FACTURACIÓN Y PAGOS Cláusulas de Ejemplo

FACTURACIÓN Y PAGOS. 15.1 Dentro de los DIEZ (10) días de finalizado cada mes, el Vendedor emitirá la factura correspondiente al gas natural vendido durante el mes inmediatamente anterior en Pesos, de acuerdo a lo indicado en el Apartado 14.4. El Comprador, previa verificación del cumplimiento del Vendedor de sus compromisos asumidos en el marco del ESQUEMA, deberá efectuar el pago en Pesos en la cuenta a designar por el Vendedor, con fecha de pago dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días siguientes a la finalización del mes en que se hubieran realizado las entregas del gas que se factura. El pago de las facturas presentadas fuera del plazo establecido se hará efectivo en la fecha de pago correspondiente al siguiente período mensual de suministro. 15.2 Si el día de vencimiento del pago no fuese un día habilitado para realizar operaciones bancarias en la plaza donde deba efectivizarse el pago, el mismo deberá hacerse efectivo el día hábil inmediatamente posterior. 15.3 En caso de existir desacuerdos con respecto a cualquier factura, el Comprador pagará puntualmente el importe no sujeto a controversia. 15.4 Las Partes negociarán de buena fe inmediatamente después de cualquier notificación relativa a cualquier factura que sea objeto de controversia, con la finalidad de resolver la disputa mutuamente. Si la disputa no fuese resuelta dentro de los TREINTA (30) días posteriores a haberse recibido la notificación por escrito del reclamo, entonces, a pedido de alguna de las Partes, la disputa será resuelta de conformidad con el Apartado 20 de la presente Oferta. 15.5 Producido el vencimiento del plazo para realizar cualquier pago, la xxxx será automática, aplicándose los intereses correspondientes. Cualquier suma adeudada por una Parte a la otra Parte devengará un interés por todo el período que dure la xxxx igual a la Tasa Activa Cartera General Diversas, publicada por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. Con relación a las deudas del Vendedor al Comprador, el Vendedor emitirá una nota de crédito de conformidad con este Apartado. 15.6 A los efectos del cómputo de la tasa de interés se utilizará la tasa referida en el Apartado 15.5 tal como aparece publicada por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, u otra publicación reconocida que las Partes acuerden al efecto, de no existir la mencionada anteriormente. 15.7 El Vendedor tendrá derecho a facturar al Comprador sobre la base de asignaciones preliminares de la Transportista, en caso de que las asignaciones definitivas no estuvieran disponibles. ...
FACTURACIÓN Y PAGOS. Para fines de facturación, el consumo de kWh del Generador, se determinará como la diferencia entre la energía eléctrica entregada por el Suministrador y la entregada por el Generador al Suministrador. Cuando la diferencia sea negativa, se considerará como un crédito a favor del Generador que podrá ser compensado dentro del periodo de 12 meses siguientes. De no efectuarse la compensación en ese periodo, el crédito será cancelado y el Generador renuncia a cualquier pago por este concepto. Cuando la diferencia sea positiva, se considerará como un crédito a favor del Suministrador y se facturará en la tarifa aplicable según el contrato mencionado en la cláusula octava.
FACTURACIÓN Y PAGOS. Como contraprestación por el Servicio y/o por los otros servicios contratados, el Cliente pagará a Entel las tarifas vigentes con sujeción al plan tarifario contratado. El Cliente declara conocer que los recibos de servicios podrán ser cancelados únicamente en los lugares o mediante los mecanismos de pago autorizados por Entel. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo de facturación adelantado, de ser el caso: (i) renta fija mensual por los minutos libres contratados; (ii) los cargos por los servicios adicionales prestados por Entel; y (iii) pago de los Programas de Garantía contratados en los Equipos. De haber sido contratado por el Cliente, el Servicio Internet Móvil será tasado y facturado por Entel en función a la unidad de medida establecida en el plan tarifario correspondiente. Los conceptos detallados a continuación serán pagados por ciclo de facturación adelantado, de ser el caso: (i) renta fija mensual por un número determinado de Kilo Bytes (KB), cargados y descargados por el Cliente a través del Servicio Internet Móvil, de acuerdo al plan tarifario contratado; y (ii) pago de los Programas de Garantía contratados en los Dispositivos Inalámbricos. El recibo de servicios emitido (el “Recibo”) podrá contener el cargo de la renta fija mensual prorrateada que corresponda desde la fecha de activación del Servicio y/o de los otros servicios contratados hasta la fecha de emisión del referido Recibo. Todo pago no efectuado hasta la fecha de vencimiento del Recibo constituirá al Cliente en xxxx en forma automática sin necesidad de requerimiento alguno, y generará el cobro por Entel de la tasa de interés legal fijada por el Banco Central de Reserva del Perú. La reactivación del Servicio que haya sido suspendido por causa imputable al Cliente estará sujeta a la tarifa vigente establecida por Entel, la misma que el Cliente pagará a Entel antes de la reactivación del Servicio conjuntamente con el importe adeudado a Entel, salvo pacto en contrario. Los cargos correspondientes al Servicio y/u otros servicios contratados seguirán siendo facturados al Cliente en tanto se mantengan activos el Servicio y/u los otros servicios contratados.
FACTURACIÓN Y PAGOS. El pago será efectuado al adjudicatario previa presentación, de los siguientes docu- mentos, y de acuerdo a los procedimientos oportunamente aprobados: a) copia de la orden de compra; b) constancia de recepción definitiva, o certificado de avance de obra aprobado, si correspondiera, y c) factura por el total a percibir extendida por duplicado. En el caso de obras públicas, el régimen de aprobación de certificados de avance de obra aplicable es el que se encuentre expresamente definido en el Pliego de Condicio- nes de la contratación.
FACTURACIÓN Y PAGOS. II.15.1 Garantía de prefinanciación II.15.2 Pagos intermedios y pago del saldo
FACTURACIÓN Y PAGOS. Complementando lo establecido en el artículo 51 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Servicios, para la presente Licitación Pública se establece la siguiente Cláusula Complementaria: Aguas Santafesinas S.A. cancelará las facturas correspondientes al pago del servicio prestado, a los 60 días a partir de la fecha de la presentación de la factura. ASSA podrá a su solo criterio, emitir y entregar cheques de pago diferido, como medio de pago, a partir de los 30 días de la fecha factura con vencimiento a los 60 días. Bajo ninguna circunstancia el Contratista deberá enviar a Aguas Santafesinas S.A. facturas de crédito (Ley 24.760)”.
FACTURACIÓN Y PAGOS. Todos los precios y tarifas excluyen impuestos y se incrementarán con los impuestos aplicables (incluido el IVA). El Cliente paga las Suscripciones al Servicio que suscribe. Las facturas de KIZEO son netas y sin descuento. Las facturas se envían por vía electrónica y se pagan en efectivo en el momento del pedido (salvo que se estipule lo contrario en las Condiciones Particulares).
FACTURACIÓN Y PAGOS. 1) Las facturas por servicios prestados (conformadas por Jefatura de Gabinete, o la que en un futuro la reemplace) deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos y presentados en original en la Dirección de Contaduría dentro del horario de 09 a 15 hs.. Las mismas se aprobarán dentro de los 5 (cinco) días hábiles de presentadas y serán abonada dentro de los 30 (treinta) días corridos desde la fecha de su aprobación. 2) En caso de que la factura contenga errores formales o sustanciales ante requerimiento documentado del organismo técnico competente, el contratista deberá presentar nueva factura o formular las aclaraciones pertinentes tomándose como fecha de origen para el cómputo de los plazos arriba establecidos, la fecha de aprobación de la factura correctamente aclarada, o de la aclaración efectuada. 3) En los casos en que el contratista se considere con derecho a reclamo con relación a la liquidación efectuada por la Municipalidad, el mismo deberá presentarse dentro de los 5 (cinco) días de cobrada la respectiva factura, siempre que hubiere efectuado la reserva a la que se refiere el artículo 624 del Código Civil.
FACTURACIÓN Y PAGOS. El Cliente pagará a Entel las tarifas vigentes con sujeción al plan tarifario contratado por el Servicio y/o por los otros servicios contratados. Los conceptos detallados serán pagados por ciclo de facturación adelantado, de ser el caso: (i) renta fija mensual por los minutos libres contratados; (ii) renta fija mensual por número determinado de Mega Bytes contratados a través del Servicio Internet Móvil, y (iii) los cargos por los servicios adicionales prestados por Entel. El recibo de servicios emitido (el “Recibo”) podrá contener el cargo de la renta fija mensual prorrateada que corresponda desde la fecha de activación del Servicio y/o de los otros servicios contratados hasta la fecha de emisión del referido Recibo (el “Prorrateo”) o el Cliente podrá pagar el Prorrateo al momento de la contratación del servicio.Todo pago no efectuado hasta la fecha de vencimiento del Recibo constituirá al Cliente en xxxx en forma automática sin necesidad de requerimiento alguno, y generará el cobro de la tasa de interés legal fijada por el Banco Central de Reserva del Perú. La reactivación del Servicio estará sujeta a la tarifa establecida por Entel, la cual deberá ser cancelada conjuntamente con el importe adeudado a Entel.
FACTURACIÓN Y PAGOS. Como contraprestación por el Servicio(s) contratado(s), EL CLIENTE pagará x XXXXX las tarifas vigentes con sujeción al plan tarifario contratado. Los recibos de servicios podrán ser cancelados en los lugares establecidos y mecanismos implementados por BITEL. La renta fija mensual del plan tarifario contratado será cobrada mediante el recibo de servicios y pagada por ciclo de facturación adelantado. Los consumos adicionales serán realizados a través de la adquisición de tarjetas de pago. Si la fecha de activación del Servicio no coincide con la de inicio de ciclo de facturación, EL CLIENTE pagará el valor proporcional de la tarifa mensual del Servicio(s) contratado(s). En caso EL CLIENTE no haya consumido todos los beneficios de su Plan Tarifario en el ciclo de facturación, estos no serán acumulables. Todo pago no efectuado hasta el día siguiente de la fecha de vencimiento del Recibo constituirá al CLIENTE en xxxx en forma automática sin necesidad de requerimiento alguno, y generará el cobro por BITEL de la tasa de interés legal fijada por el Banco Central de Reserva del Perú.