Common use of GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Clause in Contracts

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.

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Samples: Enajenación De Bienes Inmuebles, Enajenación De Bienes Inmuebles, Enajenación De Bien Inmueble

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. a) El proponente debe incluir Oferente proveerá, como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta al Comprador por la suma del 5% del Valor de la Oferta. b) La Garantía de Seriedad de la Oferta sirve para proteger al Comprador contra el riesgo asociado a una conducta del Oferente que justificaría la ejecución de la Garantía de acuerdo con la Cláusula 13 (g) especificada más adelante. c) La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá otorgarse en su propuesta la misma moneda de la Orden de Compra, o en una garantía moneda de seriedadlibre convertibilidad, consistente y adoptará una de las siguientes formas: i) Garantía Bancaria o Carta de Crédito irrevocable, emitida por un banco de reconocido prestigio ubicado en consignación el país del Comprador o en el extranjero y en la forma establecida en estos Documentos de Licitación o, ii) Cheque de caja o cheque certificado o, iii) Póliza de Seguro de Caución que garantice la totalidad de las obligaciones del tomador, emitida por Compañía de Seguros autorizada a operar en el rubro en el ámbito nacional por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendida a favor del Instituto de “Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Representación en Argentina, Proyecto PNUD ARG 16 005”, de Antioquia -IDEA-acuerdo a la normativa legal vigente en la República Argentina y a entera satisfacción del Proyecto PNUD. d) Cualquier Oferta que no esté garantizada según las Cláusulas 13 (a) y 13 (c) señaladas anteriormente, podrá ser rechazada por el Comprador por considerar que no cumple con los requisitos, de conformidad con la cláusula 20 de las Instrucciones a los Oferentes. e) La Garantía de Seriedad de la Oferta de los Oferentes no favorecidos con la adjudicación del valor equivalente contrato será devuelta tan pronto como sea posible, a más tardar treinta (30) días después de vencido el período de Validez de la Oferta señalado por el Comprador, de conformidad con la cláusula 12 de las Instrucciones a los Oferentes. f) La Garantía de Seriedad de la Oferta del Oferente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle le haya adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada será devuelta en el pliego momento que el Oferente firme la Orden de condicionesCompra, conforme a favor la cláusula 26 de las Instrucciones a los Oferentes, y otorgue la Garantía de Fiel Cumplimiento, conforme a la cláusula 27 de las Instrucciones a los Oferentes. g) Se podrá ejecutar la Garantía de Seriedad de la Oferta: 1) Si un Oferente retira su oferta durante el período de Validez de la Oferta especificado por el Oferente en el Formulario para la Presentación de la Oferta, o, 2) En el caso del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada Oferente al que se le devolverá haya adjudicado el valor consignado dentro del término establecido en contrato, si el respectivo pliego Oferente: i) No firma la Orden de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento Compra de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a acuerdo con la cláusula 26 de las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional Instrucciones a los oferentes o al comprador. El oferente que Oferentes o, ii) no resulte adjudicatario puede solicitar otorga la Garantía de Fiel Cumplimiento, conforme a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso cláusula 27 de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónlas Instrucciones a los Oferentes.

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Samples: Invitación a Licitar, Invitación a Licitar, Service Agreement

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente 19.1 Si se solicita en los DDL, el Licitante deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. En caso de presentarse una Garantía de Seriedad de la Oferta, esta debe incluir ser por el monto especificado en su propuesta los DDL. 19.2 Para la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se usará el formulario correspondiente que figura en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 19.3 Si se solicita una Garantía de Seriedad de la Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, dicha garantía deberá ser presentada en cualquiera de la siguientes formas: una garantía incondicional emitida por un banco o aseguradora; una carta de seriedadcrédito irrevocable; un cheque de gerencia o cheque certificado; o otra garantía definida en los DDL, consistente en consignación a favor emitida por una institución de prestigio de un país elegible. Si la garantía incondicional es emitida por una aseguradora o una compañía avalista situada fuera del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-país del Contratante, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en el proceso y país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía. Si se trata de una garantía bancaria, la Garantía de Seriedad de Oferta deberá presentarse utilizando ya sea el formulario de Garantía de Seriedad de Oferta que se imputará al precioincluye en la Sección IV, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón Formularios de la consignación de dicha garantía y de Oferta, u otro formato sustancialmente similar aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la propuestaOferta. En este cualquier caso, el IDEA descontará formulario deberá incluir el nombre completo del Licitante. La Garantía de Seriedad de Oferta será válida por un período de veintiocho (28) días posteriores a la fecha límite de validez de la suma Oferta, o de cualquier período de prórroga, si ésta se hubiera solicitado de conformidad con la subcláusula 18.2 de las IAL. 19.4 Todas las Ofertas que no vayan acompañadas de una Garantía de Seriedad de Oferta o Declaración de Mantenimiento de Oferta, si se ha exigido según lo estipulado en la subcláusula 19.1 de las IAL serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento 19.5 Si se exige una Garantía de Seriedad de Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, la Garantía de Seriedad de Oferta de los Licitantes no seleccionados se devolverá a devolveréstos tan pronto como sea posible, los dineros correspondientes después de que el Licitante seleccionado provea la Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la cláusula 41 de las IAL 19.6 Si se exige una Garantía de Seriedad de Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, La Garantía de Seriedad de Oferta del Licitante seleccionado se devolverá a éste tan pronto como sea posible, después que el mismo haya firmado el Contrato y suministrado la Garantía de Cumplimiento requerida. 19.7 La Garantía de Seriedad de Oferta podrá hacerse efectiva, o la Declaración de Mantenimiento de Oferta ejecutarse: si el Licitante retira su oferta durante el período de validez estipulado por él en la Carta de la Oferta, excepto lo indicado en la subcláusula 18.2 de las erogaciones antes mencionadasIAL o si el Licitante seleccionado no: firma el Contrato según lo dispuesto en la cláusula 40 de las IAL, o suministra la Garantía de Cumplimiento según lo dispuesto en la cláusula 41 de las IAL. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 19.8 La Garantía de 2015Seriedad de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de Oferta de una Asociación en Participación, una vez recibida Consorcio o Asociación (APCA) deberán emitirse en nombre de la APCA que presenta la oferta. Si esta última no se ha constituido formalmente como entidad jurídica al momento de presentar la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEla Garantía de Seriedad de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de Oferta deberán emitirse en nombre de todos los futuros socios de la APCA tal como figuren en la carta de intenciones a que hace referencia la subcláusula 4.1 de las IAL. 19.9 Si en los DDL no se exige una Garantía de Seriedad de Oferta, y (a) un Licitante retira su Oferta durante el período de tiempo de validez señalado por él en caso la Carta de hacerlo la Oferta, con excepción de lo dispuesto en la subcláusula 18.2 de las IAL o (b) el Licitante seleccionado no firma el Contrato de incumplir conformidad con la cláusula 40 de las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registroIAL, o cualquier otro asunto derivado no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la cláusula 41 de las IAL, el Prestatario podrá, si así se dispone en los DDL, declarar al Licitante no elegible para la adjudicación de un contrato por parte del negocio jurídico, perderá de pleno derecho Contratante durante el valor consignado período que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame estipule en los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónDDL.

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Samples: Contratación De Obras Menores, Contratación De Obras Menores, Contratación De Obras Menores

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta deberá constituir una garantía de seriedad, consistente en consignación seriedad de la propuesta a favor de entidades PARTICULARES y a nombre del Instituto CÍRCULO DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES, expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, la cual debe expedir un certificado donde conste que el oferente obtuvo la póliza correspondiente, el cual debe anexarse a la propuesta, así como la constancia del pago de la prima y copia de la póliza. Dicha garantía se constituirá por un valor mínimo xxx Xxxx por ciento (10%) del valor de la propuesta y deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente concurso. En todo caso la garantía deberá estar suscrita por el Representante Legal o el Proponente. Dicha garantía deberá amparar además de la obligación de suscribir el contrato respectivo, los requisitos de legalización, ejecución y perfeccionamiento del mismo, todo lo cual deberá expresarse dentro de dicha póliza. La no presentación de la garantía en los términos anteriormente mencionados en la oferta dará lugar a que la propuesta se evalúe como NO CUMPLE. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, dicha póliza deberá ser tomada a nombre del Consorcio o de la Unión Temporal y de cada uno de los miembros que lo conforman y deberá ser firmada por el Representante legal del Consorcio o Unión Temporal. Cuando la propuesta sea presentada por una persona jurídica, la póliza de garantía debe ser tomada a nombre de la Razón Social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, sin utilizar sigla, a no ser que en el certificado de la Cámara de Comercio se establezca que la sociedad podrá identificarse con la sigla. Al proponente se le hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta en los siguientes casos: Cuando solicite el retiro de la propuesta, con posterioridad al cierre del presente concurso, salvo en el caso de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente. Cuando el proponente favorecido con la adjudicación no cumpla con los requisitos para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, perfeccionamiento y ejecución del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la plazo estipulados. La no presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará Garantía de Seriedad de la suma propuesta dará lugar a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando propuesta sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónevaluada como NO CUMPLE JURÍDICAMENTE.

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Samples: Remodelación Y Optimización De Áreas De Operación, Construction Contract, Pliego De Condiciones

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente 19.1 Si se solicita en los DDL, el Licitante deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. En caso de presentarse una Garantía de Seriedad de la Oferta, esta debe incluir ser por el monto especificado en su propuesta los DDL. 19.2 Para la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se usará el formulario correspondiente que figura en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 19.3 Si se solicita una Garantía de Seriedad de la Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, dicha garantía deberá ser presentada en cualquiera de la siguientes formas: (a) una garantía incondicional emitida por un banco o aseguradora; (b) una carta de seriedadcrédito irrevocable; (c) un cheque de gerencia o cheque certificado; o (d) otra garantía definida en los DDL, consistente en consignación a favor emitida por una institución de prestigio de un país elegible. Si la garantía incondicional es emitida por una aseguradora o una compañía avalista situada fuera del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-país del Contratante, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en el proceso y país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía. Si se trata de una garantía bancaria, la Garantía de Seriedad de Oferta deberá presentarse utilizando ya sea el formulario de Garantía de Seriedad de Oferta que se imputará al precioincluye en la Sección IV, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón Formularios de la consignación de dicha garantía y de Oferta, u otro formato sustancialmente similar aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la propuestaOferta. En este cualquier caso, el IDEA descontará formulario deberá incluir el nombre completo del Licitante. La Garantía de Seriedad de Oferta será válida por un período de veintiocho (28) días posteriores a la fecha límite de validez de la suma Oferta, o de cualquier período de prórroga, si ésta se hubiera solicitado de conformidad con la subcláusula 18.2 de las IAL. 19.4 Todas las Ofertas que no vayan acompañadas de una Garantía de Seriedad de Oferta o Declaración de Mantenimiento de Oferta, si se ha exigido según lo estipulado en la subcláusula 19.1 de las IAL serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento 19.5 Si se exige una Garantía de Seriedad de Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, la Garantía de Seriedad de Oferta de los Licitantes no seleccionados se devolverá a devolveréstos tan pronto como sea posible, los dineros correspondientes después de que el Licitante seleccionado provea la Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la cláusula 41 de las IAL 19.6 Si se exige una Garantía de Seriedad de Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, La Garantía de Seriedad de Oferta del Licitante seleccionado se devolverá a éste tan pronto como sea posible, después que el mismo haya firmado el Contrato y suministrado la Garantía de Cumplimiento requerida. 19.7 La Garantía de Seriedad de Oferta podrá hacerse efectiva, o la Declaración de Mantenimiento de Oferta ejecutarse: (a) si el Licitante retira su oferta durante el período de validez estipulado por él en la Carta de la Oferta, excepto lo indicado en la subcláusula 18.2 de las erogaciones antes mencionadasIAL o (b) si el Licitante seleccionado no: (i) firma el Contrato según lo dispuesto en la cláusula 40 de las IAL, o (ii) suministra la Garantía de Cumplimiento según lo dispuesto en la cláusula 41 de las IAL. 19.8 La Garantía de Seriedad de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de Oferta de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) deberán emitirse en nombre de la APCA que presenta la oferta. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 Si esta última no se ha constituido formalmente como entidad jurídica al momento de 2015, una vez recibida presentar la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEla Garantía de Seriedad de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de Oferta deberán emitirse en nombre de todos los futuros socios de la APCA tal como figuren en la carta de intenciones a que hace referencia la subcláusula 4.1 de las IAL. 19.9 Si en los DDL no se exige una Garantía de Seriedad de Oferta, y (a) un Licitante retira su Oferta durante el período de tiempo de validez señalado por él en caso la Carta de hacerlo la Oferta, con excepción de lo dispuesto en la subcláusula 18.2 de las IAL o (b) el Licitante seleccionado no firma el Contrato de incumplir conformidad con la cláusula 40 de las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registroIAL, o cualquier otro asunto derivado no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la cláusula 41 de las IAL, el Prestatario podrá, si así se dispone en los DDL, declarar al Licitante no elegible para la adjudicación de un contrato por parte del negocio jurídico, perderá de pleno derecho Contratante durante el valor consignado período que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame estipule en los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónDDL.

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Samples: Donation Agreement, Contratación De Obras Menores, Licitación Para La Contratación De Obras Menores

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. a) El proponente debe incluir Oferente proveerá, como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta al Comprador por la suma del 5% del Valor del Presupuesto Estimado Oficial. b) La Garantía de Seriedad de la Oferta sirve para proteger al Comprador contra el riesgo asociado a una conducta del Oferente que justificaría la ejecución de la Garantía de acuerdo con la Cláusula 14 (g) especificada más adelante. c) La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá otorgarse en su propuesta dólares estadounidenses, y adoptará una garantía de seriedadlas siguientes formas: i) Garantía Bancaria o Carta de Crédito irrevocable, consistente emitida por un banco de reconocido prestigio ubicado en consignación el país del Comprador o en el extranjero y en la forma establecida en estos Documentos de Licitación o, ii) Cheque de caja o cheque certificado o, iii) Póliza de Seguro de Caución que garantice la totalidad de las obligaciones del tomador, emitida por Compañía de Seguros autorizada a operar en el rubro en el ámbito nacional por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendida a favor del Instituto de “Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Representación en Argentina, Proyecto PNUD ARG 16 005”, de Antioquia -IDEA-acuerdo a la normativa legal vigente en la República Argentina y a entera satisfacción del Proyecto PNUD. d) Cualquier Oferta que no esté garantizada según las Cláusulas 14 (a) y 14 (c) señaladas anteriormente, podrá ser rechazada por el Comprador por considerar que no cumple con los requisitos, de conformidad con la cláusula 21 de las Instrucciones a los Oferentes. e) La Garantía de Seriedad de la Oferta de los Oferentes no favorecidos con la adjudicación del valor equivalente contrato será devuelta tan pronto como sea posible, a más tardar treinta (30) días después de vencido el período de Validez de la Oferta señalado por el Comprador, de conformidad con la cláusula 13 de las Instrucciones a los Oferentes. La misma será entregada al 20% Oferente o su representante. f) La Garantía de Seriedad de la Oferta del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y Oferente al que se imputará al precio, en caso de serle le haya adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada será devuelta en el pliego momento que el Oferente firme la Orden de condicionesCompra, conforme a favor la cláusula 27 de las Instrucciones a los Oferentes, y otorgue la Garantía de Fiel Cumplimiento, conforme a la cláusula 28 de las Instrucciones a los Oferentes. g) Se podrá ejecutar la Garantía de Seriedad de la Oferta: 1) Si un Oferente retira su oferta durante el período de Validez de la Oferta especificado por el Oferente en el Formulario para la Presentación de la Oferta, o, 2) En el caso del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada Oferente al que se le devolverá haya adjudicado el valor consignado dentro del término establecido en contrato, si el respectivo pliego Oferente: i) No firma la Orden de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento Compra de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a acuerdo con la cláusula 27 de las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional Instrucciones a los oferentes o al comprador. El oferente que Oferentes o, ii) no resulte adjudicatario puede solicitar otorga la Garantía de Fiel Cumplimiento, conforme a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso cláusula 28 de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónlas Instrucciones a los Oferentes.

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Samples: Service Agreement, Service Agreement, Invitación a Licitar

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en oferente deberá anexar a su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condicionesoferta, a favor del Instituto Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial total estimado, con una vigencia de tres (3) meses contada a partir de la fecha indicada en el cronograma general para el Desarrollo cierre del proceso. Esta garantía podrá consistir en póliza de Antioquia -IDEA-seguro o garantía bancaria, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 otorgada por una compañía de 2015seguros o una Entidad bancaria, respectivamente, la cual deberá encontrarse legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada Si se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido trata de una garantía bancaria, la Entidad correspondiente deberá actuar por su cuenta incluso en el respectivo pliego calidad de condicionescorresponsal, sin que haya lugar ello atenúe su responsabilidad o deteriore la calidad de la garantía, la cual deberá ser irrevocable y exigible a favor de FONADE a primer requerimiento, renunciando al reconocimiento beneficio de interesesexcusión. En caso de otorgar la garantía mediante póliza de seguros, rendimientos e indemnizacionesla cual deberá corresponder a la Póliza de Cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN (Esta condición debe constar en la póliza o en una certificación anexa y se debe adjuntar el clausulado correspondiente al Cumplimiento ante Entidades Públicas con Régimen Privado de Contratación, ni de FONADE a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el reconocimiento del impuesto certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en no ser que el proponente incurra en razón certificado de existencia y representación legal de la consignación cámara de dicha comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente. En caso de requerirse la ampliación de la presentación vigencia de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEla vigencia de la garantía de seriedad deberá ser igualmente, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al compradorampliada. El oferente debe anexar el original del recibo de pago de la prima o documento equivalente, que no resulte adjudicatario puede solicitar a certifique el pago de la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso misma so pena de enajenación que adelante dar aplicación de la Entidad Estatalcausal de rechazo. NOTA: LA NO PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA AL MOMENTO DEL CIERRE DEL PROCESO SERÁ CAUSAL DE RECHAZO. IGUALMENTE, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudioEN CASO QUE EL NÚMERO Y/U OBJETO DEL PROCESO NO CORRESPONDA CON EL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónEL OFERENTE INCURRIRÁ EN CAUSAL DE RECHAZO.

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Samples: Convenio Interadministrativo De Gerencia De Proyectos, Contrato Interadministrativo De Gerencia Integral De Proyectos

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en oferente deberá anexar a su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condicionesoferta, a favor del Instituto Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial total estimado, con una vigencia de tres (3) meses contada a partir de la fecha indicada en el cronograma general para el Desarrollo cierre del proceso. Esta garantía podrá consistir en póliza de Antioquia -IDEA-seguro o garantía bancaria, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 otorgada por una compañía de 2015seguros o una entidad bancaria, respectivamente, la cual deberá encontrarse legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada Si se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido trata de una garantía bancaria, la entidad correspondiente deberá actuar por su cuenta incluso en el respectivo pliego calidad de condicionescorresponsal, sin que haya lugar ello atenúe su responsabilidad o deteriore la calidad de la garantía, la cual deberá ser irrevocable y exigible a favor de FONADE a primer requerimiento, renunciando al reconocimiento beneficio de interesesexcusión. En caso de otorgar la garantía mediante póliza de seguros, rendimientos e indemnizacionesla cual deberá corresponder a la Póliza de Cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN (Esta condición debe constar en la póliza o en una certificación anexa y se debe adjuntar el clausulado correspondiente al Cumplimiento ante Entidades Públicas con Régimen Privado de Contratación, ni de FONADE) a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el reconocimiento del impuesto certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en no ser que el proponente incurra en razón certificado de existencia y representación legal de la consignación cámara de dicha comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente. La garantía deberá tener la firma del tomador en original y anexar el recibo o constancia de pago o su equivalente. En caso de requerirse la ampliación de la presentación vigencia de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEla vigencia de la garantía de serie-dad deberá ser igualmente, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónampliada.

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Samples: Contrato Interadministrativo De Gerencia Integral De Proyectos, Contratación Derivada

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. De conformidad a lo establecido en el artículo 32 del Acuerdo 006de 2014 “Por el cual se adopta el Manual de Contratación de la ESE IMSALUD CÚCUTA”, El proponente deberá garantizar el cumplimiento de la propuesta que hace dentro de la presente convocatoria pública y la suscripción consiguiente del respectivo contrato, mediante la constitución de una póliza de garantía de seriedad de la oferta, a favor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ESE IMSALUD, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado para la presente convocatoria, y su vigencia se extenderá desde el momento de la prestación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. La garantía será expedida por una compañía de seguros, legalmente establecida en Colombia, debidamente autorizada por la Superintendencia Bancaria para ejercer el ramo, o por una garantía bancaria Cuando la propuesta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal, la póliza de garantía debe incluir ser tomada a nombre de todos los integrantes, tal como aparecen en el documento que acredita la existencia y representación legal de cada uno de ellos. Al proponente favorecido se le hará efectiva la garantía de seriedad de su propuesta una garantía de seriedadcuando no proceda, consistente en consignación dentro del plazo estipulado, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado suscribir el contrato objeto de compraventaesta convocatoria. La EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ESE IMSALUD, consignación una vez adjudicado y perfeccionado el contrato y aprobada las garantías, devolverá, previa solicitud del interesado, la garantía segundo lugar. de seriedad de la propuesta al proponente que deberá hacerse con cargo ocupó el A los demás proponentes que no resultaren favorecidos seles devolverán, previa solicitud, dentro de los treinta (30) días calendarios siguiente a una cuenta designada adjudicación del Contrato. la fecha de Si el nombre del beneficiario, afianzado y/o tomador no es el correcto, si la vigencia de la póliza o el monto de la misma no está conforme a lo solicitado en el pliego los pliegos de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado deberá allegar dentro del término establecido en día hábil siguiente al recibo de la respectiva solicitud, el respectivo pliego certificado de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que modificación. Si el proponente incurra en razón no atiende el requerimiento dentro propuesta será rechazada o eliminada de ese término, su La garantía de seriedad de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimientoincumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos • La no suscripción seleccionado. En consecuenciadel contratos injusta causa por parte del proponente • La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no se exigirá excedan un término de tres meses. • La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a de cumplimiento exigida por la Entidad Estatal mantener entidad para amparar el valor consignado para otro proceso incumplimiento de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico las obligaciones del contrato, . • El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. • La suficienciadeesta garantía será verificada por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para entidad momento de la presente contrataciónevaluación de las propuestas. contratante al • El proponente deberá anexar el recibo de pago de la prima de la póliza.

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Samples: Public Contract for Professional Services, Public Contract for Professional Services

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto Las Propuestas deberán presentarse para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar objeto establecido en el proceso presente Pliego de Condiciones, de conformidad con los requisitos establecidos en el mismo, sus Anexos y que se imputará Adendas. El Proponente deberá tener en cuenta al precioelaborar su Propuesta que, en caso de serle adjudicado resultar Adjudicatario, se le exigirá el contrato cumplimiento de compraventalos resultados previstos en los Apéndices del Contrato, consignación además de la obtención de los resultados que se desprendan de otras obligaciones a su cargo, contenidas en este Pliego y en sus Anexos, en especial la minuta del Contrato de Obra y sus Apéndices. Por lo tanto, deberá hacer los cálculos de costos, basados en sus propios estudios y capacidad tecnológica, necesarios para elaborar su propuesta económica, teniendo en cuenta que asumirá dichas obligaciones, así como los riesgos que el cumplimiento de las mismas conllevan, en los términos que se desprenden de las estipulaciones del Contrato de Obra. Los Apéndices del Contrato contienen exigencias mínimas sobre los procedimientos constructivos que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada adoptar el Contratista. Sin embargo, estos procedimientos mínimos deberán complementarse, profundizarse y/o mejorarse en el pliego lo que resulte necesario para garantizar la obtención de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido los resultados previstos en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimientomismos. En consecuencia, durante la ejecución del Contrato de Obra no se exigirá garantía adicional aceptará reclamación alguna, ni solicitud de extensión de plazos, ni solicitudes de compensaciones derivadas de pretendidas insuficiencias en dichos Apéndices. Las Propuestas constarán de dos (2) sobres separados. En el Sobre número 1 deberán incluirse los documentos que se establecen en el numeral 4.2.1 de este Pliego. En el Sobre número 2 deberá incluirse la Propuesta económica, según lo establecido en el numeral 4.2.2 de este Pliego. Cada Propuesta, original y copias, deberá incluirse en un sobre que los contenga, debidamente identificado de acuerdo a los oferentes lo establecido en el numeral 4.2 de este Pliego. Si las Propuestas contuvieren información confidencial o al compradorprivada, de acuerdo con la ley colombiana, deberá claramente indicarse tal calidad expresando las normas legales que le sirven de fundamento. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar En todo caso, Centrales de Transportes S.A. se reserva el derecho de revelar dicha información a sus agentes o asesores, con el fin de evaluar la Propuesta. CENTRALES DE TRANSPORTES S.A., sus agentes y asesores estarán obligados a mantener la confidencialidad de la información a la Entidad Estatal mantener que de acuerdo con la ley corresponda tal calidad. Sin embargo, CENTRALES DE TRANSPORTES S.A., sus empleados, agentes o asesores sólo responderán por los perjuicios derivados de la revelación de información confidencial o privada que contengan las Propuestas, en los términos establecidos en la Constitución Política -en especial el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante artículo 90- y en la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesarioley. En consideración al análisis del riesgo expuesto el caso que en el presente estudio, donde la Propuesta no se encuentran riesgos indique el carácter de confidencial de alguna información o no se citen las normas en que puedan afectar el equilibrio económico del contratose apoya dicha confidencialidad, CENTRALES DE TRANSPORTES S.A. no se hará responsable por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónsu divulgación.

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Samples: Public Procurement Agreement

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Cuando la licitación sea igual o inferior a 2.000 UTM, la entidad licitante ponderará el riesgo involucrado en la contratación para determinar si requiere la presentación de garantías de seriedad de la oferta por parte de los oferentes interesados en la licitación. La disposición de este requerimiento deberá ser indicada en el Anexo A. Cuando la licitación sea por un monto superior a 2.000 UTM, será obligatorio la exigencia de garantía de seriedad de la oferta, por lo que el oferente deberá presentar junto a su oferta uno o más documentos de garantía que en su conjunto caucionen la seriedad de la propuesta una realizada, aceptándose cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de seriedadmanera rápida y efectiva, consistente pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable según lo dispuesto en consignación el Artículo N°31 del reglamento de la ley N° 19.886. La garantía deberá ser entregada antes de la fecha y hora de cierre de la licitación en la dirección de la entidad licitante señalada en el Anexo A ya sea presencialmente o a favor través de carta certificada. Cuando la garantía sea emitida electrónicamente, ésta deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y ser presentadas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, dentro del Instituto plazo para ofertar, como archivo adjunto a la oferta. Como beneficiario de la garantía debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante, lo que se indica en el Desarrollo Anexo A de Antioquia -IDEA-estas bases. Cuando corresponda según el tipo de instrumento de garantía, del valor equivalente al 20éste deberá indicar en su texto la siguiente glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación [Nombre de la licitación]” Las condiciones que deberá cumplir la garantía están establecidas en el Anexo A, siendo éstas: Monto de la garantía. Ésta no podrá exceder el 5% del precio mínimo monto total estimado para la licitación. Sin perjuicio de venta del bien inmueble ofrecido esto, la entidad licitante podrá fundadamente establecer un monto mayor al señalado. En todo caso no podrá desincentivar la participación de los oferentes. Glosa, para aquellos casos en venta, como requisito habilitante para participar en que el proceso y que se imputará al precio, instrumento lo permita. Vigencia de la garantía. Dirección de entrega de la garantía en caso de serle adjudicado el contrato que sea emitida en soporte de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego papel y horario de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónatención.

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Samples: Licensing Agreement

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en Los proponentes deberán acompañar a su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al preciooferta, en caso forma física, o electrónica en los términos establecidos en la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de serle adjudicado Certificación en dicha firma, una Garantía de Seriedad de la Oferta, otorgada por un instrumento que asegure el contrato cobro de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego la misma de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-manera rápida y efectiva, tal como lo establece una Boleta de Garantía, Certificado de Fianza, Depósito a la Vista o Vale Vista. La Garantía debe ser pagadera a la vista e irrevocable, extendida a nombre de la Corporación Andina de Fomento (CAF), RUT N°00.000.000-0, por la suma de US$ 5000.- (cinco mil dólares), y con una vigencia igual o superior al 28 de febrero de 2024. El documento de Garantía de Seriedad se otorgará como caución de la oferta presentada, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por Corporación Andina de Fomento (CAF) a través de la emisión por parte de Subtel de la correspondiente resolución fundada y notificada al proponente, en los casos que a continuación se señalan: a) Si el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 proponente cuya oferta ha sido aceptada, retira su oferta o se desiste de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido ella en el respectivo pliego período de condicionesvalidez de este documento. b) Si el proponente cuya oferta ha sido aceptada, sin que haya lugar al reconocimiento no hace entrega de interesesla Garantía de fiel cumplimiento del contrato o de alguno de los antecedentes requeridos para contratar, rendimientos e indemnizacionesen la oportunidad estipulada en estas Bases, ni el reconocimiento cuando sea procedente. c) Si la oferta fuere falsa. d) En caso de verificarse cualquiera de los supuestos establecidos en las presentes Bases de licitación, respecto del impuesto cobro de la referida caución. Cuando esta garantía sea presentada en formato físico deberá entregarse en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, ubicada en Catedral 1424, comuna y ciudad de Santiago, hasta la fecha de cierre de la licitación, a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón 14:00 hrs., bajo sanción de la consignación de dicha garantía y de la presentación ser excluido de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará La devolución de la suma Garantía de Seriedad a devolveraquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, los dineros correspondientes a se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, o de la adjudicación. La referida garantía será restituida en el Departamento Finanzas de la Subsecretaría, ubicado en xxxxx Xxxxxxxxxx X°000, 0° xxxx, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx. No obstante lo anterior, al oferente que haya obtenido el segundo mejor puntaje en la evaluación de las erogaciones antes mencionadasofertas, se le devolverá su documento de garantía en el Departamento de Finanzas de la Subsecretaría, luego que el acto administrativo que apruebe el contrato se encuentre totalmente tramitado (acontecimiento que se le informará vía correo electrónico). Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 Finalmente, al adjudicatario de 2015la licitación le será devuelta su garantía de Seriedad de la Oferta, una vez recibida que efectúe en tiempo y forma, la ofertaentrega de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame Subsecretaría readjudicare la presente licitación en dos o más oportunidades, ésta se encontrará facultada para exigir al respectivo proveedor readjudicado, la entrega de una nueva garantía de seriedad de la oferta dentro de los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar cinco (5) días hábiles siguientes a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso notificación de enajenación la resolución de readjudicación correspondiente, la que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto deberá cumplir con las exigencias y formalidades establecidas en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratacióncapítulo.

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Samples: Consulting Agreement

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente 18.2 En casos excepcionales, antes del vencimiento del período de validez de la Oferta, el Contratante podrá solicitar a los Licitantes que extiendan dicho período de validez. Tanto la solicitud como las respuestas se harán por escrito. Si se ha solicitado una Garantía de Seriedad de Oferta de conformidad con la cláusula 19 de las IAL, ésta deberá extenderse por un tiempo determinado. Los Licitantes podrán rechazar la solicitud sin que la Garantía de Seriedad de su oferta se ejecute. A los Licitantes que acepten la solicitud no se les pedirá ni permitirá modificar su Oferta. 18.3 En el caso de los contratos a precio fijo, si la adjudicación se retrasa por más de cincuenta y seis (56) días después de que venza la validez inicial de la Oferta, el precio contractual se ajustará por un factor o factores especificados en la solicitud de prórroga. La evaluación se basará en el precio de la Oferta sin tomar en cuenta la corrección mencionada. 19.1 Si se solicita en los DDL, el Licitante deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. En caso de presentarse una Garantía de Seriedad de la Oferta, esta debe incluir ser por el monto especificado en su propuesta los DDL. 19.2 Para la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se usará el formulario correspondiente que figura en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 19.3 Si se solicita una Garantía de Seriedad de la Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, dicha garantía deberá ser presentada en cualquiera de la siguientes formas: (a) una garantía bancaria incondicional emitida por un banco o aseguradora; (b) una carta de seriedadcrédito irrevocable; (c) un cheque de gerencia o cheque certificado; o (d) otra garantía definida en los DDL, consistente en consignación a favor emitida por una institución de prestigio de un país elegible. Si la garantía incondicional es emitida por una aseguradora o una compañía avalista situada fuera del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-país del Contratante, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en el proceso y país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía. Si se trata de una garantía bancaria, la Garantía de Seriedad de Oferta deberá presentarse utilizando ya sea el formulario de Garantía de Seriedad de Oferta que se imputará al precioincluye en la Sección IV, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón Formularios de la consignación de dicha garantía y de Oferta, u otro formato sustancialmente similar aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la propuestaOferta. En este cualquier caso, el IDEA descontará formulario deberá incluir el nombre completo del Licitante. La Garantía de Seriedad de Oferta será válida por un período de veintiocho (28) días posteriores a la fecha límite de validez de la suma Oferta, o de cualquier período de prórroga, si ésta se hubiera solicitado de conformidad con la subcláusula 18.2 de las IAL. 19.4 Todas las Ofertas que no vayan acompañadas de una Garantía de Seriedad de Oferta o Declaración de Mantenimiento de Oferta, si se ha exigido según lo estipulado en la subcláusula 19.1 de las IAL serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento 19.5 Si se exige una Garantía de Seriedad de Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, la Garantía de Seriedad de Oferta de los Licitantes no seleccionados se devolverá a devolveréstos tan pronto como sea posible, los dineros correspondientes después de que el Licitante seleccionado provea la Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la cláusula 41 de las IAL 19.6 Si se exige una Garantía de Seriedad de Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, La Garantía de Seriedad de Oferta del Licitante seleccionado se devolverá a éste tan pronto como sea posible, después que el mismo haya firmado el Contrato y suministrado la Garantía de Cumplimiento requerida. 19.7 La Garantía de Seriedad de Oferta podrá hacerse efectiva, o la Declaración de Mantenimiento de Oferta ejecutarse: (a) si el Licitante retira su oferta durante el período de validez estipulado por él en la Carta de la Oferta, excepto lo indicado en la subcláusula 18.2 de las erogaciones antes mencionadasIAL o (b) si el Licitante seleccionado no: (i) firma el Contrato según lo dispuesto en la cláusula 40 de las IAL, o (ii) suministra la Garantía de Cumplimiento según lo dispuesto en la cláusula 41 de las IAL. 19.8 La Garantía de Seriedad de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de Oferta de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) deberán emitirse en nombre de la APCA que presenta la oferta. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 Si esta última no se ha constituido formalmente como entidad jurídica al momento de 2015, una vez recibida presentar la oferta, la Garantía de Seriedad de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de Oferta deberán emitirse en nombre de todos los futuros socios de la APCA tal como figuren en la carta de intenciones a que hace referencia la subcláusula 4.1 de las IAL. 19.9 Si en los DDL no se exige una Garantía de Seriedad de Oferta, y (a) un Licitante retira su Oferta durante el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEperíodo de tiempo de validez señalado por él en la Carta de la Oferta, y con excepción de lo dispuesto en caso la subcláusula 18.2 de hacerlo o las IAL o (b) el Licitante seleccionado no firma el Contrato de incumplir conformidad con la cláusula 40 de las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registroIAL, o cualquier otro asunto derivado no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la cláusula 41 de las IAL, el Prestatario podrá, si así se dispone en los DDL, declarar al Licitante no elegible para la adjudicación de un contrato por parte del negocio jurídico, perderá de pleno derecho Contratante durante el valor consignado período que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame estipule en los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónDDL.

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Samples: Contratación De Obras Menores

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Cuando la licitación sea por un monto superior a 2.000 UTM, el oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en total, al monto que indique la entidad licitante en el Anexo N°4 y que no podrá superar el 5% de monto total disponible o estimado para la licitación. Si el oferente presenta más de una propuesta, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada, en los términos indicados en la presente cláusula, mediante instrumentos separados. La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo N°4, dentro del plazo para presentación de ofertas, si fueran en soporte de papel, y en el horario de atención a los oferentes que allí se indique. Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o en su propuesta una garantía de seriedaddefecto, consistente en consignación enviar a favor través del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar correo electrónico señalado por la entidad licitante en el proceso Anexo N°4, dentro del plazo para ofertar. Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se imputará al preciootorga para garantizar la seriedad de la oferta, en singularizando el respectivo proceso de compra. En caso de serle adjudicado que el contrato instrumento no permita la inclusión de compraventala glosa señalada, consignación que el oferente deberá hacerse con cargo dar cumplimiento a una cuenta designada la incorporación de ésta en forma manuscrita en el pliego mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de condicionesgarantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a favor del Instituto para el Desarrollo la Vista, Vale Vista o Póliza de Antioquia -IDEA-Seguro, tal entre otros. La garantía deberá tener como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de vigencia mínima desde la presentación de la propuestaoferta hasta la suscripción del contrato entre el respectivo órgano público comprador y el proveedor adjudicado. En Si se lleva a cabo una readjudicación este casoplazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, el IDEA descontará debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula. Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la suma a devolverentidad licitante, los dineros correspondientes a indicado en el Anexo N°4 de las erogaciones antes mencionadasbases. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad reclame licitante en los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.siguientes casos:

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Samples: Formato Tipo De Bases Administrativas

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su De conformidad con el Artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto No. 1082 del 2015 deberá presentarse simultáneamente con la propuesta una garantía la seriedad del ofrecimiento equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado para que ésta pueda ser considerada. Cuando el proponente sea consorcio o unión temporal, la póliza se tomará a nombre del consorcio o unión temporal y de seriedadtodos y cada uno de los integrantes, consistente y así se hará constar en consignación la póliza. La vigencia de dicha póliza no será inferior a noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección, a favor de la Nación - Consejo Superior de La Judicatura Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Pereira - Risaralda (Nit: 800.165.862-2). La garantía será expedida por una compañía de seguros cuya casa matriz esté aprobada por la Superintendencia Financiera. El proponente favorecido y los demás proponentes podrán solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la propuesta, cuando se hayan cumplido los requisitos de legalización del Instituto para contrato que se llegare a celebrar, como resultado de este proceso. Si la presente solicitud de propuesta se declara desierta, se devolverá el Desarrollo original de Antioquia -IDEA-la póliza, previa solicitud por escrito del proponente. El oferente garantiza el cumplimiento de la oferta que presenta, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015, mediante la constitución de una garantía de seriedad de la misma, a favor de la Nación Consejo Seccional de la Judicatura con NIT 800.093.816-3, por el diez (10%) del valor equivalente del presupuesto oficial establecido para la contratación como se observa más adelante. Cuando el valor correspondiente al 20diez (10%) del valor del presupuesto oficial establecido tenga decimales, se debe establecer en la cifra exacta con decimales o aproximar los centavos al peso siguiente. Tratándose de un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes como aparecen en el documento que acredita la existencia y representación legal de cada uno de ellos, e indicando su porcentaje de participación en el Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura. La Entidad hará efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta por el 100% del precio mínimo valor de venta del bien inmueble ofrecido en ventala misma, como requisito habilitante para participar en cuando el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado adjudicatario no suscriba el contrato correspondiente dentro de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada los términos señalados en el pliego de condiciones, o no otorgue dentro del plazo señalado en el contrato, la garantía única de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el cumplimiento de las obligaciones del mismo, quedando a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-la Nación - Consejo Seccional de la Judicatura, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 en calidad de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condicionessanción, dicho valor, sin que haya lugar menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni perjuicios causados y no cubiertos con el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón valor de la consignación citada garantía (Ley 80 de dicha garantía y 1993, articulo 30, numeral 12, inciso 1) Nota: La no entrega de la presentación garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará misma (Parágrafo 3 del Artículo 5 de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 Ley 1882 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación2018).

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Samples: Contratación De Servicios De Vigilancia Y Seguridad Privada

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente Proponente debe incluir en su presentar con la propuesta una garantía Garantía de seriedadseriedad de la oferta que cumpla con los parámetros, consistente condiciones y requisitos que se indican en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar este numeral. Cualquier error o imprecisión en el proceso y que se imputará al precio, texto de la Garantía presentada será susceptible de aclaración por el Proponente hasta el término de traslado del informe de evaluación. El Proponente presentará la Garantía de seriedad de la oferta sobre la sumatoria de los lotes o grupos en caso relación con los cuales ofertó. Las características de serle adjudicado el contrato la Garantía son las siguientes: Clase Cualquiera de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece las clases permitidas por el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, a saber: (i) contrato de seguro contenido en una vez recibida póliza, (ii) Patrimonio autónomo y (iii) Garantía Bancaria. Asegurado/ beneficiario MUNICIPIO DE PACHAVITA identificada con el NIT 800028461-6 Amparos La sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento en los eventos señalados en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015 o la norma que la modifique, sustituya o complemente. Vigencia 3 meses contados a partir de la fecha de cierre del Proceso de Contratación. En caso de modificarse la fecha del cierre del proceso, se tendrá como referencia para establecer el plazo de vigencia del certificado la fecha originalmente definida en el Pliego de Condiciones. Valor Asegurado Diez por ciento (10%) del Presupuesto Oficial del Proceso de Contratación Tomador • Para las personas jurídicas: la Garantía deberá tomarse con el nombre o razón social y tipo societario que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Característica Condición Cámara de Comercio respectiva y no solo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. • Para los Proponentes Plurales: la Garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del Proponente Plural, para lo cual se tiene que relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de esta. Si en el desarrollo del Proceso de Contratación se modifica el Cronograma, el Proponente deberá ampliar la Garantía de seriedad de la oferta hasta la aprobación de la Garantía de cumplimiento del contrato. La propuesta tendrá una validez igual al término de vigencia establecido para la Garantía de seriedad de la oferta. Durante este período la propuesta será irrevocable, de tal manera que el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo Proponente no podrá retirar ni modificar los términos o de incumplir las condiciones de pagola misma, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio so pena de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a Entidad pueda hacer efectiva la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso Garantía de enajenación que adelante seriedad de la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónoferta.

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Samples: Contract

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El Por medio de este amparo se cubre al ASEGURADO cuando el PROPONENTE se abstenga de ampliar la vigencia de la garantía de la seriedad de la oferta cuando el plazo para la aceptación o para formalizar el contrato es prorrogado, o de suscribir el CONTRATO objeto de la solicitud pública o privada de ofertas, de acuerdo a las especificaciones de contratación para el cual presentó oferta; así como cuando el proponente debe incluir retire, modifique o revoque la oferta, o por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y requisitos necesarios para la celebración, perfeccionamiento, formalización e inicio de la ejecución del contrato, de conformidad con los parámetros previstos en su propuesta el proceso de selección y en las demás condiciones exigidas por el ASEGURADO. Deberá amparar una suma igual al diez por ciento (10%) del valor total de la Oferta, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir de la fecha señalada para la presentación de las Ofertas, si el anexo 1 no indica otra cosa. La suma asegurada establecida para el amparo de seriedad de la oferta tiene carácter punitivo o sancionatorio. Cuando la oferta sea por más de un grupo, la suma asegurada o valor garantizado de la garantía, deberá cubrir el valor que corresponda a la sumatoria de las cuantías exigidas para cada uno de los grupos cotizados. No se permite que una garantía de seriedadseriedad de la oferta que, consistente cubriendo sólo la mayor cuantía exigida para uno de los grupos, pretenda garantizar también la oferta para cualquiera de los demás, o que cubriendo el valor exigido para determinado grupo se pretenda también presentar oferta para otro grupo. De no presentarse en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo la forma señalada, la oferta será eliminada. La vigencia de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo la garantía de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar seriedad de la oferta será la estipulada en el proceso y que se imputará al precio, en caso Anexo 1 Pliegos Específicos de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo Contratación contados a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón partir de la consignación hora y día fijado para cierre del proceso. En todo caso, la garantía de dicha garantía y seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. NOTA: La vigencia de la garantía de seriedad de la oferta debe contemplar la totalidad del proceso de cierre, evaluación, aceptación y formalización del contrato. Normalmente, se estiman 45 días adicionales al proceso de evaluación. Se recomienda establecer un valor fijo en pesos o dólares para esta garantía, para que no se convierta en un valor diferenciador de costos en la propuesta, y tenga el mismo valor para todos. Este valor resulta del análisis de riesgos del contrato.  Garantías de Cumplimiento NOTA: En este casotexto se listan todos los amparos aplicables a los contratos. Sin embargo, es necesario determinar cuáles de ellos se requieren en el IDEA descontará contrato, teniendo en cuenta los resultados del análisis de riesgos del mismo. Se listan todos los amparos aplicables a los contratos. Sin embargo, En el anexo 1 Pliegos Específicos de Contratación se determinará cuáles de ellos se requieren en el contrato, su porcentaje y vigencia teniendo en cuenta los resultados del análisis de riesgos del mismo:  Amparo de buen manejo, correcta inversión y reintegro del anticipo. El amparo de anticipo comprenderá, además de la suma a devolverapropiación indebida (cobertura que también podrá denominarse de buen manejo), las coberturas de correcta inversión, amortización y devolución siempre y cuando sean compatibles con el tipo de contrato asegurado y sean exigidas en éste. Para los dineros correspondientes a efectos xxx xxxxxx de anticipo las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015expresiones: correcta inversión, una vez recibida la ofertaamortización y devolución, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame tendrán los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.siguientes significados:

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Samples: Código De Conducta Para Proveedores Y Contratistas

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. 17.1 El proponente debe incluir Licitante deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en su propuesta el formulario original especificado en los DDL. 17.2 La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en la moneda del país del Comprador o en una moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a opción del Licitante, adoptar la forma de una carta de crédito, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de seriedadprestigio seleccionada por el Licitante y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la fianza está localizada fuera del país del Comprador, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar deberá tener una sucursal financiera en el proceso y país del Comprador que se imputará al precio, en caso permita hacer efectiva la fianza; (c) estar sustancialmente de serle adjudicado el contrato acuerdo con alguno de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón los formularios de la consignación Garantía de dicha garantía y Seriedad de Oferta incluidos en la Sección IX, Formularios de Garantías, u otro formulario aprobado por el Comprador con anterioridad a la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará oferta; (d) ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Comprador en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAL. (e) ser presentada en original; no se aceptarán copias; (f) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la suma validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAL; 17.3 Si la Subcláusula 17.1 de las IAL exige una Garantía de Seriedad de la Oferta o un Manifiesto de Garantía de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a devolverlo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Comprador por incumplimiento. 17.4 La Garantía de Seriedad de la Oferta de los dineros correspondientes Licitantes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan prontamente como sea posible después que el Licitante adjudicado suministre su Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 35 de las IAL. 17.5 La Garantía de Seriedad de la Oferta se podrá hacer efectiva o el Manifiesto de Garantía de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) un Licitante retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Licitante en el Formulario de Oferta, salvo a lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las erogaciones antes mencionadasIAL; o (b) si el Licitante seleccionado: (i) no firma el contrato de conformidad con la Cláusula 34 de las IAL; (ii) no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 35 de las IAL; 17.6 La Garantía de Seriedad de la Oferta o el Manifiesto de Garantía de la Oferta de una Asociación en Participación o Consorcio deberá ser emitido en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio que presenta la oferta. Conforme lo contempla Si dicha Asociación o Consorcio no ha sido legalmente constituido en el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 momento de 2015, una vez recibida presentar la oferta, la Garantía de Seriedad de la Oferta o el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y Manifiesto de Garantía de la Oferta deberá estar en caso nombre de hacerlo todos los futuros socios de la Asociación o Consorcio tal como se denominan en la carta de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto intención mencionada en el presente estudioFormulario de Información sobre el Licitante, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contratoincluido en la Sección III, por Formularios de la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónOferta.

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Samples: Licitación

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Cuando la licitación sea por un monto superior a 2.000 UTM, el oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en total, al monto que indique la entidad licitante en el Anexo N°4 y que no podrá superar el 5% del monto total disponible o estimado para la licitación. Tratándose de contrataciones iguales o inferiores a las 2.000 UTM, la entidad licitante deberá ponderar el riesgo involucrado en cada contratación para determinar si requiere la presentación de garantías de seriedad de la oferta, debiendo justificar dicho riesgo en el Anexo N°4 en el caso que se decida exigir. Solo si el oferente presenta más de una propuesta, en los términos indicados en la cláusula 9, letra b, numeral 1, de las bases de licitación, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada, según las instrucciones definidas en la presente cláusula, mediante instrumentos separados. La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo N°4, dentro del plazo para presentación de ofertas, si fueran en soporte de papel, y en el horario de atención a los oferentes que allí se indique. Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o en su propuesta una garantía de seriedaddefecto, consistente en consignación enviar a favor través del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar correo electrónico señalado por la entidad licitante en el proceso Anexo N°4, dentro del plazo antes indicado. Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886 El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se imputará al preciootorga para garantizar la seriedad de la oferta, en singularizando el respectivo proceso de compra. En caso de serle adjudicado que el contrato instrumento no permita la inclusión de compraventala glosa señalada, consignación que el oferente deberá hacerse con cargo dar cumplimiento a una cuenta designada la incorporación de ésta en forma manuscrita en el pliego mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de condicionesgarantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a favor del Instituto para el Desarrollo la Vista, Vale Vista o Póliza de Antioquia -IDEA-Seguro, tal entre otros. La garantía deberá tener como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de vigencia mínima desde la presentación de la propuestaoferta hasta la suscripción del contrato entre el respectivo órgano público comprador y el proveedor adjudicado, plazo que deberá ser definido por la entidad licitante en el Anexo N°4, considerando los tiempos del proceso licitatorio. Si se lleva a cabo una readjudicación este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula. Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante, indicado en el Anexo N°4 de las bases. Si el instrumento que se presenta expresa su monto en unidades de fomento (UF), se considerará para determinar su equivalente en pesos chilenos (CLP), el valor de la UF a la fecha en que se realice la apertura de la oferta. ediante nstancia p umento a Fecha: 27/07/2022 La(s) garantía(s) podrá(n) ser tomada por el mismo oferente o m un tercero a nombre éste; en este último caso, lo señalado deberá dejarse co orTOpMaArDtOeDdEeRlAZÓN tercero en el mismo documento de garantía o mediante un doc neJxORoGEeAlNDqREuSeBERMUDEZ XXXX deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución según lo indicado en el párrafo anterior. Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante, siempre que los incumplimientos sean imputables al proveedor, en los siguientes casos: 1. Por no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, o la no aceptación de la OC,si corresponde; 2. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases, si corresponde; 3. Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases; 4. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error; en el sentido que importe la entrega de antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta; 5. Por la no inscripción en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases; 6. Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado, si procede; y 7. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente y que sea atribuible a éste, durante el proceso licitatorio. Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, si procede. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el IDEA descontará sistema de información, en la dirección de la suma entidad licitante, indicada en el Anexo N°4. La devolución de las garantías de seriedad a devolveraquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, se efectuará una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOhaya notificado la resolución que aprueba el respectivo contrato. En este último caso, sin perjuicio las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de que dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónlicitante recién aludida.

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Samples: Formato Tipo De Bases Administrativas Para La Adquisición De Servicios De Arriendo De Vehículos Motorizados Livianos Y Medianos

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir deberá garantizar el cumplimiento de la oferta que presente en su propuesta una garantía curso del presente proceso de seriedad, consistente en consignación a favor selección y la suscripción del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al preciorespectivo contrato, en caso de serle adjudicado que le sea adjudicado, mediante la constitución de una garantía de seriedad de la oferta a FAVOR DE ENTIDADES OFICIALES a nombre del MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, NIT 899.999.001-7 por cualquiera de los métodos admitidos para este criterio de conformidad con las reglas establecidas por el contrato Decreto 1082 de compraventa2015; si esta es una póliza, consignación que deberá hacerse con cargo a ser expedida por una cuenta designada compañía de seguros legalmente establecida en el pliego Colombia. El valor de condicionesla garantía deberá ser por la suma equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proceso de selección, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el conforme al artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá La vigencia mínima debe ser por noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección; en todo caso el valor consignado dentro amparo de la garantía de seriedad de la oferta deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampare la actividad contractual, para lo cual, el Ministerio de Educación Nacional, requerirá a los proponentes para que realicen la ampliación de los plazos de la vigencia, de ser el caso. Cuando la oferta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la garantía debe ser tomada a nombre del término establecido Consorcio o Unión Temporal y sus integrantes, en este caso, debe quedar claro en la garantía los integrantes del consorcio o unión temporal y su participación en el respectivo pliego mismo. Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente contrato, el Ministerio, se reserva la facultad, de condicionesexigir al oferente clasificado en segundo (2°) lugar, sin que haya la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la expedición de los contratos, y así sucesivamente a los demás oferentes; siempre y cuando, su oferta sea favorable para el Ministerio. La no presentación de esta garantía con la propuesta a la fecha de cierre del proceso de selección da lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación rechazo de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará ; conforme al Parágrafo 3 del artículo 5 de la suma a devolverLey 1150 de 2017, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 incluido mediante la Ley 1882 del Decreto 1082 15 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso enero de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación2018.

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Samples: Suministro De Bebidas Y Snacks

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. a) El proponente debe incluir Oferente proveerá, como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta al Comprador por la suma del 5% del Valor de la Oferta. b) La Garantía de Seriedad de la Oferta sirve para proteger al Comprador contra el riesgo asociado a una conducta del Oferente que justificaría la ejecución de la Garantía de acuerdo con la Cláusula 14 (g) especificada más adelante. c) La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá otorgarse en su propuesta la misma moneda de la Orden de Compra, o en una garantía moneda de seriedadlibre convertibilidad, consistente y adoptará una de las siguientes formas: i) Garantía Bancaria o Carta de Crédito irrevocable, emitida por un banco de reconocido prestigio ubicado en consignación el país del Comprador o en el extranjero y en la forma establecida en estos Documentos de Licitación o, ii) Cheque de caja o cheque certificado. iii) Póliza de Seguro de Caución que garantise la totalidad de las obligaciones del tomador, emitida por Compañía de Seguros autorizada a operar en el rubro en el ámbito nacional por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendida a favor del Instituto de “Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Representación en Argentina, Proyecto PNUD ARG 16/006,de acuerdo a la normativa legal vigente en la República Argentina y a entera satisfacción del Proyecto. d) Cualquier Oferta que no esté garantizada según las Cláusulas 14 (a) y 14 (c) señaladas anteriormente, podrá ser rechazada por el Comprador por considerar que no cumple con los requisitos, de Antioquia -IDEA-conformidad con la cláusula 21 de las Instrucciones a los Oferentes. e) La Garantía de Seriedad de la Oferta de los Oferentes no favorecidos con la adjudicación del contrato será devuelta tan pronto como sea posible, a más tardar treinta (30) días después de vencido el período de Validez de la Oferta señalado por el Comprador, de conformidad con la cláusula 13 de las Instrucciones a los Oferentes. f) La Garantía de Seriedad de la Oferta del valor equivalente Oferente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle le haya adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada será devuelta en el pliego momento que el Oferente firme la Orden de condicionesCompra, conforme a favor la cláusula 27 de las Instrucciones a los Oferentes, y otorgue la Garantía de Fiel Cumplimiento, conforme a la cláusula 28 de las Instrucciones a los Oferentes. g) Se podrá ejecutar la Garantía de Seriedad de la Oferta: 1) Si un Oferente retira su oferta durante el período de Validez de la Oferta especificado por el Oferente en el Formulario para la Presentación de la Oferta, o, 2) En el caso del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada Oferente al que se le devolverá haya adjudicado el valor consignado dentro del término establecido en contrato, si el respectivo pliego Oferente: i) No firma la Orden de condicionesCompra de acuerdo con la cláusula 27 de las Instrucciones a los Oferentes o, ii) no otorga la Garantía de Fiel Cumplimiento, sin que haya lugar al reconocimiento conforme a la cláusula 28 de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto las Instrucciones a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón los Oferentes. A los efectos de la consignación presente cláusula, se entenderá a la “Garantía de dicha garantía y Seriedad de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende Oferta” como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar equivalente a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso “Garantía de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónMantenimiento de Oferta”.

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Samples: Licitación Pública Internacional

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Cuando la licitación sea por un monto superior a 2.000 UTM o cuando la entidad licitante lo fundamente, el oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en total, al monto que indique la entidad licitante en el Anexo N°4 y que no podrá superar el 5% de monto total disponible o estimado para la licitación. Si el oferente presenta más de una propuesta, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada, en los términos indicados en la presente cláusula, mediante instrumentos separados. La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo N°4, dentro del plazo para presentación de ofertas, si fueran en soporte de papel, y en el horario de atención a los oferentes que allí se indique. Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o en su propuesta una garantía de seriedaddefecto, consistente en consignación enviar a favor través del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar correo electrónico señalado por la entidad licitante en el proceso Anexo N°4, dentro del plazo para ofertar. Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886. El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se imputará al preciootorga para garantizar la seriedad de la oferta, en singularizando el respectivo proceso de compra. En caso de serle adjudicado que el contrato instrumento no permita la inclusión de compraventala glosa señalada, consignación que el oferente deberá hacerse con cargo dar cumplimiento a una cuenta designada la incorporación de ésta en forma manuscrita en el pliego mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de condicionesgarantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a favor del Instituto para el Desarrollo la Vista, Vale Vista o Póliza de Antioquia -IDEA-Seguro, tal entre otros. La garantía deberá tener como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de vigencia mínima desde la presentación de la propuestaoferta hasta la suscripción del contrato entre el respectivo órgano público comprador y el proveedor adjudicado. En Si se lleva a cabo una readjudicación este casoplazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula, como por ejemplo ampliación de fecha de cierre de la licitación o del proceso de evaluación. Si el instrumento que se presente exprese su monto en unidades de fomento (UF), se considerará para determinar su equivalente en pesos chilenos (CLP), el IDEA descontará valor de la suma UF a devolverla fecha en que se realice la apertura de la oferta. Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante, los dineros correspondientes a indicado en el Anexo N°4 de las erogaciones antes mencionadasbases. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad reclame licitante en los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.siguientes casos:

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Samples: Formato Tipo De Bases Administrativas

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir De conformidad con lo dispuesto en su propuesta el artículo 29 del Manual de Contratación de la entidad, los oferentes deberán otorgar como mecanismo de cobertura, una garantía póliza de seriedad, consistente seguros expedida en consignación formato único a favor de entidades estatales, la cual debe constituirse por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del Instituto valor del presupuesto del grupo para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, cual para el cual el proponente presente oferta. Las cifras del valor equivalente de la póliza deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al 20% del precio mínimo múltiplo de venta del bien inmueble ofrecido mil inmediato, teniendo en ventacuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, como requisito habilitante para participar en si el proceso y que se imputará al precio, en caso decimal es de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo 50 a una cuenta designada en el pliego de condiciones, 99. Dicha garantía debe estar constituida a favor del Instituto para el Desarrollo deL ICETEX, con una vigencia mínima aproximada de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto tres (3) meses contados a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón partir de la consignación fecha de dicha garantía y de la presentación de la propuestaoferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual; debe estar referida al presente proceso de contratación y encontrarse firmada por quien emite dicha garantía. Si el proponente es persona natural y tiene establecimiento de comercio, el tomador debe ser la persona natural y no su establecimiento de comercio. En este caso, el IDEA descontará caso que la fecha de cierre de la suma a devolverselección se amplíe, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadasdebe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la garantía. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 La garantía de 2015, una vez recibida seriedad de la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimientoincumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos: • La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado. En consecuencia• La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses. • La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato. • El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. Cuando la garantía de seriedad que presente el proponente presente incorrección en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o estar referida al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro presente proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatalselección o no allegarse las condiciones generales en caso de póliza de seguros, valor el ICETEX solicitará al proponente los documentos e información del caso, para lo cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto el oferente cuenta con el plazo establecido en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico cronograma del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales proceso para la presente contrataciónanexarlo.

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Samples: Contract for Insurance Program

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación Oferente deberá anexar a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en ventala propuesta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso obligatorio la seriedad de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condicionesla oferta, a favor del Instituto de Banco de Occidente S. A. NIT 890.300.279-4 por una cuantía equivalente de siete mil millones de pesos $7.000.000.000, indicando claramente su vigencia, valor y objeto. Igualmente el recibo o certificado de pago de la prima correspondiente, emitido directamente por el asegurador. La validez de la Garantía de Seriedad deberá ser de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha y hora de cierre de esta LICITACIÓN. No obstante lo anterior, el Banco de Occidente S.A. podrá solicitar la prórroga de dicha garantía. Cuando la garantía sea insuficiente o no esté debidamente constituida, se requerirá al oferente para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado que proceda a su corrección dentro del término establecido concedido. Si el oferente no la corrige en el respectivo pliego término señalado, no será considerada su oferta. Las primas que se causen por este motivo serán a cargo de condicioneslos oferentes, sin que haya lugar quienes no tendrán derecho a exigir al reconocimiento Banco de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras Occidente S.A. reembolsos o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón pago alguno por este concepto. El Banco de Occidente S. A. hará efectiva la consignación garantía de dicha garantía y seriedad de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, en cualquiera de los siguientes casos: a. Cuando el oferente, por cualquier motivo, no suscriba el contrato que se negocie. b. Cuando el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEretire su oferta después de la fecha de cierre y durante el periodo de validez de la misma. Si por cualquier razón no se obtiene la efectividad de la garantía de seriedad de la oferta o no se cubre en su totalidad los perjuicios causados, El Banco de Occidente S.A. podrá demandar por la vía ejecutiva el valor asegurado, para lo cual prestará mérito ejecutivo la oferta presentada, ya que queda expresamente claro que la sola presentación de ésta, constituye aceptación plena por parte del oferente de todas y en caso cada una de hacerlo o de incumplir las condiciones contenidas en los presentes Términos de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónReferencia.

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Samples: Licitación De Seguros

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente deberá presentar garantía de seriedad del ofrecimiento por el diez por ciento (10%) del presupuesto oficial y su vigencia se extenderá hasta que la aprobación de las garantías que amparan los riesgos propios de la etapa contractual, según decreto 2493 de julio 3 de 2009. La garantía debe incluir estar constituida a favor de la Gobernación del Quindío, identificar de manera clara el proceso de selección y tener una vigencia de tres (3) meses contados a partir de la fecha del cierre de los condiciones de participación. En todo caso conforme a lo previsto por el artículo 7-1 del decreto 4828 de 2008, modificado por el artículo 1 del Decreto 2493 de 2.009 la garantía de seriedad de la oferta se extenderá hasta la aprobación de la garantía que ampare los riesgos propios de la etapa contractual. Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de CONSORCIO O UNION TEMPORAL, la garantía de seriedad de la propuesta se tomará a nombre del consorcio o unión temporal, indicando los nombres de todos y cada uno de quienes conforman el consorcio o la unión temporal. Si el proponente es persona natural y tiene establecimiento de comercio, el tomador debe ser la persona natural y no su establecimiento de comercio. La garantía de seriedad de la propuesta, se hará efectiva cuando: a.- El proponente retire su propuesta una garantía después de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo la fecha de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo cierre y hasta la adjudicación de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso los condiciones de participación. b.- No se perfeccione y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado legalice el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término período establecido en el respectivo pliego de condicionespor la Gobernación del Quindío, sin que haya lugar al reconocimiento de interesesse justifique los motivos del incumplimiento, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras la Gobernación evaluará tales motivos y determinará si procede o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón no la efectividad de la consignación póliza. Si la Gobernación del Quindío, se ve precisado a hacer efectiva la garantía de dicha garantía y de la presentación seriedad de la propuesta, podrá igualmente iniciar las acciones legales que sean procedentes por los perjuicios que causa al ente territorial el incumplimiento del oferente. La Gobernación del Quindío podrá solicitar las aclaraciones o correcciones que considere necesarias, para lo cual al oferente se le concederá el plazo establecido en los condiciones de participación. En este casoel evento de que se amplíe el plazo para la adjudicación del contrato, el IDEA descontará la Gobernación del Quindío, solicitará a los oferentes ampliar la vigencia de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 garantía de 2015, una vez recibida seriedad de la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso . La garantía de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame seriedad cubre los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional incumplimiento conforme a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto lo señalado en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico articular 4-1 del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratacióndecreto 4828 de 2008.

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Samples: Interventoría De Obras

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. A. El proponente debe incluir Oferente proveerá, como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta al Comprador por la suma del 5% del Valor de la Oferta. B. La Garantía de Seriedad de la Oferta sirve para proteger al Comprador contra el riesgo asociado a una conducta del Oferente que justificaría la ejecución de la Garantía de acuerdo con la Cláusula 13 (g) especificada más adelante. C. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá otorgarse en su propuesta la misma moneda de la Orden de Compra, o en una garantía moneda de seriedadlibre convertibilidad, consistente y adoptará una de las siguientes formas: i) Garantía Bancaria o Carta de Crédito irrevocable, emitida por un banco de reconocido prestigio ubicado en consignación el país del Comprador o en el extranjero y en la forma establecida en estos Documentos de Licitación o, ii) Cheque de caja o cheque certificado o, iii) Póliza de Seguro de Caución que garantice la totalidad de las obligaciones del tomador, emitida por Compañía de Seguros autorizada a operar en el rubro en el ámbito nacional por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendida a favor del Instituto de “Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Representación en Argentina, Proyecto PNUD ARG…”,de acuerdo a la normativa legal vigente en la República Argentina y a entera satisfacción del Proyecto. D. Cualquier Oferta que no esté garantizada según las Cláusulas 13 (a) y 13 (c) señaladas anteriormente, podrá ser rechazada por el Comprador por considerar que no cumple con los requisitos, de Antioquia -IDEA-conformidad con la cláusula 20 de las Instrucciones a los Oferentes. E. La Garantía de Seriedad de la Oferta de los Oferentes no favorecidos con la adjudicación del contrato será devuelta tan pronto como sea posible, a más tardar treinta (30) días después de vencido el período de Validez de la Oferta señalado por el Comprador, de conformidad con la cláusula 12 de las Instrucciones a los Oferentes. F. La Garantía de Seriedad de la Oferta del valor equivalente Oferente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle le haya adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada será devuelta en el pliego momento que el Oferente firme la Orden de condicionesCompra, conforme a favor la cláusula 26 de las Instrucciones a los Oferentes, y otorgue la Garantía de Fiel Cumplimiento, conforme a la cláusula 27 de las Instrucciones a los Oferentes. G. Se podrá ejecutar la Garantía de Seriedad de la Oferta: 1) Si un Oferente retira su oferta durante el período de Validez de la Oferta especificado por el Oferente en el Formulario para la Presentación de la Oferta, o, 2) En el caso del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada Oferente al que se le devolverá haya adjudicado el valor consignado dentro del término establecido en contrato, si el respectivo pliego Oferente: i) No firma la Orden de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento Compra de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a acuerdo con la cláusula 26 de las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional Instrucciones a los oferentes o al comprador. El oferente que Oferentes o, ii) no resulte adjudicatario puede solicitar otorga la Garantía de Fiel Cumplimiento, conforme a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso cláusula 27 de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónlas Instrucciones a los Oferentes.

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Samples: Licitación Pública Internacional

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Cuando la licitación sea por un monto superior a 2.000 UTM, el oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en su propuesta una garantía de seriedadtotal, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar monto que indique la entidad licitante en el proceso Anexo N°4 y que se imputará al preciono podrá superar el 5% de monto total disponible o estimado para la licitación. Si el oferente presenta más de una propuesta, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada, en caso los términos indicados en la presente cláusula. Con todo, el oferente podrá presentar una única garantía que cubra todas sus ofertas o bien, instrumentos separados. La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada la entidad licitante indicada en el pliego Anexo N°4, dentro del plazo para presentación de condicionesofertas, si fueran en soporte de papel, y en el horario de atención a favor los oferentes que allí se indique. Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, dentro del Instituto plazo para ofertar. Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el Desarrollo carácter de Antioquia -IDEA-irrevocable, tal como lo establece y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 2.2.1.2.2.1.10 31 del Decreto 1082 reglamento de 2015la ley N° 19.886. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada Si corresponde por la naturaleza del instrumento, éste incluirá una glosa que señale que se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en otorga para garantizar la seriedad de la oferta, individualizando el respectivo pliego proceso de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha compra. La garantía y de deberá tener como vigencia mínima desde la presentación de la propuestaoferta hasta la suscripción del contrato entre el respectivo órgano público comprador y el proveedor adjudicado. Si se lleva a cabo una readjudicación este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula. Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la entidad licitante, indicado en el Anexo N°4 de las bases. Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad licitante en los siguientes casos: 1. Por no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde; 2. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases, si corresponde; 3. Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases; 4. Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error; 5. Por la no inscripción en el Registro de Proveedores dentro de los plazos establecidos en las presentes bases; 6. Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado, si procede; y 7. En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio. Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, si procede. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día siguiente de dicha notificación en el IDEA descontará sistema de información, en la dirección de la suma entidad licitante, indicada en el Anexo N°4 La devolución de las garantías de seriedad a devolveraquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o no adjudicadas, los dineros correspondientes se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación al proveedor seleccionado. En este último caso, las garantías podrán ser retiradas a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla contar del día siguiente de dicha notificación en el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 sistema de 2015información, una vez recibida en la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso dirección de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados licitante recién aludida. Sin embargo, este plazo se extenderá hasta la celebración del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del respectivo contrato, por si se hace efectiva la naturaleza del mismoreadjudicación a aquella oferta u ofertas que le sigan en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratacióndesistiera de celebrar el contrato.

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Samples: Bases De Licitación Pública

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El Presentar la Garantía de seriedad de la oferta del 10% del valor establecido del presupuesto para el presente proceso. Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, la garantía de seriedad de la propuesta deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. Para garantizar la seriedad de la oferta, cada oferente debe incluir en su propuesta constituir a favor del MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL, NIT 899.999.001-7 una garantía de seriedadseriedad de la oferta a FAVOR DE ENTIDADES OFICIALES por cualquiera de los métodos admitidos para este criterio de conformidad con las reglas establecidas por el Decreto 1082 de 2015; si esta es una póliza, consistente deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo Colombia. El valor de Antioquia -IDEA-, la garantía deberá ser por la suma equivalente al 10% del valor equivalente de la oferta conforme al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta La vigencia mínima debe ser por noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección; en todo caso el amparo de la garantía de seriedad de la oferta deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampare la actividad contractual, para lo cual, el Ministerio de Educación Nacional, requerirá a los proponentes para que realicen la ampliación de los plazos de la vigencia, de ser el caso. Cuando la oferta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la garantía debe ser tomada a nombre del Consorcio o Unión Temporal y sus integrantes, en este caso, debe quedar claro en la garantía los integrantes del consorcio o unión temporal y su participación en el mismo. Si la garantía no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado constituye en los términos señalados, la entidad, dentro del término establecido de evaluación de las ofertas, requerirá por escrito al oferente para que, dentro del día siguiente, presente el documento aclarado; si el oferente no lo presenta oportunamente y en la forma debida, la Entidad se abstendrá de evaluar la oferta y será tendrá como no habilitada. Si el respectivo pliego oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente contrato, el Ministerio, se reserva la facultad, de condicionesexigir al oferente clasificado en segundo (2°) lugar, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón la prórroga de la consignación de dicha garantía y vigencia de la presentación garantía de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará seriedad de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEhasta la expedición de los contratos, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional así sucesivamente a los oferentes o al compradordemás oferentes; siempre y cuando, su oferta sea favorable para el Ministerio. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar Las deficiencias en los elementos de la garantía serán subsanables dentro del término fijado por el Ministerio de Educación Nacional, en requerimiento previo a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónadjudicación.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El Para garantizar la seriedad de las obligaciones emanadas de la oferta, cada proponente debe incluir en su propuesta deberá presentar, dentro del plazo de cierre de recepción de las propuestas técnicas y económicas, una garantía de seriedadseriedad de la oferta, consistente que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista, u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva. Con todo, la garantía de seriedad de la oferta deberá ser tomada por el oferente, por uno o varios integrantes de la unión temporal de proveedores o por un tercero a su nombre, emitida en consignación pesos chilenos, por una entidad con sucursal en Chile, pagadera a favor del Instituto para el Desarrollo la vista e irrevocable, cuyo monto será de Antioquia -IDEA-$300.000.- (trescientos mil pesos chilenos), del valor equivalente al 20% del precio mínimo a la orden de venta del bien inmueble ofrecido en ventala Subsecretaría de Transportes, como requisito habilitante para participar Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vencimiento no inferior a 90 días hábiles, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. En caso que la Subsecretaría efectuare modificaciones a las bases, de conformidad con lo dispuesto en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el punto 2.7 del presente pliego de condiciones, el plazo de vencimiento antes referido se contará desde la nueva fecha de cierre de recepción de ofertas que se fije con el objeto de que los interesados en participar del proceso de licitación, puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. En el evento de que la garantía de seriedad de la oferta esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva. Asimismo, en el caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor del Instituto de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula arbitral, extendida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Desarrollo Mercado Financiero, pudiendo emitirse en Unidades de Antioquia -IDEA-Fomento, tal como lo establece y deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 importe para los casos que se describen en este punto o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuestadichos importes. En este caso, al momento de su entrega, el IDEA descontará proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la suma prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso de oferentes que se presenten en forma conjunta, conforme lo dispuesto en el punto 2.2.2 “Unión Temporal de Proveedores” de estas bases, la garantía de seriedad de oferta deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxx 0°, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a devolver14:00 horas, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla en un sobre cerrado señalando el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 nombre de 2015, una vez recibida la ofertalicitación, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, ID correspondiente y en su anverso el nombre del oferente. En caso de hacerlo otorgarse electrónicamente, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx o podrá subirse al portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx junto con los antecedentes administrativos de incumplir las condiciones la respectiva oferta. El instrumento que garantice la seriedad de pagola oferta deberá llevar, firma en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Garantía de documentos sujetos a registroseriedad de la oferta en la licitación pública para la contratación del servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional xx Xxxxxxxxxx N° 139, de la Subsecretaría de Transportes”, o cualquier otro asunto derivado una redacción similar. Si dentro del negocio jurídicoplazo de vigencia de la garantía, perderá la adjudicación respectiva no estuviera totalmente tramitada o suscrito el contrato, la Subsecretaría solicitará a los oferentes, antes de pleno derecho la fecha de expiración de la garantía, su prórroga por 90 días hábiles, entendiéndose prorrogada la vigencia de las ofertas por igual plazo. Si el valor consignado que oferente no renovare el documento de garantía, se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio le tendrá por desistido de su oferta. En el evento que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, garantía no se exigirá presente dentro del plazo establecido en el literal a) del punto 2.5 o no cumpla con lo dispuesto en el presente punto, la oferta será declarada inadmisible. La caución de seriedad de la oferta se hará efectiva unilateralmente, por la vía administrativa, por la Subsecretaría, en los siguientes casos: a) Si el proponente retira su oferta o se desiste de ella en el período de validez de la misma, b) Si siéndole adjudicada la licitación: i. No proporciona los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo dentro de los plazos previstos en estas bases, o ii. No suscribe el contrato dentro del plazo previsto en esta Bases, o iii. No se encuentre inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, a la época de suscripción del contrato, o iv. No entregase la garantía adicional de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en la oportunidad indicada en estas bases, o v. La oferta presenta información no fidedigna. La devolución de la garantía de seriedad a los aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o al compradordesestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación del acto administrativo que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la adjudicación o declare desierto el proceso concursal, según corresponda. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a haya obtenido el segundo mejor puntaje en la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso evaluación de enajenación que adelante la Entidad Estatallas ofertas, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto podrá retirar su documento de garantía en el presente estudioDepartamento Administrativo de la Subsecretaría de Transportes, donde no luego que el acto administrativo que apruebe el contrato se encuentran riesgos encuentre totalmente tramitado, acontecimiento que puedan afectar se le informará vía correo electrónico. La garantía de seriedad de la oferta presentada por el equilibrio económico adjudicatario le será devuelta una vez que se efectúe la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta una Para garantizar los eventos de no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón seriedad de la consignación oferta, el retiro de dicha garantía y la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas, la propuesta. En este casono suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario y la falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato, el IDEA descontará proponente deberá otorgar cualquiera de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla garantías establecidas en el artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 de 2015, como garantía de seriedad de la propuesta y entregarla junto con la propuesta, a favor de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS, NIT 900.126.860-4, en una vez recibida la cuantía de por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto del grupo o grupos a los cuales se presenta oferta, incluido el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEIVA, con una vigencia de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha límite de presentación de la(s) oferta(s). La garantía podrá ser expedida por una entidad bancaria o por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, debidamente autorizada por la Superintendencia Financiera. En caso de presentarse participación de consorcio o unión temporal, la garantía de seriedad de la propuesta deberá ser tomada por cada uno de los integrantes, indicando, su porcentaje de participación y debe estar suscrita por el representante legal del mismo. En caso de prórroga del plazo del proceso de selección y/o adjudicación del mismo, la garantía de seriedad se deberá ampliar por el término de dicha prórroga. Igualmente, en caso de prórroga del plazo para la suscripción del contrato, la constitución de las garantías, el adjudicatario o contratista, según sea el caso, deberá ampliar la garantía de seriedad por el período de la prórroga, si la vigencia inicial no cubre este nuevo término. Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el adjudicatario no cumpliere las condiciones y obligaciones establecidas en el Pliego de Condiciones, y en caso especial la de hacerlo suscribir oportunamente el contrato, contribuir a la legalización del mismo dentro del término señalado o a mantener lo ofrecido en su propuesta, la garantía de incumplir seriedad se hará efectiva a favor de la UAESP, pudiendo la entidad, recurrir a las condiciones de pagodemás acciones civiles y penales que puedan ser instauradas. En todo caso, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de para que la entidad reclame garantía de seriedad sea aprobada por la UAESP deberá cumplir como mínimo con los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto requisitos determinados en el presente estudionumeral y el Decreto 1082 de 2015 para el mecanismo de cobertura del riesgo otorgado por el oferente. La UAESP devolverá, donde a solicitud de los proponentes no favorecidos en el presente proceso de selección, la garantía de seriedad de la propuesta, una vez se encuentran riesgos que puedan afectar suscriba el equilibrio económico respectivo contrato. NOTA: La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta NO será subsanable y será causal de rechazo de la propuesta presentada, lo anterior de acuerdo con lo señalado en el parágrafo 3° del contrato, por artículo 5 de la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónLey 1882 de 2018.

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Samples: Interventoría Contract

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en Los oferentes deben constituir y presentar con su propuesta propuesta, una garantía de seriedad, consistente seriedad de la oferta representada en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo póliza expedida por una entidad bancaria o por una compañía de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido seguros legalmente establecida en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condicionesColombia, a favor del Instituto Departamento de Boyacá, por una suma igual al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto estimado para el Desarrollo caso de Antioquia -IDEA-las garantías y con una vigencia de cuatro (4) meses, tal como lo establece contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de ofertas. Cuando la oferta sea presentada por un consorcio o unión temporal, la garantía se tomará a nombre del consorcio o unión temporal, y no de sus integrantes, indicando sus integrantes y porcentaje de participación. Si la garantía de seriedad no se constituye por el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 monto requerido o su vigencia resulta inferior, el Departamento de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado Boyacá, dentro del término establecido de evaluación de ofertas, requerirá por escrito al oferente para que dentro del día hábil siguiente presente el documento aclarado. Si el oferente no lo presenta oportunamente y en la forma debida, el respectivo pliego DEPARTAMENTO DE BOYACA se abstendrá de condicionesestudiar la oferta. Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el contrato dentro del término previsto para el efecto, sin que haya el DEPARTAMENTO DE BOYACA se reserva la facultad de adjudicar el contrato al oferente clasificado en segundo (2°) lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón y la prórroga de la consignación de dicha garantía y vigencia de la presentación garantía de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará seriedad de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, hasta el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico perfeccionamiento del contrato, por la naturaleza del mismoy así sucesivamente a los demás oferentes, se considera innecesario exigir garantías adicionales siempre y cuando su oferta sea favorable para la presente Entidad. Si el DEPARTAMENTO DE BOYACA llegare a prorrogar el término de cierre del proceso de contratación, solicitará al proponente seleccionado que amplíe la validez de la propuesta y la vigencia de la garantía de seriedad por el tiempo que se requiera para la suscripción del contrato.

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Samples: Pliego De Condiciones

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente Para garantizar la seriedad de la oferta, cada oferente debe incluir en su propuesta constituir a favor del MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, NIT 899.999.001-7 una garantía de seriedadseriedad de la oferta a FAVOR DE ENTIDADES OFICIALES por cualquiera de los métodos admitidos para este criterio de conformidad con las reglas establecidas por el Decreto 1082 de 2015; si esta es una póliza, consistente deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo Colombia. El valor de Antioquia -IDEA-, la garantía deberá ser por la suma equivalente al 10% del valor equivalente total de la oferta, teniendo en cuenta el presupuesto oficial, conforme al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá La vigencia mínima debe ser por noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección; en todo caso el valor consignado dentro amparo de la garantía de seriedad de la oferta deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampare la actividad contractual, para lo cual, el Ministerio de Educación Nacional, requerirá a los proponentes para que realicen la ampliación de los plazos de la vigencia, de ser el caso. Cuando la oferta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la garantía debe ser tomada a nombre del término establecido Consorcio o Unión Temporal y sus integrantes, en este caso, debe quedar claro en la garantía los integrantes del consorcio o unión temporal y su participación en el respectivo pliego mismo. Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente contrato, el Ministerio, se reserva la facultad de condicionesexigir al oferente clasificado en segundo (2°) lugar, sin la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la expedición de los contratos, y así sucesivamente a los demás oferentes; siempre y cuando, su oferta sea favorable para el Ministerio. Es preciso aclarar que haya la no presentación de esta garantía con anterioridad a la fecha de cierre, da lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación rechazo de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará conforme al Parágrafo 3 del artículo 5 de la suma Ley 1150 de 2017, incluido mediante la Ley 1882 del 15 de enero de 2018. Igualmente, cuando a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 la oferta se anexe una garantía tomada para un proceso de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado selección diferente al que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOestá adelantando, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuenciacon objeto, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o valores diferente al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación selección y el afianzado corresponde a otra entidad, en estos supuestos la Oferta será RECHAZADA, toda vez que adelante la Entidad Estatal, valor se tendrá como una garantía emitida y presentada para un proceso de selección diferente al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.convocado.1

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Samples: Acquisition Agreement

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Para tener derecho a participar en su propuesta la Licitación, cada oferente deberá entregar una garantía de seriedad de la oferta pagadera a la vista y con carácter de irrevocable, por la suma de $500.000.- (quinientos mil pesos). La vigencia de dicha garantía no podrá ser inferior a 120 días corridos, contados desde la fecha de presentación de las ofertas técnicas y económicas, señalado en el artículo 14° denominado “PLAZO DE PRESENTACIÓN Y FORMA DE ENTREGA DE LAS OFERTAS” de las Bases. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. La garantía de seriedad de la oferta otorgada físicamente deberá ser presentada conjuntamente en el “Sobre N°1: Antecedentes Generales” indicado en el inciso segundo del artículo 15° de las presentes Bases. En caso de haber sido otorgada electrónicamente ésta deberá enviarse al correo xxxxxxxxx@xxxxx.xx La garantía de seriedad podrá consistir en cualquiera de los siguientes instrumentos, u otro que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con todas las condiciones dispuestas en el presente artículo y siempre que el instrumento lo permita, deberá contemplar la siguiente glosa, u otra que dé cuenta de la obligación que garantiza: “Para garantizar a CORFO la seriedad de la oferta presentada por la persona natural o jurídica o Consorcio (nombre del oferente) en licitación pública para entregar en arrendamiento las canchas de tenis y espacios afines del Estadio Las Condes". - Boleta de Garantía Bancaria tomada a favor de la Corporación de Fomento de la Producción, RUT N° 60.706.000-2. - Póliza de seguro, cuyo beneficiario sea la Corporación de Fomento de la Producción, RUT N° 60.706.000-2. - Vale Vista nominativo, a nombre de la Corporación de Fomento de la Producción, RUT N° 60.706.000-2. Si, encontrándose próxima la fecha de vencimiento o caducidad de la Garantía de Seriedad de la Oferta entregada, aún estuviere en curso el proceso de adjudicación o suscripción del contrato respectivo, los oferentes que deseen seguir participando de la licitación, deberán prorrogar su vigencia o tomar una nueva garantía en las mismas condiciones exigidas para la caución primitiva, a total satisfacción del Fondo de Bienestar. De lo contrario, se entenderá que se desisten de su oferta. Esta garantía se hará efectiva, especialmente, en los siguientes casos: a) Si el proponente se desiste de su oferta. b) Si el proponente presenta una oferta que carece de seriedad, consistente y/o es manifiestamente errónea o induce a error, y/o contiene información falsa o adulterada, parcial o no vigente, y/o está formulada en consignación términos técnicos o económicos no ajustados a favor del Instituto para la realidad.. c) Si el Desarrollo proponente, sus representantes o el personal dependiente de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precioaquel, en caso su oferta presentada en esta Licitación, no actuaren éticamente, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a. Dar u ofrecer obsequios y/o regalías al personal de serle adjudicado el contrato de compraventaXxxxx o sus Comités, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento pudiera implicar un conflicto de intereses, rendimientos e indemnizacionespresente o futuro, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que entre el proponente incurra en razón y la Corporación. b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la consignación actuación de dicha garantía y un funcionario público durante la evaluación de la presentación de la propuesta. En este casolas ofertas, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registroadjudicación, o cualquier otro asunto derivado la suscripción del negocio jurídicocontrato a que dé lugar la Licitación. c. Tergiversar hechos, perderá con el fin de pleno derecho influenciar las decisiones de Xxxxx. d) Si, siéndole adjudicada la licitación: • La adjudicataria no proporciona los antecedentes legales que le fueren solicitados u otros necesarios para elaborar el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOcontrato respectivo, dentro del plazo establecido por el Fondo de Bienestar de CORFO, o • No entrega la garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de contrato en el plazo fijado por el Fondo de Bienestar de CORFO para ello, o • No suscribe el contrato dentro del plazo fijado por el Fondo de Bienestar de CORFO para hacerlo. Lo anterior es, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 23° de las presentes Bases relativo a los plazos no imputables al adjudicatario, asociados a la entrega de información. La Garantía de Seriedad de la Oferta entregada por el oferente cuya propuesta haya sido adjudicada, se le devolverá previa recepción conforme de la Garantía de Fiel, Integro y Oportuno Cumplimiento de inversiones, y una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que aprueba el contrato correspondiente. A los participantes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se les devolverá la garantía dentro del plazo de 20 días corridos contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación, según corresponda. Si el oferente que obtuvo la mejor calificación se desiste de celebrar el respectivo contrato, o si el Fondo de Bienestar de CORFO deja sin efecto la adjudicación por configurarse alguna de las situaciones previstas en el artículo 26° denominado “ANTECEDENTES A ENTREGAR PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO” contemplado en las presentes bases o bien por determinarse que la entidad reclame los perjuicios derivados misma es contraria a derecho, el Fondo de Bienestar podrá adjudicar la oferta al oferente que siga en puntaje si así lo estimare conveniente a sus intereses, dentro del incumplimientoplazo de 60 días corridos contados desde la fecha en que se deje sin efecto la adjudicación original. En consecuenciaeste caso se extenderá el plazo de devolución de la Garantía de Seriedad de la Oferta hasta la suscripción del respectivo contrato, no y previa recepción conforme de la Garantía de Fiel, Integro y Oportuno Cumplimiento de Contrato. En caso que la licitación sea declarada desierta, las garantías de seriedad de la oferta que se exigirá garantía adicional hubieran entregado se devolverán una vez que se encuentre totalmente tramitada la respectiva Resolución que lo declara. Se aceptarán garantías emitidas por los ofertes sean éstos personas naturales, personas jurídicas y/o a través de los oferentes o al compradormiembros de un Consorcio participante. El oferente No se aceptarán garantías tomadas por un tercero que no resulte adjudicatario puede solicitar a tenga ninguna relación con el oferente. La no entrega de la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso Garantía de enajenación que adelante Seriedad en los términos previstos en este artículo, acarreará la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por inadmisibilidad de la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónoferta.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar De conformidad con lo señalado en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.3.1.2., los proponentes podrán otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, una vez recibida de las siguientes garantías: - Contrato de seguro contenido en una póliza - Patrimonio autónomo - Garantía bancaria Para evaluar la suficiencia de la garantía se aplicarán las reglas establecidas en el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del referido Decreto. Cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal o Consorcio, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes. La garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los siguientes eventos: i. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses. ii. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas. iii. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario. iv. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, dentro del plazo señalado en el Contrato, de la garantía de cumplimiento del contrato. El oferente NO PODRÁ RETRACTARSEdebe presentar garantía de seriedad de la oferta, vigente desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato (3 meses) y su valor debe ser equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial. Las cifras del valor de la garantía deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil inmediato, teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, si el decimal es de 50 a 99. Dicha garantía debe estar constituida a favor de la Procuraduría General de la Nación y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuenciafecha de cierre de la selección se amplíe, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a debe tenerse en cuenta la Entidad Estatal mantener el valor consignado nueva fecha para otro proceso efecto de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por vigencia de la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratacióngarantía.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El Para garantizar la seriedad de las obligaciones emanadas de la oferta cada proponente debe incluir en su propuesta presentar, dentro del plazo para presentar las propuestas técnicas y económica, una garantía de seriedadseriedad de la oferta, consistente que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista, u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva. Con, todo, la garantía de seriedad de la oferta deberá ser tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, emitida por una entidad con sucursal en consignación Chile, pagadera a favor del Instituto para el Desarrollo la vista, irrevocable, cuyo monto será de Antioquia -IDEA-$100.000.- (cien mil pesos chilenos), del valor equivalente al 20% del precio mínimo a la orden de venta del bien inmueble ofrecido en ventala Subsecretaría de Transportes, como requisito habilitante para participar Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vencimiento no inferior a 90 días hábiles, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. En caso que la Subsecretaría efectuare modificaciones a las bases, de conformidad con lo dispuesto en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el punto 2.7 del presente pliego de condiciones, el plazo de vencimiento antes referido se contará desde la nueva fecha de cierre de recepción de ofertas que se fije con el objeto de que los interesados en participar del proceso de licitación, puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. En el evento de que la garantía de seriedad de la oferta esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva. Asimismo, en el caso que el instrumento este constituido por una Póliza de Seguro, ésta deberá ser a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-organismos públicos, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condicionesejecución inmediata, sin liquidador, emitida en Unidades de Fomento o en pesos por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, la que haya lugar al reconocimiento deberá cubrir, ya sea a través de interesesendoso o cláusula, rendimientos e indemnizacionesel importe para los casos que se describen en este punto, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra su defecto, no deberá considerar en razón sus cláusulas la exclusión de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuestadichos importes. En este caso, previo a su entrega, el IDEA descontará proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la suma prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso de oferentes que se presenten en forma conjunta, conforme lo dispuesto en el punto 2.2 “Unión Temporal de Proveedores” de estas bases, la garantía de seriedad de oferta deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada físicamente, caso en el cual deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxx 0°, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a devolver14:00 horas, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla en un sobre cerrado señalando el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 nombre de 2015, una vez recibida la ofertalicitación, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, ID correspondiente y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registrosu anverso el nombre del oferente, o cualquier otro asunto derivado bien, podrá otorgarse electrónicamente, en cuyo caso deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice la seriedad de la oferta deberá llevar, en caso que la naturaleza del negocio jurídicoinstrumento lo permita, perderá la siguiente glosa: “Garantía de pleno derecho el valor consignado seriedad de la oferta en la licitación pública para la contratación del servicio de mantención, reparación, instalación, desinstalación, reubicación y traslado de equipos de aire acondicionado y extractores de aire para la Subsecretaría de Transportes, la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y los programas dependientes que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOindican”, sin perjuicio o una redacción similar. Si dentro del plazo de vigencia de la garantía, la adjudicación respectiva no estuviera totalmente tramitada, la Subsecretaría solicitará a los oferentes, antes de la fecha de expiración de la garantía, la prórroga de ésta por un plazo de 90 días corridos. Si el oferente no renovare el documento de garantía, se le tendrá por desistido de su oferta. En el evento que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, garantía no se exigirá garantía adicional a los oferentes presente dentro del plazo establecido en el literal a) del punto 2.5 o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto cumpla con lo dispuesto en el presente estudiopunto, donde no la oferta será declarada inadmisible. La caución de seriedad de la oferta se encuentran riesgos que puedan afectar hará efectiva unilateralmente, por la vía administrativa, por la Subsecretaría, en los siguientes casos: a) Si el equilibrio económico proponente retira su oferta o se desiste de ella en el período de validez de la misma, b) Si siéndole adjudicada la licitación: i. No proporciona los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo dentro de los plazos previstos en estas bases, o ii. No suscribe el contrato dentro del plazo previsto en esta Bases, o iii. No se encuentre inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, a la época de suscripción del contrato, por o iv. No entregase la naturaleza garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismocontrato en la oportunidad indicada en estas bases, o v. La oferta presenta información no fidedigna. Para el cobro de la referida garantía, se considera innecesario exigir garantías adicionales para aplicará el mismo procedimiento establecido en el punto 2.27 de las presentes Bases. La devolución de la presente contratacióngarantía de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la adjudicación o declare desierto el proceso concursal, según corresponda; el oferente que haya obtenido el segundo mejor puntaje en la evaluación de las ofertas, podrá retirar su documento de garantía en el Departamento Administrativo de la Subsecretaría de Transportes, luego que el o los acto(s) administrativo(s) que apruebe(n) el contrato se encuentre(n) totalmente tramitado(s), acontecimiento que se le informará vía correo electrónico. La garantía de seriedad de la oferta presentada por el adjudicatario le será devuelta una vez que se efectúe la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. De conformidad a lo establecido en el Acuerdo 016 de 2017 “Por el cual se adopta el Estatuto contractual de la ESE IMSALUD”, El proponente debe incluir en su deberá garantizar el cumplimiento de la propuesta que hace dentro de la presente convocatoria públicay la suscripción consiguiente del respectivo contrato, mediante la constitución de una póliza de garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo seriedad de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condicionesla oferta, a favor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ESE IMSALUD, eloferente suscribirá a favor de la ESE IMSALUD, póliza de seriedad de la oferta en cuantía igual al 10% del Instituto para el Desarrollo valor total de Antioquia -IDEA-la oferta por una vigencia de 3 meses contados a partir del día de cierre de esta invitación. Cuando la propuesta la presente un Consorcio o Unión Temporal, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 la póliza debe estar constituida a nombre del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta mismo, indicando sus integrantes y no fuere seleccionada a nombre del representante legal designado por ellos; Esta Garantía se le devolverá el valor consignado hará efectiva al proponente seleccionado cuando no proceda dentro del término establecido plazo estipulado en estos parámetros de contratación, a suscribir el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto contrato o a constituir las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón garantías. La no presentación de la consignación de dicha garantía y de dará lugar a la presentación no evaluación de la propuesta. En este casoSi el nombre del beneficiario, afianzado y/o tomador no es el correcto, si la vigencia de la póliza o el monto de la misma no está conforme a lo solicitado en los pliegos de condiciones, deberá allegar dentro del día hábil siguiente al recibo de la respectiva solicitud, el IDEA descontará certificado de modificación. La garantía de seriedad de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimientoincumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos: • La no suscripción seleccionado. En consecuenciadelcontrato sin justa causa por parte del proponente • La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contratose prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no se exigirá excedan un término de tres meses. • La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a de cumplimiento exigida por la Entidad Estatal mantener entidad para amparar el valor consignado para otro proceso incumplimiento de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico las obligaciones del contrato, . • El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. • La suficiencia de esta garantía será verificada por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para entidad contratante almomento de la presente contrataciónevaluación de las propuestas. • El proponente deberá anexar el recibo de pago de la prima de la póliza.

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Samples: Contract for Services

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El Por el hecho de presentar propuesta para este proceso, se entiende que la propuesta es irrevocable y que el proponente debe incluir en mantiene vigentes todas las condiciones originales de su propuesta durante todo el tiempo que dure el proceso, incluidas las prórrogas de los plazos que llegaren a presentarse, de acuerdo con el Pliego de Condiciones y la normatividad vigente. La propuesta deberá acompañarse del original de una garantía de seriedad, consistente en consignación seriedad a favor del Instituto para Hospital Regional xx Xxxxxxxx otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una garantía bancaria otorgada por entidad bancaria y en general por cualquier mecanismo de cobertura de riesgo autorizado por el Desarrollo reglamento del artículo 7 de Antioquia -IDEA-la Ley 1150 de 2007, del por un valor equivalente al 20% diez por ciento (10%) del precio mínimo presupuesto oficial, con una vigencia de venta noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del bien inmueble ofrecido cierre. Con la propuesta se debe anexar la póliza y el recibo de cancelación de la prima correspondiente. Sin perjuicio de ello dichas pólizas no expiraran por falta de pago o por revocatoria unilateral. En el evento que la propuesta se presente en ventaconsorcio o unión temporal, como requisito habilitante para participar en la garantía de seriedad de la propuesta deberá estipularse que el tomador es: El Consorcio o Unión Temporal (según sea el caso), conformado por (nombre o razón social de los integrantes); si es presentada por una persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el proceso Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se imputará al precioexprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. El Hospital Regional xx Xxxxxxxx, hará efectiva la totalidad de la garantía, a título de indemnización por perjuicios, en caso los siguientes casos: • Cuando un proponente solicitare el retiro de serle adjudicado su oferta después de la fecha de cierre del plazo del presente proceso de Licitación Pública, salvo en los casos de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente. • Cuando el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse proponente favorecido con cargo la adjudicación no procediere a una cuenta designada en cumplir con los requisitos para el pliego de condiciones, perfeccionamiento y ejecución del contrato. El valor asegurado quedará a favor del Instituto para Hospital Regional xx Xxxxxxxx cuando el Desarrollo proponente incumpla con alguno de Antioquia -IDEA-los casos citados. La ejecución de la garantía de seriedad de la oferta, tal como lo establece no constituye una tasación anticipada de perjuicios; por tanto, la Entidad podrá perseguir el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 reconocimiento de 2015. Al oferente cuya propuesta los perjuicios no fuere seleccionada se le devolverá cubiertos por el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía, mediante las acciones legales conducentes. La garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme seriedad le será devuelta al proponente que lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015solicite, una vez recibida la oferta, haya sido perfeccionado y legalizado el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratacióncontrato respectivo.

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Samples: Service Agreement

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. De conformidad a lo establecido en el artículo 32del Acuerdo 006de 2014 “Por el cual se adopta el Manual de Contratación de la ESE IMSALUD”, El proponente debe incluir en su deberá garantizar el cumplimiento de la propuesta que hace dentro de la presente convocatoria públicay la suscripción consiguiente del respectivo contrato, mediante la constitución de una póliza de garantía de seriedadseriedad de la oferta, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ESE IMSALUD, eloferente suscribirá a favor de la ESE IMSALUD, póliza de seriedad de la oferta en cuantía igual al 10% del valor equivalente total de la oferta por una vigencia de 3 meses contados a partir del día de cierre de esta invitación. Cuando la propuesta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la póliza debe estar constituida a nombre del mismo, indicando sus integrantes y no a nombre del representante legal designado por ellos; Esta Garantía se hará efectiva al 20% proponente seleccionado cuando no proceda dentro del precio mínimo plazo estipulado en estos parámetros de venta del bien inmueble ofrecido en ventacontratación, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado a suscribir el contrato o a constituir las garantías. La no presentación de compraventala garantía dará lugar a la no evaluación de la propuesta Si el nombre del beneficiario, consignación que deberá hacerse con cargo afianzado y/o tomador no es el correcto, si la vigencia de la póliza o el monto de la misma no está conforme a una cuenta designada lo solicitado en el pliego los pliegos de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado deberá allegar dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar día hábil siguiente al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón recibo de la consignación respectiva solicitud, el certificado de dicha modificación. La garantía y de seriedad de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimientoincumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos: • La no suscripción seleccionado. En consecuenciadelcontrato sin justa causa por parte del proponente • La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contratose prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no se exigirá excedan un término de tres meses. • La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a de cumplimiento exigida por la Entidad Estatal mantener entidad para amparar el valor consignado para otro proceso incumplimiento de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico las obligaciones del contrato, . • El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. • La suficiencia de esta garantía será verificada por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para entidad contratante almomento de la presente contrataciónevaluación de las propuestas. • El proponente deberá anexar el recibo de pago de la prima de la póliza.

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Samples: Public Procurement Contract

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente deberá presentar garantía de seriedad del ofrecimiento por el diez por ciento (10%) del presupuesto oficial y su vigencia se extenderá hasta que la aprobación de las garantías que amparan los riesgos propios de la etapa contractual, según decreto 2493 de julio 3 de 2009. La garantía debe incluir estar constituida a favor de la Gobernación del Quindío, identificar de manera clara el proceso de selección y tener una vigencia de tres (3) meses contados a partir de la fecha del cierre de las condiciones de participación. En todo caso conforme a lo previsto por el artículo 7-1 del decreto 4828 de 2008, modificado por el artículo 1 del Decreto 2493 de 2.009 la garantía de seriedad de la oferta se extenderá hasta la aprobación de la garantía que ampare los riesgos propios de la etapa contractual. Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de CONSORCIO O UNION TEMPORAL, la garantía de seriedad de la propuesta se tomará a nombre del consorcio o unión temporal, indicando los nombres de todos y cada uno de quienes conforman el consorcio o la unión temporal. Si el proponente es persona natural y tiene establecimiento de comercio, el tomador debe ser la persona natural y no su establecimiento de comercio. La garantía de seriedad de la propuesta, se hará efectiva cuando: a.- El proponente retire su propuesta una garantía después de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo la fecha de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo cierre y hasta la adjudicación de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso las condiciones de participacion. b.- No se perfeccione y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado legalice el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término período establecido en el respectivo pliego de condicionespor la Gobernación del Quindío, sin que haya lugar al reconocimiento de interesesse justifique los motivos del incumplimiento, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras la Gobernación evaluará tales motivos y determinará si procede o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón no la efectividad de la consignación póliza. Si la Gobernación del Quindío, se ve precisado a hacer efectiva la garantía de dicha garantía y de la presentación seriedad de la propuesta, podrá igualmente iniciar las acciones legales que sean procedentes por los perjuicios que causa al ente territorial el incumplimiento del oferente. La Gobernación del Quindío podrá solicitar las aclaraciones o correcciones que considere necesarias, para lo cual al oferente se le concederá el plazo establecido En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma participación. En el evento de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOamplíe el plazo para la adjudicación del contrato, sin perjuicio la Gobernación del Quindío, solicitará a los oferentes ampliar la vigencia de que la entidad reclame garantía de seriedad de la oferta. La garantía de seriedad cubre los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional incumplimiento conforme a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto lo señalado en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico articular 4-1 del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratacióndecreto 4828 de 2008.

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Samples: Construction Contract

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, Oferente deberá suscribir como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso obligatorio la Garantía de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón Seriedad de la consignación Oferta, la cual debe ser expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para operar en Colombia, diferente a la participante y bajo los siguientes parámetros: Asegurado/Beneficiario BANCO UNIÓN S.A. – NIT. 860.006.797-9 Afianzado El participante Vigencia 150 días calendario, contados a partir de la fecha y hora de cierre de esta licitación.EL BANCO podrá solicitar la prórroga de dicha garantía Valor asegurado $300.000.000 por cada ramo Objeto del seguro Garantizar la Seriedad de la Oferta para el proceso de Licitación a Compañías Aseguradoras para la Contratación de los Seguros Asociados a Créditos con Garantía Hipotecario y Leasing Habitacional por Cuenta de sus Deudores en el Ramo de: • Grupo Vida Deudores • Incendio y/o Terremoto En el momento de la presentación de la propuesta. En este caso, oferta deberá anexarse el IDEA descontará original de la suma correspondiente póliza debidamente firmada por el representante legal del proponente y el recibo de pago de la prima y/o certificación de pago de la prima. La garantía debe estar referida expresamente al objeto de la presente licitación. Cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente en coaseguro, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del coaseguro. Las primas que se causen por este motivo serán a devolvercargo de la Aseguradora Oferente, los dineros correspondientes quienes no tendrán derecho a las erogaciones antes mencionadasexigir a EL BANCO reembolsos o pago alguno por este concepto. Conforme lo contempla Cuando la garantía sea insuficiente o no esté debidamente constituida, se requerirá a la Aseguradora Oferente para que proceda a su corrección dentro del término concedido que se indica en el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 cronograma. Si la Aseguradora Oferente no la corrige en el término señalado, no será considerada su Propuesta. El proponente deberá ampliar la vigencia de 2015, una vez recibida la oferta, póliza y asumir el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y costo de la prima adicional a que haya lugar en caso de presentarse prorroga en la adjudicación o en la suscripción del documento contractual según sea el caso. La no aceptación de prorrogar la garantía por el término señalado o no hacerlo oportunamente, indica la voluntad de abandonar el proceso y en consecuencia se retirará la propuesta. La no presentación de la garantía de seriedad de la oferta o presentarla incumpliendo alguno de incumplir las condiciones los parámetros establecidos en este numeral, será causal de pagorechazo de la postura. EL BANCO hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta, firma en cualquiera de documentos sujetos a registrolos siguientes casos: a. Cuando la Aseguradora Oferente, o por cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuenciamotivo, no se exigirá garantía adicional a suscriba los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado documentos necesarios para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para legalizar la presente contrataciónLicitación. b. Cuando la Aseguradora Oferente retire su Propuesta después de la fecha de cierre y durante el periodo de validez de la misma.

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Samples: Licitación a Compañías Aseguradoras

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en deberá presentar con su propuesta oferta una garantía de seriedadseriedad de la oferta, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo particulares constituyendo como beneficiario a la EMPRESA DISTRIBUIDORA XXX XXXXXXXX S.A. E.S.P. – DISPAC S.A. E.S.P. Esta póliza tiene como objeto garantizar la seriedad de venta del bien inmueble ofrecido la oferta en venta, como requisito habilitante para participar caso de resultar favorecido en el proceso de invitación, atendiendo los términos y que plazos estipulados. La garantía de seriedad deberá ser expedida por una entidad bancaria o de seguros legalmente autorizada para operar en Colombia, y se imputará constituirá por una suma igual al precio, en caso diez por ciento (10%) del valor total de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, vigente por el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEtermino de sesenta (60) días calendario contados a partir de la recepción de la oferta, adjuntando el recibo de pago de la prima. Si el proponente a quien se adjudique el contrato no lo suscribe dentro los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de adjudicación, DISPAC podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en segundo lugar, sin perjuicio de la ejecución de la garantía de seriedad de la oferta disponiendo de su valor a título de indemnización de perjuicios; lo anterior sin perjuicio de las acciones legales y sanciones contractuales a que haya lugar. A los proponentes no favorecidos se les devolverá, si así lo solicitan, la garantía de seriedad de la oferta dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la adjudicación, y al adjudicatario, cuando este perfeccionado el contrato. Los proponentes se obligan a mantener vigente y renovar la póliza de seriedad hasta la adjudicación y en caso de hacerlo prorrogarse cuando sea necesario y así se le exija; su no renovación o presentación es causal de incumplir las condiciones rechazo de pago, firma la oferta. La omisión de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá este requisito conlleva al rechazo de pleno derecho la oferta. Si el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio asegurado de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, garantía no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener cubre el valor consignado para otro proceso solicitado del valor de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesariooferta o si la vigencia de la misma no cubre el termino exigido en este pliego será motivo de eliminación de la oferta. En consideración al análisis del riesgo expuesto en Mediante dicha caución el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónoferente garantizará: a. Que mantendrá su oferta sin modificaciones de ninguna clase.

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Samples: Supply Agreement

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en deberá presentar este documento con su propuesta a través de la plataforma de SECOP II y para su presentación deberá tener en cuenta los siguientes aspectos: 1. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Pliego de Condiciones, para la propuesta, y la suscripción y legalización del contrato, el proponente debe constituir, una garantía de seriedad, consistente la cual podrá consistir en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo un Contrato de Antioquia -IDEA-Seguros contenido en una Póliza, del valor equivalente al 20% del precio mínimo Patrimonio Autónomo o Garantía Bancaría, de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar conformidad con lo establecido en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 20152015 y la “Guía de Garantías en Procesos de Contratación” expedida por Colombia Compra Eficiente. 2. Al oferente cuya De conformidad con lo establecido en la Ley 1882 de 2018 la no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no fuere seleccionada será subsanable y será causal de rechazo de la misma. 3. La Garantía de Seriedad de la oferta puede corregirse siempre que se le devolverá el valor consignado dentro amparen las vigencias solicitadas. 4. Cuando la fecha de cierre del término establecido proceso de selección se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la garantía. 5. Si la garantía presenta inconsistencias o errores en el respectivo pliego nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no está referida al presente proceso de condicionesselección o no incluye las condiciones generales, sin que haya lugar la ANE solicitará al reconocimiento proponente los documentos e información del caso. 1. El /los nombre(s) debe(n) señalarse de interesesla misma forma como figura(n) en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, rendimientos e indemnizaciones, ni (persona jurídica) o en el reconocimiento documento de identidad (persona natural). 2. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales debe ser tomada a nombre del impuesto a las transacciones financieras Consorcio o cualquier otro gasto en Unión Temporal (indicando todos y cada uno de sus integrantes). 3. En caso de que el proponente incurra tenga establecimiento de comercio, en razón la garantía debe figurar como afianzado la persona natural. VIGENCIA: Igual o superior a tres (3) meses contados a partir de la consignación fecha del cierre del presente proceso. En caso de dicha garantía prorrogarse el plazo del proceso, el proponente deberá mantener vigentes todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de la presentación garantía de seriedad por el término adicional que señale la ANE. VALOR ASEGURADO: Diez por ciento (10%) del valor total de la propuestaoferta económica. En este caso, el IDEA descontará evento de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho que el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOliquidado arroje decimales, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o estos deberán ser redondeados al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónpeso inmediatamente superior.

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Samples: Selection Process Document

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente deberá presentar garantía de seriedad del ofrecimiento por el diez por ciento (10%) del presupuesto oficial y su vigencia se extenderá hasta que la aprobación de las garantías que amparan los riesgos propios de la etapa contractual, según decreto 2493 de julio 3 de 2009. La garantía debe incluir estar constituida a favor de la Gobernación del Quindío, identificar de manera clara el proceso de selección y tener una vigencia de tres (3) meses contados a partir de la fecha del cierre de las condiciones de participacion. En todo caso conforme a lo previsto por el artículo 7-1 del decreto 4828 de 2008, modificado por el artículo 1 del Decreto 2493 de 2.009 la garantía de seriedad de la oferta se extenderá hasta la aprobación de la garantía que ampare los riesgos propios de la etapa contractual. Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de CONSORCIO O UNION TEMPORAL, la garantía de seriedad de la propuesta se tomará a nombre del consorcio o unión temporal, indicando los nombres de todos y cada uno de quienes conforman el consorcio o la unión temporal. Si el proponente es persona natural y tiene establecimiento de comercio, el tomador debe ser la persona natural y no su establecimiento de comercio. La garantía de seriedad de la propuesta, se hará efectiva cuando: a.- El proponente retire su propuesta una garantía después de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo la fecha de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo cierre y hasta la adjudicación de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso las condiciones de participación. b.- No se perfeccione y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado legalice el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término período establecido en el respectivo pliego de condicionespor la Gobernación del Quindío, sin que haya lugar al reconocimiento de interesesse justifique los motivos del incumplimiento, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras la Gobernación evaluará tales motivos y determinará si procede o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón no la efectividad de la consignación póliza. Si la Gobernación del Quindío, se ve precisado a hacer efectiva la garantía de dicha garantía y de la presentación seriedad de la propuesta, podrá igualmente iniciar las acciones legales que sean procedentes por los perjuicios que causa al ente territorial el incumplimiento del oferente. En este casoLa Gobernación del Quindío podrá solicitar las aclaraciones o correcciones que considere necesarias, para lo cual al oferente se le concederá el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y plazo establecido en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma participación. En el evento de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOamplíe el plazo para la adjudicación del contrato, sin perjuicio la Gobernación del Quindío, solicitará a los oferentes ampliar la vigencia de que la entidad reclame garantía de seriedad de la oferta. La garantía de seriedad cubre los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional incumplimiento conforme a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto lo señalado en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico articular 4-1 del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratacióndecreto 4828 de 2008.

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Samples: Construction Contract

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta Los oferentes deberán presentar una garantía de seriedadseriedad de la oferta, consistente en consignación un documento pagadero a favor la vista, a primer requerimiento e irrevocable, con las siguientes condiciones: BENEFICIARIO Municipalidad de Lo Barnechea RUT 00.000.000-0 VIGENCIA 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 XXXXX $500.000 (quinientos mil pesos chilenos). GLOSA “Para garantizar la seriedad de la oferta en la Licitación Pública ID 2735-41-LE22” En caso de extenderse el plazo de cierre de recepción de las ofertas, las garantías presentadas con anterioridad a la extensión del Instituto cierre y de acuerdo con los plazos establecidos en la apertura primitiva serán válidas para el Desarrollo proceso sin perjuicio de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en requerirse su prórroga si fuese necesario. En caso de serle adjudicado el contrato de compraventano prorrogarse, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en entenderá que el proponente incurra en razón oferente se desiste de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuestasu oferta. La caución con firma electrónica avanzada podrá ser ingresada al portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. En este caso, el IDEA descontará caso no se requerirá la entrega física en la Municipalidad. La garantía de seriedad de la suma oferta que no tenga firma electrónica o que, teniendo dicha firma, se opte por su entrega física, esto deberá hacerlo en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Lo Barnechea, en el Edificio del Centro Cívico ubicado en Xxxxxxx Xx Xxxxx 00.000, xxxxxx xx Xx Xxxxxxxxx. El horario de atención es de lunes a devolver, los dineros correspondientes jueves de 8:30 a las erogaciones antes mencionadas17:30 hrs. Conforme lo contempla y el artículo 2.2.1.2.2.1.10 viernes de 8:30 a 16:30 hrs. La entrega física se debe realizar indicando claramente la individualización del Decreto 1082 oferente y el ID de 2015, la licitación. La restitución de la garantía de seriedad de la oferta se realizará al oferente adjudicado una vez recibida que hubiere entregado la oferta, garantía de fiel cumplimiento de contrato y este mismo se hubiere suscrito. En el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo las garantías presentadas por aquellos proponentes declarados inadmisibles y/o no adjudicados, estas serán restituidas de incumplir acuerdo con lo señalado en los numerales 8.1.5 y 8.1.6 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 del 18 de febrero de 2019. Respecto a los demás requisitos y condiciones de pagoesta garantía, firma remitirse al numeral 8.1 de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónlas Bases Administrativas Generales.

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Samples: Licitación Pública

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en La cual deberá constituirse por el 10% del valor de la oferta, su propuesta una vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía de seriedad, consistente en consignación a favor cumplimiento del Instituto para el Desarrollo contrato de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar conformidad con lo establecido en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego La garantía de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón seriedad de la consignación oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos, así: 1. La no ampliación de dicha la vigencia de la garantía y de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses. 2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas. 3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario. 4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la propuestagarantía de cumplimiento del contrato. Cuando la propuesta se presente en Consorcio o Unión Temporal o promesa de sociedad futura, la póliza deberá tomarse a nombre del consorcio o de la unión temporal o la promesa de sociedad futura, según el caso, con la indicación de cada uno de sus integrantes (no a nombre de sus representantes legales), y deberá expresar claramente que será exigible por su valor total ante el incumplimiento en que incurran cualquiera de los integrantes del grupo proponente, en todo o en parte. De igual manera deberá establecer el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes conforme al acta de constitución. El proponente acepta que el MDN – EJC –CENAC INTELIGENCIA NIT. 800.131.292-8 le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al MDN – EJC –CENAC INTELIGENCIA, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: “La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente” y cumplir con los lineamientos del artículo 2.2.1.2.3.4.1 del Decreto 1082 de 2015. Nota: el oferente deberá tener en cuenta que si este caso, el IDEA descontará no allega la garantía de seriedad de la suma a devolveroferta será causal de rechazo en cumplimiento de la Ley 1882 del 15 de Enero de 2018, en su Artículo 5° el cual modifica el Parágrafo 1 e incluye los parágrafos 3, 4 Y 5 de artículo 0° xx xx Xxx 0000 xx 0000, xxx xxxxxx quedarán así: “Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadasproponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso. Conforme lo contempla el (... ) Parágrafo 3°. La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma.” (Subrayado y negrilla fuera del texto) De conformidad al artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, el proponente podrá otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, contrato de seguro contenido en una vez recibida la ofertapóliza, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, patrimonio autónomo y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónbancaría.

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Samples: Mantenimiento Y Soporte Técnico

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente Proponente debe presentar con la propuesta una Garantía de seriedad de la oferta que cumpla con los parámetros, condiciones y requisitos que se indican en este numeral. Cualquier error o imprecisión en el texto de la Garantía presentada será susceptible de aclaración por el Proponente hasta el término de traslado del informe de evaluación. El Proponente presentará la Garantía de seriedad de la oferta sobre la sumatoria de los lotes o grupos en relación con los cuales ofertó. Las características de la Garantía son las siguientes: Clase Cualquiera de las clases permitidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, a saber: (i) contrato de seguro contenido en una póliza, (ii) Patrimonio autónomo y (iii) Garantía Bancaria. Asegurado/ beneficiario MUNICIPIO DE PACHAVITA identificada con el NIT 800028461-6 Amparos La sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento en los eventos señalados en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015 o la norma que la modifique, sustituya o complemente. Vigencia 3 meses contados a partir de la fecha de cierre del Proceso de Contratación. En caso de modificarse la fecha del cierre del proceso, se tendrá como referencia para establecer el plazo de vigencia del certificado la fecha originalmente definida en el Pliego de Condiciones. Valor Asegurado Diez por ciento (10%) del Presupuesto Oficial del Proceso de Contratación Tomador • Para las personas jurídicas: la Garantía deberá tomarse con el nombre o razón social y tipo societario que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva y no solo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. • Para los Proponentes Plurales: la Garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del Proponente Plural, para lo cual se tiene que relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de esta. Si en el desarrollo del Proceso de Contratación se modifica el Cronograma, el Proponente deberá ampliar la Garantía de seriedad de la oferta hasta la aprobación de la Garantía de cumplimiento del contrato. La propuesta tendrá una validez igual al término de vigencia establecido para la Garantía de seriedad de la oferta. Durante este período la propuesta será irrevocable, de tal manera que el Proponente no podrá retirar ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de que la Entidad pueda hacer efectiva la Garantía de seriedad de la oferta. GARANTÍAS DEL CONTRATO GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO Para cubrir cualquier hecho constitutivo de incumplimiento, el Interventor deberá presentar la Garantía de cumplimiento en original a la Entidad dentro de los DIEZ (10) días hábiles siguientes contados a partir de la firma del contrato y requerirá la aprobación de la Entidad. Esta Garantía tendrá las siguientes características: Característica Condición Clase Cualquiera de las clases permitidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, a saber: (i) contrato de seguro contenido en una póliza para Entidades Estatales, (ii) patrimonio autónomo, (iii) Garantía bancaria. Asegurado/ beneficiario MUNICIPIO DE PACHAVITA identificada con el NIT 800028461-6 Amparos, vigencia y valores asegurados Amparo Vigencia Valor Asegurado Cumplimiento general del contrato y el pago de las multas y la cláusula penal pecuniaria que se le impongan Hasta la liquidación del contrato veinte por ciento (20%) del valor del contrato Buen manejo y correcta inversión del Anticipo NO APLICA NO APLICA Garantía de Pago Anticipado NO APLICA NO APLICA Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales del personal que el Interventor haya de utilizar en el territorio nacional para la ejecución del contrato Plazo del contrato y tres (3) años más. Diez por ciento(10%) del valor del contrato Calidad del Servicio por los perjuicios derivados de la deficiente calidad del servicio prestado. Vigencia de este amparo debe ser igual al plazo de Garantía de estabilidad del contrato principal en cumplimiento del parágrafo del artículo 85 de la Ley 1474 de 2011. Diez por ciento (10%) del valor del contrato Tomador • Para las personas jurídicas: la Garantía deberá tomarse con el nombre o razón social y tipo societario que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio respectiva, y no solo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. • No se aceptan Garantías a nombre del representante legal o de alguno de los integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal. Cuando el Contratista sea una Unión Temporal o un Consorcio, se debe incluir el nombre de la estructura plural, el NIT y el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes. • Para el Interventor conformado por una estructura plural (Unión Temporal, Consorcio): la Garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del Interventor, para lo cual se deberá relacionar claramente los miembros, su identificación y el porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de la misma. Información necesaria dentro de la póliza • Número y año del contrato • Objeto del contrato • Firma del representante legal del Interventor • En caso de no usar centavos, los valores deben aproximarse al mayor Ej. Cumplimiento si el valor a asegurar es $14.980.420,20 aproximar a $14.980.421 El Interventor está obligado a restablecer el valor de la Ggarantía cuando esta se vea reducida por razón de las reclamaciones que efectúe la Entidad, así como a ampliar las Ggarantías en los eventos de adición, suspensión y/o prórroga del contrato. El no restablecimiento de la Ggarantía por parte del Interventor o su propuesta una garantía no adición o prórroga, según el caso, constituye causal de seriedadincumplimiento del contrato y se iniciarán los procesos sancionatorios a que haya lugar. Pachavita, consistente mayo de 2023. El municipio de Pachavita, en consignación adelante la “Entidad”, pone a favor disposición de los interesados el Pliego de Condiciones para la selección del Instituto Contratista encargado de ejecutar el Contrato de Interventoría de obra pública para INTERVENTORÍA INTEGRAL AL CONTRATO DE OBRA PUBLICA CUYO OBJETO ES MEJORAMIENTO DE LA VÍA TERCIARIA EN LA VEREDA SUAQUIRA EN EL MUNICIPIO DE PACHAVITA DEPARTAMENTO DE BOYACÁ en adelante el Desarrollo “contrato”. Los Documentos del Proceso, que incluyen los estudios y documentos previos, el estudio de Antioquia -IDEA-sector, así como cualquiera de sus Anexos, están a disposición del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar público en el proceso Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP–. La selección del Contratista se realizará a través del Proceso de Contratación MP-CMA-001 DE 2023. La Entidad evaluará las ofertas con base en las reglas establecidas en el Pliego de Condiciones y que se imputará la normativa aplicable. El uso de los Documentos Tipo no exime a la Entidad de la obligación de utilizar la normativa y la jurisprudencia aplicable al precioProceso de Contratación. La Entidad no podrá modificar los Formatos, Anexos, Matrices y Formularios, ni solicitar soportes o requisitos adicionales a los establecidos en los Documentos Tipo. Todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al Proceso de Contratación, en caso cualquiera de serle adjudicado el contrato de compraventasus fases o etapas, consignación pueden presentar las recomendaciones que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada consideren convenientes, intervenir en las audiencias y consultar los Documentos del Proceso en los términos previstos en el pliego inciso 3 del artículo 66 de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo la Ley 80 de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece 1993 y el artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.1.1.2.1 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido Estos Documentos Tipo aplican a los procesos de interventoría de obra pública de infraestructura de transporte celebrados en el respectivo pliego la modalidad de condicionesconcurso de méritos, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a correspondan con las transacciones financieras o cualquier otro gasto “actividades” definidas en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento“Matriz 1 – Experiencia”. En consecuencia, las actividades de infraestructura de transporte no se exigirá garantía adicional contempladas en la “Matriz 1 – Experiencia” no tienen que emplearlos; sin perjuicio de lo previsto en el artículo 3 de la resolución que adopta los Documentos Tipo de interventoría de obra pública de infraestructura de transporte – versión 2. Se aclara que este Documento Tipo no aplica a las interventorías de los oferentes o al comprador. El oferente contratos de que no resulte adjudicatario puede solicitar trata la Ley 1508 de 2012, esto es, para las Asociaciones Público Privadas, debido a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso naturaleza y especialidad de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratacióndichos contratos.

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Samples: Contract

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Cuando la licitación sea por un monto superior a 2.000 UTM, el oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en su propuesta una garantía de seriedadtotal, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar monto que indique la entidad licitante en el proceso Anexo N°4 y que se imputará al preciono podrá superar el 5% de monto total disponible o estimado para la licitación. Si el oferente presenta más de una propuesta, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada, en caso los términos indicados en la presente cláusula. Con todo, el oferente podrá presentar una única garantía que cubra todas sus ofertas o bien, instrumentos separados. La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada la entidad licitante indicada en el pliego Anexo N°4, dentro del plazo para presentación de condicionesofertas, si fueran en soporte de papel, y en el horario de atención a favor los oferentes que allí se indique. Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, dentro del Instituto plazo para ofertar. Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el Desarrollo carácter de Antioquia -IDEA-irrevocable, tal como lo establece y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 2.2.1.2.2.1.10 31 del Decreto 1082 reglamento de 2015la ley N° 19.886. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada Si corresponde por la naturaleza del instrumento, éste incluirá una glosa que señale que se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en otorga para garantizar la seriedad de la oferta, individualizando el respectivo pliego proceso de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha compra. La garantía y de deberá tener como vigencia mínima desde la presentación de la propuestaoferta hasta la suscripción del contrato entre el respectivo órgano público comprador y el proveedor adjudicado. En Si se lleva a cabo una readjudicación este casoplazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, el IDEA descontará debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula. Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la suma a devolverentidad licitante, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto indicado en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónAnexo N°4 de las bases.

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Samples: Formato Tipo De Bases Administrativas Para La Adquisición De Servicios De Organización De Eventos

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta deberá constituir una garantía de seriedad, consistente en consignación seriedad de la propuesta a favor de entidades particulares y a nombre del Instituto CÍRCULO DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES, expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, la cual debe expedir un certificado donde conste que el oferente obtuvo la póliza correspondiente, el cual debe anexarse a la propuesta, así como la constancia del pago de la prima y copia de la póliza. Dicha garantía se constituirá por un valor mínimo xxx Xxxx por ciento (10%) del valor de la propuesta y deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente concurso. En todo caso la garantía deberá estar suscrita por el Representante Legal o el Proponente. Dicha garantía deberá amparar además de la obligación de suscribir el contrato respectivo, los requisitos de legalización, ejecución y perfeccionamiento del mismo, todo lo cual deberá expresarse dentro de dicha póliza. La no presentación de la garantía en los términos anteriormente mencionados en la oferta, dará lugar a que la propuesta se evalúe como NO CUMPLE. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, dicha póliza deberá ser tomada a nombre de la Unión Temporal o del Consorcio y de cada uno de los miembros que lo conforman y deberá ser firmada por el Representante legal del consorcio o Unión Temporal. Cuando la propuesta sea presentada por una persona jurídica, la póliza de garantía debe ser tomada a nombre de la Razón Social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, sin utilizar sigla, a no ser que en el certificado de la Cámara de Comercio se establezca que la sociedad podrá identificarse con la sigla. Al proponente se le hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta en los siguientes casos: 1. Cuando solicite el retiro de la propuesta, con posterioridad al cierre del presente concurso, salvo en el caso de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente. 2. Cuando el proponente favorecido con la adjudicación no cumpla con los requisitos para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, perfeccionamiento y ejecución del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la plazo estipulados. La no presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará Garantía de Seriedad de la suma propuesta dará lugar a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando propuesta sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónevaluada como NO CUMPLE JURÍDICAMENTE.

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Samples: Service Agreement

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Cuando la licitación sea por un monto superior a 2.000 UTM, el oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en total, al monto que indique la entidad licitante en el Anexo N°4 y que no podrá superar el 5% del monto total disponible o estimado para la licitación. Si el oferente presenta más de una propuesta, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada, en los términos indicados en la presente cláusula, mediante instrumentos separados. La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo N°4, dentro del plazo para presentación de ofertas, si fueran en soporte de papel, y en el horario de atención a los oferentes que allí se indique. Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o en su propuesta una garantía de seriedaddefecto, consistente en consignación enviar a favor través del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar correo electrónico señalado por la entidad licitante en el proceso Anexo N°4, dentro del plazo antes indicado. Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 31 del reglamento de la ley N° 19.886 El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se imputará al preciootorga para garantizar la seriedad de la oferta, en singularizando el respectivo proceso de compra. En caso de serle adjudicado que el contrato instrumento no permita la inclusión de compraventala glosa señalada, consignación que el oferente deberá hacerse con cargo dar cumplimiento a una cuenta designada la incorporación de ésta en forma manuscrita en el pliego mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Como ejemplos de condicionesgarantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a favor del Instituto para el Desarrollo la Vista, Vale Vista o Póliza de Antioquia -IDEA-Seguro, tal entre otros. La garantía deberá tener como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de vigencia mínima desde la presentación de la propuestaoferta hasta la suscripción del contrato entre el respectivo órgano público comprador y el proveedor adjudicado. En Si se lleva a cabo una readjudicación este casoplazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, el IDEA descontará debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula. Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la suma a devolverentidad licitante, los dineros correspondientes a indicado en el Anexo N°4 de las erogaciones antes mencionadasbases. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad reclame licitante en los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.siguientes casos:

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Samples: Formato Tipo De Bases Administrativas

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su La seriedad de la propuesta será garantizada por cada oferente mediante una garantía boleta de seriedadgarantía, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar la cual deberá ser entregada en el proceso y que se imputará al precioFONASA, ubicado en caso calle Monjitas 665, primer piso, antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada ofertas indicado en el pliego Anexo N°1 “Calendario de condicionesLicitación”. La falta de entrega, o entrega disconforme o fuera del plazo señalado, de la boleta de garantía será causal de exclusión de la propuesta conforme a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego artículo 15º. La boleta de condicionesgarantía bancaria deberá ser tomada a la orden de FONASA por un monto de $ 5.000.000 con fecha de vencimiento a los 60 días, sin que haya lugar al reconocimiento contados desde la fecha de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón apertura de la consignación licitación. La boleta de dicha garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser emitida por un Banco de la presentación plaza y consignar la siguiente frase: “en garantía de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará seriedad de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, licitación pública para la contratación de servicios informáticos licencias médicas electrónicas” La garantía de seriedad de la oferta podrá ser ejecutada en los siguientes casos: 1. Si el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEparticipante retira su oferta durante el período de validez establecido en el artículo 18º de las presentes Bases. 2. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada. 3. Si el adjudicatario, y a pesar de no desistirse de la adjudicación efectuada conforme a lo señalado en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuenciaNº2 precedente, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que cumple con lo establecido en el artículo 26º de las presentes Bases o, si cumpliendo, no resulte adjudicatario puede solicitar procede a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis suscripción del riesgo expuesto respectivo contrato dentro del plazo establecido en el presente estudioartículo No concurriendo las circunstancias anteriores, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar FONASA procederá a la devolución de la boleta de garantía de seriedad de la propuesta debidamente endosada al proponente, dentro de los cinco días siguientes a la firma del contrato respectivo con el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónadjudicatario.

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Samples: Contratación De Servicios Informáticos

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Para participar en esta Convocatoria, el Proponente deberá constituir a favor del CONTRATANTE una garantía de seriedad de la oferta por una cuantía de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 500.000.000,00). Su vigencia será, como mínimo, de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la Convocatoria. Para la presentación de la oferta el Proponente deberá igualmente adjuntar el recibo de pago correspondiente a la prima respectiva. La garantía de seriedad podrá ser una garantía bancaria o una póliza de seguros, expedida por una entidad bancaria o una compañía de seguros, legalmente establecidas en Colombia, sujeta a la vigilancia de la Superintendencia Financiera, la que deberá adjuntarse a la propuesta. Dicha póliza de garantía no podrá tener cláusulas excluyentes adicionales a las señaladas en su propuesta una texto, y será devuelta al adjudicatario, dentro de los veinte (20) días calendarios siguientes al inicio de la ejecución del Contrato de Operación. En todo caso, la garantía de seriedad de la oferta favorecida y la del Proponente que ocupe el segundo lugar en el orden de elegibilidad, deberán mantenerse vigentes hasta que se aprueben por parte del CONTRATANTE las garantías indicadas en el Contrato de Operación. El valor de la prima adicional correspondiente por las prórrogas aquí indicadas, deberá ser cancelado por los Proponentes. Con el fin que la póliza cubra la posible extensión o prórroga del plazo de la Convocatoria, la garantía de seriedad de la oferta deberá especificar expresamente que la vigencia originalmente pactada será objeto de prórroga automática en el caso de que el CONTRATANTE resuelva ampliar los plazos previstos para la presentación de Propuestas y/o para la evaluación y adjudicación del Contrato de Operación y/o para su suscripción y/o para la constitución de garantías, hasta por un plazo máximo de ciento veinte días (120) más; o manifestar el compromiso incondicional tanto del asegurador como del asegurado de efectuar la prórroga respectiva, por un plazo igual al de la ampliación o ampliaciones determinadas por el CONTRATANTE, hasta por un plazo máximo de noventa (90) días más; en este caso, el anexo modificatorio debe remitirse al CONTRATANTE dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que sea recibida la prórroga correspondiente. La garantía de seriedad de la oferta deberá ser otorgada incondicionalmente a favor de la “EMPRESA REGIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE TOCAIMA Y AGUA DE DIOS E.S.P. - TOCAGUA E.S.P.”. Cuando la oferta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal, la póliza de garantía de seriedad de la oferta debe ser tomada a nombre de todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, y no a nombre del representante del Consorcio o Unión Temporal. En estos casos, se podrá demandar de uno, de varios o de todos los miembros, el monto total de la garantía de seriedad, consistente de acuerdo con lo que decida el CONTRATANTE. La presentación de la garantía de seriedad de la oferta, se considerará un elemento esencial para la comparación de las propuestas y por lo tanto la ausencia de dicha garantía producirá el rechazo de la propuesta. Si la garantía se presenta, pero adolece de errores en consignación a favor del Instituto para su constitución, el Desarrollo de Antioquia -IDEA-CONTRATANTE podrá solicitar su corrección, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en de evaluación de las propuestas. Si dicha corrección no se entrega por el respectivo pliego de condicionesProponente, sin que haya lugar al reconocimiento de interesesa satisfacción del CONTRATANTE, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en se entenderá que el proponente incurra en Proponente carece de voluntad de participación y su Propuesta será rechazada. Las garantías de seriedad constituidas por los Proponentes que no resulten seleccionados les serán devueltas dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha de inicio de ejecución del Contrato de Operación. Si por cualquier razón no se obtiene la efectividad de la consignación garantía de dicha garantía y seriedad de la propuesta, el CONTRATANTE podrá demandar por la vía ejecutiva el valor asegurado, para lo que prestará mérito suficiente la oferta del Proponente, ya que queda expresamente claro que la sola presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará constituye aceptación plena de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir todas las condiciones establecidas en estos Pliegos de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónCondiciones.

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Samples: Public Contract

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en oferente deberá anexar a su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condicionesoferta, a favor del Instituto Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial total estimado para el Desarrollo presente proceso, con una vigencia igual a tres (3) meses contada a partir de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido la fecha indicada en el respectivo pliego cronograma general para el cierre del proceso. Esta garantía podrá consistir en póliza de condicionesseguro o garantía bancaria, otorgada por una compañía de seguros o una Entidad bancaria, respectivamente, la cual deberá encontrarse legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera. Si se trata de una garantía bancaria, la Entidad correspondiente deberá actuar por su cuenta incluso en calidad de corresponsal, sin que haya lugar ello atenúe su responsabilidad o deteriore la calidad de la garantía, la cual deberá ser irrevocable y exigible a favor de FONADE a primer requerimiento, renunciando al reconocimiento beneficio de interesesexcusión. En caso de otorgar la garantía mediante póliza de seguros, rendimientos e indemnizacionesla cual deberá corresponder a la Póliza de Cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN (Esta condición debe constar en la póliza o en una certificación anexa) a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, ni el reconocimiento del impuesto sin utilizar sigla, a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en no ser que el proponente incurra en razón certificado de existencia y representación legal de la consignación cámara de dicha comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente. En caso de requerirse la ampliación de la presentación vigencia de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEla vigencia de la garantía de seriedad deberá ser igualmente, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al compradorampliada. El oferente debe anexar el recibo de pago de la prima o documento equivalente, que no resulte adjudicatario puede solicitar a certifique el pago de la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso misma so pena de enajenación que adelante dar aplicación de la Entidad Estatalcausal de rechazo. NOTA: LA NO PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA AL MOMENTO DEL CIERRE DEL PROCESO SERÁ CAUSAL DE RECHAZO. IGUALMENTE, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudioEN CASO QUE EL NÚMERO O EL OBJETO DEL PROCESO NO CORRESPONDA CON EL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónEL OFERENTE INCURRIRÁ EN CAUSAL DE RECHAZO.

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Samples: Contrato Interadministrativo

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. De conformidad a lo establecido en el artículo 32 del Acuerdo 006 de 2014 “Por el cual se adopta el Manual de Contratación de la ESE IMSALUD”, El proponente debe incluir en su deberá garantizar el cumplimiento de la propuesta que hace dentro de la presente convocatoria pública y la suscripción consiguiente del respectivo contrato, mediante la constitución de una póliza de garantía de seriedadseriedad de la oferta, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ESE IMSALUD, eloferente suscribirá a favor de la ESE IMSALUD, póliza de seriedad de la oferta en cuantía igual al 10% del valor equivalente total de la oferta por una vigencia de 3 meses contados a partir del día de cierre de esta invitación. Cuando la propuesta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la póliza debe estar constituida a nombre del mismo, indicando sus integrantes y no a nombre del representante legal designado por ellos; Esta Garantía se hará efectiva al 20% proponente seleccionado cuando no proceda dentro del precio mínimo plazo estipulado en estos parámetros de venta del bien inmueble ofrecido en ventacontratación, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado a suscribir el contrato o a constituir las garantías. La no presentación de compraventala garantía dará lugar a la no evaluación de la propuesta Si el nombre del beneficiario, consignación que deberá hacerse con cargo afianzado y/o tomador no es el correcto, si la vigencia de la póliza o el monto de la misma no está conforme a una cuenta designada lo solicitado en el pliego los pliegos de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado deberá allegar dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar día hábil siguiente al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón recibo de la consignación respectiva solicitud, el certificado de dicha modificación. La garantía y de seriedad de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimientoincumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos La no suscripción del contrato injusta causa por parte del proponente seleccionado. En consecuencia• La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no se exigirá excedan un término de tres meses. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a de cumplimiento exigida por la Entidad Estatal mantener entidad para amparar el valor consignado para otro proceso incumplimiento de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico las obligaciones del contrato, . • El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. • La suficiencia de esta garantía será verificada por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para entidad momento de la presente contrataciónevaluación de las propuestas. contratante al • El proponente deberá anexar el recibo de pago de la prima de la póliza.

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Samples: Public Procurement Contract

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta Oferente deberá garantizar la seriedad de la Oferta mediante póliza por una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, cuantía xxx xxxx (10%) por ciento del valor equivalente al 20% de la Oferta incluido IVA y con una vigencia de treinta (30) días calendario contados a partir de la Fecha de Recepción de Ofertas. La constitución y expedición de la garantía debe tramitarse a través de una compañía de seguros debidamente constituida y autorizada por la Superintendencia Financiera o la autoridad que corresponda. DISPAC devolverá las pólizas a los Oferentes no favorecidos para sus fines correspondientes. El Oferente Ganador deberá en todo caso mantener vigente la seriedad de la Oferta, hasta la fecha de perfeccionamiento y legalización del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en Contrato. Si el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado adjudicatario no suscribe el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado Contrato correspondiente dentro del término establecido que se ha señalado quedará a favor de DISPAC en calidad de multa el respectivo pliego valor de condicionesesta póliza, sin que haya lugar al reconocimiento para responder por la seriedad de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni la Oferta. La no presentación de la garantía de seriedad de la Oferta será causal de descalificación de la Oferta. En el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto evento en que el proponente incurra en razón valor asegurado no sea suficiente o que la vigencia de la consignación póliza no cubra la vigencia de dicha garantía y validez de la presentación Oferta, DISPAC a su arbitrio podrá descalificar la Oferta o exigir al Oferente la modificación de la propuestagarantía, de tal manera que se ajuste a lo exigido para lo cual se dará el término que se considere prudente para tal efecto. En este caso, Si vencido el IDEA descontará término otorgado el Oferente no presenta la modificación de la suma a devolvergarantía o la misma no cumple con los requisitos fijados, los dineros correspondientes la Oferta será desestimada. DISPAC podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la Oferta al proveedor casos en que el Oferente seleccionado: 1. No firme el Contrato. 2. Varíe alguna de las obligaciones a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOcompromete en su Oferta. 3. No presente las garantías requeridas para la ejecución del Contrato. 4. Incumpla con el alcance y condiciones plasmadas en la Oferta presentada. 5. Incumpla las obligaciones presentadas en su Oferta comercial y técnica, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, aunque no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto mencionen explícitamente en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratacióneste ítem.

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Samples: Servicios De Fiducia Mercantil

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente Proponente debe incluir en su presentar con la propuesta una Garantía de seriedad de la oferta que cumpla con los parámetros, condiciones y requisitos que se indican en este numeral. Cualquier error o imprecisión en el texto de la Garantía presentada será susceptible de aclaración por el Proponente hasta el término de traslado del informe de evaluación. Sin embargo, la no entrega de la Garantía no es subsanable y se rechazará la oferta. Las características de las Garantías son las siguientes: Característica Condición Clase Cualquiera de las clases permitidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, a saber: (i) contrato de seguro contenido en una póliza, (ii) patrimonio autónomo y (iii) garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo bancaria. Asegurado/ beneficiario Departamento de Antioquia -IDEA-, identificada con NIT 890.900.286-0 Amparos Los perjuicios derivados del valor equivalente al 20% incumplimiento del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido ofrecimiento en venta, como requisito habilitante para participar los eventos señalados en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá Vigencia 3 meses contados a partir de la fecha de cierre del proceso de contratación. Valor asegurado Diez por ciento (10%) del presupuesto oficial del proceso de contratación. Tomador • Para las personas jurídicas: la garantía deberá tomarse con el valor consignado dentro del término establecido nombre o razón social y tipo societario que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no solo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. • Para los proponentes plurales: la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural, para lo cual se deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de la misma. Si en desarrollo del Proceso de Contratación se modifica el Cronograma, el Proponente deberá ampliar la vigencia de la Garantía de seriedad de la oferta hasta tanto no se hayan perfeccionado y cumplido los requisitos de ejecución del respectivo pliego contrato. La propuesta tendrá una validez igual al término de condicionesvigencia establecido para la Garantía de seriedad de la oferta. Durante este período la propuesta será irrevocable, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en tal manera que el proponente incurra en razón Proponente no podrá retirar ni modificar los términos o condiciones de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este casomisma, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio so pena de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a Entidad pueda hacer efectiva la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso Garantía de enajenación que adelante seriedad de la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónoferta.

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Samples: Construction Contract

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir De conformidad con lo dispuesto en su propuesta el artículo 29 del Manual de Contratación de la entidad, los oferentes deberán otorgar como mecanismo de cobertura, una garantía póliza de seriedad, consistente seguros expedida en consignación formato único a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-entidades estatales, la cual debe constituirse por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor equivalente del presupuesto oficial . Las cifras del valor de la póliza deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al 20% del precio mínimo múltiplo de venta del bien inmueble ofrecido mil inmediato, teniendo en ventacuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, como requisito habilitante para participar en si el proceso y que se imputará al precio, en caso decimal es de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo 50 a una cuenta designada en el pliego de condiciones, 99. Dicha garantía debe estar constituida a favor del Instituto para el Desarrollo deL ICETEX, con una vigencia mínima aproximada de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto tres (3) meses contados a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón partir de la consignación fecha de dicha garantía y de la presentación de la propuestaoferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual; debe estar referida al presente proceso de contratación y encontrarse firmada por quien emite dicha garantía. Si el proponente es persona natural y tiene establecimiento de comercio, el tomador debe ser la persona natural y no su establecimiento de comercio. En este caso, el IDEA descontará caso que la fecha de cierre de la suma a devolverselección se amplíe, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadasdebe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la garantía. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 La garantía de 2015, una vez recibida seriedad de la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimientoincumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos: La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado. En consecuenciaLa no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato. El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. Cuando la garantía de seriedad que presente el proponente presente incorrección en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o estar referida al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro presente proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatalselección o no allegarse las condiciones generales en caso de póliza de seguros, valor el ICETEX solicitará al proponente los documentos e información del caso, para lo cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto el oferente cuenta con el plazo establecido en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico cronograma del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales proceso para la presente contrataciónanexarlo.

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Samples: Outsourcing Agreement

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Los Oferentes deberán presentar físicamente en Xxxxx Xxxx 0 Xxxx 00 , Xxxxxxxx, hasta el día 18 de octubre de 2006, hasta las 12:00 horas, una Garantía de Seriedad de la Oferta consistente en una Boleta de Garantía Bancaria a la Vista o Vale Vista Bancario, por un monto de $1.000.000 (Un millón de pesos). Dicho documento deberá ser emitido a nombre de la Subsecretaría de Transportes, Rut 00.000.000-0 y tener vigencia mínima de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de Apertura de Ofertas. Si dentro de ese plazo no pudiere efectuar la adjudicación, el Ministerio solicitará a los oferentes, antes de la fecha de expiración de la Garantía, la prórroga respectiva. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha Oferta podrá ser declarada inadmisible. La Garantía deberá indicar en su propuesta una texto lo siguiente: "Para Garantizar la Seriedad de la Oferta de la Propuesta Pública “Inspección de las instalaciones a bordo de los buses y sus funcionalidades primarias” La caución de seriedad de la oferta se hará efectiva, unilateralmente por el Ministerio en los siguientes casos: i Si el proponente cuya oferta ha sido aceptada, retira su oferta o se desiste de ella en el periodo de validez de la misma, ii Si el proponente cuya oferta a sido aceptada, no hace entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento dentro del plazo que señale el Ministerio. La garantía de seriedadseriedad se otorgará como caución de la Oferta presentada, consistente en consignación a favor pudiendo ser ejecutada unilateralmente y por la vía administrativa y por la sola voluntad del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precioMinisterio, en caso de serle adjudicado el contrato desistimiento de compraventala Oferta, consignación que deberá hacerse a través de la emisión de la correspondiente resolución fundada. La Garantía de seriedad de la Oferta estará disponible para los proponentes no favorecidos con cargo a una cuenta designada su propuesta, en el pliego plazo de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo 30 días hábiles contados desde la notificación de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015la no adjudicación. Al oferente proponente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá sea aceptada por el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego Ministerio, la Garantía de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón Seriedad de la consignación de dicha garantía y Oferta le será devuelta una vez que se efectúe la entrega de la presentación Garantía de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma Fiel y Oportuno Cumplimiento a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio refiere el punto "Garantía de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónfiel y oportuno cumplimiento".

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Samples: Contratación De Servicios De Apoyo a La Inspección

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta deberá constituir una garantía de seriedad, consistente en consignación seriedad de la propuesta a favor de entidades PARTICULARES y a nombre del Instituto CÍRCULO DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES, expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, la cual debe expedir un certificado donde conste que el oferente obtuvo la póliza correspondiente, el cual debe anexarse a la propuesta, así como la constancia del pago de la prima y copia de la póliza. Dicha garantía se constituirá por un valor mínimo xxx Xxxx por ciento (10%) del valor de la propuesta y deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente concurso. En todo caso la garantía deberá estar suscrita por el Representante Legal o el Proponente. Dicha garantía deberá amparar además de la obligación de suscribir el contrato respectivo, los requisitos de legalización, ejecución y perfeccionamiento de este, todo lo cual deberá expresarse dentro de dicha póliza. La no presentación de la garantía en los términos anteriormente mencionados en la oferta dará lugar a que la propuesta se evalúe como NO CUMPLE. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, dicha póliza deberá ser tomada a nombre del Consorcio o de la Unión Temporal y de cada uno de los miembros que lo conforman y deberá ser firmada por el Representante legal del Consorcio o Unión Temporal. Cuando la propuesta sea presentada por una persona jurídica, la póliza de garantía debe ser tomada a nombre de la Razón Social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, sin utilizar sigla, a no ser que en el certificado de la Cámara de Comercio se establezca que la sociedad podrá identificarse con la sigla. Al proponente se le hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta en los siguientes casos: Cuando solicite el retiro de la propuesta, con posterioridad al cierre del presente concurso, salvo en el caso de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente. Cuando el proponente favorecido con la adjudicación no cumpla con los requisitos para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, perfeccionamiento y ejecución del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la plazo estipulados. La no presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará Garantía de Seriedad de la suma propuesta dará lugar a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando propuesta sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónevaluada como NO CUMPLE JURÍDICAMENTE.

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Samples: Construction Contract