RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato. 15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión. 15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato. 15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Long Term Agreement for Storage and Custody Services, Solicitud De Cotización, Solicitud De Propuesta
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con total o parcialmente por causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando notificándolo a la otra parte Parte por escrito con un preaviso de treinta (30) días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula con arreglo al artículo 16.2 infra (“Arbitraje”) que se indica más abajo), no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna justificada el presente Contrato, Contrato en cualquier momento, notificando notificándolo por escrito al Contratista con 15 quince (15) días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera hubiera incurrido con anterioridad a la recepción del aviso de la notificación de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el con arreglo al presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista Contratista, a excepción del que corresponda por los trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo satisfactoriamente, con arreglo a las cláusulas expresas en el explícitas del presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o quiebra, estuviera sujeto a liquidación judicial concurso de acreedores o fuera declarado insolvente, o bien si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario un administrador judicial debido a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrápodría, sin perjuicio de ningún otro derecho otros derechos o recurso al recursos que pudiera tener lugarejercer, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera se presente alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Contratación De Servicios Profesionales, Solicitud De Propuestas, Solicitation for Proposals
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera LAS PARTES acuerdan que, LA EMPRESA CONTRATANTE una vez que exista incumplimiento por parte de las partes EL PROVEEDOR, podrá rescindir con efectos inmediatos el presente Contrato con causa justificadasin necesidad de declaración judicial, mediante simple notificación por escrito a EL PROVEEDOR, en su totalidad o parcialmenteel que se especifique(n) la(s) obligación(es) incumplida(s) por éste y para tal propósito, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un se seguirá el procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no a continuación:
1. LA EMPRESA CONTRATANTE preparará un oficio dirigido a EL PROVEEDOR en el que se considerará como rescisión del presente establezcan los presuntos incumplimientos en que haya incurrido y se le comunique la intención de LA EMPRESA CONTRATANTE de rescindir el Contrato.
15.2 El PNUD 2. EL PROVEEDOR contará con un plazo de cinco días hábiles para manifestar a LA EMPRESA CONTRATANTE lo que estime conveniente.
3. Transcurrido el término anterior, LA EMPRESA CONTRATANTE tendrá hasta 15 días hábiles para resolver lo conducente y notificar su decisión a EL PROVEEDOR. Dentro del plazo a que se reserva refiere el derecho párrafo anterior, LA EMPRESA CONTRATANTE elaborará un dictamen sobre las consecuencias de rescindir sin causa alguna llevar a cabo la rescisión del Contrato. En el presente evento de que LA EMPRESA CONTRATANTE rescinda el Contrato, en cualquier momentode conformidad con esta Cláusula, notificando por escrito al Contratista con dentro de los 15 días hábiles siguientes, LA EMPRESA CONTRATANTE procederá a:
a) Formular el finiquito correspondiente compensando cualquier adeudo que se genere a cargo de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso EL PROVEEDOR y de rescisiónLA EMPRESA CONTRATANTE.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Concurso Abierto Simplificado Internacional, Concurso Abierto Simplificado Internacional, Concurso Abierto Simplificado Internacional
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con total o parcialmente por causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando notificándolo a la otra parte Parte por escrito con un preaviso de treinta (30) días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula con arreglo al artículo 16.2 infra (“Arbitraje”) que se indica más abajo), no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna justificada el presente Contrato, Contrato en cualquier momento, notificando notificándolo por escrito al Contratista con 15 quince (15) días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera hubiera incurrido con anterioridad a la recepción del aviso de la notificación de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el con arreglo al presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista Contratista, a excepción del que corresponda por los trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo satisfactoriamente, con arreglo a las cláusulas expresas en el explícitas del presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial quiebra, en concurso de acreedoresl o fuera declarado insolvente, o bien si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario un administrador judicial debido a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrápodría, sin perjuicio de ningún otro derecho otros derechos o recurso al recursos que pudiera tener lugarejercer, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera se presente alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Solicitud De Propuesta, Solicitud De Propuesta, Solicitud De Propuesta
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD UNODC se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD UNODC reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD de UNODC bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD UNODC al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD UNODC podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD a UNODC en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Solicitud De Cotización, Cotización De Servicios De Mensajería Especializada, Términos Y Condiciones Generales De Los Servicios
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD UNODC se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD UNODC reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD UNODC bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD UNODC al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD UNODC podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD a UNODC en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Solicitud De Cotización, Solicitud De Cotización, Contract
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera 14.1 Vencido el plazo de cumplimiento del Contrato, o de sus prórrogas, sin que los Productos y/o Servicios fueran entregados o prestados de conformidad, el mismo quedará rescindido de pleno derecho por las partes podrá rescindir el presente prestaciones no cumplidas, sin necesidad de intimación o interpelación judicial o extrajudicial, con la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento, en la proporción que correspondiere. Queda a salvo la facultad del Hospital para recibir Productos y/o Servicios fuera del término contractual, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia. Cuando se rescinda un Contrato con por una causa justificada, no imputable al Proveedor, este último tendrá derecho a que se le reconozcan los gastos en su totalidad que probare haber incurrido con motivo del Contrato. No se hará lugar a reclamación alguna por lucro cesante o parcialmentepor intereses de capitales requeridos para financiación. El importe resultante en virtud de la presente no podrá superar el 2% del monto total del Contrato incluido el IVA.
14.2 Las Partes también podrán rescindir el Contrato al producirse cualquier acontecimiento que afecte la capacidad de pago de las Partes; más específicamente, notificando pero no exclusivamente, en caso de:
(i) Insolvencia de una de las Partes, comienzo de una negociación con el propósito de llegar a la otra parte por escrito con un preaviso una forma extrajudicial de treinta días. La iniciación reorganización, acuerdo judicial preventivo de acreedores, presentación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 pedido de quiebra voluntario o por terceros;
(“Arbitraje”ii) que se indica más abajoIntervención, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho liquidación o disolución de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las Partes;
(iii) Cesión total o parcial de los derechos y obligaciones originados en el Contrato, sin previo consentimiento por escrito de la otra Parte;
(iv) Acaecimiento de las situaciones arriba mencionadas.previstas en particular en el Contrato
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Samples: Condiciones Generales De Contratación, General Terms and Conditions
RESCISIÓN. 15.1 17.1 El Comprador, previa instrucción de la SECRETARÍA, podrá rescindir la presente Oferta por incumplimiento del Vendedor a sus compromisos asumidos bajo el Plan de Actividad Incremental previsto en el Punto 4.26 del Esquema, salvo que resulte aplicable lo establecido en los Puntos 34.11 y 34.12 del Esquema.
17.2 Cualquiera de las partes Partes podrá rescindir el la presente Contrato con causa justificadaOferta si cualquiera de ellas solicitara su quiebra, o le fuera solicitada la quiebra y no procediese a subsanar tal solicitud en su totalidad la primera oportunidad procesal pertinente, o parcialmente, notificando estuviera en estado de insolvencia grave que conduzca a la otra parte por escrito con un preaviso quiebra.
17.3 Si el Comprador nominare la inyección de treinta días. La iniciación gas natural y el Vendedor no la aceptase o la rechazara durante CINCO (5) días operativos donde se cumplan todas las condiciones que posibiliten el suministro de un procedimiento arbitral según gas natural, excepto Caso Fortuito y/o Fuerza Mayor y/o Mantenimiento Anual Programado, el Comprador pondrá en conocimiento de tal situación a la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajoSECRETARIA, no se considerará como la cual podrá instruir a la rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el contrato sin derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión reclamo alguno por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo Vendedor.
17.4 A los pagos realizados con las cláusulas expresas xxxx le será aplicable lo previsto en el presente ContratoArticulo 900 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
15.4 17.5 En caso de que la falta de cumplimiento de cualquier obligación de pago del Comprador persistiese durante un plazo de más de TREINTA (30) días, el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación Vendedor tendrá derecho a:
(a) resolver unilateralmente la presente Oferta, sin necesidad de intimación judicial o fuera declarado insolventeextrajudicial alguna, o si con derecho a reclamar tanto el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna pago de las situaciones arriba mencionadassumas debidas en concepto de capital e intereses moratorios; y
(b) darse de baja del Esquema y, en consecuencia, quedará sin efecto la obligación de cumplir con el Plan de Actividad Incremental.
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Samples: Gas Supply Agreement, Contrato De Compraventa De Gas Incremental
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera LAS PARTES acuerdan que, LA EMPRESA CONTRATANTE una vez que exista incumplimiento por parte de las partes EL PROVEEDOR, podrá rescindir con efectos inmediatos el presente Contrato con causa justificadasin necesidad de resolución judicial o arbitral, mediante simple notificación por escrito a EL PROVEEDOR, en su totalidad o parcialmenteel que se especifique(n) la(s) obligación(es) incumplida(s) por éste y para tal propósito, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un se seguirá el procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajoa continuación:
1. LA EMPRESA CONTRATANTE preparará un oficio dirigido a EL PROVEEDOR en el que se establezcan los presuntos incumplimientos en que haya incurrido y se le comunique la intención de LA EMPRESA CONTRATANTE de rescindir el Contrato. Del oficio previsto en este numeral, no se considerará como rescisión del presente Contratodeberá enviar copia a la institución que haya emitido la garantía de cumplimiento, cuando resulte procedente.
15.2 El PNUD se reserva el derecho 2. EL PROVEEDOR contará con un plazo de rescindir sin causa alguna el presente Contratoquince días hábiles para notificar a LA EMPRESA CONTRATANTE lo que estime conveniente, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días contados a partir del día siguiente de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción notificación del aviso inicio de la rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo 3. Transcurrido el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas plazo señalado en el presente Contratonumeral dos que antecede, EL PROVEEDOR perderá el derecho para manifestar lo que a su derecho convenga y se le tendrá por aceptada la rescisión del contrato en todos sus términos.
15.4 4. LA EMPRESA CONTRATANTE tendrá hasta quince días hábiles para resolver lo conducente y notificar su decisión a EL PROVEEDOR, a partir del siguiente día que se reciba la notificación de EL PROVEEDOR. Dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, LA EMPRESA CONTRATANTE elaborará un dictamen sobre las consecuencias de llevar a cabo la rescisión del Contrato. En caso el evento de que LA EMPRESA CONTRATANTE rescinda el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto Contrato, de conformidad con esta Cláusula, dentro de los quince días hábiles siguientes, LA EMPRESA CONTRATANTE procederá a:
a) Formular el finiquito correspondiente compensando cualquier adeudo que se genere a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa cargo de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio EL PROVEEDOR y de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadasLA EMPRESA CONTRATANTE.
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Samples: Concurso Abierto Simplificado Internacional, Concurso Abierto Simplificado Internacional
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera LAS PARTES acuerdan que, LA CFE DISTRIBUCIÓN una vez que exista incumplimiento por parte de las partes EL PROVEEDOR, podrá rescindir con efectos inmediatos el presente Contrato con causa justificadasin necesidad de declaración judicial, mediante simple notificación por escrito a EL PROVEEDOR, en su totalidad o parcialmenteel que se especifique(n) la(s) obligación(es) incumplida(s) por éste y para tal propósito, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un se seguirá el procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajoa continuación:
1. CFE DISTRIBUCIÓN preparará un oficio dirigido a EL PROVEEDOR en el que se establezcan los presuntos incumplimientos en que haya incurrido y se le comunique la intención de LA CFE DISTRIBUCIÓN de rescindir el Contrato. Del oficio previsto en este numeral, no se considerará como deberá enviar copia a la institución que haya emitido la garantía de cumplimiento, cuando resulte procedente.
2. EL PROVEEDOR contará con un plazo de cinco dias hábiles para manifestar a LA CFE DISTRIBUCIÓN lo que estime conveniente. 3.Transcurrido el término anterior, LA CFE DISTRIBUCIÓN tendrá hasta 15 dias hábiles para resolver lo conducente y notificar su decisión a EL PROVEEDOR. Dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, LA CFE DISTRIBUCIÓN elaborará un dictamen sobre las consecuencias de llevar a cabo la rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD a) Formular el finiquito correspondiente compensando cualquier adeudo que se reserva el derecho genere a cargo de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días EL PROVEEDOR y de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisiónLA CFE DISTRIBUCIÓN.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Contrato De Bienes
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera El Gobierno de las partes la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá rescindir el presente Contrato con causa justificadacontrato de pleno derecho, en su totalidad o parcialmentecuando se produjera entre otras, notificando algunas de las siguientes causales:
a) Cuando alcanzado el plazo máximo de cinco (5) días, el adjudicatario no hubiere iniciado el servicio a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contratofecha establecida para ello.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, b) Cuando quedara en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad firme la prórroga a la recepción vigencia del aviso servicio y alguno/s de rescisiónlos seguros no cubrieran el lapso que media hasta la finalización de la misma y el adjudicatario no procediera a renovarlo, previo a la fecha en que comienza la prórroga.
15.3 c) Cuando el adjudicatario no hubiere cumplimentado con la constitución de la Garantía de Adjudicación, previo a iniciar el servicio.
d) En caso de constatarse con posterioridad a la adjudicación incumplimiento de las obligaciones fiscales administradas por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
e) Cuando las sanciones pecuniarias alcanzaran el 10 % (diez por ciento) del monto facturado a la fecha de la aplicación de la presente penalidad. La rescisión implicará en todos los casos la pérdida de la garantía constituida en proporción directa con la parte no cumplida. En caso que el importe resultante supere el monto de la garantía que se hallare vigente, se procederá a su cancelación por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente cualesquiera de acuerdo con las cláusulas expresas los otros procedimientos establecidos en el presente ContratoPliego Único de Bases y Condiciones Generales, resultaren diferencias a favor de este Gobierno, se formulará por las mismas el cargo correspondiente.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera Las cantidades a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “LA EMPRESA PROVEEDORA” presenten para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago. De no existir pagos pendientes, se requerirá a “LA EMPRESA PROVEEDORA” que realice el pago de la deductiva, la cual se aplicará sobre la garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando “LA EMPRESA PROVEEDORA” no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, “LA EMPRESA PROVEEDORA” realizará el pago de la deductiva a través del esquema E5CINCO pago electrónico de derechos, productos y aprovechamientos (DPA’s), a favor de la TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN. Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “EL INSTITUTO” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “EL INSTITUTO”. Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el I.V.A. El cálculo de las partes podrá rescindir deducciones correspondientes las realizará el presente Contrato con causa justificadaadministrador del contrato de “EL INSTITUTO”, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte cuya notificación se realizará por escrito con un preaviso o vía correo electrónico, dentro de treinta díaslos 5 (CINCO) días posteriores al incumplimiento parcial o deficiente, antes mencionado. La iniciación Cuando el monto total de un aplicación de deducciones alcance el 20% (VEINTE POR CIENTO) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Contrato Consolidado Abierto Para El Servicio De Suministro De Vales Electrónicos De Despensa
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera La falta de cumplimiento por parte del Proveedor de las partes podrá obligaciones contraídas, de modo total o parcial facultará a AGUAS SANTAFESINAS S.A. a contratar el o los servicios faltantes transitoriamente, o a rescindir la Orden de Compra, corriendo por cuenta y cargo del Proveedor los mayores gastos que demandaren la contratación de emergencia y los perjuicios derivados de tal situación. La rescisión de la Orden de Compra por incumplimiento del Proveedor será motivo suficiente para que AGUAS SANTAFESINAS S.A. se reserve el presente Contrato con causa justificadaderecho de suspender, en su totalidad o parcialmenteel futuro, notificando a la otra parte por escrito toda relación comercial con un preaviso de treinta díasaquél. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajoAsimismo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD AGUAS SANTAFESINAS S.A. se reserva el derecho a rescindir la Orden de rescindir Compra en cualquier momento y sin causa que hubiere causal alguna el presente Contratopara ello, en cualquier momentotal caso, notificando notificará fehacientemente al Proveedor respecto de la fecha en que se diere por escrito finalizada la Orden de Compra. Tal circunstancia no dará derecho al Contratista con 15 días Proveedor a percibir ulteriores compensaciones y/o retribuciones y/o indemnizaciones, fuera del estricto reembolso que le correspondiere por los trabajos ejecutados hasta la fecha de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Service Agreement
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera LAS PARTES acuerdan que, LA EMPRESA CONTRATANTE una vez que exista incumplimiento por parte de las partes EL PROVEEDOR, podrá rescindir con efectos inmediatos el presente Contrato con causa justificadasin necesidad de declaración judicial, mediante simple notificación por escrito a EL PROVEEDOR, en su totalidad o parcialmenteel que se especifique(n) la(s) obligación(es) incumplida(s) por éste y para tal propósito, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un se seguirá el procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajoa continuación:
1. El Administrador del Contrato notificará mediante un oficio dirigido a EL PROVEEDOR en el que se establezcan los presuntos incumplimientos en que haya incurrido y se1é'lcom EMPRESA CONTRATANTE de rescindir el Contrato. '-....
2. EL PROVEEDOR contará con un plazo de 5 (cinco) días hábiles para manifestar a LA EMPRESA CONTRATANTE lo que estime conveniente. CONTRATO HOJA 14 DE 19 3. Transcurrido el término anterior, no el Administrador del Contrato tendrá hasta 15 (quince) días hábiles para resolver lo conducente y notificar su decisión a EL PROVEEDOR. Dentro del plazo a que se considerará como refiere el párrafo anterior, LA EMPRESA CONTRATANTE elaborará un dictamen sobre las consecuencias de llevar a cabo la rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva . En el derecho evento de rescindir sin causa alguna que LA EMPRESA CONTRATANTE rescinda el presente Contrato, en de conformidad con esta Cláusula, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, LA EMPRESA CONTRATANTE procederá a:
a) Formular el finiquito correspondiente compensando cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días adeudo que se genere a cargo de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso EL PROVEEDOR y de rescisiónLA EMPRESA CONTRATANTE.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Contrato 801095787
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con total o parcialmente por causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando notificándolo a la otra parte Parte por escrito con un preaviso de treinta (30) días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula con arreglo al artículo 16.2 infra (“Arbitraje”) que se indica más abajo), no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna justificada el presente Contrato, Contrato en cualquier momento, notificando notificándolo por escrito al Contratista con 15 quince (15) días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera hubiera incurrido con anterioridad a la recepción del aviso de la notificación de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el con arreglo al presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista Contratista, a excepción del que corresponda por los trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo satisfactoriamente, con arreglo a las cláusulas expresas en el explícitas del presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial quiebra, en concurso de acreedores o fuera declarado insolvente, o bien si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario un administrador judicial debido a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrápodría, sin perjuicio de ningún otro derecho otros derechos o recurso al recursos que pudiera tener lugarejercer, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera se presente alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Solicitud De Propuesta
RESCISIÓN. 15.1 17.1 Cualquiera de las partes Partes podrá rescindir el presente Contrato con por causa justificada, en su totalidad total o parcialmente, notificando mediante notificación por escrito a la otra parte por escrito Parte con un preaviso treinta (30) días de treinta díasantelación. La iniciación El inicio de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 de conformidad con el Artículo 20.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, a continuación no se considerará como una rescisión del presente Contrato.
15.2 17.2 El PNUD se reserva el derecho UNFPA podrá rescindir de rescindir sin causa alguna inmediato el presente ContratoContrato si se limita, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipaciónacorta o pone fin a su mandato o financiación, en cuyo caso el PNUD reembolsará UNFPA reintegrará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del haya incurrido antes de recibir el aviso de rescisión. Además, a menos que el Contrato disponga otra cosa, previo aviso por escrito al Contratista con sesenta (60) días de antelación, el UNFPA podrá rescindir el Contrato sin necesidad de justificación alguna.
15.3 17.3 En caso de rescisión que el UNFPA dé por parte del PNUD bajo rescindido el presente Contrato en aplicación de lo dispuesto en este Artículo, no habrá deberá al Contratista ningún pago alguno adeudado que no sea por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos trabajo realizado y los servicios prestados satisfactoriamente satisfactoriamente, de acuerdo conformidad con las cláusulas expresas en el los términos expresos del presente Contrato.
15.4 17.4 En caso de que el Contratista fuera sea declarado en quiebra o sujeto quiebra, sea sometido a liquidación judicial o fuera declarado pase a ser insolvente, o si el Contratista cediera haga una cesión en beneficio de sus derechos a sus acreedores, acreedores o si se nombrara a algún Beneficiario a nombre un síndico por causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD UNFPA podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho otros derechos o recurso al recursos que pudiera tener lugarles correspondan de conformidad con estas condiciones, rescindir dar por rescindido de inmediato el presente Contrato en el actoContrato. El Contratista informará inmediatamente al PNUD UNFPA si sobreviene cualquiera de los acontecimientos antedichos.
17.5 Las disposiciones del presente Artículo se entienden sin perjuicio de cualesquiera otros derechos o recursos del UNFPA en caso virtud del Contrato o de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadasotro modo.
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Samples: Contratos De Minimis
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes La Empresa podrá rescindir el presente Contrato con causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito con un mediante preaviso de treinta díasal menos 60 días una vez transcurridos los primeros 180 días de su entrada en vigencia, o con posterioridad a los 90 días de producida una prórroga; en ambos casos deberá abonar como multa el importe equivalente al período del Contrato que faltara cumplir. La iniciación En todo caso el importe de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajomulta no será inferior al correspondiente a tres meses de Contrato, considerando la tarifa vigente al momento de la rescisión. El Banco podrá rescindir el Contrato en cualquier momento -sin derecho alguno a reclamación por parte de la adjudicataria- de verificarse alguna de las siguientes circunstancias:
a. Si el servicio brindado no se considerará como rescisión del presente Contratoalcanza el nivel de calidad acorde a las pautas señaladas en este pliego.
15.2 El PNUD se reserva b. En el derecho caso que la Empresa haya incurrido en incumplimiento de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días los términos contractuales relativos a las características y plazos acordados para la realización de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción las tareas objeto del aviso de rescisióncontrato.
15.3 c. En el caso de rescisión mala ejecución de los trabajos causados por parte acciones que a juicio del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente ContratoBanco se consideren negligentes.
15.4 d. En el caso de incumplimiento total o parcial de los horarios de atención en forma reiterada.
e. En el caso de que el seguimiento de las solicitudes al servicio xx xxxx de ayuda resulte omiso o insatisfactorio.
f. De verificarse la reiteración en las ausencias conforme a lo indicado en la cláusula 16.2 de este Pliego.
g. En caso de que la Empresa omita el Contratista fuera declarado reemplazo de alguno de los integrantes del equipo cuando tal extremo le es solicitado por el Banco debido a la falta de cumplimiento de alguno de los requisitos contenidos en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, este pliego. Lo establecido en esta cláusula es sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna las estipulaciones de las situaciones arriba mencionadascláusulas 16.3, 16.4 y 32.2.
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Samples: Licitación Abreviada
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera “EL CONTRATANTE” podrá rescindir este “CONTRATO” por los siguientes motivos: A) Por mutuo consentimiento de las partes partes; B) En caso de suspensión de los trabajos sin causa justificada; C) Suspensión de los trabajos por parte de “EL CONTRATISTA” por causas no imputables a “EL CONTRATANTE”; D) Cuando realice concesiones o subcontrate los derechos y obligaciones a que se refiere este CONTRATO, sin autorización previa y por escrito de “EL CONTRATANTE”. E) Unilateralmente, “EL CONTRATANTE” podrá rescindir el presente Contrato CONTRATO sin ninguna responsabilidad de su parte, cuando así convenga a los intereses institucionales, o por instrucciones expresas de “EL CONSEJO”. -----------SEPTIMA – ENTREGA DE LA OBRA: La obra contratada deberá entregarse al finalizar el plazo originalmente convenido entre “EL CONTRATANTE” y “EL CONTRATISTA”, o la prórroga del plazo, si la hubiere. Para los efectos de la entrega, se entenderá por “obra” la que cumpla a cabalidad con causa justificadalos planos y especificaciones técnicas que son de pleno conocimiento y han sido aceptados por “EL CONTRATISTA”, pudiendo “EL CONTRATANTE” negarse a recibir la obra hasta que la misma esté íntegramente concluida. No se trasladará el riesgo de la obra a “EL CONTRATANTE” hasta que la misma haya sido recibida a entera satisfacción. La recepción final de la obra se hará el día y hora que ambas partes convengan, si es que la misma se lleva a cabo antes del vencimiento del plazo, o bien el día mismo en que concluya dicho plazo. Cualquier operación, reparo o reserva que se haga en el momento de la recepción de la obra es por cuenta exclusiva, en su totalidad tiempo y costo, de “EL CONTRATISTA”. Luego de levantarse el acta de recepción final de los trabajos entregados y elaborado el finiquito correspondiente, se procederá a efectuar el último pago a “EL CONTRATISTA”, por el monto estipulado en la cláusula QUINTA del presente CONTRATO, o parcialmente, notificando a por la otra parte por escrito con un preaviso estimación de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) trabajos finales realizados que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.determine.---------------------------------------------------------------------
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Samples: Construction Contract
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera 13.1 el Cliente sea calificable de las partes "consumidor", identificado, conforme lo establecido en el art. 3 del Decreto Legislativo 206/2005 ("Código del Consumo"), en la persona física que actúa siguiendo fines ajenos a su oficio, negocio o profesión, que no sea calificable de "consumidor" tendrá siempre la facultad de resolver el contrato en cualquier momento, sin penalización alguna y sin indicar ninguna razón, mediante comunicación escrita certificada enviada A/A Aruba S.p.A., Loc. Xxxxxxxxxx x° 0, 00000 Xxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxxxx) o a través de correo electrónico certificado (CEC) a la dirección xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx. La comunicación podrá ser enviada también a través de telegrama, telex o telefax, con la condición de que sea confirmada mediante carta certificada A/A o CEC en un máximo de 48 horas. La resolución entrará en vigor a partir de los 30 (treinta) días desde la fecha de recepción por parte de Aruba de la mencionada comunicación, legitimando a Aruba a desactivar el Servicio y a efectuar el posible reembolso devengado del importe pagado correspondiente al número de días no utilizados hasta la terminación natural del Contrato, deducidos los costes soportados y por soportar, según lo establecido en el art. 1 párrafo 3 de la Ley 40/2007.
13.2 Aruba se reserva la facultad de rescindir el presente Contrato con causa justificadaen cualquier momento y si motivo ni obligación, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito facilitando comunicación escrita al Cliente con un preaviso de treinta al menos 15 (quince) días. La iniciación , excepto
(i) Que se produzcan acontecimientos determinados por causas de fuerza mayor;
(ii) Que el Cliente se encuentre dentro de una lista de protestos, haya sido declarado insolvente, o haya sido admitido o sometido a un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 concursal;
(“Arbitraje”iii) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión Que haya sido insolvente en relación a Aruba incluso por otros contratos diferentes del presente Contrato.
15.2 El PNUD presente; en virtud de los cuales Aruba se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente ContratoContrato con efecto inmediato. Las Partes entienden que desde la fecha en que entra en vigor la resolución, en cualquier momentomomento y sin más aviso, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD Servicio será desactivado y Aruba reembolsará al Contratista todos Cliente el importe pagado correspondiente al número de días no utilizados, hasta la terminación natural del Contrato, deducidos los gastos razonables en los costes soportados y/o por soportar. De cualquier modo, se entiende que éste incurriera con anterioridad a Xxxxx queda excluida de cualquier otra responsabilidad por el ejercicio del derecho de resolución y/o por la recepción del aviso falta de rescisión.
15.3 En caso uso de rescisión cualquier Servicio por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolventeCliente, o si bien el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa consiguiente derecho de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio este de exigir ningún otro derecho reembolso, indemnización o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso reclamación de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadascualquier tipo o género.
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Samples: Conditions of Service
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (16 “Arbitraje”) Resolución de Conflictos” que se indica más abajo, no se considerará como una rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas de este Contrato. El Contratista tomará las medidas necesarias para finalizar el trabajo y los servicios correspondientes en el presente Contratoforma perentoria y ordenada a fin de minimizar pérdidas y gastos adicionales.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario administrador o Síndico a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún cualquier otro derecho o recurso al que pudiera tener lugarlo asistiese, rescindir el presente Contrato en el actoa partir de esa fecha. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Invitation to Bid
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera LAS PARTES acuerdan que, LA EMPRESA CONTRATANTE una vez que exista incumplimiento por parte de las partes EL PROVEEDOR, podrá rescindir con efectos inmediatos el presente Contrato con causa justificadasin necesidad de declaración judicial o arbitral, mediante simple notificación por escrito a EL PROVEEDOR, en su totalidad o parcialmenteel que se especifique(n) la(s) obligación(es) incumplida(s) por éste y para tal propósito, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un se seguirá el procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajoa continuación:
1. LA EMPRESA CONTRATANTE preparará un oficio dirigido a EL PROVEEDOR notificando el inicio de la rescisión, no en el que se considerará como establezcan los presuntos incumplimientos en que haya incurrido y se le comunique la intención de LA EMPRESA CONTRATANTE de rescindir el Contrato. Del oficio previsto en este numeral, se deberá enviar copia a la institución que haya emitido la garantía de cumplimiento, cuando resulte procedente.
2. EL PROVEEDOR contará con un plazo de 15 (quince) días hábiles para manifestar a LA EMPRESA CONTRATANTE lo que estime conveniente, contados a partir del día siguiente de la notificación del inicio de la rescisión.
3. Transcurrido el término anterior, LA EMPRESA CONTRATANTE tendrá hasta 15 días hábiles para resolver lo conducente y notificar su decisión a EL PROVEEDOR. Transcurrido el plazo señalado en el numeral 2 que antecede, EL PROVEEDOR perderá el derecho para manifestar lo que a su derecho convenga y se le tendrá por aceptada la rescisión del presente Contrato en todos sus términos. Dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, LA EMPRESA CONTRATANTE elaborará un dictamen sobre las consecuencias de llevar a cabo la rescisión del Contrato.
15.2 El PNUD se reserva . En el derecho evento de rescindir sin causa alguna que LA EMPRESA CONTRATANTE rescinda el presente Contrato, en de conformidad con esta Cláusula, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, LA EMPRESA CONTRATANTE procederá a:
a) Formular el finiquito correspondiente compensando cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días adeudo que se genere a cargo de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso EL PROVEEDOR y de rescisiónLA EMPRESA CONTRATANTE.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con total o parcialmente por causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando notificándolo a la otra parte Parte por escrito con un preaviso de treinta (30) días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula con arreglo al artículo 16.2 infra (“Arbitraje”) que se indica más abajo), no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna justificada el presente Contrato, Contrato en cualquier momento, notificando notificándolo por escrito al Contratista con 15 quince (15) días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera hubiera incurrido con anterioridad a la recepción del aviso de la notificación de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el con arreglo al presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista Contratista, a excepción del que corresponda por los trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo satisfactoriamente, con arreglo a las cláusulas expresas en el explícitas del presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o quiebra, estuviera sujeto a liquidación judicial concurso de acreedores o fuera declarado insolvente, o bien si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario un administrador judicial debido a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrápodría, sin perjuicio de ningún otro derecho otros derechos o recurso al recursos que pudiera tener lugarejercer, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.El
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Samples: Contrato De Servicios Profesionales
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera 21.1 El Banco podrá dar por terminado este Contrato en su totalidad, o en parte, a su conveniencia, en cualquier momento y por cualquier circunstancia y podrá pagar a la FC por los servicios realizados de las partes manera satisfactoria hasta la fecha de dicha rescisión. Igualmente, el Banco podrá rescindir el presente Contrato con causa justificadaContrato, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte mediante notificación por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contratoescrito, en cualquier momentomomento si: 1) Por razón de huelga, notificando guerra, disturbios, emergencia nacional, catástrofes naturales o casos fortuitos, el cumplimiento de las obligaciones de la FC descritas en este documento se ve afectada sustancialmente por un período prolongado, 2) La FC presenta una solicitud de proceso de bancarrota, se declara en quiebra, o se asigna un administrador a su negocio; 3) La FC asigna o subcontrata cualquiera de sus obligaciones o derechos en virtud del presente Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Banco; o 4) La FC hace asignación de los entregables del Contrato para el beneficio de los acreedores; 5) La FC no es capaz de remediar cualquier incumplimiento del Contrato dentro de los diez (10) días siguientes al Contratista con 15 días recibo de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión notificación escrita por parte del PNUD bajo Banco, de dicho incumplimiento; 6) La FC y el presente Artículo, Banco no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista logran llegar a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo un Contrato mutuo con las cláusulas expresas respecto a cualquier modificación prevista en el presente Contrato.
15.4 En caso ; 7) La FC no ha logrado mantener estándares adecuados de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto desempeño como lo establecen los términos de este Contrato, y no ha respondido adecuadamente a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa una solicitud de modificación de tal desempeño; 8) El desempeño de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadasFC se ve disminuido debido a acontecimientos imprevistos.
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Samples: Contrato a Suma Alzada
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.un
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Solicitud De Propuesta
RESCISIÓN. 15.1 17.1 El presente Convenio podrá ser rescindido de común acuerdo entre las Partes.
17.2 Cualquiera de las partes Partes podrá rescindir unilateralmente el presente Contrato Convenio cuando se hubieran constatado incumplimientos y/o violaciones graves de cualquiera de las cláusulas del presente, previa comunicación escrita y luego que la otra. Parte no hubiere remediado dicho incumplimiento dentro de los 30 (treinta) días de recibida la comunicación del mismo por medio fehaciente. A los efectos de este Convenio, se consideran “incumplimientos y/o violaciones graves”: violar la confidencialidad comprometida, incumplir con causa justificadael plan de actividades, en su totalidad o parcialmenteno cumplir con los aportes económicos comprometidos que surgen del cronograma de ejecución financiera, notificando y otras faltas que a juicio de la otra parte Dirección del Proyecto puedan revestir ese carácter.
17.3 La rescisión del presente Convenio, por escrito con un preaviso cualquier motivo, no afectará aquellos derechos u obligaciones de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) las Partes que se indica extiendan más abajoallá de su rescisión. Además, la rescisión del presente Xxxxxxxx no se considerará como rescisión una renuncia a los derechos de cada Parte, ni perjudicará ninguna reclamación que las Partes puedan tener, que surja del presente ContratoConvenio en relación con un incumplimiento del mismo por la otra Parte.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Convenio De Vinculación
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera 13.1 El Cliente calificado como “consumidor” identificado al amparo del Art. 3 del D.L. 206/2005 (cd. “Código del Consumo”), en la persona física que actúa por cuenta ajena a la propia actividad como emprendedor o profesional no será calificado como “consumidor” y tendrá la facultad de rescindir el Contrato en cualquier momento, sin ninguna penalización y sin indicar las razones, mediante una comunicación escrita adjuntado copia del documento nacional de identidad, enviada mediante correo certificado a Aruba S.p.A., Xxx. Xxxxxxxxxx x° 0, 00000 Xxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxxxx) o a través del Correo Electrónico Certificado a la siguiente dirección xxxxxxx@xxxxx.xxx.xx. La comunicación podrá ser enviada mediante un telegrama, télex o telefax, con la condición que sea confirmada mediante una carta certificada o a través de un Correo Electrónico Certificado dentro de las partes podrá 48 horas sucesivas. El receso será efectivo en un plazo de 30 (treinta) días desde la fecha de recepción por parte de Aruba de dicha comunicación, legitimando a Aruba a desactivar el Servicio y a efectuar la devolución del importe pagado con relación al número de días no utilizado hasta la fecha de caducidad en días naturales del Contrato, deducidos los costes soportados y/o o a soportar conforme a lo establecido en el Art. 1 párrafo 3 de la L. 40/2007.
13.2 Aruba se reserva la facultad de rescindir el presente Contrato con causa justificadaen cualquier momento y si motivo ni obligación, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito facilitando comunicación escrita al Cliente con un preaviso de treinta al menos 15 (quince) días. La iniciación , excepto
(i) Que se produzcan acontecimientos determinados por causas de fuerza mayor;
(ii) Que el Cliente se encuentre dentro de una lista de protestos, haya sido declarado insolvente, o haya sido admitido o sometido a un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 concursal;
(“Arbitraje”iii) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión Que haya sido insolvente en relación a Aruba incluso por otros contratos diferentes del presente Contrato.
15.2 El PNUD presente; en virtud de los cuales Aruba se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato con efecto inmediato.
13.3 Transcurrido el período arriba indicado, el Contrato debe entenderse como cesado y/o terminado y Aruba podrá en cualquier momento desactivar el acto. El Contratista informará inmediatamente Servicio sin realizar avisos posteriores y a efectuar la devolución del importe pagado con relación al PNUD en caso número de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.días no utilizado hasta la
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Samples: Hosting Service Agreement
RESCISIÓN. 15.1 13.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con causa justificadadar por rescindido, en su totalidad total o parcialmente, notificando el contrato por motivo justificado, dando aviso previo de ello con treinta (30) días de antelación, por escrito, a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta díasparte. La iniciación No se considerará que el inicio de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (de conciliación o arbitraje de conformidad con el Artículo 16.2, “ArbitrajeArreglo de controversias”) que se indica más abajo, no se considerará como infra, sea “causa” de rescisión del presente Contratocontrato, ni que sea de otro modo en sí mismo rescisión del contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho 13.2 Las Naciones Unidas podrán dar por rescindido de rescindir sin causa alguna inmediato el presente Contratocontrato si se limita, en cualquier momento, notificando por escrito acorta o pone fin al Contratista con 15 días mandato o a la financiación de anticipaciónla Misión o el Organismo, en cuyo caso el PNUD reembolsará las Naciones Unidas reintegrarán al Contratista contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del haya incurrido antes de recibir el aviso de rescisión.
15.3 13.3 En caso de rescisión que se las Naciones unidas den por parte del PNUD bajo rescindido el presente contrato en aplicación de lo dispuesto en este Artículo, no habrá deberán al contratista ningún pago alguno adeudado que no sea por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos trabajo realizado y los servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo conformidad con las cláusulas expresas en el los términos expresos del presente Contratocontrato.
15.4 13.4 En caso de que el Contratista fuera contratista sea declarado en quiebra o sujeto quiebra, sea sometido a liquidación judicial o fuera declarado pase a ser insolvente, o si el Contratista cediera haga una cesión en beneficio de sus derechos a sus acreedores, acreedores o si se nombrara a algún Beneficiario a nombre un síndico por causa de la insolvencia del Contratistacontratista, el PNUD podrálas Naciones Unidas podrán, sin perjuicio de ningún otro derecho otros derechos o recurso al recursos que pudiera tener lugarles correspondan de conformidad con estas condiciones, rescindir dar por rescindido de inmediato el presente Contrato en el actocontrato. El Contratista contratista informará inmediatamente al PNUD a las Naciones Unidas si sobreviene cualquiera de los acontecimientos antedichos.
13.5 Lo dispuesto en caso de que sucediera alguna este Artículo 13 no afecta a cualesquiera otros derechos o recursos de las situaciones arriba mencionadasNaciones Unidas en virtud del contrato o por otras causas.
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Samples: General Conditions of Contract
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (16 “Arbitraje”) Resolución de Conflictos” que se indica más abajo, no se considerará como una rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas de este Contrato. El Contratista tomará las medidas necesarias para finalizar el trabajo y los servicios correspondientes en el presente Contratoforma perentoria y ordenada a fin de minimizar pérdidas y gastos adicionales.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el actoa partir de esa fecha. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Solicitud De Propuestas
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera Las partes podrán rescindir el Contrato, sin necesidad de declaración judicial, de conformidad con lo siguiente:
19.1. El Contrato podrá rescindirse por AIRE CABLE, en forma inmediata y sin necesidad de que medie resolución o declaración judicial alguna, en los siguientes casos:
19.1.1. Por utilizar el Equipo o el Servicio en contravención de las disposiciones legales, reglamentarias, así como de cualquier disposición vigente en materia de telecomunicaciones que sea aplicable a la prestación del Servicio.
19.1.2. Si EL CLIENTE comercializa o revende el Servicio contratado, así como por la obtención de cualquier lucro por la venta o reventa del Servicio a cualquier tercero, sin la debida autorización de AIRE CABLE y/o del IFT.
19.1.3. Si mediante la utilización del Servicio, EL CLIENTE presta o comercializa servicios de telecomunicaciones sin contar con autorización para hacerlo o en violación a disposiciones administrativas aplicables.
19.1.4. Si EL CLIENTE cede los derechos y/u obligaciones derivados del Contrato, de la carátula o los anexos correspondientes, sin la autorización previa y por escrito de AIRE CABLE.
19.1.5. Si EL CLIENTE no cubre todas las cantidades adeudadas a AIRE CABLE dentro de los noventa (90) días naturales siguientes a la fecha de suspensión del Servicio.
19.2. El Contrato podrá rescindirse sin responsabilidad para EL CLIENTE en los siguientes casos:
19.2.1. Si AIRE CABLE hace caso omiso a cualquier solicitud presentada por EL CLIENTE para la prestación del Servicio, ya sea por queja o ajuste.
19.2.2. Si AIRE CABLE incumple de manera grave y reiterada el Contrato.
19.2.3. Cuando exista cesión de derechos del Título de Concesión Única a otro proveedor, sólo en caso que EL CLIENTE no lo autorice.
19.3. La rescisión del Contrato no exime a ninguna de las partes podrá rescindir el presente de las obligaciones contraídas al momento de la rescisión o del cumplimiento de aquéllas que, conforme al Contrato con causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando deban subsistir a la otra parte por escrito con un preaviso rescisión de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajoéste, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir incluyendo sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratistalimitar, el PNUD podrá, sin perjuicio pago de ningún otro derecho adeudos anteriores y/o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadascausados y la devolución del Equipo.
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Samples: Contrato Marco De Prestación De Servicios De Televisión Restringida Y/O Acceso a Internet
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes Rayen Cura S.A.I.C. podrá rescindir el presente Contrato contrato sin invocación de causa preavisando a su cocontratante con causa justificadauna antelación mínima de sesenta (60) días, sin que de ello se derive ningún tipo de indemnización ni compensación alguna. No será necesario el preaviso en caso de incumplimientos atribuibles a cualquiera de las partes. En toda circunstancia el Comprador y el Proveedor, en un espíritu de colaboración constructiva, harán todo lo posible para evitar incumplimientos y en su totalidad o parcialmentedefecto mitigar los daños causados por el mismo. Cada parte podrá rescindir el contrato en caso de incumplimiento de la cocontratante, notificando en tal caso el Comprador podrá cancelar el pedido en el estado en que éste se encuentre. El comprador tendrá el derecho a la otra parte rescindir el contrato, sin penalidad alguna, cuando el Proveedor no subsane el cumplimiento en un plazo de ocho (8) días de haber recibido una carta de solicitud del comprador; simplemente señalando por escrito la naturaleza de la falta de cumplimiento o incumplimiento, si las consecuencias de tal incumplimiento son claramente irrecuperables o muy perjudiciales, o si la falta de ejecución viola la prohibición. El proveedor estará obligado a indemnizar al comprador por los daños resultantes de sus negligencias o de su incumplimiento del acuerdo, y en particular, correrá con un preaviso los gastos adicionales que el comprador incurra en el cumplimiento de treinta díasla orden por sí mismo o por otros mediante uno o más proveedores. La iniciación El acuerdo concluirá, sin perjuicio de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) todos los daños que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD el Comprador se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisiónreclamar.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Condiciones Generales De Compra
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente ContratoCont ato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Long Term Agreement (Lta) for Cleaning and Cafeteria Services
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá LA SECRETARiA" podra rescindir el presente Contrato contrato en los casos que enseguida se mencionan:
a. Cuando por causas imputables a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" no se lleven a cabo los servicios en los plazos y condiciones convenidos.
b. Por incumplimiento de las demas obligaciones pactadas en el presente contrato. El procedimiento de rescisión se iniciara dentro de los 15 dias naturales al plazo estipulado en la Clausula Quinta de este contrato, si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se cumpliera con causa justificadalas obligaciones, el procedimiento iniciado quedara sin efecto. ,.. .,' Este proceso de rescisión se llevara conforme a lo siguiente:
a. Se iniciara a partir de que "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 10 dias habiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su totalidad o parcialmentecaso, notificando las pruebas que estime pertinentes.
b. Transcurrido el término a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajorefiere la fracción anterior, no se considerará como rescisión del presente Contrato"LA SECRETARiA" resolvera considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Professional Services
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes El Comprador podrá rescindir el presente Contrato con causa justificadaeste Pedido según lo estime oportuno, en su totalidad de forma total o parcialmenteparcial, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, o notificación telegráfica en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 . En caso de que el Contratista fuera declarado Comprador estime oportuno rescindir la presente Orden de compra, este pagará al Vendedor el precio prorrateado en quiebra o sujeto función del porcentaje de trabajo que se haya finalizado antes de dicha cancelación. Aquellos retrasos que se originen debido a liquidación judicial o fuera declarado insolventecausas que estén más allá del control de cualquiera de las partes, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa incluidos entre otros actos de la insolvencia naturaleza, actos o solicitudes del Contratistagobierno o entidades gubernamentales en cumplimiento de su capacidad no comercial, disturbios o escándalos civiles, sabotaje, accidentes, incendios, inundaciones, daños derivados de explosiones en una planta o en las instalaciones, epidemias, tifones, restricciones de cuarentenas o ausencia de medios normales de comunicación o de transporte, tendrán la capacidad de extender el PNUD podrá, sin perjuicio tiempo de ejecución durante un periodo que no excederá los 30 días naturales seguidos (“Periodo de fuerza mayor”). Ninguna de las partes será responsable de ningún otro derecho tipo de pérdida, daños y perjuicios, retenciones o recurso al retrasos que pudiera tener lugar, rescindir resulten de las causas anteriormente mencionadas. El Comprador podrá cancelar la presente Orden de compra en caso de fuerza mayor que sobrepasen el Periodo de fuerza mayor. El Vendedor podrá realizar el trabajo necesario para ejecutar el presente Contrato con los empleados y agentes del Vendedor bajo el control del Vendedor. Las Cláusulas para contratistas en las instalaciones del Comprador, disponibles en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD sitio web xx Xxxxxx sobre Prácticas para ejecutar operaciones comerciales, se aplicarán en caso de todos los casos en los que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadasse deban instalar mercancías o ejecutar servicios en la propiedad xx Xxxxxx.
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Samples: Orden De Compra
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes EL “CONCEDENTE” podrá rescindir el presente Contrato con causa justificadaunilateralmente, en su totalidad forma total o parcialmenteparcial, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna y en cualquier momento el presente Contrato, previa resolución fundada en cualquier momentorazones de oportunidad, notificando mérito y conveniencia circunscriptas a razones que hagan al interés público, haciéndose efectivo el desalojo, sin que ello genere derecho al “CONCESIONARIO” a exigir indemnización alguna en concepto de lucro cesante. La voluntad de rescindir deberá s er comunicada por escrito al Contratista el “CONCEDENTE” fehacientemente con 15 una anticipación mínima de TREINTA (30) días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad corridos. El “CONCESIONARIO” sólo tendrá derecho a la recepción devolución de la garantía establecida en la cláusula PLIEG-2019-68801794-APN-DCCYS#AABE séptima del aviso presente, sobre la que el “CONCEDENTE” no reconocerá ningún interés. Producida la notificación pertinente el “CONCESIONARIO” deberá desocupar el inmueble a los DIEZ (10) días, restituyéndolo en iguales condiciones en que lo recibiera, todo ello bajo su exclusiva, cuenta y cargo. En el supuesto que el “CONCESIONARIO” no desocupara el inmueble, el “CONCEDENTE” podrá proceder conforme lo estipulado en las cláusulas decimosexta y decimonovena. Para el supuesto que las razones de rescisión.
15.3 interés público sobrevinientes sean de carácter urgente que requieran la restitución inmediata total o parcial del inmueble, el CONCESIONARIO una vez notificado de dicha resolución deberá restituir el inmueble concesionado en el plazo que fije la resolución respectiva. En caso este supuesto, el “CONCESIONARIO” sólo tendrá derecho a la devolución de rescisión por parte la garantía establecida en la cláusula decimoséptima del PNUD bajo presente, sobre la que el presente Artículo“CONCEDENTE” no reconocerá ningún interés, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente pudiendo exigir indemnización alguna en concepto de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contratolucro cesante.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
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Samples: Concesión De Uso
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera LAS PARTES acuerdan que, LA EMPRESA CONTRATANTE una vez que exista incumplimiento por parte de las partes EL PROVEEDOR, podrá rescindir con efectos inmediatos el presente Contrato con causa justificadasin necesidad de declaración judicial, mediante simple notificación por escrito a EL PROVEEDOR, en su totalidad o parcialmenteel que se especifique(n) la(s) obligación(es) incumplida(s) por éste y para tal propósito, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un se seguirá el procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no a continuación:
1. LA EMPRESA CONTRATANTE preparará un oficio dirigido a EL PROVEEDOR en el que se considerará como rescisión del presente establezcan los presuntos incumplimientos en que haya incurrido y se le comunique la intención de LA EMPRESA CONTRATANTE de rescindir el Contrato.
15.2 El PNUD 2. EL PROVEEDOR contará con un plazo de cinco días hábiles para manifestar a LA EMPRESA CONTRATANTE lo que estime conveniente.
3. Transcurrido el término anterior, LA EMPRESA CONTRATANTE tendrá hasta 15 días hábiles para resolver lo conducente y notificar su decisión a EL PROVEEDOR. Dentro del plazo a que se reserva refiere el derecho párrafo anterior, LA EMPRESA CONTRATANTE elaborará un dictamen sobre las consecuencias de rescindir sin causa alguna llevar a cabo la rescisión del Contrato. En el presente evento de que LA EMPRESA CONTRATANTE rescinda el Contrato, en cualquier momentode conformidad con esta Cláusula, notificando por escrito al Contratista con dentro de los 15 días de anticipaciónhábiles siguientes, en cuyo caso LA EMPRESA CONTRATANTE procederá a:
a) Formular el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los finiquito correspondiente compensando cualquier adeudo que éste incurriera con anterioridad se genere a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.cargo de
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Samples: Contract for Procurement
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las partes podrá El «CAPACITADOR » acepta en forma expresa que el «COMITÉ DE JOVENES» puede rescindir el presente Contrato contrato con causa justificadasolo el requisito de comunicar su decisión por escrito, por cualquiera de las causas que a continuación se enumeran: a) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del «CAPACITADOR inspección, vigilancia y supervisión de los servicios objeto del presente contrato. por haber incurrido el «CAPACITADOR en su totalidad o parcialmentefalsedad de declaraciones respecto de sus conocimientos y experiencia para la realización de los trabajos, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso objeto del presente contrato. d) Por incurrir en falsedad de treinta díasdeclaraciones en el reporte de los trabajos realizados. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 contrato será sin responsabilidad para el «COMITÉ DE JÓVENES». NOVENA- Terminación Anticipada. El PNUD «COMITÉ DEJOVENES» podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien cuando por causas justificadas se reserva extinga la necesidad de requerir los bienes o emicios originalmente contratados. En estos supuestos el derecho de rescindir sin causa alguna «COMITÉ DEJOVENES» reembolsará al «CAPACITADOR gastos no recuperables, en que haya incurrido siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente Contratocontrato. ara efectuar el pago de los servicios ejecutados, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 el » dentro de los 10 (diez) días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad naturales siguientes a la recepción del aviso notificación de rescisión.
15.3 En caso la terminación anticipada, deberá presentar un estudio que incluya costo de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y los servicios prestados satisfactoriamente que justifiquen su solicitud; dentro de acuerdo con las cláusulas expresas en igual plazo el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa «COMITÉ DE JOVENES» deberá resolver sobre la procedencia de la insolvencia del Contratistapetición, el PNUD podrá, sin perjuicio para lo cual se convendrá la celebración de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el actoun convenio entre las partes. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.Si transcurridos los 10 días naturales el
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RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las 6.1 Las partes acuerdan que la ENTIDAD podrá rescindir terminar anticipadamente el presente Contrato con causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando sin necesidad de alegar causa alguna, con un preaviso mínimo de 30 días a la fecha en que tal terminación haya de producirse, comprometiéndose desde este momento la FUNDACIÓN a nada pedir ni reclamar por ningún concepto a la ENTIDAD en tal supuesto.
6.2 La ENTIDAD podrá cancelar en cualquier momento el Contrato comunicándolo por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción FUNDACIÓN, si tiene motivos razonables para creer que el FUNDACIÓN a través del aviso doctor Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx ha incumplido cualquiera de rescisiónlas obligaciones previstas en este Contrato. Ante la rescisión de los Servicios, la ENTIDAD podrá solicitar el reembolso o devolución de los honorarios, otro tipo de compensaciones o de reembolso de gastos pagados, sin que se deba ninguna otra cantidad a la FUNDACIÓN.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del 6.3 La FUNDACIÓN garantiza que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra la ENTIDAD y/x XXXXX sufran cualquier daño, perjuicio y/o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa reclamación de terceros como consecuencia del incumplimiento por parte de la insolvencia ejecución de la prestación de servicios, mantendrá totalmente indemnes a la ENTIDAD y/x XXXXX en relación con dichos daños, perjuicios y/o reclamaciones.
6.4 La ENTIDAD podrá rescindir en cualquier momento el Contrato comunicándolo por escrito a la FUNDACIÓN, si comprueba que éste es parte restringida de una lista de sanciones nacional y/o internacional. Ante la rescisión del ContratistaContrato, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso la ENTIDAD y/x XXXXX no estarán obligada a abonar contraprestación a alguna por los Servicios al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente profesional sanitario debido al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadasincumplimiento del Contrato.
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Samples: Prestación De Servicios
RESCISIÓN. 15.1 13.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con causa justificadadar por rescindido, en su totalidad total o parcialmente, notificando el contrato por motivo justificado, dando aviso previo de ello con treinta (30) días de antelación, por escrito, a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta díasparte. La iniciación No se considerará que el inicio de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (de conciliación o arbitraje de conformidad con el Artículo 16.2, “ArbitrajeArreglo de controversias”) que se indica más abajo, no se considerará como infra, sea “causa” de rescisión del presente Contratocontrato, ni que sea de otro modo en sí mismo rescisión del contrato.
15.2 13.2 El PNUD se reserva el derecho UNFPA podrán dar por rescindido de rescindir sin causa alguna inmediato el presente Contratocontrato si se limita, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipaciónacorta o pone fin a su mandato o financiación, en cuyo caso el PNUD reembolsará UNFPA reintegrarán al Contratista contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del haya incurrido antes de recibir el aviso de rescisión.
15.3 13.3 En caso de rescisión que UNFPA dé por parte del PNUD bajo rescindido el presente contrato en aplicación de lo dispuesto en este Artículo, no habrá deberán al contratista ningún pago alguno adeudado que no sea por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos trabajo realizado y los servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo conformidad con las cláusulas expresas en el los términos expresos del presente Contratocontrato.
15.4 13.4 En caso de que el Contratista fuera contratista sea declarado en quiebra o sujeto quiebra, sea sometido a liquidación judicial o fuera declarado pase a ser insolvente, o si el Contratista cediera haga una cesión en beneficio de sus derechos a sus acreedores, acreedores o si se nombrara a algún Beneficiario a nombre un síndico por causa de la insolvencia del Contratistacontratista, el PNUD UNFPA podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho otros derechos o recurso al recursos que pudiera tener lugarles correspondan de conformidad con estas condiciones, rescindir dar por rescindido de inmediato el presente Contrato en el actocontrato. El Contratista contratista informará inmediatamente al PNUD UNFPA si sobreviene cualquiera de los acontecimientos antedichos.
13.5 Lo dispuesto en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadaseste Artículo 13 no afecta a cualesquiera otros derechos o recursos del UNFPA en virtud del contrato o por otras causas.
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Samples: General Conditions of Contract
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera de las 6.1 Las partes acuerdan que la ENTIDAD podrá rescindir terminar anticipadamente el presente Contrato con causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando sin necesidad de alegar causa alguna, con un preaviso mínimo de 30 días a la fecha en que tal terminación haya de producirse, comprometiéndose desde este momento la FUNDACIÓN a nada pedir ni reclamar por ningún concepto a la ENTIDAD en tal supuesto.
6.2 La ENTIDAD podrá cancelar en cualquier momento el Contrato comunicándolo por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso FUNDACIÓN, si tiene motivos razonables para creer que el FUNDACIÓN a través de rescisiónla dra. Xxxxx Salamanca-Xxxxxxxx ha incumplido cualquiera de las obligaciones previstas en este Contrato. Ante la rescisión de los Servicios, la ENTIDAD podrá solicitar el reembolso o devolución de los honorarios, otro tipo de compensaciones o de reembolso de gastos pagados, sin que se deba ninguna otra cantidad a la FUNDACIÓN.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del 6.3 La FUNDACIÓN garantiza que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra la ENTIDAD y/x XXXXX sufran cualquier daño, perjuicio y/o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa reclamación de terceros como consecuencia del incumplimiento por parte de la insolvencia ejecución de la prestación de servicios, mantendrá totalmente indemnes a la ENTIDAD y/x XXXXX en relación con dichos daños, perjuicios y/o reclamaciones.
6.4 La ENTIDAD podrá rescindir en cualquier momento el Contrato comunicándolo por escrito a la FUNDACIÓN, si comprueba que éste es parte restringida de una lista de sanciones nacional y/o internacional. Ante la rescisión del ContratistaContrato, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso la ENTIDAD y/x XXXXX no estarán obligada a abonar contraprestación a alguna por los Servicios al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente profesional sanitario debido al PNUD en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadasincumplimiento del Contrato.
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Samples: Contract for the Provision of Services by Healthcare Professional
RESCISIÓN. 15.1 Cualquiera Siempre en razón de la naturaleza de este Contrato de Concesión, las partes podrá se reservan el derecho de rescindir el presente Contrato con causa justificada, de Concesión en su totalidad o parcialmente, notificando base a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. lo siguiente: I) La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 El PNUD se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso el PNUD reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte del PNUD bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por el PNUD al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Municipalidad Concedente podrá Rescindir este Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente al PNUD en caso de que sucediera alguna la Cooperativa no cumpla con su obligación de operar debidamente el sistema de alumbrado público previamente instalado en las situaciones arriba mencionadas.calles de la localidad; II) La Cooperativa Concesionaria podrá rescindir este Contrato en caso de resultar antieconómica la prestación de los servicios en cuestión, sin obtener de la Municipalidad la contraprestación económica que posibilite la continuidad del presente Contrato. En ambos casos, la parte que pretenda rescindir la Concesión deberá preavisar a la otra con una antelación de sesenta (60) días corridos, a fin de que pueda arbitrarse adecuadamente la designación de un nuevo Concesionario. En ningún caso existirá el derecho a reclamar indemnización a título de daños y perjuicios, con fundamento en esta Rescisión Anticipada del Contrato de Concesión.----------------------------
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Samples: Contrato De Concesión Del Servicio De Alumbrado Público