DIRECCIÓN DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

DIRECCIÓN DEL SERVICIO. 9.1. La dirección y el control del Servicio, estará a cargo, y se desarrollará, bajo la responsabilidad exclusiva de aquella persona a quien AcuaMed designe como Director del Servicio comunicándolo por escrito al Contratista (en adelante, la “Dirección del Servicio” o “DTS”). 9.2. Para poder cumplir con la máxima efectividad la función que le corresponde, la Dirección del Servicio gozará de los más amplios poderes y facultades necesarios para la realización de las actividades del Servicio objeto del presente Contrato, sin perjuicio de que cualquier decisión que implique Modificación del mismo en calidad, en plazo, en coste o en diseño, habrá de ser aprobada expresamente por AcuaMed. 9.3. La Dirección del Servicio tendrá derecho a conocer y participar de todas aquellas previsiones o actuaciones que lleve a cabo el Contratista, entre las que se señalan, sin que la siguiente relación tenga carácter limitativo sino meramente enunciativo, las que se refieran a las siguientes cuestiones: 1) Controlar la realización de los trabajos o actividades incluidas en el Servicio. 2) Analizar el Programa de Explotación del Contratista, y que se adjunta como Anexo al Contrato. 3) Comprobar la suficiencia cualitativa y cuantitativa de medios adscritos por el Contratista al Servicio. En concreto, le corresponderá: a) La comprobación de los medios humanos puestos a disposición del contrato b) El control sobre los medios materiales utilizados por el Contratista. c) El control sobre los materiales. d) La decisión de los términos y medios para, en su caso, la recepción, tomas de abastecimiento y almacenaje de materiales inherentes al Servicio. 4) Comprobar que no se comienzan a ejecutar actividades del Servicio sin las autorizaciones administrativas pertinentes, caso de ser necesarias. 5) La supervisión y aprobación de los subcontratos o colaboraciones celebradas, en su caso, por el Contratista, y cualesquiera otras actuaciones relacionadas con los siguientes aspectos: a) Lista de posibles suministradores a los que el Contratista vaya a pedir oferta para, en su caso, el suministro de equipos y materiales, así como de los posibles subcontratistas. b) Documentación para la petición de ofertas de suministros, en su caso. c) Documentación técnica y condiciones comerciales en base a las cuales el Contratista realizará sus pedidos. d) Lista de repuestos a adquirir, caso de ser necesarios. e) Contratos de mantenimiento de los equipos a celebrar, en su caso, con los suministradores.
DIRECCIÓN DEL SERVICIO. Décima.- Personal del Contratista. Undécima.- Subcontratación.
DIRECCIÓN DEL SERVICIO. El contratista reconoce a la SOCIEDAD las facultades de inspección de las actividades desarrolladas en cumplimiento del presente contrato y ello a los efectos de verificar su correcta ejecución, en los términos establecidos en el presente pliego, en el de Prescripciones Técnicas Particulares y en la correspondiente oferta. En virtud de esta facultad de inspección el contratista deberá remitir al órgano de contratación cuanta documentación sea necesaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones asumidas con ocasión del presente contrato y de las previstas en la LCSP. Cuando el contratista, o personas de él dependientes, incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el órgano de contratación podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado. La resolución de incidencias surgidas en la ejecución del contrato se tramitará, mediante expediente contradictorio.
DIRECCIÓN DEL SERVICIO. De entre el personal perteneciente a ACUAMED se designará a la persona que desempeñará la función de Dirección del Servicio, objeto del objeto del presente contrato y establecerá los criterios y líneas generales de actuación del Adjudicatario.
DIRECCIÓN DEL SERVICIO. La Administración, a través de la Dirección del servicio, efectuará la inspección, comprobación y vigilancia para la correcta realización del servicio contratado. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista la Administración. Especialmente, el servicio se prestará con estricta sujeción al pliego de prescripciones técnicas. Cuando dichas instrucciones fueran de carácter verbal, deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes para las partes.
DIRECCIÓN DEL SERVICIO. La dirección del servicio corresponderá al Director del Centro. El Director del Centro tendrá las funciones que la normativa vigente le conceda, y además podrá inspeccionar sin previo aviso las instalaciones de la cafetería para velar por el cumplimiento del control de calidad, vigilancia de precios, control de funcionamiento, supervisión de la atención al usuario, salubridad e higiene de las instalaciones, libro de reclamaciones, etc. En caso de que lo considere oportuno elevará informe de los defectos y anomalías encontradas al adjudicatario, para que se produzca su inmediata subsanación.
DIRECCIÓN DEL SERVICIO. La dirección, comprobación y vigilancia del servicio será a cargo del director facultativo designado por el órgano de contratación, el cual podrá ser auxiliado por colaboradores que integrarán el equipo de dirección.
DIRECCIÓN DEL SERVICIO. 22 IV 2.- PERSONAL DEL CONTRATISTA 22 IV 3.- COMIENZO DEL SERVICIO 23 IV 4.- PROGRAMA DE TRABAJO 23 IV 5.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA 23
DIRECCIÓN DEL SERVICIO. La unidad administrativa directora y destinataria de los trabajos (Subdirección General de Prospectiva y Coordinación de Programas del INIA), designará un director técnico del servicio cuyas funciones en relación con el objeto del presente pliego de condiciones serán las siguientes: Xxxxx por el cumplimiento de los trabajos exigidos y ofertados. Realizar el seguimiento y control de los trabajos realizados, a fin de alcanzar los objetivos diseñados en el sistema de gestión y control, y proponer las modificaciones que considere oportunas. Poder asistir a los trabajos de campo y exigir cualquier prueba necesaria para verificar cualquiera de los objetivos de los controles. Promover la tramitación de cuantas incidencias surjan en la prestación del servicio. Recibir las entregas que constituyen el objeto del contrato, expedir los certificados de la labor realizada y formular la liquidación correspondiente.
DIRECCIÓN DEL SERVICIO. AEROCAS establecerá los criterios y líneas generales para la actuación en relación con el servicio contratado para el cumplimiento de los fines del mismo. Durante la prestación del servicio, todas las relaciones con AEROCAS referentes al contrato, se establecerán a través de la persona fijada a tal fin o en la que se delegue. Por otra parte, la empresa adjudicataria deberá nombrar un Delegado que actuará como interlocutor con AEROCAS. La empresa adjudicataria deberá aportar, en el momento de la firma del contrato, toda la documentación necesaria que garantice que los medios humanos cuentan con los perfiles profesionales mínimos establecidos en el Pliego para garantizar la calidad del servicio. AEROCAS estima que para que el servicio se preste dentro de los niveles de calidad exigidos en el pliego, la empresa adjudicataria debería asignar, al menos, los siguientes medios humanos, y con los siguientes perfiles profesionales mínimos: • Un Director de Obra, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o cualquier otra titulación técnica que habilite su capacitación y competencia en obras de infraestructuras lineales con más xx xxxx (10) años de experiencia probada en control de obras de infraestructura lineales. Su dedicación al contrato será completa. • Un Técnico Coordinador de Seguridad y Salud y Coordinador Medio Ambiental, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o cualquier otra titulación técnica que habilite su capacitación y competencia en obras de infraestructuras lineales con más de cinco (5) años de experiencia probada en control de obras de infraestructura de similares características a la obra de este pliego. Su dedicación al contrato será parcial y como mínimo un 40%. •Un Vigilante con más de tres (3) años de experiencia en control y vigilancia de obras de similares características a la obra de este pliego con conocimiento y manejo de la herramienta informática AutoCAD y paquetes de Ofimática. Su dedicación al contrato será completa. Todo este personal deberá estar correspondientemente acreditado para acceder a la zona restringida. •Oficina Técnica La adjudicataria instalará una oficina de obra en un edificio de fábrica o prefabricado, donde se realizarán las reuniones de obra. Dicha oficina deberá contar con una superficie y acondicionamientos adecuados, sala de reuniones, instalaciones telefónicas, servicios de saneamiento, así como todas las instalaciones y medios materiales necesarios para el correcto desarrollo del alcance de este Expediente con ...