PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato será el establecido en el ANEXO I del presente PCAP. La duración del Contrato se establece entre la fecha de la firma del contrato y la devolución de la fianza definitiva que habrá de constituir el adjudicatario para responder de la correcta ejecución del servicio. Podrá ser prorrogado el contrato que tenga carácter de renovable y cuya prórroga o prórrogas esté o estén prevista(s) en el ANEXO I del presente PCAP. La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación por mutuo acuerdo de las partes antes de la finalización del contrato, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de seis años, y que las prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 303.1 del TRLCSP. En los contratos que sean complementarios de contratos de obras o de suministro, cuyo objeto se considere necesario para la correcta realización de la prestación o prestaciones objeto del contrato principal, el plazo de ejecución será el establecido en el artículo 303.2 y 4 del TRLCSP. En los casos de tramitación abreviada del expediente, tramitación urgente, el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, contados desde la formalización. Si se excediese este plazo, el contrato podrá ser resuelto, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a la Administración contratante y al contratista y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada. Asimismo, acordada la apertura del procedimiento de adjudicación, los plazos establecidos en el texto refundido para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad, salvo el plazo de QUINCE días hábiles establecido en el párrafo primero del artículo 156.3 del TRLCSP como período de espera antes de la formalización del contrato.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. 9.1. El contrato de servicios se ejecutará durante el periodo comprendido entre el 1 xx xxxxx de 2014 y el 28 de febrero de 2018, si bien podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo expreso de ambas partes por periodos anuales hasta un máximo de dos años más, acuerdo de prórroga que deberá acordarse al menos con cuatro meses de antelación a la finalización del contrato o de la primera prórroga.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo contractual o de ejecución máximo del contrato, así como, los plazos parciales máximos son los fijados en el punto 5 de la Carátula de este pliego, si bien, los plazos parciales de entrega y, en los contratos de tracto único (aquéllos cuyo objeto se agota en único acto de transferencia, sin perjuicio de las entregas parciales, en su caso acordadas) el plazo o fecha límite de entrega, podrán ser reducidos por las licitadoras en su oferta en el caso de que el plazo constituya criterio de valoración de las ofertas. Los plazos de ejecución comenzarán a contar con el acta de comprobación del replanteo (art. 229 del TRLCSP). En todo caso, los plazos podrán ampliarse cuando la empresa contratista no pudiere cumplirlo por causas que no le sean imputables (art.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. Plazo de entrega: El plazo de entrega de los bienes adquiridos o arrendados objeto del suministro será el consignado en el apartado E) del Cuadro Anexo de este Pliego. El citado plazo se computará a partir de la fecha de formalización del contrato, salvo en los supuestos en que se establezca otra cosa en el mismo apartado E) del Cuadro Anexo. Plazo de montaje e instalación: El plazo de montaje e instalación, en su caso, de los bienes objeto del suministro será el consignado en el apartado E) del Cuadro Anexo de este Pliego. El citado plazo se computará a partir de la fecha de la entrega de los bienes, salvo en los supuestos en que se establezca otra cosa en el mismo apartado E) del Cuadro Anexo. Duración del contrato: Cuando el objeto del contrato consista en el arrendamiento de bienes, la duración del contrato será la establecida en el apartado E) del Cuadro Anexo, desde la entrega de los bienes o desde el señalado en ese apartado. En el mismo apartado E) del Cuadro Anexo se indicarán, en su caso, las posibles prórrogas. En este caso, las partes contratantes podrán prorrogar el contrato, de mutuo acuerdo, antes de la finalización del mismo. No se admitirá la prórroga tácita, y la prórroga expresa no podrá extenderse a un periodo superior al plazo fijado originariamente para la duración del contrato. En los contratos de tracto sucesivo, en el supuesto de que el contrato no se prorrogue por alguna de las partes, o llegue a su vencimiento, el adjudicatario vendrá obligado a prorrogar, si MERCAGRANADA, S.A. así lo solicitara, el correspondiente contrato en vigor en las mismas condiciones en tanto se resuelva la nueva licitación que al efecto se convoque.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de prestación del servicio será por un periodo de 1 (UN) AÑO desde el 1 de febrero de 2020, siendo susceptible de prórroga hasta 1 año más, mediante notificación por escrito por parte de RTVE.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución de las actuaciones planteadas en el contrato de obras se estima en nueve meses (270 días naturales) desde la firma del Acta de Comprobación del Replanteo, que debe efectuarse en un plazo inferior a un mes desde la fecha de formalización del contrato, si bien este plazo de ejecución no se evalúa en continuidad temporal, refiriéndose exclusivamente al proceso ejecutivo contractual, con independencia de la actuación específica a desarrollar en cada momento. Estableciéndose la siguiente planificación: Los trabajos de construcción se efectuarán mediante las fases diferenciadas definidas en la documentación técnica (FASE 00; 01; 02; 03) ordenadas con las actuaciones complementarias a efectuar por RTVE para la continuidad del servicio. El Proyecto de Ejecución recoge gráficamente estas fases en el grupo de planos AP-00 al plano AP-03. Se considera que el plazo de ejecución global no quede afectado, por las fases establecidas, si para cada fase el plazo transcurrido desde la firma del Acta de Recepción Parcial hasta la puesta en explotación por RTVE de dicha área no supera los catorce días naturales, excepción hecha de la IMPLANTACIÓN RTVE-03 cuyo lapso es de noventa y un días naturales, en caso contrario se tomará en consideración la posibilidad de suspender el cómputo temporal en función del grado de cumplimiento de las Condiciones Funcionales determinadas en el PPTP de este expediente. En el Acta de Comprobación del Replanteo se analizarán posibles variaciones de la Planificación con el fin de reducir, si resultará viable, los períodos de implantación, respetándose en todo momento el plazo de ejecución de nueve meses.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. RENFE-Operadora notificará por escrito la adjudicación del contrato objeto del presente Procedimiento Abierto y la fecha de inicio. La duración del contrato se extenderá por un periodo de treinta y seis (36) meses desde la fecha indicada en la comunicación de la adjudicación, al precio global ofertado, conforme a la Condición Particular 11. El precio global, para la duración del contrato, será fijo y no revisable, e incluirá todos los gastos por los conceptos y operaciones necesarias para la correcta prestación de los servicios contratados con el alcance y exigencias contenidas en el presente PCP, así como todos los impuestos y gastos que originen el posible contrato y las operaciones físicas o jurídicas que se deriven del mismo, con la única excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A). Asimismo, dicho precio incluirán todos los gastos necesarios para la correcta prestación de los servicios, no pudiendo trasladar a RENFE-Operadora gastos de cualquier naturaleza. Se debe tener en cuenta que los trabajos objeto de la presente licitación son “llave en mano”, por lo que el precio global ofertado se considera un precio cerrado.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato seguirá los siguientes tiempos: ▪ Plazo de 1 mes para la presentación del primer boceto funcional (días hábiles). ▪ Plazo de 2 meses para el lanzamiento del portal web (días hábiles). La prestación de los servicios se entenderá cumplida por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos de los pliegos técnicos y particulares, y a satisfacción de la Fundación Comunidad Valenciana-Región Europea, la totalidad de su objeto. Prórroga: No se establece prórroga. G)
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. 10.1. El presente contrato tendrá una duración de dos años desde la fecha de formalización del acta de inicio de los suministros.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato será el establecido en el ANEXO I del presente PCAP, tiempo que se estima razonable para que el concesionario recupere las inversiones realizadas para la explotación de los servicios-englobando un rendimiento sobre el capital invertido-, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014 y de conformidad al artículo 278.c) del TRLCSP. La duración del Contrato se establece entre la fecha de la firma del contrato y la devolución de la fianza definitiva que habrá de constituir el adjudicatario para responder de la correcta ejecución del contrato.