CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION Cláusulas de Ejemplo

CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION. La información que sea suministrada en virtud de la suscripción de la presente póliza queda tutelada por el derecho a la intimidad y confidencialidad, salvo manifestación por escrito del Asegurado en que se indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial.
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION. Bajo el principio de confidencialidad, todas las personas que intervengan en el tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento.
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION. La información que el adjudicatario obtenga por causa o como consecuencia de la ejecución del presente contrato es confidencial y sólo podrá ser utilizada para llevarla a cabo. Los datos contenidos en la documentación que se entregue a la empresa adjudicataria son datos personales sometidos a las disposiciones de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 xx xxxx, de Protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y demás legislación concordante y en vigor y todas las que se promulguen sobre la materia en el curso de la ejecución del contrato. El adjudicatario/a se obliga a respetar, en su propio nombre y en el de todo el personal que contrate o dependa de él la normativa mencionada. Toda la información, documentación, programas informáticos y demás medios o datos que la Administración, ponga a disposición del adjudicatario son propiedad de la Administración y no podrán ser utilizados o reproducidos más que en la medida en que sea necesario para desarrollar los trabajos contratados, comprometiéndose el adjudicatario a devolverlos o destruirlos al finalizar el contrato.
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION. Toda la información generada en las actividades contratadas es propiedad exclusiva de la Agencia Nacional de Hidrocarburos y por lo tanto la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, se compromete a mantener reserva y confidencialidad sobre la misma. La Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia no está autorizada para difundir los resultados, ni para emitir juicios o conceptos sobre ellos, a menos que la ANH, mediante comunicación escrita, delegue en ésta, una autorización expresa para hacerlo. Por consiguiente, la Universidad Pedagógica y Tecnológica y el personal a su servicio se abstendrán de divulgar, publicar o comunicar, directa o indirectamente a persona alguna la información que conozcan por razón o con motivo del contrato y se empleará exclusivamente para el cumplimiento de las obligaciones a su cargo y la prestación de los servicios técnicos materia del mismo. En consecuencia, se obliga, y así se impondrá a los empleados, contratistas y subcontratistas, a guardar absoluta reserva sobre los datos, especificaciones o cualquier otra información que obtenga o se le proporcione y se compromete además a no ponerla en manos ni a disposición de personas ajenas al contrato. Director del Proyecto Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia Nombre: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx: 0000000000 e-mail: xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Decano Sede Seccional Sogamoso, Universidad Nombre: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Pedagógica y Tecnológica de Colombia Teléfono: 0000000000 e-mail: xxxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Tunja, 00 xx xxxxx xx 0000 Xxxxxxx: Jefe Dpto. xx Xxxxxxx Humano UPTC Por medio de la presente, solicito respetuosamente se sirva certificar si dentro de la planta de personal de la UPTC existe personal que pueda cumplir con las funciones de servicios profesionales de un Geólogo xx Xxxx/Petrofísico para realizar la evaluación de los recursos actuales de gas participando en un grupo multidisciplinario encargado de realizar el inventario de las manifestaciones y producción comercial de gas, la evaluación del tipo de yacimientos (gas en solución, capa de gas), la distribución estratigráfica y por cuencas de los recursos de gas y el modelo geológico de las acumulaciones de gas, desarrollar la comparación y/o correlación de los resultados de composición de gases con los registrados durante la perforación xx xxxxx (relaciones cromatográficas), en el marco del Contrato Interadministrativo No. 337 de 2021 suscrito entre la Agencia Nacional d...
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION. Toda información obtenida por el Consultor y el personal que tenga a cargo ofrecer los servicios descritos en esta consultoría, así como sus informes y los documentos que produzca, relacionados con la ejecución de su contrato, deberá ser considerada confidencial, no pudiendo ser divulgados sin autorización expresa y por escrito del OSCE. El Consultor y, en su caso, el personal que tenga a cargo ofrecer los servicios descritos en este documento, deberá observar el mayor sigilo y confidencialidad en relación con conversaciones, datos, documentos e información general del OSCE que lleguen por cualquier medio a ser de su conocimiento, y en general, de cualquier antecedente o elemento, material o conceptual. Cualquier contravención grave a lo anterior, entendiendo como grave aquella que afecte negativamente y a cualquier nivel las relaciones oficiales del OSCE con las autoridades nacionales, o bien que se traduzca en difusión pública o comercial que lesione de cualquier manera la confidencialidad de información del OSCE, podrá dar lugar a dar por terminado el contrato, lo cual se realizará mediante comunicación escrita al Consultor denunciando tales hechos.
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION. El adjudicatario estará obligado a guardar la máxima confidencialidad en relación a los datos a los que pueda tener acceso en la representación del servicio, de manera que, tanto durante la vigencia del presente contrato, como a su finalización, deberá actuar con estricto cumplimiento de las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en su normativa de desarrollo. El adjudicatario únicamente tratará dichos datos conforme a las instrucciones que reciba del Consorcio, debiendo adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los referidos datos y que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter confidencial o personal en poder del adjudicatario deberán ser destruidos o devueltos al Consorcio, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter confidencial o personal objeto de tratamiento. Asimismo, queda expresamente prohibida la reproducción, distribución, comunicación, transformación, puesta a disposición, o cualquier tipo de manipulación de la información confidencial del Consorcio, contenida en cualquier tipo de soporte, a ninguna tercera persona física o jurídica, de forma gratuita u onerosa, ni siquiera para su conservación. El adjudicatario se obliga a no aplicar o utilizar la información confidencial del Consorcio para fines distintos a los especificados en el contrato de referencia, así como a no utilizar dicha información al servicio de fines o intereses ajenos al presente contrato. El adjudicatario únicamente permitirá el acceso de la información confidencial al personal a su servicio que tenga la necesidad de conocerla para el desarrollo de las actividades y servicios contratados, haciéndose responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad por parte de dicho personal. En el caso de que el adjudicatario destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será de aplicación el régimen sancionador prevenido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en su normativa de desarrollo. Don/doña..........................................................................................................................., mayor de edad, con domicilio en.............................................
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION. El contratista deberá guardar absoluta confidencialidad del presente procedimiento, así como de la Institución cumpliendo con la Política de Seguridad de la Información en las relaciones con los proveedores.
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION. 1. Ninguna de las Partes tiene la obligación de comunicar información a la Otra, si dicha información está prohibida por la legislación nacional de la Parte que la posea o pudiera ser incompatible con los intereses importantes de esa Parte. (a) La información, distinta a la información del dominio público, comunicada por una Parte a la Otra, de conformidad con lo dispuesto en este Acuerdo, sólo será utilizada por la Parte que la reciba para el propósito especificado en el numeral 1 del artículo I del presente Acuerdo.
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION. La información que sea suministrada por el Tomados y la persona Asegurada a la Compañía con ocasión de esta Póliza, estará protegida por el derecho a la intimidad y confidencialidad, salvo autorización por escrito del Asegurado en contrario, diferente del contrato de seguro, donde se expresen los fines de levantamiento de la confidencialidad y el alcance de la diseminación de los datos. PRESCRIPCION - Todos los derechos derivados de esta póliza prescribirán en un plazo de cuatro (4) años, que se contarán a partir del momento en que tales derechos sean exigibles por la parte que los reclama.
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION. Toda información obtenida y/o proporcionada por el SIN, así como aquella otra a la que tuviere acceso los peritos al realizar el trabajo encomendado, se encontrara bajo la aplicación del Art. 67º de la Ley Nº 2492 (Código Tributario Boliviano).