Graduación de las faltas Cláusulas de Ejemplo

Graduación de las faltas. Toda falta cometida por un trabajador se clasificará, atendiendo a su importancia, trascendencia e intención, en leve, grave o muy grave.
Graduación de las faltas. Toda falta cometida por un trabajador o por una trabajadora se calificará como leve, grave o muy grave, atendiendo a su importancia, trascendencia o intencionalidad, así como al factor humano del trabajador o trabajadora, las circunstancias concurrentes y la realidad social.
Graduación de las faltas. Toda falta cometida por los trabajadores se clasificará en atención a su trascendencia o intención en: leve, grave o muy grave.
Graduación de las faltas. Las faltas cometidas por los trabajadores se clasificarán atendiendo a su importancia y, en su caso, a su reincidencia, en leves, graves y muy graves. Se considerarán faltas leves las siguientes:
Graduación de las faltas. Las faltas cometidas por el personal al servicio de las empresas se clasificarán atendiendo a su importancia y circunstancias concurrentes en leves, graves y muy graves.
Graduación de las faltas. Las faltas cometidas por el personal al servicio de las empresas se clasificarán atendiendo a su importancia y circunstancias concurrentes en leves, graves y muy graves. En los Convenios de ámbito inferior podrá desarrollarse el régimen disciplinario.
Graduación de las faltas. Los trabajadores/as que incurran en alguna de las faltas que se tipifican en los puntos siguientes, o en cualquier otro de los incumplimientos establecidos con carácter general en el apartado anterior, podrán ser sanciona- dos por la Dirección de la empresa, con independencia del derecho del trabajador de acudir a la vía jurisdiccional en caso de desacuerdo. Para ello se tendrá en cuenta, atendiendo a la gravedad intrínseca de la falta, la importancia de sus con- secuencias y la intención del acto, la siguiente graduación: - Faltas leves. - Faltas graves. - Faltas muy graves. Tipificación de las faltas: Se considerarán faltas leves las siguientes:
Graduación de las faltas. 1. Los trabajadores podrán ser sancionados por los órganos compe- tentes, mediante la resolución correspondiente, en virtud de incumpli- mientos de las obligaciones contractuales, de acuerdo con la gradua- ción xx xxxxxx y sanciones que se establecen en este epígrafe.
Graduación de las faltas. Las faltas disciplinarias de los trabajadores, cometidas con ocasión o como consecuencia del trabajo, podrán ser: Xxxxx, graves y muy graves.