Cuando el anexo I prevea la división en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento lotes del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, si los requisitos de sus respectivos estatutos solvencia económica y financiera o reglas fundacionales técnica y se acredite debidamente, debiendo disponer profesional variaran de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoun lote a otro, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de aportará una declaración responsable formulada por el licitador en la cada lote o grupos de lotes al que se manifieste apliquen los mismos requisitos de solvencia. El órgano de contratación, para garantizar el buen fin del procedimiento, podrá requerir a las personas licitadoras, antes de acordar la propuesta de adjudicación, para que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, aporten la documentación a presentar será la siguiente:acreditativa de los requisitos previos.
c) Empresas extranjeras.
d) Empresas pertenecientes al mismo grupo.
e) Declaración de confidencialidad.
f) Uniones Temporales
g) Solvencia requerida
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Samples: Supply Agreement
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán tendrá carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubreoctubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición Las proposiciones para tomar parte en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar la licitación se presentarán en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobresdos sobres cerrados, cerrados y firmados por el mismo o persona licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que le represente haciendo se hará constar en cada uno de ellos su respectivo contenido la denominación del sobre y el nombre del licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: — leyenda - Sobre «A»: Documentación Administrativa. — - Sobre «B»: Propuesta Proposición Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas autentificadas, conforme a la legislación Legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación previa numerada de los mismos: De conformidad con lo establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, los licitadores podrán presentar una declaración responsable, que deberá ajustarse al modelo contenido en el ANEXO I, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, que sustituirá la documentación administrativa contemplada en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h) -en el caso de la letra h) siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna. No obstante, el licitador cuya proposición sea considerada y seleccionada como la económicamente más ventajosa para la Administración, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato y en el mismo plazo señalado en la cláusula decimoséptima, la posesión y validez de los documentos exigidos. Los documentos a los que sustituye la declaración responsable del ANEXO I son los contemplados en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h), siempre y cuando se aportanrefiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, deberán introducirse puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna, son los siguientes: Podrán optar a :
a) Documentos que acrediten la realización personalidad jurídica del contrato las personas naturales empresario y su - Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o jurídicas que tengan plena capacidad administrativamente, del Documento Nacional de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulteIdentidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. - Cuando se trate de sus respectivos personas jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o reglas fundacionales y el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se acredite debidamenteregula su actividad, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional quedebidamente inscritos, en su caso, sea exigible para la realización en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. - C.I.F. de la actividad o prestación que constituya empresa, en caso de ser sociedad mercantil - Las empresas licitadoras deberán estar inscritas en el objeto Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Directos en Mercado (Ley 54/1997, de 27 de noviembre, modificada por la Ley 17/2007, de 4 de julio). Esta habilitación se debe acreditar presentando el certificado de inscripción correspondiente y se deberá mantener la citada inscripción durante la vigencia del contrato, debiendo presentar copia al inicio. Salvo - Cuando se trate de empresarios no españoles que sean nacionales de conformidad Estados miembros de la Unión Europea: por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con el artículo 20 la legislación del Real Decreto 817/2009Estado donde están establecidos, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente o mediante la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada presentación de una declaración responsable formulada por el licitador jurada o un certificado, en la los términos que se manifieste que establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las circunstancias reflejadas disposiciones comunitarias de aplicación. - Los demás empresarios extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión Estado correspondiente o de la contratación Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:empresa.
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Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte 12.1.- El sobre número 1: “Documentación Administrativa”, contendrá los documentos que se indican a continuación.
12.1.1.- Conforme a lo dispuesto en el apartado 4 del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la artículo 146 del TRLCSP, el licitador deberá acreditar mediante una declaración responsable de responsable, según modelo del Anexo II del presente pliego, que reúne todas y cada una de cumple las condiciones exigidas establecidas legalmente para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de , exigidas en la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención cláusula 16.1 de este principio dará lugar mismo Xxxxxx. En tal caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 adjudicación del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobrescontrato, cerrados la posesión y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación validez de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnicadocumentos exigidos. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su todo caso, en el anexo IIIórgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá requerir a los licitadores, en cualquier momento anterior a la aplicación adopción de la propuesta de adjudicación, para que aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato que se especifican en la cláusula 16.1.1 de este pliego. A estos efectos, y sin perjuicio de la fase procedimental en que se realice la aportación de la documentación, el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los criterios objetivos requisitos de adjudicación capacidad y solvencia exigidos para contratar con la administración será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones.
12.1.2.- El compromiso de adscripción a la ejecución del contrato especificados de los medios personales o materiales suficientes para la correcta ejecución del contrato, conforme al artículo 64 del TRLCSP, de acuerdo con el modelo recogido en el apartado octavo Anexo II - 1 Este compromiso integrará el contrato y se le atribuye el carácter de obligación esencial.
12.1.3.- Datos de contacto del cuadro resumenlicitador y una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, sin para lo cual se cumplimentarán todos los apartados del Anexo VI del presente pliego.
12.1.4.- En caso de que pueda figurar la empresa prefiera ser notificada de forma telemática, respecto a todo lo relativo a este expediente de contratación, deberá solicitarlo de manera expresa, aportando debidamente cumplimentado el Anexo V de este pliego, en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando que se establezcan criterios cuya cuantificación dependa deberán especificar una o varias direcciones de un juicio correo electrónico y uno o varios teléfonos a los que remitir los avisos de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulaslas notificaciones.
12.2.- El sobre número 2, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá relativo a la documentación «Proposición relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa ponderables en función de un juicio de valor», indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter generalcontendrá la propuesta relativa a dichos criterios. A fin de facilitar la lectura, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá examen y/o la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa comprobación de los distintos documentos que se aportan, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para deban incorporarse al contenido de este sobre nº 2 se procurará que la realización presentación de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que cada uno de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que los documentos se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada efectúe de una declaración responsable formulada por el licitador forma separada e independiente, distinguiéndose claramente unos de otros, e incluir una relación en la que se manifieste indique el contenido del sobre enunciado numéricamente. Con independencia de que las circunstancias reflejadas el oferente pueda adjuntar a su oferta cuanta información complementaria considere de interés, deberá estar obligatoriamente estructurada de acuerdo a la consideración II. Estructura de la oferta técnica descritos en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas pliego de prescriciones técnicas. Todos los documentos incluidos en este sobre nº 2 deberán presentarse firmados por el artículo 11 y siguientes licitador o persona que lo represente, reservándose la Administración la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del Decreto 39/2011contrato, de 22 de febreroo bien durante su vigencia, por el que se establece sí misma o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la organización administrativa para la gestión desestimación de la contratación oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados)garantía constituida, así como para la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
12.3.- El sobre número 3: “Proposición relativa a los datos que no consten criterios evaluables mediante fórmulas”, contendrá la proposición correspondiente a los mismos. El único criterio dependiente de fórmulas de la presente licitación es la Oferta económica. La oferta económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el certificadoXxxxx XXX al presente pliego, firmado en todas sus páginas si las hubiere, no aceptándose aquellos que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la documentación Administración estime fundamental para considerar la oferta. La oferta se expresará en términos de cantidad a presentar será tanto alzado. En la siguiente:oferta económica deberá indicarse como partida independiente el IVA que deba ser repercutido. La oferta económica deberá indicarse en cifras y en letra. En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá esta última. Se estará a lo dispuesto en el segundo párrafo de la cláusula 11.1 del presente pliego respecto al rechazo de alguna proposición. La introducción de la oferta económica o de cualquier documento que permita deducir o conocer su importe dentro de los sobres nº 1 y/o 2 dará lugar a la automática exclusión del procedimiento de adjudicación del licitador.
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Samples: Contrato De Servicios
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte Los LICITANTES deberán presentar los requisitos y documentos completamente legibles, señalados en los puntos 4.1, 4.2 y 4.3, según se describe a continuación: Documentación distinta a la oferta técnica y la oferta económica De conformidad con el segundo párrafo del empresario la aceptación incondicional artículo 41 del REGLAMENTO y el artículo 56 fracción III inciso g) de las cláusulas de este Pliego y POBALINES, la declaración responsable de documentación distinta a la proposición podrá entregarse, a elección del LICITANTE, dentro o fuera del sobre que reúne todas la contenga. De los LICITANTES y cada uno de los LICITANTES en participación conjunta de conformidad con lo establecido en la fracción VII del artículo 36 del REGLAMENTO y fracción VII del artículo 64 de las POBALINES, deberán presentar en original o copia, según corresponda los documentos que se listan en los incisos siguientes, mismos que no deberán tener tachaduras ni enmendaduras y deberán estar firmados autógrafamente por el representante legal del LICITANTE, en caso de participación conjunta los documentos deben ser firmados autógrafamente por los representantes legales de las empresas consorciadas que los suscriben, que intervienen en la formalización del convenio de participación conjunta. Manifestación por escrito del representante legal del LICITANTE, bajo protesta de decir verdad, donde señale la existencia legal y personalidad jurídica del LICITANTE y que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada para suscribir la propuesta que presenta para la presente licitación, en el campo correspondiente, se indicará el objeto social o actividad preponderante mediante el cual conste que desempeña las actividades relacionadas con la contratación materia del presente procedimiento, así como la información que, con fundamento en el artículo 64 fracción V de las POBALINES, se solicita en el Anexo 2 de la presente convocatoria (en original). Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en supuesto alguno de los establecidos en los artículos 59 y 78 del REGLAMENTO, Anexo 3 “A”. (en original) Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de estar al corriente en el pago de las obligaciones fiscales y en materia de seguridad social, Anexo 3 “B”. (en original) Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, Anexo 3 “C”. (en original) Escrito del LICITANTE en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos del INSTITUTO induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. Anexo 4. (en original) Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que es de nacionalidad mexicana. Anexo 5. En caso de pertenecer al Sector de MIPYMES, carta en la que manifieste bajo protesta de decir verdad el rango al que pertenece su empresa conforme a la estratificación determinada por la Secretaría de Economía Anexo 6. En su caso, el convenio de participación conjunta, identificando al representante común designado por las empresas, debiendo adjuntar copia de la identificación oficial VIGENTE Y LEGIBLE de cada uno de los firmantes. Cada una de las condiciones exigidas para contratar con empresas que participan bajo la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego modalidad de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación participación conjunta deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobres, cerrados debidamente requisitados y firmados por el mismo o persona que le represente haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido y el nombre del licitador. La denominación de autógrafamente los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica formatos que se exijarelacionan en el presente numeral como incisos a), b), c), d), e), f) y en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2g). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B El Licitante (persona física o C-2 no será objeto de valoraciónmoral, participante) que presente la proposición deberá firmar la oferta técnica y la oferta económica, asimismo, presentar la proposición. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas conforme antes mencionados, son indispensables para evaluar la documentación distinta a la legislación proposición técnica y económica y, en vigor. Dentro de cada sobre y con una relación previa de los documentos que se aportanconsecuencia, deberán introducirse los siguientes: Podrán optar a la realización del contrato las personas naturales o jurídicas que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su incumplimiento afecta su solvencia económica, financiera y técnica motivaría su desechamiento. Sin ser obligatorio pertenecer al sector MIPYMES o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna participar de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte, en su caso, de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:manera conjunta.
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Samples: Licitación Pública Nacional
Contenido de las proposiciones. La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial, si la hubiera. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubreoctubre). Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición Las proposiciones para tomar parte en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar la licitación se presentarán en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas (artículo 145 del TRLCSP). Los licitadores deberán presentar tres sobresdos sobres cerrados, cerrados y firmados por el mismo o persona licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que le represente haciendo se hará constar en cada uno la denominación del sobre y la leyenda “Proposición para licitar a la Contratación de ellos su respectivo contenido la Organización de las Fiestas Patronales xx Xxxx de 2017 y el nombre del licitadorla Concesión de la Explotación xx Xxxxxx”. La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Propuesta Proposición Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el anexo III, en orden a la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación del contrato especificados en el apartado octavo del cuadro resumen, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. Cuando se establezcan criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas, en este sobre se incluirán dos sobres: (C-1 y C- 2): En el sobre C-1 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, indicados en el anexo III, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. En el sobre C-2 se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables de forma automática por aplicación de fórmulas. Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en los sobres A o C-1, documentación que deba de ser objeto de evaluación posterior (sobres B y sobre C-2). Si algún documento del sobre C-1 se incluye en el sobre B o C-2 no será objeto de valoración. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas autentificadas, conforme a la legislación Legislación en vigor, a excepción de aquellos documentos que acrediten la constitución de la garantía provisional, que deberán ser en todo caso originales. Dentro de cada sobre y con sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación previa numerada de los mismos: Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: De conformidad con lo establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, los licitadores deberán presentar una declaración responsable, que deberá ajustarse al modelo contenido en el ANEXO I, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, que sustituirá la documentación administrativa contemplada en las letras a), b), c), d), e), g), h), i) y j) -en el caso de la letra i) siempre y cuando se refiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna. No obstante, el licitador cuya proposición sea considerada y seleccionada como la económicamente más ventajosa para la Administración, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato y en el mismo plazo señalado en la cláusula decimosexta, la posesión y validez de los documentos exigidos. Delegándose expresamente esta facultad en el técnico de contratación como se indica en la cláusula citada. Los documentos a los que sustituye la declaración responsable del ANEXO I son los contemplados en las letras a), b), c), d), e), g), h) , i) siempre y cuando se aportanrefiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, deberán introducirse puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna, y j) son los siguientes: Podrán optar a :
a) Documentos que acrediten la realización personalidad jurídica del contrato las personas naturales empresario y su - Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o jurídicas que tengan plena capacidad administrativamente, del Documento Nacional de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que determina el presente Pliego, y no se encuentren comprendidas en alguna de las prohibiciones para contratar que enumera el artículo 60 del TRLCSP. La finalidad o actividad del adjudicatario deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulteIdentidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. - Cuando se trate de sus respectivos personas jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o reglas fundacionales y el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se acredite debidamenteregula su actividad, debiendo disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Igualmente, de conformidad con el apartado segundo del artículo 54 del TRLCSP los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional quedebidamente inscritos, en su caso, sea exigible para la realización en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. - Cuando se trate de empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la actividad Unión Europea: por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o prestación que constituya el objeto del contrato. Salvo que de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente mediante la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se acompañe certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañada presentación de una declaración responsable formulada por el licitador jurada o un certificado, en la los términos que se manifieste que establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las circunstancias reflejadas disposiciones comunitarias de aplicación. - Los demás empresarios extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el certificado no han experimentado variación (igual previsión se contempla para las certificaciones contempladas en el artículo 11 y siguientes del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión Estado correspondiente o de la contratación Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la Administración empresa. * Se acompañará copia del C.I.F. de la Junta empresa, en caso de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados), así como para los datos que no consten en el certificado, la documentación a presentar será la siguiente:ser sociedad mercantil.
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