Common use of DEDUCCIONES Clause in Contracts

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente.

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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Nacional

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa COMIMSA tenga cuantificada la deducción correspondiente.

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Samples: Contract for Services, Contract for Transportation Services, Service Agreement

DEDUCCIONES. La convocante deducirá “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” aplicará deducciones al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante pago por el importe incumplimiento parcial o deficiente, en que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si incurra “EL PROVEEDOR” conforme a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus anexos respectivos, las cuales se calcularán por un (EN CASO DE EXISTIR SÓLO UN PORCENTAJE, SEÑALAR PORCENTAJE DE DEDUCTIVA) % sobre el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación monto de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedorservicios, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades(EN CASO DE ESTABLECER POR DIVERSOS CONCEPTOS DEDUCTIVAS REMITIR AL ANEXO CORRESPONDIENTE), proporcionados en forma parcial o deficiente. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos Las cantidades a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI o factura electrónica que el proveedor emita “EL PROVEEDOR” presente para su cobro cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. De no existir pagos pendientes, se requerirá a “EL PROVEEDOR” que realice el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de nota Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de créditola Tesorería de la Federación, e inmediatamente después o de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienteEntidad. En caso de negativa se procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir impuestos. El cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, cuyá notificación se realizará por escrito o vía correo electrónico, dentro de los (DÍAS) posteriores al incumplimiento parcial o deficiente.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica, Invitation to Bid, Licitación Pública

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del (COLOCAR PORCENTAJE DE DEDUCTIVA) % sobre el monto de los bienes proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”. Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”. Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Servicio De Mantenimiento, Mantenimiento Preventivo Y Correctivo, Mantenimiento Preventivo Y Correctivo

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, “LICONSA” por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del (COLOCAR PORCENTAJE DE DEDUCTIVA) % sobre el monto de los bienes proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando “EL PROVEEDOR” no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, “EL PROVEEDOR” realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “LICONSA” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LICONSA”. Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LICONSA”. Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica, Licitación Pública Nacional Electrónica, Licitación Pública Nacional Electrónica

DEDUCCIONES. La convocante deducirá “LA SECRETARÍA”, aplicará deducciones al licitante cuando ocurrapago de la prestación del servicio, en caso de incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir “EL PROVEEDOR”, conforme a lo establecido en el ANEXO ÚNICO y obligaciones contenidas en el presente Contrato. En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las Cláusulas y el ANEXO ÚNICO del presente Contrato, “LA SECRETARÍA” aplicará una deducción del 3% (tres por ciento) sobre el monto de los servicios prestados en forma parcial o deficiente, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras montos a deducir se aplicarán en la factura que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite. En caso de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por existir pagos pendientes, la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y deducción se aplicará sobre la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta garantía de cumplimiento del proveedorContrato; solo para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, descontara al proveedor adjudicado “EL PROVEEDOR” realizará el importe que resulte pago de la contratación deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto se localiza en la página xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/x0xxxxx/xxxxxxx/x0xxxxxxxx.xxxx, a favor de la pena convencional por entrega tardía prevista Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que de forma inmediata se cumpla con la prestación del servicio conforme a lo acordado en el presente Contrato, se descontara en caso contrario “LA SECRETARÍA” podrá iniciar en cualquier momento posterior al proveedor incumplimiento el procedimiento de rescisión, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por el equivalente que “LA SECRETARÍA”. Procederá la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos rescisión del adjudicado. La sumatoria Contrato respectivo, cuando la suma del importe total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación aplicadas a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10“EL PROVEEDOR” corresponda al 20% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a Contrato. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la partida o partidas de que se trate cantidad indicada sin incluir el impuesto Impuesto al valor agregadoValor Agregado. Estas deducciones son independientes La notificación y cálculo de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) correspondientes la realizará el Administrador del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienteContrato.

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Samples: Licitación Pública Electrónica, Licitación Pública Electrónica, Invitation to Bid

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 83 (COLOCAR PORCENTAJE DE DEDUCTIVA) % sobre el monto de los bienes proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando “EL PROVEEDOR” no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, “EL PROVEEDOR” realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”. Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”. Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Invitation to Bid, Licitación Pública Nacional Electrónica, Contratación De Servicio Integral De Limpieza

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocanteconvocante para la entrega y/o prestación de los servicios, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara descontará al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa COMIMSA tenga cuantificada la deducción correspondiente.

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Samples: Telecommunications Services Agreement, Licitación Pública Nacional Electrónica

DEDUCCIONES. La convocante deducirá “LA SECRETARÍA”, aplicará deducciones al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación prestación del servicio, en caso de incumplimiento parcial o deficiente en que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista pudiera incurrir “EL PROVEEDOR”, conforme a lo establecido en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista ANEXO ÚNICO y obligaciones contenidas en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionalespresente Contrato. En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las deducciones llegaren al 10Cláusulas y el ANEXO ÚNICO del presente Contrato, “LA SECRETARÍA” aplicará una deducción del 3% (diez tres por ciento) del monto total del contrato o del sobre el monto de las partidas que correspondanlos servicios prestados en forma parcial o deficiente, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI la factura que el proveedor emita “EL PROVEEDOR” presente para su cobro o a través cobro, en el pago que se encuentre en trámite. En caso de nota no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de crédito, e inmediatamente después cumplimiento del Contrato; solo para el caso de que comimsa tenga cuantificada la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, “EL PROVEEDOR” realizará el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), que se localiza en la página xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/x0xxxxx/xxxxxxx/x0xxxxxxxx.xxxx, a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el entendido de que de forma inmediata se cumpla con la prestación del servicio conforme a lo acordado en el presente Contrato, en caso contrario “LA SECRETARÍA” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento el procedimiento de rescisión, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LA SECRETARÍA”. Procederá la rescisión del Contrato respectivo, cuando la suma del importe total de las deducciones aplicadas a “EL Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes la realizará el Administrador del presente Contrato.

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Samples: Service Agreement, Service Agreement

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras En términos de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante lo previsto por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes artículo 53 Bis de “La Ley” y 97 de su “Reglamento”, “La Comisión” aplicará al “Licitante adjudicado” las deducciones al pago por cumplimiento parcial o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación deficiente de los mismos para suplir la falta servicios. “La Comisión”, fijará deducciones al pago de “El Servicio”, con motivo del cumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el “Licitante adjudicado”, respecto del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte objeto de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista presente “Licitación” conforme a lo establecido en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer ANEXO 1 “ANEXO TÉCNICO” de ésta “Convocatoria” y su demanda junta de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoaclaraciones. La sumatoria total El cálculo de las deducciones no rebasara será realizado por el monto total Titular de la garantía Dirección de cumplimiento prevista Seguimiento de Proyectos Estratégicos de la Dirección General de Planeación y Vinculación, área requirente y administradora del contrato e informará por escrito a la Dirección General de Recursos Materiales, Servicios Generales y Bienes Muebles e Inmuebles, quien notificará al “Licitante adjudicado”, para su aplicación directa en el numeral 13.2 CFDI del mes en que haya incurrido. El cálculo de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por realizará sobre el importe antes del Impuesto al Valor Agregado. (IVA) Las deducciones no podrán exceder el 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato oContrato. Para determinar las retenciones, si fuere y en su caso, la aplicación de la deducción por el cumplimiento parcial o deficiente de los servicios prestados, no se tomarán en cuenta aquellos casos motivados por caso fortuito o fuerza mayor, o cualquier otra causa no imputable al importe del 10% (diez por ciento) del monto “Licitante adjudicado”. Las deducciones al pago a que corresponda a la partida o partidas se refiere esta cláusula se estipulan sin perjuicio de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido “La Comisión” determine la rescisión prevista en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos Cláusula Décima o la exigencia del artículo 100 cumplimiento forzoso, del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienteContrato.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que “LA EMPRESA PROVEEDORA” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, “EL INSTITUTO” por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 2.0% (DOS POR CIENTO), sobre el monto de los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio, los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “LA EMPRESA PROVEEDORA” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando “LA EMPRESA PROVEEDORA” no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, “LA EMPRESA PROVEEDORA” realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema E5CINCO pago electrónico de derechos, productos y aprovechamientos (DPA’S), a favor de la tesorería de la federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “EL INSTITUTO” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “EL INSTITUTO”. Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. I.V.A. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el Administrador del contrato de “EL INSTITUTO”. Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Contrato De Suministro

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 0.2% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidadesmisma. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere se iniciará el procedimiento de rescisión. Para el caso al importe concreto del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que presente contrato las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en base a lo siguiente: 1.- Primer concepto de deducciones: 0.5% (cero punto cinco por ciento del valor del contrato) De conformidad con el comprobante fiscal digital Anexo Técnico de este contrato, “EL LICITANTE” deberá designar a un “COORDINADOR GENERAL”, indicando el nombre completo de la persona designada, cargo, números telefónicos de localización y correo electrónico, esta información se entregará el día en que inicia la vigencia del contrato al “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, por internet cada día de incumplimiento de la obligación de notificar el cambio, se aplicará una deductiva. Deducciones que se encuentran descritas en la página 17 del apartado Deductivas del "Anexo Técnico". 2.- Segundo concepto de deducciones: 0.2% (CFDI que cero punto dos por ciento del valor del contrato) Cuando haya cambio de “COORDINADOR GENERAL”, “EL LICITANTE” tiene la obligación de notificar anticipadamente por lo menos 3 (tres) días hábiles al “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, por cada día de incumplimiento de la obligación de notificar el proveedor emita para su cobro o a través cambio, por cada día de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada incumplimiento en esta obligación se aplicará la deducción deductiva correspondiente.

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Samples: Service Agreement

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara descontará al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente.

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Samples: Contract for Services

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra“LA COMISIÓN” aplicará a “EL PROVEEDOR” deducciones a su pago en los casos siguientes: Por no cumplir de lunes a sábado con el número de personas requeridas diariamente para realizar las tareas y los supervisores conforme a lo establecido en el presente contrato y sus anexos. El importe de la deductiva por cada una de las personas faltantes por cada día ascenderá a $200.00 (DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.). Por no realizar las tareas descritas en el Anexo Técnico de este instrumento en el tiempo establecido y con la periodicidad indicada. Por cada 5 registros indicados en la cédula de evaluación demostrando que la tarea no ha sido ejecutada con la periodicidad o la calidad especificadas, los siguientes conceptos: Los fletes se aplicará por cada tarea incumplida por cada día una deductiva de $200.00 (DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.). Por no mantener material higiénico y maniobras de carga y descarga consumibles en cada núcleo xx xxxxx; por cada ocasión que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir se detecte la falta de cumplimiento del proveedorestos insumos durante las supervisiones programadas por “LA COMISIÓN”, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte la deductiva ascenderá a $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.), de la contratación tarea No.1 de cada núcleo xx xxxxx. Por no suministrar e instalar en los despachadores correspondientes los productos de las marcas especificadas; por cada ocasión que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidadesse detecten insumos de marcas no autorizadas, la deductiva ascenderá a $100.00 (CIENTO CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), por cada despachador. Cualquier otro costo distinto Para el pago de las deducciones, “LA COMISIÓN” a través del Administrador del presente contrato designado en la cláusula Octava informará por escrito a “EL PROVEEDOR” el cálculo de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1deducción correspondiente, se descontara al proveedor por el equivalente que indicando la convocante tenga que erogar base para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara cálculo y el monto total de la garantía deductiva a que se hizo acreedor, debiendo “EL PROVEEDOR” Para el pago de cumplimiento prevista en la deductiva “LA COMISIÓN” restara el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán monto aplicado por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda deductiva a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita factura respectiva presentada para su cobro o a través de nota de crédito. Para efectuar este pago, e inmediatamente después “EL PROVEEDOR” contará con un plazo que no excederá de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la notificación. El límite de incumplimiento por la aplicación de deductivas, a partir del cual se procederá a rescindir el contrato será del 10% (diez por ciento) del importe total del contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, que comimsa tenga cuantificada corresponde al importe de la deducción correspondiente.garantía de cumplimiento

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Samples: Contratación Del Servicio De Limpieza Integral

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes En caso del incumplimiento parcial o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día deficiente en que subsista pudiera incurrir EL PRESTADOR DE SERVICIO respecto a las partidas o conceptos que integran el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de presente instrumento, CFE DISTRIBUCIÓN podrá efectuar deducciones será al pago hasta por el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% Contrato; limite a partir del cual CFE DISTRIBUCIÓN podrá iniciar el procedimiento de rescisión. Las deducciones consistirán en (diez por ciento) del monto que corresponda se aplican a incumplimientos parciales): Relativo a la partida emisión por reposición del medio electrónico, en caso de atraso se aplicará una pena convencional equivalente al costo del valor del mismo; si este es valor $0, se aplicará una deducción de $29.14 por cada día de atraso. Al llegar al quinto día de deducción se hará acreedor a un acta administrativa y, con la acumulación de tres actas administrativas por mes, se dará inicio al trámite de recisión de contrato. Relativo a las estaciones de servicio con horario de atención 24 hrs, en caso de no prestar dicho servicio por causas atribuibles al licitante ganador, se aplicará una deducción equivalente a $5,000.00 pesos. Al llegar a la segunda penalización se hará acreedor a un acta administrativa y, con la acumulación de tres actas por mes, se podrá rescindir el contrato. Relativo al servicio del sistema electrónico en las estaciones de servicio propias y/o partidas afiliadas, en caso de que no prestar dicho servicio por causas atribuibles al licitante ganador, se trate sin incluir aplicará una deducción equivalente a $5,000.00 pesos. Al llegar a la segunda incidencia se hará acreedor a un acta administrativa y, con la acumulación de tres actas por mes, se podrá rescindir el impuesto al valor agregadocontrato. Estas deducciones son independientes La aplicación de las penas convencionalesconvencionales por motivo de la prestación por atraso, es independiente de la aplicación de las deducciones establecidas. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido EL PRESTADOR DE SERVICIO incurra en atraso en la presente convocatoria y prestación de servicios o incurra en el contrato; lo anterior sin perjuicio algún supuesto que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación amerite deducciones al pago, acep/a que CFE DISTRIBUCIÓN descuente la pena convencional o deducción correspondiente de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondientefacturación.

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Samples: Contrato De Servicios

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraCon fundamento en el Artículo 53 Bis de la Ley, en caso de que el proveedor incurra en incumplimiento parcial o deficiente respecto a la entrega de los siguientes conceptos: Los fletes servicios objeto del presente procedimiento y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con se sujeten a las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista especificaciones establecidas en el numeral 14.1Anexo 1 de esta licitación, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o cláusulas y conceptos que integren el contrato, se aplicará una deducción del 5% (cinco por ciento) sobre el precio unitario de los servicios ante realizados deficientemente, los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total cuales serán descontadas de la garantía factura mediante nota de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 cargo elaborada por Diconsa al momento del pago de las presentes bases Dichas la factura que ampare dichos servicios, dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación obligación; quedando obligado a plena satisfacción proporcionarlos sin cargo adicional para Diconsa en un plazo máximo de COMIMSA. El límite 5 días hábiles; en caso contrario los servicios no prestados serán descontadas mediante nota de aplicación cargo elaborada por Diconsa al momento del pago de deducciones será hasta por la factura que ampare dichos servicios y Diconsa podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el importe procedimiento de rescisión del pedido, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de la misma; esta deducción no podrá exceder del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a pedido. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la partida o partidas de que se trate cantidad indicada sin incluir el impuesto al valor agregadoIVA. Estas deducciones son independientes El cálculo de las penas convencionalesdeducciones correspondientes, la realizarán los C. Lic. En caso Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Coordinadora de que las deducciones llegaren Administración y Finanzas de la Sucursal Villahermosa, la Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxxx, Coordinadora de Administración y Finanzas de la Unidad Operativa Tuxtla Gutiérrez y el C.P. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Coordinadora de Administración y Finanzas de la Unidad Operativa Tapachula, de DICONSA, S.A. de C.V. como áreas administradoras de los contratos, y la dará a conocer por escrito al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo proveedor. De conformidad con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos Artículo 84, penúltimo párrafo del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o Reglamento, Diconsa a través de nota la Coordinación de créditoAdministración, e inmediatamente después administrarán en todo momento y vigilará el cumplimiento del contrato adjudicado, por lo que, en caso de que comimsa tenga cuantificada incumplimientos parciales o totales en el mismo, lo notificarán al prestador de servicio para efectos de subsanar la deducción correspondientedeficiencia identificada.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraCon fundamento en el Art ículo 53 Bis de la Ley , los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras en caso de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por incurra en incumplimiento parcial o deficiente respecto de la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza prestación del SERVICIO las siguientes deducciones: - Servicios: uno de los servicios indicados c - Disponibilidad: Por cada hora de atraso en el caso de que exista indisponibilidad en los servicios de procesamiento, almacenamiento y respaldo, se aplicará una deducción del 1 % ( uno por cient o) del importe mensual de la factura correspondiente antes de IVA . - Ent regables: Por cada día hábil de atraso por no entregar dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta primeros siete días naturales de cumplimiento cada mes, el reporte mensual de los servicios, se aplicará una deducción del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el 1% ( uno por cient o) del importe que resulte mensual de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidadesfactura correspondiente antes de IVA. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y deberán calcularse hasta la hora y/ o fecha en que materialmente se cumpla con la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a plena satisfacción la parte proporcional de COMIMSAla garantía del cumplimiento que le corresponda del monto del Contrato . El límite de aplicación de deducciones incumplimiento será hasta por el importe del 1010 % (( diez por cientocient o) del monto importe total del contrato oContrato , si fuere a partir del cual se podrá rescindir el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a Contrato . Las deducciones económicas se aplicarán sobre la partida o partidas de que se trate cantidad indicada sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamentoIVA. Los montos a deducir de ducir se aplicarán deberán aplicar en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI la factura que el proveedor emita Proveedor presente para su cobro o a través de nota de créditocobro, e inmediatamente después de que comimsa la Gerencia de Informática de Diconsa como área requirente y administradora del Contrato , tenga cuantificada la deducción correspondiente; asimism o, dentro de los 10 días hábiles a partir de la cuantificación de la deducción, la dará a conocer por escrito a la Gerencia de Adquisiciones, para que ésta, mediante Oficio notifique al Proveedor. De conformidad con el A r t ículo 84, penúlt im o párrafo del R xxxxx ent o, Diconsa a través de l Titular de la Gerencia de Informática administrará en todo momento y vigilará el cumplimiento del Contrato , por lo que, de no recibir el SERVICIO a entera satisfacción de Diconsa , se dará por entendido que EL PROVEEDOR incumplió con la prestación del mismo.

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Samples: Contratación Del Servicio Integral De Infraestructura Y Aprovisionamiento

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa Comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente.

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Samples: Contract for Supply of Components

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraCon fundamento en el Art ículo 53 Bis de l a Ley , los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras en caso de carga y descarga que no realice el proveedor incurra en deducción equivalente al precio unitario antes de IVA de cada bien entregado parcial o deficientemente y deban ser contratados por éste deber á reponerse en un plazo no mayor a 15 ( quince) días hábiles a partir de la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara notificación al proveedor adjudicado de que se detectó el importe que resulte defecto de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidadesfabricación o vicio oculto. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación obligaci ón y sin que cada concepto de deducciones exceda a plena satisfacción la parte proporcional de COMIMSAla garantía del cumplimiento que le corresponda del monto del Pedido. El límite de aplicación de deducciones incumplimiento será hasta por el importe del 1010 % (( diez por cientocient o) del monto importe total del contrato oPedido, si fuere el caso al importe a partir del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a cual, se podrá cancelar la partida correspondiente, o partidas de que bien rescindir el Pedido. Las deducciones económicas se trate aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamentoIVA. Los montos a deducir se aplicarán deberán aplicar directamente en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI la factura que el proveedor emita Proveedor presente para su cobro o a través de nota de créditocobro, e inmediatamente después de que comimsa la Gerencia de Personal de Diconsa como área requirente y/ o administradora del Pedido, tenga cuantificada la deducción correspondiente; asimismo, la dará a conocer dentro de los 5 (cinco) días hábiles a partir d e la cuantificación de la deducción a la Gerencia de Adquisiciones, para que ésta, mediante oficio notifique al Proveedor. De conformidad con el A r t ículo 84, penúlt im o párrafo del Reglam ent o, Diconsa a través de l Titular de la Gerencia de Personal administrará en todo momento y vigilará el cumplimiento del Pedido, por lo que, de no recibir los a entera satisfacción de Diconsa , se dará por entendido que el Proveedor incumplió con la entrega de los mismos.

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Samples: Licitación Pública

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 2.5% sobre el monto de los bienes proporcionados en forma parcial C. 55 5263 4500 HACIENDA SOCIEDAD H!POTECARIA o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Contract for Training Services

DEDUCCIONES. La convocante deducirá En caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 4.0% (CUATRO POR CIENTO) sobre el monto de la facturación del mes inmediato anterior correspondiente al licitante cuando ocurraequipo que no sea sustituido o reparado en los términos y plazos establecidos en el Anexo Técnico por cada día natural de atraso, según la normatividad aplicable al “EL CENACE”, los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva mediante una Nota de Crédito, a favor del “CENACE". Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Contrato De Arrendamiento

DEDUCCIONES. La convocante deducirá De conformidad en lo dispuesto en el artículo 53 bis de la LEY, se realizan deducciones al licitante cuando ocurrapago del ARRENDAMIENTO con motivo del incumplimiento parcial o deficiente, los siguientes conceptospor causas imputables al prestador del ARRENDAMIENTO como a continuación se describe: Los fletes y maniobras de carga y descarga Conforme a la solicitud que no realice el proveedor personal autorizado del HOSPITAL ya sea de manera telefónica, correo electrónico ó mediante oficio, el equipo de ventilación para soporte respiratorio se deberá garantizar su tiempo de entrega en un rango entre 90 y deban ser contratados por 120 minutos, contados a partir de la convocantesolicitud antes mencionada. 10% del costo del arrendamiento diario del BIEN, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no A PARTIR DEL PRIMER MINUTO ADICIONAL A LOS PRIMEROS 120 MÁXIMOS QUE SE ACREDITEN COMO atraso en la entrega de los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedorsolicitados, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte contados a partir de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional notificación telefónica, por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes oficio y/o servicios ante correo electrónico. Previa definición del HOSPITAL, deberá entregar al menos 2 y hasta 5 equipos como “stock”, para ser utilizados en casos de necesidad inmediata por parte del HOSPITAL. Para dichos equipos se deberá considerar lo siguiente: • La renta por el uso de los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total mismos, solo se considerará a partir de la garantía notificación del personal autorizado del HOSPITAL. Por lo anterior, no se contarán los días en que los equipos se encuentren sin utilizar. • Preparación de cumplimiento prevista los equipos en óptimas condiciones para su uso. • Limpieza y reemplazo de consumibles cada vez que el numeral 13.2 HOSPITAL haga uso de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán los equipos, lo cual será notificado por el personal autorizado. • Programa de Mantenimiento preventivo de los equipos, conforme a los manuales de servicio, de 5% del costo del arrendamiento diario del BIEN, por cada día de atraso en la entrega de los equipos mínimos ó máximos requeridos como “stock” en las instalaciones del HOSPITAL, Lo anterior se aplicará sobre la facturación que se haga respecto al arrendamiento en general de los equipos. 5% del costo del arrendamiento diario del BIEN, por cada día de atraso en que subsista los equipos que se encuentren como “stock” en el incumplimiento HOSPITAL, no se tengan en óptimas condiciones para ser utilizados. Lo anterior, previa notificación oficial del personal autorizado del Servicio de Neumología e Inhaloterapia. 5% del costo del arrendamiento diario del BIEN, por cada día de atraso en la entrega y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe cumplimiento del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda Convocatoria a la partida o partidas Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-012NAW001- -2019. “Arrendamiento de que se trate sin incluir equipos de ventilación para soporte respiratorio para el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes Hospital Juárez de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondanMéxico, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente2019”.

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Samples: Licitación Pública Nacional

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o cumpla de manera deficiente respecto a lo estipulado en las deducciones llegaren al 10cláusulas del contrato y en términos del Anexo Técnico, “LA SECRETARÍA” aplicará una deducción del 3% (diez tres por ciento) del monto total del contrato o del sobre el monto de las partidas que correspondanlos servicios prestados en forma parcial o deficiente, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI las facturas que el proveedor emita “EL PROVEEDOR” presente para su cobro cobro, en el pago que se encuentre en trámite o a través bien en el siguiente pago. En caso de nota no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de crédito, e inmediatamente después cumplimiento del contrato y solo para el caso de que comimsa tenga cuantificada la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, “EL PROVEEDOR” realizará el pago de la deductiva a través del Esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), que se localiza en la página xxxx://xxx.xxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/x0xxxxx/xxxxxxxx/xxxx.xx, a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto del contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “LA SECRETARÍA” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LA SECRETARÍA”. Procederá la rescisión del contrato respectivo, cuando la suma del importe total de las deducciones aplicadas “EL PROVEEDOR” corresponda al 20% (veinte por ciento) del monto máximo del contrato. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. En ningún caso las deducciones podrán negociarse en especie.

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Samples: Licitación Pública Electrónica

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 10.0% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por existir pagos pendientes, la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y deducción se aplicará sobre la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta garantía de cumplimiento del proveedorcontrato siempre y cuando Lo anterior, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere se iniciará el procedimiento de rescisión. Para el caso al importe concreto del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que presente contrato las deducciones llegaren al 10% se aplicarán en base a lo siguiente: 1.Concepto: No entrega de información Importe: $500.00 (diez por cientoQUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) Forma: Si “EL PROVEEDOR” no presenta el nombre del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondanResponsable Técnico en el plazo establecido, COMIMSA podrá modificar se aplicará el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento importe establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienteprimera facturación mensual.

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Samples: Service Agreement

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra“LA ARRENDATARIA” aplicará por concepto de deducciones a cargo de “EL ARRENDADOR” (“LA ARRENDADORA”), los siguientes conceptos: Los fletes las que se señalan en el Anexo I del presente contrato. Las deducciones serán cuantificadas, comunicadas y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados aplicadas a “EL ARRENDADOR” (“LA ARRENDADORA”) por la convocanteDirección General de Informática, serán descontados de conformidad con la información que en su caso le proporcione la Dirección General de Estudios sobre Consumo respecto de la funcionalidad del “arrendamiento/servicio” en el marco del “Programa Quien es Quien en los Precios”. Para lo cual “EL ARRENDADOR” (“LA ARRENDADORA”) deberá presentar ante la Dirección General de Informática, nota de crédito original a más tardar dentro de los cinco días hábiles siguientes al licitante mes vencido, a favor de la Procuraduría Federal del Consumidor, por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte monto de la contratación deducción correspondiente, ya que haya tenido dicho importe será aplicado en la facturación que efectuar para cubrir sus necesidadescorresponda. Cualquier otro costo distinto El límite máximo de la pena convencional aplicación por entrega tardía prevista concepto de deducción de pagos será cuando “EL ARRENDADOR” (“LA ARRENDADORA”) incurra en tres eventos en deficiencias o incumplimientos parciales imputables a él, durante un periodo de un mes, pudiendo “LA ARRENDATARIA” iniciar el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda procedimiento de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadorescisión. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación y sin que cada concepto de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a contrato. Independientemente de la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes aplicación de las penas convencionales. En caso de que las convencionales y deducciones llegaren al 10% (diez mencionadas, “LA ARRENDATARIA” podrá optar en cualquier momento por ciento) la rescisión del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente.

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Samples: Invitation to Bid

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 0.2% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidadesmisma. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere se iniciará el procedimiento de rescisión. Para el caso al importe concreto del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que presente contrato las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en base a lo siguiente: 1.- Primer concepto de deducciones: 0.5% (cero punto cinco por ciento del valor del contrato) De conformidad con el comprobante fiscal digital por internet (CFDI Anexo Técnico de este contrato, El “COORDINADOR GENERAL” deberá entregar conforme se establece, al Por realizar la entrega de forma parcial o deficiente, se aplicará la deductiva correspondiente para cada entregable. Deducciones que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada se encuentran descritas en la deducción correspondientepágina 19 del apartado Deductivas del "Anexo Técnico".

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Samples: Service Agreement

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 10.0% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por existir pagos pendientes, la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y deducción se aplicará sobre la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta garantía de cumplimiento del proveedorcontrato siempre y cuando Lo anterior, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere se iniciará el procedimiento de rescisión. Para el caso al importe concreto del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que presente contrato las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital base a lo siguiente: 1.Concepto: Documentación incompleta Importe: $50.00 (CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.) Forma: Si "EL PROVEEDOR" al 6to Día hábil del inicio de la vigencia del contrato no presenta la Inscripción al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que realizará "LOS SERVICIOS", Se aplicará una deductiva por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través cada operario por día natural de nota incumplimiento de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienteesta obligación.

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Samples: Servicio Integral De Jardinería

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto dela administradora del contrato aplicará una deducción del 0.0% sobre el monto de los servicios prestados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Servicio De Mantenimiento

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 0.0% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, “EL PROVEEDOR” realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Contrato De Suministro

DEDUCCIONES. La convocante deducirá EL CENACE" aplicará a "EL PROVEEDOR" deducciones al licitante cuando ocurrapago de "LOS SERVICIOS" con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que hayan incurrido respecto a los conceptos que integran "EL CONTRATO". Lo anterior, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice conformidad con lo establecido en el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte artículo 53 Bis de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de LAASSP, la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total suma de las deducciones no rebasara excederá del 10.0% del monto total de "LOS SERVICIOS"; los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago, más los impuestos correspondientes. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada mas los impuestos correspondientes. La notificación y calculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1010 % (diez por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión. Para efectos del presente contrato olas deducciones se calcularán de la siguiente forma: Forma: $500.00 pesos por cada día de atraso en la entrega del servicio, si fuere el caso conforme al importe programa pactado. Véase Tabla 4.-Documentación Evidencia de cumplimiento y Tabla 5.– Entregables, del 10% (diez Anexo Técnico. Forma: $500.00 pesos por ciento) cada hora o fracción de retraso hasta la hora de la atención, conforme lo establecido en la tabla Tiempos de respuesta. Véase Tabla 2.- Tiempos de respuesta, del Anexo Técnico Concepto: Incumplimiento parcial o deficiente del "SERVICIO". La suma de dichas deductivas no excederá del monto que corresponda a de la partida o partidas garantía de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En cumplimiento del CONTRATO; en caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) la suma de deductivas rebase este monto, "EL CENACE" podrá optar entre exigir el cumplimiento del monto total del contrato CONTRATO o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas rescindirlo en los términos del artículo 100 del reglamento54 de la "LAASSP". Los montos a deducir “EL PROVEEDOR” acepta en forma expresa, que "EL CENACE" descuente el importe de las deductivas que en su caso se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI haya hecho acreedor de la facturación que el proveedor emita presente para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondientecobro.

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Samples: Service Agreement

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice En cumplimiento con lo establecido en el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte artículo 53 Bis de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto “LAASSP” y 97 de la pena convencional por entrega tardía prevista en su Reglamento, el numeral 14.1, se descontara al proveedor por Administrador del contrato determinará el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total monto máximo de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó haya hecho acreedor “LA PROVEEDORA”, previa recepción del cálculo realizado por el Supervisor del “SERVICIO”. Por no hacer la reservación correspondiente después de 12 10% por cada reservación mal aplicada, horas de enviado el oficio de solicitud o con alguna conforme al precio unitario que se inconsistencia que impida la ocupación de una habitación. cotiza para el servicio. Cuando el “SERVICIO” no sea prestado especificaciones del presente Anexo Técnico. conforme a las 5% por cada servicio mal aplicado, conforme al precio unitario que se cotiza de cada servicio. Por no otorgarse cualquiera de los servicios de alimentos 5% por cada servicio mal aplicado, básicos (desayuno, comida o cena) entre otros contenidos en conforme al precio unitario que se el anexo técnico cotiza de cada servicio. Las deducciones antes señaladas se aplicarán sin considerar el I.V.A. La suma de las deductivas no podrá exceder el 10% del monto máximo del contrato abierto, en caso de que esto suceda, se procederá a rescindir el contrato. Posteriormente, el Administrador del contrato realizará la validación de las deductivas correspondientes, con apoyo de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales para proceder a su aplicación de acuerdo al porcentaje. La aplicación y verificación de las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el pago por la prestación de los servicios parciales y/o deficientes, será responsabilidad del Administrador del contrato; lo anterior sin perjuicio , y la aplicación de las mismas se realizarán mediante notas de crédito descontándola de la factura de los servicios que COMIMSA aplique las sanciones previstas presenten en su momento para trámite de pago. Las notas de crédito deberán ir firmadas por cancelación la persona encargada de partidas en supervisar el “SERVICIO” con la validación del Administrador del contrato para ser descontadas de la factura. El Administrador del contrato, podrá otorgar prórrogas para la ejecución de los términos servicios, por caso fortuito y/o fuerza mayor, o causas que estén debidamente justificadas y documentadas dentro de la vigencia del artículo 100 del reglamentocontrato. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través 11 de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente.19

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Samples: Contrato Abierto Para La Prestación Del Servicio De Intermediación De Alojamiento

DEDUCCIONES. La convocante deducirá Con fundamento en el artículo 53 Bis de la LEY, en caso de que el proveedor incurra en incumplimiento parcial o deficiente respecto a la entrega del ARRENDAMIENTO, se le aplicará una deducción del 100% del monto diario xx xxxxx del bien arrendado , por cada deficiencia o mal funcionamiento del bien arr endado. DIconsa no estará obligada a cubrir el arrendamiento del bien, cuando por causas imputables al licitante cuando ocurraadjudicado, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados sea posibles disponer del uso por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizadosdefecto o mal funcionamiento. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente mat erialmente se cumpla con la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda el monto máximo equivalente al importe de la fianza de garantía otorgada, para el cumplimiento del Contrato. Los montos a plena satisfacción deducir se deberán aplicar directamente en la factura que el Proveedor presente para su cobro, inmediatamente después de COMIMSAque la Coordinación General de Com unicación Social de Diconsa como área requirente y administradora del Contrato, tenga cu antificada la deducción correspondiente; asimismo, la dará a conocer mediante oficio a la Gerencia de Adquisiciones , para que ésta notifique al Proveedor. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe incumplimiento es del 10% (diez por cientocient o ) del monto importe total del contrato oContrato, si fuere a partirde l cual se podrá rescindir el caso mismo. Diconsa podrá iniciar en cualquier momento posterior al importe incumplimiento, el procedimiento de rescisión del Contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de Diconsa . Esta deducción no podrá exceder del 10% (diez por ciento) de la garantía de cumplimiento del monto que corresponda Contrato. De conformidad con el ar t ículo 84, penúlt im o párrafo del REGLAMENTO, Diconsa a través del Titular de la partida Coor dinación General de Com unicación Social , adm inist rará en t odo m om ent o partidas de que se trate sin incluir y v igilará el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato cum plim ient o del monto Cont rat o , por lo que, de las partidas que correspondanno recibir el ARRENDAMIENTO a entera satisfacción de Diconsa , COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas dará por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI entendido que el proveedor emita para su cobro o a través Proveedor incumplió con la entrega de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondientelos mismos.

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Samples: Arrendamiento De Equipo De Audio Y Video

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraCon fundamento en el Artículo 53 Bis de la Ley, los Diconsa aplicará las siguientes conceptos: Los fletes y maniobras deducciones: 1) En caso de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por incurra en incumplimiento parcial o deficiente respecto de la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1servicios, se descontara le aplicará una deducción equivalente al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda precio unitario de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadocada servicio entregado deficientemente. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a plena satisfacción la parte proporcional de COMIMSAla garantía del cumplimiento que le corresponda del monto del Contrato. 2) Para el caso de que el proveedor incurra en incumplimiento parcial o total respecto de la entrega de los materiales y productos de limpieza establecidos en Anexo 1 de la presente convocatoria, la cual deberá realizarse dentro de los cinco días naturales siguientes al inicio de cada mes; se le aplicará una deducción equivalente al precio unitario de cada bien no entregado que se obtenga de la investigación xx xxxxxxx que se realice para tal efecto. 3) Para el caso de entrega deficiente de los materiales y productos de limpieza establecidos en el Anexo 1, derivado de que dichos bienes no cumplan con las especificaciones y características establecidas, Diconsa otorgará un plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación al proveedor de que se detectó dicha deficiencia, para que el proveedor proceda a la reposición de los bienes determinados como deficientes; y para el supuesto de que el proveedor no realice la reposición de los bienes deficientes se procederá a la aplicación de la deducción señalada en el inciso anterior. El límite máximo que se aplicará por concepto de aplicación deducción de deducciones pagos será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato oContrato, si fuere a partir del cual se podrá rescindir el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a Contrato. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la partida o partidas de que se trate cantidad indicada sin incluir el impuesto IVA. El cálculo de los montos a deducir, lo realizará, según corresponda, el Jefe de Unidad de Administración, como área requirente y/o administrador del Contrato y la dará(n) a conocer mediante oficio al valor agregadotitular de la Coordinación de Administración y Finanzas de la Sucursal Tamaulipas (área contratante), para la aplicación de las mismas, con base al reporte que rinda el área requirente y la dictaminación del área jurídica. Estas deducciones son independientes La notificación de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las convencionales que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente determinen será efectuada por el instrumento que área Contratante con apoyo del área Jurídica y la dará a conocer al efecto se celebre proveedor para efectos de acuerdo elaborar la nota de crédito correspondiente. De conformidad con el procedimiento establecido Artículo 84, penúltimo párrafo del Reglamento, Diconsa a través del Jefe de Unidad de Administración, administrarán en todo momento y vigilarán el cumplimiento del Contrato, por lo que, de no recibir la prestación de los servicios de conformidad con las especificaciones establecidas en el Anexo 1 de la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas convocatoria, se dará por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI entendido que el proveedor emita para su cobro o a través incumplió con la entrega de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondientelos mismos.

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Samples: Licitación Pública

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "LA ENTIDAD" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 0.002% sobre el monto de los servicios prestados en forma parcial o deficientemente, los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidadesla deducción correspondiente. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "LA ENTIDAD" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "LA ENTIDAD". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "LA ENTIDAD". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Contrato Abierto Para La Contratación Consolidada Del Servicio De Suministro De Vales Electrónicos De Despensa

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara descontará al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa Comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

DEDUCCIONES. “EL CENACE” aplicará deducciones al pago por el incumplimiento parcial o deficiente, en que incurra "EL PROVEEDOR" conforme a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y su anexo técnico, las cuales se calcularán de la siguiente forma; SI NO X 0.2% (Cero punto dos por ciento del valor del contrato) El “COORDINARDOR GENERAL” deberá entregar al “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” todos los entregables listados en la Tabla de Entregables, por cada día de incumplimiento en esta obligación, se aplicará la deductiva correspondiente por cada entregable. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO X 0.2% (Cero punto dos por ciento del valor del contrato) Cuando haya cambio de “COORDINADOR GENERAL”, “EL LICITANTE” tiene la obligación de notificar anticipadamente por lo menos 3 (tres) días hábiles al “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, por cada día de incumplimiento de la obligación de notificar el cambio, se aplicará una deductiva. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO La convocante deducirá al licitante cuando ocurraJefatura de Departamento de Finanzas, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras en la GCN, será la responsable de carga y descarga aplicar las deducciones que en su caso “EL PROVEEDOR” se halla hecho acreedor. Las cantidades a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. De no existir pagos pendientes, se requerirá a "EL PROVEEDOR" que realice el proveedor y deban ser contratados por pago de la convocantedeductiva “EL PROVEEDOR” acepta en forma expresa, serán descontados al licitante por que "EL CENACE" descuente el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total que en su caso se haya hecho acreedor del CFDI. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir impuestos. Sin perjuicio de la garantía de cumplimiento prevista lo mencionado en el numeral 13.2 párrafo anterior, "EL PROVEEDOR" pagaran los impuestos que en su caso correspondan, conforme a la normatividad aplicable. La notificación y cálculo de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán correspondientes las realizará el administrador del contrato de “EL CENACE”, por cada día en que subsista el escrito o vía correo electrónico, dentro de los 5 días posteriores al incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación parcial o deficiente La suma de deducciones será hasta por el importe y penas convencionales no excederán del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En contrato; en caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total la suma de deductivas rebase este monto, "EL CENACE" podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas rescindirlo en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través 54 de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente“LAASSP”.

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Samples: Mantenimiento a Sistema De Video Vigilancia

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y su ANEXO TÉCNICO, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 10.0% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por existir pagos pendientes, la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y deducción se aplicará sobre la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta garantía de cumplimiento del proveedorcontrato siempre y cuando Lo anterior, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere se iniciará el procedimiento de rescisión. Para el caso al importe concreto del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que presente contrato las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital base a lo siguiente: Concepto: Inasistencias Importe: $1,000.00 (MIL PESOS 00/100 M.N.) Forma: Por cada inasistencia que se registre durante “LOS SERVICIOS” incumpliendo la debida prestación de este. Se aplicará la deductiva por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través cada operario por inasistencia en la fecha acordada de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente“LOS SERVICIOS”.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos Anexo I y Anexo II, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "LA CEAV" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 5.0% por cada día natural de atraso en la atención del incidente, sobre el monto del licenciamiento objeto de la afectación, de conformidad a lo estipulado en el presente contrato y su Anexo I y Anexo II, los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "LA CEAV" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "LA CEAV". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "LA CEAV". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Licensing Agreements

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL INCA RURAL" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA ́s), a favor de la Tesorería de la Federación Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL INCA RURAL" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL INCA RURAL". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL INCA RURAL". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Professional Services

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara descontará al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria El sumatorio total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa COMIMSA tenga cuantificada la deducción correspondiente.

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Samples: Licitación Pública Internacional

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que el prestador del servicio incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de manera parcial o deficiente con base a lo establecido en el ANEXO TÉCNICO N° 1 y las cláusulas del contrato que derive de la presente Convocatoria de Invitación, la Secretaría aplicará una deducción del 3% (tres por ciento) sobre el monto de los servicios prestados de manera parcial o deficientemente, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras montos a deducir se aplicarán en la(s) factura(s) que el prestador del servicio presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago, en caso de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por existir pagos pendientes, la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y deducción se aplicará sobre la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta garantía de cumplimiento del proveedorcontrato, descontara al proveedor adjudicado solo para el importe caso de que resulte la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, el prestador del servicio realizará el pago de la contratación deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s) que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto se localiza en la página xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/x0xxxxx/Xxxxxxx/x0xxxxxxxx.xxxx, a favor de la pena convencional por entrega tardía prevista Tesorería de la Federación; lo anterior, en el numeral 14.1entendido que de forma inmediata se cumpla con el servicio conforme a lo acordado, en caso contrario la Secretaría podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por la Secretaría. Las deducciones económicas se descontara aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el Impuesto al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoValor Agregado. La sumatoria notificación y cálculo de las deducciones correspondientes la realizará la Subdelegación de Administración de la Delegación Federal en el Estado de Campeche. Procederá la rescisión del contrato respectivo, cuando la suma del importe total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe aplicadas al prestador del 10servicio corresponda al 20% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente.

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Samples: Contract for Maintenance and Conservation Services

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraDe señalarse en esta sección, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de HOSPITAL aplicará las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día al pago del SERVICIO con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que subsista pudiera incurrir el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda PROVEEDOR respecto a la partida o partidas de conceptos que integran el CONTRATO, estableciéndose en dicha sección el límite del incumplimiento a partir del cual se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando podrán cancelar total o parcialmente las partidas a las que y/o agrupación de partidas o conceptos no entregados, o bien iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad con el Artículo 53 bis de la LEY, se aplicó aplicarán las deducciones por los SERVICIOS prestados de manera parcial o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre deficiente de acuerdo conformidad con el procedimiento lo establecido en la presente convocatoria y siguiente tabla por periodo de facturación: Por omisión o deficiencia en el contrato; horario para servir las dietas para pacientes y empleados, de conformidad con lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán estipulado en el comprobante fiscal digital anexo técnico. 50% sobre facturación diaria de las dietas por internet el número de dietas que dejaron de servirse. Por inasistencia del personal a la semana que formen parte de la plantilla del PROVEEDOR. 30% del costo total de la nómina semanal. Por cada día de incumplimiento en el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo no prestado conforme al programa propuesto por”EL PROVEEDOR”. 20% sobre el valor de la facturación de la semana correspondiente. Por omisión en la entrega de alguno de los alimentos que componen cada menú. 50% sobre el monto del menú que corresponda. Por incumplimiento en el uso del uniforme. 30% Sobre el costo del uniforme del operario, ofertado por el licitante. Por cada día que le falte alguna prenda del mismo. Por el incumplimiento en la entrega de los análisis microbiológicos de conformidad con lo establecido en la CONVOCATORIA de la licitación. Se aplicará el 20% sobre el total de los servicios facturados en la semana de que se trate. Por la omisión en la entrega de análisis clínicos del personal de conformidad con lo establecido en la CONVOCATORIA de la licitación. Se aplicará el 20% sobre el valor total de los servicios facturados en la semana de que se trate. Por la falta de cualquiera de los utensilios y accesorios requeridos para la prestación del servicio (CFDI loza, cubiertos, vasos, platos, entre otros). Se aplicará el 20% sobre el valor total de dietas facturadas en la semana correspondiente. Por falta del mobiliario y equipo para la prestación del servicio de conformidad con lo establecido en la CONVOCATORIA a la licitación. Se aplicará el 20% sobre el costo total de los servicios facturados semanalmente. Por el incumplimiento en la fumigación oportuna en el área de conformidad con lo establecido en la CONVOCATORIA a la licitación. Se aplicará el 10% sobre el valor total de dietas facturadas en la semana correspondiente. Por el incumplimiento en el suministro de implementos de limpieza de conformidad con lo establecido por el Hospital, siempre y cuando los insumos no fueran compensados con el fondo revolvente. Se aplicará el 20% sobre el valor total de dietas facturadas en la semana correspondiente. Por el incumplimiento parcial o total xxx xxxxxx para la prestación del servicio de los insumos diarios. Se aplicará el 20% sobre el costo total de los servicios facturados semanalmente. Por el incumplimiento parcial o total en el xxxxxx xxx xxxxxxx de abarrotes y no perecederos o por su entrega fuera del horario establecido. Se aplicará el 20% sobre el costo total de los servicios facturados semanalmente. Por el incumplimiento en las porciones del gramaje pactado de cada alimento. Se aplicará el 50% sobre el valor total de dietas facturadas en la semana correspondiente. Por el cambio repentino en las dietas sin previo aviso y autorización de al menos 24 horas de anticipación. Se aplicará el 50% sobre el valor total de dietas facturadas en la semana de que el proveedor emita para su cobro se trate. Por daño o desperfecto causado a las instalaciones del HOSPITAL. 100% del total de la reparación de los daños o deterioro que se cause a “EL HOSPITAL” con motivo de la ejecución del servicio, de los objetos destruidos o daños o a través las instalaciones de nota “EL HOSPITAL”. En caso de créditono contar con un fondo revolvente. Se aplicará el 10%del valor total de las dietas facturadas en la semana que corresponda. Por no mantener afiliados a los trabajadores destinados para la prestación del servicio ante el Instituto Mexicano del Seguro Social Y/O No presentar la cédula de determinación de cuotas de la plantilla asignada de manera mensual, e inmediatamente después dentro de los primeros 10 días naturales del mes siguiente al reportado. 5% (CINCO POR CIENTO) Sobre el costo promedio diario del servicio, por cada trabajador que comimsa tenga cuantificada no esté dado de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Y/O 5% (CINCO POR CIENTO) Sobre el costo promedio diario del servicio, por la deducción correspondienteentrega extemporánea de la cedula de determinación de cuotas de la plantilla asignada a “EL HOSPITAL”, la cual deberá ser mensual.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "LA ENTIDAD" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 10.0% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "LA ENTIDAD" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "LA ENTIDAD". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Licitación Pública

DEDUCCIONES. La convocante deducirá “EL INSTITUTO" aplicará deducciones al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante pago por el importe incumplimiento parcial o deficiente, en que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si incurra “LA EMPRESA PROVEEDORA” conforme a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y su Anexo Técnico, las cuales se calcularán por un 1.0% % sobre el adjudicado no entrega los bienes o no realiza monto de los servicios indicados dentro del tiempo manifestado , proporcionados en forma parcial o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidadesdeficiente. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos Las cantidades a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI o factura electrónica que el proveedor emita “LA EMPRESA PROVEEDORA” presente para su cobro cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. De no existir pagos pendientes, se requerirá a “LA EMPRESA PROVEEDORA” que realice el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de nota Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de créditola Tesorería de la Federación, e inmediatamente después o de la Entidad. En caso de negativa se procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir impuestos La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de “EL INSTITUTO" la remitirá a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, y esta notificará a “LA EMPRESA PROVEEDORA” de la deducción impuesta indicando la base para su cálculo y la cantidad a descontar y le dará tres días hábiles para que pague o para que demuestre con documentos probatorios que dicha deducción es improcedente, terminado el plazo se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer, en caso de procedencia de la penalización la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales enviará un oficio a la Sección de Cuentas por Pagar para que se haga la deducción de pagos pendientes que “EL INSTITUTO“ tenga con “LA EMPRESA PROVEEDORA” de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondientese trate.

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Samples: Contrato De Mantenimiento

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las deducciones llegaren al 10% (diez cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por ciento) conducto del monto total administrador del contrato o aplicará una deducción del 10.0% sobre el monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total los servicios proporcionados en forma parcial o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones deficientemente (o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre los días de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y atraso en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación inicio de partidas en la prestación del servicio), los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI o factura electrónica que el proveedor emita "EL PROVEEDOR" presente para su cobro cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. Las deductivas son las siguientes: "EL PROVEEDOR" debe presentar al primer día hábil siguiente a través la notificación del fallo, al COORDINADOR GENERAL (de nota conformidad con el Anexo Técnico de créditoeste contrato), e inmediatamente después en las instalaciones de "EL CENACE", por cada día de incumplimiento en esta obligación, se aplicará una deductiva por el importe establecido y por día de incumplimiento de esa obligación. Cuando haya cambio de Coordinador General, “EL PROVEEDOR” tiene la obligación de notificar al día hábil siguiente dicho cambio al Administrador del Contrato del "EL CENACE". Por cada día de incumplimiento de la obligación de notificar el cambio, se aplicará una deductiva por el importe establecido por día de incumplimiento. Se aplicará deductiva por no realizar las tareas descritas en el Anexo Técnico para cada una de las partidas objeto de estos servicios, en los equipos señalados, en la vigencia y horarios establecidos y con la frecuencia indicada. Por cada ocasión que comimsa tenga cuantificada se detecte que la deducción tarea no ha sido ejecutada conforme se establece en dicho Anexo Técnico o con las frecuencias especificadas se registrará en la bitácora correspondiente. Al final de cada servicio se hará un recuento de actividades no realizadas, se sumarán y el resultado se multiplicará por el monto señalado en esta deductiva. Por no entregar el reporte correspondiente a cada mantenimiento, con el contenido establecido en este Anexo Técnico. Se aplicará por cada día en que tarde en ser enviado.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 0.0% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, “EL PROVEEDOR” realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Mantenimiento a Sistema Contra Incendio

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales en forma parcial o deficiente, en términos de las cláusulas y el Anexo _____ del presente Contrato, “LA SEDESOL” aplicará una deducción del 3% (tres por ciento) sobre el monto de los servicios prestados parcial o deficientemente, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras montos a deducir se aplicarán en la(s) factura(s) que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por existir pagos pendientes, la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y deducción se aplicará sobre la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta garantía de cumplimiento del proveedorContrato; solo para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, descontara al proveedor adjudicado “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” realizará el importe que resulte pago de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos, a favor de la pena convencional por entrega tardía prevista Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido que de forma inmediata se cumpla con la prestación del servicio conforme a lo acordado, se descontara en caso contrario “LA SEDESOL” podrá iniciar en cualquier momento posterior al proveedor incumplimiento el procedimiento de rescisión del Contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por el equivalente que “LA SEDESOL”. Procederá la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos rescisión del adjudicado. La sumatoria Contrato respectivo, cuando la suma del importe total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación aplicadas a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” sea del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a Contrato. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la partida o partidas de que se trate cantidad indicada sin incluir el impuesto Impuesto al valor agregadoValor Agregado. Estas deducciones son independientes La notificación y cálculo de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% correspondientes la realizará la (diez por ciento) señalar los datos del monto total área solicitante y/o administradora del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienteservicio).

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Samples: Contrato De Arrendamiento

DEDUCCIONES. Con fundamento a lo dispuesto en el artículo 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Las deducciones serán calculadas y notificadas por escrito al proveedor adjudicado por el Administrador del Contrato, previa entrega de la facturación. Posteriormente el proveedor deberá descontar de la factura la cantidad correspondiente a las deducciones. La convocante deducirá metodología para la aplicación de la deducción se enuncia a continuación. Deducciones Concepto Descripción Metodología para la aplicación de la deducción Deducción Inasistencia del Personal En caso de que el personal del prestador del servicio no acuda a brindar el servicio en los días establecidos en el numeral 3 CALENDARIO, ACTIVIDAD Y FRECUENCIA de las Consideraciones adicionales del ANEXO No. 1 A CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO REQUERIDOS POR LA CONDUSEF Por incidencia 2% (Dos por ciento) sobre el monto mensual del servicio correspondiente, sin impuesto al licitante valor agregado Personal no uniformado e identificado En caso de que el personal no se presente debidamente uniformado e identificado. Conforme al numeral VII. REQUERIMIENTOS, inciso e) identificación y uniformes del Anexo No. 1 Especificaciones Técnicas y de Calidad Requeridas. Por incidencia 1% (Uno por ciento) sobre el monto mensual del servicio correspondiente, sin impuesto al valor agregado Deducciones Concepto Descripción Metodología para la aplicación de la deducción Deducción Servicio parcial o deficiente En caso de que el servicio no se realice de acuerdo con las actividades y frecuencias establecidas para la prestación del mismo, conforme al numeral 4. LINEAMIENTOS GENERALES, del Anexo No. 1 Especificaciones Técnicas y de Calidad Requeridas. Por incidencia 2% (Dos por ciento) sobre el monto mensual del servicio correspondiente, sin impuesto al valor agregado En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD". Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en aplicación xx xxxxx convencionales y/o deducciones alcance el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Convocatoria De Invitación

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez el licitante adjudicado incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente "EL HOSPITAL" por ciento) conducto del monto total administrador del contrato o del monto de las partidas aplicará una deducción conforme a la tabla que correspondanmás adelante se detalla, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL LICITANTE ADJUDICADO" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. Para el pago de deducciones el licitante adjudicado emitirá un comprobante fiscal digital por internet de egreso (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de DE EGRESO) conocido comúnmente como nota de crédito, e inmediatamente por concepto de deductivas después de que comimsa tenga cuantificada el Administrador del contrato cuantifique la deducción correspondiente., de conformidad a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO de la LEY. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando "EL LICITANTE ADJUDICADO" no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, "EL LICITANTE ADJUDICADO" realizará el pago. Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL HOSPITAL" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL HOSPITAL". Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA. y de conformidad con lo detallado en el anexo al presente contrato. La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL HOSPITAL". Las penalizaciones señaladas en el presente numeral no podrán rebasar individual o acumulativamente durante la vigencia del contrato el equivalente al monto de la garantía de cumplimiento de contrato, ya que de lo contrario se iniciará el procedimiento de rescisión del contrato. De conformidad con el Artículo 53 bis de la LEY, se aplicarán las deducciones por los SERVICIOS prestados de manera parcial o deficiente de conformidad con lo establecido en la siguiente tabla por periodo de facturación: CONCEPTO NIVELES DE SERVICIO UNIDAD DE MEDIDA PARA LA DEDUCCIÓN % DEDUCCIÓN LÍMITE DE INCUMPLIMIENTO Cuando el licitante adjudicado no proporcione la capacitación al personal que el Hospital estime conveniente De acuerdo a los periodos contenidos en el programa presentado por el licitante Por cada persona no capacitada 0.01% sobre el monto total del servicio Hasta en cinco ocasiones Cuando El personal que preste el servicio no cumpla con lo establecido por el licitante adjudicado en cuanto a uniformes, credenciales, asistencia del personal, reglamentos y reglas de carácter general dentro de las instalaciones del Hospital. Al día siguiente de la notificación del fallo Por cada persona que no cumpla con lo establecido 0.01% sobre el monto total del servicio Hasta en cinco ocasiones Cuando el licitante adjudicado no documente el diseño de las instalaciones del área aséptica del centro de mezclas a través de verificaciones, en cada una de ellas se confirmará el adecuado diseño De acuerdo a lo establecido en la propuesta técnica del licitante Por cada documento no entregado 0.01% sobre el monto total del servicio Hasta en tres ocasiones CONCEPTO NIVELES DE SERVICIO UNIDAD DE MEDIDA PARA LA DEDUCCIÓN % DEDUCCIÓN LÍMITE DE INCUMPLIMIENTO de las instalaciones, de acuerdo con lo establecido en el Anexo Técnico “Subpartida 1" Por cada eventualidad que no permita mantener de manera continua, ininterrumpida y oportuna, el servicio. Una vez que el administrador del contrato notifique al licitante adjudicado las deficiencias del servicio Por cada eventualidad 0.01% sobre el monto total del servicio Hasta en diez ocasiones Por no aplicar adecuadamente el plan de contingencia establecido en la propuesta técnica. Una vez que el administrador del contrato notifique al licitante adjudicado las deficiencias del servicio Por cada día de incumplimiento del servicio 0.01% sobre el monto total del servicio Hasta en cinco ocasiones Por no proporcionar el listado del personal que laborará dentro de las instalaciones del Hospital. Por no tener su plantilla de empleados completa. Por no notificar por escrito al administrador del contrato cualquier cambio que realice por rotación de su personal. Por no proporcionar el currículum de los empleados, mismos que deberán cumplir con el perfil, experiencia y especialidad requerido por el Hospital. Una vez que el administrador del contrato notifique al licitante adjudicado las deficiencias del servicio Por cada eventualidad 0.01% sobre el monto total del servicio Hasta en cinco ocasiones Por no notificar y presentar un plan de manejo por lo menos con 5 días hábiles previos al proceso de mantenimiento, actualización o migración del sistema De acuerdo a lo establecido en la propuesta técnica del licitante por cada día natural de atraso 0.01% sobre el monto total del servicio Hasta en una ocasión Cuando el licitante adjudicado no lleve a cabo la instalación y puesta a punto de: los equipos de cómputo requeridos para emitir la solicitud, sistema de información (software), programas de cómputo asociados, así como las características mínimas del equipo de cómputo incluyendo clave de usuario así como la capacitación necesaria para tener acceso a la información con el objetivo de la generación de reportes con características específicas según lo requiera el Hospital. Una vez que el administrador del contrato notifique al licitante adjudicado las deficiencias del servicio por cada día natural de atraso 0.01% sobre el monto total del servicio Hasta en una ocasión CONCEPTO NIVELES DE SERVICIO UNIDAD DE MEDIDA PARA LA DEDUCCIÓN % DEDUCCIÓN LÍMITE DE INCUMPLIMIENTO Mal funcionamiento del mobiliario y equipo necesario para la prestación del servicio, considerando su conservación y mantenimiento oportuno. Una vez que el administrador del contrato notifique al licitante adjudicado las deficiencias del servicio por cada día natural de atraso 0.01% sobre el monto total del servicio Hasta en una ocasión

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Samples: Contract for Services

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, Si "EL PROVEEDOR" no cumple con los siguientes conceptosniveles de servicio, se hará acreedor a las deducciones que se indican, de conformidad a lo establecido en los artículos 53 Bis de la LAASSP y 97 del RLAASSP: Los fletes Por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas de entrega de las unidades vehiculares 5% sobre el monto del servicio por cada día de atraso. Por entregar los vehículos sin la totalidad del servicio de mantenimiento preventivo requerido. 5 % por cada día hábil de atraso, sobre el monto de los trabajos no realizados a la unidad. Por entregar los vehículos sin la totalidad del servicio de mantenimiento correctivo requerido. 5 % por cada día hábil de atraso, sobre el monto de los trabajos no realizados a la unidad. Por no entregar en el plazo establecido, el vehículo que haya reingresado por garantía de mantenimiento preventivo. 5 % por cada día hábil de atraso, sobre el monto de la facturación por los trabajos realizados a la unidad. Por no entregar en el plazo establecido, el vehículo que haya reingresado por garantía de mantenimiento correctivo. 5 % por cada día hábil de atraso, sobre el monto de la facturación por los trabajos realizados a la unidad. Por no cumplir con la obligación de establecer la seguridad completa en el resguardo de vehículo dentro de sus instalaciones, el tiempo que dure el servicio de este 5% sobre el monto de la factura por los trabajos realizados a la unidad. 20 de 29 Las deducciones antes señaladas se aplicarán sin considerar el IVA. La suma de las deductivas no podrá exceder el 10% del monto máximo del contrato abierto, en caso de que esto suceda, se procederá a rescindir el contrato. La aplicación y maniobras verificación de carga y descarga que no realice las deducciones en el proveedor y deban ser contratados pago por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir servicios parciales y deficientes, será responsabilidad del Administrador del Contrato y la falta aplicación de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte las mismas se realizarán mediante notas de crédito descontándola de la contratación factura de los servicios que haya tenido que efectuar presenten en su momento para cubrir sus necesidadestrámite de pago. Cualquier otro costo distinto Las notas de crédito mencionadas deberán ir firmadas por el Administrador del Contrato, para ser descontadas de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes factura y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total por la persona encargada de las deducciones no rebasara Supervisar el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSAContrato. El límite Administrador del Contrato, podrá otorgar prórrogas para la ejecución de aplicación de deducciones será hasta los servicios, por el importe caso fortuito y/o fuerza mayor, o causas que estén debidamente justificadas y documentadas durante la vigencia del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente.

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Samples: Contrato De Mantenimiento

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptosCumplimiento parcial o deficiente: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante Sanción Inasistencias del personal designado por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizadoslicitante adjudicado. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara Se aplicará una deducción al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor pago por el equivalente al costo diario del servicio del personal que no asista por cada día de inasistencia. Para el caso del mes xx xxxxx que comprende quince días de servicio cuando se incurra en dos retardos, y para los meses subsecuentes cuando se incurra en tres retardos dentro del mes, que correspondan al mismo empleado asignado por la convocante tenga empresa para la prestación del Se aplicará una deducción al pago por el equivalente al costo diario del servicio del personal. presente servicio, se considerará como falta injustificada. Abandono del servicio dentro del horario asignado. Se aplicará una deducción al pago por el equivalente al costo diario del servicio del personal que erogar para satisfacer su demanda de bienes abandone sus labores. No portar el uniforme completo y/o el gafete de la empresa. Se aplicará una deducción al pago por el equivalente al costo diario del servicio del personal que no lo porte. En incumplimiento parcial de sus obligaciones o realiza las actividades de manera deficiente a lo requerido por la Secretaría. Se deducirá el 2% por cada ocasión en que incurra sobre el monto de la facturación correspondiente. Cuando se entreguen de forma parcial o deficiente las pruebas de laboratorio del agua de la alberca. Se deducirá el 1% por cada ocasión en que incurra sobre el monto de la facturación correspondiente. Cuando no se cuente con la maquinaria, equipo y herramienta menor, en óptimas condiciones de operación. Se deducirá el 1% de la facturación correspondiente antes del IVA. Si la copia de la cédula de determinación de cuotas y comprobante de pago al IMSS de todo el personal que prestó servicios ante en los inmuebles de la Secretaría, durante los días que comprende el bimestre correspondiente, no incluye a todo el personal que asistió a La Secretaría a prestar el servicio o presenta errores. Se deducirá el 2% diario sobre el importe de la factura correspondiente. La verificación del pago de cuotas al IMSS se efectuará enfrentando las cédulas de determinación de cuotas pagadas contra las listas de asistencia del periodo que consigne la cédula correspondiente. El licitante adjudicado deberá solventar los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total detectados en un plazo máximo de las deducciones no rebasara el monto total 24 horas a partir de la garantía notificación que efectué el administrador del instrumento jurídico, de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones no ser así, se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienteaplicará una nueva deductiva.

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Samples: Convocatoria Para Servicio De Mantenimiento Preventivo Y Correctivo

DEDUCCIONES. El “INFONACOT” establece deducciones al pago de servicios con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir “La convocante deducirá Agrupación”, respecto al licitante cuando ocurra“Servicio Administrado de Análisis de Vulnerabilidades y Pruebas de Penetración”, objeto del presente Anexo Técnico, para lo cual se establecerán los siguientes conceptos: Los fletes límites del incumplimiento a partir del cual se iniciará el proceso de recisión administrativa en los términos de los artículos 53 Bis y maniobras 54 de carga la LAASSP y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por artículo 97 del Reglamento de la convocanteLAASSP, conforme a lo establecido en el Anexo Técnico. Las deducciones al pago del servicio previstas en el presente punto serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza determinadas en función de los servicios indicados dentro del tiempo manifestado prestados de manera parcial o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidadesdeficiente. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación y sin que cada concepto de deducciones será hasta por el importe exceda del 1010 % (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que una vez rebasado se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con deberá iniciar el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación administrativo de partidas en los términos del artículo 100 del reglamentorescisión correspondiente. Los montos a para deducir se aplicarán deberán aplicar en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI la factura que el proveedor emita “La Agrupación” presente para su cobro o a través de nota de créditocobro, e inmediatamente después de que comimsa el “INFONACOT” tenga cuantificada la deducción correspondiente.. Cabe señalar que todas aquellas regulaciones que no estén consideradas en estas penas se tratarán conforme a lo establecido en la LAASSP y el RLAASSP, así como en cualquier otra disposición normativa que emita la Secretaría de la Función Pública. Los criterios para la aplicación de las deducciones serán a partir del primer día hábil de etapa de operación de acuerdo con el requerimiento, como se muestra a continuación: Nivel de Servicio Nivel de Servicio Descripción Métrica Deductivas Análisis de Vulnerabilidad es Tiempo máximo en el análisis de vulnerabilidades. 5 días hábiles Se aplicará la deductiva de 2 al millar por cada día de atrasado en su entrega sobre el importe mensual del servicio Análisis Forense Tiempo máximo en el análisis forense del equipo 10 días hábiles Se aplicará la deductiva de 2 al millar por cada día de atrasado en su entrega sobre el importe mensual del servicio base. Pruebas de Penetración Tiempo máximo de pruebas de penetración. 5 días hábiles Se aplicará la deductiva de 2 al millar por cada día de atrasado en su entrega sobre el importe mensual del servicio

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 0.0% sobre el monto de los bienes proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Mantenimiento Integral

DEDUCCIONES. La convocante deducirá “EL CENACE” aplicará deducciones al licitante cuando ocurrapago por el incumplimiento parcial o deficiente, los siguientes conceptos: Los fletes en que incurra "EL PROVEEDOR" conforme a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y maniobras su anexo técnico, las cuales se calcularán de carga y descarga la siguiente forma; No. Servicio/entregable Motivo de la deducción Base de cálculo para la deducción Deducción Entrega de las Al observarse una entrega Al observarse una entrega parcial o Servicio parcial o evidencias de parcial o deficiente de deficiente de cualquier evidencia de deficiente cumplimiento de cualquier evidencia de cumplimiento o entregable, se 1 forma parcial o deficiente . cumplimiento. calcularán $1,000.00 pesos por cada día que no subsane la entrega establecida. (véase Tabla 7. Evidencia de Cumplimiento. y Tabla 8. Entregables.) La Subdirección de Finanzas, será la responsable de aplicar las deducciones que en su caso “EL PROVEEDOR” se halla hecho acreedor. Las cantidades a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. De no existir pagos pendientes, se requerirá a "EL PROVEEDOR" que realice el proveedor y deban ser contratados por pago de la convocantedeductiva “EL PROVEEDOR” acepta en forma expresa, serán descontados al licitante por que "EL CENACE" descuente el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total que en su caso se haya hecho acreedor del CFDI. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir impuestos. Sin perjuicio de la garantía de cumplimiento prevista lo mencionado en el numeral 13.2 párrafo anterior, "EL PROVEEDOR" pagaran los impuestos que en su caso correspondan, conforme a la normatividad aplicable. La notificación y cálculo de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán correspondientes las realizará el administrador del contrato de “EL CENACE”, por cada día en que subsista el escrito o vía correo electrónico, dentro de los 5 días posteriores al incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSAparcial o deficiente. El límite de aplicación La suma de deducciones será hasta por el importe y penas convencionales no excederán del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En contrato; en caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total la suma de deductivas rebase este monto, "EL CENACE" podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas rescindirlo en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través 54 de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente“LAASSP”.

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Samples: Servicio De Soporte

DEDUCCIONES. La convocante deducirá “EL INSTITUTO" aplicará deducciones al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante pago por el importe incumplimiento parcial o deficiente, en que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si incurra “LA EMPRESA PROVEEDORA” conforme a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y su Anexo Técnico respectivo, las cuales se calcularán por un 1.0% (UNO POR CIENTO), por cada SERVICIO Y DÍA NATURAL de atraso en el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte inicio de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto prestación del servicio, de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo conformidad con el procedimiento establecido presente contrato y sus respectivo anexo técnico, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, proporcionados en la presente convocatoria y forma parcial o deficiente , proporcionados en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas forma parcial o deficiente. , proporcionados en los términos del artículo 100 del reglamentoforma parcial o deficiente. Los montos Las cantidades a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI o factura electrónica que el proveedor emita “LA EMPRESA PROVEEDORA” presente para su cobro cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. De no existir pagos pendientes, se requerirá a “LA EMPRESA PROVEEDORA” que realice el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de nota Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de créditola Tesorería de la Federación, e inmediatamente después o de la Entidad. En caso de negativa se procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir impuestos La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de “EL INSTITUTO" la remitirá a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, y esta notificará a “LA EMPRESA PROVEEDORA” de la deducción impuesta indicando la base para su cálculo y la cantidad a descontar y le dará tres días hábiles para que pague o para que demuestre con documentos probatorios que dicha deducción es improcedente, terminado el plazo se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer, en caso de procedencia de la penalización la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales enviará un oficio a la Sección de Cuentas por Pagar para que se haga la deducción de pagos pendientes que “EL INSTITUTO“ tenga con “LA EMPRESA PROVEEDORA” de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondientese trate.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

DEDUCCIONES. La convocante deducirá “EL INSTITUTO” aplicara deducciones al licitante pago por incumplimiento parcial o deficiente en lo que incurra “LA EMPRESA PROVEEDORA”, de cualquiera de sus obligaciones contractuales a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, “EL INSTITUTO” por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 2% (DOS POR CIENTO) sobre el monto de los días de atraso en el inicio de la prestación del SUMINISTRO. Las cantidades a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “LA EMPRESA PROVEEDORA” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. De no existir pagos pendientes, se requerirá a “LA EMPRESA PROVEEDORA” que realice el pago de la deductiva, la cual se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que “LA EMPRESA PROVEEDORA” no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, “LA EMPRESA PROVEEDORA” realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema E5CINCO pago electrónico de derechos, productos y aprovechamientos (DPA’s), a favor de la TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “EL INSTITUTO” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “EL INSTITUTO”. Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. I.V.A. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de “EL INSTITUTO”, por escrito o vía electrónico, dentro de los 5 (CINCO) días posteriores al incumplimiento parcial o deficiente, antes mencionado. Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Licitación Pública

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones con- tractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y su ANEXO TÉCNICO, los siguientes conceptos: así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, “LICONSA” por con- ducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 2% (DOS POR CIENTO) por cada día natural en que persista la deficiencia en “EL SERVICIO” que no se realice de manera oportuna y eficiente, sin que las sumas de las deducciones alcancen el monto equivalente a la garantía de cumpli- miento, una vez alcanzado este monto, se procederá a cancelar o rescindir el contrato. Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. Para el pago de las penas deductivas, "LICONSA", a través de "EL ADMINISTRADOR DEL CON- TRATO" informará por escrito a "EL PROVEEDOR" el cálculo de la pena correspondiente indicando el tiempo de atraso, así como la base para su cálculo y maniobras el monto de carga y descarga la pena a que se haya hecho acreedor. "LICONSA" a través de "EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO" notificará a "EL PROVEEDOR" el cálculo de la pena deductiva correspondiente. En caso de que "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados pago solicitado dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y plazo establecido, "LICONSA", no procederá a realizar el pago del comprobante fiscal digital correspondiente. En caso de no existir pagos pendientes, la convocante tenga que adquirir o contratar deducción se aplicará sobre la compra o prestación de los mismos para suplir la falta garantía de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado contrato siempre y cuando "EL PROVEEDOR" no realice el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, "EL PROVEEDOR" realizará el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Apro- vechamientos (DPA´S), a favor de "LICONSA". Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, con- forme a lo acordado. En caso contrario, "LICONSA" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumpli- miento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representa- dos por "LICONSA". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicaran sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. I.V.A. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "LICONSA". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Invitation to Bid

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraCon fundamento en el artículo 62, los siguientes conceptos: Los fletes párrafo segundo del “Reglamento”, y maniobras de carga y descarga que no realice conformidad con el proveedor y deban ser contratados artículo 146 de las “POBALINES”, el “Instituto” podrá, en caso de incumplimiento parcial o deficiente de las obligaciones pactadas en el contrato por la convocanteparte del “Proveedor”, serán descontados al licitante por llevar a cabo las deducciones correspondientes. Las deducciones se realizarán sobre el importe de los servicios no prestados, ya que se considerará como un incumplimiento parcial o deficiente en relación con la totalidad del Concepto, éstas se aplicarán a partir del día natural siguiente en que se haya alcanzado el límite máximo de penalización al atender al principio de proporcionalidad. En este mismo sentido, en el caso de incidentes donde el “Perfil” no pueda operar, ya sea por Siniestros o fallas, se aplicará la deducción al pago mensual de los “Perfiles” afectados, a partir del reporte en la mesa de servicios. No se contará para pago a partir del día natural siguiente del reporte a la Mesa de Servicios y se reanudará el mismo al día siguiente de que haya tenido que pagar para que estos sean realizadossido repuesto o reparado el “Perfil” afectado. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro El cálculo mensual del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara se obtendrá al realizar la sumatoria de cada deducción individual según corresponda. Cada deducción individual se calculará conforme a la siguiente fórmula: D = PM / NDMD * NDD: Deductiva PM= Precio Mensual NDMD= Número de Días del Mes a Deducir NDD= Número de Días a Deducir El límite máximo que se aplicará de deducciones, a partir del cual podrá rescindirse el Contrato, será el del monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones del contrato. PRÓRROGAS Para la presente contratación no se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ootorgarán prórrogas, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de salvo que se trate sin incluir el impuesto presenten circunstancias derivadas de caso fortuito o fuerza mayor que no permitan al valor agregadoPROVEEDOR cumplir dentro del plazo estipulado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 65 del reglamentoREGLAMENTO y los artículos 147 y 148 de las POBALINES, el INSTITUTO podrá dar por terminado anticipadamente un contrato en los siguientes supuestos: Por caso fortuito o fuerza mayor; o bien cuando concurran razones de interés general, entendiéndose por éstas últimas, el bien común de la sociedad entera, como cuerpo social. Los montos a deducir Cuando por causas justificadas se aplicarán extinga la necesidad de contratar los servicios originalmente contratados; Cuando se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por el Órgano Interno de Control, y Cuando el administrador del contrato justifique mediante dictamen que la continuidad del contrato contraviene los intereses del INSTITUTO. En estos supuestos el INSTITUTO reembolsará, previa solicitud por escrito, al PROVEEDOR los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente. Lo señalado en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que párrafo anterior quedará sujeto a lo previsto en el proveedor emita para su cobro o a través artículo 149 y 150 de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondientelas POBALINES.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales en forma parcial o deficiente, en términos de las cláusulas y el Anexo ____ del presente Contrato, “LA SEDESOL” aplicará una deducción del 3% (tres por ciento) sobre el monto de los servicios prestados parcial o deficientemente, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras montos a deducir se aplicarán en la(s) factura(s) que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por existir pagos pendientes, la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y deducción se aplicará sobre la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta garantía de cumplimiento del proveedorContrato; solo para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, descontara al proveedor adjudicado “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” realizará el importe que resulte pago de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos, a favor de la pena convencional por entrega tardía prevista Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el numeral 14.1entendido que de forma inmediata se cumpla con la prestación del servicio conforme a lo acordado, se descontara en caso contrario “LA SEDESOL” podrá iniciar en cualquier momento posterior al proveedor incumplimiento el procedimiento de rescisión del Contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por el equivalente que “LA SEDESOL”. Procederá la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos rescisión del adjudicado. La sumatoria Contrato respectivo, cuando la suma del importe total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación aplicadas a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” sea del 1020% (diez veinte por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a Contrato. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la partida o partidas de que se trate cantidad indicada sin incluir el impuesto Impuesto al valor agregadoValor Agregado. Estas deducciones son independientes La notificación y cálculo de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% correspondientes la realizará (diez por ciento) señalar los datos del monto total área solicitante y/o administradora del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienteservicio).

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Samples: Service Agreement

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, En atención a lo estipulado en los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte artículos 53 Bis de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidadesLey de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 97 de su Reglamento, el PROVEEDOR incurrirá en incumplimiento, cuando omita observar cualquiera de las disposiciones contenidas en la presente CONVOCATORIA. Cualquier otro costo distinto Asimismo, incurrirá en incumplimiento cuando no suministre a la API DE VERACRUZ el SERVICIO DE ARRENDAMIENTOS objeto de la pena convencional por entrega tardía prevista presente invitación, ya sea en tiempo (cuando no los suministrare de manera oportuna o lo realizara en forma extemporánea), o en forma (cuando omita prestar el numeral 14.1SERVICIO DE ARRENDAMIENTO o lo haga de forma inadecuada), se descontara al proveedor por el equivalente que o cuando no cuente con los elementos técnicos, materiales o humanos establecidos en su PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes presente CONVOCATORIA. El incumplimiento en tiempo y/o servicios ante forma, dará lugar automáticamente a la API DE VERACRUZ a hacer la deductiva correspondiente y que se detalla en el apartado DEDUCCIONES incluidas en el ANEXO 1 de dicha CONVOCATORIA, dejando de pagar al PROVEEDOR la parte proporcionalmente incumplida de acuerdo a los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total precios unitarios de su PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA, teniendo simultáneamente la API DE VERACRUZ el derecho de exigirle a éste, la aplicación de las deducciones no rebasara el monto total penas convencionales, además del cumplimiento forzoso de la garantía parte incumplida, sin perjuicio de cumplimiento prevista que cuando dicho incumplimiento se presente en forma reiterada, la API DE VERACRUZ pueda declarar o demandar al PROVEEDOR la rescisión del contrato, así como los daños y perjuicios y la responsabilidad civil derivada de dicho incumplimiento, por la vía correspondiente. Asimismo, el PROVEEDOR quedará obligado a responder por los daños y perjuicios que cause a la API DE VERACRUZ durante y con motivo de la prestación del SERVICIO DE ARRENDAMIENTO, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en el numeral 13.2 CONTRATO respectivo y en la legislación aplicable. Las deducciones al pago del SERVICIO DE ARRENDAMIENTO previstas en el presente apartado, serán determinadas en función de las presentes bases los servicios de arrendamientos prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación y sin que cada concepto de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI la factura que el proveedor emita PROVEEDOR presente para su cobro o a través de nota de créditocobro, e inmediatamente después de que comimsa el Área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente. En caso de que el PROVEEDOR incumpla en forma reiterada en la entrega del SERVICIO DE ARRENDAMIENTO, se aplicara el proceso de rescisión. El límite de incumplimiento a partir del cual la API DE VERACRUZ podrá cancelar la o las partidas objeto del incumplimiento parcial o deficiente, o bien, rescindir el contrato será del 5% (cinco por ciento) sobre el monto total del contrato.

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Samples: Convocatoria De Invitación a Cuando Menos Tres Personas

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos estos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara descontará al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria El sumatorio total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a por deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa COMIMSA tenga cuantificada la deducción correspondiente.

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Samples: Licitación Pública Nacional

DEDUCCIONES. La convocante deducirá LICONSA, S.A. DE C.V. aplicará deducciones al licitante cuando ocurrapago por el incumplimiento parcial o deficiente, en que incurra "LOS PROVEEDORES ASOCIADOS" conforme a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus anexos respectivos, las cuales se calcularán por un 5.0% % sobre el monto de los siguientes conceptos: Los fletes servicios , En caso de que “LOS PROVEEDORES ASOCIADOS” del servicio incurran en incumplimiento parcial o deficiente, en la prestación del servicio que se aplicará a “LOS PROVEEDORES ASOCIADOS” respecto a los conceptos que integran el contrato y maniobras a lo establecido en el Numeral IX del Anexo Técnico, y se calculará sobre el importe de carga los servicios otorgados de manera deficiente o parcial, por cada día natural en que persista la deficiencia en el servicio, sin que las sumas de las deducciones alcancen el monto equivalente a la garantía de cumplimiento, una vez alcanzado este monto, se procederá cancelar o rescindir el contrato Las cantidades a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "LOS PROVEEDORES ASOCIADOS" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. De no existir pagos pendientes, se requerirá a "LOS PROVEEDORES ASOCIADOS" que realice el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y descarga Aprovechamientos (DPA´s), de la Entidad. En caso de negativa se procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir Para el pago de las deducciones, “LICONSA”, a través de “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” informará por escrito a “LOS PROVEEDORES ASOCIADOS” el cálculo de la deducción correspondiente indicando el tiempo de atraso, así como la base para su cálculo y el monto de la deducción a que se haya hecho acreedor. IMPUESTOS “LICONSA” a través de “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” notificará a “LOS PROVEEDORES ASOCIADOS” el cálculo de la deducción correspondiente. En caso de que “LOS PROVEEDORES ASOCIADOS” no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados pago solicitado dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y plazo establecido, “LICONSA”, no procederá a realizar el pago del comprobante fiscal digital correspondiente. En caso de no existir pagos pendientes, la convocante tenga que adquirir o contratar deducción se aplicará sobre la compra o prestación de los mismos para suplir la falta garantía de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado contrato siempre y cuando “LOS PROVEEDORES ASOCIADOS” no realicen el importe que resulte pago de la contratación misma y para el caso de que haya tenido que efectuar la garantía no sea suficiente para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto la deducción correspondiente, “LOS PROVEEDORES ASOCIADOS” realizarán el pago de la pena convencional por entrega tardía prevista deductiva a favor de Contrato: LICONSA/PST/852/2023 Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, se descontara conforme a lo acordado. En caso contrario, “LICONSA” podrá iniciar en cualquier momento posterior al proveedor incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado“LICONSA”. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LICONSA”. Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere se iniciará el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas procedimiento de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregadorescisión. Estas deducciones son independientes La notificación y cálculo de las penas convencionales. En caso de que deducciones correspondientes las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total realizará el administrador del contrato de LICONSA, S.A. DE C.V. , por escrito o del monto vía correo electrónico, dentro de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total los (3 días) posteriores al incumplimiento parcial o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondientedeficiente.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

DEDUCCIONES. La convocante deducirá Secretaría establece deducciones al licitante cuando ocurra, pago de los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga servicios con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que no realice pudiera incurrir el proveedor respecto del objeto señalado en el Anexo 1 Anexo Técnico, para lo cual se establecerán los límites del incumplimiento de tres ocasiones continuas de los servicios proporcionados, por lo que se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del instrumento jurídico respectivo en los términos de los artículos 53 Bis y deban ser contratados 54 de la LAASSP, conforme a lo siguiente: Deductivas para La Secretaría Incumplimiento, Indisciplina u omisión : Sanción De 1 a 3 faltas por la convocante, serán descontados mes. * Se aplicará una deducción al licitante por pago del 1.5% sobre el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía factura mensual antes del IVA. De 4 a 6 faltas por mes. * Se aplicará una deducción al pago del 2.5% sobre el importe total de cumplimiento prevista la factura mensual antes del IVA. Incumplimiento, Indisciplina u omisión : Sanción De 7 a 9 faltas por mes. * Se aplicará una deducción al pago del 3.5% sobre el importe total de la factura mensual antes del IVA. De 10 a 12 faltas por mes. * Se aplicará una deducción al pago del 4.5% sobre el importe total de la factura mensual antes del IVA. De 13 a 16 faltas por mes. * Se aplicará una deducción al pago del 5.5% sobre el importe total de la factura mensual antes del IVA. Cuando por causas imputables al proveedor los servicios no se realicen conforme a lo señalado en el numeral 13.2 Anexo 1 Anexo Técnico y el administrador del inmueble haya informado en la bitácora de servicio Se aplicará una deducción al pago del equivalente al 2% diario de la facturación mensual antes del IVA, por incumplimiento en la oportunidad del servicio. Cuando por causas imputables al proveedor, este no suministre los insumos solicitados en las presentes bases Dichas deducciones fechas requeridas, para la prestación del servicio Se aplicará una deducción al pago del equivalente al 1% diario de la facturación mensual antes del IVA, por cada día natural de atraso en la entrega de los materiales, sobre el importe total de la facturación mensual antes del IVA. Cuando no se calcularán encuentre en las áreas correspondientes la maquinaria, equipo y aplicarán herramienta menor, en óptimas condiciones de operación Se aplicará una deducción al pago del equivalente al 1% diario de la facturación mensual antes del IVA, por cada día natural de atraso en la entrega de la maquinaria, equipo y herramienta menor, sobre el importe total de la facturación mensual antes del IVA. No entregar copia de la cédula de determinación de cuotas y comprobante de pago al IMSS de todo el personal que prestó servicios en los inmuebles de la Secretaría y ProMéxico de forma bimestral. Se deducirá el 2% diario sobre el importe de la factura mensual correspondiente, por cada día en que subsista se incumpla con la inscripción de todo el incumplimiento personal que preste servicios al licitante adjudicado en los inmuebles de la Secretaría y ProMéxico hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción correspondiente, debidamente acreditada con la documentación señalada. La verificación del pago de COMIMSAcuotas al IMSS se efectuará enfrentando las cédulas de determinación de cuotas pagadas contra las listas de asistencia del periodo que consigne la cédula correspondiente. El límite monto de aplicación de deducciones será hasta por la deducción al pago se calculará sobre el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ode la factura correspondiente al mes de la cédula presentada y a las listas de asistencia verificadas, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda pero será aplicable a la partida o partidas de siguiente facturación. * El personal que se trate presente sin incluir el impuesto al valor agregadouniforme o sin credencial no se le permitirá la entrada y se tomará como FALTA. Estas * Personal que llegue después de los 15 minutos de tolerancia, se regresará y se considerará FALTA. Las deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en sobre el comprobante fiscal digital precio unitario por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o elemento, a través de nota de créditocrédito para aplicar el descuento en forma directa al pago de la factura. El licitante adjudicado acepta el descuento por las faltas de asistencia en que incurra su personal, e inmediatamente después se determinará dentro de los tres primeros días del mes siguiente, de acuerdo con los registros de ingreso y aplicará el descuento correspondiente, conforme lo señalado en la presente Convocatoria. La Secretaría establecerá en los instrumentos jurídicos respectivos la forma en que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienteaplicarán las presentes deducciones a que se hiciera acreedor el licitante adjudicado.

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Samples: Contratación Del Servicio De Jardinería

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "COMIMSA" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 0.8% sobre el monto de los siguientes conceptos: bienes, arrendamientos o servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio o del arrendamiento). En su caso "COMIMSA" podrá deducir los importes totales que resulten de: 1.- Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban xxxxx ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. . 2.- Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. . 3.- Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, la cláusula vigésima cuarta se descontara descontará al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista o en caso de haberse eximido al proveedor de la presentación de garantía de cumplimiento, la sumatoria total de las deducciones no excederá del % del monto total del contrato o de la partida que corresponda Lo anterior, en el numeral 13.2 entendido de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "COMIMSA" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la obligación gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a plena satisfacción los intereses del Estado, representados por "COMIMSA". Las deducciones económicas se aplicarán mediante nota de COMIMSAcrédito a la que se agregara el IVA correspondiente. El límite Cuando el monto total de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

DEDUCCIONES. La convocante deducirá El personal del Instituto verificará aleatoriamente en las Unidades Médicas de los OOAD, y UMAE, cilindros y contenedores entregados, con el objeto que estos no presenten defectos ni alteraciones en los flujos y periodos, en caso de detectar alguna anomalía será rechazado el suministro de oxígeno medicinal y se aplicará la deductiva correspondiente al licitante cuando ocurra2.5% por día de atraso (24 horas), los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe costo Unitario (m³, kg, lts o carga), sobre el valor de las facturas del mes calendario del incumplimiento. En el supuesto que haya tenido se detecten las inconsistencias señaladas en el párrafo anterior, dicho suministro a través de cilindro será regresado al Prestador del Servicio, quien la someterá a un nuevo proceso de verificación de calidad, mismo que pagar deberá ser entregada al derechohabiente en un plazo máximo de 24 horas, sin costo adicional para que estos sean realizadosel Instituto. Si El Instituto de conformidad con lo dispuesto por el adjudicado no entrega los bienes o no realiza artículo 53 bis de la Ley, 97 de su Reglamento y 5.5.8 de sus Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social vigente, procederá a la aplicación de deducciones al pago de los servicios indicados dentro con motivo del tiempo manifestado incumplimiento parcial o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación deficiente de los mismos para suplir conforme a los siguientes supuestos: a) Cuando se detecte en la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista verificación establecida en el numeral 14.18 de los presentes términos y condiciones, que el suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales no se apegue a las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo Técnico para la contratación del Servicio de Suministro de Oxígeno Medicinal Hospitalario, Gases Medicinales e Industriales en Unidades Médicas en los OOAD y UMAE del Instituto Mexicano del Seguro Social, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos aplicará una deductiva del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara 10% sobre el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en lo facturado del mes calendario que corresponda. b) Se aplicará una deductiva del 2.5% sobre el numeral 13.2 valor de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán facturas del mes calendario del incumplimiento, por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta no entregue al administrador del contrato, la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y documentación completa para cobro en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación plazo establecido (5 días hábiles posteriores de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos cada mes calendario a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondientefacturar).

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

DEDUCCIONES. La convocante deducirá Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 53 Bis de la Ley, en caso de que se presenten fallas en la prestación del Arrendamiento, derivadas del incumplimiento parcial o prestación deficiente del arrendamiento, las deducciones serán calculadas, aplicadas y notificadas al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante PROVEDOR por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizadosAdministrador del Contrato. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro En ningún caso las deducciones podrán negociarse en especie. Las deducciones por deficiencias en la prestación del tiempo manifestado o arrendamiento se aplicarán de acuerdo con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista lo establecido en el numeral 14.1siguiente cuadro: Vehículo sustituto por mantenimiento, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes descompostura y/o servicios ante siniestro, proporcionado de manera inmediata por EL PROVEEDOR. En los incumplimientos casos de siniestro el vehículo sustituto será realizado de manera inmediata, previa solicitud del adjudicadoADMINISTRADOR DEL CONTRATO. En los casos de mantenimientos cuyo periodo de estadía en el taller rebase de los 4 días a partir de la valoración inicial del taller mecánico. 96 horas a partir de la Solicitud que haga el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. Cada día natural de atraso en la entrega del vehículo sustituto. 5% diario de atraso y sobre el precio mensual del tipo de unidad motivo del reporte. Solicitud de retrabajo derivado de deficiencias en el funcionamiento posteriores al mantenimiento preventivo y/o correctivo. Dentro de las 72 horas posteriores a la entrega del vehículo después de algún mantenimiento. Cada día de atraso en la entrega del vehículo por mantenimiento. 2%por cada día natural de atraso y sobre el precio mensual del tipo de unidad motivo de la solicitud. Solicitud de mantenimiento correctivo, preventivo, cambio de neumáticos, cambio de plumillas, reposición de placa vehicular, reposición de tenencia, etc. EL PROVEEDOR deberá dar respuesta mediante correo electrónico o cualquier otro medio comprobable a la petición realizada por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO dentro de un plazo de 72 horas posteriores a dicha solicitud, mediante el cual se informe el estatus de la misma. Cada día de atraso a partir del vencimiento del plazo de 72 horas 0.5% diario de atraso y sobre el precio mensual del tipo de unidad motivo de la solicitud. No presentar a tiempo la renovación de la(s) póliza(s) de seguro(s) vehicular. Inmediatamente al finalizar la vigencia de las pólizas de seguro vehicular señaladas en la propia póliza, por lo que el PROVEEDOR deberá dar pleno seguimiento dicho termino. Cada día natural de atraso en la entrega de la renovación de la(s) póliza(s). 1% sobre el precio mensual del tipo de unidad motivo del reporte. Si durante el ejercicio fiscal en turno no presenta la tenencia vehicular, placas nuevas (en su caso) permisos de circulación (en su caso), y demás documental que asegure la libre circulación de las unidades vehiculares en las carreteras del territorio mexicano y de conformidad con la normatividad aplicable en materia de circulación vehicular. Durante el ejercicio fiscal en turno y de conformidad con la normatividad vigente aplicable en materia de circulación vehicular. Una vez finalizado el ejercicio fiscal en turno. La sumatoria total acumulación de las deducciones penas convencionales no rebasara el monto total excederá del importe de la garantía de cumplimiento prevista del presupuesto máximo del contrato respectivo, sin considerar el I.V.A., en cuyo caso, se procederá al inicio del procedimiento de rescisión del respectivo contrato. Las deducciones se aplicarán, a más tardar en el numeral 13.2 mes calendario siguiente. Gerente de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán Administración y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta Finanzas de la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de COMIMSAC.V. Presente. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda Con relación a la partida o partidas convocatoria de que se trate sin incluir Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023 publicada en el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes Diario Oficial de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria Federación y en el contrato; Sistema Electrónico CompraNet 2023 el día _____________ del año en curso en la cual se convoca a los interesados para que participen en la referida licitación, para llevar a cabo el “Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V.” sobre el particular, y por mi propio derecho, en mi carácter de ______________, manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, lo anterior sin perjuicio siguiente: A) Que conozco y acato las disposiciones legales para el “Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V.”, que COMIMSA aplique rigen estas operaciones para las sanciones previstas por cancelación empresas de partidas participación estatal mayoritaria del Gobierno Federal Mexicano. B) Que el costo mensual y el subtotal de la (s) partida (s) en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos la que participo, es la siguiente: C) Que el plazo de pago es de veinte días naturales contados a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través partir de nota la presentación de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción factura y documentación correspondiente. D) Que el período de vigencia del CONTRATO es de 36 meses (del 01 de septiembre de 2023 y finalizará el 01 de septiembre de 2026). E) Que el precio ofertado del arrendamiento de los vehículos permanecerá fijo durante la vigencia del CONTRATO.

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Samples: Contratación Del Arrendamiento Integral De Vehículos

DEDUCCIONES. La convocante deducirá Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 53 bis de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento “LA SECRETARÍA” aplicará deducciones al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista prestación del servicio, en caso de incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir “EL PROVEEDOR”, conforme a lo establecido en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionalescontrato. En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las deducciones llegaren al 10cláusulas del contrato y en términos del Anexo Técnico, “LA SECRETARIA” aplicará una deducción del 3% (diez tres por ciento) del monto total del contrato o del sobre el monto de las partidas que correspondanlos servicios prestados en forma parcial o deficientemente, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en las facturas que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el comprobante fiscal digital por internet pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato y solo para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente “EL PROVEEDOR” realizará el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (CFDI DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación. Lo anterior, en el entendido de que de forma inmediata se cumpla con el objeto del contrato, conforme a lo acordado, en caso contrario “LA SECRETARIA” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el proveedor emita para su cobro o mismo pudiera ocasionar a través los intereses del Estado, representados por “LA SECRETARIA”. Procederá la rescisión del contrato respectivo, cuando la suma del importe total de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada las deducciones aplicadas “EL PROVEEDOR” corresponda al 20% (veinte por ciento) del monto máximo total del contrato. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la deducción correspondientecantidad indicada sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

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Samples: Service Agreement

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante En caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción de conformidad con lo siguiente: Porcentaje (%) o importe Forma Concepto Responsable de documentar y calcular las deducciones Responsable de Aplicar las deducciones Calculado sobre el importe mensual del mantenimiento correctivo y soporte técnico del sitio Incumplimiento parcial o deficiente en el Nivel de Servicio Administrador de Contrato Departamento de finanzas Severidad Porcentaje de deducción por día de atraso Crítica 5% afectado por cada día hábil de atraso Alta 4% Media 3% Baja 2% 1% Calculado sobre el importe mensual, por la entrega no oportuna de los Entregables Mensuales (EM-01) y Entregables por Evento (EE-01), por cada día hábil de atraso. Incumpliendo parcial o deficiente de Entregables Mensuales (EM- 01) y Entregables por Evento (EE-01) Administrador de Contrato Departamento de finanzas Los montos por deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago, En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidadesmisma. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere se iniciará el procedimiento de rescisión. Para el caso al importe concreto del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que presente contrato las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en base a lo establecido en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente.Anexo Técnico

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Samples: Mantenimiento Y Soporte Técnico

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraCon fundamento en el Artículo 53 Bis de la Ley, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras en caso de que el proveedor incurra en incumplimiento parcial o deficiente respecto a la prestación del Servicio de carga y descarga de mercancías y elaboración de despensas objeto del presente procedimiento con base a lo establecido en el Anexo 1 de la presente Convocatoria y/o cláusulas y conceptos que no realice integran el Contrato se aplicará una deducción del 5% (cinco por ciento) sobre el monto del Servicio de carga y descarga de mercancías y elaboración de despensas proporcionado deficientemente, el pago de las deducciones deberá aplicarse a la factura que el proveedor presente para su cobro, en el entendido que de forma inmediata se cumpla con la prestación del Servicio de carga y deban ser contratados por descarga de mercancías y elaboración de despensas conforme a lo acordado; en caso contrario, Diconsa podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del Contrato, considerando la convocante, serán descontados al licitante por gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizadosmismo pudiera ocasionar a los intereses de Diconsa. Si Esta deducción no podrá exceder del 10% del monto máximo del Contrato. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas IVA. La notificación y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto cálculo de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1correspondiente, se descontara al proveedor por el equivalente que así como de las deducciones, la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda realizará la Coordinación de bienes Operaciones de Diconsa, S.A. de C.V., Unidades Administrativas Querétaro y Guanajuato, como área requirente y/o servicios ante los incumplimientos administradora del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán Contrato y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda previo a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido aplicación en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI factura que el proveedor emita presente para su cobro o cobro, la dará a conocer mediante oficio a la Coordinación de Administración y Finanzas, para que esta notifique al proveedor. De conformidad con el Artículo 84, penúltimo párrafo del Reglamento, Diconsa a través del Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, adscrito a la Coordinación de nota Operaciones, administrará en todo momento y vigilará el cumplimiento del correspondiente Contrato, por lo que, de créditono recibir el a entera satisfacción de Diconsa, e inmediatamente después de se dará por entendido que comimsa tenga cuantificada EL PROVEEDOR incumplió con la deducción correspondienteprestación del mismo.

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Samples: Licitación Pública

DEDUCCIONES. La convocante deducirá EL CENACE" aplicará a “EL PROVEEDOR” deducciones al licitante cuando ocurrapago de “LOS SERVICIOS” con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que haya incurrido respecto a los conceptos que integran el CONTRATO. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y 97 de su Reglamento, en los siguientes conceptostérminos siguientes: Los fletes No. Servicio / entregable Motivo de la deducción Base de cálculo para la deducción Deducción 1 Incumplimiento parcial o deficiente en la atención de incidentes Por cada hora que exceda el tiempo de atención a incidentes, dudas o preguntas técnicas a partir de las 24 horas hábiles que tiene para su resolución a partir de su notificación Monto partida 2 $1,000.00 pesos en caso de que el contrato se adjudique en moneda nacional / $50 dólares en caso de que se adjudique en dólares americanos 2 Entrega parcial o deficiente de la plataforma al no permitir la ejecución de simulaciones. Al observarse una entrega parcial o deficiente de alguna de las simulaciones solicitadas por “EL CENACE”, se vea interrumpida por situaciones imputables al “EL PROVEEDOR”. Así como la imposibilidad de poder ejecutar la solución de los modelos en la plataforma en la nube por causas imputables a “EL PROVEEDOR”. Monto de la partida 3 Deducción = $1,000 pesos M.N. por evento En caso de que el contrato se adjudique con moneda en dólares americanos, la deducción será de $50 dólares por evento. 20 de 00xxx.xxx.xx/xxxxxx Anexo Técnico aceptado por: PSR Soluções e Consultoria em Energia Ltda Firmado por: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Posición: Director Ejecutivo Page 23 of 28 No. Servicio / entregable Motivo de la deducción Base de cálculo para la deducción Deducción 3 Entrega de documentación sin calidad o incumplimiento parcial y maniobras deficiente. Al observarse una entrega de carga documentación sin calidad o incumplimiento parcial y descarga que no realice deficiente solicitadas por “EL CENACE” a “EL PROVEEDOR”. Monto de la partida 1, 2 y 3 D = 0.5% *VF Donde: D = Deducción VF = Valor de la factura del servicio con incumplimiento Las deducciones serán documentadas y calculadas por el proveedor ADMINISTRADOR DEL CONTRATO y deban ser contratados serán aplicadas por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizadosSubdirección de Finanzas. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación La aplicación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte deductivas es independiente de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto aplicación de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadolas penas convencionales. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación suma de deducciones será hasta por el importe y penas convencionales no excederán del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En CONTRATO; en caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) la suma de deductivas rebase este monto, "EL CENACE" podrá optar entre exigir el cumplimiento del monto total del contrato CONTRATO o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas rescindirlo en los términos del artículo 100 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del reglamentoSector Público. Los montos a deducir “EL PROVEEDOR” acepta en forma expresa, que "EL CENACE" descuente el importe de las deductivas que en su caso se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI haya hecho acreedor de la facturación que el proveedor emita presente para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondientecobro.

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Samples: Servicios De Actualización, Soporte, Mantenimiento Y Cómputo en La Nube

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurra, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento parcial o deficiente respecto del Servicio objeto del presente contrato, con base a lo establecido en el Anexo Único, “DICONSA” aplicará las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) pago conforme a lo siguiente: Por inasistencia del monto total del contrato personal registrada durante el mes, se aplicará una deductiva equivalente a un día xx xxxxxxx de los guardias de seguridad, supervisor o del monto motociclista que no asista o llegue con un atraso de las partidas que correspondan2 horas, COMIMSA podrá modificar la cual se aplicará en la factura correspondiente al mes en el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que cual se aplicó las deducciones dicha(s) inasistencia(s). Por cada 2 (dos) retardos del personal guardias de seguridad, supervisor o bienmotociclista menores a 2 horas y mayor a 15 minutos después de la hora de entrada o cambio de turno, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre aplicará deducción de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamentouna inasistencia. Los montos retardos se considerarán a partir del minuto 16 de la hora señalada para la entrada a laborar. Las cantidades a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI o factura electrónica que el proveedor emita “EL PROVEEDOR” presente para su cobro cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago, a través de nota Nota de créditoCrédito, e inmediatamente después en el momento en el que emita el comprobante de Ingreso (Factura o CFDI de Ingreso) por concepto de los servicios, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. De no existir pagos pendientes, se requerirá a “EL PROVEEDOR” que comimsa tenga cuantificada realice el pago de la deducción correspondientedeductiva a través de Cheque Certificado a favor de Diconsa, S.A. de C.V. En caso de negativa se procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir impuestos. El cálculo de las deducciones correspondientes, lo realizará el Titular de la Gerencia de Recursos Humanos de “DICONSA” como área administradora del Contrato y la dará a conocer por escrito a la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales, para que esta notifique a “EL PROVEEDOR”.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

DEDUCCIONES. La convocante deducirá Con base en el artículo 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento, las partes convienen en que para el caso de incumplimiento parcial o deficiente en que pueda incurrir el licitante adjudicado respecto de la entrega de los bienes de la presente contratación, se aplicaran deductivas, para lo cual la Secretaría de Bienestar tendrá la facultad de verificar periódicamente si la entrega de los bienes objeto del Contrato, se están ejecutando por el licitante adjudicado de acuerdo al presente ANEXO TÉCNICO. Si como consecuencia de dicha verificación a que se refiere el párrafo anterior, los bienes entregados no cumplen (cumplimiento parcial o deficiente) con lo especificado en este ANEXO TÉCNICO y sea por causas imputables al licitante cuando ocurraadjudicado, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras la Secretaría de carga y descarga Bienestar le aplicará una deductiva, la que no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega se determinará en función de los bienes entregados de manera parcial o no realiza los servicios indicados dentro deficiente, como se detalla a continuación: Concepto Nivel del “SERVICIO” Unidad de Medida Deducción Límite de incumplimiento a partir del cual se podrá rescindir el contrato Atención de siniestros por parte de “EL OFERENTE”. Un tiempo manifestado o con las características requeridas de respuesta máximo de 2 horas en la Ciudad de México y estos son deficientes Área Metropolitana; y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista 4 horas en el numeral 14.1resto del territorio nacional. Cada hora que exceda el nivel de “SERVICIO” establecido. 1% sobre el precio mensual del tipo de unidad siniestrada. 20% del monto mínimo total del contrato Vehículo sustituto por mantenimiento, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes descompostura y/o servicios ante los incumplimientos siniestro, proporcionado de manera inmediata por “EL OFERENTE”. 48 horas en la Ciudad de México y Área Metropolitana; 120 horas para el resto del adjudicadoterritorio nacional. Cada hora que exceda el nivel de “SERVICIO” establecido. 1% sobre el precio mensual del tipo de unidad motivo del reporte. 20% del monto mínimo total del contrato Falla del Sistema de cómputo para monitoreo, administración, seguimiento y Hasta 90 minutos acumulados fuera de “SERVICIO” al mes en horario de operación. A partir de que exceda el nivel fuera de “SERVICIO” y por bloques de $1,000.00 pesos por cada hora 20% del monto mínimo total del contrato control del “SERVICIO”, por causas atribuibles a “EL OFERENTE”. 1 hora se aplicará la deducción. La sumatoria total acumulación de las deducciones no rebasara el monto total excederá 20% del importe de la garantía de cumplimiento prevista del presupuesto mínimo del contrato respectivo, sin considerar el I.V.A., en cuyo caso, se procederá al inicio del procedimiento de rescisión del respectivo contrato. Las deducciones se aplicarán, a más tardar en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondientemes calendario siguiente.

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Samples: Service Agreement

DEDUCCIONES. La convocante deducirá De conformidad con el artículo 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Instituto podrá aplicar deducciones al licitante cuando ocurra, pago de los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga servicios con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que no realice pudiera incurrir el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total respecto de las deducciones partidas o conceptos, las cuales no rebasara el excederán del monto total de la garantía de cumplimiento prevista establecida en el numeral 13.2 mismo. Dichas deductivas serán determinadas en función de los servicios que hayan sido prestados deficientemente y deberán ser calculadas de acuerdo a lo establecido en los artículos 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 97 de su Reglamento y 4.3.3 del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En ningún caso las presentes bases Dichas deducciones podrán negociarse en especie. El Instituto notificará al proveedor adjudicado las deducciones que en su caso se calcularán y haya hecho acreedor. Las deducciones por deficiencias en la prestación del servicio, se aplicarán de acuerdo a lo siguiente: Concepto Niveles de servicio Unidad de medida para la deducción Deducción Límite de incumplimiento motivo de rescisión del contrato Responsable de reportar el incumplimiento Responsable del cálculo, notificación de la pena Cuando el proveedor no cumpla a la solicitud ordinaria por la Unidad Médica o Guardería mediante Órdenes de Compra 2 (dos) días hábiles posteriores a haber recibido la solicitud mediante correo electrónico o entregado de manera personal. Por cada día que exceda el nivel de servicio. El 2.5% diario sobre el valor total de lo incumplido en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSAremisión sin IVA. El límite de aplicación la deducción no podrá exceder el 10% del monto máximo del contrato Director Médico de deducciones será hasta la unidad o Guardería Persona designada por el importe director como responsable del Departamento de Nutrición y Dietética. Auxiliares en la administración del contrato. Cuando el proveedor entregue de manera parcial lo solicitado en Orden de Compra por Unidades y Guarderías. 2 (dos) horas posteriores a la entrega ordinaria. Por cada hora que exceda el nivel de servicio. El 2.5% diario sobre el valor total de lo incumplido en la remisión sin IVA. El límite de la deducción no podrá exceder el 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato o, si fuere Director Médico de la unidad o Guardería Persona designada por el caso al importe director como responsable del Departamento de Nutrición y Dietética. Auxiliares en la administración del contrato. Cuando el proveedor no entregue con las características organolépticas y fisicoquímicas de los alimentos solicitados por Unidades Y Guarderías. 2 (dos) horas posteriores a la entrega ordinaria. Por cada hora que exceda el nivel de servicio. El 2.5% diario sobre el valor total de lo incumplido en la remisión sin IVA. El límite de la deducción no podrá exceder el 10% (diez por ciento) del monto que corresponda máximo del contrato. Director Médico de la unidad o Guardería Persona designada por el director como responsable del Departamento de Nutrición y Dietética. Auxiliares en la administración del contrato. Cuando el Proveedor no cuente con identificación (uniforme, Gafete, EPP) al momento de su ingreso a las Unidades o Guarderías. Por cada día de incumplimiento. Por cada día de incumplimiento. El 2.5% del valor total de la partida o partidas entrega del día plasmado en la remisión sin IVA. El límite de que se trate sin incluir la deducción no podrá exceder el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato Director Médico de la unidad o Guardería Persona designada por el director como responsable del monto Departamento de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido Nutrición y Dietética. Auxiliares en la presente convocatoria y en el administración del contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondiente.

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Samples: Licitación Pública Nacional

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraConforme a lo establecido en el artículo 53 Bis de la “Ley de Adquisiciones”, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras 97 del “Reglamento”, se aplicarán deducciones en el pago, con motivo de carga incumplimiento parcial o deficiente en que incurra el “Proveedor”, de acuerdo a lo señalado en el “Anexo Técnico” de la presente “Convocatoria”. El cálculo, aplicación y descarga verificación de las penas convencionales en el pago, por no iniciar el “Servicio” en la fecha pactada, será responsabilidad de la persona señalada en el “Anexo Técnico” de esta Convocatoria, o a quien este designe para realizar las gestiones necesarias, conforme a la Cláusula Séptima del modelo del “Contrato” respectivo. El pago de las mismas se aplicará mediante Nota de Crédito descontándola de la factura correspondiente que no realice presenten en su momento para trámite de pago. Dichas Notas deberán ir validadas y firmadas por el proveedor titular del “Área requirente”, y deban ser contratados por la convocantepersona encargada de supervisar la prestación del “Servicio” solicitado, serán descontados al licitante en caso de que se realizara el pago mediante cheque certificado, deberá expedirse a nombre de la Tesorería de la Federación y deberá entregarse anexo a la factura el recibo original de dicho pago realizado, el cual deberá de ir debidamente validado por la Delegación Federal de Puebla o a través de quien ésta designe. Lo anterior, sin perjuicio del derecho que tiene el “Instituto” de optar entre exigir el cumplimiento forzoso del “Contrato” o rescindirlo. Ello de conformidad con lo estipulado por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte artículo 54 de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades“Ley de Adquisiciones”. Cualquier otro costo distinto La acumulación de las penas convencionales no excederá el monto de la pena convencional fianza de cumplimiento, la cual es equivalente al 10% (diez por entrega tardía prevista en ciento) del monto total del “Contrato”. En el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicado. La sumatoria total caso de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por el importe pago no podrá exceder del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o“Contrato”. Cuando el incumplimiento de las obligaciones del “Proveedor” no derive del atraso, si fuere sino por otras causas establecidas en el “Contrato”, se podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento la rescisión administrativa del mismo; el “Área requirente” o receptora de la prestación del “Servicio” solicitado será la responsable de proporcionar todos los elementos documentales que sean necesarios e iniciar el procedimiento a que se refiere el artículo 54 de la “Ley de Adquisiciones”. El pago del “Servicio” solicitado, quedará condicionado proporcionalmente, al pago que el “Proveedor” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales y/o deducciones en el pago. En el supuesto de que sea rescindido el “Contrato”, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el artículo 95 del “Reglamento”. Podrán otorgarse prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones contractuales por caso fortuito y/o de fuerza mayor, o por causas que estén debidamente justificadas y documentadas, debiéndose solicitar por escrito al importe titular del 10% (diez “Área Requirente”, acompañando el soporte documental correspondiente. El “Área “Requirente” informará de lo anterior por ciento) del monto que corresponda escrito a la partida o partidas Dirección de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria Recursos Materiales y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienteServicios Generales.

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Samples: Contratación De Servicios

DEDUCCIONES. La convocante deducirá El HOSPITAL aplicará las deducciones al licitante cuando ocurrapago del SERVICIO con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR respecto a la partida o conceptos que integran el CONTRATO, los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice estableciéndose en dicha sección, el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes límite del incumplimiento a partir del cual se podrán cancelar total o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con parcialmente las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes partidas y/o servicios ante agrupación de partidas o conceptos no entregados, o bien iniciar el procedimiento de rescisión el CONTRATO. De conformidad con el Artículo 53 bis de la LEY, se aplicarán las deducciones por los incumplimientos SERVICIOS prestados de manera parcial o deficiente de conformidad con lo establecido en la siguiente tabla por periodo de facturación: 20% (VEINTE POR CIENTO) por cada día natural de atraso sobre el costo promedio diario del adjudicadoservicio no prestado oportunamente derivado de un mal funcionamiento del equipo necesario para la prestación del servicio. La sumatoria 100% (CIEN POR CIENTO) Del total de recuperación de los medicamentos, materiales, accesorios y suministros médicos que hayan sido entregados en la sede de la farmacia hospitalaria a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” y que por causas imputables al mismo, hayan sido extraídos sin justificación alguna, extraviados o dañados. 20% (VEINTE POR CIENTO) por cada día natural de atraso sobre el costo promedio diario del servicio, en que haya sido programada la capacitación y ésta no se otorgue conforme al mismo. 5% (CINCO POR CIENTO) Sobre el costo promedio diario del servicio, por cada trabajador que no esté dado de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Y/O 5% (CINCO POR CIENTO) Sobre el costo promedio diario del servicio, por la entrega extemporánea de la cedula de determinación de cuotas de la plantilla asignada a “EL HOSPITAL”, cuya entrega deberá ser mensual. 20 % (VEINTE POR CIENTO) de acuerdo al costo del equipo ofertado por EL PRESTADOR DEL SERVICIO. Por la entrega extemporánea del mismo y que no permita la adecuada y oportuna operación del servicio de manera oportuna. 20 % (VEINTE POR CIENTO) De acuerdo al costo de los equipos de dispensación interna ofertados por EL PRESTADOR DEL SERVICIO. Por la entrega extemporánea del mismo y que no permita la adecuada y oportuna operación del servicio de manera oportuna. 10% (DIEZ POR CIENTO) por cada día natural de atraso en la asignación del personal que supervise el servicio, sobre el costo promedio diario del servicio que derive en la no prestación del mismo de manera oportuna. 15% (QUINCE POR CIENTO) Sobre el salario diario integrado del personal ofertado por el licitante. Por cada persona que falte a sus labores, derivado de la no observancia en el control de acceso a las instalaciones del Hospital. 100% (CIEN POR CIENTO) Del total de la reparación de los daños o deterioro que se cause a “EL HOSPITAL” con motivo de la ejecución del servicio, de los objetos destruidos o daños o a las instalaciones de “EL HOSPITAL”. 20% (VEINTE POR CIENTO) por cada día natural de atraso sobre el costo promedio diario del servicio, en que haya sido programada la capacitación y ésta no se otorgue conforme al mismo. 15% (QUINCE POR CIENTO) Sobre el salario diario del personal ofertado por el licitante. Por cada persona que falte a sus labores, derivado de la no observancia en el control de acceso a las instalaciones del HOSPITAL. 100% (CIEN POR CIENTO) Del valor total de recuperación de los miligramos que no se haya realizado el cambio físico solicitado o por haber detectado defectos de calidad en el lote de todos los bienes destinados para el abasto del servicio. El licitante expresa su conformidad de que las cantidades que resulten por deducciones por concepto xx xxxx convencional, les serán descontadas por HOSPITAL, de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet presentados para su pago. Las penalizaciones señaladas en el presente numeral, no rebasara podrán rebasar individual o acumulativamente durante la vigencia del contrato el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento prevista de contrato, ya que de lo contrario se iniciará el procedimiento de rescisión del contrato. Las deducciones al pago de bienes o servicios previstos en el numeral 13.2 artículo 53 bis de las presentes bases la LEY, serán determinadas en función de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente. Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación y sin que cada concepto de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán deberán aplicar en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI la factura que el proveedor emita presente para su cobro o a través de nota de créditocobro, e inmediatamente después de que comimsa el área requirente tenga cuantificada la deducción correspondientecorrespondiente de conformidad a lo establecido en el artículo 97 del REGLAMENTO de la LEY.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, "LA FND" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 3.0% del importe de "EL SERVICIO" sobre el monto de los servicios prestaos en forma parcial o deficientemente de conformidad con el presente contrato y sus respectivos anexos, los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. ■En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor pago de la misma y deban ser contratados para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción, "EL PROVEEDOR" emitirá el comprobante de CFDI para el pago de la deductiva correspondiente que determine el administrador del contrato, misma que se realizará en el mismo momento en que emita el comprobante CFDI por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor"EL SERVICIO". Lo anterior, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "LA FND" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "LA FND". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "LA FND". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato ocontrato, si fuere el caso al importe del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con iniciará el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI que el proveedor emita para su cobro o a través de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada la deducción correspondienterescisión.

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Samples: Mantenimiento Preventivo Y Correctivo

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn el procedimiento para la aplicación de las deducciones, el Administrador del Contrato será responsable de notificar, calcular y aplicar la deducción por concepto u obligación, nivel de servicio y unidad de medida, o bien el servidor público en el que éste delegue la facultad, deberá establecer el límite máximo que se aplicará por concepto de deducción de pagos a partir del cual se podrán cancelar la o las facturas objeto del incumplimiento parcial o deficiente, en todos los siguientes conceptos: Los fletes y maniobras de carga y descarga que no realice el proveedor y deban ser contratados casos se deberá determinar la causa por la convocantecual el licitante adjudicado es acreedor a una deductiva basada en la tabla de deducciones. Que será por la parte incumplida parcial o deficientemente del bien o del servicio conforme a la Ley en la materia y su Reglamento, y en consideración al criterio de proporcionalidad correspondiente. *Las deducciones al pago de bienes o servicios previstos en el artículo 53 Bis de la Ley serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega determinadas en función de los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidades. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista en el numeral 14.1, se descontara al proveedor por el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/entregados o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoprestados de manera parcial o deficiente. La sumatoria total de las deducciones no rebasara el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación y sin que cada concepto de deducciones será hasta por el importe del 10% (diez por ciento) exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato o, si fuere el caso al importe contrato. Art. 97 primer párrafo del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamentoRLAASSP. Los montos a por deducir se aplicarán deberán aplicar en el comprobante fiscal digital por internet (CFDI la factura que el proveedor emita licitante presente para su cobro o a través de nota de créditocobro, e inmediatamente después de que comimsa el Área requirente tenga cuantificada la deducción correspondiente. Art. 97 segundo párrafo del RLAASSP. En caso de existir alguna deductiva se notificará mediante el FORMATO T14.2 “NOTIFICACIÓN DE DEDUCTIVAS”, al licitante adjudicado resultado de la conciliación realizada entre el FORMATO T14 “REPORTE DIARIO DE PROCEDIMIENTOS Y BIENES DE CONSUMO UTILIZADOS EN HEMODINAMIA y las hojas de trabajo diario, realizados en el mes inmediato anterior.

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Samples: Licitación Pública Internacional

DEDUCCIONES. La convocante deducirá al licitante cuando ocurraEn caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, "EL CENACE" por conducto del administrador del contrato aplicará una deducción del 0.2% sobre el monto de los servicios proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del servicio), los siguientes conceptos: Los fletes montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que "EL PROVEEDOR" presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y maniobras de carga y descarga que cuando "EL PROVEEDOR" no realice el proveedor y deban ser contratados por la convocante, serán descontados al licitante por el importe que haya tenido que pagar para que estos sean realizados. Si el adjudicado no entrega los bienes o no realiza los servicios indicados dentro del tiempo manifestado o con las características requeridas y estos son deficientes y la convocante tenga que adquirir o contratar la compra o prestación de los mismos para suplir la falta de cumplimiento del proveedor, descontara al proveedor adjudicado el importe que resulte pago de la contratación que haya tenido que efectuar para cubrir sus necesidadesmisma. Cualquier otro costo distinto de la pena convencional por entrega tardía prevista Lo anterior, en el numeral 14.1entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, "EL CENACE" podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por "EL CENACE". Las deducciones económicas se descontara al proveedor por aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el equivalente que la convocante tenga que erogar para satisfacer su demanda de bienes y/o servicios ante los incumplimientos del adjudicadoIVA. La sumatoria total notificación y cálculo de las deducciones no rebasara correspondientes las realizará el administrador del contrato de "EL CENACE". Cuando el monto total de la garantía de cumplimiento prevista en el numeral 13.2 de las presentes bases Dichas deducciones se calcularán y aplicarán por cada día en que subsista el incumplimiento y hasta la fecha en que materialmente se cumpla con la obligación a plena satisfacción de COMIMSA. El límite de aplicación de deducciones será hasta por alcance el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato ocontrato, si fuere se iniciará el procedimiento de rescisión. Para el caso al importe concreto del 10% (diez por ciento) del monto que corresponda a la partida o partidas de que se trate sin incluir el impuesto al valor agregado. Estas deducciones son independientes de las penas convencionales. En caso de que presente contrato las deducciones llegaren al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato o del monto de las partidas que correspondan, COMIMSA podrá modificar el contrato cancelando total o parcialmente las partidas a las que se aplicó las deducciones o bien, rescindir administrativamente el instrumento que al efecto se celebre de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente convocatoria y en el contrato; lo anterior sin perjuicio que COMIMSA aplique las sanciones previstas por cancelación de partidas en los términos del artículo 100 del reglamento. Los montos a deducir se aplicarán en base a lo siguiente: 1.- Primer concepto de deducciones: 0.5% (cero punto cinco por ciento del valor del contrato) “EL LICITANTE” deberá designar a un “COORDINADOR GENERAL”, indicando el comprobante fiscal digital nombre completo de la persona designada, cargo, números telefónicos de localización y correo electrónico, esta información se entregará el día en que inicia la vigencia del contrato al “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, por internet cada día de incumplimiento de la obligación de notificar el cambio, se aplicará una deductiva. Deducciones que se encuentran descritas en la página 16 del apartado Deductivas del "Anexo Técnico". 2.- Segundo concepto de deducciones: 0.2% (CFDI que cero punto dos por ciento del valor del contrato) Cuando haya cambio de “COORDINADOR GENERAL”, “EL LICITANTE” tiene la obligación de notificar anticipadamente por lo menos 3 (tres) días hábiles al “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, por cada día de incumplimiento de la obligación de notificar el proveedor emita para su cobro o a través cambio, por cada día de nota de crédito, e inmediatamente después de que comimsa tenga cuantificada incumplimiento en esta obligación se aplicará la deducción deductiva correspondiente.

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Samples: Service Agreement