MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma. 1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.
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MESA DE CONTRATACIÓN. La 24.1.- Régimen jurídico.- El régimen jurídico de la Mesa de Contratacióncontratación será, al tratarse de un órgano colegiado, el establecido en los artículos 22 a 27 del LRJPAC y los artículos 320 del TRLCSP y 21 del RPLCSP en cuanto normativa específica.
24.2.- Designación de los miembros de la mesa de contratación.- De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda, apartado décimo y en el artículo 320 TRLCSP, así como en lo dispuesto en el artículo 21, apartado 4º, del RPLCSP y por distintos acuerdos de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albacete, se ha producido una designación permanente de los miembros que compondrán la mesa de contratación de los contratos tramitados por el Ayuntamiento de Albacete, que queda compuesta por los siguientes miembros: Secretaria/o: Jefa de Sección del Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Albacete.
24.3.- Suscripción de las Actas y visado.- Las actas de la mesa de contratación las redactará el Secretario de la mesa, quien las deberá firmar, junto con el visado de la Presidenta/ e de la mesa.
24.4.- Examen de las proposiciones, propuesta de clasificación de ofertas, requerimiento y, en su caso, adjudicación del contrato. AYUNTAMIENTO DE ALBACETE AYUNTAMIENTO DE ALBACETE
1.- Estudio de la existencia o no de ofertas incursas en bajas anormales o desproporcionadas.
2.- Si existen ofertas incursas en bajas anormales o desproporcionadas, en el informe técnico de valoración no se ha de realizar la asignación de puntos correspondientes, sino que se ha de expresar únicamente esa circunstancia, es decir, la existencia de bajas anormales y justificando de manera motivada dicha incidencia.
3.- Con posterioridad, la mesa de contratación dará trámite de audiencia a todos los licitadores, cuyas ofertas presenten valores anormales o desproporcionados a los efectos de que justifiquen sus ofertas.
4.- Cumplido el trámite de audiencia se remitirá el expediente al Servicio Promotor, a los efectos de que motivadamente informe si entiende viable dichas ofertas, en cuyo caso, las incluirá en la asignación correspondiente de puntos o, en caso contrario, si han de ser excluidas por no haber estimado la justificación sobre su viabilidad y, en este último supuesto, no las tendrá en consideración a los efectos de la asignación de los puntos. Sello de tiempo: FECHA Y HORA LOCAL 18/11/2016 13:44:23 FECHA Y HORA UTC 18/11/2016 12:44:23
5.- Como es lógico, en el supuesto de que no haya ofertas incursas en bajas anormales o desproporcionadas, en un inicio, en el informe técnico de valoración se ha de indicar este extremo y se ha de proceder en el mismo a la asignación de los puntos que le corresponden a las ofertas admitidas al procedimiento de adjudicación del contrato, según la aplicación de las fórmulas contenidas en el pliego rector del mismo. Si no se aplica el régimen de las bajas anormales o desproporcionadas, se remitirá el expediente al Servicio Promotor del contrato, a los efectos de que realice el informe técnico de valoración, con la asignación de los puntos correspondientes a los licitadores admitidos en el procedimiento de adjudicación del contrato y la consiguiente propuesta de clasificación de ofertas. Una vez asignados puntos a las diversas candidaturas, se convocará la mesa de contratación para que efectúe propuesta de clasificación de ofertas, requerimiento y, en su caso, adjudicación al órgano de contratación. Esta reunión de la mesa de contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 artículo 87 del RGLCAP tendrá carácter público y su convocatoria, con respecto a los candidatos seleccionados para la adjudicación del contrato, se anunciará en el perfil de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Públicocontratante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, licitaciones en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario ocurso, en su casoexpediente correspondiente, en el titular del órgano que tenga atribuida la función apartado de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la mismadocumentación ( xxx.xxxxxxxx.xx).
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.
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MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Corporación o un funcionario Disposición Adicional Segunda de la misma Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y actuará como Secretario un funcionario del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, queda conformada de la Corporaciónsiguiente forma: Presidente: El presidente de la Cuadrilla de Campeos-Montaña Alavesa, D. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. Formarán parte Vocales: La Gerente-Letrado de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el la Cuadrilla de Campeos-Montaña Alavesa como titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicojurídico y de control económico-presupuestario, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano Xx Xxxxx Xxxxxx Xxxx xx Xxxxxx La Técnico de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio Promoción Económica de la Corporaciónentidad, o miembros electos Xx. Xxx Xx Xxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxx. El arquitecto que tiene asignado el asesoramiento municipal, D. Xxxxxx Xxxxxx. Actuará como Secretaria la administrativa de la misma.
1.- La Mesa de Contrataciónentidad, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán Xxxxxxxxx Xxxxxxx. Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o un Anuncio específico en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientocitado perfil.
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Samples: Contract for Works
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la CorporaciónAnuncio específico en el citado perfil. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora el punto 7 de la contratación Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del sector públicoSector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará compuesta por los siguientes miembrosformada por: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx XxxxxxxGarcía, concejales Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Torrelaguna, que actuará como Presidente de la Mesa, o concejal en quien delegue en caso de ausencia. Vocales: o X. Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx XxxxxxXxxxxxxx Guisado, Secretaria o funcionario que asuma sus funciones en su ausencia. o Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xx. Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Interventora o trabajador del Ayuntamiento que asuma sus funciones en su ausencia. o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Secretario: Actuará como Secretario secretaria de la Mesa el funcionario D. de contratación Xx Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este AyuntamientoXxxxxxxx, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxxfuncionario que asuma sus funciones en caso de ausencia. La Mesa de contratación podrá solicitar el asesoramiento por parte de Enviroline S.L., Administrativo que es la empresa de asistencia técnica en eficiencia energética del AyuntamientoAyuntamiento de Torrelaguna, al tener conocimientos acreditados en la materia relacionada con el objeto del contrato.
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Samples: Suministro De Energía Eléctrica
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico- presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, Contratación estará compuesta por los siguientes miembros: ● PresidentePresidenta: Xx Xx. AlcaldeXxx Xxxxxxx Plaza Vocales: Doña Xxxxx Xxxxxx Xxxxx (Secretaria Interventora), X. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx (Brigada de Obras) y Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx (Brigada de Obras) Secretario/a: Titular: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 (Auxiliar Administrativo de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del AyuntamientoSecretaría).
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Samples: Arrendamiento
MESA DE CONTRATACIÓN. La Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas, el órgano de contratación, estará asistido por una Mesa de Contratación, formada por los siguientes miembros: Presidente: Presidirá la mesa de acuerdo con lo establecido contratación el Presidente del Patronato municipal de deportes que podrá ser sustituido por el Vicepresidente del mismo Vocales:
1. El secretario del Patronato y del Ayuntamiento, D. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, que podrá ser sustituido por el Funcionario que asuma sus funciones, en su ausencia.
2. La Sra. Interventora del Patronato y del Ayuntamiento, Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, que podrá ser sustituida por el punto 10 Funcionario que asuma sus funciones en su ausencia
3. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, personal del Patronato
4. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, personal del Patronato -Secretario: Actuará como Secretario de la Disposición Adicional Segunda Mesa, el funcionario-Tesorero del Texto Refundido de la Ley de Contratos Ayuntamiento y del Sector PúblicoPatronato-, aprobado Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx que podrá ser sustituido por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro otro funcionario de la Corporación o un funcionario El primer día hábil siguiente desde el fin del plazo de presentación de ofertas a las 12:00 horas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de San Xxxxxx de Valdeiglesias, se constituirá la Mesa de contratación a los efectos de calificación de la misma y actuará como Secretario un funcionario documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico, tablón de anuncios electrónico del Portal de la CorporaciónContratación Pública establecido en la web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Formarán parte Constituida la Mesa a los efectos de ellacalificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante fax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Así mismo, para verificar la eventual concurrencia de prohibiciones para contratar, la mesa de contratación podrá requerir al menos cuatro vocaleslicitador la presentación de certificados y documentos complementarios a los que hubiera presentado o bien pedir aclaraciones sobre estos, que deberán ser atendidas en el plazo máximo de tres (03) días. Una vez calificada la documentación y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, la Mesa determinará las empresas que se ajustan a los requisitos de solvencia que se establecen en el presente pliego. El acto público de apertura de la proposición técnica con los criterios no valorables en cifras o porcentajes se celebrará tras la apertura del sobre referente a la documentación administrativa salvo que haya que subsanar. De no ser posible la celebración del acto público en dichas fechas se comunicará a los licitadores la fecha y hora en que tendrá lugar. Abierto el acto, se dará cuenta en primer lugar del número de proposiciones presentadas y el nombre o denominación social de los licitadores, y se permitirá a los interesados que comprueben que los sobres que contienen sus ofertas se encuentran en la mesa y en las mismas condiciones en las que fueron entregados. A continuación el presidente expondrá el resultado de la calificación de la documentación presentada, de las proposiciones admitidas y de las rechazadas informando, en este último caso, de los motivos de la exclusión. Antes de la apertura del sobre 2 se invitará a los asistentes a que expongan las dudas que tuvieran y pidan en su caso las explicaciones que consideren necesarias, que serán respondidas por la mesa, pero sin que esta se pueda hacer cargo en este momento de documentos que no se hubieran presentado durante el plazo de admisión de proposiciones. La mesa rechazará aquellas ofertas que tengan enmiendas, tachaduras, rectificaciones, las que se aparten de manera sustancial del modelo establecido, comportasen un error manifiesto en el importe de la proposición, o en las que exista un reconocimiento del licitador del error padecido o muestren una inconsistencia que las haga inviables, y en general aquellas que no permitan hacer una cabal idea de la oferta presentada. Si hubiera discordancia entre los cuales estará el Secretario olas expresiones dinerarias de la oferta en letras o en números prevalecerá la cifra consignada en letras. Seguidamente, una vez emitidos, en su caso, los informes solicitados, la Mesa elevará las proposiciones junto con el titular del órgano acta y la propuesta que tenga atribuida estime pertinente, que incluirá en todo caso la función ponderación de asesoramiento jurídicolos criterios indicados, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el al órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la mismacontratación.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.
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MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, Contratación se constituirá de acuerdo conformidad con lo establecido dispuesto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP de acuerdo con el siguiente detalle: La Mesa de Contratación estará integrada por: - Titular: D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Alcalde del Ayuntamiento de Xxxx xx Xxxxxx. - Suplente: X. Xxxxx Xxxxxx Pérez Benedí, Concejal del Ayuntamiento de Xxxx xx Xxxxxx. - Vocal 1: Xxxxxx Xxxxx Xxx Xxxxxxxxxx. - Suplente Vocal 1: Xx Xxxx Xxxxx Xxxxxx, Concejal del Ayuntamiento de Xxxx xx Xxxxxx. - Vocal 2: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Concejal del Ayuntamiento de Xxxx xx Xxxxxx. - Suplente Vocal 2: Xxxx Xxxxx Barcelona Xxxxxx, Concejal del Ayuntamiento de Xxxx xx Xxxxxx. - Vocal 3: Xxxxx Xxxxxxx de Xxxx Xxxxxx, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Xxxx xx Xxxxxx. Cód. Validación: 499RE2NR35TF2YXRS49KCJ3WL | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 44 - Funcionario de la Comarca xxx Xxxxxx. - Suplente Secretario: Funcionario de la Comarca xxx Xxxxxx. El Ayuntamiento de Xxxx xx Xxxxxx podrá designar como parte integrante de la Mesa de Contratación a las personas que considere necesarias, con voz pero sin voto, para su asesoramiento técnico, tanto en materia administrativa o legal, como en la materia técnica objeto del contrato. Estas personas deberán poseer la titulación y experiencia necesarias en las materias para las que les sea solicitada su colaboración; sirviendo de apoyo técnico a las decisiones complejas que deba de tomar la Mesa de Contratación; y pudiendo realizar los informes necesarios a petición de la Mesa de Contratación, los cuales serán no vinculantes para la misma. Asimismo, y de conformidad a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, la Mesa de 14 Contratación podrá designar un RESPONSABLE DEL CONTRATO; que será una persona encargada de noviembre, en relación con el artículo 21.2 supervisar la ejecución del Real Decreto 817/2009, contrato. Asimismo podrá encargarse de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre atender a los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicolicitadores, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la mismaexplicarles las características y demás circunstancias del presente contrato.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.
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Samples: Gestión Energética Y Mantenimiento
MESA DE CONTRATACIÓN. Cód. Validación: 64393F9YRDMQF3J95ZMKKHQFE | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 16 La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. , Concejal del Ayuntamiento o D. Xxxxxx Xxxxx Xxxx Concejal del Ayuntamiento ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx X. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Guillén, Concejal del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxx. - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento, que actuaran a su vez como Secretario de la mesa. La mesa podrá solicitar informe de los Servicios Técnicos municipales.
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MESA DE CONTRATACIÓN. La Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas, el órgano de contratación, estará asistido por una Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta formada por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx XxPresidirá la mesa de contratación el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, que podrá ser sustituido por el concejal en quien delegue. AlcaldeVocales:
1. El secretario del Ayuntamiento, X. Xxxxxxx Xxxxxxx Leboso, que podrá ser sustituido por el Funcionario que asuma sus funciones, en su ausencia.
2. La Sra. Interventora del Ayuntamiento, Xxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx XxxxxxxxXxxxx, que podrá ser sustituida por el Funcionario que asuma sus funciones en su ausencia
3. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde El funcionario, Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx que podrá ser sustituida por la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx funcionaria, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● -Secretario: Actuará como Secretario de la Mesa Mesa, el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxde la Corporación, Técnico Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx que podrá ser sustituido por otro funcionario de Gestión la Corporación El primer día hábil siguiente desde el fin del plazo de este presentación de ofertas a las 12:00 horas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, se constituirá la Mesa de contratación a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico, tablón de anuncios electrónico del Portal de la Contratación Pública del Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxxcualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, Administrativo de la fecha en que se reciba y del Ayuntamientocontenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Si el licitador presenta la documentación con anterioridad al último día de finalización del plazo, de conformidad con lo previsto en este pliego, se comunicará a través del perfil del contratante y se comunicará al licitador por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción la fecha en la que se constituirá la Mesa de contratación Constituida la Mesa a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante fax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Así mismo, para verificar la eventual concurrencia de prohibiciones para contratar, la mesa de contratación podrá requerir al licitador la presentación de certificados y documentos complementarios a los que hubiera presentado o bien pedir aclaraciones sobre estos, que deberán ser atendidas en el plazo máximo de tres (03) días. Una vez calificada la documentación y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, la Mesa determinará si la entidad cumple con los requisitos establecidos en este pliego, pudiendo solicitar los informes que estime oportunos, en su caso. El acto público de apertura de la proposición –sobre B- se celebrará tras la apertura del sobre referente a la documentación administrativa salvo que haya que subsanar. De no ser posible la celebración del acto público en dichas fechas se comunicará a los licitadores la fecha y hora en que tendrá lugar. La mesa rechazará aquellas ofertas que muestren una inconsistencia que las haga inviables. La Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta que estime pertinente, al órgano de contratación, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en estos pliegos por parte de la empresa.
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Samples: Permuta De Bienes Inmuebles
MESA DE CONTRATACIÓN. Cód. Validación: 3WLZD5NPNJFGDSRJ5XT2DRNEP | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 17 La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico- presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xxmisma. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario un funcionario de la Mesa el funcionario D. Corporación. Su composición será la siguiente: • Presidente: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxxx Xxxx Xxxxx • Secretario. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx-Xxxxx Xxxxxx • Vocal: Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Del Sol • Vocal: Xxxx Xxxx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.Xxxxxxx Xxxxxxx • Vocal: Doña Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx. • Vocal: Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
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Samples: Concesión Administrativa
MESA DE CONTRATACIÓN. 8.1. La Mesa de Contratación, previamente al acto de acuerdo con lo establecido apertura de proposiciones económicas, examinará y calificará formalmente la documentación contenida en el punto 10 sobre B y si estos contienen todo lo exigido por este pliego o existen omisiones determinantes de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido exclusión o defectos materiales subsanables. Los resultados de esta calificación previa de la documentación presentada se publicarán en el tablón de anuncios de la Ayuntamiento xx Xxxxxxx de Rei., a los efectos de la notificación prevista en los artículos 59 y siguientes de la Ley de Contratos Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Sector PúblicoProcedimiento Administrativo Común. Para la subsanación de los defectos materiales observados se concederá, aprobado por si la Mesa de Contratación lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el Real Decreto Legislativo 3/2011licitador subsane el error. El cómputo de dicho plazo comenzará el día hábil inmediatamente posterior a la antedicha publicación en el tablón de anuncios de la Ayuntamiento xx Xxxxxxx de Rei.. Los sucesivos actos y trámites del procedimiento, a salvedad de aquellos que, de 14 conformidad con la normativa vigente estén sujetos a otras normas de publicidad, se publicarán mediante edictos en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Outeiro de Rei, de conformidad con el citado artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
8.2. La Mesa de Contratación estará compuesta por: Presidente: El Alcalde-Presidente, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx Vocales: El Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos don Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx. El xxxxxxx xxxxxxxx xx Xxxxxxx, xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx El primer xxxxxxxx xx Xxxxxxx, xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx. El tercer xxxxxxxx xx Xxxxxxx, xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Secretario: Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. La modificación de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora composición de la contratación del sector públicomesa de contratación, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcaldeasí como las actas de esta mesa y las declaraciones de exclusión, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán requerimientos de subsanación, o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde nuevas convocatorias de la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 mesa de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o contratación, se publicará mediante edictos en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales el tablón de anuncios de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico Outeiro de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del AyuntamientoRei.
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Samples: Construction Contract
MESA DE CONTRATACIÓN. En los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación. En caso de que se constituya la Mesa de Contratación: La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. La Mesa de ContrataciónContratación del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta quedará integrada por los siguientes miembros: ● PresidentePRESIDENTA: Xx XxDña. Alcalde, Xxxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán Xxxxx, Alcaldesa – Presidenta, o Xx Concejal en quien delegue. VOCALES
1. X. Xxxxx Xxxxx Botella, Concejal Delegado de Recursos Humanos, Contratación y Modernización de la Administración. - Suplente: D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Concejal Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxx
2. X. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Murcia, Concejal Delegado de Servicios Infraestructuras de Pedanías y Desarrollo Rural, Parques y Jardines y Alumbrado Público. - Suplente: X. Xxxxx Xxxxxxx XxxxxxxxLarrosa, Concejal Delegado de Calidad Ambiental, Energía Renovables y Cambio Climático.
3. ● VocalesX. Xxxxxx Xxxxxx Martínez, Concejal Delegado de Servicios e Infraestructuras Urbanas, Barrios y Comercio. - Suplente: CódX. Xxxxxxx Xxxxx Gea, Concejal Delegado de Hacienda y Deportes
4. ValidaciónX. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Saura, Secretario General de la Corporación - Suplente: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, El Técnico de Gestión Administración General que lo sustituya.
5. X. Xxxxxx Xxxxxxxxx García, Interventor de Fondos - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el Suplente: El funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.que lo sustituya SECRETARIO:
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Samples: Contrato Administrativo De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de De acuerdo con lo establecido previsto en el punto 10 apartado 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector PúblicoCSP, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, la Mesa de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público contratación estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratacióncontratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un empleado municipal. En las Entidades locales municipales, que tendrá las funciones previstas mancomunidades y consorcios locales, podrán integrarse en la normativa reguladora Mesa personal al servicio de las correspondientes Diputaciones Provinciales o Comunidades Autónomas uniprovinciales. En ningún caso podrá formar parte de las Mesas de contratación ni emitir informes de valoración de las ofertas, personal eventual. Podrá formar parte de la Mesa personal funcionario interino únicamente cuando no existan funcionarios xx xxxxxxx suficientemente cualificados y así se acredite en el expediente. La composición de la Mesa se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente. Se podrán constituir Mesas de Contratación permanentes. En atención a ello, y dadas las características del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx Pelahustán, con escasa plantilla de personal, con inexistencia de funcionario xx xxxxxxx actualmente en plantilla, la mesa de contratación estará formada por: Presidente Xxxxx Xxxxxx-Xxxx Xxxxxxx, Alcalde del Ayuntamiento de Pelahustán, o persona que legalmente le sustituya. Vocales: Xxxxxxxx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxx, Secretario-Interventor y Tesorero del Ayuntamiento de Pelahustán, funcionario con nombramiento interino, actuando como vocal jurídico e interventor. Xxxxxx Xxxxxxxxx, empleado laboral del Ayuntamiento de Pelahustán. Secretario: Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Secretaria administrativo, empleado laboral del Ayuntamiento de Pelahustán. La mesa quedará, formalmente, constituida con la presencia al menos de tres integrantes, entre ellos el Alcalde o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxpersona que legalmente le sustituya, Técnico que preside la mesa, el vocal jurídico e interventor, ejercido por el Secretario Interventor de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como la Corporación y el Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxmesa. La mesa de contratación, Técnico como órgano de Gestión asistencia técnica especializada, ejercerá las siguientes funciones, entre otras que se le atribuyan en esta Ley y en su desarrollo reglamentario:
a) La calificación de este Ayuntamientola documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos a que se refieren los artículos 140 y 141, y, en su caso, acordar la exclusión de los candidatos o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxxlicitadores que no acrediten dicho cumplimiento, Administrativo del Ayuntamientoprevio trámite de subsanación.
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Samples: Contrato Administrativo Mixto De Obras Y Suministros
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación del sector público, estará compuesta por misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: ● Presidente: Xx -Xx. Xx. AlcaldeXxxxxx Xxxxxx Xxxxx, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx que actuará como Presidenta de la Mesa. -X. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx XxxxxxxxHernández, Vocal (Secretario de la Corporación). ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 53JENMSEEM27H276RXHRZG6DP | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 6 de 20 - Xx Xxxxx 11 -D. Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará que actuará como Secretario de la Mesa el (funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientoayuntamiento).
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Samples: Arrendamiento De Fincas Rústicas
MESA DE CONTRATACIÓN. La El órgano competente para la valoración de las ofertas es la Mesa de Contratación, constituida de acuerdo conformidad con lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley TRLCSP, por un Presidente y un mínimo de Contratos tres vocales y Secretario. El régimen de funcionamiento de la Mesa de Contratación es el regulado en la TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo. Los actos públicos de apertura SOBRE “B” y “C” se celebrarán: Lugar Sala de Comisiones del Sector PúblicoEdificio Xxxxx del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. X/ Xxxxx Xxxxxxxxx 0 , aprobado por 0x xxxxxx 00000 - Xxxxxx Fecha y hora El señalado en el Real Decreto Legislativo 3/2011, Perfil de 14 contratante. Días de noviembrela semana: jueves. Horario: a) apertura “C: 8:30 horas. b)apertura “B”: 8:45 horas Actuaciones previas a la Mesa de Contratación. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, en la unidad administrativa municipal de Contratación se procederá a la apertura del sobre A y se hará constar la relación con de licitadores y declaraciones aportadas y documentación anexa , en su caso . Si observare defectos materiales en la declaración y documentación anexa presentada lo comunicará a los interesados y además se harán públicas en el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, Tablón de 8 xx xxxx, por el anuncios de cada contrato que se desarrolla parcialmente publica en perfil de contratante difundido en la Ley 30/2007web municipal y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error. Ahora bien, si la declaración de 30 de octubreun licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro no será admitido a la licitación. 15.-Actuación de la Corporación o un funcionario Mesa de contratación.
a) Primer acto de la misma y actuará como Secretario un funcionario Mesa de la Corporacióncontratación. Formarán parte Apertura del sobre B La Mesa de ellaContratación se constituirá y, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario osubsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, determinará los licitadores que deban ser admitidos y excluidos. En acto público comunicará las proposiciones admitidas, las rechazadas y causa o causas de su rechazo. Seguidamente, en la misma sesión y en acto público, la Mesa procederá a la apertura del SOBRES “B” CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FORMULA correspondientes a los licitadores admitidos. A continuación la Mesa de Contratación, si lo estima oportuno, acordará la remisión de los SOBRES “B” a informe/s del Departamento promotor del expediente, para el titular estudio de las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación no cuantificables por fórmulas. Asimismo, para la valoración de las proposiciones podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos. Xxxx, sin perjuicio de la intervención del órgano comité de expertos o del organismo técnico especializado a los que tenga atribuida la función hace referencia el artículo 150 de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros TRLCSP en los casos en que se designen atribuya a los criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas una ponderación inferior a la correspondiente a los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor en el mismo. En su caso, la composición de este comité es la que figura en la Carátula de este Xxxxxx. La evaluación del citado comité de expertos vinculará a la Mesa de Contratación a efectos de formular la propuesta de adjudicación del contrato.
b) Segundo acto de la Mesa de contratación. Apertura del sobre C. Una vez recibido/s y conocidos el/los informe/s solicitado/s de evaluación de criterios no cuantificables mediante fórmulas, la Mesa se constituirá y en acto público dará a conocer la ponderación asignada a las ofertas relativas a los criterios no cuantificables por fórmulas. En los casos que se haya exigido un umbral mínimo de puntuación conforme al artículo 150.4 de TRLCSP para ser admitidos a la evaluación global, se exigirá que los licitadores alcancen el umbral mínimo de puntuación, de forma que no sean tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación y no continúan el proceso selectivo las ofertas cuya puntuación no lo alcance. A continuación se procederá a la apertura del SOBRE C: CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FORMULAS de las proposiciones admitidas y a la lectura de las ofertas económicas contenidas en las mismas Se concederá un plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente al del acto celebrado para que los asistentes expongan por escrito lo que estimen oportuno sobre dicho acto.
c) Tercer acto de la Mesa de contratación. Propuesta de adjudicación. La Mesa de Contratación si lo estima oportuno, acordará la remisión de los SOBRES “C” a informe/s del Departamento promotor del expediente, para el estudio de las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación cuantificables por fórmulas. La Mesa de Contratación formulará propuesta de adjudicación al órgano de contratación una vez realizada la evaluación global de las ofertas. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación entre no adjudique el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión. Publicidad del resultado de los actos de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora . El resultado de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario actos de la Mesa de contratación se condensará en las actas de apertura de sobres .Estas actas se publicarán en el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico Tablón de Gestión anuncios de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientocada contrato que se publica en perfil de contratante difundido en la web municipal.
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Samples: Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por artículo 326 LCSP y en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. Documento Firmado Electrónicamente - CSV:FDA5588E-D231-412D-8716-ACE38CFC7FCF-152252 La autenticidad de este documento se puede comprobar en la dirección: Sede La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda LCSP, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembrosmisma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Procede: ● SÍ. Composición: - Presidente: Xx Xx. AlcaldeXxxxxx Xxxxxx, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxx. - Xx Xx Ascensión Vocales: o Xxxxx Xxxxx, Concejal Delegado de Juventud del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx. o Xxx Xxxxxx XxxxxxXxxx, Secretaria del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx. o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx de Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxx. - Secretario: Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico Jefe del Dpto. de Gestión Contratación del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del AyuntamientoXxxxxxxxxxx xx Xxxxxx.
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MESA DE CONTRATACIÓN. La 24.1.- Régimen jurídico.- El régimen jurídico de la Mesa de Contratacióncontratación será, al tratarse de acuerdo un órgano colegiado, el establecido en los artículos 22 a 27 del LRJPAC y los artículos 320 del TRLCSP y 21 del RPLCSP en cuanto normativa específica.
24.2.- Designación de los miembros de la mesa de contratación.- De conformidad con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda Segunda, apartado décimo y en el artículo 320 TRLCSP, así como en lo dispuesto en el artículo 21, apartado 4º, del Texto Refundido RPLCSP y por distintos acuerdos de la Ley Junta de Contratos Gobierno Local del Sector PúblicoAyuntamiento de Albacete, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, se ha producido una designación permanente de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el los miembros que se desarrolla parcialmente compondrán la Ley 30/2007, mesa de 30 MIE AYUNTA NTO DE ALBACETE Presidenta/ e: Vocales: Secretaria/o: Jefa de octubreSección del Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Albacete.
24.4.- Examen de las proposiciones, propuesta de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro clasificación de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ellaofertas, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario orequerimiento y, en su caso, adjudicación del contrato. MIE AYUNTA NTO DE ALBACETE 34 MIE AYUNTA NTO DE ALBACETE
1.- Estudio de la existencia o no de ofertas incursas en bajas anormales o desproporcionadas.
2.- Si existen ofertas incursas en bajas anormales o desproporcionadas, en el titular del órgano que tenga atribuida informe técnico de valoración no se ha de realizar la función asignación de asesoramiento jurídicopuntos correspondientes, y el Interventor, así como aquellos otros sino que se designen ha de expresar únicamente esa circunstancia, es decir, la existencia de bajas anormales y justificando de manera motivada dicha incidencia.
3.- Con posterioridad, la mesa de contratación dará trámite de audiencia a todos los licitadores, cuyas ofertas presenten valores anormales o desproporcionados a los efectos de que justifiquen sus ofertas.
4.- Cumplido el trámite de audiencia se remitirá el expediente al Servicio Promotor, a los efectos de que motivadamente informe si entiende viable dichas ofertas, en cuyo caso, las incluirá en la asignación correspondiente de puntos o, en caso contrario, si han de ser excluidas por no haber estimado la justificación sobre su viabilidad y, en este último supuesto, no las tendrá en consideración a los efectos de la asignación de los puntos.
5.- Como es lógico, en el supuesto de que no haya ofertas incursas en bajas anormales o desproporcionadas, en un inicio, en el informe técnico de valoración se ha de indicar este extremo y se ha de proceder en el mismo a la asignación de los puntos que le corresponden a las ofertas admitidas al procedimiento de adjudicación del contrato, según la aplicación de las fórmulas contenidas en el pliego rector del mismo. Una vez asignados los puntos a las propuestas admitidas, se convocará la mesa de contratación para que efectúe propuesta de clasificación de ofertas, requerimiento y, en su caso, adjudicación al órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio contratación. Esta reunión de la Corporaciónmesa de contratación, o miembros electos tendrá carácter público, si bien, frente a la propuesta de la mismamesa, ni contra la adjudicación del contrato, no cabe la interposición de recursos ordinarios, sino únicamente el recurso especial en materia de contratación o el contencioso ante la jurisdicción contencioso administrativa y su convocatoria, con respecto a los candidatos seleccionados para la adjudicación del contrato, se anunciará en el perfil de contratante, licitaciones en curso, en su expediente correspondiente, en el apartado de documentación ( xxx.xxxxxxxx.xx).
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.
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Samples: Service Contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembrosmisma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Su composición será la siguiente: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 9JJT9A4724LA5L9WLA5CXSQJX | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 7 de 20 16 - Xx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales Xxxxx. Concejal de Servicios del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx Los Xxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxx. Vocales: - Xx Xx Ascensión Xxxx Xxxxxx XxxxxxXxxxx Xxxxx, Secretaria Secretario del Ayuntamiento o en sustitución D. de Los Xxxxxx xx Xxxxxxx. - Xxxxxx Xxxxxxxx de la Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx. Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx de Los Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico xx Xxxxxxx. - Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx. Administrativo Ayuntamiento de Gestión Los Xxxxxx xx Xxxxxxx. Secretaria: - Xxxxx xxx Xxxxxx Cidra Xxxxxxxx. Funcionaria xx xxxxxxx. Administrativo del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del AyuntamientoLos Xxxxxx xx Xxxxxxx.
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Samples: Contrato De Obras
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 9NE7K9JSG93FWQ7LQH43AKKX5 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ xxxx://xxxx.xxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 15 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o 33 De conformidad con lo dispuesto en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxel acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 26 xx xxxxx de 2015 de constitución, concejales con carácter permanente, de la Mesa de Contratación del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Castellón de la Plana, ésta estará presidida por el Concejal Delegado de Gestión Municipal, xxx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento siendo sustituido, en los casos xx xxxxxxx, ausencia, enfermedad u otra causa legal por uno de los vocales que ostentan la condición de concejal por el orden en que aparecen relacionados en el dicho acuerdo, y formarán parte de la misma como Vocales de designación legalmente dispuesta la Titular de la Asesoría Jurídica o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico su defecto uno de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora los Letrados de la Asesoría Municipal y la Jefa del Ayuntamiento Negociado de Fiscalización Adjunta de Sección-Asesora por delegación del Interventor General Municipal o en sustitución Xx su defecto el Interventor General Municipal entendiendo avocadas las facultades delegadas por el hecho de intervenir directamente, y como Vocales de libre designación la Concejala Delegada de Participación, Igualdad y Vivienda, xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx XxxxXxxxxxx Xxx y el Concejal Delegado de Ordenación del Territorio, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx SuñerMovilidad y Área Metropolitana, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldíaxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx. ● Actuará como Secretario Secretaria de la Mesa la Jefa de la Sección de Servicios Sociales y Culturales que tramita el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico expediente de Gestión contratación o en su defecto la Jefa del Negociado de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del AyuntamientoContratación y Coordinación de Servicios Sociales.
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Samples: Catering Service Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de ContrataciónContratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xxmisma. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario un funcionario de la Mesa el funcionario D. Corporación. Su composición será la siguiente: Presidente: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx XxxxxXxxxxxx, Técnico de Gestión de este Alcalde del Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx. Secretario: Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento Vocal: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Secretario-Interventor Accidental del Ayuntamiento.
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Samples: Contract for Public Works
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Conformarán la Mesa de Contratacióncontratación: — Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Altamirano Sánchez (Alcalde-Presidente de la Corporación) o persona que legalmente le sustituya, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora actuará como Presidente de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx XxMesa. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución — D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora Vocal (Secretario de la Corporación) o quien ocupe en el momento de celebrarse la Mesa el citado puesto. — X. Xxxxxx Xxxxxxx Muñoz López, Vocal (Interventor de la Corporación) o quien ocupe en el momento de celebrarse la Mesa el citado puesto. — X. Xxxxxx Xxxxxxx Tenllado García, Vocal (Concejal de inspección de obras del Excmo. Ayuntamiento o en sustitución xx Xxxx,). — X. Xxxx Xxxxx Montes Onieva, Vocal (Concejal de Economía, Hacienda y deportes del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx). — Xx Xxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx (funcionaria xx xxxxxxx del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxx), Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará que actuará como Secretario de la Mesa. No obstante, se habilita al Sr. Alcalde para que cuando se produzcan circunstancias imprevistas, bajas laborales o situaciones análogas que tengan como consecuencia que no puedan estar presentes alguno de los cinco miembros de la Mesa o su suplente, pueda modificar esos nombramientos, sin que sea necesario publicar dicha modificación en el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del AyuntamientoBOP por no considerarse modificación xxx Xxxxxx.
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Samples: Contract for Works
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación. - X. Xxxxxx Xxxxxxxx Andrade, Alcalde-Presidente, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora actuará como Presidente de la contratación Mesa. - Xx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, concejala del sector públicoayuntamiento, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Vocal - Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Castán xx xx Xxxxxx, concejal del ayuntamiento, Vocal - La Secretaria de la Corporación o Xx persona en quien delegue, Vocal - El Interventor de la Corporación o persona en quien delegue, Vocal - Xxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx XxxxxxxxXxxxx, Vocal (Servicios Técnicos Municipales) - Xxx Xxxx Xxxxxx Sánchez Gracia (Servicios Técnicos Municipales) - Un Concejal designado por el grupo político municipal P.P. - Un Concejal designado por el grupo político municipal I.U. - Xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, funcionaria de esta Corporación que actuara como secretaria. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde Será necesario para constituirse el quórum de la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 mayoría absoluta de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx los miembros de la mesa y en todo caso, el Presidente o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxquien delegue, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como el Secretario de la mesa, la Secretaria de la Corporación y la Interventora. De conformidad con lo previsto en el artículo 21.5 del RD 817/2009 a las reuniones de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, podrán incorporarse los funcionarios o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientoasesores especializados que resulten necesarios los cuales podrán actuar con voz pero sin voto.
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Samples: Contrato De Adjudicación
MESA DE CONTRATACIÓN. La El órgano competente para la valoración de las ofertas es la Mesa de ContrataciónContratación , constituida de acuerdo conformidad con lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxxLCSP , por un Presidente y un mínimo de tres vocales y Secretario. El régimen de funcionmiento de la Mesa de Contratación es el regulado en la LCSP y sus disposiciones de desarrollo. KONTRATAZIO ZUZENDARITZA – DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN. Los actos público de apertura SOBRE “B” y “C” se celebrarán: Lugar Sala de Comisiones del Edificio Xxxxx del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. X/ Xxxxx Xxxxxxxxx 0 , 0x xxxxxx 00000 - Xxxxxx Fecha y hora El señalado en el Perfil de contratante. Días de la semana: jueves. 8:30 horas. 15.-Actuación de la Mesa de contratación.
a) Primer acto de la Mesa de Contratación .Calificación de la documentación, defectos subsanables . Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación en sesión privada, calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el SOBRE A “DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA”. A los efectos de la expresada calificación, se procederá a la apertura del sobre y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada lo comunicará verbalmente a los interesados y además se harán públicas a través de anuncios en el Tablón de Anuncios del perfil del contratante y concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación. Al margen de la subsanación a que se desarrolla parcialmente refiere el párrafo anterior, la Ley 30/2007Mesa de contratación, a efectos de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro completar la acreditación de la Corporación o un funcionario solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la misma y actuará como Secretario un funcionario declaración de admisión de las proposiciones. b)Segundo acto de la Corporaciónmesa de contratación. Formarán parte Apertura del sobre B La Mesa de ellaContratación se constituirá y, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario osubsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, en acto público comunicará las proposiciones admitidas, las rechazadas y causa o causas de su rechazo. Seguidamente , en la misma sesión y en acto público , la Mesa procederá a la apertura del SOBRES “B” CRITERIOS NO CUANTIFICABLES POR FORMULA correspondientes a los licitadores admitidos. A continuación la Mesa de Contratación, si lo estima oportuno, acordará la remisión de los SOBRES “B” a informe/s del Departamento promotor del expediente, para el titular estudio de las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación no cuantificables por fórmulas. Asimismo, para la valoración de las proposiciones podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos. Xxxx, sin perjuicio de la intervención del órgano comité de expertos o del organismo técnico especializado a los que tenga atribuida hace referencia el artículo 134.2 de la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros LCSP en los casos en que se designen atribuya a los criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas una ponderación inferior a la correspondiente a los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor en el mismo. En su caso, la composición de este comité es la que figura en la Carátula de este Xxxxxx. La evaluación del citado comité de expertos vinculará a la Mesa de Contratación a efectos de formular la propuesta de adjudicación del contrato.
c) Tercer acto de la mesa de contratación. Apertura del sobre C. Una vez recibido/s y conocidos el/los informe/s solicitado/s de evaluación de criterios no cuantificables mediante fórmulas, la Mesa se constituirá y en acto público dará a conocer la ponderación asignada a las ofertas relativas a los criterios no cuantificables por fórmulas. En los casos que se haya exigido un umbral mínimo de puntuación conforme al artículo 134.4 de la LCSP para ser admitidos a la evaluación global, se exigirá que los licitadores alcancen el umbral mínimo de puntuación, de forma que no sean tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación las ofertas cuya puntuación no lo alcance. A continuación se procedrá a la apertura del SOBRE C: CRITERIOS CUANTIFICABLES POR FORMULAS de las proposiciones admitidas y a la lectura de las ofertas económicas contenidas en las mismas Se concederá un plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente al del acto celebrado para que los asistentes expongan por escrito lo que estimen oportuno sobre dicho acto .
d) Cuarto acto de la mesa de contratación.Propuesta de adjudicación . La Mesa de Contratación si lo estima oportuno, acordará la remisión de los SOBRES “C” a informe/s del Departamento promotor del expediente, para el estudio de las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación cuantificables por fórmulas. La Mesa de Contratación formulará propuesta de adjudicación al órgano de contratación una vez realizada la evaluación global de las ofertas. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación entre no adjudique el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio contrato de acuerdo con la Corporación, o miembros electos de la mismapropuesta formulada deberá motivar su decisión.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.
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MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, y el Real Decreto 817/2009 de 8 xx Xxxx del 2009, estará presidida compuesta por un miembro el Presidente, que según el punto Tercero de la Corporación o un funcionario Sesión Extraordinaria de la misma Organización Municipal de 26 xx Xxxxx del 2007, será el Alcalde y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicojurídico del órgano de contratación, y el InterventorInterventor o quien tenga atribuida las funciones correspondientes al control económico – presupuestario del órgano, así y al menos otros dos vocales más. Actuará como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal Secretario un funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de . Conforman la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por Contratación los siguientes miembros: ● Presidente— EL PRESIDENTE: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx XxxxLucas, Técnico de Gestión (Alcalde del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Ayuntamiento) — VOCALES: — El Secretario de la Mesa Corporación o quien legalmente le sustituya. (X. Xxxxx X. Martinez del Agua.) — La Interventora de la Corporación o quien legalmente le sustituya. (Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx.) — D Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx (Concejal del area de Compras, Infraestructura y Servicios.) o quien la determinación del órgano de contratación, le sustituya — X. Xxxxxx Xxxxx Fraile, (Concejal del area de Hacienda, Desarrollo Económico y Patrimonio.) o quien a determinación del órgano de contratación le sustituya. — SECRETARIA DE LA MESA: X. Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxx, funcionaria municipal Su composición se publicará en el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxperfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días, Técnico con respecto al día señalado para la reunión a celebrar para clasificar la documentación. Para la válida constitución de Gestión la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de este Ayuntamientosus miembros, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxxy en todo caso, Administrativo el Presidente, el Secretario y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico – presupuestario del Ayuntamientoórgano.
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Samples: Contract for Works
MESA DE CONTRATACIÓN. El Órgano de Contratación de la Universidad xx Xxxxxx es el Sr. Rector Xxxxx, o quien le sustituya por delegación. Para asistirle en la adjudicación del presente contrato, nombrará una Mesa de Contratación, cuya composición contemplará las previsiones del artículo 81 del TRLCAP y 79 del RGLCAP. La Mesa de Contratación actuará de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 81 y siguientes del RGLCAP. La Mesa de Contratación examinará previamente la validez formal de los documentos contenidos en el sobre B de “Documentación Administrativa”. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados, concediendo un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación. Dicha comunicación se realizará a los interesados también mediante fax. Los defectos u omisiones apreciados serán publicados en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión Económica de la Universidad xx Xxxxxx, situado en la segunda planta de la Biblioteca Central, plaza Infanta Dña. Xxxxx s/n, c.p. 09001 xx Xxxxxx, a partir del tercer día hábil siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de licitaciones. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de una vez calificada la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el documentación a que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma refiere el apartado anterior y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario osubsanados, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida los defectos u omisiones de la función de asesoramiento jurídicodocumentación presentada, y el Interventor, así como aquellos otros procederá a determinar las empresas que se designen ajustan a los criterios de selección de las mismas, fijados en la cláusula 12ª, apartado 2 del sobre B (“Solvencia económica, financiera y técnica o profesional”) del presente pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. No obstante, el Órgano y la Mesa de Contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre las declaraciones y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del RGLCAP. Con anterioridad a la apertura de las proposiciones económicas, la documentación presentada en el sobre “C” será calificada por la Mesa conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula 9ª del presente pliego. Una vez realizadas las actuaciones previstas en los apartados anteriores, se efectuará el órgano acto público de contratación entre apertura de los sobres que contengan la oferta económica, cuya celebración se llevará a cabo en el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio lugar, día y hora que se señale en el anuncio del presente concurso en el Diario Oficial correspondiente. La Mesa determinará la proposición que en su conjunto resulte más ventajosa a favor de la Corporación, o miembros electos cual formulará propuesta de adjudicación. La propuesta de adjudicación se elevará junto con el Acta al Sr. Rector Mgfco. de la misma.
1.- La Universidad xx Xxxxxx a los efectos de: - Adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, sin atender necesariamente al valor económico de la misma o, - Declarar desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación del concurso que figuren en el Pliego. Cuando el Órgano de Contratación no adjudique el contrato, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientodeberá motivar su decisión.
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MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, febrero de 2014 y en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. La mesa de contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembrospor: ● Presidente- Presidencia: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx D. Xxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales alcalde de Montuïri, x xxxxxxx en que delegue. - Vocal 1: D. Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, funcionario administrativo del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx Montuïri, o persona en que delegue. - Xx Xx Ascensión Xxxxxx XxxxxxVocal 2: D. Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Secretaria secretario interventor del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará Montuïri y que actuará como Secretario secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientomesa.
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Samples: Contract for Services
MESA DE CONTRATACIÓN. 9.1.- La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta conformada por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx- Lo será el de la Corporación Municipal, o miembro que le sustituya. Alcalde- La Interventora. - El Secretario General. - El Arquitecto Municipal. - El Ingeniero Técnico Municipal - Un concejal del equipo de gobierno SUPLENTE. - La aparejadora municipal. - El Secretario, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán que será un funcionario municipal. - Podrán asistir como observadores un representante de cada uno de los grupos políticos con representación municipal, en cumplimiento del acuerdo plenario de fecha 31 xx xxxx de 2010.
9.2.- La Mesa de Contratación se constituirá el tercer día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 13:00 horas, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
9.3.- Si se hubiere anunciado la presentación de proposiciones por correo mediante la acreditación del resguardo correspondiente vía fax o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde telegrama, se retrasará la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario constitución de la Mesa de Contratación hasta la efectiva recepción de la proposición del licitador.
9.4.- Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxlicitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada. Posteriormente, Técnico procederá a la apertura y examen de Gestión los sobres B», que contienen los criterios cuya ponderación no dependen de un juicio de valor. Si se detectaran errores u omisiones en la documentación presentada, la Mesa concederá para efectuarla un plazo inferior a siete días, según el artículo 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx. Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este AyuntamientoPliego. A la vista de la valoración de los criterios, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientola Mesa de Contratación ordenará las proposiciones de los licitadores y las elevará al órgano de contratación.
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Samples: Contrato De Arrendamiento
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Contratación estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta integrada por los siguientes miembros: ● PresidentePresidente titular: Xx Xx. AlcaldeXxxxxx Xxxxx March Xxxxx, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx alcalde Suplente: Xxx. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Cerdà, regidora Vocales: CódVocal titular: Xx. ValidaciónXxxxxxxx Xxxxx Bennàssar, regidor Suplente: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | VerificaciónXx. Xxxxxx Xxxxxxx Capllonch, regidor Vocal titular: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxx. Xxxxxx Xxxxxxx Vicens, regidora Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. regidor Vocal titular: Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Genzor, interventor Suplente: Xx. Xxxx Xxxxx Bauzà, funcionario Vocal titular: Xxx. Xxxxxxxxx X. Adrover Cànaves, secretaria de la Corporación Suplente: Xxx. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Pons-Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx TAG Secretaria Secretaria titular: Xxx. Xxxxxxx Xxxxxx XxxxxxxPascual, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. funcionaria Suplente: Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx SuñerMorro, Tesorero Municipal o vocal nombrado funcionario Los acuerdos se adoptarán por Alcaldíamayoría simple. ● Actuará como Secretario En caso de empate decidirá el presidente con voto de calidad. Todos los componentes de la Mesa actuarán con voz y voto excepto el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxque actúe como secretario, Técnico que sólo tendrá voz. Para el cómputo de Gestión mayorías se aplicarán las normas sobre formación de este Ayuntamientovoluntad de los órganos colegiados, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxxsegún lo dispuesto en la normativa vigente, Administrativo en todo caso el presidente dispondrá del Ayuntamientovoto de calidad. La Mesa estará asistida por los asesores técnicos y el personal de la administración que se consideren convenientes. Estas personas no tendrán derecho a voto.
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Samples: Service Agreement
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de ContrataciónContratación será constituida por decreto de la Presidencia de conformidad En caso de ausencia de la Presidencia, asumirá su función la Vicepresidenta Los vocales Concejales podrán delegar su función en otro Concejal. A las reuniones de la mesa podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, actuando con voz pero sin voto. Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha de la secretaria que sólo tendrá voz. Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, el Presidente, la Secretaria, y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano. El departamento de Servicios Sociales emitirá un informe de propuesta con la valoración técnica y la correspondiente a las mejoras y económica. La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto, haga la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el párrafo siguiente. Los criterios para la adjudicación del contrato, que están directamente vinculados a la ejecución del mismo, se recogen relacionados por orden decreciente de importancia, con la ponderación que se indica:
1) CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS REQUISITOS TECNICOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y CUSTODIA DE ANIMALES ABANDONADOS : Proyecto Técnico Hasta 49 puntos RECOGIDA Y CAPTURA DE ANIMALES ABANDONADOS: 12 puntos CONTROL Y ASISTENCIA SANITARIA: 12 puntos MANTENIMIENTO Y CUSTODIA: 9 puntos FORMACIÓN ESPECIFICA DEL PERSONAL: 6 puntos COORDINACIÓN: 4 puntos CALIDAD : 6 puntos
2) CRITERIOS QUE NO SUJETOS A UN JUICIO DE VALOR:
1. Oferta económica Hasta 31 puntos
2. Mejoras a la oferta Hasta 20 puntos SUMA TOTAL ..............100. puntos 20.-APERTURA DE OFERTAS
1) A las doce horas del día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de ofertas (a estos efectos se considerará inhábil el sábado) la Mesa de Contratación examinará, a puerta cerrada, la documentación presentada por los licitadores en los sobres 1: Documentación administrativa. Se levantará acta incluyendo la relación de documentos que figuren en cada uno de los sobres. La Mesa calificará la documentación y hará pronunciamiento expreso sobre las ofertas que se ajustan a los criterios de selección y son admitidas a trámite y las rechazadas y los motivos del rechazo. Si la Mesa no hubiese observado defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se procederá seguidamente en acto público a la apertura de los sobres nº 2 correspondiente a la documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación que requieran un juicio de valor, denominados criterios subjetivos en el Pliego de Condiciones. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada lo comunicará verbalmente a los licitadores que estén presentes y lo pondrá en conocimiento de aquellos que no lo estén, concediendo un plazo no superior a tres días hábiles a contar desde la puesta en conocimiento del requerimiento, para su subsanación, mediante entrega de los documentos que corrijan o subsanen la documentación en la oficina de la Secretaria del Patronato 1ª planta, Plaza Mayor, nº 1. La falta de presentación de la fianza provisional se considerará un defecto insubsanable y provocará la retirada de la licitación de la correspondiente oferta
2) Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, la mesa declarará admitidos al procedimiento a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos, haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo.
3) En este último caso, la apertura de la documentación de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos se llevará a cabo en acto de carácter público, cuya celebración deberá tener lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa, anunciándose en la página web municipal con al menos 12 horas de antelación.
4) Se efectuará la evaluación de las ofertas conforme a los criterios dependientes de un juicio de valor y en el acto público de apertura del sobre nº 3, que se celebrará en la fecha que se señale en la página web municipal con al menos 12 horas de antelación, se dará lectura, en primer lugar, a la valoración de los aspectos técnicos.
20. 1) Clasificación de las ofertas: Igualmente el adjudicatario acreditará por escrito haber realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Asimismo acreditará haber cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios, de acuerdo con a lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011RD 171/2004, de 14 30 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxxEnero, por el que se desarrolla parcialmente el artículo 24 de la Ley 30/200731/1995, de 30 8 de octubrenoviembre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro prevención de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario oriesgos laborales, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función materia de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano coordinación de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la mismaactividades empresariales.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.
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Samples: Contract for Services
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de ContrataciónContratación la constituirán las personas que a continuación se relacionan: Presidente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Vocales: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (representante grupo PP) Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx (representante grupo PSOE) Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (representante grupo IU) Xx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx (representante grupo U.P y D) Xxxxxxxx Xxxx Xxxx (Gerente PMD) Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx (Interventora General) Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx quien actúa como Secretaria de la Mesa En caso de ausencia de la Presidencia, asumirá su función la Vicepresidencia. Los vocales representantes de acuerdo grupo político ser sustituidos en su función en otro Concejal de su grupo político. A las reuniones de la mesa podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, actuando con lo establecido voz pero sin voto. Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha de la secretaria que sólo tendrá voz. Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, el Presidente, la Secretaria, y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano. El servicios de Mantenimiento e Infraestructuras del Patronato Municipal de Deportes responsables de cada lote, emitirán un informe de propuesta con la valoración técnica y la correspondiente a las mejoras y económica. La adjudicación recaerá en el punto 10 licitador que en su conjunto, haga la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el párrafo siguiente. PLIEGOS DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y MEJORA DE ALBAÑILERIA Los criterios para la adjudicación del contrato, que están directamente vinculados a la ejecución del mismo, se recogen relacionados por orden decreciente de importancia, con la ponderación que se indica:
1) CRITERIOS SUJETOS A UN JUICIO DE VALOR Hasta 29 puntos
2) CRITERIOS QUE NO SUJETOS A UN JUICIO DE VALOR:
1. Oferta económica Hasta 51 puntos
2. Mejoras a la oferta ............................................................. Hasta 20 puntos SUMA TOTAL 100 puntos 20.-APERTURA DE OFERTAS
1) A las doce horas del día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de ofertas (a estos efectos se considerará inhábil el sábado) la Mesa de Contratación examinará, a puerta cerrada, la documentación presentada por los licitadores en los sobres 1: Documentación administrativa. Se levantará acta incluyendo la relación de documentos que figuren en cada uno de los sobres. La Mesa calificará la documentación y hará pronunciamiento expreso sobre las ofertas que se ajustan a los criterios de selección y son admitidas a trámite y las rechazadas y los motivos del rechazo. PLIEGOS DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y MEJORA DE ALBAÑILERIA Si la Mesa no hubiese observado defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se procederá seguidamente en acto público a la apertura de los sobres nº 2 correspondiente a la documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación que requieran un juicio de valor, denominados criterios subjetivos en el Pliego de Condiciones. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación administrativa presentada lo comunicará verbalmente a los licitadores que estén presentes y lo pondrá en conocimiento de aquellos que no lo estén, concediendo un plazo no superior a tres días hábiles a contar desde la puesta en conocimiento del requerimiento, para su subsanación, mediante entrega de los documentos que corrijan o subsanen la documentación en la oficina de la Disposición Adicional Segunda Secretaria del Texto Refundido de Patronato 1ª planta, Plaza Mayor, nº 1.
2) Una vez calificada la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma documentación y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario osubsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, la mesa declarará admitidos al procedimiento a los licitadores que hayan acreditado el titular cumplimiento de los requisitos, haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo.
3) En este último caso, la apertura de la documentación de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos se llevará a cabo en acto de carácter público, cuya celebración deberá tener lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa, anunciándose en la página web municipal con al menos 12 horas de antelación o mediante correo electrónico que los licitadores hayan aportado
4) Se efectuará la evaluación de las ofertas conforme a los criterios dependientes de un juicio de valor y en el acto público de apertura del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídicosobre nº 3, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano celebrará en la fecha que se señale en la página web municipal con al menos 12 horas de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio antelación, se dará lectura, en primer lugar, a la valoración de la Corporación, o miembros electos de la mismalos aspectos técnicos.
1.- La Mesa 20. 1) Clasificación de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.ofertas:
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Samples: Contrato De Servicio
MESA DE CONTRATACIÓN. 13.1.- El órgano de contratación estará asistido por una Mesa de contratación en los términos que prevén los artículos 320 del TRLCSP y el artículo 21 del Real Decreto 817/2009, de 18 xx xxxx. La Mesa de contratación, además de calificar la documentación administrativa, admitiendo y rechazando a los licitadores en su caso, elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
13.2.- Las propuestas de adjudicación que eleve la Mesa de contratación serán motivadas. La Mesa además podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto de la concesión. Si el órgano de contratación no adjudica la concesión, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de contratación, deberá motivar su decisión. Cod. Validación: GYXYG62M7YCYS3PGM76TQLNCE | Corrección: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 11 a 25
13.3.- La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo articulo 21.2 del Real Decreto decreto 817/2009, de do 8 xx xxxx, por el que se desarrolla desenvuelve parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos contratos del Sector Público sector público, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al ella por lo menos cuatro vocales, entre los cuales estará que figurará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Secretario-Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. La Mesa podrá constituirse válidamente con la asistencia, cuando menos, de su Presidente, Secretario y la mitad de sus miembros. En el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico curso de Gestión sus funciones podrá pedir los informes y el asesoramiento que considere conveniente. En las entidades locales municipales podrán integrarse en la Mesa personal al servicio de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientolas correspondientes Diputaciones Provinciales.
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Samples: Contrato De Suministro
MESA DE CONTRATACIÓN. Conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del RDL 3 / 2011 de 14 de noviembre la Mesa de contratación estará compuesta de la siguiente forma : Presidente : la Sra . Alcaldesa o el Xxxxxxxx xx Xxxxxxx que legalmente la sustituta . La Secretaria – Interventora de la Corporación , que actuará como Secretaria de la Mesa de contratación . Tres Vocales , designados por la Alcaldía entre los Concejales de la Corporación . La Presidenta gozará de voto de calidad en caso de empate La composición de la Mesa se publicará en el Perfil de contratante y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento , con carácter previo a su constitución El resultado de los actos de la Mesa de calificación, admisión o exclusión de las ofertas se publicará en el perfil del contratante , excluyendo la información que no sea susceptible de publicación de conformidad con la legislación vigente y se notificará a los licitadores. La aclaración de ofertas únicamente tendrá lugar en los supuestos previstos en el artículo9 del RDL 3 / 2011 de 14 de noviembre . La Mesa procederá a la valoración de Contratación, las proposiciones de acuerdo con lo establecido los criterios establecidos en el punto 10 pliego y elevará propuesta de adjudicación al órgano de contratación. adjudicación . El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que , dentro xx XXXX DÍAS HÁBILES desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento , presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y presente justificante de haber constituido la garantía definitiva exigida en el pliego . El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido documentación . Información - La adjudicación deberá ser motivada y será notificada a los licitadores y simultáneamente se publicará en el Perfil de contratante de la Ley de Contratos Diputación Provincial xx Xxxxxxxx , y contendrá los extremos señalados en el artículo 151 del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, RDL 3 / 2011 de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.noviembre .-
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Samples: Contrato Para La Explotación De Los Servicios De Albergue Restaurante
MESA DE CONTRATACIÓN. 11.1.- La Mesa de Contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y actuará conforme a lo previsto en el artículo 320 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el Real Decreto 817/2009, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación Mancomunidad de Servicios Xxxxx Xxxxx o un funcionario de la misma del mismo y actuará como Secretario un funcionario o Secretaria una persona funcionaria de la CorporaciónMancomunidad o, en su defecto, otro tipo de personal dependiente del órgano de contratación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio dela Mancomunidad de la CorporaciónServicios Xxxxx Xxxxx, o miembros electos de la misma.
1.- La . Las personas integrantes de la Mesa de Contratación constituida al efecto para la presente licitación son: Doña Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx o una persona miembro de la Junta Plenaria en calidad de sustituta. - Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx y una persona de la Junta Plenaria en calidad de sustituta. - Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx o una persona de la Junta Plenaria en calidad de sustituta. - Xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx o una persona de la Junta Plenaria en calidad de sustituta. - Xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx o una persona de la Junta Plenaria en calidad de Sustitución. - Xxx Xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Secretario-Interventor con funciones de asesoría jurídica y económica. - Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx o una persona de la Junta Plenaria en calidad de Sustitución. - Xxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx o una persona de la Junta Plenaria en calidad de Sustitución. Xxxxxx Xxxx Xxxxx como Secretaria de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora .
11.2.- El personal de contacto para el presente expediente de contratación será el siguiente: - Cuestiones técnicas y jurídicas: Xxxxxx de la contratación del sector públicoXxxx (CDE, estará compuesta por los siguientes miembrosConsultoría) Tfno.: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.94- 3223939
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Samples: Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. La Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas, el órgano de contratación, estará asistido por una Mesa de Contratación, formada por los siguientes miembros: Presidente: Presidirá la mesa de acuerdo con lo establecido contratación el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, que podrá ser sustituido por el concejal en quien delegue. Vocales:
1. El secretario del Ayuntamiento, X. Xxxxxxx Xxxxxxx Leboso, que podrá ser sustituido por el punto 10 Funcionario que asuma sus funciones, en su ausencia.
2. La Sra. Interventora del Ayuntamiento, Doña Rut Xxxxx Xxxxxxx, que podrá ser sustituida por el Funcionario que asuma sus funciones en su ausencia
3. El Concejal de Servicios, D. Xxxx Xxxx Xxxxxxxx., que podrá ser sustituido por el Concejal de Medio Ambiente, Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
4. La Vicesecretaría-Interventora, Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, que podrá ser sustituido por el Arquitecto Técnico, X.Xxxxxx Xxxxxxx Bravo -Secretario: Actuará como Secretario de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector PúblicoMesa, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación, Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx que podrá ser sustituido por otro funcionario de la Corporación El primer día hábil siguiente desde el fin del plazo de presentación de ofertas a las 12:00 horas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, se constituirá la Mesa de contratación a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico, tablón de anuncios electrónico del Portal de la Contratación Pública del Ayuntamiento, o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Formarán parte Constituida la Mesa a los efectos de ellacalificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante fax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Así mismo, para verificar la eventual concurrencia de prohibiciones para contratar, la mesa de contratación podrá requerir al menos cuatro vocaleslicitador la presentación de certificados y documentos complementarios a los que hubiera presentado o bien pedir aclaraciones sobre estos, entre que deberán ser atendidas en el plazo máximo de tres (03) días. Una vez calificada la documentación y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, la Mesa determinará las empresas que se ajustan a los cuales estará requisitos de solvencia que se establecen en el Secretario opresente pliego. El acto público de apertura de la proposición técnica con los criterios no valorables en cifras o porcentajes se celebrará tras la apertura del sobre referente a la documentación administrativa salvo que haya que subsanar. De no ser posible la celebración del acto público en dichas fechas se comunicará a los licitadores la fecha y hora en que tendrá lugar. Evaluados, en su caso, el titular del órgano los criterios no cuantificables previa emisión de los informes que tenga atribuida se estimen pertinentes, la función Mesa procederá en acto público a la apertura de asesoramiento jurídicolos criterios valorables en cifras o porcentajes- se notificará a los licitadores la fecha y la hora a través de fax o correo electrónico, y a través del perfil del contratante de la web municipal. Abierto el Interventoracto, así como aquellos otros se dará cuenta en primer lugar del número de proposiciones presentadas y el nombre o denominación social de los licitadores, y se permitirá a los interesados que comprueben que los sobres que contienen sus ofertas se encuentran en la mesa y en las mismas condiciones en las que fueron entregados. A continuación el presidente expondrá el resultado de la calificación de la documentación presentada, de las proposiciones admitidas y de las rechazadas informando, en este último caso, de los motivos de la exclusión. Antes de la apertura de los sobres 2 y 3 se invitará a los asistentes a que expongan las dudas que tuvieran y pidan en su caso las explicaciones que consideren necesarias, que serán respondidas por la mesa, pero sin que esta se pueda hacer cargo en este momento de documentos que no se hubieran presentado durante el plazo de admisión de proposiciones. La mesa rechazará aquellas ofertas que tengan enmiendas, tachaduras, rectificaciones, las que se designen por aparten de manera sustancial del modelo establecido, comportasen un error manifesto en el importe de la proposición, o en las que exista un reconomimiento del licitador del error padecido o muestren una inconsistencia que las haga inviables, y en general aquellas que no permitan hacer una cabal idea de la oferta presentada. Si hubiera discordancia entre las expresiones dinerarias de la oferta en letras o en números prevalecerá la cifra consignada en letras. Seguidamente, una vez emitidos, en su caso, los informes solicitados, la Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados, al órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- contratación. La Mesa hará pública las propuestas económicas presentadas y dará traslado de Contrataciónlas mismas a través del fax o correo electrónico facilitado por las empresas para que puedan alzar su oferta económica presentada a la vista de los resultados iniciales, negociando con las empresas dichas ofertas iniciales. La empresa que tendrá las funciones previstas desee alzar su oferta económica presentada inicialmente en la normativa reguladora el plazo de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente dos hábiles desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 fecha de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx envío del fax o correo electrónico a la correspondiente dirección facilitada, podrá presentar nueva propuesta económica. La propuesta económica se presentará en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales sobre cerrado en el Registro General del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión San Xxxxxx Xxxxxxde Valdeiglesias (Plaza Real,1) en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas y los sábados de 9:00 a 12:00 horas, Secretaria o bien en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la LPAC. Si alguno de los licitadores hiciera uso de la facultad de presentar sus ofertas por correo, se estará a lo que dispone el artículo 80 del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico RGCAP. Tras la presentación de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario las nuevas ofertas se celebrará una nueva convocatoria de la Mesa de contratación en la que se harán públicas las nuevas propuestas económicas. Se tendrá en cuenta la propuesta económica más alta presentada por el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxlicitador. Dicha Mesa resolverá de forma definitiva según las ofertas económicas presentadas, Técnico se tendrá en cuenta la oferta económica más alta presentada por los licitadores en la totalidad de Gestión fases. La Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de este Ayuntamientolos criterios indicados, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientoal órgano de contratación.
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Samples: Gestión Y Explotación De La Recogida De Ropa Usada Y Calzado
MESA DE CONTRATACIÓN. 8.1. La Mesa de Contratación, previamente al acto de acuerdo con lo establecido apertura de proposiciones económicas, examinará y calificará formalmente la documentación contenida en el punto 10 sobre B y si estos contienen todo lo exigido por este pliego o existen omisiones determinantes de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido exclusión o defectos materiales subsanables. Los resultados de esta calificación previa de la documentación presentada se publicarán en el tablón de anuncios de la Ayuntamiento xx Xxxxxxx de Rei., a los efectos de la notificación prevista en los artículos 59 y siguientes de la Ley de Contratos Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Sector PúblicoProcedimiento Administrativo Común. Para la subsanación de los defectos materiales observados se concederá, aprobado por si la Mesa de Contratación lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el Real Decreto Legislativo 3/2011, licitador subsane el error. El cómputo de 14 dicho plazo comenzará el día hábil inmediatamente posterior a la antedicha publicación en el tablón de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro anuncios de la Corporación o un funcionario Ayuntamiento de la misma y actuará como Outeiro de Rei..
8.2. La Mesa de Contratación estará compuesta por: Presidente: El Alcalde-Presidente, xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx Vocales: El Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos don Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx. El xxxxxxx xxxxxxxx xx Xxxxxxx, xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx. El primer xxxxxxxx xx Xxxxxxx, xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx. El tercer xxxxxxxx xx Xxxxxxx, xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx. Secretario: Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. La modificación de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora composición de la contratación del sector públicomesa de contratación, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcaldeasí como las actas de esta mesa y las declaraciones de exclusión o requerimientos de subsanación, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde se publicará mediante edictos en el tablón de anuncios de la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales Casa Consistorial del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del AyuntamientoRei.
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Samples: Contract for Works
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembrefebrero de 2014, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● 1. Presidente: Xx XxConcejal de Cultura
2. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria Accidental del Ayuntamiento o persona que en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxese momento la sustituya.
3. Secretario: X. Xxxxx Xxxxxxxx, Técnico técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora cultural o personal del Ayuntamiento que le sustituya. La mesa estará asistida por el Arquitecto Municipal o persona que en ese momento legalmente la sustituya, que actuará como asesor, a efectos de emisión de informes de valoración. La mesa se constituirá en el Salón de Actos o lugar que se determine del Ayuntamiento a las 12:00 horas xxx xxxxxx día hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones, o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxsu caso el siguiente hábil. Calificados previamente los documentos, Técnico la mesa procederá en acto público a la apertura de Gestión las ofertas admitidas y propondrá al Órgano de Contratación que adjudique el contrato al postor que oferte la proposición más ventajosa, sin que la propuesta de adjudicación cree derecho alguno a favor del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñerempresario propuesto a la Administración, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa mientras no se le haya adjudicado el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientocontrato.
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MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Codi Validació: 5XCDZR4GNZMXSWFN2WC6CLW2W | Verificació: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 9 de 28 La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx XxEl Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx o Concejal en quien delegue. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód- La Secretaria de la Corporación, Dña. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxx o persona en quien delegue. - Xx Xx Ascensión La Funcionaria Dña. Xxx Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o persona en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldíaquien delegue. ● Actuará como Secretario La Secretaria de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx XxxxxMesa, Técnico de Gestión de este AyuntamientoDña. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo persona en quien delegue. Su composición se publicará a través del Ayuntamientoperfil de contratante al publicar el anuncio de Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil.
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Samples: Contract for Services
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, y actuará conforme a lo previsto en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector PúblicoLCSP, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventorinterventor, o en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- , sin que su número, en total sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. La Mesa de ContrataciónContratación estará presidida por D.XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX , que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora Alcalde-Presidente del Ayuntamiento xx XXXXXXXX , y formarán parte de la contratación misma como vocales: -Xx Xx XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX , Secretaria-Interventora del sector públicoAyuntamiento que actuará como Secretaria de la Mesa. D XXXX XXXXXXXX XXXXXX , estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx XxAdministrativo de Administración General del ayuntamiento xx Xxxxxxxx . Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 A7KXQ4KE2L2JFZHJ5PQ7YPHNW | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 7 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento 25 Para la valoración de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de las ofertas la Mesa de Contratación podrá solicitar el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico asesoramiento de Gestión de este Ayuntamiento, técnicos o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo expertos independientes con conocimientos acreditados en las materias relacionadas con el objeto del Ayuntamientocontrato.
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Samples: Contrato De Concesión De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. La El órgano de contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta integrada por los siguientes miembros: ● • Presidente: Xx Xx. Alcaldexxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde Subdirector de Gestión y Recursos de la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 Agencia Navarra de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx XxxxxxxAutonomía y Desarrollo de las Personas y, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión como suplente, xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria Subdirectora de Valoración y Servicios de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas. • Vocal Secretario: xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Jefe de la Sección de Régimen Jurídico de Atención a la Dependencia y, como suplente, una Técnico de Administración Pública (Xxxx Xxxxxxxx). • Vocal 1: xxxx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Interventora Delegada del Ayuntamiento o Departamento de Hacienda y Política Financiera en sustitución D. el Departamento de Derechos Sociales y, como suplente, Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxx, Jefe de la Sección de Intervención. • Vocal 2: xxxx Xxx Xxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxxla Sección de Inversiones, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx XxxxObras y Suministros y, como suplente, un Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. la Sección de Inversiones, Obras y Suministros. • Vocal 3: doña Xxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Jefa de la Sección de Inversiones, Obras y Suministros de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas y, como suplente, xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx SuñerXxxxxx, Tesorero Municipal o vocal nombrado por AlcaldíaJefa del Negociado de Suministros de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas. ● Actuará La Mesa de Contratación ejercerá las funciones especificadas en el artículo 61.1 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, y podrá solicitar, antes de formular su propuesta de adjudicación al órgano de contratación, cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Se podrá nombrar como Secretario asesores de la Mesa de Contratación a técnicos que tengan experiencia en el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxsector de actividad a que se refiere el contrato, Técnico quedando sujetos a las causas de Gestión de este Ayuntamiento, abstención o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo recusación establecidas en la legislación reguladora del Ayuntamientoprocedimiento administrativo.
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Samples: Contract for Maintenance Services
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las Cód. Validación: 5QD7WD4SXEXHETSM44LJ9DN9F Verificación: xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 19 ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, febrero de 2014 y en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xxmisma. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario un funcionario de la Mesa el funcionario D. Corporación. Su composición será: Presidente: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Alcalde Vocal: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Funcionaria Vocal: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Funcionario Vocal: Xxxxxxx Xxxxx Xxxx, Funcionario Vocal y Secretaria de la Mesa: M.ª Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este AyuntamientoSecretaria-Interventora Asesora técnica: Xx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.Arquitecta
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Samples: Concesión De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa Será designada mediante acuerdo/Decreto del Órgano de ContrataciónContratación (Alcaldía) D./Dña..................................................................., con DNI número. en nombre (propio) o (de la empresa que representa)............................................ con CIF/NIF y domicilio fiscal .....................................……………………… ………………………….… en............................calle...................................................................................número. enter ado del anuncio publicado en el (perfil de contratante, BOE, BOCM, DOUE) del día................. de.............. de y de las condiciones, requisitos y obligaciones sobre protección y condiciones de trabajo que se exigen para la adjudicación del contrato de ejecución de los servicios de................................................................................................................................................................ ...................................................................se compromete a tomar a su cargo la ejecución de las mismas, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones, por un precio de ........................... Euros (en número), al que corresponde por IVA la cuantía de .....................................Euros, (en número), totalizándose la oferta en ......................Euros (en número), todo ello de acuerdo con lo establecido en el punto 10 los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la Disposición Adicional Segunda convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente. En la elaboración de esta oferta se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del Texto Refundido empleo, condiciones de la Ley trabajo y prevención de Contratos del Sector Públicoriesgos laborales. Asimismo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma compromete a aportar y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales poner a disposición del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario Becerril de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico Sierra los siguientes lotes de Gestión herramientas necesarios para la ejecución del contrato: MATERIAL Puntuación APORTA (SI/NO) 1 Radial 2 1 Taladro 2 1 Máquina para cortar azulejos 1 1 Hormigonera pequeña 4 2 Carretillas 2 2 módulos de este Ayuntamiento, andamio con sus chapas 6 4 Borriquetas 2 12 Reglas de 3 metros 5 2 Escuadras de 1 metro 1 4 Piquetas o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo Alcotanas 2 4 Mazas 1 10 Cubos 1 4 Llanas 1 4 Gavetas de amasar yeso de 50-60 cm 1 4 Cepillos de barrer 1 4 Picos 2 4 Rastrillos 2 4 Palas de punta 1 4 Metros de mano de 5 metros 1 10 Sargentos de 20 cm para obra 2 2 Tiralíneas de añil 1 4 Rollos de cuerda de atirantar 1 4 Plomadas 1 4 Niveles de mano de 1 metro 2 4 Cortafríos 1 4 Punteros 1 4 Macetas 1 4 Paletas catalanas 1 4 Paletas de punta 1 Fecha y firma del Ayuntamientolicitador.
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MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación del sector públicomisma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. De conformidad con lo dispuesto en el apartado anterior, estará compuesta por conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: ● Presidente 1º Vocal: Xx Secretaria Acctal., Xx. AlcaldeXx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, X. o funcionario en quien delegue. 2º Vocal: Interventor Acctal.: D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Castán Xxxxxxx, o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocalesfuncionario en quien delegue 3º Vocal: Cód. ValidaciónArquitecto Técnico: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, o funcionario en quien delegue. 4º Vocal: Arquitecto Municipal: D. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx o funcionario en quien delegue. 5º Vocal: Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, o funcionario en quien delegue. 6º Vocal: Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxx, o funcionario en quien delegue. 7º Vocal: Xxxxx Xxxx Xxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión o concejal en quien delegue. 8º Vocal: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, o concejal en quien delegue. 9º Vocal: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, o funcionario en quien delegue. 10º Vocal: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, o funcionario en quien delegue. Secretaria de la Mesa: Xx. Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Personal del Ayuntamiento o funcionario en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientoquien delegue.
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Samples: Contrato De Concesión De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Su composición se publicará a través del sector público, perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil. A tal efecto la Mesa de Contratación para esta licitación estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx X. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Alcalde del Ayuntamiento. Vocales: Xx. AlcaldeXxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, X. Xxxxxxx Secretaria- Interventora del Ayuntamiento y D. Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, concejales personal laboral del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Ayuntamiento. Secretaria: Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx XxxxxxXxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.
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Samples: Contrato Administrativo De Obras
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembrefebrero de 2014, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Su composición se publicará a través del sector públicoperfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un Anuncio específico en el citado perfil. — Xxxxx Manzanos Xxxxxxxx, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx XxAlcaldesa, actuará como Presidente de la Mesa. Alcalde, X. Xxxxxxx — Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Secretario-Interventor en funciones, Vocal. — Xxxx Xxxxx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx arquitecto municipal, vocal. —Xxxxxx Xxxxxxxx XxxxXxxxxx San Xxxxxxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará que actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Mesa. Tendrán que estar presentes al menos 3 de estos 4 miembros. Están invitados a la apertura, y tendrán voz pero no voto los siguientes concejales: —Xxxxx Xxxxx xxx Xxxxx, Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx. — Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este AyuntamientoXxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx. — Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.Concejal con la delegación en Cultura y festejos. —Xxxxxxxxx Xxxxxxx San Xxxxxx
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Samples: Contract for Works
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. La mesa de contratación del sector público, estará compuesta formada por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx XxConcejal de Cultura.- Dña. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Vocal: El Secretario de la Mesa el Corporación.- X. Xxxxxx de Xxxxx Xxxxxx. Secretario: Un funcionario municipal.- D. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico Xxxxxxx. Miembros sustitutos: Presidente: Concejal de Gestión de este Ayuntamiento, o Obras.- X. Xxxxx Xxxxxxx Arias. Secretario.- Un funcionario municipal.- X. Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del AyuntamientoXxxxxxxx Barona Matía.
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Samples: Contract of Lease
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, desarrollando las funciones que en ella se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 7 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ellala misma, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx de carrerea o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- misma , sin que su número, en total, sea inferior a tres. La composición de la Mesa de ContrataciónContratación en aquellos contratos cuyo órgano de contratación competente resulta ser la Junta de Gobierno, que tendrá las funciones previstas en como es el caso, atenderá a la normativa reguladora designación de miembros permanentes efectuada por la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 Junta de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales Gobierno Local del Ayuntamiento de Gorliz en fecha 13 de diciembre de 2018, y que queda como sigue: - Presidenta: Titular: Alcaldesa de Gorliz. Suplente: 2ª Xxxxxxxx xx Xxxxxxx. - Vocal 1: Titular: Secretario/a del Ayuntamiento de Gorliz. -Vocal 2 Titular: Interventor/a del Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxx. -Xxxxx 0: Titular: Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo personal laboral del Ayuntamiento. -Secretario: Titular: Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Suplente: Xx. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
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Samples: Contrato Administrativo De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 diez de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, caso el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La . Actuará como secretario un funcionario de la Corporación. Conforman la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora : -El Secretario-Interventor de la contratación del sector públicoCorporación, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: D. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx. -1ª Teniente-Alcalde y Concejal Delegada de Hacienda y Personal de la Corporación, Xx XxXxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx -2º Teniente-Alcalde y Concejal Delegado de Medio Ambiente y Rural, Agricultura, Industria, Obras y Servicios, de la Corporación, D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx. Alcalde-3º Teniente-Alcalde y Concejal Delegado de Bienestar Social, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Deporte, y Protección Civil, de la Corporación, D. Xxxxx Xxxxxxx XxxxxxxxXxxxx. ● Vocales: Cód-Un representante de cada uno de los grupos políticos que integran la Corporación (3). Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde -Un funcionario de la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx XxxxxxxCorporación, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. En el supuesto de que algún miembro de la mesa no pudiera formar parte de la misma, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico lo comunicará al órgano de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldíacontratación que designará su suplente. ● Actuará como Secretario A las reuniones de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxpodrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados, Técnico que resulten necesarios, según la naturaleza de Gestión los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto. Podrá la Mesa solicitar de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientolos técnicos competentes los informes que estime oportunos para valorar adecuadamente los criterios de valor que recogen los pliegos.
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MESA DE CONTRATACIÓN. Cód. Validación: ARN7JC2A7FAM3DTJGHNEYRJKE | Verificación: xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 42 La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xxmisma. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario un funcionario de la Mesa el funcionario D. Corporación. Su composición será la siguiente: Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Funcionaria del Ayuntamiento, o Xx Xxx . Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Administrativo . Funcionaria del Ayuntamiento.
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Samples: Concesión De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. La Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas, el órgano de contratación, estará asistido por una Mesa de Contratación, formada por los siguientes miembros: Presidente: Presidirá la mesa de acuerdo con lo establecido contratación el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, que podrá ser sustituido por el concejal en quien delegue. Vocales:
1. El secretario del Ayuntamiento, X. Xxxxxxx Xxxxxxx Leboso, que podrá ser sustituido por el punto 10 Funcionario que asuma sus funciones, en su ausencia.
2. La Sra. Interventora del Ayuntamiento, Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, que podrá ser sustituida por el Funcionario que asuma sus funciones en su ausencia
3. El Concejal de Infraestructuras, D. Xxxx Xxxx Xxxxxxxx., que podrá ser sustituido por la Concejal de Educación, Igualdad y Juventud, Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
4. El Jefe de negociado de Recursos Humanos, Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, que podrá ser sustituido por la empleada del Departamento de Educación. Xxxxxx de Xxxxxxxxx Xxxxxx -Secretario: Actuará como Secretario de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector PúblicoMesa, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación, Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx que podrá ser sustituido por otro funcionario de la Corporación El primer día hábil siguiente desde el fin del plazo de presentación de ofertas a las 12:00 horas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, se constituirá la Mesa de contratación a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico, tablón de anuncios electrónico del Portal de la Contratación Pública del Ayuntamiento, o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Formarán parte Constituida la Mesa a los efectos de ellacalificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante fax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Así mismo, para verificar la eventual concurrencia de prohibiciones para contratar, la mesa de contratación podrá requerir al menos cuatro vocaleslicitador la presentación de certificados y documentos complementarios a los que hubiera presentado o bien pedir aclaraciones sobre estos, entre que deberán ser atendidas en el plazo máximo de tres (03) días. Una vez calificada la documentación y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, la Mesa determinará las empresas que se ajustan a los cuales estará requisitos de solvencia que se establecen en el Secretario opresente pliego. El acto público de apertura de la proposición técnica con los criterios no valorables en cifras o porcentajes se celebrará tras la apertura del sobre referente a la documentación administrativa salvo que haya que subsanar. De no ser posible la celebración del acto público en dichas fechas se comunicará a los licitadores la fecha y hora en que tendrá lugar. Evaluados, en su caso, el titular del órgano los criterios no cuantificables previa emisión de los informes que tenga atribuida se estimen pertinentes, la función Mesa procederá en acto público a la apertura de asesoramiento jurídicolos criterios valorables en cifras o porcentajes- se notificará a los licitadores la fecha y la hora a través de fax o correo electrónico, y a través del perfil del contratante de la web municipal. Abierto el Interventoracto, así como aquellos otros se dará cuenta en primer lugar del número de proposiciones presentadas y el nombre o denominación social de los licitadores, y se permitirá a los interesados que comprueben que los sobres que contienen sus ofertas se encuentran en la mesa y en las mismas condiciones en las que fueron entregados. A continuación el presidente expondrá el resultado de la calificación de la documentación presentada, de las proposiciones admitidas y de las rechazadas informando, en este último caso, de los motivos de la exclusión. Antes de la apertura de los sobres 2 y 3 se invitará a los asistentes a que expongan las dudas que tuvieran y pidan en su caso las explicaciones que consideren necesarias, que serán respondidas por la mesa, pero sin que esta se pueda hacer cargo en este momento de documentos que no se hubieran presentado durante el plazo de admisión de proposiciones. La mesa rechazará aquellas ofertas que tengan enmiendas, tachaduras, rectificaciones, las que se designen por aparten de manera sustancial del modelo establecido, comportasen un error manifesto en el importe de la proposición, o en las que exista un reconocimiento del licitador del error padecido o muestren una inconsistencia que las haga inviables, y en general aquellas que no permitan hacer una cabal idea de la oferta presentada. Si hubiera discordancia entre las expresiones dinerarias de la oferta en letras o en números prevalecerá la cifra consignada en letras. Seguidamente, una vez emitidos, en su caso, los informes solicitados, la Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados, al órgano de contratación entre contratación. La empresa que desee bajar su oferta económica presentada inicialmente en el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio plazo de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente dos hábiles desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 fecha de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx envío del fax o correo electrónico a la correspondiente dirección facilitada, podrá presentar nueva propuesta económica. La propuesta económica se presentará en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales sobre cerrado en el Registro General del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión San Xxxxxx Xxxxxxde Valdeiglesias (Plaza Real,1) en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas y los sábados de 9:00 a 12:00 horas, Secretaria o bien en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la LPAC. Si alguno de los licitadores hiciera uso de la facultad de presentar sus ofertas por correo, se estará a lo que dispone el artículo 80 del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico RGCAP. Tras la presentación de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario las nuevas ofertas se celebrará una nueva convocatoria de la Mesa de contratación en la que se harán públicas las nuevas propuestas económicas. Se tendrá en cuenta la propuesta económica más baja presentada por el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxlicitador. Dicha Mesa resolverá de forma definitiva según las ofertas económicas presentadas, Técnico se tendrá en cuenta la oferta económica más baja presentada por los licitadores en la totalidad de Gestión fases. La Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de este Ayuntamientolos criterios indicados, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxxal órgano de contratación. Esto es, Administrativo será susceptible de negociación el precio del Ayuntamientocontrato en los términos expuestos.
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Samples: Contrato De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. 8.1. La Mesa de Contratación, previamente al acto de acuerdo con lo establecido apertura de proposiciones económicas, examinará y calificará formalmente la documentación contenida en el punto 10 sobre B y si estos contienen todo lo exigido por este pliego o existen omisiones determinantes de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido exclusión o defectos materiales subsanables. Los resultados de esta calificación previa de la documentación presentada se publicarán en el tablón de anuncios de la Ayuntamiento de Outeiro de Rei., a los efectos de la notificación prevista en los artículos 59 y siguientes de la Ley de Contratos Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Sector PúblicoProcedimiento Administrativo Común. Para la subsanación de los defectos materiales observados se concederá, aprobado por si la Mesa de Contratación lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el Real Decreto Legislativo 3/2011, licitador subsane el error. El cómputo de 14 dicho plazo comenzará el día hábil inmediatamente posterior a la antedicha publicación en el tablón de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro anuncios de la Corporación o un funcionario Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la misma y actuará como Rei..
8.2. La Mesa de Contratación estará compuesta por: Presidente: El Alcalde-Presidente, xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx Vocales: El Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos don Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx. El primer xxxxxxxx xx Xxxxxxx, xxx Xxxx Xxxxx Xxxxxx. El xxxxxxx xxxxxxxx xx Xxxxxxx, xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx. El tercer xxxxxxxx xx Xxxxxxx, xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Secretario: Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. La modificación de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora composición de la contratación del sector públicomesa de contratación, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcaldeasí como las actas de esta mesa y las declaraciones de exclusión o requerimientos de subsanación, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde se publicará mediante edictos en el tablón de anuncios de la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales Casa Consistorial del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx XxxxxxOuteiro de Rei, Secretaria del Ayuntamiento o de conformidad con lo dispuesto en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario el artículo 59 de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx XxxxxLey 30/1992, Técnico de Gestión 26 de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientonoviembre.
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Samples: Construction Contract
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación del sector público, estará compuesta por misma. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx- Dña. AlcaldeXxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, que actuará como Presidenta de la Mesa, o quien legalmente le sustituya. - D. Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, que actuará como vocal, o quien legalmente le sustituya. - Dña. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, que actuará como vocal, o quien legalmente le sustituya. - Dña. Xxxxxx Amarillo xx Xxxxxx, que actuará como vocal, o quien legalmente le sustituya. - X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión que actuará como vocal, o quien legalmente le sustituya. - Xx Xxx Xxxxxx XxxxxxxDña. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará que actuará como Secretario Secretaria de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este AyuntamientoMesa, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientoquien legalmente le sustituya.
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Samples: Contrato De Suministros
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la Cód. Validación: 6SKSEFG3C5LWC2CN7A354YG3Q | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 16 valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xxmisma. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario un funcionario de la Mesa el funcionario D. Corporación. Su composición será la siguente: Presidente: X.Xxxx X.Reja Xxxxxxxxx Secretaria: DªAntonia Prior Salas Vocales: D.Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xx Xx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xxxxx Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.Xx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx
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Samples: Concesión Administrativa
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa SÍ NO X CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN HARMONIZADA: SÍ NO DOCUMENTACIÓN DEL CONTRATO: SOBRE NÚM. 1 COMPLETO X SOBRE NÚM. 1 CON DECLARACIÓN RESPONSABLE ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Presidencia del Instituto Mallorquín de ContrataciónAsuntos Sociales (IMAS) DEPARTAMENTO O SERVICIO: Dirección Insular de Menores y Familia RESPONSABLE DEL CONTRATO:Jefe/a del Servicio de Menores y Familia OBJETO DEL CONTRATO: Servicio de acogimiento residencial de intervención terapéutica en centro de acción educativa especial para 32 menores de 6 a 17 años con problemas de conducta, en situación de desprotección y dependientes del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, y que no pueden ser acogidos en centros propios o gestionados directamente por el IMAS, según los programas que se recogen en los Pliegos de prescripciones técnicas generales y particulares de cada programa. CPV (vocabulario común de los contratos) 8 5 3 1 1 3 0 0 5 CPA (clasificación de productos para las actividades) Nomenclatura principal Nomenclatura complementaria 8 7 . 9 0 . 1 1 Número de expediente: SER 19/17 Necesidades administrativas que deben satisfacerse: Prestar el servicio de 32 plazas de acogimiento residencial de intervención terapéutica en centro de acción educativa especial a menores de 6 a 17 años, de acuerdo ambos sexos, con lo establecido problemática específica de conducta que valorada adecuadamente no se puedan atender y tratar en otro centro ordinario y de protección, menores que se encuentran en situación de desprotección y dependiente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, y que no pueden ser acogidos en los centros propios o gestionados directamente por el IMAS. Perfil del contratante: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx Se debe indicar en el punto 10 sobre núm.1 una dirección de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación correo electrónico o un funcionario número de la misma y actuará como Secretario un funcionario fax i el nombre de la Corporación. Formarán parte una persona de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por contacto para las comunicaciones con el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de y con la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación. Dividido en dos lotes de 16 plazas: El lote número 1 de 16 plazas por Programa de Intervención Terapéutica con reunificación familiar o pronóstico incierto en relación a la reunificación, que tendrá las funciones previstas de menores de 12 a 17 años. El lote número 2 de 16 plazas por Programa de Intervención Terapéutica con reunificación familiar o pronóstico incierto en relación a la normativa reguladora reunificación, de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 menores de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento6 a 13 años.
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MESA DE CONTRATACIÓN. Cód. Validación: AC2QYHTYLKWW2QH23SRFAK4KQ | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 38 La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real 00 xx xxxxxxx xx 0000 x xx xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o personal de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario un funcionario de la Mesa Corporación. Su composición se publicará a través de la página web al publicar el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico anuncio de Gestión licitación o bien se hará pública con carácter previo a su constitución a través de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientoun Anuncio específico en el citado perfil.
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Samples: Contrato De Obras
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, para el ejercicio de las funciones establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público y restantes normas complementarias, y sin perjuicio de las anteriores, de las previstas en el artículo 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx de desarrollo parcial de la LCSP, estará compuesta por: Presidente: El Alcalde. X. Xxxx Xxxxx Guerrero Será su suplente el Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx. Vocales: El Concejal Delegado de Personal, D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. Será su suplente la Concejala Delegada de Seguridad Ciudadana, Xxxx Xxxxx del Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. El Secretario General, X. Xxxxxx Xxxxx Gallardo. Será su suplente el Vicesecretario, X. Xxxx Xxxxxx Cebrián Ramírez. La Interventora de Fondos, Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx. Será su suplente la Técnico de Administración General, Xx. Xxx Xxxx Xxxxxxx. Secretario: El Administrativo de Administración General, X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Cáceres. Será su suplente el Administrativo de Administración General, X. Xxxxxx Xxxxxx Villar. Todos los miembros de la Mesa tendrán voz y voto, a excepción del Secretario que sólo tendrá voz. A las reuniones de la Mesa podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, . En caso de 30 ausencia de octubre, alguno de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro los miembros de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la CorporaciónMesa, deberán ser sustituidos por sus respectivos suplentes. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre A los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario de la Mesa el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxde Contratación les será de aplicación las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, Técnico de Gestión Régimen Jurídico de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo del AyuntamientoComún.
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Samples: Seguro De Asistencia Sanitaria
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 4WHXEYDQWNQ557NZP9EZQ7X3L | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ xxxx://xxxx.xxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 20 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o 52 De conformidad con lo dispuesto en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxel acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 26 xx xxxxx de 2015, concejales de constitución, con carácter permanente, de la Mesa de Contratación del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Castellón de la Plana, esta estará presidida por el Concejal Delegado de Gestión Municipal, Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o siendo sustituido, en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxlos casos xx xxxxxxx, Técnico ausencia, enfermedad u otra causa legal por uno de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario los Vocales de la Mesa de Contratación que ostentan la condición de Concejal, por el funcionario D. orden en que aparecen relacionados en el citado acuerdo, y formarán parte de la misma como Vocales de designación legalmente dispuesta el titular de la Asesoría Jurídica o en su defecto uno de los Letrados de la Asesoría Municipal y la Jefa del Negociado de Fiscalización, Adjunta de Sección- Asesora, por delegación del Interventor General Municipal y en su defecto, el Interventor General Municipal, y como Vocales de libre designación la Concejala Delegada de Participación, Igualdad y Vivienda, Xxxxxx Xxxxxxx Xxx, y el Concejal Delegado de Ordenación del Territorio, Movilidad y Área Metropolitana, Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx XxxxxXxxxxx. Actuará como Secretaria de la Mesa la Jefa de Sección de Servicios Sociales y Culturales o, Técnico en su defecto, la Jefa del Negociado de Gestión Contratación y Coordinación de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del AyuntamientoServicios Sociales.
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MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratacióncontratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa, de acuerdo con y actuará conforme a lo establecido previsto en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 14 26 de noviembre, febrero de 2014 y en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público Público, desarrollando las funciones que en estos se establecen. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma misma, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán formarán parte de ella, al menos cuatro como vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuidas la función de control económico-presupuestario, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La , sin que su número, en total, sea inferior a tres. Los miembros electos que, en su caso, formen parte de la Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora contratación no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la contratación del sector público, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xxmisma. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocales: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 - Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario un funcionario de la Mesa Corporación. Su composición se publicará a través del perfil de contratante al publicar el funcionario anuncio de licitación: Presidente: 2º Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx. Suplente: Alcaldesa, Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Vocales Técnicos: Arquitecto Mancomunidad Servicios Arquitectura y Xx. Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxx Suplente: Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Secretario: D. Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamiento.Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx
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Samples: Contrato De Servicios
MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación será el Órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y actuará conforme a lo previste en el Real Decreto 817/2009, desarrollando las funciones que establecen en su artículo 22.1. La Mesa de Contratación, de acuerdo conformidad con lo establecido en el punto apartado 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
1.- La Mesa de Contratación, que tendrá las funciones previstas en la normativa reguladora de la contratación del sector públicoTRLCSP, estará compuesta por los siguientes miembros: ● Presidente: Xx Xx. Alcalde, X. Xxxxxxx Xxxxxx Castán o Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. ● Vocalespor: Cód. Validación: 94ZE25C4GTSR5Z9KK2ZJ57MG9 375HRWKX52TWQEKW7HSDH3939 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 17 de 20 40 - Xx Xxxxx Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx o Diputado Delegado de la mesa de contratación: Xxxxxxx Xxxxxxxx o en sustitución D. Xxxx. X.Xxxxx Xxxxx Xxxxx XxxxxxxTenas, concejales del Ayuntamiento de Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx - Xx Xx Ascensión Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Ayuntamiento o en sustitución D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico de Gestión - Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx, Interventora del Ayuntamiento o en sustitución Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Técnico de Gestión del Ayuntamiento - X. Xxxxxxx Xxxxxxx Suñer, Tesorero Municipal o vocal nombrado por Alcaldía. ● Actuará como Secretario General de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx o funcionario en quien delegue. X. Xxxxxx Xxxxx Casas, Viceinterventor de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx o funcionario designado por Intervención. El técnico de administración general del Área de Hacienda y Régimen Interior o funcionario que le sustituya Sra. Jefe del Servicio de Contratación y Compras, Sra. Jefe de la Sección de Compras y Asuntos Generales o funcionario designado por el Servicio. Para el ejercicio de sus funciones, la Mesa podrá solicitar cuantos Informes Técnicos considere precisos. Igualmente podrá solicitar estos Informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas del presente Documento, de conformidad con lo previsto en el funcionario D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, Técnico artículo 160.1 TRLCSP. Las propuestas que no cumplan las prescripciones técnicas exigidas no serán objeto de Gestión de este Ayuntamiento, o Xx Xxx Xxxx Xxxxxxxxx, Administrativo del Ayuntamientovaloración.
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Samples: Contrato De Suministro