Garantías y responsabilidades. La ley regula de forma específica la figura de la garantía de los inmuebles, aunque actualmente coexisten dos regímenes legales distintos, en función de si la licencia de edificación o construcción se solicitó antes del 6 xx xxxx de 2000 o después. A partir de esta fecha la garantía de los edificios está regulada por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). Según ella, los agentes intervinientes en el proceso de la edificación (promotor, proyectista, constructor, director de obra, director de ejecución de obra, ...) deben responder, en la medida que sean responsables, de los daños existentes en los plazos siguientes: ·Los daños materiales que aparezcan en el edificio en un plazo de 10 años y estén causados por defectos que afectan a la cimentación , los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio. ·Los daños materiales que aparezcan en el plazo de 3 años y estén causados por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones, que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad (por ejemplo humedades que o afecten a la estructura, defectos que anulen el aislamiento acústico, etc.) ·Los defectos en elementos de terminación o acabado durante el plazo de un año (desprendimientos en la pintura, azulejos rotos, desajustes en la grifería, etc) El plazo en cada uno de los casos empieza a contar desde la fecha de recepción y aceptación de las obras. La recepción de la obra es el acto formalizado por escrito en el que el constructor, una vez concluido el edificio, hace entrega de éste al promotor y es aceptada por éste. Todo ello se recoge en un acta que pasa a formar parte de la documentación del edificio. En la generalidad de los casos, la recepción y aceptación se entiende producida transcurridos 30 días desde el Certificado Final de Obra. Además de los plazos de garantía indicados, la ley establece un plazo de dos años para reclamar judicialmente los daños una vez hayan aparecido.
Garantías y responsabilidades. El Proveedor es responsable de todo daño o perjuicio que se cause a NOVARTIS o a terceras personas o cosas durante la realización de los servicios y/o productos objeto del Pedido, y que le sea imputable, debiendo reparar o indemnizar los daños causados, sin que le sea exigible responsabilidad alguna a NOVARTIS. El Proveedor se compromete a cumplir en todos los servicios que ofrezca y realice para NOVARTIS, la normativa establecida en el "Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica" vigente en cada momento. Les informamos que el 27 mayo de 2016 entraron en vigor unas modificaciones en el Código de Buenas Practicas de la Industria farmacéutica de FARMAINDUSTRIA, cuyo objetivo es publicar de forma individual las transferencias de valor a profesional es sanitarios realizadas a partir del 1 de enero de 2017, que se publicaran en el año 2018 y sucesivos. Se entiende por “Transferencia de Valor” cualquier pago o contraprestación directa o indirecta, en efectivo o en especie realizado a un profesional u organización sanitaria. A este respecto, el Proveedor se obliga a proporcionar a NOVARTIS, en caso de que resultara aplicable al servicio objeto de pedido, la información necesaria para llevar a cabo dicha publicación, en el formato, con la cadencia y del modo que se establezca a tal efecto. Asimismo, el Proveedor se obliga a proporcionar los documentos que acreditan dichas transferencias de valor previo requerimiento de NOVARTIS en un plazo no superior a 48 horas. En dicho requerimiento NOVARTIS proporcionará al Proveedor el procedimiento y formato en que este le deberá reportar la información. El incumplimiento por parte del Proveedor de esta obligación facultará a NOVARTIS a exigir al Proveedor una compensación por los daños y perjuicios que la falta de publicación o la publicación de datos incorrectos o inexactos pueda causar. En caso de que el Proveedor sea una organización sanitaria y el presente pedido corresponda a una colaboración y/o patrocinio, NOVARTIS publicará en su página web en el primer semestre del año natural siguiente, la transferencia de valor objeto del presente pedido, indicando el nombre de la organización sanitaria, importe de la transferencia de valor y tipología (donación, colaboración/patrocinio, prestación de servicios). Ninguna cláusula de las presentes Condiciones ni de cualquier otro documento anterior o futuro suscrito entre el Proveedor y NOVARTIS podrá de ningún modo limitar o impedir a NOVARTIS dicha publicación. Adem...
Garantías y responsabilidades. Todas las reparaciones y sustitución de repuestos que se lleven a cabo en los vehículos municipales deberán efectuarse con diligencia, y deberán estar garantizadas por la empresa adjudicataria por un período de seis meses, desde la fecha de devolución del vehículo y sin límites de kilometraje. En caso de cualquier incidencia, la empresa adjudicataria realizará todas las acciones necesarias para resolver la misma. Será responsabilidad del contratista la calidad de los trabajos objeto de este contrato, así como el control y gestión de todos los residuos que se generen, como aceites, valvulinas, neumáticos, baterías, lámparas, etc, debiendo contar para ello con el personal responsable y preparado para esta misión, ajustándose en todo momento a las normas de carácter legal establecidas en la actualidad o que en el futuro puedan promulgarse por las Administraciones del Estado, Autonómicas o Locales. De igual modo, el contratista será responsable de los accidentes, daños de cualquier naturaleza y perjuicios que pueda causar a terceros o al Municipio como consecuencia de la realización de los trabajos que exige la prestación de este servicio. Será responsabilidad del adjudicatario, notificar a la Ciudad Autónoma de Melilla de todas aquellas anomalías que se detecten en los vehículos como consecuencia de las revisiones que se realicen. La realización de trabajos defectuosos implicará la reparación inexorable de los mismos o su nueva realización por cuenta del adjudicatario. En caso de incumplimiento, la Ciudad Autónoma de Melilla podrá ordenar que esta reparación se realice en otro taller exigiéndole al adjudicatario el importe de la reparación o compensándolo con las facturas pendientes a abonar, todo ello sin perjuicio de las penalidades previstas en el Pliego Administrativo. 12
Garantías y responsabilidades. DISPOSITIVO PARA EL DISPOSITIVO, HISENSE LE OTORGA UNA GARANTÍA ESPECIAL EN LA MEDIDA EN QUE SE ESPECIFIQUE Y BAJO LOS REQUISITOS PREVIOS ESTABLECIDOS EN LA TARJETA DE GARANTÍA DEL DISPOSITIVO. EN CASO DE UN DEFECTO DEL DISPOSITIVO, NO TIENE DERECHO A NINGUNA OTRA RECLAMACIÓN CONTRA NOSOTROS. LAS LIMITACIONES ANTERIORES NO SE APLICARÁN EN CASOS DE MALA CONDUCTA, NEGLIGENCIA GRAVE O LESIONES PERSONALES. PARA EVITAR DUDAS, LA NOTA MENCIONADA NO LIMITA LA RESPONSABILIDAD DE HISENSE POR DAÑOS SEGÚN LAS DISPOSICIONES LEGALES OBLIGATORIAS. ADEMÁS, LA GARANTÍA ESPECIAL CONCEDIDA POR HISENSE NO EXCLUYE O LIMITA CUALQUIER RECLAMACIÓN CONTRACTUAL O LEGAL QUE USTED PUEDA TENER CONTRA EL VENDEDOR DEL DISPOSITIVO.
Garantías y responsabilidades. 7.1 a) El Vendedor garantiza que en el momento de la entrega, de acuerdo con el Incoterm aplicable, deberá poseer el título perfecto en relación con los Productos y que estos estarán libres de cargas y gravámenes.
Garantías y responsabilidades. En el caso de que la instalación se encuentre en periodo de garantía cualquier actuación del Servicio Técnico sobre la misma puede cancelar la validez de dicha garantía original ante el Servicio Técnico Oficial. El Cliente al firmar el parte de los servicios realizados por el Servicio Técnico, queda enterado de la citada cuestión sin que pueda exigir responsabilidad alguna al mismo. No obstante, el Servicio Técnico ofrecerá una garantía de SEIS (6) meses por las reparaciones realizadas, salvo que normativamente se disponga un plazo superior. Por FACTOR ENERGIA, S.A. Por el CLIENTE, (Firma y Sello) La garantía comienza a partir de la finalización de los trabajos realizados y se entiende total sobre la reparación efectuada e incluye los gastos de desplazamiento, piezas y mano de obra. Las actuaciones en la Instalación realizadas por personas ajenas a Servicio Técnico y los daños causados por dichas personas anulan la garantía de reparación, así como cualquier responsabilidad de Servicio Técnico y FACTOR ENERGIA no serán causa de responsabilidad:
a) Los fallos producidos en la instalación como consecuencia del manejo incorrecto de la misma por el Cliente o terceros;
Garantías y responsabilidades. Garantía del plazo para obtener la aceptación operativa (cláusula 28 de las CGC)
Garantías y responsabilidades. 10.1. BIO-CORD no garantiza la idoneidad de la Muestra o las Muestras para el tratamiento de enfermedades con terapia celular o trasplante con precursores hematopoyéticos, ni tampoco garantiza el resultado satisfactorio de dicho tratamiento, terapia o trasplante.
10.2. BIO-CORD no será responsable en caso de deterioro, pérdida o destrucción total o parcial de las Muestras, salvo que dichos eventos se produzcan como consecuencia directa de una conducta dolosa o negligente por parte de BIO- CORD.
10.3. En ningún caso, BIO-CORD será responsable, ni directa ni indirectamente, de la extracción y recogida de las Muestras por cualquier circunstancia imprevista que aconteciera durante el parto y que impidiera la obtención final de las mismas.
10.4. En todo caso, la única indemnización que, en su caso, podría asumir BIO-CORD quedará limitada a la cantidad efectivamente entregada por los Clientes, quedando expresamente excluida la referida en cláusula 3.3. del presente Contrato.
Garantías y responsabilidades. 3.1. CELERING garantiza al arrendatario que es una sociedad mercantil debidamente constituida y que las afirmaciones contenidas en este Contrato son verdaderas y correctas a la fecha de suscripción de este.
3.2. El Arrendatario garantiza que es una sociedad mercantil debidamente constituida y existente bajo las leyes de España. El Arrendador goza de plenos poderes y capacidad para subscribir el presente Contrato, así como para llevar a cabo sus obligaciones.
3.3. Ninguna afirmación hecha en el presente Contrato puede considerarse falsa a fecha de la firma del Contrato, ni puede afirmarse que se omita información que resulte fundamental para las Partes en relación con la perfección del Contrato.
Garantías y responsabilidades. (a) En el caso de los bienes, el Proveedor garantiza al Comprador que:
(i) los bienes entregados cumplirán con las especificaciones acordadas y, en el caso de que no se haya acordado ningún tipo de especificación, cumplirán con las especificaciones estándar del Proveedor y, en el caso de que el Proveedor no las tuviera, cumplirán con cualquier descripción o muestra de los bienes y, en el caso de que no hubiera ninguna descripción o muestra de los bienes, serán de buena calidad, tendrán un diseño consistente y no tendrán defectos en lo que respecta a los materiales y a su manufactura;
(ii) los bienes deberán ser adecuados para los propósitos que el Comprador haya especificado o que puedan deducirse razonablemente del contrato o de los acuerdos entre las partes respecto a este punto y, en el caso de que no exista ninguna especificación o indicación, para los propósitos para los que hayan sido diseñados; y
(iii) los bienes cumplirán con todas las leyes y disposiciones nacionales, locales y cualesquiera otras aplicables y, en especial, con todas aquellas relativas a la salud, a la protección de riesgos laborales, a la seguridad, medio ambiente, empaquetado y etiquetado y demás disposiciones aplicables, así como con toda la normativa de la Unión Europea y española relevante y con cualesquiera otras normativas, regulaciones y estándares de cualquier país que, en su caso, haya sido indicado por el Comprador en su pedido, y con las mejores prácticas del sector generalmente aceptadas.
(b) En el caso de los servicios, el Proveedor garantiza al Comprador que:
(i) a la finalización de la prestación, los servicios cumplirán con las especificaciones acordadas y, en el caso de que no se haya acordado ninguna especificación, cumplirán con las especificaciones estándar del Proveedor y, en el caso de que el Proveedor no las tuviera, cumplirán con cualquier descripción o prueba de los servicios y, en el caso de que no exista ninguna descripción o prueba de los servicios, deberán ser como mínimo de la mejor calidad exi stente en el mercado y resultar satisfactorios para el Comprador dentro de lo razonable;
(ii) los servicios se prestarán con los más altos niveles de diligencia, destreza y profesionalidad generalmente aceptados en el sector;
(iii) el Proveedor guardará en concepto de depósito gratuito y tratará con la mayor diligencia y destreza generalmente aceptados en el sector todos los artículos o materiales que el Comprador le proporcione para la prestación de los servic...