Obligaciones del Constructor. Art. 63.- Acta de replanteo.
Obligaciones del Constructor. Son obligaciones del Constructor:
a) Ejecutar la obra con sujeción al proyecto, a la legislación aplicable y a las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra, a fin de alcanzar la calidad exigida en el proyecto.
Obligaciones del Constructor a) “EL CONSTRATISTA” se obliga a ejecutar todos los trabajos descritos en el presente contrato, b) “EL CONTRATISTA” deberá aportar todo el equipo, insumos, materiales, personal y demás elementos necesarios para la ejecución de los trabajos contratados.
Obligaciones del Constructor. Son obligaciones del Constructor:
a) Ejecutar la obra con sujeción al proyecto, a la legislación aplicable y a las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra, a fin de alcanzar la calidad exigida en el proyecto.
b) Tener la titulación o capacitación profesional que habilita para el cumplimiento de las condiciones exigibles para actuar como constructor.
c) Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del constructor en la obra y que por su titulación o experiencia deberá tener la capacitación adecuada de acuerdo con las características y complejidad de la obra.
d) Xxxxxxx a la obra los medios humanos y materiales que su importancia requiera.
e) Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la obra dentro de los límites establecidos en el presente Pliego y en el contrato.
f) Firmar el acta de replanteo o de comienzo y el acta de recepción de la obra.
g) Facilitar al director de obra los datos necesarios para la elaboración de la documentación de la obra ejecutada.
h) Cumplir el Plan de Obra y los plazos parciales y totales.
i) Facilitar a subcontratistas contratados directamente por la JUNTA la realización de su trabajo colaborando en lo que resulte necesario.
j) Facilitar por escrito toda la documentación que solicite el Coordinador de Seguridad y Salud.
Obligaciones del Constructor. Independientemente de que EL CONSTRUCTOR ejecute directamente las obras que conforman EL PROYECTO, o lo haga por medio de terceras personas, físicas o jurídicas, mediante subcontratos, queda obligado a lo siguiente:
1) A que se cumpla con lo establecido en la reglamentación emitida por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos xx Xxxxx Rica y regulaciones dictada por el SFNV y seguir estrictamente los términos de aprobación del presente PROYECTO sin modificar condiciones y alcances sin la autorización previa de LA ENTIDAD AUTORIZADA y EL BANHVI.
2) A que se ejecute la totalidad de EL PROYECTO de Vivienda siguiendo los métodos constructivos más adecuados y generalmente aceptados por la ciencia de la ingeniería de la construcción y a entregar las obras físicas que componen EL PROYECTO completamente terminado a satisfacción de LA ENTIDAD AUTORIZADA, en un plazo máximo de... meses, a partir del día... La terminación por etapas de las viviendas deberá cumplirse conforme al Cronograma de Xxxxxxxxxxx y avance de obras. LA ENTIDAD AUTORIZADA, si lo considera necesario, podrá ampliar el plazo pactado por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, o cualquier otro que a su juicio amerite y justifique plenamente dicha prórroga. Cuando se requiera la autorización de EL BANHVI, toda prórroga que autorice LA ENTIDAD AUTORIZADA quedará sujeta al visto bueno de dicha entidad. Toda prórroga deberá ser solicitada por EL CONSTRUCTOR, por escrito, dentro del plazo de ... días naturales posteriores a la circunstancia que motiva la prórroga y aprobada por escrito por LA ENTIDAD AUTORIZADA. Cuando el atraso es previsible la prórroga se solicitará con antelación suficiente. Durante las prórrogas quedarán vigentes la totalidad de las obligaciones que para las partes establece el presente contrato, salvo que las condiciones hayan variado, en cuyo caso LA ENTIDAD AUTORIZADA podrá establecer las nuevas condiciones en que la prórroga se concederá.
3) EL CONSTRUCTOR se obliga a que en EL PROYECTO se cumplan los términos, estipulaciones técnicas y financieras aprobadas por LA ENTIDAD AUTORIZADA. Con las especificaciones técnicas indicadas en los planos constructivos y sus documentos adicionales, las normas de calidad de los materiales a usar, acabado de las obras descrito, el Cronograma de Xxxxxxxxxxx, y demás disposiciones contenidas en los Anexos de este contrato.
4) EL CONSTRUCTOR se compromete durante la vigencia del presente contrato, a suscribir una póliza con el Instituto ...
Obligaciones del Constructor. Son obligaciones del Constructor:
a) Ejecutar la obra con sujeción al proyecto, a la legislación aplicable y a las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra, a fin de alcanzar la calidad exigida en el proyecto.
b) Tener la titulación o capacitación profesional que habilita para el cumplimiento de las condiciones exigibles para actuar como constructor.
c) Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del constructor en la obra y que por su titulación o experiencia deberá tener la capacitación adecuada de acuerdo con las características y complejidad de la obra.
d) Xxxxxxx a la obra los medios humanos y materiales que su importancia requiera.
e) Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la obra dentro de los límites establecidos en el presente Pliego y en el contrato.
f) Firmar el acta de replanteo o de comienzo y el acta de recepción de la obra.
g) Cumplir el Plan de Obra y los plazos parciales y totales.
h) Facilitar a subcontratistas de contratados directamente por VISESA la realización de su trabajo colaborando en lo que resulte necesario.
i) Facilitar por escrito toda la documentación que solicite el Coordinador de Seguridad y Salud o los Técnicos de Apoyo en materia Laboral y Preventiva.
Obligaciones del Constructor. A. Evaluación de la Compañía Afianzadora Entrega de los Estándares de Calidad Onis Vida
B. Integración del Constructor a la Base de Datos Onis Vida
Obligaciones del Constructor. A) Estarán a cargo del Constructor todos los trabajos, servicios y obras necesarias para ejecutar y terminar la Obra de acuerdo con las reglas del buen arte y conforme a las especificaciones y demás documentación contractual así como la indicada en el pliego de condiciones de la licitación pública internacional N° 1600163200, incluyendo también todos aquellos trabajos que sin estar expresamente indicados, fueran necesarios para la correcta ejecución de la obra.
Obligaciones del Constructor. E1 constructor deberá facilitar al director de obra los datos nece- sarios para la elaboración de la documentación de la obra ejecu- tada, en los siguientes términos: – La recogida, el archivo y la custodia para su entrega al promotor, hasta la inclusión en el Libro del Edificio, de la docu- mentación relativa a las garantías generales y específicas recogi- das en el Anexo I, correspondiente a los suministradores de productos, servicios y fabricantes. – El constructor está obligado a reclamar esta documentación a todas las empresas contratadas por él, no pudiendo alegar la omisión de aquellas.
Obligaciones del Constructor. Son obligaciones del Constructor:
a) Ejecutar la obra con sujeción al proyecto, a la legislación aplicable y a las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra, a fin de alcanzar la calidad exigida en el proyecto.
b) Tener la titulación o capacitación profesional que habilita para el cumplimiento de las condiciones exigibles para actuar como constructor.
c) Designar al jefe de obra que asumirá la representación técnica del constructor en la obra y que por su titulación o experiencia deberá tener la capacitación adecuada de acuerdo con las características y complejidad de la obra.
d) Xxxxxxx a la obra los medios humanos y materiales que su importancia requiera.
e) Formalizar las subcontrataciones de determinadas partes o instalaciones de la obra dentro de los límites establecidos en el presente Pliego y en el contrato.