DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. La primera ocasión de integrar aspectos sociales en un contrato público se presenta en la fase inmediatamente anterior a la aplicación de las Directivas pertinentes, es decir, en el momento de la elección del objeto del contrato o, simplificando, cuando se plantea la pregunta “¿qué deseo construir o comprar como Administración pública?”. En esta fase, los poderes adjudicadores gozan de una buena oportunidad para tener en cuenta los aspectos sociales y escoger un producto o servicio que se corresponda con sus objetivos sociales. Hasta qué punto lo harán depende en amplia medida de la concienciación y los conocimientos de los poderes adjudicadores. Tal como señala la Comisión en su Comunicación sobre la legislación comunitaria de contratos públicos y las posibilidades de integrar los aspectos medioambientales en la contratación pública, estas posibilidades varían según los diversos tipos de contratos14. Lo mismo sucede con las posibilidades de tener en cuenta los aspectos sociales. Los contratos públicos de obras y servicios, que ofrecen concretamente la oportunidad de imponer un determinado modo de ejecución, son los que mejor permiten a los poderes adjudicadores tener en cuenta intereses de tipo social. En el caso de los contratos públicos de suministros, y al margen de la elección fundamental del objeto de los mismos ("¿qué voy a comprar?"), las posibilidades de tomar en consideración aspectos sociales son más limitadas. Los poderes adjudicadores podrán, por ejemplo, decidir adquirir bienes o servicios destinados a satisfacer las necesidades específicas de una categoría dada de personas, en particular, desfavorecidas o marginadas15. En este contexto, cabe destacar que los contratos de 13 Véanse el considerando 22 de la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de suministro, de servicios y de obras, COM 2000/0275 final (DO C 29 E de 30.1.2001, p. 11-111), que se refiere al artículo 23.3 de la propuesta, y el considerando 32 de la propuesta de Directiva relativa a la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía y de los transportes, COM 2000/0276 final (DO C 29 E de 30.1.2001, p. 112-188), que se refiere al párrafo tercero del artículo 33 de la propuesta. 14 Véase el capítulo dedicado a la definición del objeto del contrato en la Comunicación interpretativa de la Comisión sobre la legislació...
DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. 1- Objeto del contrato: LIMPIEZA VIARIA XX XXXXXXXX El objeto de esta contratación lo constituye la gestión en todo el término municipal xx Xxxxxxxx del Servicio Público de Limpieza Urbana y otros servicios afines. El contrato se divide en 3 lotes: * Lote 1: Limpieza urbana básica, programada y otros trabajos afines. * Lote 2: Limpieza vertical, limpieza de papeleras y mantenimiento de contenedores caninos y rejillas (contratación reservada). * Lote 3: Mantenimiento integral xx xxxxxxx ornamentales. Cada licitador podrá concurrir exclusivamente a uno de los tres lotes. Además, sólo podrán participar en la licitación correspondiente al lote 2 los centros de inserción social y centros especiales de empleo sin ánimo de lucro (Art. 9 ley xxxxx de contratos públicos) (no se ha rellenado la casilla reservado porque solo el lote 2 es reservado. Al lote 1 y 3 pueden participar empresas ordinarias). El contratista tendrá la obligación de realizar los trabajos y servicios necesarios para la limpieza pública urbana y otros trabajos afines descritos en el pliego de prescripciones técnicas particulares, incluyendo todos y cada uno de los trabajos contratados dentro del ámbito territorial propio del contrato. El presupuesto del contrato y el apartado de anualidades no se cumplimentan debido a la existencia de lotes y a una división en tablas que se adjuntan como Anexo VI. Presupuesto. El presupuesto que a continuación se relata, y el que obra en el anexo es ANUAL. Para conocer la extensión máxima del presupuesto se trataría de multiplicarlo por 5 años. Se ha indicado el presupuesto de licitación ANUAL para clarificar la comparación de las ofertas. El presupuesto de este contrato se ha calculado teniendo en cuenta el convenio colectivo de la empresa fomento de construcciones y contratas, S.A. con su personal dedicado al servicio de limpieza publica de la ciudad xx xxxxxxxx (Navarra) publicado en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx de 26 xx xxxxx de 2013 y, considerando que la parte más importante del mismo debe dedicarse a la remuneración de las personas trabajadoras y que el establecimiento de unas buenas condiciones laborales redundará en la calidad del servicio que se prestará a la ciudadanía. C. – PRECIO DEL CONTRATO. 5- Partida Presupuestaria: 31/16300/227000 8- Tipo de Fondo:
DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. Procedimiento: Contratación de los servicios de arbitrajes y control de la actividad deportiva denominada “XXXVIII Trofeo de Fútbol Excma. Diputación xx Xxxxxx 2016/2017”. Necesidades administrativas a satisfacer: cumplir con el mandato legislativo establecido en este sentido el art. 8 de la Ley 27/2003, de 28 xx xxxxx de 2003 del Deporte de Castilla y León literalmente prescribe: "Las Provincias en los términos que dispone la legislación de régimen local, la presente Ley y la legislación sectorial del Estado, y con sujeción a los principios de colaboración y coordinación interadministrativa, ejercerán en su correspondiente ámbito territorial las siguientes competencias: a) El fomento del deporte, en especial del deporte en edad escolar y del deporte para todos. Admisibilidad de variantes: SI NO Admisibilidad de mejoras: SI NO Nomenclatura CPV Categoría: 26 : Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos Régimen jurídico: Este contrato es calificado como de servicios, a tenor de lo dispuesto por el art. 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP). El procedimiento aplicable a esta Contratación es el abierto, a tenor de lo establecido por el art. 138 de T.R.L.C.S.P., por lo que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, según dispone el art. 157 de T.R.L.C.S.P En consecuencia el régimen jurídico en cuanto a su preparación, adjudicación modificación, efectos y extinción se regirá por el RDL 3/2011, y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo, o, en su caso las normas de derecho privado.
DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. CPV: LOTE 1: CPV:
DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. 3 1.- OBJETO DEL CONTRATO 3
DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. La definición del objeto de los contratos ha de ser redactada de forma particular y específica para cada uno de ellos. Al describir las características de las obras, los productos o los servicios a contratar, se optará por las condiciones que sean más adecuadas en función del valor social o medioambiental correspondiente, tales como: el fomento del empleo de personas en situación o riesgo de exclusión social, la inserción laboral de personas con discapacidad, el fomento de la estabilidad en el empleo, la sostenibilidad, el comercio justo, la promoción de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y el impulso de medidas de conciliación de la vida familiar y laboral en las empresas.
DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. (Cláusulas 5 y 27)
DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. (cláusula 1.A) DOCUMENTO Y FECHA AUTOR/ES FECHA Y ÓRGANO DE APROBACIÓN
DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. CPV: Lote 1 CPV: Lote 2 CPV: POSIBILIDAD DE LICITAR POR LOTES: SI NO POSIBILIDAD DE LICITAR POR SUBLOTES/PARTIDAS: : SI NO Limitaciones en lotes: SI, ver Anexo nº I NO C. CONTRATO RESERVADO SI Ver Anexo I NO Centros especiales de empleo. Centros de inserción social. Otros (especificar): D. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (Ver Anexo II) Importe de licitación IVA excluido Tipo IVA aplicable: % Presupuesto base de licitación (IVA incluido) Lote 1 Lote 1 Importe IVA Lote 1 Lote 2 Lote 2 Importe IVA Lote 2 Pago mediante entrega de bienes: SI NO Aplicación Presupuestaria: SISTEMA DE DETERMINACION DEL PRECIO:
DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO. La contratación de este tipo de servicios viene motivada por la necesidad del Festival de alquilar los equipos de iluminación que el Festival no posee en propiedad, por ser específicos para Teatros o Auditorios, y que son necesarios como equipamiento básico general para las actuaciones de las Compañías xx Xxxxx en el Teatro del Generalife. Por tanto, es objeto del contrato el alquiler de los equipos de iluminación para los eventos programados en el Teatro del Generalife dentro de la 68 edición del Festival, según las características de los equipos de iluminación que se detallan a continuación. Además, la empresa deberá poner disposición del Festival el personal técnico necesario para la supervisión de la descarga del material de iluminación y su instalación en el Teatro, antes del inicio del Festival. Dicho personal técnico de la empresa también deberá encargarse de la supervisión del desmontaje, revisión y carga de los equipos de iluminación suministrados, una vez finalizada la edición del Festival. La empresa adjudicataria asumirá la total responsabilidad por cuantos daños, desperfectos o deterioros sean causados en el material y en las instalaciones como consecuencia de culpa o negligencia del personal de su plantilla que se encargue de la supervisión de la instalación y desmontaje. Asimismo, el adjudicatario será responsable por los daños que pudieran causarse a terceras personas y en especial a los usuarios, como consecuencia de la negligencia o culpa de sus trabajadores en el desarrollo de sus funciones. 1 Firmado digitalmente por 24230788N XXXXX XXXXX XXXXXXX (R: P6808903F) Fecha: 2019.05.23 10:07:55 +02'00' La entrega de los equipos en el Teatro del Generalife tendrá lugar como muy tarde el 16 xx xxxxx de 2019, y su recogida se realizará a partir del 12 de julio de 2019. En concreto, los equipos de iluminación tendrán las siguientes características: Robótica y Convencional - 12 Xxxxxx QUANTUM WASH - 16 Xxxxxx XXX XXXXX PERFORMACE SPOT - 24 Xxxxxx XXX XXXX - 2 Cañones de Seguimiento XXXXXX XXXXXX MERLIN 2.500W - 24 Barras Pixel Bar - 12 Panoramas Asimétricos 1KW - 24 Fresnel 2 KW XXXXXX XXXXXX - 16 Recortes ETC 750 15/30º - 21 Recortes ETC 750 25/50º - 25 Recortes ETC 750 36º - 18 Recortes ETC 750 19º - 50 Par-64 Lámparas 5/2/1 - 12 Par LED - 6 Iris ETC - 6 Porta-Gobo ETC - 15 Repuestos de Lámparas por modelo - 34 Mangueras Xxxxxxx 15 metros - 24 Xxxxxxxxx Xxxxxxx –Schuko - 180 Xxxxxx Xxxxxx - Consola GRAND MA 2. FULL SIZE - 2 Máquinas de Humo TOUR ...