OTRAS SITUACIONES. ( pág.21 ) y cumple los requisitos establecidos en la norma reguladora. xxxx://xxx.xxxx.xx La realización de obra o servicio................................................................................................................................................................... .......................................................................................................................................................................................................................... teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa no pudiendo superar los 3 años ampliable a 12 meses por convenio colectivo. ( Art.15 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995 ) Atender a las exigencias circunstanciales xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos, consistentes en ............................ ........................................................................................................................................................................................................................, aún tratandose de la actividad normal de la empresa. En caso de que se concierte por un plazo inferior a la duración máxima legal o convencionalmente establecida podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes por una única vez, sin que la duración total del contrato pueda exceder dicha duración máxima (Art.15 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995) Sustituir al/a la trabajador/a , siendo la causa: Sustituir a trabajadores/as con derecho a reserva del puesto de trabajo. Sustituir a trabajadoras/es por maternidad, sin bonificación de cuotas. Sustituir a trabajadores/as excedentes por cuidados de familiares, siendo el/la trabajador/a que sustituye al excedente, perceptor/a , durante más de un año, de prestaciones por desempleo de nivel contributivo o asistencial (Disposición Adicional 14ª del Real Decreto Legislativo 1/95). Para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva. Sustituir a trabajadores/as en formación por trabajadores/as beneficiarios/as de prestaciones por desempleo Sustituir a trabajadores/as con discapacidad que tengan suspendido su contrato por incapacidad temporal, contratando a personas con discapacidad. Bonificación del 100% de las cuotas empresariales.(D.A. 9ª xx Xxx 45/2002) Sustituir a trabajadoras/es víctimas de violencia ...
OTRAS SITUACIONES. No se consideran como incumplimiento contractual que dé lugar a las acciones previstas en la cláusula décima o al pago de la sanción pecuniaria pactada, los hechos que en este contrato tienen prevista otra consecuencia, en particular:
a) La falta de constitución de la fiducia en el plazo y monto convenidos.
b) La falta de realización de gastos por el monto establecido como gasto mínimo.
c) La falta de ejecución de los gastos previstos en el presupuesto de gasto sujeto a contraprestación. En estos casos, se entiende que el productor desiste del proyecto postulado y de la futura contraprestación, y aplicarán las restricciones de participación futura previstas en el MAR. En caso de configurarse alguna de las situaciones previstas en esta cláusula, tendrá lugar la terminación del contrato, la cual se concretará con una comunicación de Proimágenes al productor manifestando la situación. Parágrafo: En circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor acreditadas por el productor, y sujeto al estudio de Proimágenes, las partes podrán pactar en acta una suspensión al contrato o definir una eventual terminación bilateral.
OTRAS SITUACIONES. No se consideran como incumplimiento contractual que dé lugar a las acciones previstas en la cláusula décima o al pago de la sanción pecuniaria pactada, los hechos que en este contrato tienen prevista otra consecuencia, en particular: ELEVENTH. Other events. The events that have a different consequence established in this contract, particularly those specified in this clause, are not considered as a breach of contract subject to the actions provided for in the tenth clause or to the payment of the agreed pecuniary penalty:
OTRAS SITUACIONES. No se consideran como incumplimiento contractual que dé lugar a las acciones previstas en la cláusula décima o al pago de la sanción pecuniaria pactada, los hechos que en este contrato tienen prevista otra consecuencia, en particular: a) La falta de constitución de la fiducia en el plazo y monto convenidos; b) La falta de realización de gastos por el monto establecido como gasto mínimo; c) La falta de ejecución de los gastos previstos en el presupuesto de gasto acogido x XXXX; d) La falta de consignación de la cobertura de costos administrativos del sistema dentro del plazo del contrato.
OTRAS SITUACIONES. Que el/la trabajador/a está desempleado/a y se encuentra incluido en alguna de las situaciones contempladas en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE 30 de diciembre), (artículo 2 apartado 5) y disposición adicional segunda, modificada por la disposición final 3ª de la Ley 44/ 2007, de 13 de diciembre, y que acredita mediante certificación emitida por los Servicios Sociales competentes de .............................................................(1) que pertenece al colectivo de : a b c d e f g h (2), recogidos en el art. 2.1 de la Ley 44/2007 ( B.O.E. de 14 de diciembre ).
OTRAS SITUACIONES. Cualquier discrepancia en las versiones de software utilizado que lleve a la imposibilidad técnica xx xxxx los archivos recibidos, llevará a considerar la entrega como no presentada, y lo mismo aplicará si el archivo(s) contiene algún virus informático o se recibe en blanco. • Por su parte, SHF emitirá su aprobación o solicitud de cambios sobre el entregable, la cual comunicará por correo electrónico o en forma escrita. • En caso de rechazo del entregable por faltarle o tener algún punto solicitado incompleto, el licitante adjudicado se compromete a completar los puntos faltantes en un lapso no mayor de 5 días hábiles bancarios contados a partir de la manifestación del rechazo.
OTRAS SITUACIONES. Cualquier otra disposición municipal ligada a situaciones de emergencia y que pudiera implicar la articulación de actuaciones rápidas e inmediatas o de uso controlado de instalaciones municipales utilizadas ante emergencias. Las actuaciones concretas ante emergencias (en los puntos B.1, B.2 y B.3) quedan circunscritas a la atención de entre 50 personas afectadas así como a un promedio de entre 7 días de duración de la situación de emergencia o climatología adversa. En caso de que, derivado de una situación de emergencia, el gasto en los conceptos de alimentación (servicio de catering) y elementos de primera necesidad (kits de higiene, kits de vestuario y/o mantas), supere la distribución financiera del presente convenio, será el Ayuntamiento de Alicante quien asuma ese incremento del gasto. Xxxx Xxxx, además, se compromete a la formación continua y teórico- práctica sus intervinientes, para hacer frente a cualquiera de las actuaciones que se prevén en el presente Convenio de colaboración; y que pueden ser derivadas de los riesgos identificados en el Plan Territorial frente a Emergencias del municipio de Alicante. Por otro lado, la Concejalía de Acción Social asume los siguientes compromisos: Aportar durante el periodo de vigencia del convenio, una subvención, previa la certificación de los servicios prestados, de veinte mil euros (20.000,00 €), con cargo a la partida 63231248947 “Convenio Xxxx Xxxx Programa de Emergencia”, gasto municipal en concepto de disponibilidad de los servicios enumerados anteriormente, a la Asamblea Local de Xxxx Xxxx de Alicante. La distribución financiera responderá a los siguientes conceptos:
a) Traslados municipales a centros de la provincia 2.500,00 € Este concepto se entenderá justificado siempre y cuando se hayan producido un mínimo de cincuenta traslados y un máximo aproximado de ochenta al año que deberán desglosarse de forma individualizada en las memorias técnicas presentadas por Xxxx Xxxx.
b) Ludoteca Operación Paso del Estrecho 5.000,00 €
b.1) Personal 4.000,00 €
b.2) Material 300,00 €
b.3) Manutención voluntarios/as 300,00 €
b.4) Bonobuses y desplazamientos 200,00 €
b.5) Gestión 200,00 € Los conceptos incluidos en el apartado b) anterior, únicamente serán abonados en el supuesto de que el servicio de ludoteca se haya prestado, debiendo justificarse de forma individualizada tanto en su vertiente económica como técnica (a través de memoria de Xxxx Xxxx que desglose las actuaciones realizadas)
c) Dispositivo complementar...
OTRAS SITUACIONES y cumple los requisitos establecidos en la norma reguladora.
OTRAS SITUACIONES. CÓDIGO DE CONTRATO
OTRAS SITUACIONES. Cualquier situación no considerada en el presente reglamento será analizada por el Comité Organizador quienes en su caso ofrecerán soluciones a los problemas que se presenten. El presente reglamento puede ser modificado en cualquier momento por el Comité Organizador.