RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE Cláusulas de Ejemplo
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009 , de 8 xx xxxx, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. D. con domicilio c nº, con D.N.I. nº _____________________actuando en nombre propio o en representación de con NIF , constituida mediante escritura de fecha otorgada ante el notario D. ________________________________, con residencia en ___________________________________y bajo el número de protocolo . EXPONE: Que enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de Gestión del Servicio Público de la Piscina Municipal de Castrelo do Val y su Bar mediante la modalidad de concesión, hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por canon de :
1- Proposición económica: Canon de (En letra) Canon de (En cifras) En , a de de 20 . Firma del candidato, Fdo.:
1.- Que no se halla comprendido (2) en ninguno de los supuestos de prohibición para contratar con la Administración señalados en el art. 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2.- Que consecuentemente está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, (y en su caso : estando dado de alta en el Epígrafe del I.A.E. y al corriente en el pago del mismo).
3.- Que la empresa tiene, como se acredita, solvencia técnica y financiera suficient...
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, POR EL QUE SE APRUEBA EL Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público: supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defectos, las normas de derecho privado. Corresponde al órgano de contratación resolver las dudas que surjan sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato. Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, si bien en el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista. Contra todos los acuerdos que pongan fin a la vía administrativa procederá el recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
1.- COBERTURA INFORMATIVA DE ACTOS, ACTIVIDADES Y EVENTOS ORGANIZADOS POR EL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX.-
A.- Actividades deportivas: Iniciativas y campeonatos que se desarrollen en el Complejo Deportivo Municipal, ya sean organizadas por el Ayuntamiento, o con cobertura y apoyo municipal, como las realizadas conjuntamente con los centros escolares a lo largo del año (Olimpiadas Escolares, Día Escolar en Bicicleta, Juegos Deportivos Municipales, …). Escuelas deportivas municipales, tanto su oferta, como la labor que realizan y la realización o participación en campeonatos. Los campeonatos de ámbito provincial o regional (Campeonato de Andalucía xx Xxxxx, Encuentro Provincial de Gimnasia Rítmica,…) que se desarrollen en Cartaya. B.-Actividades culturales: Festival de Teatro de Otoño, Noche en Blanco, Festival de Teatro Familiar. Programación cultural anual (exposiciones, conciertos, representaciones teatrales), actividades conjuntas con los centros escolares. Actividades de la biblioteca municipal. Oferta y actividades de las escuelas municipales xx xxxxx, música y pintura. Eventos rel...
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Para lo no previsto en este Pliego, será de aplicación el RD Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el TRLCSP, así como los efectos directos a partir del 00 xx xxxxx xx 2016 de las Directiva Europeas 2014/23 y 2014/24 que le sean de aplicación, siguiendo la recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa y criterios de los Tribunales Contractuales, el RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en lo que se oponga a dicho texto legal, las condiciones Particulares contenidas en los respectivos Pliegos de Condiciones Administrativas y Técnicas aprobadas por la Administración, y por la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y abrirán la vía contencioso- administrativa, a tenor de la Ley de dicha Jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. El presente contrato se encuadra dentro de los contratos de obras, en el TRLCSP.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. El presente contrato tiene carácter privado, siendo competente el orden jurisdiccional civil para conocer de las controversias que surjan en su ejecución. No obstante, los actos de preparación y adjudicación del mismo seguirán los trámites contemplados en las Instrucciones internas de contratación de la FIIAPP en aplicación del art. 3.3.b) del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, como entidad del sector público, por su naturaleza jurídica y por los contratos que celebra. El presente Pliego de Condiciones tiene carácter contractual y contiene las condiciones detalladas a las que se ajustará la ejecución del contrato.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. El presente contrato tiene carácter privado, siendo competente el orden jurisdiccional civil para conocer de las controversias que surjan en su ejecución. No obstante, el presente contrato se regirá por el Título I del Libro III de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, como fundación pública, por su naturaleza jurídica y por los contratos que celebra. Asimismo, a los efectos de la presente ley y en aplicación de los artículos 3.1.e) y 3.3.b) de la misma, como fundación del sector público, ostenta la condición de poder adjudicador. El presente Pliego de Condiciones tiene carácter contractual y contiene las condiciones detalladas a las que se ajustará la ejecución del contrato.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. 19.1. La contratación y ejecución del contrato de servicio a que se refiere el presente Xxxxxx se ajustará a las prescripciones técnicas, y a las Cláusulas en él contenidas, teniendo ambos documentos carácter contractual.
19.2. El presente contrato es de naturaleza privada, rigiéndose por el presente Xxxxxx, y supletoriamente por la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público en lo relativo a la preparación y adjudicación del contrato; y por las normas de Derecho Civil en lo relativo a sus efectos, cumplimiento y extinción.
19.3. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente contratación se resolverán ante la jurisdicción civil.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. El contrato a que se refiere el presente pliego se regirá por las normas establecidas en el Perfil del Contratante de la FGUSAL aprobadas en la reunión de Patronato de 10/04/2014 y en lo que resulte de aplicación, por el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, (en adelante TRLCSP) y con carácter supletorio el resto de las normas de derecho privado. El pliego, y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el pliego, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. El desconocimiento del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos, o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la FGUSAL que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento. Las cuestiones litigiosas que surjan serán resueltas por el órgano de contratación. No obstante, el orden jurisdiccional civil será el competente para conocer de cuantas cuestiones litigiosas afecten a este contrato de naturaleza privada.
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. 58 ANEXO I. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE COMPLEMENTARIA AL DEUC 60 ANEXO II. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA 63 ANEXO III. SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL 64 ANEXO IV. PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y PROPUESTA DE MEDIOS 66 ANEXO V. MODELOS DE NOTIFICACION DE SUBCONTRATACIÓN 67 ANEXO VI. CONTROL DURANTE LA SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS ¡ERROR! ANEXO VII. MODELO DE CONTRATO 69 ANEXO VIII. MODELO DE AVAL 72 ANEXO IX. MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN 73 ANEXO X. MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE EL GRUPO EMPRESARIAL 74 ANEXO XI. DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD LEY ORGANICA 3/2018 DE 5 DE DICIEMBRE 75 ANEXO XII. DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL 76 CLAUSULADO
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. El contrato es de carácter privado, rigiéndose, en cuanto a su preparación y adjudicación, por el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas y, en lo no previsto en el mismo, por las instrucciones internas de contratación de BIC BERRILAN y, por las normas establecidas al efecto en el TRLCSP para los contratos no sujetos a regulación armonizada celebrados por las entidades del sector público que reúnan la condición de poder adjudicador y no sean Administración Pública. En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por el presente Xxxxxx y, en lo no previsto en el mismo, por las normas de derecho privado. No obstante, serán de aplicación al contrato las normas establecidas sobre modificación de los contratos en el título V del Libro I del TRLCSP. Adicionalmente, el TRLCSP, así como el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público y el RD 1098/2001 serán de aplicación en todo en cuanto este Pliego se remita expresamente a dichos textos normativos. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato. En caso de litigio en relación con el contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Donostia/San Xxxxxxxxx. . “D./Xx...........................................................................................................con domicilio en...................................................................................................................................... ..., D.N.I. nº........................, teléfono......................................., e-mail…………………… en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de..............................................................................................................., con domicilio en.............................................................................................................., y D.N.I. o C.I.F. [Según se trate de persona física o jurídica] nº , enterado xxx Xxxxxx de Cláusulas Económico-Administrativas y de Prescripciones Técnicas que ha de regir licitación para la contratación, mediante procedimiento negociado con publicidad, de los servicios de Secretaría Técnica del Programa de Formación para Bioemprendedores en el sector sanitario d...