Domiciliación Cláusulas de Ejemplo

Domiciliación. El Cliente podrá solicitar al Banco efectuar cargos recurrentes a su Cuenta para el pago de servicios y/o créditos, previa solicitud expresa a través de los formatos de Domiciliación respectivos que el Banco ponga a su disposición para tales efectos en sus Sucursales o bien, a través del servicio de Banca por Internet, en el caso que el Cliente tuviera contratado dicho canal. El Cliente podrá autorizar los cargos directamente al Banco o a los proveedores de los bienes o servicios. El Banco, podrá cargar a la Cuenta los importes correspondientes, sin responsabilidad siempre y cuando:
Domiciliación. Declara “EL CLIENTE” que es titular de la(s) cuenta(s) de depósito de dinero a la vista mencionada en la “LA SOLICITUD”, para la domiciliación del pago de su crédito.
Domiciliación. El servicio de domiciliación a que se refiere la cláusula primera del presente instrumento, requerirá para su realización que los fondos suficientes se encuentren depositados en la cuenta, en el momento en que se realice la concertación de la operación, de la cual se traspasarán para efectuar el pago de los servicios que pueda domiciliar el CLIENTE al amparo del presente contrato.
Domiciliación. Una vez que la remuneración haya sido acreditada en la Cuenta de Pago de Remuneraciones, los beneficiarios podrán optar por transferir, sin costo, esos haberes a otras cuentas que expresamente indiquen y que hayan abierto por decisión propia en cualquier Entidad Pagadora, las que se regirán por las normas establecidas para las mencionadas cuentas. Para esto, la Entidad Pagadora deberá incluir en el contrato para la apertura de estas cuentas, una opción en la cual se consulte al beneficiario, si desea que su remuneración sea transferida a otra cuenta de la misma entidad o a cualquier otra cuenta de otra Entidad Pagadora, solicitando los detalles de estas cuentas. Antes de realizar la transferencia a la cuenta especificada por el beneficiario, la Entidad Pagadora podrá realizar todos los débitos que hayan sido autorizados, fehacientemente, por el beneficiario, entendiéndose por tales autorizaciones fehacientes las producidas a través de firmas holográficas, firmas electrónicas o firmas RR REGLAMENTO DE LAS CUENTAS DE PAGO DE REMUNERACIONES Página 8 de 9 digitales. Una vez realizado los descuentos, la Entidad Pagadora podrá proceder a la transferencia del monto neto. Los débitos deberán ser efectuados conforme a las disposiciones legales vigentes. Los beneficiarios podrán revocar en cualquier momento la opción de transferencia a otra entidad, debiendo comunicar a la entidad pagadora tal decisión.
Domiciliación. Para facilitar el cobro de la renta, gastos, impuestos y, en general, de cualquier cantidad adeudada por el ARRENDATARIO al ARRENDADOR en virtud del presente Contrato, las partes convienen que la renta sea abonada por el ARRENDATARIO mediante el pago del recibo que le será presentado al cobro por el ARRENDADOR, por lo que el ARRENDATARIO autoriza expresa e irrevocablemente al ARRENDADOR para que puedan cargar todas las cantidades que se le adeudaran, a su vencimiento, en la cuenta corriente que se designa en la Orden de Domiciliación que se adjunta como Anexo nº 2 a este Contrato y que el ARRENDATARIO designa en este acto: Entidad: CAIXABANK Cuenta nº: XX00 0000 0000 00 0000000000 Dirección: Pº de la Castellana, 51 – 28046 MADRID Esta cuenta bancaria designada tendrá el carácter de domicilio de pago únicamente en tanto exista en la cuenta provisión de fondos suficiente, y el ARRENDADOR no haga uso de su derecho de cobro en otra forma distinta, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del presente apartado. El impago total o parcial durante la vigencia del contrato de uno cualesquiera de los recibos domiciliados bancariamente exonerará al ARRENDADOR, de forma automática y sin necesidad de requerimiento alguno al ARRENDATARIO, en evitación de gastos, de presentar al cobro los recibos domiciliados en la entidad bancaria o de ahorro. Si el ARRENDATARIO deseara cambiar de domiciliación bancaria, deberá remitir al ARRENDADOR, por cualquier medio válido en Derecho que acredite su recepción, un nuevo impreso de domiciliación cumplimentado y firmado, con al menos quince (15) días naturales de antelación al devengo del pago más próximo. La autorización de domiciliación dada por el ARRENDATARIO al ARRENDADOR constituye una cláusula esencial del presente Contrato. En consecuencia, cualquier obstaculización del ARRENDATARIO a dicha domiciliación o cualquier incumplimiento a este respecto, facultarán al ARRENDADOR para resolver el Contrato. En todo caso EL ARRENDADOR se reserva el derecho a fijar cualquier otro sistema de pago, previa notificación al ARRENDATARIO con una antelación mínima de quince (15) días naturales con respecto al devengo del pago más próximo. Sobre la renta vigente, las cantidades asimiladas y las que resulten en cada momento como consecuencia de los pagos a realizar por el ARRENDATARIO en aplicación de lo pactado en este contrato, el ARRENDADOR repercutirá el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), según la normativa del citado impuesto ...
Domiciliación. El Cliente autoriza a FACTOR ENERGIA a domiciliar mensualmente el cobro de los importes derivados de la ejecución del contrato en la entidad bancaria .................................................... cuenta corriente número ..............................................
Domiciliación. Novena.- Dada la naturaleza de la cuenta, el Cliente no podrá domiciliar el pago de ningún servicio con cargo a esta. DEL ROBO O EXTRAVÍO DE LA TARJETA.
Domiciliación. El Cliente autoriza expresamente a FACTOR ENERGIA a domiciliar mensualmente el cobro de los importes derivados de la ejecución del Contrato. Asimismo, autoriza expresamente a FACTOR ENERGIA a enviar órdenes a su entidad financiera para adeudar en su cuenta, especificada por el Cliente, los recibos correspondientes a las facturas que se originen como consecuencia de la relación comercial entre ambas Partes. La autorización expresa se entenderá efectuada en el momento en que el Cliente manifieste su consentimiento, efectuado tal como se indica en las Condiciones Particulares del presente Contrato.
Domiciliación. A efectos de realización de citación y/o notificación judicial o extrajudicial en el ámbito de acción judicial destinada al cumplimiento de obligaciones pecuniarias emergentes del suministro de Bienes al abrigo de estas Condiciones Generales de Venta, se acuerdan las direcciones señaladas en la CRP.
Domiciliación. EL ACREDITADO" autoriza a "EL INSTITUTO" a descontar vía nómina los pagos correspondientes al cr édito educativo que recibió, en caso de existir un convenio de colaboraci ón sobre el particular entre "EL INSTITUTO" y el centro de trabajo de "EL ACREDITADO". En tal caso, este convenio será puesto en conocimiento de este último.