Sistema de selección. 1. El sistema de selección para el personal laboral fijo de nuevo ingreso será el de oposición, con las excepciones previstas en el presente convenio. No obstante, y con carácter absolutamente extraordinario, cuando la naturaleza de las funciones a desempeñar así lo requiriera, podrá utilizarse el sistema de concurso-oposición, debiendo quedar adecuadamente motivadas en el correspondiente expediente las razones objetivas que justifiquen esta decisión. En este caso se dará comunicación previa de la convocatoria a la comisión paritaria, que emitirá informe al respecto.
2. Dentro de los ejercicios de la oposición, se incluirían, como contenido mínimo, un ejercicio tipo test y una prueba o supuesto de carácter práctico, según la categoría profesional a la que se opte.
3. Los contenidos de las pruebas se dirigirán fundamentalmente a comprobar que los aspirantes poseen los conocimientos, capacidades, habilidades y destrezas exigibles para el desempeño de las funciones propias de la categoría profesional o especialidad objeto de la convocatoria.
4. Serán objeto de negociación en la comisión paritaria los criterios generales para el ingreso del personal laboral fijo por el sistema de acceso libre.
Sistema de selección. 1. La selección de personal laboral permanente de nuevo ingreso se realizará por convocatoria pública de las plazas vacantes comprometidas en la Oferta de Empleo Público, mediante el sistema de concurso-oposición, en el que la calificación global de los aspirantes se determinará mediante la suma ponderada de las puntuaciones obtenidas en la fase oposición y en la fase de concurso, correspondiendo a aquélla el 70 por 100 del total y a ésta el 30 por 100.
2. Siguiendo lo dispuesto en el artículo 4.3.e) y de acuerdo con las bases generales de convocatoria que figuran como Xxxxx XX en el presente convenio, la comisión paritaria desarrollará:
2.1. Modelos de bases de las convocatorias singulares.
2.2. Requisitos mínimos exigidos para el acceso a las diferentes categorías profesionales.
2.3. Temarios específicos para cada categoría profesional.
2.4. Pruebas teóricas y prácticas a realizar.
Sistema de selección. 7.1. La provisión de la plaza convocada se efectuará siguiendo los turnos previstos en la base tercera de esta convocatoria. Dichos turnos serán resueltos, en su caso, de forma sucesiva al objeto de garantizar el orden de prelación entre las mismas. Si la plaza se provee por alguno de los turnos anteriores, según el orden de prelación, el Rector declarará concluido el procedimiento y no tendrá lugar la selección, resolución y provisión por los siguientes turnos. En este caso, la Universidad procederá a devolver de oficio los derechos de examen abonados por los aspirantes en los turnos no resueltos.
7.2. El sistema de selección para los aspirantes que se presenten por el turno I será el de concurso, aplicando el baremo que figura como Anexo I a esta convocatoria. La propuesta de adjudicación de la plaza convocada deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor puntuación, sumados todos los apartados del baremo. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad, y de persistir el empate, se adjudicará al que haya obtenido más puntos en cada apartado según el orden del baremo.
7.3. El procedimiento de selección de los aspirantes que se presenten por el turno III, previsto en esta convocatoria, será el de concurso-oposición:
a) Fase de concurso: Se valorarán los méritos profesionales de los aspirantes, aplicando el baremo que figura como Xxxxx X.
Sistema de selección. Los sistemas de selección serán los previstos en el artículo 42 de la Ley de la Función Pública de la Administración de Castilla y León, o norma que lo sustituya, utilizándose el sistema de concurso-oposición siempre que sea precisa la celebración de pruebas específicas para determinar la capacidad o aptitud de los aspirantes. Las vacantes no cubiertas por el sistema de promoción interna se acumularán al turno libre en caso de que se hubiera producido una convocatoria conjunta. Cuando la convocatoria hubiera sido realizada únicamente en régimen de promoción interna, las vacantes no cubiertas por este sistema serán objeto de convocatoria por el sistema de turno libre.
Sistema de selección. —1. Concurso de traslado. El sistema de selección para el concurso de traslado se hará mediante la aplicación de los méritos establecidos en el baremo desarrollado en el artículo 52.1.
Sistema de selección. 1.- La selección de personal laboral permanente de nuevo ingreso, se realizará por convocatoria pública de las plazas vacantes comprometidas en la Oferta de Empleo Público, mediante el sistema de Concurso-Oposición, en el que la calificación global de los aspirantes se determinará mediante la suma ponderada de las puntuaciones obtenidas en la fase oposición y en la fase de concurso, correspondiendo a aquélla el 70% del total, y a ésta el 30%.
2.- Siguiendo lo dispuesto en el Artículo 4.3.e) y de acuerdo con las Bases Generales de Convocatoria que figuran como Xxxxx XX en el presente Convenio, la Comisión Paritaria desarrollará:
2.1.- Modelos de Bases de las Convocatorias Singulares.
2.2.- Requisitos mínimos exigidos para el acceso a las diferentes categorías profesionales.
2.3.- Temarios específicos para cada categoría profesional. 2.4.- Pruebas teóricas y prácticas a realizar.
Sistema de selección. Los sistemas de selección serán la oposición, el concurso y el con- curso-oposición, y se regirán por los principios de igualdad, mérito, ca- pacidad y publicidad de acuerdo con la legislación vigente. Las vacan- tes ofertadas en la oferta de empleo público serán cubiertas preferente- mente por el sistema de oposición. Cuando se recurra al concurso o al concurso-oposición el órgano convocante correspondiente fijará la lista de méritos y su valoración con los límites, en cuanto a los baremos, señalados en el artículo 30. Caso de utilizarse el concurso-oposición habrá que superar la oposi- ción para entrar en la fase de concurso.
Sistema de selección. El proceso de selección de aspirantes comprenderá las fases, pruebas y valoración de méritos previstas en el Anexo I de estas bases, siendo el programa previsto en el Anexo III común para los puestos de trabajo indicados en el Anexo I.1 y I.2 de la presente convocatoria. La convocatoria establece una prueba diferenciada para cada puesto de trabajo: prueba 1 (para los puestos de trabajo de Reparto y Agente/clasificación) y prueba 2 (para el puesto de trabajo de Atención al cliente). Los/as aspirantes podrán optar a presentarse a una o a las dos pruebas previstas para los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria. Ante las diversas variables que pueden darse en la actualidad con respecto a la crisis sanitaria de la COVID 19, todas las pruebas (general y específica de conocimiento de idioma) se celebrarán atendiendo a las circunstancias sanitarias existentes a la fecha de su realización, de conformidad con las indicaciones de las Autoridades Sanitarias competentes en la materia. Una vez realizada la prueba, el órgano de selección publicará el cuestionario de la misma y la plantilla de respuestas correctas. Finalizada la calificación de la prueba general, se posibilitará que los/as candidatos/as puedan consultar su número de respuestas correctas, y se abrirá un período de reclamaciones de 7 días naturales. Finalizado el período de reclamación, podrá consultar nuevamente el número de respuestas correctas finalmente obtenidas. La superación de la prueba por el Órgano de Selección se determinará de forma objetiva en base al siguiente criterio: Se seleccionarán los/las candidatos/as con el mayor número de preguntas acertadas, ordenados/as de mayor a menor, conforme a los siguientes parámetros: Para los puestos de Xxxxxxx 0, Xxxxxxx 0 x Xxxxxx/xxxxxxxxxxxxx se aplicará la siguiente escala en función del número de los puestos de trabajo ofertados en la provincia: - Hasta 15 puestos de trabajo ofertados, una ratio de 8 candidatos/as por puesto ofertado siempre que al menos hayan contestado correctamente la mitad de las preguntas; - Entre 16 y 60 puestos de trabajo ofertados, una ratio de 6 candidatos/as por puesto ofertado siempre que al menos hayan contestado correctamente la mitad de las preguntas; - Más de 60 puestos de trabajo ofertados, una ratio de 4 candidatos/as por puesto ofertado siempre que al menos hayan contestado correctamente la mitad de las preguntas. Para los puestos de Atención al Cliente se aplicará la siguiente escala en función del número de...
Sistema de selección. Los peones agrícolas serán seleccionados mediante concurso/oposición con arreglo al siguiente baremo:
a Fase de concurso: hasta 3 puntos - Estar en posesión del carnet de plaguicidas de uso agrícola, 1 punto - Por experiencia laboral mínima de tres meses en plantaciones hortícolas de carácter ecológico, 0.2 puntos por cada mes, o fracción igual o superior a 10 días, hasta un máximo de 2 puntos. Esta experiencia laboral deberá ser acreditada, bien con la presentación de contrato de trabajo.
b Fase de oposición: hasta 10 puntos - Demostrar destreza en la realización de diversas faenas agrarias: manejo del tractor, manejo xx xxxx mecánica, conocimiento xxx xxxxx por goteo, reconocimiento de plantas, tratamiento ecológico de plantas, reconocimiento de herramientas, pruebas de faenas agrarias… - La determinación de estas faenas y labores agrícolas será realizada y valorada por el Tribunal Calificador, figurando, en calidad de observador, el coordinador de los trabajos de campo de “Xxxxxx Ecoánime Saucedilla”.
Sistema de selección. El procedimiento de selección consistirá en una fase de con- curso que se llevará a cabo mediante la valoración de los méri- tos presentados y objeto de puntuación, que vendrá determi- nada por la suma de las puntuaciones de los méritos valorados para cada aspirante, y otra de oposición.
A) Fase de concurso