Obligaciones de las personas beneficiarias. Son obligaciones de las personas beneficiarias de las subvenciones, además de las recogidas con carácter general en el artículo 11 de esta orden:
a) Realizar la actividad que fundamente la concesión de la subvención durante un tiem- po mínimo de dos años, salvo cese por causas ajenas a su voluntad, lo cual deberá acre- ditar fehacientemente.
b) En el plazo máximo de cuatro semanas desde el cumplimento de los plazos de man- tenimiento de la actividad laboral como persona trabajadora autónoma la que se refiere el apartado a) de este artículo, las personas beneficiarias deberán presentar, los indica- dores de resultado inmediatos a los que se refieren los anexos I y II del Reglamento (uE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de septiembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo, a través de la aplicación Participa 1420 o según el modelo que estará su disposición en la página web de la Consellería de Economía, Empleo e Industria (xxxx://xxxxxxx.xxxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx-xxx). La administración podrá requerir la actua- lización de estos datos en el plazo de seis meses desde que finalice los citados períodos de mantenimiento de la actividad laboral, con la finalidad de formalizar los indicadores de resultado a largo plazo descritos en dicho reglamento.
c) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y de las condi- ciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que deter- minen la concesión de la subvención.
d) Facilitar la información necesaria relativa al desarrollo de la actividad, que permita dar cumplimiento a los requisitos de información a través de indicadores de productividad y resultados enumerados en el artículo 5 del Reglamento (UE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo. CVE-DOG: 2qubsm71-gdd3-p4x0-pqw2-e2xuw1ws8ih2
e) Mantener una pista de auditoría suficiente, conservar y garantizar el almacenamiento, la integridad y la seguridad de los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, durante los tres años siguientes a la certificación de los gastos a la Comisión Europea, de conformidad con el artículo 140.1 del Reglamento (UE) 1303/2013, en cuanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. La fecha de certificación de los gastos a la Comisión Europea será publicada en el Diario Oficial de Galicia.
f) Cumplir con las medidas de comunicación e información...
Obligaciones de las personas beneficiarias. 1. Los aspirantes seleccionados deberán aceptar expresamente su participación en la acción formativa y la beca formativa que le corresponda, mediante escrito dirigido a la entidad convocante.
2. El plazo para formalizar dicha aceptación será de 5 días desde la notificación de la correspondiente resolución de adjudicación.
3. En caso de no aceptación en plazo, de renuncia posterior o de incumplimiento, la plaza en la acción formativa y la beca correspondiente será ofrecida, a los siguientes candidatos, por orden de prelación, que figuren en la correspondiente lista de reserva.
4. En su caso, la renuncia de la persona beneficiaria deberá ser comunicada por escrito a la entidad convocante, siempre con carácter previo al inicio de la acción formativa y con una antelación mínima de quince días.
5. Son obligaciones de las personas beneficiarias las establecidas con carácter general en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. UNDÉCIMO.- MEDIOS DE IMPUGNACIÓN Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Paterna de Rivera, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de la Comisión de Evaluación, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Lo que se hace público para su conocimiento y efecto. En Paterna de Rivera, a 19 de Enero de 2015. ALCALDE PRESIDENTE. Fdo.: Alfonso Caravaca Morales ANEXO I SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE PARTICIPANTES EN LAS ACCIONES FORMATIVAS (TIPOLOGÍA 3.1.b), CONTEMPLADAS EN LOS ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN SOCIOLABORAL, PROYECTO Nº 70 DELFSE COFINANCIADO EN UN 80% POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO, Y ENMARCADO EN EL PLAN PROVINCIAL DE FOMENTO DEL EMPLEO LOCAL 2012-2015 (MARCO ESTRATÉGICO PROVINCIAL ...
Obligaciones de las personas beneficiarias. Las personas beneficiarias de estas ayudas asumirán las obligaciones generales recogidas en el artº 14 de la Ley general de subvenciones, deberán cumplir con carácter general, las siguientes obligaciones establecidas con carácter específico:
a) Xxxxxxxx la ayuda a la realización de las actividades subvencionadas.
b) Presentar la documentación requerida para la justificación de los gastos subvencionables acorde a la forma y tiempo establecidos.
c) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de las ayudas percibidas, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y/o inspección y, en todo caso, durante el plazo estipulado en la normativa de aplicación.
d) Llevar correctamente los libros de contabilidad, cuando esté obligada a ello.
e) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
f) Comunicar a Fomento de San Xxxxxxxxx la modificación de cualquier circunstancia, tanto subjetiva como objetiva, que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de las ayudas.
g) Facilitar cuanta información sea requerida por Fomento de San Xxxxxxxxx en el ejercicio de sus funciones respecto a las ayudas concedidas.
h) Comunicar a Fomento de San Xxxxxxxxx la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos percibidos para la misma finalidad.
i) Xxxxxxxxx, en su caso, con Fomento de San Xxxxxxxxx en las actuaciones de control financiero y de comprobación que pudiera llevar a cabo, poniendo a su disposición cuanta información y documentación le sea requerida.
Obligaciones de las personas beneficiarias. 1. La persona beneficiaria deberá mantener en su plantilla a la persona trabajadora con- tratada por un tiempo mínimo de dos años. CVE-DOG: zi7xrvx3-lky4-vlf2-dkx2-6mnxcqkb2xi5
2. En el supuesto de la segunda y tercera contratación indefinida subvencionada, la persona beneficiaria está obligada a mantener durante 2 años, contados desde la fecha de la realización de la contratación subvencionada, el número de personas trabajadoras fijas de su plantilla.
3. En el supuesto de extinción de la relación laboral de alguna persona trabajadora por la que se concedió la subvención, la persona beneficiaria está obligada a cubrir la vacante con una nueva contratación indefinida inicial, al menos con una jornada de trabajo igual o superior a la de la persona sustituida, y la nueva persona trabajadora deberá pertenecer a algún colectivo por el que se le pudiese conceder un incentivo por importe igual o superior al de la persona que causase baja. Para cumplir esta obligación la empresa tiene de plazo hasta el último día del mes siguiente al de la baja. Esta nueva contratación deberá ser co- municada al órgano que concedió la ayuda y no dará lugar, en ningún caso, a una nueva subvención.
4. La persona beneficiaria está obligada a presentar, en los tres meses siguientes al final del plazo señalado en los apartados 1 y 2, el informe de vida laboral de la empresa emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social de las 24 mensualidades.
Obligaciones de las personas beneficiarias. 10.1. Incorporarse a la línea de investigación del Grupo desde el primer mes de concesión de la beca.
10.2. Desarrollar eficazmente el plan detrabajo presentado.
10.3. Aceptar la Beca de Colaboración del Ministerio competente para que estudiantes realicen tareas investigadoras en Departamentos Universitarios para el curso 2023/2024, caso de serle concedida.
10.4. Elaborar un informe final, según el modelo X.0.0.XX, que será remitido al Servicio de Gestión de la Investigación entre el 15 y el 30 de septiembre de 2024 y deberá contar con el visto bueno del director/a del trabajo. Las personas becadas que no presenten dicho informe en tiempo y forma habrán de reintegrar a la Universidad xx Xxxxxxx la totalidad de la ayuda recibida.
10.5. Exponer los resultados de las investigaciones realizadas durante el período de disfrute de la beca en unas jornadas que se organizarán a tal efecto.
10.6. Mencionar en los agradecimientos en cualquier publicación que pueda derivarse de las investigaciones realizadas en el marco de las presentes ayudas a la “Universidad xx Xxxxxxx. Becas “Semillero de Investigación” 2023.
10.7. Respetar las directrices sobre filiación aprobadas por la UCO. (Acuerdo de Consejo de Gobierno, en sesión ordinaria de 3 xx xxxxx de 2017, por el que se aprueban las Directricessobre la Normalización de la Filiación Institucional en todo tipo de Publicaciones realizadas por el personal vinculado a la Universidad xx Xxxxxxx, XXXXX nº 2017/00154).
Obligaciones de las personas beneficiarias. Las personas beneficiarias se comprometerán a cumplir las obligaciones recogidas en el apartado sexto de esta convocatoria y las condiciones generales del Xxxxx XXX.
Obligaciones de las personas beneficiarias. Serán exigibles a las personas beneficiarias, en particular, las siguientes obligaciones:
a) Realizar la inversión o adquisición que fundamente la concesión de la subvención en el plazo y forma establecidos.
b) Justificar la inversión o adquisición efectuada, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión de la subvención.
c) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria y de reunir los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener la subvención solicitada, justificándose mediante declaración responsable que figura en el modelo de solicitud (anexo I), de acuerdo a lo establecido en los apartados 2 y 3 del artí- culo 12 de la LSEX.
d) Xxxxxxxse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como a las de control que puedan realizar los órganos competentes para ello.
e) Comunicar la solicitud u obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma activi- dad subvencionada, procedentes de cualquier Administración pública nacional o interna- cional.
Obligaciones de las personas beneficiarias. 1. Las obligaciones por parte de las personas beneficiarias serán las siguientes: - Incorporación al centro donde va a desarrollar la actividad objeto del contrato. Este documento firmado digitalmente puede verificarse en xxxxx://xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/ Código seguro de verificación (CSV): 8581784ACA0BE22844358B4C34F48799 19/10/2023 - 10:34 - Mencionar a las entidades financiadoras en las publicaciones y actividades derivadas de la actividad. A estos efectos, la referencia a la financiación por parte de la Agencia Estatal de Investigación deberá realizarse del siguiente modo: “El contrato/publicación/resultado/equipamiento/video/actividad/otros es parte de la ayuda REFERENCIA DE LA AYUDA, financiado por MCIN/AEI/10.13039/501100011033 y por el FSE+”, según corresponda, siendo: REFERENCIA DE LA AYUDA la referencia de la ayuda que figura en la resolución de concesión; MCIN el acrónimo del Ministerio de Ciencia e Innovación; AEI el acrónimo de la Agencia Estatal de Investigación; 10.13039/501100011033 el DOI (Digital Object Identifier) de la Agencia; y FSE+ el acrónimo de Fondo Social Europeo Plus. Asimismo, se deberán incluir los siguientes logos, en el orden según se citan: 1.º El logo del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Obligaciones de las personas beneficiarias. Las empresas y entidades beneficiarias de estas ayudas asumirán las obligaciones generales recogidas en el artículo 14 de la LGS, que a estos efectos se declara expresamente como de aplicación, con referencia (enunciativa y no limitativa) a las siguientes obligaciones: • Destinar la aportación a la realización de las actividades subvencionadas. • Presentar la documentación requerida para la justificación de los gastos subvencionables acorde a la forma y tiempo establecidos. • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de las ayudas percibidas, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y/o inspección y, en todo caso, durante el plazo estipulado en la normativa de aplicación. • Llevar correctamente los libros de contabilidad, cuando esté obligada a ello. • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. • Comunicar a Fomento de San Xxxxxxxxx la modificación de cualquier circunstancia, tanto subjetiva como objetiva, que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de las ayudas. • Facilitar cuanta información sea requerida por Fomento de San Xxxxxxxxx en el ejercicio de sus funciones respecto a las ayudas concedidas. • Comunicar a Fomento de San Xxxxxxxxx la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos percibidos para la misma finalidad. • Colaborar, en su caso, con Fomento de San Xxxxxxxxx en las actuaciones de control financiero y de comprobación que pudiera llevar a cabo, poniendo a su disposición cuanta información y documentación le sea requerida. • Contar con cuantas licencias y permisos fuesen necesarios para el ejercicio de la actividad objeto de ayuda. • Cumplir los requisitos indicados en los artículos 3 y 4 de estas Bases. • Garantizar que toda la documentación, publicidad, imagen o materiales utilizados en los procesos de selección y/o formación de las entidades emplean un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad, y pluralidad de roles e identidades de género. • Garantizar el uso de las lenguas oficiales de la CAPV (dando prioridad al euskera) en los soportes de comunicación (web, rrss, emailings, megafonía, etc.…), edición de materiales de promoción y difusión, lenguaje en jornadas y eventos organizados, etc.… • Las entidades solicitantes podrán solicitar asesoramiento al servicio de Euskera del Ayu...
Obligaciones de las personas beneficiarias. Las personas beneficiarias deberán presentar la siguiente documentación, una vez transcurridos dos meses desde que finalice la acción formativa:
a) Documento acreditativo de que la persona solicitante ha comunicado a las personas representantes legales de las personas trabajadoras la acción formativa justificativa xxx