Suspensión del Plazo Cláusulas de Ejemplo

Suspensión del Plazo. El Plazo de Ia Concesión será suspendido en el supuesto contemplado en la Sección XVII del Contrato, en la medida que los eventos que generen la suspensión de las obligaciones sean de tal magnitud que impidan la prestación del Servicio por parte del CONCESIONARIO.
Suspensión del Plazo. 4.3.1 El plazo se podrá suspender, a pedido de cualquiera de las partes, en los siguientes casos: a) Guerra externa x xxxxxx civil, que impidan la prestación del servicio. b) Fuerza mayor o caso fortuito, conforme estos conceptos son definidos por la Cláusula 15.5 del Contrato y el Código Civil Peruano. c) Destrucción parcial de la infraestructura afectada a los servicios por eventos ajenos al CONCESIONARIO, que haga imposible la prestación de los Servicios con la debida seguridad, a cuando menos una tercera parte de los Usuarios. d) Acuerdo entre las Partes, derivado de circunstancias distintas a las referidas en los Literales a), b) y c), en cuyo caso será necesario contar con la previa opinión del Organismo Regulador. Cualquiera de las Partes puede invocar la Suspensión del Plazo del Contrato por una de las causales señaladas, mediante comunicación dirigida al Organismo Regulador dentro de los treinta (30) Días siguientes de producido el hecho en el cual se sustente la solicitud. Este Organismo se pronunciará mediante resolución debidamente motivada en el plazo de sesenta (60) Días contados desde que reciba la solicitud de suspensión. Ante su silencio se considerará procedente la solicitud de suspensión durante el plazo señalado por el solicitante. En caso que la Parte que ha invocado la Suspensión discrepe con la decisión del Organismo Regulador, dicha parte podrá acudir a los mecanismos de impugnación contra dicha resolución previstos en la normatividad vigente aplicable. La suspensión del plazo del Contrato, conforme a las causales antes señaladas, dará derecho al CONCESIONARIO a la ampliación de dicho plazo, por un período equivalente al de la suspensión.
Suspensión del Plazo. El plazo de la Concesión se podrá suspender a petición de cualquiera de las Partes, en los siguientes casos: Fuerza Mayor o Caso fortuito, con arreglo a lo señalado en el Capítulo XVIII. Acuerdo por escrito entre las Partes, derivado de circunstancias distintas a la referida en el literal anterior. Los demás casos expresamente previstos en el presente Contrato de Concesión. En caso que la causal configurada no afecte el cumplimiento de la totalidad de las prestaciones a cargo del CONCESIONARIO sólo corresponderá disponer la suspensión del plazo dispuesto para el Componente afectado. El CONCESIONARIO puede invocar la Suspensión por una de las causales señaladas en la cláusula precedente, mediante una solicitud de suspensión dirigida al CONCEDENTE, dentro de los cinco (5) Días siguientes de conocido el hecho. Sin perjuicio de ello, dentro de los siete (7) Días siguientes de presentada la referida solicitud, el CONCESIONARIO deberá presentar, con copia a la SUNASS, el sustento de la solicitud de suspensión, mediante la cual se informará respecto al desarrollo de los eventos y se sustentará el periodo estimado de Suspensión y el grado de impacto previsto. El CONCEDENTE se pronunciará en el plazo máximo de treinta (30) Días Calendario contados desde que reciba el sustento de la solicitud de Suspensión o en su defecto, contados a partir del vencimiento del plazo de siete (7) Días establecido para su presentación. Ante la falta de pronunciamiento del CONCEDENTE, se considerará denegada la solicitud de Suspensión por el plazo señalado por el solicitante. En caso que el CONCESIONARIO discrepe con la decisión del CONCEDENTE, podrá acudir a los mecanismos de solución de controversias previstos en el presente Contrato, según sea aplicable. El CONCEDENTE puede invocar la Suspensión por una de las causales señaladas en la Cláusula 4.6., mediante una comunicación de suspensión dirigida al CONCESIONARIO, dentro de los cinco (5) Días siguientes de conocido el hecho. Sin perjuicio de ello, dentro de los siete (7) Días siguientes de presentada la referida comunicación, el CONCEDENTE deberá presentar, con copia a la SUNASS, el sustento de la suspensión, mediante la cual se informará respecto al desarrollo de los eventos y se sustentará el periodo estimado de Suspensión y el grado de impacto previsto. El CONCESIONARIO tendrá un plazo máximo de treinta (30) Días Calendario contados desde que reciba el sustento de la comunicación de Suspensión o en su defecto, contados a partir ...
Suspensión del Plazo. 4.2.1 El plazo de vigencia de la Concesión se podrá suspender a petición de cualquiera de las Partes, en caso (i) ocurran uno o más de los eventos que se detallan a continuación; y, (ii) afecten uno o más aeropuertos que representen más del 50% (cincuenta por ciento) de los WLU´s registrados en los últimos doce (12) meses por el total de los Aeropuertos en posesión: a) Fuerza mayor o caso fortuito, conforme estos conceptos son definidos por la cláusula 15.6.3 del Contrato y el Código Civil de la República del Perú.
Suspensión del Plazo. No obstante lo establecido en la Sección XV, en el evento de Suspensión de las obligaciones contempladas en el presente Contrato, el derecho sobre el pago PAO del cual sea titular el CONCESIONARIO no se verá afectado por suspensión alguna.
Suspensión del Plazo. El Plazo será suspendido conforme al procedimiento contemplado en el Capítulo XVII del Contrato, en la medida que los efectos de los eventos que generen la suspensión de obligaciones, sean de tal magnitud que impidan el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo del INVERSIONISTA. Asimismo, constituirá causal para la suspensión del Plazo, el incumplimiento de las obligaciones del GRA, dentro de los plazos estipulados en el presente Contrato, cuando ello afecte el plazo previsto para la fecha de inicio de la Explotación. Durante el periodo de suspensión aprobado, se paralizará el cómputo del Plazo del Contrato, el cual se reanudará vencido el plazo de suspensión. La suspensión del Plazo dará derecho al INVERSIONISTA, a la ampliación del Plazo del Contrato por un periodo equivalente al de la suspensión, debiendo las Partes acordar un nuevo cronograma para el cumplimiento de obligaciones, cuando ello resulte necesario.
Suspensión del Plazo. El plazo de la Concesión se podrá suspender, a solicitud de cualquiera de las partes, en los siguientes supuestos:
Suspensión del Plazo. El plazo de vigencia de la Concesión se podrá suspender a petición de cualquiera de las Parles, en caso ocurra uno o más de los eventos que se detallan a continuación:
Suspensión del Plazo. Los plazos antes indicados se suspenderán cuando la Inspección del Trabajo requiera al solicitante completar la información presentada o acompañar la documentación faltante necesaria para practicar la revisión correspondiente, lo que deberá hacerse en el plazo máximo de 5 días hábiles a partir del requerimiento efectuado, bajo apercibimiento de tenerse por desistida la solicitud. Dicho plazo seguirá corriendo una vez que el solicitante cumpliere con el requerimiento efectuado. En consecuencia la suspensión del plazo sólo procederá cuando: La solicitud está incompleta, es decir, falta llenar algún campo necesario para la emisión del certificado, por ejemplo: no se indica la individualización de la empresa principal; o Faltare documentación obligatoria que debe presentar, por ejemplo no adjunta ninguna planilla de cotizaciones previsionales o ningún comprobante de pago de remuneraciones.
Suspensión del Plazo. El plazo de vigencia de la Concesión se podrá suspender a petición de cualquiera de las Partes, en caso (i) ocurran uno o más de los eventos que se detallan a continuación; y, (ii) afecten uno o más aeropuertos que representen más del 50% (cincuenta por ciento) de los WLUs registrados en los últimos doce (12) meses por el total de los Aeropuertos: a) Fuerza mayor o caso fortuito, conforme estos conceptos son definidos por la cláusula 15.4 a) del Contrato y el Código Civil de la República del Perú.