DERECHOS DE AUDITORÍA. Dado que Apple puede auditar las compras de los clientes a través del Servicio de Contenidos Volumétricos para garantizar que sólo se han solicitado las compras que cumplen los requisitos y que se han respetado todas las condiciones de compra y normas de uso, usted se compromete a mantener registros completos y precisos de todos los usos de los Contenidos Volumétricos que haya adquirido. Si una auditoría revelara después de la entrega (o si Apple descubriera de otro modo) que usted no era un comprador que cumplía con los requisitos en el momento en que realizó su pedido o que no ha respetado todas las condiciones aplicables a su compra, Apple podrá: • Desactivar su ID Gestionada de Apple. • Si realizó su pedido mediante tarjeta de crédito, cargar en su tarjeta de crédito la diferencia entre el importe que pagó por los bienes entregados y el precio que Apple cobró al público en general por los mismos bienes a través del Servicio de Contenidos Volumétricos, vigente en la fecha en que realizó su pedido; y • Si usted pagó por un medio distinto a la tarjeta de crédito, a (a) facturarle la diferencia entre el importe que usted pagó por los bienes entregados y el precio que Apple cobró al público en general por los mismos bienes a través del Servicio de Contenidos Volumétricos, a pagar en quince días a partir de la fecha de la factura y (b) en caso de que usted no pague la factura a su vencimiento, se emprenderán acciones legales contra usted ante un tribunal de jurisdicción competente, teniendo la parte vencedora derecho a los honorarios de los abogados. En caso de que Apple no ofrezca los productos específicos que usted adquirió a través del Servicio de Contenidos Volumétricos, se cargará a su método de pago o se le facturará la diferencia entre el importe que usted pagó por los productos entregados y el precio que Apple cobraba al público en general por los productos equivalentes más cercanos a través del Servicio de Contenidos Volumétricos, en vigor en la fecha en que usted realizó su pedido. Apple tendrá derecho a solicitar información complementaria y a auditar los registros pertinentes para confirmar su cumplimiento de las Condiciones.
DERECHOS DE AUDITORÍA. 18.1. Aparte de cualquier otro derecho de auditoria o inspección concedido al Comprador en virtud del presente documento, el Comprador podrá inspeccionar y auditar, con una notificación razonable, los libros y archivos del Vendedor así como sus instalaciones o la parte de ellas que puedan estar relacionadas con el cumplimiento del presente Acuerdo, si el Pedido: (a) es un pedido de material o cronológico, (b) es un pedido en base a costes, o (c) proporciona pagos anticipados o en progreso en base a los costes incurridos por el Vendedor.
DERECHOS DE AUDITORÍA. A requerimiento del Comprador y sin cargo adicional a éste, el Proveedor deberá proporcionar al Comprador (incluyendo a sus auditores y supervisores) el acceso en horas razonables (o en el caso de los supervisores, a cualquier hora designada por dichos supervisores) a cualquier instalación en la cual el Proveedor suministre los Servicios sujetos a estos Términos y Condiciones y a todos los sistemas, datos y registros relacionados con estos Servicios, con el objetivo de auditar el rendimiento del Proveedor respecto a sus obligaciones sujetas a estos Términos y Condiciones, incluyendo la verificación de la conformidad con la legislación vigente y la protección e integridad de los datos del Comprador y del Cliente. El Proveedor también deberá identificar un punto focal que asista en la auditoría y responda con prontitud todos los requerimientos razonables de información del Comprador con respecto a ésta, incluyendo cuestionarios relacionados con cumplimiento periódicos y documentación de apoyo y otros datos. El Proveedor es una empresa independiente y estos Términos y Condiciones no crean relación alguna de agencia, mandato, comisión o subordinación entre el Comprador y el Proveedor o entre el Comprador y el Personal del Proveedor. El Comprador no asume obligación o responsabilidad alguna respecto del Personal del Proveedor. El Proveedor debe:
DERECHOS DE AUDITORÍA. A su arbitrio y a su cargo, el Comprador o su representante designado podrán auditar, inspeccionar y evaluar: las Mercancías; los registros pertinentes; los procesos de inventario, entrega, calidad y producción del Vendedor, incluidos los establecimientos del Vendedor; la capacidad del Vendedor de cumplir con sus obligaciones de conformidad con este Acuerdo; el cumplimiento del Vendedor con las Leyes Aplicables; y sus actual desempeño en virtud de este Acuerdo.
DERECHOS DE AUDITORÍA. El Controlador acepta que su derecho a auditar al Procesador puede satisfacerse mediante la presentación de atestados, informes o extractos actualizados de organismos independientes, incluidos, entre otros, auditores externos o internos, el responsable de la protección de datos del Procesador, el departamento de seguridad de TI, auditores de protección de datos o de calidad u otros terceros acordados mutuamente o la certificación mediante una auditoría de seguridad de TI o de protección de datos. En la medida en que no sea posible cumplir con una obligación de auditoría exigida por las Leyes y Reglamentos de Protección de Datos aplicables a través de tales atestados, informes o extractos, el Controlador, o la persona designada por el Controlador, tiene el derecho de auditar e inspeccionar, a expensas del Controlador, las instalaciones, las políticas, los procedimientos y los sistemas computarizados del Procesador para asegurarse de que el Procesador cumple los requisitos de este APD. El Controlador, o la persona designada por el Controlador, proporcionará al menos treinta (30) días de notificación antes de realizar una auditoría, a menos que dicha auditoría sea necesaria debido a una Violación de Datos que involucre al Procesador. Las Auditorías realizadas por el Controlador o la persona designada por el Controlador no violarán las obligaciones de confidencialidad del Procesador con los otros clientes del Procesador. Todas las auditorías se llevarán a cabo durante el horario laboral normal, en la sede principal del Procesador o en otras ubicaciones del Procesador en las que se acceda a los Datos Personales, se procesen o se administren, y no interferirán injustificadamente con las operaciones diarias del Procesador. Antes del comienzo de cualquier auditoría, el Procesador y el Controlador deberán acordar mutuamente el momento, el alcance y la duración de la auditoría. El Controlador podrá solicitar un informe resumido de auditoría o auditar al Procesador no más de una vez al año.
DERECHOS DE AUDITORÍA. Durante la vigencia del presente Contrato y dentro de los tres (3) años siguientes a su vencimiento, terminación o cancelación y por el periodo adicional que requieran las autoridades gubernamentales competentes para el Vendedor, éste deberá conservar los registros necesarios para la correcta administración del presente Contrato, así como cualquier otro documento por escrito que prepare el Vendedor. Durante la vigencia del presente Contrato y dentro de los tres (3) años siguientes a su vencimiento, terminación o cancelación, el Comprador o la persona que éste designe tiene el derecho (más no la obligación), mediante aviso razonable al Vendedor, de auditar e inspeccionar sus libros, registros y otros materiales en la forma que se indica anteriormente respecto a remuneraciones, servicios y materiales, en la medida que dichos servicios se hayan prestado en el tiempo señalado y con los materiales indicados.
DERECHOS DE AUDITORÍA. El Cliente llevará los registros pertinentes donde conste el uso que hace del Software y las licencias adquiridas, de conformidad con el presente Contrato. Si así lo solicitara iGrafx por escrito, el Cliente facilitará a iGrafx, en un plazo no superior a siete (7) días desde la recepción de dicha solicitud, una declaración firmada por un directivo o representante autorizado del Cliente, donde conste el uso que actualmente se está haciendo del Software. Durante el tiempo de vigencia del Contrato, una vez al año como mucho o con más frecuencia si iGrafx tiene motivos fundados para pensar que el Cliente no cumple con lo dispuesto en la licencia o en este Contrato, iGrafx se reserva el derecho a realizar una auditoría sobre el uso que hace el Cliente del Software, asumiendo todos los gastos y avisando por escrito con una antelación mínima de cuarenta y ocho (48) horas. Si la auditoría demostrara que el Cliente está haciendo un uso mayor del Software de lo declarado, el Cliente deberá adquirir, inmediatamente de iGrafx o del Distribuidor, las licencias suficientes para el uso real. Si el uso que está haciendo el Cliente es más de un cinco por ciento (5%) mayor del declarado, deberá además abonar los costes razonables de la auditoría.
DERECHOS DE AUDITORÍA. El Encargado pondrá a disposición del responsable del tratamiento, cuando lo solicite por escrito, toda la información necesaria para demostrar que cumple las leyes de protección de datos de la UE y permitirá y facilitará auditorías razonables, incluyendo inspecciones, de parte del responsable o de un auditor por este nombrado, en relación con el tratamiento de los datos personales del responsable por parte del encargado. Dichas auditorías se llevarán a cabo durante la jornada laboral normal, un máximo de 2 veces al año, x xxxxx del Responsable del tratamiento y el Encargado deberá ser notificado al menos con una (1) semana de antelación.
DERECHOS DE AUDITORÍA. La Empresa permitirá a la Universidad, con costo para esta última, examinar de manera periódica los libros, libros de registros contables y los registros de La Empresa durante un horario de trabajo normal con el único propósito de verificar los informes proporcionados a la Universidad en conformidad con la Sección 3.4, con la condición que la Universidad provea a la Empresa de una notificación por escrito de la intención de la Universidad de realizar una inspección en no menos xx xxxx (10) días hábiles antes de la fecha que se propone para dicha inspección; y con la condición adicional que solamente una (1) de dicha inspección se pueda realizar durante cualquier período calendario de seis (6) meses. En caso que se determine que las cantidades que se deba a la Universidad han sido mal pagadas en una cantidad de más de un diez por ciento (10%) de la cantidad que realmente se debe, la Empresa deberá pagar dicha diferencia, además del costo de dicha inspección. Cualquier “royalty” no pagado en o antes de la fecha correspondiente a cuarenta y cinco (45) días después del final de trimestre calendario en virtud del cual se devengan, acumularán intereses a una tasa igual al uno por ciento (1%) por cada mes calendario o, si es menor, a la máxima tasa permitida de acuerdo a la ley aplicable.
DERECHOS DE AUDITORÍA. 10.1 El PROVEEDOR deberá mantener todos los informes y documentos exactos y actualizados obligatorios conforme a las LEYES o en relación con cada CONTRATO durante un periodo de cinco (5) años después de que el pago final se haya realizado o durante el periodo especificado conforme a las LEYES aplicables.