Common use of GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Clause in Contracts

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.

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Samples: Pliego De Condiciones (Proyecto), Pliego De Condiciones (Definitivo), Pliego De Condiciones (Proyecto)

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente 19.1 Si se solicita en los DDL, el Licitante deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. En caso de presentarse una Garantía de Seriedad de la Oferta, esta debe incluir ser por el monto especificado en su propuesta los DDL. 19.2 Para la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se usará el formulario correspondiente que figura en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 19.3 Si se solicita una Garantía de Seriedad de la Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, dicha garantía deberá ser presentada en cualquiera de la siguientes formas: una garantía incondicional emitida por un banco o aseguradora; una carta de seriedadcrédito irrevocable; un cheque de gerencia o cheque certificado; o otra garantía definida en los DDL, consistente en consignación a favor emitida por una institución de prestigio de un país elegible. Si la garantía incondicional es emitida por una aseguradora o una compañía avalista situada fuera del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-país del Contratante, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en el proceso y país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía. Si se trata de una garantía bancaria, la Garantía de Seriedad de Oferta deberá presentarse utilizando ya sea el formulario de Garantía de Seriedad de Oferta que se imputará al precioincluye en la Sección IV, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón Formularios de la consignación de dicha garantía y de Oferta, u otro formato sustancialmente similar aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la propuestaOferta. En este cualquier caso, el IDEA descontará formulario deberá incluir el nombre completo del Licitante. La Garantía de Seriedad de Oferta será válida por un período de veintiocho (28) días posteriores a la fecha límite de validez de la suma Oferta, o de cualquier período de prórroga, si ésta se hubiera solicitado de conformidad con la subcláusula 18.2 de las IAL. 19.4 Todas las Ofertas que no vayan acompañadas de una Garantía de Seriedad de Oferta o Declaración de Mantenimiento de Oferta, si se ha exigido según lo estipulado en la subcláusula 19.1 de las IAL serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento 19.5 Si se exige una Garantía de Seriedad de Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, la Garantía de Seriedad de Oferta de los Licitantes no seleccionados se devolverá a devolveréstos tan pronto como sea posible, los dineros correspondientes después de que el Licitante seleccionado provea la Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la cláusula 41 de las IAL 19.6 Si se exige una Garantía de Seriedad de Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, La Garantía de Seriedad de Oferta del Licitante seleccionado se devolverá a éste tan pronto como sea posible, después que el mismo haya firmado el Contrato y suministrado la Garantía de Cumplimiento requerida. 19.7 La Garantía de Seriedad de Oferta podrá hacerse efectiva, o la Declaración de Mantenimiento de Oferta ejecutarse: si el Licitante retira su oferta durante el período de validez estipulado por él en la Carta de la Oferta, excepto lo indicado en la subcláusula 18.2 de las erogaciones antes mencionadasIAL o si el Licitante seleccionado no: firma el Contrato según lo dispuesto en la cláusula 40 de las IAL, o suministra la Garantía de Cumplimiento según lo dispuesto en la cláusula 41 de las IAL. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 19.8 La Garantía de 2015Seriedad de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de Oferta de una Asociación en Participación, una vez recibida Consorcio o Asociación (APCA) deberán emitirse en nombre de la APCA que presenta la oferta. Si esta última no se ha constituido formalmente como entidad jurídica al momento de presentar la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEla Garantía de Seriedad de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de Oferta deberán emitirse en nombre de todos los futuros socios de la APCA tal como figuren en la carta de intenciones a que hace referencia la subcláusula 4.1 de las IAL. 19.9 Si en los DDL no se exige una Garantía de Seriedad de Oferta, y (a) un Licitante retira su Oferta durante el período de tiempo de validez señalado por él en caso la Carta de hacerlo la Oferta, con excepción de lo dispuesto en la subcláusula 18.2 de las IAL o (b) el Licitante seleccionado no firma el Contrato de incumplir conformidad con la cláusula 40 de las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registroIAL, o cualquier otro asunto derivado no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la cláusula 41 de las IAL, el Prestatario podrá, si así se dispone en los DDL, declarar al Licitante no elegible para la adjudicación de un contrato por parte del negocio jurídico, perderá de pleno derecho Contratante durante el valor consignado período que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame estipule en los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónDDL.

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Samples: www.comunidadandina.org, www.comunidadandina.org, www.comunidadandina.org

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta deberá constituir una garantía de seriedad, consistente en consignación seriedad de la propuesta a favor de entidades PARTICULARES y a nombre del Instituto CÍRCULO DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES, expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, la cual debe expedir un certificado donde conste que el oferente obtuvo la póliza correspondiente, el cual debe anexarse a la propuesta, así como la constancia del pago de la prima y copia de la póliza. Dicha garantía se constituirá por un valor mínimo xxx Xxxx por ciento (10%) del valor de la propuesta y deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente concurso. En todo caso la garantía deberá estar suscrita por el Representante Legal o el Proponente. Dicha garantía deberá amparar además de la obligación de suscribir el contrato respectivo, los requisitos de legalización, ejecución y perfeccionamiento del mismo, todo lo cual deberá expresarse dentro de dicha póliza. La no presentación de la garantía en los términos anteriormente mencionados en la oferta dará lugar a que la propuesta se evalúe como NO CUMPLE. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, dicha póliza deberá ser tomada a nombre del Consorcio o de la Unión Temporal y de cada uno de los miembros que lo conforman y deberá ser firmada por el Representante legal del Consorcio o Unión Temporal. Cuando la propuesta sea presentada por una persona jurídica, la póliza de garantía debe ser tomada a nombre de la Razón Social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, sin utilizar sigla, a no ser que en el certificado de la Cámara de Comercio se establezca que la sociedad podrá identificarse con la sigla. Al proponente se le hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta en los siguientes casos: Cuando solicite el retiro de la propuesta, con posterioridad al cierre del presente concurso, salvo en el caso de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente. Cuando el proponente favorecido con la adjudicación no cumpla con los requisitos para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, perfeccionamiento y ejecución del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la plazo estipulados. La no presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará Garantía de Seriedad de la suma propuesta dará lugar a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando propuesta sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónevaluada como NO CUMPLE JURÍDICAMENTE.

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Samples: Pliego De Condiciones, Pliego De Condiciones, Pliego De Condiciones

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en oferente deberá anexar a su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condicionesoferta, a favor del Instituto Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial total estimado, con una vigencia de tres (3) meses contada a partir de la fecha indicada en el cronograma general para el Desarrollo cierre del proceso. Esta garantía podrá consistir en póliza de Antioquia -IDEA-seguro o garantía bancaria, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 otorgada por una compañía de 2015seguros o una entidad bancaria, respectivamente, la cual deberá encontrarse legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada Si se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido trata de una garantía bancaria, la entidad correspondiente deberá actuar por su cuenta incluso en el respectivo pliego calidad de condicionescorresponsal, sin que haya lugar ello atenúe su responsabilidad o deteriore la calidad de la garantía, la cual deberá ser irrevocable y exigible a favor de FONADE a primer requerimiento, renunciando al reconocimiento beneficio de interesesexcusión. En caso de otorgar la garantía mediante póliza de seguros, rendimientos e indemnizacionesla cual deberá corresponder a la Póliza de Cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN (Esta condición debe constar en la póliza o en una certificación anexa y se debe adjuntar el clausulado correspondiente al Cumplimiento ante Entidades Públicas con Régimen Privado de Contratación, ni de FONADE) a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el reconocimiento del impuesto certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en no ser que el proponente incurra en razón certificado de existencia y representación legal de la consignación cámara de dicha comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente. La garantía deberá tener la firma del tomador en original y anexar el recibo o constancia de pago o su equivalente. En caso de requerirse la ampliación de la presentación vigencia de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEla vigencia de la garantía de serie-dad deberá ser igualmente, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónampliada.

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Samples: Contrato Interadministrativo De Gerencia Integral De Proyectos, www.fonade.gov.co

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en oferente deberá anexar a su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condicionesoferta, a favor del Instituto Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial total estimado, con una vigencia de tres (3) meses contada a partir de la fecha indicada en el cronograma general para el Desarrollo cierre del proceso. Esta garantía podrá consistir en póliza de Antioquia -IDEA-seguro o garantía bancaria, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 otorgada por una compañía de 2015seguros o una Entidad bancaria, respectivamente, la cual deberá encontrarse legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada Si se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido trata de una garantía bancaria, la Entidad correspondiente deberá actuar por su cuenta incluso en el respectivo pliego calidad de condicionescorresponsal, sin que haya lugar ello atenúe su responsabilidad o deteriore la calidad de la garantía, la cual deberá ser irrevocable y exigible a favor de FONADE a primer requerimiento, renunciando al reconocimiento beneficio de interesesexcusión. En caso de otorgar la garantía mediante póliza de seguros, rendimientos e indemnizacionesla cual deberá corresponder a la Póliza de Cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN (Esta condición debe constar en la póliza o en una certificación anexa y se debe adjuntar el clausulado correspondiente al Cumplimiento ante Entidades Públicas con Régimen Privado de Contratación, ni de FONADE a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el reconocimiento del impuesto certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en no ser que el proponente incurra en razón certificado de existencia y representación legal de la consignación cámara de dicha comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente. En caso de requerirse la ampliación de la presentación vigencia de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEla vigencia de la garantía de seriedad deberá ser igualmente, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al compradorampliada. El oferente debe anexar el original del recibo de pago de la prima o documento equivalente, que no resulte adjudicatario puede solicitar a certifique el pago de la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso misma so pena de enajenación que adelante dar aplicación de la Entidad Estatalcausal de rechazo. NOTA: LA NO PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA AL MOMENTO DEL CIERRE DEL PROCESO SERÁ CAUSAL DE RECHAZO. IGUALMENTE, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudioEN CASO QUE EL NÚMERO Y/U OBJETO DEL PROCESO NO CORRESPONDA CON EL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónEL OFERENTE INCURRIRÁ EN CAUSAL DE RECHAZO.

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Samples: Convenio Interadministrativo De Gerencia De Proyectos, Contrato Interadministrativo De Gerencia Integral De Proyectos

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente 19.1 Si se solicita en los DDL, el Licitante deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. En caso de presentarse una Garantía de Seriedad de la Oferta, esta debe incluir ser por el monto especificado en su propuesta los DDL. 19.2 Para la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se usará el formulario correspondiente que figura en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 19.3 Si se solicita una Garantía de Seriedad de la Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, dicha garantía deberá ser presentada en cualquiera de la siguientes formas: (a) una garantía incondicional emitida por un banco o aseguradora; (b) una carta de seriedadcrédito irrevocable; (c) un cheque de gerencia o cheque certificado; o (d) otra garantía definida en los DDL, consistente en consignación a favor emitida por una institución de prestigio de un país elegible. Si la garantía incondicional es emitida por una aseguradora o una compañía avalista situada fuera del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-país del Contratante, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en el proceso y país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía. Si se trata de una garantía bancaria, la Garantía de Seriedad de Oferta deberá presentarse utilizando ya sea el formulario de Garantía de Seriedad de Oferta que se imputará al precioincluye en la Sección IV, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón Formularios de la consignación de dicha garantía y de Oferta, u otro formato sustancialmente similar aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la propuestaOferta. En este cualquier caso, el IDEA descontará formulario deberá incluir el nombre completo del Licitante. La Garantía de Seriedad de Oferta será válida por un período de veintiocho (28) días posteriores a la fecha límite de validez de la suma a devolverOferta, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir cualquier período de prórroga, si ésta se hubiera solicitado de conformidad con la subcláusula 18.2 de las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónIAL.

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Samples: portal.compraspublicas.gob.ec, www.contratacionobras.gob.ec

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. De conformidad a lo establecido en el artículo 32 del Acuerdo 006de 2014 “Por el cual se adopta el Manual de Contratación de la ESE IMSALUD CÚCUTA”, El proponente deberá garantizar el cumplimiento de la propuesta que hace dentro de la presente convocatoria pública y la suscripción consiguiente del respectivo contrato, mediante la constitución de una póliza de garantía de seriedad de la oferta, a favor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ESE IMSALUD, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado para la presente convocatoria, y su vigencia se extenderá desde el momento de la prestación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. La garantía será expedida por una compañía de seguros, legalmente establecida en Colombia, debidamente autorizada por la Superintendencia Bancaria para ejercer el ramo, o por una garantía bancaria Cuando la propuesta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal, la póliza de garantía debe incluir ser tomada a nombre de todos los integrantes, tal como aparecen en el documento que acredita la existencia y representación legal de cada uno de ellos. Al proponente favorecido se le hará efectiva la garantía de seriedad de su propuesta una garantía de seriedadcuando no proceda, consistente en consignación dentro del plazo estipulado, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado suscribir el contrato objeto de compraventaesta convocatoria. La EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ESE IMSALUD, consignación una vez adjudicado y perfeccionado el contrato y aprobada las garantías, devolverá, previa solicitud del interesado, la garantía segundo lugar. de seriedad de la propuesta al proponente que deberá hacerse con cargo ocupó el A los demás proponentes que no resultaren favorecidos seles devolverán, previa solicitud, dentro de los treinta (30) días calendarios siguiente a una cuenta designada adjudicación del Contrato. la fecha de Si el nombre del beneficiario, afianzado y/o tomador no es el correcto, si la vigencia de la póliza o el monto de la misma no está conforme a lo solicitado en el pliego los pliegos de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado deberá allegar dentro del término establecido en día hábil siguiente al recibo de la respectiva solicitud, el respectivo pliego certificado de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que modificación. Si el proponente incurra en razón no atiende el requerimiento dentro propuesta será rechazada o eliminada de ese término, su La garantía de seriedad de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimientoincumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos • La no suscripción seleccionado. En consecuenciadel contratos injusta causa por parte del proponente • La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no se exigirá excedan un término de tres meses. • La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a de cumplimiento exigida por la Entidad Estatal mantener entidad para amparar el valor consignado para otro proceso incumplimiento de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico las obligaciones del contrato, . • El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. • La suficienciadeesta garantía será verificada por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para entidad momento de la presente contrataciónevaluación de las propuestas. contratante al • El proponente deberá anexar el recibo de pago de la prima de la póliza.

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Samples: Contrato De Prestacion De Servicios, Contrato De Prestacion De Servicios

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El Por el hecho de presentar propuesta para este proceso, se entiende que la propuesta es irrevocable y que el proponente debe incluir en mantiene vigentes todas las condiciones originales de su propuesta durante todo el tiempo que dure el proceso, incluidas las prórrogas de los plazos que llegaren a presentarse, de acuerdo con el Pliego de Condiciones y la normatividad vigente. La propuesta deberá acompañarse del original de una garantía de seriedad, consistente en consignación seriedad a favor del Instituto para Hospital Regional xx Xxxxxxxx otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una garantía bancaria otorgada por entidad bancaria y en general por cualquier mecanismo de cobertura de riesgo autorizado por el Desarrollo reglamento del artículo 7 de Antioquia -IDEA-la Ley 1150 de 2007, del por un valor equivalente al 20% diez por ciento (10%) del precio mínimo presupuesto oficial, con una vigencia de venta noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del bien inmueble ofrecido cierre. Con la propuesta se debe anexar la póliza y el recibo de cancelación de la prima correspondiente. Sin perjuicio de ello dichas pólizas no expiraran por falta de pago o por revocatoria unilateral. En el evento que la propuesta se presente en ventaconsorcio o unión temporal, como requisito habilitante para participar en la garantía de seriedad de la propuesta deberá estipularse que el tomador es: El Consorcio o Unión Temporal (según sea el caso), conformado por (nombre o razón social de los integrantes); si es presentada por una persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el proceso Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se imputará al precioexprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. El Hospital Regional xx Xxxxxxxx, hará efectiva la totalidad de la garantía, a título de indemnización por perjuicios, en caso los siguientes casos: • Cuando un proponente solicitare el retiro de serle adjudicado su oferta después de la fecha de cierre del plazo del presente proceso de Licitación Pública, salvo en los casos de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente. • Cuando el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse proponente favorecido con cargo la adjudicación no procediere a una cuenta designada en cumplir con los requisitos para el pliego de condiciones, perfeccionamiento y ejecución del contrato. El valor asegurado quedará a favor del Instituto para Hospital Regional xx Xxxxxxxx cuando el Desarrollo proponente incumpla con alguno de Antioquia -IDEA-los casos citados. La ejecución de la garantía de seriedad de la oferta, tal como lo establece no constituye una tasación anticipada de perjuicios; por tanto, la Entidad podrá perseguir el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 reconocimiento de 2015. Al oferente cuya propuesta los perjuicios no fuere seleccionada se le devolverá cubiertos por el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía, mediante las acciones legales conducentes. La garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme seriedad le será devuelta al proponente que lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015solicite, una vez recibida haya sido perfeccionado y legalizado el contrato respectivo. El proponente deberá diligenciar el formato anexo como requisito en la ofertapresente convocatoria, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, de acuerdo a la práctica de las políticas y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que procedimientos aprobados por la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a en la Entidad Estatal mantener lucha contra el valor consignado para otro proceso lavado de enajenación que adelante activos y la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en financiación contra el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.terrorismo (LA/FT)

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Samples: Pliego Definitivo De Condiciones Hospital

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta Cada oferta deberá acompañarse de una garantía emitida por un banco o por una compañía de seguros que garantice la seriedad de los ofrecimientos presentados, por un valor asegurado equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total de la oferta presentada. La garantía tendrá una vigencia de 90 días calendario, contados a partir de la fecha de cierre para la presentación de ofertas. En todo caso, la vigencia de la garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para se extenderá desde el Desarrollo momento de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuestaoferta hasta la fecha de expedición de la garantía de cumplimiento que ampare los riesgos propios del contrato. En La garantía de seriedad de la oferta se regirá por las condiciones establecidas en GARANTÍAS, de estas condiciones particulares. La participación en este casoproceso de contratación estará condicionada por la estabilidad económica y la capacidad financiera del oferente, con fundamento en el índice de liquidez, el IDEA descontará índice de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadasendeudamiento y Capital de trabajo neto según se indica más adelante. Conforme lo contempla Para el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la ofertaefecto, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEtendrá que suministrar la siguiente información: CHEC realizará una evaluación de la información financiera solicitada, bajo los siguientes parámetros: Indicador de Liquidez IL. Se medirá como la relación entre activo corriente y pasivo corriente, de acuerdo con la siguiente expresión: Índice de Endeudamiento IE. Se medirá como la relación entre el pasivo total y el activo total, de acuerdo con la siguiente expresión: 100 Capital de Trabajo Neto CTN. Se medirá como la diferencia entre activo y pasivo corriente, de acuerdo con la siguiente expresión: Se considerarán aquellas ofertas en caso las que el oferente obtenga Indicador de hacerlo o Liquidez, IL>1, índice de incumplir las condiciones endeudamiento, IE<80% y Capital de pagoTrabajo Neto, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado CTN >= $183.989.918 pesos. En todos los cálculos que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOrealicen para efectos de calificación, sin perjuicio el número resultante se redondeará a dos cifras decimales, de que forma tal que, si la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuenciatercera cifra decimal es inferior a 5, no el índice resultante se exigirá garantía adicional mantiene con las primeras dos cifras decimales obtenidas; por el contrario, si la tercer cifra decimal es igual o superior a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar 5, las dos cifras decimales se incrementarán a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónsu número superior más próximo.

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Samples: aplicaciones.chec.com.co

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta deberá constituir una garantía de seriedad, consistente en consignación seriedad de la propuesta a favor de entidades particulares y a nombre del Instituto para CÍRCULO DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES, expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, la cual debe expedir un certificado donde conste que el Desarrollo oferente obtuvo la póliza correspondiente, el cual debe anexarse a la propuesta, así como la constancia del pago de Antioquia -IDEA-, la prima y copia de la póliza. Dicha garantía se constituirá por un valor mínimo xxx Xxxx por ciento (10%) del valor equivalente al 20% de la propuesta y deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del precio mínimo presente concurso. En todo caso la garantía deberá estar suscrita por el Representante Legal o el Proponente. Dicha garantía deberá amparar además de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso la obligación de serle adjudicado suscribir el contrato respectivo, los requisitos de compraventalegalización, consignación que ejecución y perfeccionamiento del mismo, todo lo cual deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado expresarse dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la póliza. La no presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, garantía en los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida términos anteriormente mencionados en la oferta, dará lugar a que la propuesta se evalúe como NO CUMPLE. En el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo Consorcios o Uniones Temporales, dicha póliza deberá ser tomada a nombre de incumplir las condiciones la Unión Temporal o del Consorcio y de pagocada uno de los miembros que lo conforman y deberá ser firmada por el Representante legal del consorcio o Unión Temporal. Cuando la propuesta sea presentada por una persona jurídica, firma la póliza de documentos sujetos garantía debe ser tomada a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá nombre de pleno derecho la Razón Social que figura en el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOcertificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, sin perjuicio utilizar sigla, a no ser que en el certificado de la Cámara de Comercio se establezca que la entidad reclame sociedad podrá identificarse con la sigla. Al proponente se le hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta en los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.siguientes casos:

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Samples: Pliego De Condiciones

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta deberá constituir una garantía de seriedad, consistente en consignación seriedad de la propuesta a favor de entidades PARTICULARES y a nombre del Instituto CÍRCULO DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES, expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, la cual debe expedir un certificado donde conste que el oferente obtuvo la póliza correspondiente, el cual debe anexarse a la propuesta, así como la constancia del pago de la prima y copia de la póliza. Dicha garantía se constituirá por un valor mínimo xxx Xxxx por ciento (10%) del valor de la propuesta y deberá tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente concurso. En todo caso la garantía deberá estar suscrita por el Representante Legal o el Proponente. Dicha garantía deberá amparar además de la obligación de suscribir el contrato respectivo, los requisitos de legalización, ejecución y perfeccionamiento de este, todo lo cual deberá expresarse dentro de dicha póliza. La no presentación de la garantía en los términos anteriormente mencionados en la oferta dará lugar a que la propuesta se evalúe como NO CUMPLE. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, dicha póliza deberá ser tomada a nombre del Consorcio o de la Unión Temporal y de cada uno de los miembros que lo conforman y deberá ser firmada por el Representante legal del Consorcio o Unión Temporal. Cuando la propuesta sea presentada por una persona jurídica, la póliza de garantía debe ser tomada a nombre de la Razón Social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, sin utilizar sigla, a no ser que en el certificado de la Cámara de Comercio se establezca que la sociedad podrá identificarse con la sigla. Al proponente se le hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta en los siguientes casos: Cuando solicite el retiro de la propuesta, con posterioridad al cierre del presente concurso, salvo en el caso de inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente. Cuando el proponente favorecido con la adjudicación no cumpla con los requisitos para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, perfeccionamiento y ejecución del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la plazo estipulados. La no presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará Garantía de Seriedad de la suma propuesta dará lugar a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando propuesta sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónevaluada como NO CUMPLE JURÍDICAMENTE.

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Samples: Pliego De Condiciones

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe Proponente deberá incluir en su propuesta una garantía de seriedadseriedad de la oferta con una suma asegurada de cuarenta y cinco millones de pesos ($45.000.000), consistente la cual podrá consistir en consignación una garantía bancaria irrevocable a primer requerimiento (on-demand) o en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, que sea satisfactoria para EL BANCO. La garantía deberá ajustarse a los presentes Términos de Referencia y a las disposiciones legales vigentes. Las compañías de seguros que otorguen la garantía deberán estar legalmente establecidas en Colombia, los establecimientos bancarios que otorguen la garantía podrán ser nacionales o extranjeros siempre que tengan límite de exposición crediticia con EL BANCO (cupo de crédito aprobado con Bancóldex). La garantía deberá ser válida por un periodo de seis (6) meses calendario a partir de la fecha de cierre de la invitación. La garantía de seriedad de la oferta deberá ser otorgada a favor del Instituto para el Desarrollo Banco de Antioquia -IDEA-Comercio Exterior de Colombia S.A. – Bancóldex, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precioNIT. 800.149.923-6, en caso formato para entidades particulares, la cual se hará efectiva si el proponente retira su propuesta dentro del período de serle validez estipulado, o si habiéndosele adjudicado el contrato no cumple con los requisitos establecidos para la firma del mismo o se niega a celebrar el contrato respectivo o no presenta las garantías del Contrato establecidas en estos Términos de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada Referencia o en el pliego Contrato. La póliza deberá tomarse con el nombre o razón social del proponente que figura en el Certificado de condicionesExistencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, y no sólo con su sigla, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido ser que en el respectivo pliego referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de condicionesesa manera. En caso que la garantía de seriedad de la propuesta sea expedida sin el lleno de los requerimientos de estos términos de referencia, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que este hecho será subsanable y el proponente incurra deberá remitir las correcciones del caso en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este casoel término que le fije Bancóldex, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al compradorcual será solicitado por escrito. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a proponente deberá dar lectura al Código de Ética y deberá diligenciar la Entidad Estatal mantener carta sobre el valor consignado para otro proceso conocimiento, aceptación y cumplimiento de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesariolos valores. En consideración al análisis del riesgo expuesto Estos documentos se encuentran en el Anexo No 2 “Carta de Conocimiento y Aceptación de los Valores Institucionales” y el Anexo No. 7 – Código de Ética de Bancoldex del presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratacióndocumento.

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Samples: www.bancoldex.com

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir De conformidad con lo dispuesto en su propuesta el artículo 29 del Manual de Contratación de la entidad, los oferentes deberán otorgar como mecanismo de cobertura, una garantía póliza de seriedad, consistente seguros expedida en consignación formato único a favor de entidades estatales, la cual debe constituirse por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del Instituto valor del presupuesto del grupo para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, cual para el cual el proponente presente oferta. Las cifras del valor equivalente de la póliza deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al 20% del precio mínimo múltiplo de venta del bien inmueble ofrecido mil inmediato, teniendo en ventacuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, como requisito habilitante para participar en si el proceso y que se imputará al precio, en caso decimal es de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo 50 a una cuenta designada en el pliego de condiciones, 99. Dicha garantía debe estar constituida a favor del Instituto para el Desarrollo deL ICETEX, con una vigencia mínima aproximada de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto tres (3) meses contados a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón partir de la consignación fecha de dicha garantía y de la presentación de la propuestaoferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual; debe estar referida al presente proceso de contratación y encontrarse firmada por quien emite dicha garantía. Si el proponente es persona natural y tiene establecimiento de comercio, el tomador debe ser la persona natural y no su establecimiento de comercio. En este caso, el IDEA descontará caso que la fecha de cierre de la suma a devolverselección se amplíe, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadasdebe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la garantía. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 La garantía de 2015, una vez recibida seriedad de la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimientoincumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos: • La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado. En consecuencia• La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses. • La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato. • El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. Cuando la garantía de seriedad que presente el proponente presente incorrección en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o estar referida al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro presente proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatalselección o no allegarse las condiciones generales en caso de póliza de seguros, valor el ICETEX solicitará al proponente los documentos e información del caso, para lo cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto el oferente cuenta con el plazo establecido en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico cronograma del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales proceso para la presente contrataciónanexarlo.

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Samples: web.icetex.gov.co

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El Por medio de este amparo se cubre al ASEGURADO cuando el PROPONENTE se abstenga de ampliar la vigencia de la garantía de la seriedad de la oferta cuando el plazo para la aceptación o para formalizar el contrato es prorrogado, o de suscribir el CONTRATO objeto de la solicitud pública o privada de ofertas, de acuerdo a las especificaciones de contratación para el cual presentó oferta; así como cuando el proponente debe incluir retire, modifique o revoque la oferta, o por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y requisitos necesarios para la celebración, perfeccionamiento, formalización e inicio de la ejecución del contrato, de conformidad con los parámetros previstos en su propuesta el proceso de selección y en las demás condiciones exigidas por el ASEGURADO. Deberá amparar una suma igual al diez por ciento (10%) del valor total de la Oferta, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir de la fecha señalada para la presentación de las Ofertas, si el anexo 1 no indica otra cosa. La suma asegurada establecida para el amparo de seriedad de la oferta tiene carácter punitivo o sancionatorio. Cuando la oferta sea por más de un grupo, la suma asegurada o valor garantizado de la garantía, deberá cubrir el valor que corresponda a la sumatoria de las cuantías exigidas para cada uno de los grupos cotizados. No se permite que una garantía de seriedadseriedad de la oferta que, consistente cubriendo sólo la mayor cuantía exigida para uno de los grupos, pretenda garantizar también la oferta para cualquiera de los demás, o que cubriendo el valor exigido para determinado grupo se pretenda también presentar oferta para otro grupo. De no presentarse en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo la forma señalada, la oferta será eliminada. La vigencia de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo la garantía de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar seriedad de la oferta será la estipulada en el proceso y que se imputará al precio, en caso Anexo 1 Pliegos Específicos de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo Contratación contados a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón partir de la consignación hora y día fijado para cierre del proceso. En todo caso, la garantía de dicha garantía y seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. NOTA: La vigencia de la garantía de seriedad de la oferta debe contemplar la totalidad del proceso de cierre, evaluación, aceptación y formalización del contrato. Normalmente, se estiman 45 días adicionales al proceso de evaluación. Se recomienda establecer un valor fijo en pesos o dólares para esta garantía, para que no se convierta en un valor diferenciador de costos en la propuesta, y tenga el mismo valor para todos. Este valor resulta del análisis de riesgos del contrato.  Garantías de Cumplimiento NOTA: En este casotexto se listan todos los amparos aplicables a los contratos. Sin embargo, es necesario determinar cuáles de ellos se requieren en el IDEA descontará contrato, teniendo en cuenta los resultados del análisis de riesgos del mismo. Se listan todos los amparos aplicables a los contratos. Sin embargo, En el anexo 1 Pliegos Específicos de Contratación se determinará cuáles de ellos se requieren en el contrato, su porcentaje y vigencia teniendo en cuenta los resultados del análisis de riesgos del mismo:  Amparo de buen manejo, correcta inversión y reintegro del anticipo. El amparo de anticipo comprenderá, además de la suma a devolverapropiación indebida (cobertura que también podrá denominarse de buen manejo), las coberturas de correcta inversión, amortización y devolución siempre y cuando sean compatibles con el tipo de contrato asegurado y sean exigidas en éste. Para los dineros correspondientes a efectos xxx xxxxxx de anticipo las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015expresiones: correcta inversión, una vez recibida la ofertaamortización y devolución, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame tendrán los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.siguientes significados:

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Samples: www.essa.com.co

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta Los oferentes deberán presentar una garantía de seriedadseriedad de la oferta, consistente en consignación un documento pagadero a favor la vista, a primer requerimiento e irrevocable, con las siguientes condiciones: BENEFICIARIO Municipalidad de Lo Barnechea RUT 00.000.000-0 VIGENCIA 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 XXXXX $500.000 (quinientos mil pesos chilenos). GLOSA “Para garantizar la seriedad de la oferta en la Licitación Pública ID 2735-41-LE22” En caso de extenderse el plazo de cierre de recepción de las ofertas, las garantías presentadas con anterioridad a la extensión del Instituto cierre y de acuerdo con los plazos establecidos en la apertura primitiva serán válidas para el Desarrollo proceso sin perjuicio de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en requerirse su prórroga si fuese necesario. En caso de serle adjudicado el contrato de compraventano prorrogarse, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en entenderá que el proponente incurra en razón oferente se desiste de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuestasu oferta. La caución con firma electrónica avanzada podrá ser ingresada al portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. En este caso, el IDEA descontará caso no se requerirá la entrega física en la Municipalidad. La garantía de seriedad de la suma oferta que no tenga firma electrónica o que, teniendo dicha firma, se opte por su entrega física, esto deberá hacerlo en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Lo Barnechea, en el Edificio del Centro Cívico ubicado en Xxxxxxx Xx Xxxxx 00.000, xxxxxx xx Xx Xxxxxxxxx. El horario de atención es de lunes a devolver, los dineros correspondientes jueves de 8:30 a las erogaciones antes mencionadas17:30 hrs. Conforme lo contempla y el artículo 2.2.1.2.2.1.10 viernes de 8:30 a 16:30 hrs. La entrega física se debe realizar indicando claramente la individualización del Decreto 1082 oferente y el ID de 2015, la licitación. La restitución de la garantía de seriedad de la oferta se realizará al oferente adjudicado una vez recibida que hubiere entregado la oferta, garantía de fiel cumplimiento de contrato y este mismo se hubiere suscrito. En el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo las garantías presentadas por aquellos proponentes declarados inadmisibles y/o no adjudicados, estas serán restituidas de incumplir acuerdo con lo señalado en los numerales 8.1.5 y 8.1.6 de las Bases Administrativas Generales, aprobadas por Decreto DAL N° 171 del 18 de febrero de 2019. Respecto a los demás requisitos y condiciones de pagoesta garantía, firma remitirse al numeral 8.1 de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónlas Bases Administrativas Generales.

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Samples: Aprueba Bases De Licitación Pública

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto Las Propuestas deberán presentarse para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar objeto establecido en el proceso presente Pliego de Condiciones, de conformidad con los requisitos establecidos en el mismo, sus Anexos y que se imputará Adendas. El Proponente deberá tener en cuenta al precioelaborar su Propuesta que, en caso de serle adjudicado resultar Adjudicatario, se le exigirá el contrato cumplimiento de compraventalos resultados previstos en los Apéndices del Contrato, consignación además de la obtención de los resultados que se desprendan de otras obligaciones a su cargo, contenidas en este Pliego y en sus Anexos, en especial la minuta del Contrato de Obra y sus Apéndices. Por lo tanto, deberá hacer los cálculos de costos, basados en sus propios estudios y capacidad tecnológica, necesarios para elaborar su propuesta económica, teniendo en cuenta que asumirá dichas obligaciones, así como los riesgos que el cumplimiento de las mismas conllevan, en los términos que se desprenden de las estipulaciones del Contrato de Obra. Los Apéndices del Contrato contienen exigencias mínimas sobre los procedimientos constructivos que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada adoptar el Contratista. Sin embargo, estos procedimientos mínimos deberán complementarse, profundizarse y/o mejorarse en el pliego lo que resulte necesario para garantizar la obtención de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido los resultados previstos en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimientomismos. En consecuencia, durante la ejecución del Contrato de Obra no se exigirá garantía adicional aceptará reclamación alguna, ni solicitud de extensión de plazos, ni solicitudes de compensaciones derivadas de pretendidas insuficiencias en dichos Apéndices. Las Propuestas constarán de dos (2) sobres separados. En el Sobre número 1 deberán incluirse los documentos que se establecen en el numeral 4.2.1 de este Pliego. En el Sobre número 2 deberá incluirse la Propuesta económica, según lo establecido en el numeral 4.2.2 de este Pliego. Cada Propuesta, original y copias, deberá incluirse en un sobre que los contenga, debidamente identificado de acuerdo a los oferentes lo establecido en el numeral 4.2 de este Pliego. Si las Propuestas contuvieren información confidencial o al compradorprivada, de acuerdo con la ley colombiana, deberá claramente indicarse tal calidad expresando las normas legales que le sirven de fundamento. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar En todo caso, Centrales de Transportes S.A. se reserva el derecho de revelar dicha información a sus agentes o asesores, con el fin de evaluar la Propuesta. CENTRALES DE TRANSPORTES S.A., sus agentes y asesores estarán obligados a mantener la confidencialidad de la información a la Entidad Estatal mantener que de acuerdo con la ley corresponda tal calidad. Sin embargo, CENTRALES DE TRANSPORTES S.A., sus empleados, agentes o asesores sólo responderán por los perjuicios derivados de la revelación de información confidencial o privada que contengan las Propuestas, en los términos establecidos en la Constitución Política -en especial el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante artículo 90- y en la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesarioley. En consideración al análisis del riesgo expuesto el caso que en el presente estudio, donde la Propuesta no se encuentran riesgos indique el carácter de confidencial de alguna información o no se citen las normas en que puedan afectar el equilibrio económico del contratose apoya dicha confidencialidad, CENTRALES DE TRANSPORTES S.A. no se hará responsable por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónsu divulgación.

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Samples: Prepliego De Condiciones

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El Para garantizar la seriedad de las obligaciones emanadas de la oferta cada proponente debe incluir en su propuesta presentar, dentro del plazo para presentar las propuestas técnicas y económica, una garantía de seriedadseriedad de la oferta, consistente que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista, u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva. Con, todo, la garantía de seriedad de la oferta deberá ser tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, emitida por una entidad con sucursal en consignación Chile, pagadera a favor del Instituto para el Desarrollo la vista, irrevocable, cuyo monto será de Antioquia -IDEA-$100.000.- (cien mil pesos chilenos), del valor equivalente al 20% del precio mínimo a la orden de venta del bien inmueble ofrecido en ventala Subsecretaría de Transportes, como requisito habilitante para participar Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vencimiento no inferior a 90 días hábiles, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. En caso que la Subsecretaría efectuare modificaciones a las bases, de conformidad con lo dispuesto en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el punto 2.7 del presente pliego de condiciones, el plazo de vencimiento antes referido se contará desde la nueva fecha de cierre de recepción de ofertas que se fije con el objeto de que los interesados en participar del proceso de licitación, puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. En el evento de que la garantía de seriedad de la oferta esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva. Asimismo, en el caso que el instrumento este constituido por una Póliza de Seguro, ésta deberá ser a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-organismos públicos, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condicionesejecución inmediata, sin liquidador, emitida en Unidades de Fomento o en pesos por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, la que haya lugar al reconocimiento deberá cubrir, ya sea a través de interesesendoso o cláusula, rendimientos e indemnizacionesel importe para los casos que se describen en este punto, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra su defecto, no deberá considerar en razón sus cláusulas la exclusión de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuestadichos importes. En este caso, previo a su entrega, el IDEA descontará proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la suma prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso de oferentes que se presenten en forma conjunta, conforme lo dispuesto en el punto 2.2 “Unión Temporal de Proveedores” de estas bases, la garantía de seriedad de oferta deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada físicamente, caso en el cual deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxx 0°, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a devolver14:00 horas, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla en un sobre cerrado señalando el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 nombre de 2015, una vez recibida la ofertalicitación, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, ID correspondiente y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registrosu anverso el nombre del oferente, o cualquier otro asunto derivado bien, podrá otorgarse electrónicamente, en cuyo caso deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx. El instrumento que garantice la seriedad de la oferta deberá llevar, en caso que la naturaleza del negocio jurídicoinstrumento lo permita, perderá la siguiente glosa: “Garantía de pleno derecho el valor consignado seriedad de la oferta en la licitación pública para la contratación del servicio de mantención, reparación, instalación, desinstalación, reubicación y traslado de equipos de aire acondicionado y extractores de aire para la Subsecretaría de Transportes, la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana y los programas dependientes que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOindican”, sin perjuicio o una redacción similar. Si dentro del plazo de vigencia de la garantía, la adjudicación respectiva no estuviera totalmente tramitada, la Subsecretaría solicitará a los oferentes, antes de la fecha de expiración de la garantía, la prórroga de ésta por un plazo de 90 días corridos. Si el oferente no renovare el documento de garantía, se le tendrá por desistido de su oferta. En el evento que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, garantía no se exigirá garantía adicional a los oferentes presente dentro del plazo establecido en el literal a) del punto 2.5 o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto cumpla con lo dispuesto en el presente estudiopunto, donde no la oferta será declarada inadmisible. La caución de seriedad de la oferta se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contratohará efectiva unilateralmente, por la naturaleza del mismovía administrativa, se considera innecesario exigir garantías adicionales para por la presente contratación.Subsecretaría, en los siguientes casos:

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Samples: www.mtt.gob.cl

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. De conformidad a lo establecido en el artículo 32del Acuerdo 006de 2014 “Por el cual se adopta el Manual de Contratación de la ESE IMSALUD”, El proponente debe incluir en su deberá garantizar el cumplimiento de la propuesta que hace dentro de la presente convocatoria públicay la suscripción consiguiente del respectivo contrato, mediante la constitución de una póliza de garantía de seriedadseriedad de la oferta, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ESE IMSALUD, eloferente suscribirá a favor de la ESE IMSALUD, póliza de seriedad de la oferta en cuantía igual al 10% del valor equivalente total de la oferta por una vigencia de 3 meses contados a partir del día de cierre de esta invitación. Cuando la propuesta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la póliza debe estar constituida a nombre del mismo, indicando sus integrantes y no a nombre del representante legal designado por ellos; Esta Garantía se hará efectiva al 20% proponente seleccionado cuando no proceda dentro del precio mínimo plazo estipulado en estos parámetros de venta del bien inmueble ofrecido en ventacontratación, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado a suscribir el contrato o a constituir las garantías. La no presentación de compraventala garantía dará lugar a la no evaluación de la propuesta Si el nombre del beneficiario, consignación que deberá hacerse con cargo afianzado y/o tomador no es el correcto, si la vigencia de la póliza o el monto de la misma no está conforme a una cuenta designada lo solicitado en el pliego los pliegos de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado deberá allegar dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar día hábil siguiente al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón recibo de la consignación respectiva solicitud, el certificado de dicha modificación. La garantía y de seriedad de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimientoincumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos: • La no suscripción seleccionado. En consecuenciadelcontrato sin justa causa por parte del proponente • La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contratose prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no se exigirá excedan un término de tres meses. • La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a de cumplimiento exigida por la Entidad Estatal mantener entidad para amparar el valor consignado para otro proceso incumplimiento de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico las obligaciones del contrato, . • El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. • La suficiencia de esta garantía será verificada por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para entidad contratante almomento de la presente contrataciónevaluación de las propuestas. • El proponente deberá anexar el recibo de pago de la prima de la póliza.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Cuando la licitación sea por un monto superior a 2.000 UTM, el oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías, equivalentes en su propuesta una garantía de seriedadtotal, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar monto que indique la entidad licitante en el proceso Anexo N°4 y que se imputará al preciono podrá superar el 5% de monto total disponible o estimado para la licitación. Si el oferente presenta más de una propuesta, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada, en caso los términos indicados en la presente cláusula. Con todo, el oferente podrá presentar una única garantía que cubra todas sus ofertas o bien, instrumentos separados. La(s) garantía(s) debe(n) ser entregada(s) en la dirección de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada la entidad licitante indicada en el pliego Anexo N°4, dentro del plazo para presentación de condicionesofertas, si fueran en soporte de papel, y en el horario de atención a favor los oferentes que allí se indique. Si la(s) garantía(s) fuera(n) en soporte electrónico, se debe(n) presentar en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, dentro del Instituto plazo para ofertar. Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el Desarrollo carácter de Antioquia -IDEA-irrevocable, tal como lo establece y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 2.2.1.2.2.1.10 31 del Decreto 1082 reglamento de 2015la ley N° 19.886. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada Si corresponde por la naturaleza del instrumento, éste incluirá una glosa que señale que se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en otorga para garantizar la seriedad de la oferta, individualizando el respectivo pliego proceso de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha compra. La garantía y de deberá tener como vigencia mínima desde la presentación de la propuestaoferta hasta la suscripción del contrato entre el respectivo órgano público comprador y el proveedor adjudicado. En Si se lleva a cabo una readjudicación este casoplazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Será responsabilidad del oferente mantener vigente la garantía, el IDEA descontará debiendo reemplazarla si por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula. Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y RUT de la suma a devolverentidad licitante, los dineros correspondientes a indicado en el Anexo N°4 de las erogaciones antes mencionadasbases. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por la entidad reclame licitante en los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.siguientes casos:

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Samples: s3.amazonaws.com

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente 19.1 Si se solicita en los DDL, el Licitante deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. En caso de presentarse una Garantía de Seriedad de la Oferta, esta debe incluir ser por el monto especificado en su propuesta los DDL. 19.2 Para la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se usará el formulario correspondiente que figura en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 19.3 Si se solicita una Garantía de Seriedad de la Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, dicha garantía deberá ser presentada en cualquiera de la siguientes formas: (a) una garantía bancaria incondicional emitida por un banco o aseguradora; (b) una carta de seriedadcrédito irrevocable; (c) un cheque de gerencia o cheque certificado; o (d) otra garantía definida en los DDL, consistente en consignación a favor emitida por una institución de prestigio de un país elegible. Si la garantía incondicional es emitida por una aseguradora o una compañía avalista situada fuera del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-país del Contratante, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en el proceso y país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía. Si se trata de una garantía bancaria, la Garantía de Seriedad de Oferta deberá presentarse utilizando ya sea el formulario de Garantía de Seriedad de Oferta que se imputará al precioincluye en la Sección IV, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón Formularios de la consignación de dicha garantía y de Oferta, u otro formato sustancialmente similar aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la propuestaOferta. En este cualquier caso, el IDEA descontará formulario deberá incluir el nombre completo del Licitante. La Garantía de Seriedad de Oferta será válida por un período de veintiocho (28) días posteriores a la fecha límite de validez de la suma a devolverOferta, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir cualquier período de prórroga, si ésta se hubiera solicitado de conformidad con la subcláusula 18.2 de las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónIAL.

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Samples: www.argentina.gob.ar

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El Cada proponente debe incluir en deberá constituir junto con su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación seriedad de la oferta a cargo del proponente y a favor de la AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES REGIONAL ATLÁNTICO, identificada con NIT.806.005.775-6, mediante cualquiera de los mecanismos de cobertura del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar riesgo establecidos en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial, con una vez recibida vigencia desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa Contractual, no obstante, no podrá ser inferior a tres (3) meses. En el evento que la propuesta sea presentada en consorcio o unión temporal, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes, no a nombre de sus representantes legales, y debe expresar claramente que será exigible por su valor total ante el incumplimiento en que incurran cualquiera de los integrantes del grupo proponente, en todo o en parte, derivado del incumplimiento de las obligaciones amparadas. El pago de la garantía, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter sancionatorio derivado del incumplimiento de la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio del derecho que le asiste la AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES REGIONAL ATLÁNTICO, de que exigir por los medios reconocidos en Colombia la entidad reclame indemnización de los perjuicios derivados del incumplimientoque con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional Las ofertas deben tener el término de validez de tres (3) meses contados a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a partir de la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso fecha definitiva de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para cierre de la presente contrataciónselección. La validez de la oferta se entenderá acreditada con la garantía de seriedad de la propuesta y se entiende prorrogada la vigencia con la ampliación del término de dicha póliza.

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Samples: Pliego De Condiciones Selección Abreviada Código. Ct Fo 34

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El Presentar la Garantía de seriedad de la oferta del 10% del valor establecido del presupuesto para el presente proceso. Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, la garantía de seriedad de la propuesta deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. Para garantizar la seriedad de la oferta, cada oferente debe incluir en su propuesta constituir a favor del MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL, NIT 899.999.001-7 una garantía de seriedadseriedad de la oferta a FAVOR DE ENTIDADES OFICIALES por cualquiera de los métodos admitidos para este criterio de conformidad con las reglas establecidas por el Decreto 1082 de 2015; si esta es una póliza, consistente deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo Colombia. El valor de Antioquia -IDEA-, la garantía deberá ser por la suma equivalente al 10% del valor equivalente de la oferta conforme al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta La vigencia mínima debe ser por noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección; en todo caso el amparo de la garantía de seriedad de la oferta deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampare la actividad contractual, para lo cual, el Ministerio de Educación Nacional, requerirá a los proponentes para que realicen la ampliación de los plazos de la vigencia, de ser el caso. Cuando la oferta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la garantía debe ser tomada a nombre del Consorcio o Unión Temporal y sus integrantes, en este caso, debe quedar claro en la garantía los integrantes del consorcio o unión temporal y su participación en el mismo. Si la garantía no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado constituye en los términos señalados, la entidad, dentro del término establecido de evaluación de las ofertas, requerirá por escrito al oferente para que, dentro del día siguiente, presente el documento aclarado; si el oferente no lo presenta oportunamente y en la forma debida, la Entidad se abstendrá de evaluar la oferta y será tendrá como no habilitada. Si el respectivo pliego oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente contrato, el Ministerio, se reserva la facultad, de condicionesexigir al oferente clasificado en segundo (2°) lugar, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón la prórroga de la consignación de dicha garantía y vigencia de la presentación garantía de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará seriedad de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, hasta la expedición de los contratos, y así sucesivamente a los demás oferentes; siempre y cuando, su oferta sea favorable para el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEMinisterio. Las deficiencias en los elementos de la garantía serán subsanables dentro del término fijado por el Ministerio de Educación Nacional, en requerimiento previo a la adjudicación. Presentar Fotocopia del documento de identidad del representante legal y/o del apoderado. El Ministerio consultará en la página web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios del proponente, y en caso la página web de hacerlo o la Contraloría General de incumplir las condiciones la República el Boletín de pagoResponsables Fiscales. No obstante, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que con la propuesta se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónpodrán anexar dichos certificados.

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Samples: www.mineducacion.gov.co

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en Los oferentes deben constituir y presentar con su propuesta propuesta, una garantía de seriedad, consistente seriedad de la oferta representada en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo póliza expedida por una entidad bancaria o por una compañía de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido seguros legalmente establecida en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condicionesColombia, a favor del Instituto Departamento de Boyacá, por una suma igual al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto estimado para el Desarrollo caso de Antioquia -IDEA-las garantías y con una vigencia de cuatro (4) meses, tal como lo establece contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de ofertas. Cuando la oferta sea presentada por un consorcio o unión temporal, la garantía se tomará a nombre del consorcio o unión temporal, y no de sus integrantes, indicando sus integrantes y porcentaje de participación. Si la garantía de seriedad no se constituye por el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 monto requerido o su vigencia resulta inferior, el Departamento de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado Boyacá, dentro del término establecido de evaluación de ofertas, requerirá por escrito al oferente para que dentro del día hábil siguiente presente el documento aclarado. Si el oferente no lo presenta oportunamente y en la forma debida, el respectivo pliego DEPARTAMENTO DE BOYACA se abstendrá de condicionesestudiar la oferta. Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el contrato dentro del término previsto para el efecto, sin que haya el DEPARTAMENTO DE BOYACA se reserva la facultad de adjudicar el contrato al oferente clasificado en segundo (2°) lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón y la prórroga de la consignación de dicha garantía y vigencia de la presentación garantía de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará seriedad de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, hasta el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico perfeccionamiento del contrato, por la naturaleza del mismoy así sucesivamente a los demás oferentes, se considera innecesario exigir garantías adicionales siempre y cuando su oferta sea favorable para la presente Entidad. Si el DEPARTAMENTO DE BOYACA llegare a prorrogar el término de cierre del proceso de contratación, solicitará al proponente seleccionado que amplíe la validez de la propuesta y la vigencia de la garantía de seriedad por el tiempo que se requiera para la suscripción del contrato.

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Samples: Pliego De Condiciones

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en deberá anexar a su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condicionesoferta, a favor del Instituto FONDO, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor Presupuesto Oficial Estimado la cual deberá estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta hasta la suscripción y perfeccionamiento del contrato y deberá contar con un plazo igual o superior a 90 días calendario. Si por necesidades del proceso de contratación el plazo para dicho perfeccionamiento se llegare a prorrogar, el Desarrollo oferente deberá prorrogar la garantía de Antioquia -IDEA-seriedad de la oferta por igual término y hasta por un plazo igual al inicialmente pactado. Esta garantía podrá consistir en póliza de seguro o garantía bancaria, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 otorgada por una compañía de 2015seguros o una entidad bancaria, respectivamente, la cual deberá encontrarse legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada Si se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido trata de una garantía bancaria, la entidad correspondiente deberá actuar por su cuenta incluso en el respectivo pliego calidad de condicionescorresponsal, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras ello atenúe su responsabilidad o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón deteriore la calidad de la consignación garantía, la cual deberá ser irrevocable y exigible a favor del FONDO a primer requerimiento, renunciando al beneficio de dicha excusión. En caso de otorgar la garantía mediante póliza de seguros, ésta deberá corresponder a la Póliza de Cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN. La garantía debe constituirse por el OFERENTE, a favor del FONDO ADAPTACIÓN NIT 900.450.205-8. Adicionalmente, con el fin de verificar si los proponentes tienen antecedentes fiscales, disciplinarios o judiciales, que los inhabiliten para participar en este proceso de contratación o celebrar el contrato correspondiente, EL FONDO consultará el Boletín de Responsables Fiscales, el SIRI y el servicio en línea sobre la información judicial administrada por la Policía Nacional, en cumplimiento de las disposiciones del inciso 3, artículo 60, de la presentación Ley 610 de 2000,y de la propuestaLey 90 de 1995 y del Decreto 019 de 2012, respectivamente, e imprimirá la certificación o constancia correspondientes. En este caso, Debe encontrarse inscrito en el IDEA descontará RUT siempre que se trate de oferente sujeto de obligaciones administradas y controladas por la DIAN. EL FONDO verificará el cumplimiento de la suma a devolvercapacidad jurídica de los proponentes mediante la revisión y estudio de los documentos aportados por estos para acreditarla y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo según que cumplan o de incumplir no las condiciones y requisitos establecidos con anterioridad. Los proponentes deben cumplir los siguientes requisitos mínimos de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.carácter financiero:

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Samples: fondoadaptacion.gov.co

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Para participar en esta Convocatoria, el Proponente deberá constituir a favor del CONTRATANTE una garantía de seriedad de la oferta por una cuantía de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 500.000.000,00). Su vigencia será, como mínimo, de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la Convocatoria. Para la presentación de la oferta el Proponente deberá igualmente adjuntar el recibo de pago correspondiente a la prima respectiva. La garantía de seriedad podrá ser una garantía bancaria o una póliza de seguros, expedida por una entidad bancaria o una compañía de seguros, legalmente establecidas en Colombia, sujeta a la vigilancia de la Superintendencia Financiera, la que deberá adjuntarse a la propuesta. Dicha póliza de garantía no podrá tener cláusulas excluyentes adicionales a las señaladas en su propuesta una texto, y será devuelta al adjudicatario, dentro de los veinte (20) días calendarios siguientes al inicio de la ejecución del Contrato de Operación. En todo caso, la garantía de seriedad de la oferta favorecida y la del Proponente que ocupe el segundo lugar en el orden de elegibilidad, deberán mantenerse vigentes hasta que se aprueben por parte del CONTRATANTE las garantías indicadas en el Contrato de Operación. El valor de la prima adicional correspondiente por las prórrogas aquí indicadas, deberá ser cancelado por los Proponentes. Con el fin que la póliza cubra la posible extensión o prórroga del plazo de la Convocatoria, la garantía de seriedad de la oferta deberá especificar expresamente que la vigencia originalmente pactada será objeto de prórroga automática en el caso de que el CONTRATANTE resuelva ampliar los plazos previstos para la presentación de Propuestas y/o para la evaluación y adjudicación del Contrato de Operación y/o para su suscripción y/o para la constitución de garantías, hasta por un plazo máximo de ciento veinte días (120) más; o manifestar el compromiso incondicional tanto del asegurador como del asegurado de efectuar la prórroga respectiva, por un plazo igual al de la ampliación o ampliaciones determinadas por el CONTRATANTE, hasta por un plazo máximo de noventa (90) días más; en este caso, el anexo modificatorio debe remitirse al CONTRATANTE dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que sea recibida la prórroga correspondiente. La garantía de seriedad de la oferta deberá ser otorgada incondicionalmente a favor de la “EMPRESA REGIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE TOCAIMA Y AGUA DE DIOS E.S.P. - TOCAGUA E.S.P.”. Cuando la oferta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal, la póliza de garantía de seriedad de la oferta debe ser tomada a nombre de todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, y no a nombre del representante del Consorcio o Unión Temporal. En estos casos, se podrá demandar de uno, de varios o de todos los miembros, el monto total de la garantía de seriedad, consistente de acuerdo con lo que decida el CONTRATANTE. La presentación de la garantía de seriedad de la oferta, se considerará un elemento esencial para la comparación de las propuestas y por lo tanto la ausencia de dicha garantía producirá el rechazo de la propuesta. Si la garantía se presenta, pero adolece de errores en consignación a favor del Instituto para su constitución, el Desarrollo de Antioquia -IDEA-CONTRATANTE podrá solicitar su corrección, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en de evaluación de las propuestas. Si dicha corrección no se entrega por el respectivo pliego de condicionesProponente, sin que haya lugar al reconocimiento de interesesa satisfacción del CONTRATANTE, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en se entenderá que el proponente incurra en Proponente carece de voluntad de participación y su Propuesta será rechazada. Las garantías de seriedad constituidas por los Proponentes que no resulten seleccionados les serán devueltas dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha de inicio de ejecución del Contrato de Operación. Si por cualquier razón no se obtiene la efectividad de la consignación garantía de dicha garantía y seriedad de la propuesta, el CONTRATANTE podrá demandar por la vía ejecutiva el valor asegurado, para lo que prestará mérito suficiente la oferta del Proponente, ya que queda expresamente claro que la sola presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará constituye aceptación plena de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir todas las condiciones establecidas en estos Pliegos de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónCondiciones.

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Samples: Contrato De Condiciones Uniformes

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en deberá presentar con su propuesta oferta una garantía de seriedadseriedad de la oferta, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo particulares constituyendo como beneficiario a la EMPRESA DISTRIBUIDORA XXX XXXXXXXX S.A. E.S.P. – DISPAC S.A. E.S.P. Esta póliza tiene como objeto garantizar la seriedad de venta del bien inmueble ofrecido la oferta en venta, como requisito habilitante para participar caso de resultar favorecido en el proceso de invitación, atendiendo los términos y que plazos estipulados. La garantía de seriedad deberá ser expedida por una entidad bancaria o de seguros legalmente autorizada para operar en Colombia, y se imputará constituirá por una suma igual al precio, en caso diez por ciento (10%) del valor total de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, vigente por el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEtermino de sesenta (60) días calendario contados a partir de la recepción de la oferta, adjuntando el recibo de pago de la prima. Si el proponente a quien se adjudique el contrato no lo suscribe dentro los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de adjudicación, DISPAC podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en segundo lugar, sin perjuicio de la ejecución de la garantía de seriedad de la oferta disponiendo de su valor a título de indemnización de perjuicios; lo anterior sin perjuicio de las acciones legales y sanciones contractuales a que haya lugar. A los proponentes no favorecidos se les devolverá, si así lo solicitan, la garantía de seriedad de la oferta dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la adjudicación, y al adjudicatario, cuando este perfeccionado el contrato. Los proponentes se obligan a mantener vigente y renovar la póliza de seriedad hasta la adjudicación y en caso de hacerlo prorrogarse cuando sea necesario y así se le exija; su no renovación o presentación es causal de incumplir las condiciones rechazo de pago, firma la oferta. La omisión de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá este requisito conlleva al rechazo de pleno derecho la oferta. Si el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio asegurado de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, garantía no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener cubre el valor consignado para otro proceso solicitado del valor de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesariooferta o si la vigencia de la misma no cubre el termino exigido en este pliego será motivo de eliminación de la oferta. En consideración al análisis del riesgo expuesto en Mediante dicha caución el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.oferente garantizará:

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Samples: dispac.com.co

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta una Para garantizar los eventos de no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón seriedad de la consignación oferta, el retiro de dicha garantía y la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas, la propuesta. En este casono suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario y la falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato, el IDEA descontará proponente deberá otorgar cualquiera de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla garantías establecidas en el artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.2. del Decreto 1082 de 2015, como garantía de seriedad de la propuesta y entregarla junto con la propuesta, a favor de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS, NIT 900.126.860-4, en una vez recibida la cuantía de por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto del grupo o grupos a los cuales se presenta oferta, incluido el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEIVA, con una vigencia de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha límite de presentación de la(s) oferta(s). La garantía podrá ser expedida por una entidad bancaria o por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, debidamente autorizada por la Superintendencia Financiera. En caso de presentarse participación de consorcio o unión temporal, la garantía de seriedad de la propuesta deberá ser tomada por cada uno de los integrantes, indicando, su porcentaje de participación y debe estar suscrita por el representante legal del mismo. En caso de prórroga del plazo del proceso de selección y/o adjudicación del mismo, la garantía de seriedad se deberá ampliar por el término de dicha prórroga. Igualmente, en caso de prórroga del plazo para la suscripción del contrato, la constitución de las garantías, el adjudicatario o contratista, según sea el caso, deberá ampliar la garantía de seriedad por el período de la prórroga, si la vigencia inicial no cubre este nuevo término. Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el adjudicatario no cumpliere las condiciones y obligaciones establecidas en el Pliego de Condiciones, y en caso especial la de hacerlo suscribir oportunamente el contrato, contribuir a la legalización del mismo dentro del término señalado o a mantener lo ofrecido en su propuesta, la garantía de incumplir seriedad se hará efectiva a favor de la UAESP, pudiendo la entidad, recurrir a las condiciones de pagodemás acciones civiles y penales que puedan ser instauradas. En todo caso, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de para que la entidad reclame garantía de seriedad sea aprobada por la UAESP deberá cumplir como mínimo con los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto requisitos determinados en el presente estudionumeral y el Decreto 1082 de 2015 para el mecanismo de cobertura del riesgo otorgado por el oferente. La UAESP devolverá, donde a solicitud de los proponentes no favorecidos en el presente proceso de selección, la garantía de seriedad de la propuesta, una vez se encuentran riesgos que puedan afectar suscriba el equilibrio económico respectivo contrato. NOTA: La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta NO será subsanable y será causal de rechazo de la propuesta presentada, lo anterior de acuerdo con lo señalado en el parágrafo 3° del contrato, por artículo 5 de la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónLey 1882 de 2018.

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Samples: Concurso De Meritos

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. 17.1 El proponente debe incluir Licitante deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en su propuesta el formulario original especificado en los DDL. 17.2 La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en la moneda del país del Comprador o en una moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a opción del Licitante, adoptar la forma de una carta de crédito, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de seriedadprestigio seleccionada por el Licitante y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la fianza está localizada fuera del país del Comprador, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar deberá tener una sucursal financiera en el proceso y país del Comprador que se imputará al precio, en caso permita hacer efectiva la fianza; (c) estar sustancialmente de serle adjudicado el contrato acuerdo con alguno de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón los formularios de la consignación Garantía de dicha garantía y Seriedad de Oferta incluidos en la Sección IX, Formularios de Garantías, u otro formulario aprobado por el Comprador con anterioridad a la presentación de la propuestaoferta; (d) ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Comprador en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAL. En este caso, el IDEA descontará (e) ser presentada en original; no se aceptarán copias; (f) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la suma validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAL; 17.3 Si la Subcláusula 17.1 de las IAL exige una Garantía de Seriedad de la Oferta o un Manifiesto de Garantía de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a devolverlo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Comprador por incumplimiento. 17.4 La Garantía de Seriedad de la Oferta de los dineros correspondientes Licitantes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan prontamente como sea posible después que el Licitante adjudicado suministre su Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 35 de las IAL. 17.5 La Garantía de Seriedad de la Oferta se podrá hacer efectiva o el Manifiesto de Garantía de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) un Licitante retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Licitante en el Formulario de Oferta, salvo a lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las erogaciones antes mencionadasIAL; o (b) si el Licitante seleccionado: (i) no firma el contrato de conformidad con la Cláusula 34 de las IAL; (ii) no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 35 de las IAL; 17.6 La Garantía de Seriedad de la Oferta o el Manifiesto de Garantía de la Oferta de una Asociación en Participación o Consorcio deberá ser emitido en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio que presenta la oferta. Conforme lo contempla Si dicha Asociación o Consorcio no ha sido legalmente constituido en el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 momento de 2015, una vez recibida presentar la oferta, la Garantía de Seriedad de la Oferta o el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y Manifiesto de Garantía de la Oferta deberá estar en caso nombre de hacerlo todos los futuros socios de la Asociación o Consorcio tal como se denominan en la carta de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto intención mencionada en el presente estudioFomulario de Información sobre el Licitante, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contratoincluido en la Sección III, por Formularios de la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónOferta.

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Samples: www.minedu.gob.pe

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El Para garantizar la seriedad de las obligaciones emanadas de la oferta, cada proponente debe incluir en su propuesta deberá presentar, dentro del plazo de cierre de recepción de las propuestas técnicas y económicas, una garantía de seriedadseriedad de la oferta, consistente que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista, u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva. Con todo, la garantía de seriedad de la oferta deberá ser tomada por el oferente, por uno o varios integrantes de la unión temporal de proveedores o por un tercero a su nombre, emitida en consignación pesos chilenos, por una entidad con sucursal en Chile, pagadera a favor del Instituto para el Desarrollo la vista e irrevocable, cuyo monto será de Antioquia -IDEA-$300.000.- (trescientos mil pesos chilenos), del valor equivalente al 20% del precio mínimo a la orden de venta del bien inmueble ofrecido en ventala Subsecretaría de Transportes, como requisito habilitante para participar Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vencimiento no inferior a 90 días hábiles, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. En caso que la Subsecretaría efectuare modificaciones a las bases, de conformidad con lo dispuesto en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el punto 2.7 del presente pliego de condiciones, el plazo de vencimiento antes referido se contará desde la nueva fecha de cierre de recepción de ofertas que se fije con el objeto de que los interesados en participar del proceso de licitación, puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. En el evento de que la garantía de seriedad de la oferta esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva. Asimismo, en el caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor del Instituto de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula arbitral, extendida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Desarrollo Mercado Financiero, pudiendo emitirse en Unidades de Antioquia -IDEA-Fomento, tal como lo establece y deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 importe para los casos que se describen en este punto o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuestadichos importes. En este caso, al momento de su entrega, el IDEA descontará proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la suma prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. En caso de oferentes que se presenten en forma conjunta, conforme lo dispuesto en el punto 2.2.2 “Unión Temporal de Proveedores” de estas bases, la garantía de seriedad de oferta deberá estar constituida por un instrumento único. La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx X° 000, xxxx 0°, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a devolver14:00 horas, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla en un sobre cerrado señalando el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 nombre de 2015, una vez recibida la ofertalicitación, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, ID correspondiente y en su anverso el nombre del oferente. En caso de hacerlo otorgarse electrónicamente, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx o podrá subirse al portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx junto con los antecedentes administrativos de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al compradorrespectiva oferta. El oferente instrumento que no resulte adjudicatario puede solicitar a garantice la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso seriedad de enajenación la oferta deberá llevar, en caso que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismoinstrumento lo permita, la siguiente glosa: “Garantía de seriedad de la oferta en la licitación pública para la contratación del servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional xx Xxxxxxxxxx N° 139, de la Subsecretaría de Transportes”, o una redacción similar. Si dentro del plazo de vigencia de la garantía, la adjudicación respectiva no estuviera totalmente tramitada o suscrito el contrato, la Subsecretaría solicitará a los oferentes, antes de la fecha de expiración de la garantía, su prórroga por 90 días hábiles, entendiéndose prorrogada la vigencia de las ofertas por igual plazo. Si el oferente no renovare el documento de garantía, se considera innecesario exigir garantías adicionales para le tendrá por desistido de su oferta. En el evento que la garantía no se presente contratación.dentro del plazo establecido en el literal

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Samples: www.mtt.gob.cl

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. De conformidad a lo establecido en el Acuerdo 016 de 2017 “Por el cual se adopta el Estatuto contractual de la ESE IMSALUD”, El proponente debe incluir en su deberá garantizar el cumplimiento de la propuesta que hace dentro de la presente convocatoria públicay la suscripción consiguiente del respectivo contrato, mediante la constitución de una póliza de garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo seriedad de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condicionesla oferta, a favor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ESE IMSALUD, eloferente suscribirá a favor de la ESE IMSALUD, póliza de seriedad de la oferta en cuantía igual al 10% del Instituto para el Desarrollo valor total de Antioquia -IDEA-la oferta por una vigencia de 3 meses contados a partir del día de cierre de esta invitación. Cuando la propuesta la presente un Consorcio o Unión Temporal, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 la póliza debe estar constituida a nombre del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta mismo, indicando sus integrantes y no fuere seleccionada a nombre del representante legal designado por ellos; Esta Garantía se le devolverá el valor consignado hará efectiva al proponente seleccionado cuando no proceda dentro del término establecido plazo estipulado en estos parámetros de contratación, a suscribir el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto contrato o a constituir las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón garantías. La no presentación de la consignación de dicha garantía y de dará lugar a la presentación no evaluación de la propuesta. En este casoSi el nombre del beneficiario, afianzado y/o tomador no es el correcto, si la vigencia de la póliza o el monto de la misma no está conforme a lo solicitado en los pliegos de condiciones, deberá allegar dentro del día hábil siguiente al recibo de la respectiva solicitud, el IDEA descontará certificado de modificación. La garantía de seriedad de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimientoincumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos: • La no suscripción seleccionado. En consecuenciadelcontrato sin justa causa por parte del proponente • La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contratose prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no se exigirá excedan un término de tres meses. • La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a de cumplimiento exigida por la Entidad Estatal mantener entidad para amparar el valor consignado para otro proceso incumplimiento de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico las obligaciones del contrato, . • El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. • La suficiencia de esta garantía será verificada por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para entidad contratante almomento de la presente contrataciónevaluación de las propuestas. • El proponente deberá anexar el recibo de pago de la prima de la póliza.

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Samples: Contrato De Prestacion De Servicios

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente 19.1 Si se solicita en los DDL, el Licitante deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. En caso de presentarse una Garantía de Seriedad de la Oferta, esta debe incluir ser por el monto especificado en su propuesta los DDL. 19.2 Para la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se usará el formulario correspondiente que figura en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 19.3 Si se solicita una Garantía de Seriedad de la Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, dicha garantía deberá ser presentada en cualquiera de la siguientes formas: (a) una garantía incondicional emitida por un banco o aseguradora; (b) una carta de seriedadcrédito irrevocable; (c) un cheque de gerencia o cheque certificado; o (d) otra garantía definida en los DDL, consistente en consignación a favor emitida por una institución de prestigio de un país elegible. Si la garantía incondicional es emitida por una aseguradora o una compañía avalista situada fuera del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-país del Contratante, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en el proceso y país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía. Si se trata de una garantía bancaria, la Garantía de Seriedad de Xxxxxx deberá presentarse utilizando ya sea el formulario de Garantía de Seriedad de Oferta que se imputará al precioincluye en la Sección IV, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón Formularios de la consignación de dicha garantía y de Oferta, u otro formato sustancialmente similar aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la propuestaOferta. En este cualquier caso, el IDEA descontará formulario deberá incluir el nombre completo del Licitante. La Garantía de Seriedad de Oferta será válida por un período de veintiocho (28) días posteriores a la fecha límite de validez de la suma a devolverOferta, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir cualquier período de prórroga, si ésta se hubiera solicitado de conformidad con la subcláusula 18.2 de las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónIAL.

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Samples: www.contratacionobras.gob.ec

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Manual de Contratación de la entidad, los oferentes deberán otorgar como mecanismo de cobertura, una póliza de seguros expedida en formato único a favor de entidades estatales, la cual debe constituirse por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial . Las cifras del valor de la póliza deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil inmediato, teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, si el decimal es de 50 a 99. Dicha garantía debe estar constituida a favor deL ICETEX, con una vigencia mínima aproximada de tres (3) meses contados a partir de la fecha de presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual; debe estar referida al presente proceso de contratación y encontrarse firmada por quien emite dicha garantía. Si el proponente es persona natural y tiene establecimiento de comercio, el tomador debe incluir ser la persona natural y no su establecimiento de comercio. En caso que la fecha de cierre de la selección se amplíe, debe tenerse en su propuesta una cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la garantía. La garantía de seriedadseriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, consistente en consignación a favor los siguientes eventos: La no suscripción del Instituto contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el Desarrollo término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de Antioquia -IDEA-tres meses. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del valor equivalente al 20% del precio mínimo contrato. El retiro de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante la oferta después de vencido el término fijado para participar la presentación de las propuestas. Cuando la garantía de seriedad que presente el proponente presente incorrección en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida al presente proceso y que se imputará al precio, de selección o no allegarse las condiciones generales en caso de serle adjudicado póliza de seguros, el contrato de compraventaICETEX solicitará al proponente los documentos e información del caso, consignación que deberá hacerse para lo cual el oferente cuenta con cargo a una cuenta designada el plazo establecido en el pliego cronograma del proceso para anexarlo. Acreditar, con la certificación respectiva, estar dentro de condicioneslos seis (6) meses anteriores a la fecha de presentación de la oferta, x xxx y salvo con el pago de obligaciones asumidas por concepto de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx Xxxx, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda. Dicha certificación deberá encontrarse suscrita por la persona natural o su contador, o por el revisor fiscal o representante legal de la persona jurídica, según sea el caso. En caso de ofertas conjuntas, cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe allegar este documento. De acuerdo con lo establecido en el Decreto Reglamentario No. 2286 de 2003, los proponentes que se encuentren excluidos del pago de los aportes al régimen de subsidio familiar, SENA e ICBF, deberán acreditar dicha situación presentando el certificado de exclusión emitido por la Caja de Compensación Familiar a favor del Instituto para la cual se encuentren afiliados o por el Desarrollo SENA y el ICBF cuando les corresponda certificarlo. La Entidad se reserva el derecho de Antioquia -IDEA-verificar con las respectivas Entidades la información que suministran los proponentes. Si se advierten discrepancias entre la información suministrada y lo establecido por la Entidad, tal como la propuesta será rechazada. Cuando el proponente no xxxxxxx con su oferta la certificación de que trata este numeral o la misma requiera aclaraciones, el ICETEX se lo establece solicitará, quien contará con el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento cronograma del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado proceso para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónallegarla.

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Samples: web.icetex.gov.co

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente 19.1 Si se solicita en los DDL, el Licitante deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. En caso de presentarse una Garantía de Seriedad de la Oferta, esta debe incluir ser por el monto especificado en su propuesta los DDL. 19.2 Para la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se usará el formulario correspondiente que figura en la Sección IV, Formularios de la Oferta. 19.3 Si se solicita una Garantía de Seriedad de la Oferta según se estipula en la subcláusula 19.1 de las IAL, dicha garantía deberá ser presentada en cualquiera de la siguientes formas: (a) una garantía bancaria incondicional emitida por un banco o aseguradora; (b) una carta de seriedadcrédito irrevocable; (c) un cheque de gerencia o cheque certificado; o (d) otra garantía definida en los DDL, consistente en consignación a favor emitida por una institución de prestigio de un país elegible. Si la garantía incondicionales emitida por una aseguradora o una compañía avalista situada fuera del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-país del Contratante, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en el proceso y país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía. Si se trata de una garantía bancaria, la Garantía de Seriedad de Oferta deberá presentarse utilizando ya sea el formulario de Garantía de Seriedad de Oferta que se imputará al precioincluye en la Sección IV, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón Formularios de la consignación de dicha garantía y de Oferta, u otro formato sustancialmente similar aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la propuestaOferta. En este cualquier caso, el IDEA descontará formulario deberá incluir el nombre completo del Licitante. La Garantía de Seriedad de Oferta será válida por un período de veintiocho (28) días posteriores a la fecha límite de validez de la suma a devolverOferta, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir cualquier período de prórroga, si ésta se hubiera solicitado de conformidad con la subcláusula 18.2 de las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónIAL.

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Samples: www.obrapublica.com

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en oferente deberá anexar a su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condicionesoferta, a favor del Instituto Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial total estimado para el Desarrollo presente proceso, con una vigencia igual a tres (3) meses contada a partir de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido la fecha indicada en el respectivo pliego cronograma general para el cierre del proceso. Esta garantía podrá consistir en póliza de condicionesseguro o garantía bancaria, otorgada por una compañía de seguros o una Entidad bancaria, respectivamente, la cual deberá encontrarse legalmente establecida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera. Si se trata de una garantía bancaria, la Entidad correspondiente deberá actuar por su cuenta incluso en calidad de corresponsal, sin que ello atenúe su responsabilidad o deteriore la calidad de la garantía, la cual deberá ser irrevocable y exigible a favor de FONADE a primer requerimiento, renunciando al beneficio de excusión. En caso de otorgar la garantía mediante póliza de seguros, la cual deberá corresponder a la Póliza de Cumplimiento ANTE ENTIDADES PÚBLICAS CON RÉGIMEN PRIVADO DE CONTRATACIÓN (Esta condición debe constar en la póliza o en una certificación anexa) a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la oferta, la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser igualmente, ampliada. El oferente debe anexar el recibo de pago de la prima o documento equivalente, que certifique el pago de la misma so pena de dar aplicación de la causal de rechazo. NOTA: LA NO PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA AL MOMENTO DEL CIERRE DEL PROCESO SERÁ CAUSAL DE RECHAZO. IGUALMENTE, EN CASO QUE EL NÚMERO O EL OBJETO DEL PROCESO NO CORRESPONDA CON EL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN, EL OFERENTE INCURRIRÁ EN CAUSAL DE RECHAZO. Cuando el oferente sea persona natural deberá adjuntar una certificación emitida por la entidad promotora de salud, pensión y riesgos laborales cuando a ello haya lugar, expedida dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para la finalización del término para presentar ofertas, que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud, en pensiones y riesgos laborales cuando a ello haya lugar o fotocopia de las planillas de pago en donde conste que se encuentra al reconocimiento día por este concepto para la fecha de interesescierre del presente proceso, rendimientos e indemnizacionesel valor cancelado, ni el reconocimiento periodo de cotización, la fecha de pago y la entidad promotora de salud, pensión y riesgos laborales a la que se encuentre afiliado cuando a ello haya lugar, en los términos del impuesto Literal a) del Artículo 2 de la Ley 1562 de 2012 (Riesgos Laborales). En el caso que tenga personal a su cargo, deberá acreditar la correspondiente declaración juramentada (Ley 789 de 2002), incluida la contribución al Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción (FIC), conforme lo señalado por el Decreto 2375 de 1974 y la Resolución 2370 de 2008, cuando a ello haya lugar o en su defecto la declaración de no estar obligado al pago de dicha contribución. En el caso de personas jurídicas, deberán presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las transacciones financieras Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, incluida la contribución al Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción (FIC), conforme lo señalado por el Decreto 2375 de 1974 y la Resolución 2370 de 2008, cuando a ello haya lugar o en su defecto la declaración de no estar obligado al pago de dicha contribución. Dicho documento debe certificar que a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de dichos aportes correspondientes a los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberá aportar el certificado aquí exigido. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia, deberán acreditar este requisito o certificar las circunstancias que demuestren que no tiene obligaciones frente al sistema de Seguridad Social en Colombia. Cuando se presente certificación suscrita por Xxxxxxx Xxxxxx, deberá aportarse fotocopia de la Cédula de Ciudadanía, de la tarjeta profesional de contador y certificado vigente de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores. El artículo 60 de la Ley 610 de 2000, por medio del cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías, exige como requisito indispensable para nombrar, dar posesión o celebrar cualquier otro gasto tipo de contrato con el Estado, verificar que la correspondiente persona natural o jurídica según se trate, no se encuentra reportada en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de la República con periodicidad trimestral. Con el fin de acreditar el cumplimiento de la anterior obligación, FONADE verificará en el último boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República que el proponente incurra oferente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, no se encuentre(n) reportado(s) en razón dicho boletín., así como, el Representante de la consignación cada uno de dicha garantía los Consorciados y de la presentación figura asociativa. De conformidad con lo previsto en el artículo 1º de la propuestaLey 1238 de 2008 y con el fin de verificar los antecedentes disciplinarios del oferente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, toda vez que de las sanciones disciplinarias también se desprenden inhabilidades, FONADE verificará e imprimirá la consulta de los antecedentes disciplinarios realizada a través de la página web de la Procuraduría General de la Nación. De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto 0019 de 2012 y con el fin de verificar los antecedentes judiciales del oferente (persona natural o representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal), FONADE verificará e imprimirá la consulta de los antecedentes judiciales realizada a través de la página web de la Policía Nacional. En este caso que el oferente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas, la oferta será rechazada. De conformidad con lo previsto en el IDEA descontará artículo 183 de la suma Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia y con el fin de verificar que el oferente (persona natural o representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal) se encuentra al día en el pago de las multas establecidas en el Código Nacional de Policía y Convivencia, FONADE verificará e imprimirá la consulta realizada a devolvertravés de la página web de la Policía Nacional. En caso de que el oferente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, los dineros correspondientes a registre multas en el Registro Nacional de Medidas Correctivas y que las erogaciones antes mencionadasmismas no hayan sido canceladas en el plazo previsto para ello, incurrirá en causal de rechazo. Conforme lo contempla El oferente persona natural, jurídica nacional o extranjera y cada uno de sus integrantes cuando se trate de Consorcio o Unión Temporal, no puede(n) encontrarse incurso(s) en prácticas de colusión o en acuerdos restrictivos de la competencia con otras empresas o con el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 mercado. Para ello el oferente manifestará bajo la gravedad de 2015juramento ésta circunstancia y deberá diligenciar el FORMATO 19 - CERTIFICADO DE MANIFESTACIÓN DE NO INCURSIÓN EN PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS, una vez recibida la ofertaadjunto al presente documento, el cual deberá ser suscrito en documento individual por el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, persona natural o por el representante legal según sea el caso debidamente facultado para tal fin y por todos los miembros en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El ser oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónplural.

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Samples: www.fonade.gov.co

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El Para garantizar la seriedad de la oferta el proponente debe incluir en su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación deberá constituir a favor del Instituto HOSPITAL XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX DE IBAGUE E.S.E, identificada con NIT 890.706.833-9, de acuerdo con el Decreto 1082 de 2015 y la Ley 1882 de 2018, una póliza de seguros o patrimonio autónoma o garantía bancaria, expedida por una entidad debidamente constituida y autorizada para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, funcionar en Colombia por una suma equivalente al DIEZ por ciento (10%) del valor equivalente al 20% de la oferta presentada. La Vigencia de la Garantía será de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de cierre del precio mínimo presente proceso de venta del bien inmueble ofrecido en ventaselección. En todo caso, como requisito habilitante para participar de conformidad con lo previsto en el proceso y artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015, la misma se extenderá desde el momento de presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que se imputará al precioampara los riesgos propios de la etapa contractual. En el caso de consorcios, uniones temporales, en caso la garantía de serle adjudicado seriedad deberá precisarse que el contrato afianzado es el consorcio o la unión temporal o sociedad y deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de compraventaparticipación, consignación que quienes para todos los efectos serán los otorgantes de la misma. La garantía de seriedad de la propuesta deberá hacerse con cargo a una cuenta designada contener los amparos establecidos en el pliego de condicioneslos artículos 2.2.1.2.3.1.6, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1. 7 y 2.2.1.2.3.1.8 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido Las garantías deberán ser expedidas con estricta sujeción a los requerimientos previstos en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. En todo caso, el proponente seleccionado para ejecutar el contrato que se derive del presente proceso de selección, deberá mantener vigente la garantía de seriedad de su oferta hasta la aprobación xxx xxxxxx de cumplimiento. La propuesta tendrá una vez recibida validez igual al término de vigencia establecido para la garantía de seriedad de la oferta. Durante este periodo la propuesta será irrevocable, de tal manera que el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo proponente no podrá retirar ni modificar los términos o de incumplir las condiciones de pagola misma, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio so pena de que la entidad reclame Entidad pueda hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. De conformidad con el artículo 7°, inciso 1 de la Ley 1150 de 2007 los proponentes prestarán garantía de seriedad de los ofrecimientos hechos, y dicha garantía cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuenciaincumplimiento del ofrecimiento, no se exigirá garantía adicional a en los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.siguientes eventos:

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Samples: contratacion.hflleras.gov.co

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente Para garantizar la seriedad de la oferta, cada oferente debe incluir en su propuesta constituir a favor del MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, NIT 899.999.001-7 una garantía de seriedadseriedad de la oferta a FAVOR DE ENTIDADES OFICIALES por cualquiera de los métodos admitidos para este criterio de conformidad con las reglas establecidas por el Decreto 1082 de 2015; si esta es una póliza, consistente deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo Colombia. El valor de Antioquia -IDEA-, la garantía deberá ser por la suma equivalente al 10% del valor equivalente total de la oferta, teniendo en cuenta el presupuesto oficial, conforme al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá La vigencia mínima debe ser por noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección; en todo caso el valor consignado dentro amparo de la garantía de seriedad de la oferta deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampare la actividad contractual, para lo cual, el Ministerio de Educación Nacional, requerirá a los proponentes para que realicen la ampliación de los plazos de la vigencia, de ser el caso. Cuando la oferta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la garantía debe ser tomada a nombre del término establecido Consorcio o Unión Temporal y sus integrantes, en este caso, debe quedar claro en la garantía los integrantes del consorcio o unión temporal y su participación en el respectivo pliego mismo. Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente contrato, el Ministerio, se reserva la facultad de condicionesexigir al oferente clasificado en segundo (2°) lugar, sin la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la expedición de los contratos, y así sucesivamente a los demás oferentes; siempre y cuando, su oferta sea favorable para el Ministerio. Es preciso aclarar que haya la no presentación de esta garantía con anterioridad a la fecha de cierre, da lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación rechazo de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará conforme al Parágrafo 3 del artículo 5 de la suma Ley 1150 de 2017, incluido mediante la Ley 1882 del 15 de enero de 2018. Igualmente, cuando a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 la oferta se anexe una garantía tomada para un proceso de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado selección diferente al que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOestá adelantando, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuenciacon objeto, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o valores diferente al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación selección y el afianzado corresponde a otra entidad, en estos supuestos la Oferta será RECHAZADA, toda vez que adelante la Entidad Estatal, valor se tendrá como una garantía emitida y presentada para un proceso de selección diferente al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis convocado.1 Presentar Fotocopia del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico documento de identidad del contrato, por la naturaleza representante legal y/o del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónapoderado.

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Samples: Contrato Modalidad De Selección

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su De conformidad con el Artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto No. 1082 del 2015 deberá presentarse simultáneamente con la propuesta una garantía la seriedad del ofrecimiento equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado para que ésta pueda ser considerada. Cuando el proponente sea consorcio o unión temporal, la póliza se tomará a nombre del consorcio o unión temporal y de seriedadtodos y cada uno de los integrantes, consistente y así se hará constar en consignación la póliza. La vigencia de dicha póliza no será inferior a noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección, a favor de la Nación - Consejo Superior de La Judicatura Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial Pereira - Risaralda (Nit: 800.165.862-2). La garantía será expedida por una compañía de seguros cuya casa matriz esté aprobada por la Superintendencia Financiera. El proponente favorecido y los demás proponentes podrán solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la propuesta, cuando se hayan cumplido los requisitos de legalización del Instituto para contrato que se llegare a celebrar, como resultado de este proceso. Si la presente solicitud de propuesta se declara desierta, se devolverá el Desarrollo original de Antioquia -IDEA-la póliza, previa solicitud por escrito del proponente. El oferente garantiza el cumplimiento de la oferta que presenta, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015, mediante la constitución de una garantía de seriedad de la misma, a favor de la Nación Consejo Seccional de la Judicatura con NIT 800.093.816-3, por el diez (10%) del valor equivalente del presupuesto oficial establecido para la contratación como se observa más adelante. Cuando el valor correspondiente al 20diez (10%) del valor del presupuesto oficial establecido tenga decimales, se debe establecer en la cifra exacta con decimales o aproximar los centavos al peso siguiente. Tratándose de un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes como aparecen en el documento que acredita la existencia y representación legal de cada uno de ellos, e indicando su porcentaje de participación en el Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura. La Entidad hará efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta por el 100% del precio mínimo valor de venta del bien inmueble ofrecido en ventala misma, como requisito habilitante para participar en cuando el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado adjudicatario no suscriba el contrato correspondiente dentro de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada los términos señalados en el pliego de condiciones, o no otorgue dentro del plazo señalado en el contrato, la garantía única de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el cumplimiento de las obligaciones del mismo, quedando a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-la Nación - Consejo Seccional de la Judicatura, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 en calidad de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condicionessanción, dicho valor, sin que haya lugar menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni perjuicios causados y no cubiertos con el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón valor de la consignación citada garantía (Ley 80 de dicha garantía y 1993, articulo 30, numeral 12, inciso 1) Nota: La no entrega de la presentación garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará misma (Parágrafo 3 del Artículo 5 de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 Ley 1882 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación2018).

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Samples: Carta De Presentación De La Oferta

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta una garantía Para garantizar la seriedad de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEdebe realizar la consignación dentro del horario bancario, y en caso efectivo y/o o cheque de hacerlo o gerencia conforme lo indicado en los presentes términos. En el evento que al oferente le sea adjudicado el inmueble junto con los bienes muebles objeto de incumplir esta invitación, el valor depositado como garantía de seriedad de la oferta, se tendrá como abono al primer pago del precio de compra, en los términos establecidos en las condiciones comerciales de pagola presente invitación. El adjudicatario deberá a su vez, firma consignar a favor de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho EL VENDEDOR la diferencia entre el valor consignado como garantía de seriedad de la oferta y aquel que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTOcorresponda al precio para completar el primer abono, sin perjuicio mediante cheque de que gerencia y/ o efectivo, de acuerdo al valor de adjudicación y en la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuenciafecha estipulada por el oferente en el Formato de Oferta Económica (Anexo 4), dicha consignación no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar podrá ser superior a la Entidad Estatal mantener fecha y hora de suscripción de la promesa de compraventa. Si el adjudicatario no firma la promesa en la fecha estipulada en el cronograma, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y a título sancionatorio retendrá el valor consignado para otro proceso en la cuenta bancaria EL VENDEDOR antes señalada, más los rendimientos generados desde la fecha de enajenación la consignación hasta la entrega de los recursos. A los oferentes que adelante no salieran favorecidos, El VENDEDOR les reembolsará el valor total de los recursos que figuren a su nombre junto con los rendimientos financieros que se hubiesen generado, previo descuento del gravamen financiero que deberá ser asumido por el oferente no favorecido, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis firma de la promesa de venta por parte del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónoferente favorecido.

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Samples: www.cisa.gov.co

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. La exigencia de la entrega de una Garantía de Seriedad de Ofertas, es obligatoria en todo proceso de adquisición y/o compra de bienes, servicios o ejecución de obras sobre UF 1.700 (mil setecientas Unidades de Fomento). El proponente monto de la Garantía de Seriedad de la Oferta, no deberá exceder el 5% del valor estimado y/o referencial contemplado para la compra. La responsabilidad por el control de la vigencia y suficiencia de las garantías recae en la Gerencia de Abastecimiento, quien deberá velar por su monto y vigencia durante el proceso de adquisición hasta concluir con la firma del contrato o la emisión de la orden de compra. Las garantías por anticipos de fondos, en aquellos casos en los cuales sean contempladas en los respectivos procesos de adquisición, serán requeridas por Grupo EFE al inicio de la ejecución de un contrato. Con este mecanismo, se busca el anticipar sumas de dinero que permitan cubrir los primeros gastos en que deba incurrir el Contratista de la obra, el Proveedor de un bien o de un servicio. Para el otorgamiento de un anticipo, éste debe incluir haber quedado expresamente establecido en las Bases del proceso correspondientes, debiendo en cualquier caso ser materializadas en el contrato respectivo. El monto de la Garantía por Anticipo de fondos, no deberá exceder el 30% del valor de la adquisición. El monto de una garantía por anticipo de fondos deberá ser igual al anticipo otorgado, pudiendo establecerse un mecanismo para reducir dicha garantía conforme se avanza en la ejecución del proyecto, mediante una Boleta Bancaria de Garantía. Las garantías de calidad, podrán ser requeridas para asegurar que los suministros proporcionados cumplan con los niveles de calidad y/o adecuado funcionamiento, durante la vigencia del mismo, de acuerdo con las especificaciones contenidas en los documentos correspondientes a las Bases del proceso y/o el contrato respectivo, durante un período de tiempo determinado y la sustitución de aquellos suministros que resulten defectuosos. La exigencia de esta garantía no obsta a la de Fiel Cumplimiento o de Correcta Ejecución de las Obras, por lo que en ningún caso, el Proveedor o Contratista, podrá imputar este valor a las otras garantías establecidas. Las Garantías de Correcta Ejecución de las Obras, podrán ser requeridas por el Grupo EFE, al término de la ejecución del contrato. Con este mecanismo, se busca cubrir los riesgos y daños que se ocasionen entre la recepción provisoria de la obra y su propuesta recepción definitiva, manteniendo garantía hasta ese momento. El monto de una garantía de seriedadcorrecta ejecución de las obras, consistente deberá establecerse en consignación un rango de entre un 3 a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20un 5% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico monto total del contrato, por la naturaleza del mismoincluidas sus modificaciones, según se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónestime necesario.

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Samples: www.efe.cl

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir Licitante deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en su propuesta el formulario original especificado en los DDL. 17.2 La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en la moneda del país del Comprador o en una moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a opción del Licitante, adoptar la forma de una carta de crédito, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de seriedadprestigio seleccionada por el Licitante y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la fianza está localizada fuera del país del Comprador, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar deberá tener una sucursal financiera en el proceso y país del Comprador que se imputará al precio, en caso permita hacer efectiva la fianza; (c) estar sustancialmente de serle adjudicado el contrato acuerdo con alguno de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón los formularios de la consignación Garantía de dicha garantía y Seriedad de Oferta incluidos en la Sección IX, Formularios de Garantías, u otro formulario aprobado por el Comprador con anterioridad a la presentación de la propuestaoferta; (d) ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Comprador en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAL. En este caso, el IDEA descontará (e) ser presentada en original; no se aceptarán copias; (f) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la suma validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAL; 17.3 Si la Subcláusula 17.1 de las IAL exige una Garantía de Seriedad de la Oferta o un Manifiesto de Garantía de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a devolverlo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Comprador por incumplimiento. 17.4 La Garantía de Seriedad de la Oferta de los dineros correspondientes Licitantes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan prontamente como sea posible después que el Licitante adjudicado suministre su Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 35 de las IAL. 17.5 La Garantía de Seriedad de la Oferta se podrá hacer efectiva o el Manifiesto de Garantía de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) un Licitante retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Licitante en el Formulario de Oferta, salvo a lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las erogaciones antes mencionadasIAL; o (b) si el Licitante seleccionado: (i) no firma el contrato de conformidad con la Cláusula 34 de las IAL; (ii) no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 35 de las IAL; 17.6 La Garantía de Seriedad de la Oferta o el Manifiesto de Garantía de la Oferta de una Asociación en Participación o Consorcio deberá ser emitido en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio que presenta la oferta. Conforme lo contempla Si dicha Asociación o Consorcio no ha sido legalmente constituido en el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 momento de 2015, una vez recibida presentar la oferta, la Garantía de Seriedad de la Oferta o el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y Manifiesto de Garantía de la Oferta deberá estar en caso nombre de hacerlo todos los futuros socios de la Asociación o Consorcio tal como se denominan en la carta de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto intención mencionada en el presente estudioFomulario de Información sobre el Licitante, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contratoincluido en la Sección III, por Formularios de la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónOferta.

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Samples: www.minedu.gob.pe

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir deberá garantizar el cumplimiento de la oferta que presente en su propuesta una garantía curso del presente proceso de seriedad, consistente en consignación a favor selección y la suscripción del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al preciorespectivo contrato, en caso de serle adjudicado que le sea adjudicado, mediante la constitución de una garantía de seriedad de la oferta a FAVOR DE ENTIDADES OFICIALES a nombre del MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, NIT 899.999.001-7 por cualquiera de los métodos admitidos para este criterio de conformidad con las reglas establecidas por el contrato Decreto 1082 de compraventa2015; si esta es una póliza, consignación que deberá hacerse con cargo a ser expedida por una cuenta designada compañía de seguros legalmente establecida en el pliego Colombia. El valor de condicionesla garantía deberá ser por la suma equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proceso de selección, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el conforme al artículo 2.2.1.2.2.1.10 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá La vigencia mínima debe ser por noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha del cierre del proceso de selección; en todo caso el valor consignado dentro amparo de la garantía de seriedad de la oferta deberá extenderse hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento que ampare la actividad contractual, para lo cual, el Ministerio de Educación Nacional, requerirá a los proponentes para que realicen la ampliación de los plazos de la vigencia, de ser el caso. Cuando la oferta la presente un Consorcio o Unión Temporal, la garantía debe ser tomada a nombre del término establecido Consorcio o Unión Temporal y sus integrantes, en este caso, debe quedar claro en la garantía los integrantes del consorcio o unión temporal y su participación en el respectivo pliego mismo. Si el oferente favorecido con la adjudicación no suscribe el correspondiente contrato, el Ministerio, se reserva la facultad, de condicionesexigir al oferente clasificado en segundo (2°) lugar, sin que haya la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta la expedición de los contratos, y así sucesivamente a los demás oferentes; siempre y cuando, su oferta sea favorable para el Ministerio. La no presentación de esta garantía con la propuesta a la fecha de cierre del proceso de selección da lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación rechazo de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará ; conforme al Parágrafo 3 del artículo 5 de la suma a devolverLey 1150 de 2017, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadasincluido mediante la Ley 1882 del 15 de enero de 2018. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 Presentar Fotocopia del Decreto 1082 documento de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo identidad del representante legal y/o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contrataciónapoderado.

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Samples: Carta De Presentación De Las Ofertas

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. El proponente debe incluir en su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse De conformidad con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, el proponente deberá constituir una vez recibida garantía de seriedad de la oferta, expedida por compañía de seguros legalmente autorizada y establecida en Colombia, a favor de la CVC, por un valor xxx XXXX POR CIENTO (10%) DEL VALOR DE LA PROPUESTA para el oferente NO PODRÁ RETRACTARSEpresente proceso, y con una vigencia de CIENTO VEINTE La garantía de seriedad de la oferta está destinada a afianzar el compromiso del proponente, de que en caso de hacerlo adjudicársele el contrato, lo formalizará en los términos y plazos prescritos en el presente pliego de condiciones. Cuando la oferta sea presentada por un consorcio o unión temporal, la póliza de garantía debe ser tomada a nombre de todos sus integrantes tal como aparecen en el documento que acredita la existencia y representación legal, de cada uno de ellos y no a nombre del consorcio. Cuando la póliza de seguros no cuente con los requerimientos xxx xxxxxx de condiciones, el oferente deberá remitir las modificaciones del caso, dentro del término perentorio que para el efecto señala la norma, so pena del rechazo de la propuesta. Se aceptarán propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales conformados por personas naturales y/o jurídicas, quienes obligatoriamente deben presentar el respectivo documento de conformación del mismo. El documento de conformación, la oferta y el eventual contrato se formularán de tal manera que comprometa a todos y cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal. De cualquier forma, en el documento de conformación debe constar como mínimo, lo siguiente:  El objeto del consorcio o unión temporal que será el mismo del contrato.  El tiempo de duración del consorcio o unión temporal, que no será inferior al término del contrato más un (1) año.  El nombre completo de los miembros que lo conforman, la clase de documento de identificación y su número, así como el de la persona que representará legalmente al consorcio o la unión temporal.  La manifestación clara y expresa de la responsabilidad solidaria e ilimitada de los miembros del consorcio o unión temporal frente a la CVC, en la ejecución del contrato.  Para el caso de uniones temporales, es necesario indicar los TERMINOS y la EXTENSION de la participación de cada uno de los miembros tanto en la propuesta como en la eventual ejecución del contrato. LOS CUALES NO PODRAN SER MODIFICADOS SIN EL CONSENTIMIENTO PREVIO DE LA CVC. Para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habilitantes, cada uno de los integrantes del consorcio o de incumplir la unión temporal deberán acompañarlos y/o acreditarlos en forma individual. En el presente pliego de condiciones se anexan los modelos básicos de los documentos de conformación de consorcios y uniones temporales y la carta de presentación de la propuesta respectivamente, Anexos 7 y 8  Es entendido en todo caso que los integrantes de un consorcio son solidaria y mancomunadamente responsables por todas y cada una de las condiciones obligaciones derivadas de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado la propuesta y del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimientocontrato. En consecuencia, no las actuaciones, hechos y/u omisiones que se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto presenten en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman.  Las uniones temporales responderán solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del contrato, y las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal.  Autorización dada a los representantes legales para asociarse en consorcio o en unión temporal cuando conste en los estatutos bastará la presentación del Certificado de Existencia y Representación Legal donde expresamente aparezca esa facultad. Cuando la autorización no conste en los estatutos de la sociedad y se demuestre mediante acta, este último documento debe ser expedido cumpliendo con los requisititos establecidos en el Art. 189 del Código de Comercio.  Ninguna de las partes podrá ceder su participación en el consorcio o unión temporal, ni a los demás participantes, ni a terceros sin la aprobación previa de la CVC.  El consorcio o unión temporal no podrá ser revocado durante el término del contrato y un (1) año más.  no se permitirá que un integrante de un consorcio o unión temporal forme parte de otro(s) consorcio(s) o unión(es) temporal(es) que participen en el proceso de selección, ni que formulen propuesta independiente. si se presentase este caso todas las propuestas involucradas en tal situación serán desestimadas. Los requisitos de capacidad financiera y Organizacional se establecen con base en el conocimiento del sector relativo al objeto del proceso de contratación y de los posibles oferentes. Los siguientes son los requisitos que se requieren en relación con la capacidad financiera del proponente. Proponentes nacionales o extranjeros con sucursal en Colombia: Los proponentes nacionales deberán presentar el Certificado de Registro Único de Proponentes - RUP donde conste los valores del Activo Corriente, Pasivo Corriente, Activo Total, Pasivo Total, Utilidad y Patrimonio a diciembre 31 de 2014. Este será el único documento válido para la verificación de la capacidad financiera y organizacional del proponente. Proponentes plurales: Para el caso de oferentes plurales, todos los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal deben presentar la Documentación requerida (RUP) y tener en cuenta a efectos de acreditar el cumplimiento de los indicadores financieros y de capacidad organizacional el siguiente procedimiento: Para el caso de propuestas presentadas por Xxxxxxxxxx, se le calculará a cada uno de sus miembros el correspondiente indicador, promediándolos después para obtener el resultado del proponente. Para el caso de propuestas presentadas por Uniones Temporales, se le calculará a cada uno de sus miembros el correspondiente indicador, procediendo a realizar la suma ponderada de los mismos de acuerdo con los porcentajes de participación de sus miembros y de esta manera obtener el resultado del proponente. Proponentes extranjeros sin domicilio en Colombia. Para el caso de empresas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia y que por tanto no están inscritas en el RUP, estas deberán presentar los Estados Financieros Básicos – Balance General y Estado de Resultados – a la fecha xx xxxxx anual más reciente según el periodo fiscal vigente en sus respectivos países de origen o en sus estatutos sociales; suscritos por el Representante Legal y el Revisor Fiscal o Auditor del Proponente o por su Contador según sea el caso; expresados en su lengua original y en la moneda legal del país en el cual son emitidos; adicionalmente deberán presentarse traducidos al castellano y en pesos colombianos, para lo cual se deberá haber tenido en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx TRM vigente a la fecha de expedición de los mismos, la cual es certificada por la naturaleza del mismoSuperintendencia Financiera de Colombia. En los casos en que una empresa extranjera no inscrita en el RUP por las razones antes expuestas, sea integrante de un Consorcio o Unión Temporal, se considera innecesario exigir garantías adicionales aplicará el mismo procedimiento definido para los PROPONENTES PLURALES descrito anteriormente. Análisis y Verificación de la presente contratación.capacidad financiera: Con base en los documentos solicitados, se procederá a efectuar la ponderación del factor habilitador de la capacidad financiera según los indicadores que a continuación se describen, teniendo en cuenta que serán habilitados solo aquellos proponentes que cumplan con el nivel requerido en todos y cada uno de ellos:  Índice de liquidez: Mide la capacidad de la empresa para cancelar las obligaciones a corto plazo y se calcula por la relación de Activo Corriente sobre Pasivo Corriente, así: Se tendrán en cuenta las propuestas que demuestren un índice igual o superior a 1,2 veces. A los proponentes que no cumplan esta condición se les desestimará la propuesta. En los casos en que el proponente no tenga Pasivos de Corto Plazo, será habilitado en este Indicador.  Índice de Endeudamiento: Determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación (Pasivo y Patrimonio) del proponente y se calcula por la relación del pasivo total sobre activo total, así: Se tendrán en cuenta las propuestas que presenten un índice de endeudamiento igual o inferior al sesenta por ciento (60%). A los proponentes que no cumplan esta condición se les desestimará la propuesta.  Xxxxx Xxxxxxxxx de Intereses: Indica la capacidad o limitación del proponente para cumplir con sus obligaciones financieras, y se calcula por la razón utilidad operacional sobre gastos de intereses:

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