Common use of AGRAVACIÓN DEL RIESGO Clause in Contracts

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubierto, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgo, La Compañía, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar aviso.

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Samples: Condiciones Generales De La Póliza, Condiciones Generales De La Póliza, Condiciones Generales De La Póliza

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Habiendo sido fijada la prima de seguro de acuerdo con las características del riesgo que constan en la Póliza, el Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, que durante la vigencia del Contrato de este Seguro, Seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubierto, en los riesgos cubiertos. El Asegurado deberá hacer la comunicación dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la provocara una agravación esencial del riesgoriesgo y ésta influye en la realización del siniestro, La Compañía, quedará liberada cesarán de toda obligación derivada pleno derecho las obligaciones de este Seguro sin mediar avisola Compañía en lo sucesivo.

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Samples: Condiciones Generales, Condiciones Generales, Condiciones Generales

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguroseguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere omitiese el aviso o si él mismo provocare provocará la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará, quedará en lo sucesivo, liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: Condiciones Generales Seguro De Equipo Electrónico, Condiciones Generales Seguro De Equipo Electrónico, Condiciones Generales

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguro, seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- veinticuatro horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él el mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará, quedará en lo sucesivo, liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar aviso.seguro. Índice

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Samples: axa.mx, www.empresas.hsbc.com.mx, axa.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Habiendo sido fijada la prima de acuerdo con las características del riesgo que constan en esta Póliza, el Asegurado deberá comunicar a La la Compañía, cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguro, seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubierto, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la provocara una agravación esencial del riesgoriesgo y éste influye en la realización del siniestro, La Compañía, quedará liberada cesarán de toda obligación derivada pleno derecho las obligaciones de este Seguro sin mediar avisola Compañía en lo sucesivo.

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Samples: axa.mx, axa.mx, www.axa.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, que durante la vigencia de este Seguro, seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- veinticuatro horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso aviso, o si él el mismo provocare provocará la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedara, quedará en lo sucesivo, liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: Póliza De Seguro Múltiple Empresarial Condiciones Generales, Póliza De Seguro Múltiple Empresarial Condiciones Generales, Seguro De Mercancías Y/O Productos Terminados a Precio

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, cualquier circunstancia que, la empresa Aseguradora las agravaciones esenciales que tenga el riesgo durante la vigencia de este Seguro, provoque una agravación esencial el curso del riesgo cubiertoseguro, dentro de las 24 -veinticuatro- veinticuatro horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstanciaslas conozca. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la provoca una agravación esencial del riesgo, La Compañía, quedará liberada cesarán de toda obligación derivada pleno derecho las obligaciones de este Seguro sin mediar avisola empresa en lo sucesivo.

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Samples: Condiciones Generales De La Póliza De Seguro Múltiple Familiar, Condiciones Generales Seguro Múltiple, Condiciones Generales Del Seguro De

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubierto, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgo, La Compañía, Compañía quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar aviso.

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Samples: Condiciones Generales De La Póliza, Condiciones Generales De La Póliza

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguroseguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubierto, dentro de las 24 -veinticuatro- (veinticuatro) horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgo, La Compañía, la Compañía quedará en lo sucesivo liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: Condiciones Generales, Condiciones Generales

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, Compañía cualquier circunstancia que, que durante la vigencia de este Seguro, Seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- veinticuatro horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él el mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La CompañíaCompañía quedará en lo sucesivo, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoSeguro.

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Samples: www.generaldeseguros.mx, www.generaldeseguros.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. 1. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, cualquier circunstancia que, la Compañía las agravaciones esenciales que sufra el riesgo durante la vigencia de este Seguro, provoque una agravación esencial el curso del riesgo cubiertoseguro, dentro de las 24 -veinticuatro- veinticuatro horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstanciaslas conozca. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare dicha agravación y ésta influyere en la realización del siniestro, la Compañía estará facultada a exigirle al Asegurado en caso de siniestro indemnizable por esta causa, el reembolso de lo pagado. Se considerará de especial atención cualquier agravación esencial del riesgo, La Compañía, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar aviso.resultante de:

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Samples: Condiciones Generales Del Seguro De Responsabilidad Civil Profesional Para Agentes De Seguros Y/O De Fianzas, Condiciones Generales

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguroseguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará, quedará en lo sucesivo, liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: 104.209.210.233, Condiciones Generales De La Póliza De Seguro

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, cualquier circunstancia que, la Compañía las agravaciones esenciales que tenga el riesgo durante la vigencia de este Seguro, provoque una agravación esencial el curso del riesgo cubiertoseguro, dentro de las 24 -veinticuatro- (veinticuatro) horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstanciaslas conozca. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la provoca una agravación esencial del riesgo, La Compañíacesarán de pleno derecho las obligaciones de la Compañía (Artículo 52 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro), quedará liberada a menos que el incumplimiento del Asegurado no tenga influencia sobre el Siniestro o sobre la extensión de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar aviso.sus prestaciones. Para los efectos del párrafo anterior se presumirá siempre:

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Samples: Seguro De Maquinaria, Condiciones Generales Seguro De Calderas Y Recipientes a Presión

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, que durante la vigencia de este Seguro, seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- (veinticuatro) horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere omitiera el aviso o si él mismo provocare provocara la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará en lo sucesivo, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: Condiciones Generales, Condiciones Generales

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, cualquier circunstancia que, la Compañía las agravaciones esenciales que sufra el riesgo durante la vigencia de este Seguro, provoque una agravación esencial el curso del riesgo cubiertoseguro, dentro de las 24 -veinticuatro- veinticuatro horas siguientes al momento en que tenga conocimiento las conozca. Las obligaciones de tales circunstancias. Si la Compañía cesarán de pleno derecho, si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare dicha agravación y ésta influyere en la agravación esencial realización del riesgo, La Compañía, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisosiniestro.

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Samples: www.coface.com.mx, www.aig.com.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguroseguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará, quedará en lo sucesivo, liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro, con base en lo establecido en los artículos 52 y 53 de la Ley Sobre el Contrato de Seguros.

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Samples: Condiciones Generales Para El Seguro Empresarial

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguroseguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere emitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará, quedará en lo sucesivo liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: www.chubb.com

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguroseguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará, quedará en lo sucesivo, liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar aviso.seguro. Índice 11

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Samples: axa.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguroseguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará en lo sucesivo, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro, con base en lo establecido en los artículos 52 y 53 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.

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Samples: www.segurosatlas.com.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguroseguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertoen los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará, quedará en lo sucesivo, liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: www.zurich.com.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado asegurado deberá comunicar por escrito a La la Compañía, cualquier circunstancia que, que durante la vigencia de este Seguro, seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- veinticuatro horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará en lo sucesivo, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: www.mapfre.com.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguroseguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él el mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará, quedará en lo sucesivo, liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisocontrato de seguro.

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Samples: Contrato Comodato

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Segurodel seguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubierto, durante el curso del seguro, dentro de las 24 -veinticuatro- veinticuatro (24) horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales esas circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgo, La Compañíala Compañía quedará, quedará en lo sucesivo, liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoesta póliza. En los casos de dolo o mala fe, el Asegurado perderá las primas pagadas anticipadamente.

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Samples: www.ficohsa.com

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- (veinticua- tro) horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado Asegu- rado omitiere el aviso o si él el mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La CompañíaCompañía quedará, quedará en lo sucesivo, liberada de toda obligación obliga- ción derivada de este Seguro sin mediar avisoContrato de Seguro.

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Samples: gswas.com.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado asegurado deberá comunicar a La Compañía, Compañía cualquier circunstancia que, que durante la vigencia de este Seguro, seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- veinticuatro horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado asegurado omitiere el aviso aviso, o si él el mismo provocare provocara la agravación esencial del riesgode los riesgos La Compañía quedará, La Compañíaen lo sucesivo, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: www.mapfre.com.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, que durante la vigencia de este Seguro, seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- veinticuatro horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso aviso, o si él el mismo provocare provocara la agravación esencial del riesgode los riesgos la Compañía quedará, La Compañíaen lo sucesivo, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: 104.209.210.233

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, cualquier la Compañía cual- quier circunstancia que, que durante la vigencia de este Seguro, seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- veinticuatro horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él el mismo provocare la agravación esencial del riesgoesen- cial de los riesgos, La Compañíala Compañía quedará en lo suce- sivo, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: gswas.com.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Habiendo sido fijada la prima de acuerdo con las características del riesgo que constan en esta póliza, el Asegurado deberá comunicar a La la Compañía, cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguro, seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubierto, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la provocara una agravación esencial del riesgo, La Compañíacesarán de pleno derecho las obligaciones de la Compañía en lo sucesivo. En los casos de dolo o mala fe, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoel Asegurado perderá las primas pagadas anticipadamente.

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Samples: www.hsbc.com.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstanciaslas conozca. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la el provoca una agravación esencial del riesgo, cesarán de pleno derecho las obligaciones de La Compañía, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoCompañía en lo sucesivo.

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Samples: www.mapfre.com.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, Compañía cualquier circunstancia que, que durante la vigencia de este Seguro, Seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubiertoesen- cial de los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- veinti- cuatro horas siguientes al momento en que tenga ten- ga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él el mismo provocare provo- care la agravación esencial del riesgode los riesgos, La CompañíaCompañía quedará en lo sucesivo, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoSeguro.

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Samples: www.generaldeseguros.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguroseguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si Si él mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará, quedará en lo sucesivo, liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: Condiciones Generales De La Póliza De Seguro Sobre Dinero Y Valores Para Negociaciones Industriales

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguroseguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará en lo sucesivo, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: Seguro De Equipo De Contratistas Y Maquinaria Pesada Movil Condiciones Generales

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Habiendo sido fijadas las primas de acuerdo a las características del riesgo que consta en la póliza, el Asegurado deberá comunicar por escrito a La Compañía, Compañía cualquier circunstancia que, que durante la vigencia de este Seguro, seguro provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La CompañíaCompañía quedará, quedará en lo sucesivo, liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: www.santander.com.mx

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubierto, dentro de las 24 -veinticuatro- veinticuatro horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la provoca una agravación esencial del riesgo, La Compañíacesarán de pleno derecho las obligaciones de la empresa en lo sucesivo de conformidad con lo previsto en los Artículos 52 y 53 fracción I, quedará liberada de toda obligación derivada de este Seguro sin mediar avisola Ley Sobre el Contrato del Seguro.

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Samples: www.chubb.com

AGRAVACIÓN DEL RIESGO. El Asegurado deberá comunicar a La Compañía, la Compañía cualquier circunstancia que, durante la vigencia de este Seguroseguro, provoque una agravación esencial del riesgo cubiertode los riesgos cubiertos, dentro de las 24 -veinticuatro- horas siguientes al momento en que tenga conocimiento de tales circunstancias. Si el Asegurado omitiere el aviso o si él mismo provocare la agravación esencial del riesgode los riesgos, La Compañíala Compañía quedará, quedará en lo sucesivo, liberada de toda toda’ obligación derivada de este Seguro sin mediar avisoseguro.

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Samples: Condiciones Generales De La Póliza