Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato Cláusulas de Ejemplo

Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato. ☐ PROCEDE: (definir) ☒ NO PROCEDE
Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato. El contratista se obliga a realizar el objeto del contrato en las condiciones determinadas por los pliegos de condiciones. La Diputación se obliga al pago del precio por el servicio realizado a total satisfacción del Servicio de Recursos Humanos.
Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato. Los derechos y obligaciones derivados de este contrato son los que se establecen en estas condiciones contractuales, en las prescripciones técnicas del proyecto así como en el presupuesto en su caso o anexos a los anteriores, en cuanto no se opongan al TRLCSP y a las demás normas en vigor reguladoras de los contratos de las Administraciones Públicas. De conformidad con lo estipulado en los artículos 214 y 305 del TRLCSP, será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos, de las prestaciones y servicios que realice con ocasión de la ejecución del presente contrato, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración (Ejército de Tierra) o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, el empresario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, seguridad social, y de seguridad e higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicará responsabilidad alguna para la Administración. Para ello deberá aportar el documento de reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista (XXXXX XX). Asimismo, en caso de que alguna de las características técnicas incluidas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas estuviera amparada por algún derecho de patente o de propiedad industrial legalmente reconocido, la ejecución del contrato correrá a riesgo y xxxxxxx del contratista, debiendo éste asumir todas las responsabilidades y gastos que pudieran derivarse de la utilización de dichos derechos de patente o de propiedad industrial, sin posibilidad alguna de solicitar a la Administración, sobre este particular, ningún tipo de compensación. El contratista tendrá obligación de guardar el sigilo sobre el contenido del contrato adjudicado. Durante el desarrollo de las obras y hasta entrega de la misma, el contratista es responsable de los defectos que en la construcción puedan advertirse. La dirección de la ejecución del contrato se llevará a cabo por el facultativo de la Administración que sea designado “director de la obra” por el órgano de contratación, asumiendo todas las funciones y competencias que la norma...
Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato. Los derechos y obligaciones específicos del contrato serán los que dimanen de la oferta finalmente aceptada.
Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato. Cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, Seguridad Social y Seguridad y Salud en el trabajo. Entregar los suministros e instalarlos en los plazos establecidos (máximo fijado de 4 meses o el inferior ofertado por el contratista) y en los lugares señalados por el responsable del contrato, y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. Serán por cuenta del adjudicatario los gastos de entrega, transporte e instalación hasta el lugar convenido.
Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato. El contratista se obliga a realizar el objeto del contrato en las condiciones determinadas por los pliegos de condiciones. La Diputación se obliga al pago del precio por el suministro realizado, contra factura expedida por la empresa adjudicataria, previa la tramitación oportuna, a total satisfacción del Servicio de Centros Comarcales y Taller. .
Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato. ☐ SI. ☒ NO.
Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato. ☒ PROCEDE: (definir): Las estipuladas en el PPT F irm ad o D ig ita lm en te e n el X xx nt am ie nt o de T ol ed o - ht tp s: //s ed e. to le do .e s - C ód ig o S eg ur o
Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato. ☐ SI.  Describir: ****** 11/06/2019 ☒ NO.
Derechos y obligaciones específicas de las partes del contrato. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en los pliegos correspondientes y a las órdenes e instrucciones concretas que se emita desde el Consorcio por responsable designado por éste. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Consorcio o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Los derechos y obligaciones derivados de este contrato son los que se establecen en este Pliego, en cuanto no se oponga a las instrucciones internas de contratación del Consorcio, así como a las demás normas en vigor reguladoras de los contratos del Sector Público en lo que sean de aplicación imperativa al Consorcio. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, el empresario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, seguridad social, y de seguridad e higiene en el trabajo. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se acusen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. El contratista, durante la vigencia de contrato, asumirá entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 trabajadores, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2 por 100 en favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más trabajadores desarrollas reglamentariamente por el RD364/2005, de 8 xx xxxxx.