CONVENIOS. COV-139-2005 21/11/2005 800100519- MUNICIPIO DE FLORIDA AUNAR ESFUERZOS PARA APOYAR LA CONTRATACION DE LA PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL COBRO DE LA CARTERA MOROSA, DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO Y LA SOBRETASA AMBIENTAL. 33.428.688 CONVENIOS COV-140-2005 21/11/2005 891902191- MUNICIPIO DE RESTREPO AUNAR ESFUERZOS PARA APOYAR LA CONTRATACION DE LA PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL COBRO DE LA CARTERA MOROSA, DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO Y LA SOBRETASA AMBIENTAL. 10.470.092 CONVENIOS COV-141-2005 21/11/2005 891900272- MUNICIPIO DE TULUA AUNAR ESFUERZOS PARA APOYAR LA CONTRATACION DE LA PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL COBRO DE LA CARTERA MOROSA, DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO Y LA SOBRETASA AMBIENTAL. 99.999.996 CONVENIOS COV-142-2005 21/11/2005 800100529- MUNICIPIO DE ULLOA AUNAR ESFUERZOS PARA APOYAR LA CONTRATACION DE LA PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL COBRO DE LA CARTERA MOROSA, DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO Y LA SOBRETASA AMBIENTAL. 5.253.200 CONVENIOS COV-143-2005 21/11/2005 891900985- MUNICIPIO DE TORO AUNAR ESFUERZOS PARA APOYAR LA CONTRATACION DE LA PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL COBRO DE LA CARTERA MOROSA, DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO Y LA SOBRETASA AMBIENTAL. 7.689.312 CONVENIOS COV-144-2005 21/11/2005 815002852- ASOCIACION MUNICIPAL DE USUARIOS CAMPESINOS AMUC CONTRIBUIR A LA DISMINUCION DEL DETERIORO AMBIENTAL DE LA ZONA MEDIA DEL MUNICIPIO DE PRADERA VALLE EN LOS CORREGIMIENTOS DEL RETIRO, LA CARBONERA Y LOS PINOS, PARA LA CONSERVACION DE LOS RECURSOS NATURALES Y EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE VIDA DE LOS POBLADORES 93.747.500 CONVENIOS COV-146-2005 21/11/2005 891300587- IMCA - INSTITUTO MAYOR CAMPESINO APOYAR A LA GENERACION DE CONSENSO PARA LA GENERACION DE CONSENSO PARA LA RECUPERACION, CONSERVACION, USO Y MANEJO RACIONAL DE LAS MICROCUENCAS ABASTCEDORAS DE SEIS ACUEDUCTOS VEREDALES CON VISION DE SOSTENIBILIDAD 94.904.848 CONVENIOS COV-147-2005 21/11/2005 805009725- FUNDACION AMBIENTE Y VIDA CONTRIBUIR A LA REDUCCION DE IMPACTOS AMBIENTALES NEGATIVOS EN LA CUENCA BAJA DEL RIO YUMBO, MEDIANTE LA CAPACITACION A 100 HABITANTES DE LAS AREAS MARGINALES DEL RIO, HACIA LA SEPARACION EN LA FUENTE, MUNICIPIO DE YUMBO.
CONVENIOS. Convenios bilaterales aprobados de común acuerdo por la Universidad y el Sindicato.
CONVENIOS. “Las Partes” acuerdan que “El Despacho” requerirá autorización previa y por escrito de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales para formalizar convenios judiciales o extrajudiciales con la contraparte, así como para diferir, suspender o no ejecutar cualquier procedimiento judicial o extrajudicial que haya iniciado.
CONVENIOS. LA UNIVERSIDAD Y EL SINDICATO CELEBRARÁN Y SANCIONARÁN LOS CONVENIOS LABORALES QUE SEAN NECESARIOS, CON MOTIVO DE LA APLICACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO Y DE CUALQUIER PETICIÓN O SOLUCIÓN A LOS ASUNTOS LABORALES Y DE INTERÉS GENERAL Y PARTICULAR DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS SINDICALIZADOS, ENTENDIÉNDOSE QUE SERÁN NULOS TODOS AQUELLOS QUE SE CELEBREN SIN INTERVENCIÓN DEL SINDICATO.
CONVENIOS. El licitador podrá incluir en su oferta la relación de convenios que tenga suscritos con las diferentes cadenas hoteleras, compañías de transporte aéreo, terrestre y marítimo, compañías de alquiler de vehículos y otras empresas.
CONVENIOS. Los trabajadores y trabajadoras de la Universidad de La Rioja se beneficiarán, en idénticas condiciones que el resto, de todas las mejoras incluidas en los convenios de colaboración que suscriba la UR con otras entidades.
CONVENIOS. Valores absolutos En porcentaje (1) Valores absolutos En porcentaje (1) 2021 2022(*) 2021 2022(*) 2021 2022(*) 2021 2022(*) T O T A L 336 366 100,00 100,00 4.358.827 3.641.111 100,00 100,00 Estructura salarial 322 349 95,83 95,36 4.290.857 3.278.954 98,44 90,05 Complementos salariales 304 329 90,48 89,89 4.103.524 3.094.667 94,14 84,99 Complementos salariales por antigüedad 203 242 60,42 66,12 2.876.390 1.942.393 65,99 53,35 Otros complementos personales del trabajador 49 61 14,58 16,67 432.583 537.951 9,92 14,77 Complementos salariales relacionados con el puesto de trabajo 248 286 73,81 78,14 3.441.008 2.793.311 78,94 76,72 Complemento salarial de penosidad 97 89 28,87 24,32 1.148.786 1.123.502 26,36 30,86 Complemento salarial de insalubridad 36 31 10,71 8,47 391.175 466.068 8,97 12,80 Complemento salarial de trabajo a turnos 59 62 17,56 16,94 1.204.560 589.199 27,63 16,18 Complemento salarial de trabajo en festivos 135 162 40,18 44,26 1.767.444 1.655.468 40,55 45,47 Complemento salarial de peligrosidad 90 89 26,79 24,32 1.152.265 1.216.685 26,44 33,42 Complemento salarial de polivalencia funcional 20 17 5,95 4,64 143.311 210.181 3,29 5,77 Complemento salarial de trabajo nocturno 198 236 58,93 64,48 2.948.735 2.547.502 67,65 69,96 Complemento salarial de responsabilidad 33 39 9,82 10,66 628.347 384.265 14,42 10,55 Medidas relacionadas con el absentismo 67 65 19,94 17,76 1.306.835 791.081 29,98 21,73 Complementos salariales relacionados con la cantidad o calidad del trabajo realizado 73 69 21,73 18,85 934.622 693.848 21,44 19,06
CONVENIOS. Los que de común acuerdo aprueben las partes para fines específicos. Éstos serán aplicables en todo lo que no se oponga a este Contrato y a la normatividad universitaria y tendrán validez para la mejor aplicación de las normas generales contenidas en las mismas.
CONVENIOS. Son aquellos acuerdos de voluntades mediante los cuales las partes establecen compromisos e intenciones generales o específicas de cooperación mutua, para desarrollar actividades propias del objeto misional de El Programa y que sean de interés para las partes. Para la celebración de convenios que se rigen por el presente Manual, es necesario contar con las autorizaciones requeridas de acuerdo a las atribuciones de la Junta Asesora o del Comité Directivo, según corresponda, y para su celebración debe tener en cuenta lo siguiente: La solicitud de contratación debe elevarse a la Dirección Jurídica de Contratación y Negocios Especiales Colombia Productiva mediante el formato respectivo a través de la herramienta “Mis Contratos”, acompañado de la propuesta, la cual, con independencia de quien la presente (El Programa o la contraparte), debe contener como mínimo:
i. Objeto de la propuesta
ii. Alcance del objeto
iii. Consideraciones o razones que evidencien la necesidad de la alianza y la escogencia del aliado.
iv. Actividades a desarrollar
v. Aportes específicos de las partes (dinero o especie)
vi. Entidad encargada de la administración y ejecución de los recursos.
vii. Tiempo requerido para el desarrollo de la totalidad de las actividades
viii. Documentos mediante los cuales se evidencie el cumplimiento de las actividades (informes, actas de seguimiento, entre otros)
ix. Mecanismo y periodicidad de seguimiento a la ejecución y cumplimiento del objeto de la alianza (comités, reuniones, etc.).
x. Plazo estimado del convenio.
xi. Tratamiento que se da a los rendimientos financieros y recursos no ejecutados.
CONVENIOS. A partir de la vigencia del presente decreto, las entidades de carácter financiero, rendirán un informe trimestral al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Planeación, sobre la ejecución de los proyectos adelantados con órganos que ejecutan recursos del Presupuesto General de la Nación. “Cuando en desarrollo de tales contratos o convenios se generen rendimientos financieros que correspondan al órgano contratante, la entidad de carácter financiero los consignará a mas tardar el 28 de febrero de cada año en la Dirección General de Crédito Público y xxx Xxxxxx Nacional, y/o en las tesorerías de los órganos del Presupuesto General de la Nación cuando correspondan a recursos propios.” La última de las normas transcritas hace mención expresa de contratos o convenios en los cuales los recursos aportados por el órgano o la entidad que forma parte del presupuesto general de la Nación, generan rendimientos, para reiterar la pertenencia de éstos a ese órgano o entidad y la obligación de su consignación. Para concluir esta primera parte, es pertinente recordar que en la Constitución de 1991 se reitera la primacía de las normas reguladoras del presupuesto nacional, en su programación, aprobación, modificación y ejecución, al establecer que tales normas tienen el carácter de “orgánicas”, y a ellas se supedita el ejercicio de la actividad legislativa y, en general de toda la actividad estatal. Al respecto estatuye el artículo 151 de la Carta: “El Congreso expedirá leyes orgánicas a las cuales estará sujeto el ejercicio de la actividad legislativa. Por medio de ellas se establecerán los reglamentos del Congreso y de cada una de las Cámaras, las normas sobre preparación, aprobación y ejecución del presupuesto xx xxxxxx y ley de apropiaciones y del plan general de desarrollo, y las relativas a la asignación de competencias normativas a las entidades territoriales. Las leyes orgánicas requerirán, para su aprobación, la mayoría absoluta de los votos de los miembros de una y otra Cámara.” Disposición que armoniza con el artículo 352 ibidem, conforme al cual: “Además de lo señalado en esta Constitución, la Ley Orgánica del Presupuesto regulará lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución de los presupuestos de la Nación, de las entidades territoriales y de los entes descentralizados de cualquier nivel administrativo, y su coordinación con el Plan Nacional de Desarrollo, así como también la capacidad de los organismos...