MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL Cláusulas de Ejemplo

MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL. En virtud de lo establecido en el parágrafo 3° del artículo 7° de la Ley 1562 de 2012, las entidades Administradoras de Riesgos Laborales deberán acoger las instrucciones y criterios técnicos que establezca la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales, UGPP, para el cumplimiento de sus funciones de cobro de los aportes, cobro persuasivo y recaudo y enviarán a dicha Unidad con la periodicidad y condiciones técnicas que esta determine, la información relativa al desarrollo de tales funciones sobre las obligaciones en xxxx que se hayan originado con acciones propias o hallazgos remitidos por dicha entidad.
MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL a) La Agencia Nacional de Infraestructura hará seguimiento y control al cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Apéndice mediante los siguientes mecanismos: (i) Informe trimestral del Interventor. (ii) Visitas de campo bimestrales de seguimiento. (iii) Informe trimestral del Concesionario, el cual se debe entregar en el formato suministrado por la ANI. b) El informe trimestral al que se hace referencia debe contemplar, por lo menos, los siguientes elementos: (i) Portada: (1) Nombre del Proyecto. (2) Plano del Proyecto.
MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL. La Agencia Nacional de Infraestructura hará seguimiento y control al cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Apéndice mediante los siguientes mecanismos: • Informe mensual de la Interventoría • Visitas de campo bimestrales de seguimiento • Informe trimestral del Concesionario, el cual se debe entregar en el formato suministrado por la ANI. El informe trimestral al que se hace referencia debe contemplar, por lo menos, los siguientes elementos: Portada • Nombre del proyecto. • Plano del proyecto. • Periodo a que corresponde el informe. Contenido • Índice • Resumen ejecutivo destacando los principales avances en el semestre y los puntos críticos en materia socioambiental y sociopredial en los diferentes trayectos. • Cronograma de actividades semestrales de acuerdo con el Plan de acción anual presentado • Personal profesional participante en la gestión social. • Matriz de avance de los programas del PGSC • Registros y fuentes de verificación de los programas del PGSC • Cronograma de actividades propuestas para el semestre siguiente • Informe de aplicación de compensaciones socioeconómicas • Informe de planes de reasentamiento El informe debe presentarse foliado y cumpliendo las normas de archivo de la ANI.
MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL. Para llevar a cabo las tareas de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por las partes firmantes, estas designan a los siguientes representantes, los cuales mantendrán reuniones periódicas, presencial o telemáticamente, para evaluar su ejecución: Por parte del Ayuntamiento de Madrid: D. , Consejero Técnico del Servicio de Acción Social. Por parte de la empresa: D. .
MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL. 35 21 7. PERSONAL 36 22 8. FORMATOS FPSB 36 23 24 25 1 1. INTRODUCCIÓN
MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL. La Agencia Nacional de Infraestructura hará seguimiento y control al cumplimiento de las 23 obligaciones contenidas en este Apéndice mediante los siguientes mecanismos:
MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL. Para el seguimiento, resolución de cuestiones interpretativas del texto del convenio y evaluación de su ejecución, se constituirá una Comisión de Evaluación, presidida por la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo o persona en quien delegue, y formada por parte de este Área de Gobierno, por la Subdirectora General de Educación y Juventud y la Jefa del Departamento de Juventud, y por parte de la Residencia de Estudiantes por dos representantes de la Fundación, designados por sus órganos de gobierno. Actuará como Secretario un funcionario xx xxxxxxx de la Dirección General de Educación y Juventud. La comisión se reunirá como mínimo dos veces durante el curso académico.
MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL. El control y seguimiento del servicio se realizará mensualmente con el objeto de valorar su evolución y determinar el cumplimiento de los niveles de servicio.
MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL. Se crea una Comisión paritaria que estará formada por tres representantes de la CNMC, que serán el Director/a de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual, el Subdirector/a de Audiovisual y el Subdirector/a Adjunto/a de Audiovisual, uno de los cuales actuará como Presidente, y tres representantes de AUTOCONTROL, uno de los cuales actuará como Secretario, que se encargará de la puesta en marcha y seguimiento constante del desarrollo y aplicación del presente acuerdo, así como de velar por su cumplimiento y resolver problemas de interpretación, manteniendo reuniones periódicas con esta finalidad. Esta Comisión de Seguimiento se sujetará en cuanto a su organización y funcionamiento a las disposiciones contenidas en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015. Corresponde a esta Comisión de Seguimiento, entre otras, las siguientes funciones: a) Promover posibilidades de colaboración en diversos temas. b) Elevar las propuestas que elabore a los órganos competentes de las dos partes. c) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se puedan plantear en la ejecución del presente acuerdo. d) Supervisar y seguir el cumplimiento del presente acuerdo.
MECANISMOS DE SEGUIMIENTO Y CONTROL. Se realizarán reuniones de seguimiento periódicas presenciales entre el adjudicatario y el Jefe de proyecto del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en las que este último determinará las pautas a seguir. Así mismo tendrán lugar reuniones periódicas de seguimiento del proyecto global. Se presentará una propuesta concreta de seguimiento y control en la que por lo menos se tengan en cuenta los siguientes mecanismos: ▪ Reuniones operativas. En base a una solicitud presentada por cualquiera de los Jefes de Proyecto, el Jefe de Proyecto del Ayuntamiento convocará la reunión, invitando a la misma al personal municipal que considere oportuno. ▪ Reuniones de seguimiento. Con una periodicidad quincenal se celebrarán reuniones de seguimiento y revisiones técnicas, en las que participarán el Jefe de Proyecto del Ayuntamiento y el Jefe de Proyecto de la empresa adjudicataria, así como el personal municipal o los miembros del equipo de trabajo que se consideren oportunos por cada una de las partes. El Jefe de Proyecto de la empresa adjudicataria entregará un informe de avance y situación del proyecto. ▪ Actas de las reuniones de seguimiento. El Jefe de Proyecto de la empresa adjudicataria realizará y enviará al Ayuntamiento el acta correspondiente a cada una de las reuniones. Estas actas serán contrastadas y aprobadas por ambas partes. ▪ Documento de trabajo de instalación. Cuando se deban realizar trabajos de instalación o similares en las dependencias municipales, el Jefe de Proyecto de la empresa adjudicataria presentará un documento detallando los trabajos a realizar, quién los llevará a cabo, la duración aproximada de los mismos y los medios técnicos o humanos necesarios por parte del Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz. ▪ Documento de reasignación de personal. Cuando, por el motivo que sea, se produzca algún cambio en el equipo de trabajo de la empresa adjudicataria, el Jefe de Proyecto presentará un documento indicando los motivos por los que se produce el cambio, el personal afectado y el historial profesional de los nuevos miembros del equipo. Así mismo se indicará si este cambio supone alguna alteración de los planes de trabajo, o de la organización del equipo. En cualquier caso, toda modificación del equipo de trabajo deberá contar con el visto bueno del Jefe de Proyecto del Ayuntamiento, que podrá rechazar el mismo si considera que no se cumplen los requisitos mínimos establecidos.