GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. Con base en el
GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. La Garantía Única de Contratación deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y con sucursal en Cartagena de Indias, la cual debe cubrir los siguientes riesgos: CUMPLIMIENTO GENERAL DEL CONTRATO: El riesgo que puede ocurrir consiste en que el contratista incumpla total o parcialmente con las obligaciones del contrato, el cumplimiento tardío o defectuoso de estas, los daños imputables al contratista, por lo cual debe garantizar el pago de multas y la cláusula penal pecuniaria. Por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más.
GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. En atención a la naturaleza del objeto, a la cuantía del contrato, circunscrito a la modalidad de Contratación Directa, y que además se configuran herramientas adecuadas de seguimiento y control para la eficaz ejecución del mismo, así como en razón a que se pactan cláusulas excepcionales y que la forma de pago se prevé en un esquema adecuado de verificación de cumplimiento, no se impone la constitución de Garantía respecto del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto especialmente en el artículo 7º de la Ley 1150 de 2007 y el Artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto Nacional 1082 de 2015.
GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. Error! Marcador no definido.
GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. El Contratista se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones surgidas a favor de la Entidad Estatal contratante, con ocasión de la ejecución del contrato, de acuerdo con la información de la siguiente tabla: AMPARO SUFICIENCIA VIGENCIA El Contratista se compromete a mantener vigente la garantía durante todo el tiempo de ejecución del contrato. El Contratista debe presentar dentro de los [insertar plazo en días] días hábiles siguientes a la firma del presente contrato las garantías a favor de [nombre de la Entidad Estatal contratante].
GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. El contratista deberá constituir a favor del PATRIMONIO AUTÓNOMO AEROCAFÉ, en calidad de asegurado y beneficiario, en los términos establecidos en la normatividad vigente, una Garantía que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, correspondiente a la póliza de cumplimiento entre particulares o una garantía bancaria expedida por un banco local o carta de crédito stand-by, que incluya los siguientes amparos: Clase (i) contrato de seguro contenido en una póliza expedida a favor de entidades particulares (ii) garantía bancaria. (III) Carta de crédito stand-by Asegurado/ beneficiario PATRIMONIO AUTONOMO AEROCAFE identificado con NIT 830053994-4 Amparos, vigencia y valores asegurados Amparo Vigencia Valor Asegurado
GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. De conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.1.4.5. del Decreto 1082 de 2015, en la contratación directa no será obligatoria la exigencia de garantías. Atendiendo la naturaleza y cuantía del contrato, así como la forma de pago prevista, no se considera necesaria la exigencia de garantías.
GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. El CONTRATISTA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con el Decreto 1082 de 2015, constituirá a favor de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia con Nit 000.000.000-6, garantía única debidamente firmada por el tomador y mediante póliza expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, o garantía bancaria para amparar: PARÁGRAFO 1: La garantía se entenderá vigente hasta la liquidación del contrato garantizado y la prolongación de sus efectos no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. PARÁGRAFO 2: En caso de que el presente contrato se adicione, prorrogue, suspenda o en cualquier otro evento en que fuere necesario, el CONTRATISTA se obliga a modificar las garantías de acuerdo con las normas vigentes.
GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. No se exigen garantías
GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO. EL CONTRATISTA se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones del contrato, con ocasión de la ejecución del contrato, y para ello deberá constituir a favor de LA EMPRESA, garantía expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia y cuya póliza matriz esté debidamente aprobada por la Superintendencia Financiera que ampare los riesgos descritos a continuación: Cumplimiento: Mediante la cual se ampara el cumplimiento general del contrato, el pago de multas, la cláusula penal pecuniaria y demás sanciones previstas para el CONTRATISTA en las normas legales, por cuantía equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, con vigencia igual a la vigencia del contrato. Calidad del servicio: Mediante la cual el contratista garantiza la calidad de los servicios prestados, en cuantía equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, con vigencia igual a la vigencia del contrato. Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones Laborales: Mediante la cual el contratista garantiza el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, en cuantía equivalente al cinco (5%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a la vigencia del contrato y tres (3) años más. Responsabilidad Civil Extracontractual: Por el veinte por ciento (20%) del valor estimado del contrato, vigente por el término de ejecución del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: La garantía se entenderá vigente hasta la terminación del contrato garantizado. Sus efectos no expirarán por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral. EL CONTRATISTA se compromete a mantener vigente la garantía durante todo el tiempo que demande la ejecución del contrato, so pena de que Entidad Estatal declare el incumplimiento. Por tanto en caso que el presente contrato se adicione, suspenda, o en cualquier otro evento en que fuere necesario, EL CONTRATISTA se obliga a ampliar la garantía. De igual manera será obligación del contratista mantener la garantía indemne de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa sus actuaciones. PARÁGRAFO SEGUNDO: De acuerdo con la naturaleza de la EMPRESA, la garantía deberá indicar que es para Entidad Estatal con régimen de contratación privado.