DIVERSOS. El mantenimiento de las aeronaves es conforme al manual del fabricante, asimismo, se realizan los servicios correspondientes por horas de vuelo y anuales. Queda entendido y convenido que en caso de muerte, la compañía indemnizará el importe correspondiente a los beneficiarios designados por el personal de vuelo o falta de estos, a sus beneficiarios legales. Se conviene de manera expresa, que en caso de accidente que amerite indemnización, y de así requerirse por el Asegurado, se podrá utilizarse indistintamente y/o en forma combinada las sumas aseguradas de responsabilidad civil, gastos médicos, pagos voluntarios y búsqueda y rescate. Bienes propiedad del Asegurado amparados en todas las Secciones de la Póliza: Se amparan bienes propiedad del Asegurado o que estén bajo su responsabilidad o custodia para todas las Secciones de la póliza hasta el sublímite indicado en cada una de estas. Se agrega para toda la Partida Cláusula de Errores u Omisiones para todas las Secciones de la Póliza.
DIVERSOS. 14.1. El SMGE se reserva el derecho de Control Posterior y verificar la información proporcionada por el Postor. Los precios ofertados no sufrirán reajustes de precio hasta la conformidad de la recepción de los bienes materia del contrato. Los postores deben de tener en cuenta al formular sus propuestas, que los plazos de entrega deben ser los mas reales posibles, los mismos que se empezaran a contabilizar, a partir del día siguiente de la suscripción del Contrato. El pago se realizará dentro de los (10) días siguientes después de recepcionada la conformidad de recepción de los bienes. En todo lo no previsto en las presentes Bases será de aplicación el texto único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto. Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y demás normas complementarias. Supletoriamente son de aplicación la Ley Nº 27444- Ley de Procedimiento Administrativo General, el Código Civil Peruano y demás normas que sean aplicadas en lo pertinente. Los Postores podrán autorizar ser notificados personalmente en la sede del SMGE o a la dirección de correo electrónico que consigne al momento de registrarse como participante. Forman parte de las presentes bases todas las absoluciones a las consultas y observaciones que se hubieran presentado en las etapas del presente proceso de selección. 1 ANILLO REGULADOR DE GASES 1.500 UU 1 1 F (*) 2 APOYO DE ACERROJADO 400 UU 1 15 B (*) 3 CILINDRO DE GASES 1.500 UU 1 1 D (*) 4 CUERPO DE EMPUÑADURA DE TRANSPORTE 1.500 UU 2 (*) 5 ESTUCHE MANTO INDIVIDUAL 300 UU DE BUENA CALIDAD (4) 6 GUARDAMANO COMPLETO 1.717 PAR 2 y 3 95A al 97 (*) (**) 7 MANIJA DE ARMAR COMPLETO 1.020 UU 1 Y 2 16A al 16H (*) 8 PERCUTOR COMPLETO 1.500 UU 1 24 al 26 (*) 9 PORTA FUSIL COMPLETO DE NYLON 3.000 UU DE BUENA CALIDAD (5)
DIVERSOS. Código Concepto Import e
DIVERSOS. (a) Autoridad de J. P. Xxxxxx Securities LLC. Toda acción de los Suscriptores en virtud de este Contrato puede ser tomada por J. P. Xxxxxx Securities LLC en representación de los Suscriptores, y toda acción tomada por J. P. Xxxxxx Securities LLC será vinculante para los Suscriptores.
DIVERSOS. 1. ROTURA XX XXXXXXXXX
DIVERSOS. 13.1 El lugar de cumplimiento para nuestros suminis- tros es nuestra planta de expedición. Si debemos efectuar otras prestaciones (por ejemplo el montaje) el lugar de cumplimiento será aquel en el que se deban realizar las prestaciones. Para la obligación de pago del Cliente el lugar de cumplimiento será el banco indicado en nuestras facturas.
DIVERSOS. 3. - Programación del Resultado
DIVERSOS. 3.6.9 Daños durante el período de garantía
DIVERSOS. 7.1 La presente directiva entrará en vigencia a su recepción y se actualizará de acuerdo a normas vigentes.
DIVERSOS. Actualmente, el Fideicomiso Maestro (Medio de Pago) recibe el 100% del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF)? Favor de confirmar. Se aclara que, en términos del Contrato de Fideicomiso, a la fecha se encuentran afectas al Patrimonio del Fideicomiso el 100% de las Participaciones y del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF), que corresponden al Estado. 14.