Tramitación electrónica. Cuando el licitador opte por la licitación electrónica, el acceso y descarga de los pliegos, la presentación de las solicitudes de participación y proposiciones, la aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones entre licitador y órgano de contratación se realizarán exclusivamente a través de la plataforma de contratación pública utilizada por el INGESA para las licitaciones electrónicas en la dirección web xxxx://xxxxxxxx.xxxxx.xx/XXX_Xxxxxxxx/XxxxXxxxxxxxxXxxxx, cuya descripción, características, sistema de acceso y operatividad se establecen en el anexo 1 del presente pliego. Conforme a lo dispuesto en la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx, por la que se regula el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de contratación, la opción por el uso de medios electrónicos vincula al licitador durante toda la fase de licitación del contrato.
Tramitación electrónica. 1. De acuerdo a lo establecido en el artículo 14, en el segundo párrafo del artículo 16.5 y en el quinto párrafo del artículo 41.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la tramitación electrónica de este procedimiento será obligatoria en todas sus fases dadas las características de los solicitantes a los que se destinan las ayudas de este programa, al tratarse de interesados con un elevado grado de implantación y uso de las tecnologías de la información y de la comunicación y de proyectos de naturaleza fuertemente tecnológica. Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible relativa a los proyectos que concurran a estas ayudas deberán presentarse en el registro electrónico de la Generalitat. Las solicitudes y demás documentación podrán presentarse igualmente en cualquiera de los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, si así se prevé expresamente en la Resolución de convocatoria, una vez se haya asegurado la completa interoperabilidad de dichos registros y los demás requisitos establecidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tramitación electrónica. 1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento. Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible relativa a las entidades beneficiarias que concurran a estas ayudas, serán presentadas a través del registro electrónico del Servicio Público de Empleo Estatal, accesible en la siguiente dirección de su sede electrónica:
Tramitación electrónica. 1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la tramitación electrónica de este procedimiento será obligatoria en todas sus fases. Las solicitudes y demás documentación exigible deberán presentarse en el registro electrónico del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Tramitación electrónica. 1. La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, según lo establecido en el artículo 15 de las bases reguladoras. Las solicitudes y demás documentación exigible relativa a los proyectos que concurran a estas ayudas deberán presentarse en el registro electrónico del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Tramitación electrónica. 1. Las solicitudes presentadas, así como la comuni- cación de la adjudicación y la justificación final de las obras realizadas a través de la aplicación informática, quedarán registrados en el Registro Telemático del Minis- terio de Administraciones Públicas.
Tramitación electrónica. Cuando los licitadores hayan optado por esta forma de tramitación del expediente, el acceso y descarga de los pliegos, la presentación de las solicitudes de participación y proposiciones, la aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones entre licitador y órgano de contratación se realizarán exclusivamente a través de la plataforma de contratación pública utilizada por el INGESA para las licitaciones electrónicas en la dirección xxx.xxxxxx.xx, cuya descripción, características, sistema de acceso y operatividad se establecen en el anexo 1bis del presente pliego. Conforme a lo dispuesto en la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx, por la que se regula el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de contratación, la opción por el uso de medios electrónicos vincula al licitador durante toda la fase de licitación del contrato.
Tramitación electrónica. Documento firmado electrónicamente (Ley 40/2015) por XXXXXXX XXXXXXXX XXX, el Delegado Especial de la AEAT, 3 xx xxxx de 2021. Autenticidad verificable mediante Código Seguro Verificación G97PUL8ZP65MQDE7 en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx Delegación Especial xx Xxxxx Balears
Tramitación electrónica. Para la tramitación electrónica del expediente, el acceso y descarga de los pliegos, la presentación de las solicitudes de participación y proposiciones, la aportación de documentos, las comunicaciones y notificaciones entre licitador y órgano de contratación se realizarán exclusivamente a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx). En su caso, los licitadores deberán preparar y presentar obligatoriamente sus ofertas de forma electrónica a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx), de acuerdo con lo previsto en la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas que podrán encontrar en el siguiente enlace: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxXxxxx En la citada guía se documenta cómo el licitador debe preparar y enviar la documentación y los sobres que componen las ofertas mediante la “Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas” que se pone a su disposición y que se arrancará automáticamente en su equipo local siguiendo las instrucciones que figuran en la guía de referencia. A estos efectos, es requisito inexcusable ser un usuario registrado de la Plataforma de Contratación del Sector Público y rellenar tanto los datos básicos como los datos adicionales (ver Guía de Utilización de la Plataforma de Contratación del Sector Público para Empresas, Guía del Operador Económico, disponible en el anterior enlace). En el apartado 7.2. del cuadro de características se determina para este expediente, la tramitación exclusivamente electrónica, por lo que, no se admitirán aquellas ofertas que no sean presentadas a través de los medios descritos. Conforme a lo dispuesto en la Orden EHA/1307/2005, de 29 xx xxxxx, por la que se regula el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de contratación, la opción por el uso de medios electrónicos vincula al licitador durante toda la fase de licitación del acuerdo marco.
Tramitación electrónica. ⊠SI ▢NO La presentación de ofertas se llevará a cabo exclusivamente utilizando medios electrónicos en los términos establecidos en el presente pliego en concordancia con lo dispuesto en la LCSP. Lugar Web: Plataforma de Contratación del Sector Público. xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx En sede de la Entidad Contratante: Sociedad para el desarrollo de la provincia xx Xxxxxx, S.A.U. Xxxxx xxx Xxxxxxx 00. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx xxx Xxx. 00000 Xxxxxx Teléfono contacto 000 00 00 00 E-mail xxxx@xxxxxxx.xx Podrán contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de aquellas prestaciones que estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.