DIVULGACIÓN. El Suscrito dará a conocer al Asociado de Implementación todas las actividades comerciales o profesionales o cualquier otra actividad en la que haya participado con anterioridad o durante el ejercicio del presente Contrato. Las actividades deberán ser compatibles con la prestación de los servicios solicitados en el Contrato y no deben representar un conflicto de interés real o percibido. El Asociado de Implementación tomará la decisión final en lo relativo a la compatibiliddad de dichas actividaes con los servicios regidos por este contrato.
DIVULGACIÓN. El Suscrito debe informar al Asociado en la Implementación sobre cualquier negocio o empleo profesional u otra actividad en la cual éste pueda estar involucrado en forma previa o durante cualquier momento del desarrollo del presente Contrato. Estas actividades no pueden ser incompatibles con el desempeño de las funciones descritas en el presente Contrato ni tampoco representar un conflicto de intereses real o aparente. El Asociado en la Implementación tomará la decisión final con respecto a la compatibilidad o incompatibilidad de tales actividades con las funciones indicadas en el Contrato.
DIVULGACIÓN. Ninguna declaración o garantía del Concesionario o de cualquier Inversionista Estratégico contenida en el presente Contrato, o en cualquier otro documento, certificado o declaración por escrito, proporcionado al Concedente con relación al presente Contrato, contiene o constituye, una declaración falsa de algún hecho u omite revelar un hecho cuya revelación es necesaria para realizar declaraciones que no sean engañosas, teniendo en consideración las circunstancias en las cuales fueron hechas. No existe hecho sustancial conocido por parte del Concesionario o de cualquier Inversionista Estratégico que haya tenido, tenga o pudiera tener un efecto sustancialmente adverso en la capacidad del Concesionario para cumplir con el presente Contrato, que no haya sido divulgado en el presente Contrato o en otros documentos, certificados y declaraciones proporcionadas al Concedente, para ser utilizados en relación con las operaciones y transacciones contempladas en el presente Contrato.
DIVULGACIÓN. El Firmante autoriza a Pinterest a facilitar el presente AID y una copia de las disposiciones de confidencialidad pertinentes del Contrato a cualquier autoridad, según lo exija la ley.
DIVULGACIÓN. El Banco podrá divulgar los Acuerdos Jurídicos y cualquier información relacionada con los Acuerdos Jurídicos de conformidad con su política sobre acceso a información, que esté en vigor en el momento de tal divulgación.
DIVULGACIÓN. El Cliente se compromete a no utilizar las especificaciones del software concedido para crear o permitir la creación de un programa con el mismo fin. Si el cliente transgrediera la regla de no divulgación, sería financieramente responsable del déficit de SPI Software, sin perjuicio de otros daños y perjuicios que SPI Software tiene derecho a exigir.
12.1 A los efectos del presente, el término "información confidencial" incluye cualquier información o datos, de cualquier naturaleza y forma (escrita u oral, incluyendo todos los documentos escritos o impresos, discos, disquetes, cintas, muestras, modelos y, en general, cualquier forma y modo que puedan establecerse), que se transmitan de una parte a la otra y designados como información confidencial por la parte que la transmite en el momento de la transmisión, teniendo conocimiento la otra parte al recibirla, y confirmada por escrito lo antes posible (dentro de los treinta días siguientes a la transmisión, a más tardar, a condición de que, durante este período de treinta días, la información o datos transmitidos por vía oral se considera que tienen el carácter de información confidencial). En general, toda la información transmitida en virtud de este contrato se considerará confidencial.
12.2 Cada parte transmitirá a la otra parte la información confidencial que considere necesaria para la ejecución del presente contrato, y sólo en la medida en que tiene derecho a hacerlo.
12.3 Cada parte se compromete por un período de 10 (diez) años a partir de la firma de este contrato, a que la información confidencial recibida de la otra parte: Se mantenga estrictamente confidencial y protegida como tal; Se transmita sólo a nivel interno a los miembros de su personal que tienen que conocerla en el marco y para los fines de la realización de este contrato y, No se copie de cualquier forma, total o parcialmente, sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte.
12.4 Ninguna de las partes tendrá obligación con respecto a la información confidencial recibida de la otra parte, si puede probar:
12.5 Las personas que se enumeran a continuación son las únicas autorizados a transmitir y recibir información confidencial de conformidad con el presente contrato:
12.6 El hecho de que una parte transmita información confidencial a la otra parte no le confiere ningún derecho a la propiedad intelectual. El soporte físico de la información confidencial seguirá siendo propiedad de la parte que la habrá transmitido y deberán ser ...
DIVULGACIÓN. Esta figura se socializará a través xxx xxxxx Relacionamiento de Proveedores y en los documentos del método de elección; durante el plazo de ejecución de los contratos, adicionalmente a través xxx xxxxx Actualidad Laboral.
DIVULGACIÓN. Salvo en los casos previstos en la ley o previo consentimiento por escrito dado por COMPRADOR al VENDEDOR, el VENDEDOR no podrá: (i) divulgar a ninguna persona la existencia, los términos y condiciones, ni el objeto de este CONTRATO (conjuntamente, “INFORMACIÓN DEL CONTRATO”); (ii) emitir comunicados de prensa o cualquier otra publicación respecto de la INFORMACIÓN DEL CONTRATO; (iii) emitir comunicados sobre la existencia de la relación comercial entre LAS PARTES, ni (iv) utilizar los nombres comerciales ni las marcas registradas del COMPRADOR, sus controladoras, controladoras, afiliadas y subsidiarias.
DIVULGACIÓN. Todos los pedidos realizados por el Comprador son estrictamente confidenciales. El Vendedor no podrá divulgar ni motivar la divulgación por ningún medio de cualquier detalle sobre la Mercancía de este pedido sin el consentimiento previo por escrito del Comprador.
DIVULGACIÓN. (10 L.P.R.A. § 2453)
(a) Requisitos de Divulgación. — Para cada contrato de arrendamiento con opción a compra, el arrendador deberá divulgar en el contrato los siguientes datos, según apliquen:
(1) El número total, la cantidad total y el tiempo de todos los pagos de arrendamiento necesarios para adquirir la propiedad;
(2) Una declaración de que el arrendatario no advendrá dueño de la propiedad hasta que el arrendatario haya pagado la cantidad total de los pagos de arrendamiento necesarios para adquirir la propiedad;
(3) Una declaración de que el arrendatario es responsable del valor en el mercado de la propiedad si la misma es perdida, hurtada, dañada o destruida. El valor en el mercado de la propiedad se determina al momento de que la misma es pérdida, hurtada, dañada o destruida;
(4) Una breve descripción de la propiedad arrendada, lo suficiente como para que la misma pueda ser identificada por el arrendador y el arrendatario, incluyendo un número de identificación, si aplica, y una declaración que indique si la propiedad es nueva o usada, pero una declaración indicando que la propiedad nueva es usada no constituye una violación de esta Ley;
(5) La cantidad total, en dólares, del pago inicial de arrendamiento que ha sido hecho o será requerido en o antes de la perfección del contrato o entrega de la propiedad, lo que sea más tarde;
(6) Una declaración de que la cantidad total en dólares de los pagos de arrendamiento necesarios para adquirir la propiedad no incluye otros cargos, tales como cargos de procesamiento, cargos de solicitud, cargos por pagos tardíos, incumplimiento, cargos de reinstalación, u otros cargos adicionales, los cuales deberán ser mencionados por separado en el contrato;
(7) Una declaración resumiendo en forma clara los términos de la opción de compra del arrendatario. Si el contrato de arrendamiento con opción de compra incluye la opción temprana de compra conforme a la fórmula especificada en dicho contrato;
(8) Una declaración identificando la parte responsable por el mantenimiento o servicio a la propiedad durante el término del arrendamiento, junto con una descripción de dicha responsabilidad;
(9) Una declaración de que el arrendatario terminará el contrato sin penalidad entregando voluntariamente o devolviendo la propiedad en buenas condiciones al momento de expiración de cualquier término del arrendamiento junto con cualquier pago de arrendamiento que esté pendiente en dicho momento; y
(10) Notificación del derecho a reinstalar ...