PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. Las valorizaciones, cuyos pagos tienen carácter de pagos a cuenta, se efectuarán proporcionalmente al desarrollo de la obra, en los plazos establecidos en el Contrato. Primero se efectuará el cómputo métrico de las partes de la obra ejecutada con estricta sujeción a las Especificaciones Técnicas y seguidamente se procederá al cálculo de la valorización en función de los metrados ejecutados con los precios unitarios del valor referencial, afectado por el factor de relación, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad ofertados por EL CONTRATISTA; a este monto se agregará, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas.
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. El OPERADOR realizará los pagos a favor del
1. Dentro de los primeros treinta (30) días calendario de cada mes, el INTERMEDIADOR le presentará al OPERADOR, los siguientes documentos soporte:
a) Certificación emitida por revisor fiscal, en la que conste que el INTERMEDIADOR está en cumplimiento en el pago de los salarios, prestaciones y aportes al Sistema Integral de Seguridad Social, al SENA, al Sistema de Subsidio Familiar y al ICBF de conformidad con la legislación vigente.
2. El OPERADOR deberá revisar los documentos soporte y aprobarlos o rechazarlos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su radicación por el INTERMEDIADOR.
3. Una vez aprobados los documentos soporte por el OPERADOR, el INTERMEDIADOR radicará la factura, teniendo en cuenta que el cierre de facturación o plazo máximo para recibir facturas por el OPERADOR, vence el día veinte (20) de cada mes y cuando este día no se hábil, el cierre será el día hábil inmediatamente anterior.
4. Una vez aprobada la factura por el OPERADOR o vencido el término establecido en el artículo 86 de la Ley 1676 de 2013 o la disposición que la modifique o reemplace, será pagada la factura dentro de los primeros 10 días del mes siguiente a la radicación
5. La factura debe cumplir las siguientes reglas:
a) La facturación, debe efectuarse a nombre de PATRIMONIOS AUTÓNOMOS FIDUCIARIA BANCOLOMBIA con NIT. 830.054.539-0, La Factura deberá presentarse al siguiente correo: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. La Administración de la Corte Superior de Justicia del Cusco, antes de proceder al trámite de pago a EL PROVEEDOR por el cumplimiento de lo pactado contractualmente, controlará que ésta se efectúe descontando las sanciones que pudiera haber incurrido EL PROVEEDOR de acuerdo a la liquidación mensual correspondiente. El procedimiento para el pago mensual será el siguiente: • EL PROVEEDOR presentará a la Oficina de Infraestructura del Poder Judicial la programación mensual del mantenimiento de los DOS (02) ascensores instalados en la Sede CSJ del Cusco con quince días de anticipación vía correo electrónico. • EL PROVEEDOR presentará a la Oficina de Infraestructura del Poder Judicial un informe detallado de todos los trabajos efectuados en el mes, con la conformidad visada por la Oficina de Administración de la Sede. • La Oficina de infraestructura del Poder Judicial remitirá a la Administración de la Corte Superior de Justicia del Cusco, el Informe con la conformidad mensual del servicio o las observaciones a la Prestación del Servicio, para la aplicación de las respectivas penalidades. • De ser necesarios servicios o repuestos no incluidos en el contrato, EL PROVEEDOR presentará un informe detallado a la Oficina de Infraestructura del Poder Judicial, quienes evaluarán la necesidad y de ser el caso, se remitirá un informe técnico económico a la Corte Superior de Justicia del Cusco para las adquisiciones necesarias. • Cabe indicar que todo cambio de piezas o accesorios debe ser coordinado previamente con la Oficina de Infraestructura del Poder Judicial. Señores PODER JUDICIAL Presente.- Estimados Señores: En calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad ……………………y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece el Servicio de para …………………., de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Términos de Referencia y demás condiciones que se indican en el Capítulo I, numeral 1.1 de las Bases. Lima, …………………………………….
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. Las valorizaciones, cuyos pagos tienen carácter de pagos a cuenta, se efectuarán proporcionalmente al desarrollo de la OBRA, en los plazos establecidos en el Contrato. Primero se efectuará el cómputo métrico de las partes de la obra ejecutada con estricta sujeción a las Especificaciones Técnicas y seguidamente se procederá al cálculo de la valorización en función de los metrados ejecutados con los precios unitarios del valor referencial, afectado por el factor de relación, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad ofertados por EL CONTRATISTA; a este monto se agregará, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas. Asimismo, EL CONTRATISTA declara tener pleno conocimiento de que en caso de que los servicios incluidos en sus gastos generales no sean ejecutados o prestados (por ejemplo: Presencia del Ingeniero Residente o personal profesional en obra, entrega de Pólizas de Seguros, etc.), en cada valorización o en su defecto en la Liquidación del contrato, se efectuarán los descuentos pertinentes, lo que se computará por día calendario dejado de prestar el servicio particular.
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. 8 9 Los pagos a favor del Interventor a que hacen referencia las Cláusulas 6 y 7 del presente 10 Contrato, se efectuarán con arreglo al siguiente procedimiento: 11
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. Para el pago del canon mensual establecido, el "TOMADOR" autoriza y consiente de modo irrevocable que el Banco de la Provincia de Buenos Aires debite entre el primero y el décimo día hábil bancario de cada mes, a pedido del "DADOR" , de la cuenta corriente del "TOMADOR" N° 44939/9 radicada en la Sucursal (4200) Xxx xxx Xxxxx del Banco, o la que en el futuro la reemplace, el importe necesario para el pago, transfiriéndolo a la cuenta que el "DADOR" le indique registrada en la Casa Central del mismo Banco. Toda vez que la Cuenta corriente del "TOMADOR" no existiesen fondos suficientes desde el primer día hábil bancario hasta el inicio de las operaciones del décimo día hábil bancario de cada mes, en la cuenta individualizada o los mismos fueran insuficientes para cumplimentar el pago del canon, el Banco podrá indistintamente y sin previo aviso al "DADOR" ni al "TOMADOR" : i) efectuar el débito por el total, generando saldo deudor en la cuenta, ii) efectuar débitos parciales sucesivos, hasta completar el importe necesario para el pago, iii) retener antes de acreditar en cuenta del "TOMADOR" los fondos que le fueran asignados diariamente por la provincia, correspondientes a la distribución de la Coparticipación de Impuestos Nacionales y Provinciales establecida por Ley 10.559 y sus modificaciones, o el régimen de distribución que lo sustituya o modifique en el futuro, los importes necesarios para cumplimentar el pago mensual. Todo ello de conformidad a lo acordado entre el "DADOR" y el Banco de la Provincia de Buenos Aires en el "Convenio para el Pago de Obligaciones de las Municipalidades ante Provincia Leasing S.A." suscripto oportunamente a tales efectos, que el "TOMADOR" manifiesta conocer y aceptar en todos sus términos y condiciones. Todo pago del modo indicado sólo se considerará efectivizado al momento de ingreso de los fondos suficientes en la cuenta del "DADOR" . Los eventuales ingresos parciales no surtirán efectos cancelatorios. Las constancias contables del Banco de la Provincia de Buenos Aires de los depositas que comprendan la totalidad del canon en cuenta corriente del "DADOR" serán suficientes recibos de pago. El mismo día en que se encuentren acreditados en cuenta del "DADOR" los importes necesarios para el pago del canon, éste efectuará la conversión a dólares estadounidenses, sobre la base del tipo vendedor vigente al cierre de las operaciones de cambio del día anterior hábil bancario del Banco de la Provincia de Buenos Aires, y pondrá a dis...
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. Las valorizaciones mensuales, cuyos pagos tienen carácter de pagos a cuenta, se efectuarán proporcionalmente al desarrollo del proyecto que conforma la OBRA (Elaboración del Expediente Técnico o Ejecución de la Obra), en los plazos establecidos en el Contrato. Primero se efectuará el cómputo métrico de las partes de la obra ejecutada con estricta sujeción a las Especificaciones Técnicas y seguidamente se procederá al cálculo de la valorización en función de los metrados ejecutados con los precios unitarios ofertados, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad ofertados por EL CONTRATISTA; a este monto se agregará, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas. Asimismo, EL CONTRATISTA declara tener pleno conocimiento de que en caso de que los servicios incluidos en sus gastos generales no sean ejecutados o prestados (por ejemplo: Presencia del Ingeniero Residente o personal profesional en obra, entrega de Pólizas de Xxxxxxx, etc.), en cada valorización o en su defecto en la Liquidación del contrato, se efectuarán los descuentos pertinentes, en base al desagregado que adjunto se presenta, lo que se computará por día calendario dejado de prestar el servicio particular.
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. Los pagos a favor del Interventor del STR a que hacen referencia las Cláusulas 6 y 7 del 20 presente Contrato, se efectuarán con arreglo al siguiente procedimiento:
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. Al tratarse de una garantía independiente, y a primer requerimiento, para pagar el valor garantizado EL FNG no estará obligado a: (i) constatar la validez de la operación subyacente, (ii) constatar el incumplimiento de la obligación u obligaciones que se digan incumplidas o la veracidad de las declaraciones de incumplimiento de Deceval S.A. (o quien fuere competente para ello), (iii) tomar decisión alguna en relación con cualquier controversia de hecho o derecho relativa a la operación subyacente, y (iv) requerir la expedición de una providencia judicial, laudo arbitral, acto administrativo ejecutoriado o no, opinión de peritos, concepto técnico, o un acto de cualquier naturaleza que declare o pruebe la veracidad del incumplimiento de las obligaciones que Deceval S.A. (o quien fuere competente para ello) diga que EL EMISOR incumplió. EL FNG no será responsable por los perjuicios que se puedan causar en caso que una Autoridad Gubernamental, mediante una decisión en firme, impida o retrase el pago por parte de EL FNG de la Garantía en los términos previstos en la misma. Hecho el pago total de la Garantía en los términos que acá se recogen, cesará toda responsabilidad de FNG en lo pasado y para el futuro.
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. Los contratistas deberán ceñirse al siguiente cuadro para que se realice el pago efectivo. Presentar ante el supervisor contractual informes de ejecución del mismo, actas, certificados de ingreso o recibo xxx xxxxxxx, planillas de seguridad social Contratista Revisión de cada uno de los documentos soportes del pago Supervisor Certificado de aceptación y visto bueno para el pago según ejecución, o certificación de cumplimiento Supervisor Radicación de dos juegos completos de la cuenta de cobro y/o factura con soportes Contratista Causación de la cuenta de cobro o factura Financiera Trámite interno de cancelación de cuentas y/o facturas de cobro Tesorería Archivo de copias en la carpeta respectiva del pago y sus soportes Tesorería Archivo y custodia de la carpeta hasta su próximo movimiento Contratación Certificación de ingreso xxx xxxxxxx de la Empresa. Almacén