Intereses Moratorios. En caso xx xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto de intereses moratorios, la cantidad que resulte de multiplicar por 2 (DOS) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán: 1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente; 2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y 3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos).
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Samples: Crédito Y Servicios Financieros, Contrato Único De Personas Físicas, Crédito
Intereses Moratorios. En caso xx xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto de intereses moratorios, la cantidad que resulte de multiplicar por 2 (DOS) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;.
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(sXxxxxxxx(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos).
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Samples: Crédito, Contrato Único De Personas Físicas, Contrato Único De Personas Físicas
Intereses Moratorios. En caso 10.1. El solo atraso en el pago de cualquier monto adeudado a CAF conforme al Contrato constituirá al Prestatario en situación xx xxxx automática, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo el Prestatario, ni el Garante si lo hubiere, invocar un arbitraje a su favor.
10.2. De producirse una situación xx xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto Prestatario pagará a CAF intereses moratorios sobre la porción de intereses moratorios, capital de plazo vencido a la cantidad tasa anual variable que resulte de multiplicar sumar a la tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el período comprendido entre la fecha en que debía efectuarse el pago (ya sea en un vencimiento convenido o por 2 anticipación de éste conforme al Contrato) y la fecha efectiva de pago, el Margen y dos por ciento (DOS2%) (en adelante, la Tasa de Interés Interbancaria Moratorio”). El cobro de Equilibrio (TIIE) los intereses moratorios calculados conforme a lo aquí previsto procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado.
10.3. Sin perjuicio del cobro de los intereses moratorios, ante una situación de incumplimiento por cada disposición parte del Prestatario, CAF podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el Préstamo de acuerdo a plazo lo establecido en las Cláusulas de 28 (VEINTIOCHO) días estas Condiciones Generales tituladas “Suspensión de Obligaciones a Cargo de CAF” y que se causarán:“Declaración de Plazo Vencido xxx Xxxxxxxx”.
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato10.4. Los intereses moratorios, moratorios serán calculados sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días en caso relación con el número de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con días calendario efectivamente transcurridos. Todas las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo determinaciones de los intereses será la última publicada moratorios serán hechas por CAF y serán concluyentes en el Diario Oficial ausencia de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)error manifiesto.
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Samples: Loan Agreement, Loan Agreement
Intereses Moratorios. En caso “El Prestatario” pagará a “La Corporación” el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) de la Cláusula Décima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso en el pago de una obligación a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto sin necesidad de intereses moratoriosrequerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la cantidad que resulte tasa de multiplicar por 2 (DOS) interés, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre el vencimiento de Interés Interbancaria la obligación y la fecha efectiva de Equilibrio (TIIE) pago, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por cada disposición parte de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días lo establecido en las Cláusulas 16 y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación 18 de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este ContratoAnexo. Los intereses moratoriosmoratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, en caso sobre la base de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 trescientos sesenta (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho360) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)año.
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Samples: Loan Agreement, Loan Agreement
Intereses Moratorios. En Salvo lo dispuesto en los sub-incisos de Interés Base, Interés Alternativo y Pagos Recibidos en Exceso, en caso xx xxxxde incumplimiento de cualquiera de las Partes respecto del pago puntual de:
1.4.4.4.1 Las contraprestaciones no objetadas, determinadas o consentidas, o;
1.4.4.4.2 Los reembolsos de pagos recibidos en exceso por cualquiera de las Partes, una vez que hubiesen sido determinadas por acuerdo de las mismas o por resolución en los términos de los procedimientos de resolución de controversias previstos en el Cliente deberá pagar convenio que al Banco por concepto efecto suscriban las partes, en el entendido de que, en este caso, mientras no exista tal determinación no procederá el pago de intereses moratorios. En ambos casos, la cantidad Parte que resulte incumplió pagará en adición a dichas contraprestaciones o reembolsos, en su caso, y desde la fecha de multiplicar por 2 (DOS) vencimiento de las contraprestaciones o reembolsos hasta la fecha en que queden totalmente pagados, intereses moratorios sobre saldos insolutos a una tasa anual que será igual a la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio anual más reciente en relación con la fecha en que ocurra la xxxx, sobre bases de cálculos mensuales. La tasa base para efectos del cálculo de intereses moratorios en el primer periodo mensual será la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio vigente en la fecha de vencimiento de las contraprestaciones o reembolsos correspondientes. Dicha tasa base se ajustará mensualmente empleando la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio vigente en la fecha en que inicie cada periodo mensual subsecuente, contado a partir de la fecha de vencimiento de las contraprestaciones o reembolsos correspondientes. Los intereses moratorios se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días calendario sobre la base de 1 (TIIEun) año de 360 (trescientos sesenta) días por cada el número de días efectivamente transcurridos desde la fecha de vencimiento de las contraprestaciones o reembolsos, en su caso, hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición del acreedor en la inteligencia de que los intereses moratorias variarán mensualmente junto con las variaciones que sufra la tasa de referencia durante el periodo en que subsista el incumplimiento. Para el supuesto en que desaparezca la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio, la tasa de interés que sirva como base para determinar los intereses moratorios no podrá ser menor a la tasa de interés más xxxx xxx xxxx o instrumento que el Gobierno Federal coloque en el mercado de dinero que se aproxime al plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)días.
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Samples: Interconnection Agreement, Interconnection Agreement
Intereses Moratorios. En caso 10.1. El solo atraso en el pago de cualquier monto adeudado a CAF conforme al Contrato constituirá al Prestatario en situación xx xxxx automática, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo el Prestatario, ni el Garante si lo hubiere, invocar un arbitraje a su favor.
10.2. De producirse una situación xx xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto Prestatario pagará a CAF intereses moratorios sobre la porción de intereses moratorios, capital de plazo vencido a la cantidad tasa anual variable que resulte de multiplicar sumar a la tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el período comprendido entre la fecha en que debía efectuarse el pago (ya sea en un vencimiento convenido o por 2 anticipación de éste conforme al Contrato) y la fecha efectiva de pago, el Margen y doscientos (DOS200) Puntos Básicos (2%) (en adelante la Tasa de Interés Interbancaria Moratorio”). El cobro de Equilibrio (TIIE) los intereses moratorios calculados conforme a lo aquí previsto procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado.
10.3. Sin perjuicio del cobro de los intereses moratorios, ante una situación de incumplimiento por cada disposición parte del Prestatario, CAF podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el Préstamo de acuerdo a plazo lo establecido en las Cláusulas de 28 (VEINTIOCHO) días estas Condiciones Generales tituladas “Suspensión de Obligaciones a Cargo de CAF” y que se causarán:“Declaración de Plazo Vencido xxx Xxxxxxxx”.
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato10.4. Los intereses moratorios, moratorios serán calculados sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días en caso relación con el número de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con días calendario efectivamente transcurridos. Todas las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo determinaciones de los intereses será la última publicada moratorios serán hechas por CAF y serán concluyentes en el Diario Oficial ausencia de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)error manifiesto.
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Samples: Loan Agreement, Contragarantía
Intereses Moratorios. En caso 10.1. El solo atraso en el pago de cualquier monto adeudado a CAF conforme al Contrato constituirá al Prestatario en situación xx xxxx automática, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo el Prestatario, ni el Garante si lo hubiere, invocar un arbitraje a su favor.
10.2. De producirse una situación xx xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto Prestatario pagará a CAF intereses moratorios sobre la porción de intereses moratorios, capital de plazo vencido a la cantidad tasa anual variable que resulte de multiplicar sumar a la tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el período comprendido entre la fecha en que debía efectuarse el pago (ya sea en un vencimiento convenido o por 2 anticipación de éste conforme al Contrato) y la fecha efectiva de pago, el Margen y doscientos (DOS200) Puntos Básicos (2%) (en adelante la Tasa de Interés Interbancaria Moratorio”). El cobro de Equilibrio (TIIE) los intereses moratorios calculados conforme a lo aquí previsto procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado.
10.3. Sin perjuicio del cobro de los intereses moratorios, ante una situación de incumplimiento por cada disposición parte del Prestatario, CAF podrá suspender el cumplimiento de IF-2017-18316857-APN-SSRFI#MF sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el Préstamo de acuerdo a plazo lo establecido en las Cláusulas de 28 (VEINTIOCHO) días estas Condiciones Generales tituladas “Suspensión de Obligaciones a Cargo de CAF” y que se causarán:“Declaración de Plazo Vencido xxx Xxxxxxxx”.
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato10.4. Los intereses moratorios, moratorios serán calculados sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días en caso relación con el número de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con días calendario efectivamente transcurridos. Todas las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo determinaciones de los intereses será la última publicada moratorios serán hechas por CAF y serán concluyentes en el Diario Oficial ausencia de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)error manifiesto.
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Samples: Loan Agreement
Intereses Moratorios. En caso 12.1. El solo atraso en el pago de cualquier monto adeudado a CAF conforme al Contrato xx Xxxxxxxx constituirá al Prestatario en situación xx xxxx automática, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo el Prestatario, ni el Garante si lo hubiere, invocar un arbitraje a su favor.
12.2. De producirse una situación xx xxxx, el Cliente deberá pagar Prestatario pagará a CAF intereses moratorios sobre la porción de capital de plazo vencido a la tasa anual variable que resulte de sumar a la Tasa Base más alta que estuviera vigente durante el período comprendido entre la fecha en que debía efectuarse el pago (ya sea en un vencimiento convenido o por anticipación de éste conforme al Banco Contrato xx Xxxxxxxx) y la fecha efectiva de pago, el Margen y dos por concepto ciento (2%) (en adelante, la “Tasa de Interés Moratorio”). El cobro de los intereses moratorios calculados conforme a lo aquí previsto procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado.
12.3. Sin perjuicio del cobro de los intereses moratorios, la cantidad que resulte ante una situación de multiplicar incumplimiento por 2 (DOS) la Tasa parte del Prestatario, CAF podrá suspender los Desembolsos y el cumplimiento de Interés Interbancaria sus obligaciones bajo el Contrato xx Xxxxxxxx y/o ejercer sus derechos bajo el Contrato de Equilibrio (TIIE) por cada disposición Garantía y/o declarar de plazo vencido el Préstamo de acuerdo a plazo lo establecido en las Cláusulas de 28 (VEINTIOCHO) días estas Condiciones Generales tituladas “Suspensión de Obligaciones a Cargo de CAF” y que se causarán:“Declaración de Plazo Vencido xxx Xxxxxxxx”.
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato12.4. Los intereses moratorios, moratorios serán calculados sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días en caso relación con el número de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con días calendario efectivamente transcurridos. Todas las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo determinaciones de los intereses será la última publicada moratorios serán hechas por CAF y serán concluyentes en el Diario Oficial ausencia de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)error manifiesto.
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Samples: Loan Agreement
Intereses Moratorios. En caso xx xxxxde que "EL CLIENTE" no pague puntualmente alguna cantidad que debe cubrir en favor de "BANCOMER" conforme al presente contrato, el Cliente deberá pagar exceptuando intereses, dicha cantidad devengará intereses moratorios desde la fecha de su vencimiento hasta que se pague totalmente, intereses que se devengarán diariamente, que se pagarán a la vista y conforme a una tasa anualizada igual al Banco resultado de multiplicar la tasa de interés ordinaria por concepto de 2 (DOS). Para calcular los intereses moratorios, la cantidad que resulte tasa anualizada de multiplicar interés moratorio aplicable se dividirá entre 360 (TRESCIENTOS SESENTA) y el cociente se multiplicará por 2 (DOS) la Tasa los saldos insolutos y vencidos, resultando así el interés moratorio de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y día, que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, ha obligado a pagar "EL CLIENTE" en términos de la(seste contrato. DÉCIMA.-COMISIONES. "EL CLIENTE" se obliga a pagar a "BANCOMER", por MEDIOS DE PAGOS PERMITIDOS FECHAS DE ACREDITACIÓN DE LOS PAGOS Efectivo Se acreditará el mismo día. Cheque del mismo "BANCOMER" Se acreditará el mismo día. Cheque de otro banco Si se deposita antes de las 16:00 horas, se acreditará a más tardar el "DÍA HÁBIL" siguiente. Si se deposita después de las 16:00 horas, se acreditará a más tardar el segundo "DÍA HÁBIL" siguiente. Domiciliación Se acreditará: a) Cláusula(sEn la fecha en que la Entidad acuerde con el deudor, o b) En la fecha límite de Restricción pago del crédito Transferencias electrónicas de fondos a) A través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), o mediante cargos y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contratoabonos a cuentas en el mismo "BANCOMER", y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento acreditará mismo "DÍA HÁBIL" en que se liquide ordene la transferencia. b) A través del Sistema de Transferencia Electrónica, se acreditará a más tardar el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo "DÍA HÁBIL" siguiente al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en ordene la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)transferencia.
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Samples: Contrato Préstamo Personal Inmediato
Intereses Moratorios. En caso xx xxxxde incumplimiento de cualquiera de las Partes respecto del pago puntual de:
4.4.4.1.- Las contraprestaciones no objetadas, determinadas o consentidas, o
4.4.4.2.- Los reembolsos de pagos recibidos en exceso por cualquiera de las Partes, una vez que hubiesen sido determinadas por acuerdo de las mismas o por resolución en los términos de los procedimientos de resolución de controversias previstos en el Cliente deberá pagar al Banco por concepto presente Convenio: en el entendido de que, en este caso, mientras no exista tal determinación no procederá el pago de intereses moratorios. En ambos casos, la cantidad Parte que resulte incumplió pagará en adición a dichas contraprestaciones o reembolsos, en su caso, y desde la fecha de multiplicar por 2 (DOS) vencimiento de las contraprestaciones o reembolsos hasta la fecha en que queden totalmente pagados, intereses moratorios sobre saldos insolutos a una tasa anual que será igual a la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio anual más reciente en relación con la fecha en que ocurra la xxxx, sobre bases de cálculos mensuales. La tasa base para efectos del cálculo de intereses moratorios en el primer periodo mensual será la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio vigente en la fecha de vencimiento de las contraprestaciones o reembolsos correspondientes. Dicha tasa base se ajustara mensualmente empleando la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio vigente en la fecha en que inicie cada periodo mensual subsecuente, contado a partir de la fecha de vencimiento de las contraprestaciones o reembolsos correspondientes. Los intereses moratorios se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días calendario sobre la base de 1 (TIIEun) año de 360 (trescientos sesenta) días por cada el número de días efectivamente transcurridos desde la fecha de vencimiento de las contraprestaciones o reembolsos, en su caso, hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición del acreedor en la inteligencia de que los intereses moratorias variarán mensualmente junto con las variaciones que sufra la tasa de referencia durante el periodo en que subsista el incumplimiento. Para el supuesto en que desaparezca la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio, la tasa de interés que sirva como base para determinar los intereses moratorios no podrá ser menor a la tasa de interés más xxxx xxx xxxx o instrumento que el Gobierno Federal coloque en el mercado de dinero que se aproxime al plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)días.
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Samples: Convenio Marco De Interconexión
Intereses Moratorios. En caso xx xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto de intereses moratorios, la cantidad que resulte de multiplicar por 2 (DOS) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este ContratoTítulo, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este ContratoTítulo. Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacionalMoneda Nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos).
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Intereses Moratorios. En caso 10.1. El solo atraso en el pago de cualquier monto adeudado a CAF conforme al Contrato constituirá al Prestatario en situación xx xxxx automática, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo el Prestatario, ni el Garante si lo hubiere, invocar un arbitraje a su favor.
10.2. De producirse una situación xx xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto Prestatario pagará a CAF intereses moratorios sobre la porción de intereses moratorios, capital de plazo vencido a la cantidad tasa anual variable que resulte de multiplicar sumar a la Tasa Base más alta que estuviera vigente durante el período comprendido entre la fecha en que debía efectuarse el pago (ya sea en un vencimiento convenido o por 2 anticipación de éste conforme al Contrato) y la fecha efectiva de pago, el Margen y dos por ciento (DOS2%) (en adelante, la Tasa de Interés Interbancaria Moratorio”). El cobro de Equilibrio (TIIE) los intereses moratorios calculados conforme a lo aquí previsto procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado.
10.3. Sin perjuicio del cobro de los intereses moratorios, ante una situación de incumplimiento por cada disposición parte del Prestatario, CAF podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el Préstamo de acuerdo a plazo lo establecido en las Cláusulas de 28 (VEINTIOCHO) días estas Condiciones Generales tituladas “Suspensión de Obligaciones a Cargo de CAF” y que se causarán:“Declaración de Plazo Vencido xxx Xxxxxxxx”.
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato10.4. Los intereses moratorios, moratorios serán calculados sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días en caso relación con el número de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con días calendario efectivamente transcurridos. Todas las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo determinaciones de los intereses será la última publicada moratorios serán hechas por CAF y serán concluyentes en el Diario Oficial ausencia de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)error manifiesto.
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Samples: Contrato De Préstamo
Intereses Moratorios. En caso xx de incumplimiento en el pago de principal de los Certificados Bursátiles, ya sea en la Fecha de Vencimiento o en la fecha que se haya notificado por el Emisor para llevar a cabo una amortización anticipada total, se devengarán intereses moratorios, en sustitución de los ordinarios, sobre el principal insoluto de los Certificados Bursátiles a la Tasa de Interés Bruto Anual de los Certificados Bursátiles correspondiente al Periodo de Interés que termina en la Fecha de Pago de Intereses en que ocurra el incumplimiento, más 2 (dos) puntos porcentuales. En el entendido que cualquier pago que se reciba se aplicará, en primer término, al pago de cualquier prima aplicable, posteriormente a cubrir intereses devengados y no pagados (moratorios y ordinarios, en ese orden) y, posteriormente, a principal. Los intereses moratorios serán pagaderos a la vista desde la fecha en que tenga lugar el incumplimiento y hasta que la suma de principal haya quedado íntegramente cubierta y se calcularán sobre la base de un año de 360 (trescientos sesenta) días y por los días efectivamente transcurridos en xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco . La suma que se adeude por concepto de intereses moratoriosmoratorios deberá ser cubierta en la misma moneda que la suma principal, la cantidad en el domicilio del Representante Común ubicado en Xxxxx xx xx Xxxxxxx 000 xxxx 0, Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, México, Distrito Federal o en cualquier otro domicilio que resulte de multiplicar por 2 (DOS) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición en un futuro llegue a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días tener y señalar el Representante Común para dichos efectos a más tardar a las 11:00 hrs. del día en que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre efectúe el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción pago y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que ser efectuado después de dicha hora, se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide entenderá pagado el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)Día Hábil siguiente.
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Samples: Supplement
Intereses Moratorios. En caso xx xxxxLa ENTIDAD FINANCIERA y el Acreditado convienen expresamente, a los efectos previstos en los artículos 316 y 317 del Código de Comercio, que el saldo deudor de la cuenta especial a que se refiere la cláusula tercera, de- vengará diariamente, a su vez, desde el día siguiente al vencimiento de cada obligación impagada, el Cliente deberá pagar interés no- minal de demora aplicable a los descubiertos en cuenta, al Banco por concepto de intereses moratoriosmomento del impago, para la cantidad que resulte de multiplicar por 2 (DOS) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y divisa en que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre hubiere convenido el saldo total adeudado si éste cargo en la cuenta a que se diere por vencido anticipadamenterefiere el pacto tercero, siendo actualmente del .......% para los impa- gos en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contratoeuros. Los intereses moratoriosde demora se liquidarán diariamente y serán capitalizables trimestralmente, teniendo la consideración de indemnización por razón de la xxxx en que habrá incurrido el Acreditado, sin perjuicio de la facultad que se confiere a la ENTIDAD FINANCIERA, en caso la cláusula novena, para resolver el presente contrato de línea de crédito y declarar el vencimiento total anticipado de las sumas pendientes de abono a la ENTIDAD FI- NANCIERA. El cálculo de dichos intereses se realizará multiplicando la cantidad no satisfecha por el tipo de interés nominal de demora por los días transcurridos desde que se causenprodujo el impago hasta su pago y dividido todo ello por 36000. Asimismo, junto en los supuestos de retraso en el cumplimiento de las obligaciones dinerarias dimanantes del presente contrato, el Acreditado y sus fiadores solidarios, responderán de los perjuicios que pudieran irrogarse a la ENTI- DAD FINANCIERA como consecuencia de la variación, en contra de aquélla, que el cambio vendedor de la divisa, en relación con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivasel euro, deberán pagarse al momento hubiera sufrido entre el día del vencimiento y la fecha en que se liquide efectúe el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial pago de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)obligación.
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Intereses Moratorios. En caso “El Prestatario” pagará a “La Corporación” el interés moratorio a la tasa pactada en el literal b) de la Cláusula Undécima de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso en el pago de una obligación a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto sin necesidad de intereses moratoriosrequerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, “La Corporación” se encontrará expresamente facultada para recalcular la cantidad que resulte tasa de multiplicar por 2 (DOS) interés, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la Tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el (los) período(s) comprendido(s) entre el vencimiento de Interés Interbancaria la obligación y la fecha efectiva de Equilibrio (TIIE) pago, más el margen aplicable. El cobro procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por cada disposición parte de “El Prestatario”, “La Corporación” podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el préstamo de acuerdo a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días lo establecido en las Cláusulas 16 y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación 18 de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este ContratoAnexo. Los intereses moratoriosmoratorios serán calculados en relación al número de días calendarios transcurridos, en caso sobre la base de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 360 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiochotrescientos sesenta) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)año.
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Samples: Loan Agreement
Intereses Moratorios. En Con independencia de lo dispuesto en la Cláusula Séptima Continuidad y Suspensión de los Servicios de Comercialización o Reventa de Servicios, en caso xx xxxxde incumplimiento por parte del OMV de cualesquiera de sus obligaciones de pago contenidas en la Oferta de Referencia y el presente Convenio, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto pagar, en adición a las cantidades adeudadas, y desde la fecha de intereses moratoriosvencimiento de su obligación de pago hasta la fecha en que queden totalmente pagadas, Intereses Moratorios sobre saldos insolutos a una tasa anual que será igual a la cantidad que resulte de multiplicar por 2 (DOS) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición TIIE a plazo de 28 días más reciente en relación con la fecha en que ocurra el incumplimiento de pago, multiplicada a razón de 3 (VEINTIOCHOtres) veces, sobre bases de cálculos mensuales. La tasa base para efectos del cálculo de Intereses Moratorios en el primer período mensual será la TIIE vigente a la fecha de vencimiento de la obligación de pago correspondiente. Dicha tasa base se ajustará mensualmente empleando la TIIE vigente en la fecha en que inicie cada período mensual subsecuente, contado a partir de la fecha de vencimiento de las contraprestaciones correspondientes. Los Intereses Moratorios se calcularán sobre las cantidades adeudadas y se computarán por días calendario sobre la base de 1 (un) año de 365 (trescientos sesenta y cinco) días y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre por el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamentenúmero de días efectivamente transcurridos desde la fecha de vencimiento de la obligación de pago, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento hasta la fecha en que se liquide liquiden en su totalidad los saldos insolutos a Telcel, en la inteligencia de que los Intereses Moratorios variarán mensualmente junto con las variaciones que sufra la tasa de referencia durante el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivossubsista el incumplimiento. Si Para el supuesto en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en desaparezca la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple de interés que resulte de multiplicar por 2 (dos) servirá como base para determinar los Intereses Moratorios no podrá ser menor a la tasa de rendimiento neto interés más xxxx xxx xxxx o instrumento que el Gobierno Federal coloque en el mercado de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a dinero que se aproxime al plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)días.
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Samples: Convenio Para La Comercialización O Reventa De Servicios
Intereses Moratorios. En caso 10.1. El solo atraso en el pago de cualquier monto adeudado a CAF conforme al Contrato xx Xxxxxxxx constituirá al Prestatario en situación xx xxxx automática, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo el Prestatario invocar un arbitraje a su favor.
10.2. De producirse una situación xx xxxx, el Cliente deberá pagar Prestatario pagará a CAF intereses moratorios sobre la porción de capital de plazo vencido a la tasa anual variable que resulte de sumar a la Tasa Base más alta que estuviera vigente durante el período comprendido entre la fecha en que debía efectuarse el pago (ya sea en un vencimiento convenido o por anticipación de éste conforme al Banco Contrato xx Xxxxxxxx) y la fecha efectiva de pago, el Margen y dos por concepto ciento (2%) (en adelante, la “Tasa de Interés Moratorio”). El cobro de los intereses moratorios calculados conforme a lo aquí previsto procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado.
10.3. Sin perjuicio del cobro de los intereses moratorios, la cantidad que resulte ante una situación de multiplicar incumplimiento por 2 (DOS) la Tasa parte del Prestatario, CAF podrá suspender los Desembolsos y el cumplimiento de Interés Interbancaria sus obligaciones bajo el Contrato xx Xxxxxxxx y/o declarar de Equilibrio (TIIE) por cada disposición plazo vencido el Préstamo de acuerdo a plazo lo establecido en las Cláusulas de 28 (VEINTIOCHO) días estas Condiciones Generales tituladas “Suspensión de Obligaciones a Cargo de CAF” y que se causarán:“Declaración de Plazo Vencido xxx Xxxxxxxx”.
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato10.4. Los intereses moratorios, moratorios serán calculados sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) Días en caso relación con el número de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con días calendario efectivamente transcurridos. Todas las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo determinaciones de los intereses será la última publicada moratorios serán hechas por CAF y serán concluyentes en el Diario Oficial ausencia de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)error manifiesto.
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Samples: Loan Agreement
Intereses Moratorios. En El saldo insoluto vencido y no pagado del Crédito y, en la medida permitida por la Ley Aplicable, cualesquier otros montos a cargo del Estado vencidos y no pagados al amparo de este Contrato devengarán intereses moratorios a partir de la fecha de su vencimiento y hasta el día en que dichas cantidades sean pagadas al Acreditante en su totalidad, incluyendo el caso xx xxxxde que cualquier parte o la totalidad del Crédito se dé por vencido anticipadamente conforme a lo pactado en este instrumento, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto de conforme a lo siguiente: Dichos intereses moratorios, la cantidad que resulte de multiplicar por 2 (DOS) moratorios se causarán a una tasa anual equivalente a la Tasa de Interés Interbancaria aplicable durante el periodo en que ocurra el incumplimiento multiplicada por 1.5 (uno punto cinco). Los intereses moratorios se devengarán a partir de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo que ocurra el incumplimiento de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán:
1trate y hasta la liquidación del monto incumplido. Sobre cualesquiera saldos vencidos Los intereses moratorios se calcularán multiplicando el importe vencido y no pagados oportunamente;
2pagado por la tasa de interés moratoria pactada en el párrafo anterior, dividiendo el producto entre 360 (trescientos sesenta) y multiplicando el resultado así obtenido por el número de días naturales efectivamente transcurridos entre la fecha que haya vencido el importe de que se trate y la fecha en que el mismo sea pagado al Acreditante. Sobre el saldo total adeudado si éste El Estado tendrá obligación de pagar a la vista, de inmediato y sin derecho a ningún plazo xx xxxxxx cualesquier intereses moratorios que se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación causen al amparo de este Contrato, y . Durante el periodo en que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los se devenguen intereses moratorios, en no se devengarán intereses ordinarios. [Xxxxx Xxxxx. Todos los pagos realizados por el Estado al Acreditante conforme al presente Contrato o de conformidad con cualquier otro Documento del Financiamiento, se realizarán sin compensación, deducción o retención alguna respecto de cualesquiera impuestos, gravámenes, contribuciones, derechos, tarifas o cualesquier otras cargas, presentes o futuras, impuestas por cualquier Autoridad Gubernamental (excepto por el impuesto sobre la renta) respecto de dichos pagos (conjuntamente, los “Impuestos”). En caso de que se causencausen o se generen Impuestos sobre los pagos efectuados por el Estado al Acreditante, junto y el resultado de lo anterior sea incrementar el costo al Acreditante, reducir los ingresos a ser percibidos por el Acreditante o causar un gasto al Acreditante en relación con el presente Contrato y siempre y cuando dichos Impuestos: (1) no se traten de Impuestos de carácter federal; (2) no hayan existido en la fecha de celebración del presente Contrato; o (3) no hayan sido consecuencia de la cesión del presente Contrato a favor de un tercero, el cual se encuentre sujeto a obligaciones fiscales más gravosas que las del Acreditante, el Estado conviene en pagar el monto de dicho incremento en costo, reducción en ingresos o gasto adicional derivados de dichos Impuestos a fin de que los impuestos que generen pagos efectuados por el Estado al Acreditante de acuerdo conformidad con las leyes respectivasel presente Contrato o al amparo de cualquier otro Documento del Financiamiento, deberán pagarse al momento en después de efectuar la retención de que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federacióntrate, previo no resulten inferiores al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de monto que el Banco determine su tasa Estado debe pagar al Acreditante en términos del presente Contrato o de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio cualquier otro Documento del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivosFinanciamiento. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivasel Acreditante legalmente acredite para efectos fiscales los Impuestos pagados por el Estado en términos del presente inciso (b), el cálculo Acreditante se obliga a rembolsar al Estado el monto de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos).dichos Impuestos acreditados.]21
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Samples: Contrato De Crédito
Intereses Moratorios. En caso xx de incumplimiento en el pago de principal de los Certificados Bursátiles, (ya sea en la Fecha de Vencimiento, en la fecha que se notifique por el Emisor para llevar a cabo la amortización anticipada (salvo que el Emisor notifique que no realizará la amortización en términos de los dispuesto en el último párrafo de la sección “Amortización anticipada voluntaria de principal” del presente Título) o en la fecha que se declaren vencidos anticipadamente los Certificados Bursátiles, en su caso), se devengarán intereses moratorios en sustitución de los intereses ordinarios, sobre el principal insoluto de los Certificados Bursátiles a una tasa anual igual al resultado de sumar 2 (dos) puntos porcentuales a la Tasa de Interés Bruto Anual calculada en el Periodo de Intereses inmediato anterior a que se haya producido el incumplimiento de pago. En el entendido que las cantidades que se reciban del Emisor se aplicarán al pago de intereses moratorios, intereses ordinarios devengados y no pagados, y al saldo de principal insoluto, en ese orden. Los intereses moratorios serán pagaderos a la vista desde la fecha en que tenga lugar el incumplimiento y hasta que el monto de principal insoluto haya quedado íntegramente cubierto y se calcularán sobre la base de un año de 360 (trescientos sesenta) días y por los días efectivamente transcurridos en xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco . La suma que se adeude por concepto de intereses moratoriosmoratorios deberá ser cubierta en las oficinas del Representante Común, ubicadas en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000, xxxx 0, Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, o en la cantidad dirección que resulte el Representante Común notifique por escrito en el caso de multiplicar por 2 que cambie el domicilio de sus oficinas, en la misma moneda que la suma de principal y a más tardar a las 11:00 hrs. (DOShora Ciudad de México) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y del día en que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre efectúe el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción pago y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que ser efectuado después de dicha hora, se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide entenderá pagado el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)Día Hábil siguiente.
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Samples: Prospectus
Intereses Moratorios. En caso xx xxxxde que “LA PARTE PROMITENTE COMPRADORA” no realice el pago de cualquiera de las exhibiciones a más tardar en la fecha señalada para cada una de ellas en el “Anexo 4.” de este Contrato, como penalidad por el Cliente deberá simple retraso en el cumplimiento de sus obligaciones de pago, “LA PARTE PROMITENTE COMPRADORA” se obliga a pagar al Banco “LA PARTE PROMITENTE VENDEDORA” intereses moratorios sobre los saldos insolutos, a razón de una tasa anual de 24% (veinticuatro por concepto ciento, más el Impuesto al Valor Agregado correspondiente. Los intereses moratorios se generarán desde la fecha original de intereses moratoriosvencimiento del pago de que se trate y hasta su fecha efectiva de pago, la cantidad que resulte de multiplicar y se calcularán: (i) multiplicando el saldo insoluto vencido por 2 (DOS) la Tasa de Interés Interbancaria Moratorio; (ii) el producto de Equilibrio dicha operación se dividirá entre 360 (TIIEtrescientos sesenta); y (iii) el cociente de dicha operación a su vez será multiplicado por cada disposición el número de días efectivamente transcurridos en xxxx. ----------------------- “LAS PARTES” acuerdan que, encontrándose “LA PARTE PROMITENTE COMPRADORA” en xxxx, cualquier pago que éste realice a plazo favor de 28 “LA PARTE PROMITENTE VENDEDORA” se aplicará primero a los intereses moratorios y luego al capital (VEINTIOCHOcualquier saldo insoluto vencido). Si la xxxx persiste por más de 45 (cuarenta y cinco) días y naturales, con independencia de los intereses moratorios que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre generen hasta la fecha efectiva de pago, “LA PARTE PROMITENTE VENDEDORA” podrá rescindir el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, presente Contrato en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo la “Cláusula décima cuarta” del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este presente Contrato. ------------------------------------------------------- Los intereses moratorios, en caso de que moratorios también se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada pagar en el Diario Oficial domicilio de “LA PARTE PROMITENTE VENDEDORA” ubicado en el Xxxxxxx Xx.00000, Xxxxxxx Xxxxx, X.X. 97302 de la Federaciónciudad xx Xxxxxx, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad Yucatán y/o mediante transferencia electrónica de que el Banco determine su tasa fondos de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya “LA PARTE PROMITENTE COMPRADORA” a la última Cuenta de éstas“LA PARTE Titular: Desarrollos SIMCA, dada a conocer por Banco S.A.P.I. de México multiplicada por 2 (dos).C.V.
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Intereses Moratorios. En caso xx xxxxde incumplimiento de cualquiera de las Partes respecto del pago puntual de:
4.4.4.1 Las contraprestaciones no objetadas, determinadas o consentidas, o
4.4.4.2 Los reembolsos de pagos recibidos en exceso por cualquiera de las Partes, una vez que hubiesen sido determinadas por acuerdo de las mismas o por resolución en los términos de los procedimientos de resolución de controversias previstos en el Cliente deberá pagar al Banco por concepto presente Convenio: en el entendido de que, en este caso, mientras no exista tal determinación no procederá el pago de intereses moratorios. En ambos casos, la cantidad Parte que resulte incumplió pagará en adición a dichas contraprestaciones o reembolsos, en su caso, y desde la fecha de multiplicar por 2 (DOS) vencimiento de las contraprestaciones o reembolsos hasta la fecha en que queden totalmente pagados, intereses moratorios sobre saldos insolutos a una tasa anual que será igual a la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio anual más reciente en relación con la fecha en que ocurra la xxxx, sobre bases de cálculos mensuales. La tasa base para efectos del cálculo de intereses moratorios en el primer periodo mensual será la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio vigente en la fecha de vencimiento de las contraprestaciones o reembolsos correspondientes. Dicha tasa base se ajustará mensualmente empleando la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio vigente en la fecha en que inicie cada periodo mensual subsecuente, contado a partir de la fecha de vencimiento de las contraprestaciones o reembolsos correspondientes. Los intereses moratorios se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días calendario sobre la base de 1 (TIIEun) año de 360 (trescientos sesenta) días por cada el número de días efectivamente transcurridos desde la fecha de vencimiento de las contraprestaciones o reembolsos, en su caso, hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición del acreedor en la inteligencia de que los intereses moratorios variarán mensualmente junto con las variaciones que sufra la tasa de referencia durante el periodo en que subsista el incumplimiento. Para el supuesto en que desaparezca la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio, la tasa de interés que sirva como base para determinar los intereses moratorios no podrá ser menor a la tasa de interés más xxxx xxx xxxx o instrumento que el Gobierno Federal coloque en el mercado de dinero que se aproxime al plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)días.
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Samples: Interconnection Agreement
Intereses Moratorios. En caso “El Prestatario” pagará a CAF el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) de la Cláusula de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “Intereses”. El solo atraso en el pago de una cuota de amortización de capital a su vencimiento constituirá a “El Prestatario” en situación xx xxxx, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo “El Prestatario” invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, CAF se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés pactada, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s) entre el Cliente deberá pagar al Banco vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pago, más el margen. El cobro procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por concepto parte de intereses moratorios“El Prestatario”, la cantidad que resulte CAF podrá suspender el cumplimiento de multiplicar por 2 (DOS) la Tasa sus obligaciones y/o declarar de Interés Interbancaria plazo vencido el préstamo de Equilibrio (TIIE) por cada disposición acuerdo a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días lo establecido en las Cláusulas 16 y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación 18 de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este ContratoAnexo. Los intereses moratoriosmoratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, en caso sobre la base de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 trescientos sesenta (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho360) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)año.
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Samples: Loan Agreement
Intereses Moratorios. En caso xx xxxx(a) Por falta de cumplimiento puntual y oportuno en cualquiera de las obligaciones de pago, de acuerdo con lo que se pacta en el presente Contrato, el Cliente Acreditado y/o el Deudor Solidario deberá pagar cubrir al Banco por concepto Acreditante, a partir de intereses moratoriosla Fecha de Pago de que se trate, la cantidad que resulte en lugar de Intereses Ordinarios, los Intereses Moratorios correspondientes a razón de una tasa de interés igual al resultado de multiplicar por 2 1.5 (DOSUno punto cinco) la Tasa de Interés Interbancaria Ordinaria, vigente en la fecha en que el Acreditado debió haber cubierto su obligación (la “Tasa de Equilibrio Interés Moratoria”).
(TIIEb) Para calcular los Intereses Moratorios, la Tasa de Interés Moratoria aplicable se expresará en forma anual y los intereses se calcularán dividiendo la tasa aplicable entre 360 (trescientos sesenta) y multiplicando el resultado obtenido por los días efectivamente transcurridos durante el periodo en el cual se devenguen los intereses y el producto que se obtenga se multiplicará por el saldo del principal vencido y no pagado del Crédito.
(c) Los Intereses Moratorios que, en su caso, se generen: (i) se calcularán sobre la cantidad de principal vencido y no pagado de la disposición de la Línea de Crédito respectiva, por cada disposición a plazo mes transcurrido o fracción que corresponda desde la fecha de 28 su vencimiento y hasta su total liquidación, y (VEINTIOCHOii) días y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre serán cubiertos por el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamenteAcreditado y/o el Deudor Solidario al Acreditante con recursos ajenos al Crédito, en términos de la(slo previsto en la presente Cláusula.
(d) Cláusula(s) El cálculo de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo Intereses Moratorios para una disposición con capital vencido no pagado; y
3. Sobre exentará el importe pago de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que intereses ordinarios sobre amortizaciones no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial vencidas de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos).misma u otras disposiciones
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Samples: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta Corriente
Intereses Moratorios. En caso 12.1. El solo atraso en el pago de cualquier monto adeudado a CAF conforme al Contrato xx Xxxxxxxx constituirá al Prestatario en situación xx xxxx automática, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo el Prestatario, ni el Garante si lo hubiere, invocar un arbitraje a su favor.
12.2. De producirse una situación xx xxxx, el Cliente deberá pagar Prestatario pagará a CAF intereses moratorios sobre la porción de capital de plazo vencido a la tasa anual variable que resulte de sumar a la Tasa de Referencia más alta que estuviera vigente durante el período comprendido entre la fecha en que debía efectuarse el pago (ya sea en un vencimiento convenido o por anticipación de éste conforme al Banco Contrato xx Xxxxxxxx) y la fecha efectiva de pago, el Margen y dos por concepto ciento (2%) (en adelante, la “Tasa de Interés Moratorio”). El cobro de los intereses moratorios calculados conforme a lo aquí previsto procederá hasta IF-2023-28732851-APN-SSRFID#MEC el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado.
12.3. Sin perjuicio del cobro de los intereses moratorios, la cantidad que resulte ante una situación de multiplicar incumplimiento por 2 (DOS) la Tasa parte del Prestatario, CAF podrá suspender los Desembolsos y el cumplimiento de Interés Interbancaria sus obligaciones bajo el Contrato xx Xxxxxxxx y/o ejercer sus derechos bajo el Contrato de Equilibrio (TIIE) por cada disposición Garantía y/o declarar de plazo vencido el Préstamo de acuerdo a plazo lo establecido en las Cláusulas de 28 (VEINTIOCHO) días estas Condiciones Generales tituladas “Suspensión de Obligaciones a Cargo de CAF” y que se causarán:“Declaración de Plazo Vencido xxx Xxxxxxxx”.
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato12.4. Los intereses moratorios, moratorios serán calculados sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) Días en caso relación con el número de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con Días calendario efectivamente transcurridos. Todas las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo determinaciones de los intereses será la última publicada moratorios serán hechas por CAF y serán concluyentes en el Diario Oficial ausencia de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)error manifiesto.
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Samples: Loan Agreement
Intereses Moratorios. Endoso inflacionario del 5% Cláusula de prelación. Cláusula de no-adhesión En caso xx xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto proyecto de intereses moratoriospóliza, la cantidad que resulte Compañia de multiplicar por 2 (DOS) la Tasa Xxxxxxx deberá incluir sus condiciones generales, como las de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación convenio expreso así como las de este Contratoanexo técnico, incluyendo las exclusiones de sus contratos facultativos y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratoriosadhesión, en caso de que apliquen. Claúsula de recuperación de bienes como obra de arte ó de dificl ó imposible reposición, propiedad del inbal y/o donde tenga interes asegurable. Cuando se causentrate de reclamaciones declaradas como perdida total por robo, junto con saquéo, hurto, y que la compañía de seguros haya indemnizado al inbal despues de haberse presentado la documentación necesaria para acreditar la propiedad dentro del marco de la ley, así como para garantizar la transmisión de la propiedad a la compañía de seguros, en caso de que aún no estando vigente la póliza y tiempo despues independientemente de que sean días ó años, y se logre encontrar ó recuperar los impuestos bienes indemnizados, deberán ser devueltos en forma inmediata al inbal, y posteriormente se harán las gestiones administrativas para efectuar las devoluciones que generen correspòndan, En caso de no hacer la inmediata devolución de los bienes al inbal, la compañía de seguros incirriria en responsabilidades por los daños y perjuicios que se ocasionarán en la demora de la devolución oportuna. Los valores de los bienes que se proporcionan, son Indexados al mes de Noviembre de 2008, de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudoa los costos de adquisición los cuales sé reexpresan a Valor de Reposición. La TIIE que servirá Con los Indicadores Económicos del Banco de base México. El Límite máximo de Responsabilidad para el cálculo Primer Riesgo en cada caso se obtuvo de la Perdida Máxima Probable sobre un porcentaje de los intereses será Valores Totales, considerando entre otros elementos, la última publicada mayor acumulación de riesgos y bienes expuestos a mayor riesgo, en el Diario Oficial la zona sísmica mas adversa. Se puede resumir que los tipos constructivos son todos macizos y se cuenta con extinguidores e hidrantes en todas las instalaciones propias y arrendadas, conforme al Reglamento de Protección Civil Vigente. Los inmuebles arrendados se cubrirán bajo la Federacióncobertura de Responsabilidad Civil Arrendatario, previo al inicio con excepción de aquellos que por contrato del período “INBAL”, se tenga que cubrirlos como propios (en caso de siniestro se presentaran los contratos o convenios bajo los cuales se reconozca la responsabilidad civil legal ), (Se anexan relaciones de Xxxxxxxxx, Propios, Arrendados, los que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad están bajo su responsabilidad, de forma indicativa y no limitativa, a fin de que la Compañia de Seguros pueda valuar y apreciar el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en riesgo para la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dossuscripción).
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Samples: Licitación Pública Nacional
Intereses Moratorios. En caso 12.1. El solo atraso en el pago de cualquier monto adeudado a CAF conforme al Contrato xx Xxxxxxxx constituirá al Prestatario en situación xx xxxx automática, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo el Prestatario, ni el Garante si lo hubiere, invocar un arbitraje a su favor.
12.2. De producirse una situación xx xxxx, el Cliente deberá pagar Prestatario pagará a CAF intereses moratorios sobre la porción de capital de plazo vencido a la tasa anual variable que resulte de sumar a la Tasa Base más alta que estuviera vigente durante el período comprendido entre la fecha en que debía efectuarse el pago (ya sea en un vencimiento convenido o por anticipación de éste conforme al Banco Contrato Página 30 de 57 IF-2021-39490124-APN-SSRFID#SAE xx Xxxxxxxx) y la fecha efectiva de pago, el Margen y dos por concepto ciento (2%) (en adelante, la “Tasa de Interés Moratorio”). El cobro de los intereses moratorios calculados conforme a lo aquí previsto procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado.
12.3. Sin perjuicio del cobro de los intereses moratorios, la cantidad que resulte ante una situación de multiplicar incumplimiento por 2 (DOS) la Tasa parte del Prestatario, CAF podrá suspender los Desembolsos y el cumplimiento de Interés Interbancaria sus obligaciones bajo el Contrato xx Xxxxxxxx y/o ejercer sus derechos bajo el Contrato de Equilibrio (TIIE) por cada disposición Garantía y/o declarar de plazo vencido el Préstamo de acuerdo a plazo lo establecido en las Cláusulas de 28 (VEINTIOCHO) días estas Condiciones Generales tituladas “Suspensión de Obligaciones a Cargo de CAF” y que se causarán:“Declaración de Plazo Vencido xxx Xxxxxxxx”.
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato12.4. Los intereses moratorios, moratorios serán calculados sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días en caso relación con el número de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con días calendario efectivamente transcurridos. Todas las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo determinaciones de los intereses será la última publicada moratorios serán hechas por CAF y serán concluyentes en el Diario Oficial ausencia de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)error manifiesto.
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Samples: Loan Agreement
Intereses Moratorios. En caso 10.1. El solo atraso en el pago de cualquier monto adeudado a CAF conforme al Contrato constituirá al Prestatario en situación xx xxxx automática, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo el Prestatario, ni el Garante si lo hubiere, invocar un arbitraje a su favor.
10.2. De producirse una situación xx xxxx, el Cliente deberá pagar Prestatario pagará a CAF intereses moratorios sobre la porción de capital de plazo vencido a la tasa anual variable que resulte de sumar a la tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el período comprendido entre la fecha en que debía efectuarse el pago (ya sea en un vencimiento convenido o por anticipación de éste conforme al Banco por concepto Contrato) y la fecha efectiva de pago, el Margen y doscientos (200) Puntos Básicos (2%) (en adelante la “Tasa de Interés Moratorio”). El cobro de los intereses moratorios calculados conforme a lo aquí previsto procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado.
10.3. Sin perjuicio del cobro de los intereses moratorios, la cantidad que resulte ante una situación de multiplicar incumplimiento por 2 (DOS) la Tasa parte del Prestatario, CAF podrá suspender el cumplimiento de Interés Interbancaria sus obligaciones y/o declarar de Equilibrio (TIIE) por cada disposición plazo vencido el Préstamo de acuerdo a plazo lo establecido en las Cláusulas de 28 (VEINTIOCHO) días estas Condiciones Generales tituladas “Suspensión de Obligaciones a Cargo de CAF” y que se causarán:“Declaración de Plazo Vencido xxx Xxxxxxxx”.
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato10.4. Los intereses moratorios, moratorios serán calculados sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días en caso relación con el número de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con días calendario efectivamente transcurridos. Todas las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo determinaciones de los intereses será la última publicada moratorios serán hechas por CAF y serán concluyentes en el Diario Oficial ausencia de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)error manifiesto.
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Samples: Loan Agreement
Intereses Moratorios. En caso xx xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto de intereses moratorios, la cantidad que resulte de multiplicar por 2 (DOS) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período periodo en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período periodo en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período periodo en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos). Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo.
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Intereses Moratorios. El arrendatario se obliga a favor del arrendador a reconocer los intereses moratorios que se causen a la tasa máxima establecida por la ley comercial sobre los saldos que quedaren pendientes de pago, desde el día en que se constituya en xxxx y hasta el día en que se efectúe el correspondiente pago. En caso consecuencia, los pagos realizados en que incurra en xxxx el arrendatario se imputarán primero a los intereses moratorios y una vez cancelados todos los intereses xx xxxx, las sumas restantes se imputarán a los cánones de arrendamiento y a las sumas insolutas de administración y servicios públicos y todos los dineros que deba el Cliente deberá pagar al Banco arrendatario por razón o con ocasión de este contrato. Parágrafo: En caso de que el arrendatario no pague alguna suma de dinero por concepto de los servicios públicos y estas sean asumidas por el arrendador, además de las sanciones establecidas por este contrato, el arrendatario estará obligado a reconocer el pago de las mismas más los intereses moratorios comerciales. El arrendador podrá hacer efectivo el pago por la vía ejecutiva para lo cual bastará la presentación de las constancias de pago expedidas por la entidad prestadora de los servicios. Además de lo anterior, serán de cargo del arrendatario el pago de las sanciones o multas impuestas por las entidades que prestan los servicios públicos domiciliarios por la mala utilización o de los bienes destinados para este fin. Parágrafo 2: El arrendatario deberá reconocer intereses al arrendador por razón de cualquier suma de dinero que llegare a deber al arrendador. Parágrafo 3: La tasa que se tendrá en cuenta para calcular los intereses moratorios, será la cantidad que resulte de multiplicar tasa máxima legal permitida por 2 (DOS) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre ley en el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide proceda con el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio pago por parte del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)Arrendatario.
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Samples: Lease Agreement
Intereses Moratorios. En caso xx xxxxde incumplimiento en el pago de principal de los Certificados Bursátiles Fiduciarios, en sustitución de la Tasa de Interés Bruto Anual se devengarán Intereses Moratorios sobre el Cliente deberá pagar al Banco principal insoluto de los Certificados Bursátiles Fiduciarios considerando la Tasa de Interés Bruto Anual de los Certificados Bursátiles Fiduciarios, aplicable en el momento en que se hubiera presentado el incumplimiento, más 2 (dos) puntos porcentuales. Los Intereses Moratorios serán pagaderos a la vista desde la fecha en que tenga lugar el incumplimiento y hasta que la suma de principal e intereses de los Certificados Bursátiles Fiduciarios haya quedado íntegramente cubierta. La suma que se adeude por concepto de intereses moratoriosmoratorios será cubierta a través del Representante Común mediante transferencia electrónica y en la misma moneda que la suma principal. Durante el Periodo de Revolvencia y siempre y cuando (i) no haya ocurrido y continúe un Evento de Amortización Acelerada Parcial, la cantidad que resulte de multiplicar por 2 (DOSii) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en hayan descontado los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, montos correspondientes en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen un Evento de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base Retención para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base ser mantenidos en la TIIECuenta de Ingresos de conformidad con lo establecido en la Cláusula 6.3 del Fideicomiso Emisor, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 y (dosiii) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días se cumpla con el Aforo Mínimo, todas las cantidades remanentes serán liberadas y entregadas al Fideicomitente en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período carácter de Fideicomisario en que se devenguen los intereses respectivos, y Segundo Xxxxx en segundo término será la tasa anual simple que resulte cada Fecha de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)Aplicación.
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Samples: Fideicomiso
Intereses Moratorios. En caso 10.1. El solo atraso en el pago de cualquier monto adeudado a CAF conforme al Contrato constituirá al Prestatario en situación xx xxxx automática, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo el Prestatario, ni el Garante si lo hubiere, invocar un arbitraje a su favor. IF-2017-19524649-APN-SSRFI#MF
10.2. De producirse una situación xx xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco por concepto Prestatario pagará a CAF intereses moratorios sobre la porción de intereses moratorios, capital de plazo vencido a la cantidad tasa anual variable que resulte de multiplicar sumar a la tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el período comprendido entre la fecha en que debía efectuarse el pago (ya sea en un vencimiento convenido o por 2 anticipación de éste conforme al Contrato) y la fecha efectiva de pago, el Margen y doscientos (DOS200) Puntos Básicos (2%) (en adelante la Tasa de Interés Interbancaria Moratorio”). El cobro de Equilibrio (TIIE) los intereses moratorios calculados conforme a lo aquí previsto procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado.
10.3. Sin perjuicio del cobro de los intereses moratorios, ante una situación de incumplimiento por cada disposición parte del Prestatario, CAF podrá suspender el cumplimiento de sus obligaciones y/o declarar de plazo vencido el Préstamo de acuerdo a plazo lo establecido en las Cláusulas de 28 (VEINTIOCHO) días estas Condiciones Generales tituladas “Suspensión de Obligaciones a Cargo de CAF” y que se causarán:“Declaración de Plazo Vencido xxx Xxxxxxxx”.
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato10.4. Los intereses moratorios, moratorios serán calculados sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días en caso relación con el número de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con días calendario efectivamente transcurridos. Todas las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo determinaciones de los intereses será la última publicada moratorios serán hechas por CAF y serán concluyentes en el Diario Oficial ausencia de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)error manifiesto.
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Samples: Loan Agreement
Intereses Moratorios. En caso xx de incumplimiento total o parcial en e l pago de las cuotas de amortización consignadas en e l cronograma de pagos, y e n general de cualquiera de las obligaciones a cargo de EL(LOS) CLIENTE(S) , éstos incurrirán automáticamente en xxxx, sin necesidad de aviso judic ial ni requerimiento extrajudic ial previo de n inguna clase, a partir de la fecha del incumplimiento y hasta la total cancelac ión de la obligación vencida, lapso en el Cliente deberá pagar al Banco por concepto de intereses moratorios, la cantidad que resulte de multiplicar por 2 (DOS) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán:
1devengará, el interés moratorio o penalidad por pago de obligaciones e n fecha posterior al vencimiento, de forma adic ional al interés compensatorio, comis iones, otras penalidades y gastos que resul ten aplicables y estén señaladas en la hoja resumen. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2En ningún caso, se cobrará interés moratorio y penalidad por pago de obligaciones en fecha posterior al vencimiento en un mis mo momento. Sobre Asimismo queda entendido que los intereses compensatorios y moratorio s o penalidad por pago de obligaciones en fecha posterior a su vencimiento, comis iones, penalidades, primas de seguro y gastos establec idos en la hoja resumen que pudieran resultar aplicab les, se devengarán hasta que la deuda sea íntegramente cancelada. Se deja constancia que por tratarse de una operación mercantil los intereses compensatorios y moratorios se capitalizarán diar ia mente, al amparo de lo dispuesto en el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3art. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo 1249 del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en Código Civ il 2.16 .INCUMPLIMIENTO DE PAGO: En caso de incumplimiento de pago de una o más cuotas convenidas, LA CMAC CUSCO S.A. queda facultada para que se causen, junto con de modo unilateral de por vencidas las demás cuotas pendientes de pago y todos los impuestos que generen de acuerdo con plazos indicados en e l cronograma entregado a EL(LOS) CLIENTE(S) para proceder a su cobranza conforme a las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen materia. Esta situac ión será informada mediante los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad medios de que el Banco determine su tasa comunicación y plazos señalados para la resolución de interés moratoria con base contrato establecido en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte cláusula 2.18 de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)presente contrato.
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Samples: Contrato De Mutuo
Intereses Moratorios. En caso xx xxxxEL JUZGADOR DEBE ANALIZAR LAS TASAS DE LAS INSTITUCIONES BANCARIAS SIMILARES A LA PACTADA, COMO LO ES LA (TEPP), SÓLO COMO UN REFERENTE PARA IDENTIFICAR LA USURA (NO COMO UN INDICADOR OBJETIVO ÚNICO), CONJUNTAMENTE CON EL RESTO DE LOS PARÁMETROS ESTABLECIDOS PARA, POSTERIORMENTE, CONFRONTARLOS CON LA TASA QUE SE TILDA DE USURARIA, A FIN DE CONTAR CON LOS ELEMENTOS NECESARIOS QUE PERMITAN REDUCIR PRUDENCIALMENTE AQUÉLLOS.- Del contenido de las jurisprudencias 1a./J. 46/2014 (10a.) y 1a./J. 47/2014 (10a.), sustentadas por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como de la ejecutoria que les dio origen, se advierte que en cuanto al parámetro establecido en el texto de la segunda tesis citada, en el inciso g) "tasas de interés de las instituciones bancarias para operaciones similares a la que se analizan", el Cliente deberá pagar Máximo Tribunal Del País no indicó que los juzgadores estaban obligados a adoptar dogmáticamente, y como parámetro único, la tasa de interés más baja de las instituciones bancarias a fin de evitar la usura; por el contrario, fue categórico en cuanto a que debía evitarse ese tipo de interpretaciones, con base en los siguientes razonamientos: 1) "Únicamente constituyen un parámetro de referencia" (las tasas de interés de las instituciones bancarias para operaciones similares a la que se analizan); y, 2) "Aun cuando las tasas de interés bancarias son un buen referente, fijarlas como un parámetro único, impediría al Banco por concepto juzgador que analizara las infinitas particularidades de los casos que se presenten". Lo anterior tiene lugar, aun cuando el juzgador argumente que su proceder le produce mayor beneficio al deudor pues, al no tomar en cuenta el resto de los parámetros que gravitan en torno al asunto específico, es evidente que se trata de una afirmación gratuita, además de que hace nugatorios los derechos Del acreedor ya que, en tal hipótesis, el Juez soslayaría analizar la controversia desde esta última perspectiva. Así las cosas, se concluye que el juzgador, tratándose de intereses moratorios, está obligado a analizar las tasas de las instituciones bancarias similares a la cantidad que resulte pactada, como lo es la tasa efectiva promedio ponderada para clientes no totaleros (TEPP), sólo como un referente para identificar la usura (no como un indicador objetivo único), conjuntamente con el resto de multiplicar por 2 (DOS) los parámetros establecidos para, posteriormente, confrontarlos con la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y tasa que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre tilda de usuraria, a fin de contar con los elementos necesarios que permitan reducir prudencialmente los intereses pactados, tal como lo decretó el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas Máximo Tribunal Del País en los términos pactados precedentes mencionados. En esa medida, resulta acertado partir de la tasa de interés más baja de las previstas en este Contrato. Los intereses moratorioslos "indicadores básicos de las tarjetas de crédito para clientes no totaleros", publicados por el Banco de México, prevalecientes en caso de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento el tiempo en que se liquide celebró la operación que se evalúa (relacionado con el adeudo. La TIIE inciso g) señalado, tasas de interés de las instituciones bancarias para operaciones similares a la que servirá se analizan), para de base para el cálculo ahí calcular en qué medida influye cada uno de los intereses será parámetros enunciados por la última publicada en el Diario Oficial de superioridad para incrementar e, incluso, disminuir aún más, la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria más baja, ya que debe tenerse en cuenta que no existe un límite inferior en la determinación de intereses, sino sólo superior (la usura), por lo que partiendo de la tasa más baja, el juzgador cuenta con mayor libertad para modificar su monto, en congruencia con los parámetros reconocidos por el Alto Tribunal Del País, dado que puede incrementar el interés, sin que se torne usurario, o bien, INTERÉS USURARIO. SI EL ADEUDO DERIVA DE UN PRÉSTAMO QUE SE GARANTIZÓ CON UN PAGARÉ, Y NO FUE CUBIERTO OPORTUNAMENTE, SIN QUE HAYA PRUEBA DE QUE EL ACREEDOR TENGA COMO ACTIVIDAD PRIMORDIAL PRESTAR DINERO, DEBE ACUDIRSE A LA TASA DE INTERÉS EFECTIVA PROMEDIO PONDERADA (TEPP) QUE REGULA EL BANCO DE MÉXICO, PARA SU REDUCCIÓN.- Con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos).los
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Samples: Civil Appeal
Intereses Moratorios. En caso El Prestatario pagará a CAF el interés moratorio a la tasa pactada en el literal (b) de la Cláusula de las Condiciones Particulares de Contratación titulada “INTERESES”. El solo atraso en el pago de una cuota de amortización de capital a su vencimiento constituirá al Prestatario en situación xx xxxx, sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, no pudiendo el Cliente deberá pagar al Banco Prestatario invocar un arbitraje a su favor. De producirse una situación xx xxxx, CAF se encontrará expresamente facultada para recalcular la tasa de interés pactada, aplicando a la porción de capital de plazo vencido la tasa LIBOR más alta que estuviera vigente durante el(los) período(s) comprendido(s)entre el vencimiento de la obligación y la fecha efectiva de pago, más el margen. El cobro procederá hasta el momento en que ocurra el reembolso total del monto adeudado. Sin perjuicio del cobro del interés moratorio ante una situación de incumplimiento por concepto parte del Prestatario, CAF podrá suspender el cumplimiento de intereses moratorios, la cantidad que resulte sus obligaciones y/o declarar de multiplicar por 2 (DOS) la Tasa plazo vencido el préstamo de Interés Interbancaria acuerdo a lo establecido en las Cláusulas 16 y 18 de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo estas Condiciones Generales de 28 (VEINTIOCHO) días y que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este ContratoContratación. Los intereses moratoriosmoratorios serán calculados en relación al número de días calendario transcurridos, en caso sobre la base de que se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 trescientos sesenta (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho360) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivosaño. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos).IF-2017-11920204-APN-SSRFI#MF
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Samples: Contragarantía
Intereses Moratorios. En caso xx de incumplimiento en el pago de principal de los Certificados Bursátiles, (ya sea en la Fecha de Vencimiento, en la fecha que se notifique por el Emisor para llevar a cabo la amortización anticipada (salvo que el Emisor notifique que no realizará la amortización en términos de lo dispuesto en el último párrafo de la sección “Amortización anticipada voluntaria de principal” del presente Título) o en la fecha que se declaren vencidos anticipadamente los Certificados Bursátiles, en su caso), se devengarán intereses moratorios en sustitución de los intereses ordinarios, sobre el principal insoluto de los Certificados Bursátiles a una tasa anual igual al resultado de sumar 2 (dos) puntos porcentuales a la Tasa de Interés Bruto Anual calculada en el Periodo de Intereses inmediato anterior a que se haya producido el incumplimiento de pago. En el entendido que las cantidades que se reciban del Emisor se aplicarán al pago de intereses moratorios, intereses ordinarios devengados y no pagados, y al saldo de principal insoluto, en ese orden. Los intereses moratorios serán pagaderos a la vista desde la fecha en que tenga lugar el incumplimiento y hasta que el monto de principal insoluto haya quedado íntegramente cubierto y se calcularán sobre la base de un año de 360 (trescientos sesenta) días y por los días efectivamente transcurridos en xxxx, el Cliente deberá pagar al Banco . La suma que se adeude por concepto de intereses moratoriosmoratorios deberá ser cubierta en las oficinas del Representante Común, ubicadas en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx Xx. 000, xxxx 0, Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, o en la cantidad dirección que resulte el Representante Común notifique por escrito en el caso de multiplicar por 2 que cambie el domicilio de sus oficinas, en la misma moneda que la suma de principal y a más tardar a las 11:00 hrs. (DOShora Ciudad de México) la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) por cada disposición a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días y del día en que se causarán:
1. Sobre cualesquiera saldos vencidos no pagados oportunamente;
2. Sobre efectúe el saldo total adeudado si éste se diere por vencido anticipadamente, en términos de la(s) Cláusula(s) de Restricción pago y Denuncia o de Vencimiento Anticipado y Terminación de este Contrato, y que existiere saldo vencido no pagado; y
3. Sobre el importe de otras obligaciones patrimoniales a cargo del Cliente que no sean por capital o intereses, si no fueren cumplidas en los términos pactados en este Contrato. Los intereses moratorios, en caso de que ser efectuado después de dicha hora, se causen, junto con los impuestos que generen de acuerdo con las leyes respectivas, deberán pagarse al momento en que se liquide entenderá pagado el adeudo. La TIIE que servirá de base para el cálculo de los intereses será la última publicada en el Diario Oficial de la Federación, previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. Si en cualquier momento se produjere imposibilidad de que el Banco determine su tasa de interés moratoria con base en la TIIE, la tasa sustitutiva será en primer término la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa de rendimiento neto de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) a plazo de 28 (veintiocho) días en su emisión primaria, considerando la última conocida previo al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos, y en segundo término será la tasa anual simple que resulte de multiplicar por 2 (dos) el Costo de Captación a Plazo (CCP) de Pasivos denominados en moneda nacional, tomando en consideración el último publicado en el Diario Oficial de la Federación previó al inicio del período en que se devenguen los intereses respectivos. En el supuesto de que desaparecieran las tasas sustitutivas, el cálculo de los intereses se apoyará en la tasa que sustituya a la última de éstas, dada a conocer por Banco de México multiplicada por 2 (dos)Día Hábil siguiente.
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Samples: Prospectus